picture_as_pdf 2022-02-02

DECRETO Nº 0078


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional

27 ENE 2022


VISTO:


El Expediente N° 02001-0049352-6 del Registro del Sistema de Información de Expedientes del Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos, mediante el cual se propicia la adhesión provincial a las disposiciones de la Resolución N° 114/2020 del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto del Poder Ejecutivo Nacional, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución N° 114/2020 del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto del Poder Ejecutivo Nacional se adoptó en el Sector Público Nacional la definición de “antisemitismo”, aprobada por la Alianza Internacional para el Recuerdo del Holocausto (IHRA), invitando a las Provincias a la adhesión de la siguiente definición: “El antisemitismo es una cierta percepción de tos judíos que puede expresarse como el odio a los judíos. Las manifestaciones físicas y retóricas del antisemitismo se dirigen a las personas judías o no judías y/o a sus bienes, a las instituciones de las comunidades judías y a sus lugares de culto”;

Que teniendo en cuenta el concepto mencionado, la connotación social e histórica del mismo y dada la jerarquía constitucional de los Derechos Humanos, éste Poder Ejecutivo Provincial considera necesaria la adopción de dicha definición a los efectos de concientizar, educar y poner el acento en evitar conductas antisemitas, favoreciendo el respeto a la pluralidad y no discriminación de trato;

Que este Poder Ejecutivo tiene el firme objetivo de establecer políticas públicas con el fin de propender al bienestar social, bajo la perspectiva de que los derechos deben orientarse en el reconocimiento explícito de los mismos dentro del marco normativo de cada jurisdicción amparados por criterios de universalidad, progresidad e integralidad, que tiendan al fortalecimiento de la equidad y la no discriminación;

Que han tomado intervención la Secretaría de Derechos Humanos y la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos, mediante Dictamen N° 493/2020 y N° 686/20, sin formular objeción legal alguna a la presente gestión;

Que el presente acto se dicta en uso de las atribuciones conferidas a éste Poder Ejecutivo por el Artículo 720, Incisos 1) y 19) de la Constitución Provincial;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°: Adhiérese la Provincia de Santa Fe, en cuanto fuere materia de su competencia, a las disposiciones de la Resolución N° 114/2020 del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto del Poder Ejecutivo Nacional, por cuyo Artículo 1° se establece, en el ámbito del Sector Público Nacional, en los términos de lo previsto por el articulo 8° de la Ley N° 24.156 y sus modificatorias, la adopción de definición de “antisemitismo” aprobada por la Alianza Internacional para el Recuerdo del Holocausto (IHRA) el 26 de mayo de 2016, que a continuación se detalla: “El antisemitismo es una cierta percepción de los judíos que puede expresarse como el odio a los judíos. Las manifestaciones físicas y retóricas del antisemitismo se dirigen a las personas judías o no judías y/o a sus bienes, a las instituciones de las comunidades judías y a sus fugares de culto”

ARTÍCULO 2º: Establécese, en virtud de la adhesión dispuesta por el artículo 1° de la presente norma, y con el fin de contribuir a la lucha del antisemitismo en todas sus formas, la utilización de la nueva definición en el ámbito del Sector Público Provincial, en los términos de lo previsto por el Artículo 4º, Apartado A, inciso 1 y Apartado B, de la Ley N° 12510, de Administración, Eficiencia y Control del Estado.

ARTÍCULO 3º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

PEROTTI

Celia Isabel Arena

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