picture_as_pdf 2021-12-29

SANTA FE

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TRIBUNAL COLEGIADO


En los autos ZENCLUSSEN CRISTINA c/CORDOBA MARCOS JORGE s/Divorcio; CUIJ Nº: 21-10736596-3 que se tramitan ante el Tribunal de Familia N° 5, Secretaría Segunda, a cargo de la Dra. Mariana Herz (Jueza), y la Dra. María Alejandra Gioda (Secretaria), se ha ordenado notificar, bajo apercibimientos de ley, mediante la publicación de edictos en el boletín oficial y en el hall de Tribunales, al Sr. Marcos José Córdoba, los siguientes decretos: Santa Fe, 19 de Octubre de 2.021. Hágase saber que ha sido designada Jueza de Trámite la Dra. Mariana Herz (Art. 543 del CPCC). Notifíquese. Fdo. Dra. Mariana Herz (Jueza), Dra. María Alejandra Gioda (Secretaria). Santa Fe, 19 de Octubre de 2.021. Por presentado, domiciliado, en el carácter invocado y en mérito al poder especial acompañado, acuérdasele la participación legal correspondiente. Por interpuesta petición de divorcio y formulada propuesta reguladora en los términos expresados. Agréguese la documental acompañada. De la petición de divorcio formulada por Cristina Celene Zenclussen, hágase saber al Sr. Marcos Jorge Córdoba. De lo manifestado en cuanto a la propuesta reguladora, córrase traslado por el plazo de diez días y bajo apercibimientos de ley. Notifíquese por cédula con transcripción del art. 438 del Código Civil y Comercial. Notifiquen los empleados Bianco, Diburzi, Ulla y/o Monti. Repóngasde el sellado del poder. Notifíquese. Fdo. Dra. Mariana Herz (Jueza), Dra. María Alejandra Gioda (Secretaria). Santa Fe, 14 de Diciembre de 2.021. Agréguese. Téngase presente. Con fines notificatorios, publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Tribunales por el término y bajo apercibimientos de ley. Notifíquese. Fdo. Dra. Mariana Herz (Jueza), Dra.- María Alejandra Gioda (Secretaria). Art. 438 CCC: Toda petición debe ser acompañada de una propuesta que regule los efectos derivados de éste; la omisión de la propuesta impide dar trámite a la petición. Si el divorcio es peticionado por uno solo de los cónyuges, el otro puede ofrecer una propuesta reguladora distinta. Al momento de formular las propuestas las partes deben acompañar los elementos en que se fundan; el Juez puede ordenar de oficio o a petición de partes que se incorporen otros que se estiman pertinentes. Las propuestas deben ser evaluadas por el Juez, debiendo convocar a ¡os cónyuges a una audiencia. En ningún caso el desacuerdo en el convenio suspende el dictado de la sentencia de divorcio. Si existe desacuerdo sobre los efectos del divorcio o si el convenio regulador perjudica de modo manifiesto los intereses del grupo familiar, las cuestiones pendientes deben ser resueltas por el Juez de conformidad con el procedimiento previsto en la ley local. Santa Fe, 17 de Diciembre de 2.021. Maria Alejandra Gioda, secretaria.

$ 90 469755 Dic. 29 feb. 03

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados CANALIS, IVÁN MAXIMILIANO s/Quiebra; (CUIJ Nº 21-02009268-5), se ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 22/12/21. De manifiesto proyecto complementario por el término de ley. Pase a secretaría a los fines de publicar edictos. Notifíquese. Fdo. María de los Ángeles Ramos (prosecretaria). Dra. Alfonsina Pacor Alonso, secretaria.

S/C 469910 Dic. 29 Dic. 30

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados ROMERO, VANESA ITATI s/Quiebras; (CUIJ N° 21-02005539-9) se ha ordenado la publicación del presente a efectos de poner en conocimiento de los interesados que en los autos de referencia la Sindicatura ha presentado proyecto de distribución reformulado de conformidad con lo dispuesto por el art. 218 de la L.C.Q. Deberán publicarse edictos por el plazo de dos días (art. 218 L.C.Q.). Santa Fe, 23/12/2021. Dra. Alfonsina Pacor Alonso, secretaria.

