picture_as_pdf 2022-02-02

DECRETO Nº 0086


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional

27 ENE 2022


VISTO:

El Expediente N° 00101-0304694-2 del registro del Sistema de Información de Expedientes -Ministerio de Gestión Pública-, mediante el cual se gestiona la declaración del Año 2022 como “2022 - Bicentenario de la Bandera de la provincia de Santa Fe”; y

CONSIDERANDO:

Que en el año 2022 se cumplen 200 años de la creación de la Bandera Provincial de Santa Fe diseñada por el entonces Gobernador Estanislao López y aprobada por Resolución de la Honorable Junta de Representantes;

Que Santa Fe como parte de los Pueblos Ubres del Litoral enarbola por primera vez en 1.815, en la Plaza Mayor, la Bandera denominada “de Artigas” como símbolo de su joven autonomía proclamándose independiente de la jurisdicción de Buenos Aires;

Que posteriormente debido al enfrentamiento de las provincias de Santa Fe y Entre Ríos, el Gobernador Estanislao López decide crear una Bandera propia santafesina para diferenciarse de su adversario ya que ambos utilizaban la ya citada Bandera “de Artigas u Oriental”,

Que finalmente el nuevo emblema fue aprobado por la Honorable Junta de Representantes en fecha 3 de Agosto de 1.822, por lo que la Asociación interamericana de Ceremonial solícita declarar el año 2022 como “2022 - Bicentenario de la Bandera de la provincia de Santa Fe”, como así también disponer que durante el año en curso toda la documentación oficial de la Administración Pública Provincial, centralizada y descentralizada, así como los Entes Autárquicos dependientes, de ésta, deberá llevar impresa la citada Leyenda,

Que este Poder Ejecutivo considera oportuno conmemorar los 200 años de la creación de la Bandera Provincial dando curso favorable a lo peticionado por la Asociación Interamericana de Ceremonial;

POR LLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º- Declárese el Año 2022 como “2022 - BICENTENARIO DE LA BANDERA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE”.

ARTICULO 2°- Dispónese que durante el año 2022 toda la documentación oficial de la Administración Pública Provincial comprendida en los alcances del Artículo 4º inciso A) Apartado 1. Subaparbdos I y II. E Inciso B) de la Ley N° 12.510, deberá llevar impresa al pié la Leyenda “2022 - BICENTENARIO DE LA BANDERA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE”.

ARTÍCULO 3º- Encomiéndese a los Ministerios de Educación y de Cultura la realización de acciones tendientes a la difusión de información histórica y cultural, respecto a como se llegó a la creación de la Bandera de la Provincia de Santa Fe tal cual se enarbola en la actualidad.

ARTÍCULO 4º- Invitase a los Poderes Legislativo y Judicial, como así también al Tribunal de Cuentas, y los municipios y comunas de la Provincia, a adoptar medidas de similar tenor a las dispuestas en el presente decreto.

ARTÍCULO 5º- Refréndese por los señores Ministros de Gestión Pública y de Cultura y la señora Ministra de Educación.

ARTICULO 6º- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

PEROTTI

Marcos Bernardo Corach

Jorge Raúl Llonch

Prof. Adriana Ema Cantero

35433

__________________________________________