S/C 469911 Dic. 29 Dic. 30

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de la ciudad de Santa Fe, sito en calle San Jerónimo 1.551 Pta. Baja. en autos: MARANGONI, EDUARDO OMAR c/BARRA, NESTOR SIMON y otros s/Demanda ordinaria; (Expte. N° 21-01960610-1), el señor Juez ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 28 de Junio de 2.021... Haciendo efectivos los apercibimientos oportunamente decretados, decláranse rebeldes a los herederos del codemandado Barra Néstor Simón. Notifíquese por edictos. A lo demás, oportunamente. Notifíquese. Fdo. Dra. Viviana Naveda Marcó (Secretaria); Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena (Jueza).

$ 33 469937 Dic. 29 Feb. 01

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados MARCHETTI CARLOS ALBERTO RAMON s/Pedido de quiebra; (CUIJ Nº 21-02030094-6) se ha declarado la quiebra en fecha 26/11/2021 de Carlos Alberto Ramón Marchetti, DNI Nº 28.13 1.994, mayor de edad, empleado, apellido materno Prokop, domiciliado realmente en Pedro Zarco 2.575 de la localidad de Coronda, y con domicilio ad litem constituido en calle General López 3.162, de la ciudad y provincia de Santa Fe. Se dispuso el día 09/02/2022 como fecha en la que se realizará el sorteo del Síndico que intervendrá en la quiebra. Se estableció que los acreedores pueden requerir la verificación de sus créditos al Síndico hasta el día 08/03/2022. Se ordenó al fallido y, en su caso, a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél que estuvieren en su poder. Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de resultar éstos ineficaces. Disponer la liquidación de los bienes del fallido en la forma que se determinará, una vez que el Síndico realice el inventario de los bienes del fallido. Disponer que el fallido no pueda ausentarse del país sin autorización judicial en los casos y términos del art. 103 de la ley 24.522, oficiándose a sus efectos. Ordenar la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de cinco días (art. 89 L.C.Q.). Fdo. Dr. Palacios (Juez)- Dr. % -I Gómez (Secretario). 22 de Diciembre de 2.021.

S/C 469877 Dic. 29 Feb. 03

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Por disposición de la Jueza de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados ALZUGARAY, GEORGINA BETIANA s/Pedido de quiebra; (Expte. CUIJ N° 21-02029969-7) se ha resuelto lo siguiente: Santa Fe, 23 de Diciembre de 2.021. Vistos: ..., considerando: ..., Resuelvo: Declarar, a su propio pedido, la quiebra de Georgina Betiana Alzugaray, DNI Nº 28.524.969, argentina, mayor de edad, empleada, domiciliada realmente en Manzana II, vivienda 40 del Barrio El Pozo de la ciudad de Santa Fe y legal en calle Corrientes 2.733 de esta ciudad de Santa Fe. 3) Disponer como fecha para que tenga lugar el sorteo de un Contador Público Nacional que actuará como Síndico el día miércoles 29 de Diciembre de 2.021 a las 10:00 horas. 5) Prohibir hacer pagos a la fallida, bajo apercibimientos de ser éstos ineficaces. 10) Fijar el día 14 de Marzo de 2.022 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. 11) Fijar el día 25 de Abril 2.022 como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el informe individual de los créditos y el 6 de Junio de 2.022 para que presente el informe general. 13) Disponer la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL, dentro de las veinticuatro horas y en la forma prevista por el art. 89 de la Ley 24.522, computándose el plazo que tiene la deudora para ello desde el día de notificación posterior a la aceptación del cargo por el Síndico, dado que los edictos deberán contener su nombre y domicilio. ... Fdo. Ana Rosa Alvarez, Jueza. Sandra S. Romero, Secretaria. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y de acuerdo a la Ley 11.827, en el lugar habilitado por la CSJP en el Palacio de Tribunales. Santa Fe, 23 de Diciembre de 2.021. Dra. Sandra Romero, secretaria.

S/C 469882 Dic. 29 Feb. 03

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación, se hace saber que en los autos CACERES, SERGIO RAUL s/Solicitud propia quiebra; (CUIJ Nº 21-02029637-9) se ha dispuesto: Santa Fe, 22/12/21. Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Sergio Raúl Cáceres, D.N.I. Nº 25.518.299 apellido materno Suárez, casado, con domicilio real en calle Lamadrid 2.172 B° La Florida de la ciudad de Santa Fe y legal en calle Monseñor Zaspe 2.670 de la ciudad de Santa Fe, ambos de la provincia de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 11) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales, para el día 09 de Febrero de 2.022 a las 10.00 hs. 13) Fijar el día 11 de Marzo de 2.022 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. 14) Fijar el día 28 de Marzo de 2.022 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 15) Señalar el día 27 de Abril de 2.022 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito acompañando legajos en soporte papel y en archivo PDF para su publicación en el sistema informático; y el día 10 de junio de 2022 para la presentación del Informe General. Sin previo pago (art. 89 – 3º párrafo Ley 24.522). Fdo. DR. Pablo Cristian Silvestrini (secretario), Dr. Carlos F. Marcolín (Juez). 23 de Diciembre de 2.021.

S/C 469887 Dic. 29 Feb. 03

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación, se hace saber que en los autos TRUJILLO CAMACHO, JESUS GREGORIO s/Solicitud propia quiebra; (CUIJ Nº 21-02029597-7) se ha dispuesto: Santa Fe, 22/12/21. Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Jesús Gregorio Trujillo Camacho, D.N.I. Nº 37.773.346, apellido materno Pimienta, soltero, con domicilio real en Pasaje Juan Pablo Primero 5.265 de la ciudad de Santa Fe y legal en calle Amenábar 3.066 Depto 1° de la ciudad de Santa Fe, ambos de la provincia de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 11) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales, para el día 09 de Febrero de 2.022 a las 10.00 hs. 13) Fijar el día 11 de Marzo de 2.022 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. 14) Fijar el día 28 de Marzo de 2.022 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 15) Señalar el día 27 de Abril de 2.022 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito acompañando legajos en soporte papel y en archivo PDF para su publicación en el sistema informático; y el día 10 de junio de 2022 para la presentación del Informe General.- Sin previo pago (art. 89 – 3º párrafo Ley 24.522). Fdo. DR. Pablo Cristian Silvestrini (secretario), Dr. Carlos F. Marcolín (Juez). 23 de Diciembre de 2.021.

S/C 469888 Dic. 29 Feb. 03

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados CUADRA, MARTIN MIGUEL s/Quiebra; (Expte. CUIJ Nº 21-02029433-4), se ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, Diciembre 09 de 2.021. ... Autos y vistos ... Resulta considerando ... Resuelvo: 1- Declarar la quiebra de Martín Miguel Cuadra, argentino, mayor de edad, DNI Nº: 32.298.627, empleado, domiciliado realmente según dice en calle 4 N° 1.550 de la localidad de Sauce Viejo, Pcia de Santa Fe y constituyendo domicilio legal en calle Gobernador Crespo 3350 P. 4º Dpto. B de esta ciudad de Santa Fe. 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose. 3- Decretar la inhibición general de bienes de la fallida, oficiándose a sus efectos para la toma de razón al Registro General de la Propiedad, Registro Nacional de la Propiedad Automotor y Registro de Créditos Prendarios.4Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos de la fallida los entreguen al Síndico. 5- Intimar a la fallida para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal.6Prohibir a la fallida la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8- Hacer saber a la fallida que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9- Designar al Oficial de Justicia en turno para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles de la fallida con los alcances previstos en el art. 177 de la ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de LCQ. Ordenase el cese de las retenciones por los códigos de descuento que recaen sobre los haberes del fallido, con excepción de los legales y los inherentes a la Seguridad Social, que sean de causa o titulo anterior a la apertura de la quiebra. A tales efectos ofíciese debiendo retenerse en proporción de ley de tales haberes con imputación a gastos del proceso. Dichas sumas se depositaran en el N.B.S.F. SA -agencia Tribunales- para estos autos y a la orden del Juez. 10. Designar el día 15.12.21 a las 10:00 hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese al Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas. 11- Fijar el día 03.03.22 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 ley 24.522). 12- Señalar el día 20.04.22 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (art. 35 ley 24.522) y designar el día 02.06.22 como fecha para que el Síndico presente el informe general (art. 39 de la ley concursal). 13- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra la fallida a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la ley 24.522.14- Disponer la publicación de Edictos durante cinco días en el Boletín Oficial de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el art. 89 de la LCQ. 15.- Aceptado el cargo por parte de la Sindicatura designada, córrase vista a los fines dispuestos en los incisos 11 y 12 del artículo 14 de la L.C.Q.- Hágase saber, insértese, expídase copia. Ofíciese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. (Art. 23 ley 3.456) y al Concejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos. Otro decreto: Sta Fe, Diciembre de 2.021. Habiéndose realizado... sorteo... un sindico... bolilla correspondiente a la CPN Ileana Mónica Fasano... con domicilio en calle Piedras 6344 ...Comparezca a aceptar el cargo ... Notifíquese. Fdo: Dr. Gabriel Abad (Juez A/C). Dra. Alfonsina Pacor (Secretaria).

S/C 469907 Dic. 29 feb. 03

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Por disposición del Sr. Juez de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de Santa Fe, en los autos caratulados DALLA COSTA SANDRA SOFIA s/Pedido de quiebra; (Expte. CUIJ N° 21-02029766-9 Año: 2021) de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación, se ha ordenado: Santa Fe, 21/11/21. 1) Declarar la Quiebra de Sandra Sofía Dalla Costa, apellido materno Varela, argentina, mayor de edad, empleada, DNI Nº 26.064.216, con domicilio real en calle Berutti N° 4.771 y constituyendo domicilio legal en calle San Martín N° 2.047, Local N° 12 de esta ciudad de Santa Fe. 5) Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de ser ineficaces. 8) Designar al síndico a sortearse para que realice el inventario de los bienes del fallido en el término de 30 días. 10) Fijar el día 19 de Abril de 2.022 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. Fdo. Dr. Lizasoain (Juez) - Dr. Tosolini (Secretario). Santa Fe, 22 de Diciembre de 2.021.

S/C 469936 Dic. 29 Feb. 03

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados DIAZ ANTONIA VIVIANA s/Solicitud propia quiebra; (CUIJ Nº: 21-02030062-8) tramitados por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, de los que: Santa Fe, 21 de Diciembre de 2021. ... Autos y vistos ... Resulta ... Considerando ... Resuelvo: 1- Declarar la quiebra de Antonia Viviana Díaz, argentina, DNI Nº 23.797.918, divorciada, empleada del Ministerio de Educación de la Provincia de Santa Fe, CUIL Nº: 23-23797918-4, apellido materno Chávez, domiciliado según dice en Feliz Faya Nº 2.451 - ex calle pública de la localidad de San José de Rincón, Provincia de Santa Fe y constituyendo domicilio legal en calle Monzeñor Zaspe N° 2670 de esta ciudad de Santa Fe. 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose. 3- Decretar la inhibición general de bienes del fallido, oficiándose a sus efectos para la toma de razón a los Registros pertinentes. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido los entreguen al Síndico. 5- Intimar al fallido para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6- Prohibir al fallido la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8- Hacer saber al fallido que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose.9- Ordénase el cese de las retenciones de los códigos de descuento, con excepción de los de ley y los de Seguridad Social, de causa anterior a la declaración de la quiebra. Procédase a oficiar a sus fines y trábese embargo, en proporción de ley, sobre los haberes de la fallida, debiendo depositarse las sumas retenidas en una cuenta a abrirse a al orden del Juzgado y para estos autos en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Agencia Tribunales-. A cuyo fin se comunicará por Secretaria para que se proceda a la apertura de la cuenta judicial. Ofíciese a la empleadora. 10- Designar al Oficial de Justicia en turno para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles del fallido con los alcances previstos en el art. 177 de la ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de LCQ. 11- Designar el día miércoles 22 de Diciembre de 2.021 a las 10:00 hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese a la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe. 12- Fijar el día lunes 21 de Febrero 2.022 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 ley 24.522). 13- Señalar el día viernes 08 de Abril de 2.022 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (art. 35 ley 24.522) y designar el día jueves 26 de Mayo de 2.022 como fecha para que el Síndico presente el informe general (art. 39 de la ley concursal). 14- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra el fallido a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la ley 24.522. 15- Disponer la publicación de Edictos durante cinco días en el BOLETÍN OFICIAL de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el art. 89 de la LCQ. Hágase saber, insértese, expídase copia. Ofíciese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. (Art. 23 ley 3.456) y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos. Fdo. Di Chiazza (Juez a/cargo) - Pacor Alonso (Secretaria). Otro Decreto: Santa Fe, 23 de Diciembre de 2.021. Agréguese el ¡forme del Registro de Procesos Universales. Habiéndose realizado el sorteo correspondiente a un Sindico que intervendrá en autos, ha sido sorteado la Síndico CPN Miguel Angel Cassettai, domiciliada en calle Calchines N° 1.725, a quien se designa en tal carácter, debiendo comparecer a aceptar el cargo en cualquier día y hora de audiencia con las formalidades y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese. Fdo. Di Chiazza (Juez a/cargo) - Pacor Alonso (Secretaria).

S/C 469908 Dic. 29 Feb. 03

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados LUNA, MARIA LAURA s/Solicitud propia quiebra; (CUIJ Nº 21-02030062-8), se ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 21/12/21. Autos y vistos ... Resulta ... Considerando ... Resuelvo: 1- Declarar la quiebra de Maria Laura Luna, apellido materno Sánchez, argentino, DNI N° 30.232.326, casada, mayor de edad, empleada de la Municipalidad de Santo Tome, domiciliado realmente en Vélez Sarfield 4.880 de Santo Tome y constituyendo domicilio legal en calle 25 de Mayo 2.589 piso II Oficina III de esta ciudad. 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose. 3- Decretar la inhibición general de bienes del fallido, oficiándose a sus efectos para la toma de razón a los Registros pertinentes. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido los entreguen al Síndico. 5- Intimar al fallido para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6- Prohibir al fallido la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8- Hacer saber al fallido que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9- Designar al Oficial de Justicia en turno para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles del fallido con los alcances previstos en el art. 177 de la ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de LCQ. 10- Ordénase el cese de las retenciones de los códigos de descuento, con excepción de los de ley y los de Seguridad Social, de causa anterior a la declaración de la quiebra. Procédase a oficiar a sus fines y trábese embargo, en proporción de ley, sobre los haberes de la fallida, debiendo depositarse las sumas retenidas en una cuenta a abrirse a la orden del Juzgado y para estos autos en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Agencia Tribunales-. Ofíciese a la empleadora. 11- Designar el día 22/12/21 a las 10:00 hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese a la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe. 12- Fijar el día 21/2/22 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 ley 24.522). 13- Fijar el día 9/3/22 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán impugnar las solicitudes formuladas. 14- Señalar el día 7/4/22 como fecha para que el Síndico presente los informes individuales de los créditos (art. 35 ley 24.522) y designar el día 23/5/22 como fecha para que el Síndico presente el informe general (art. 39 de la ley concursal). 15- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra el fallido a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la ley 24.522. 16- Disponer la publicación de Edictos durante cinco días en el BOLETÍN OFICIAL de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el art. 89 de la LCQ. Hágase saber, insértese, expídase copia. Ofíciese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. (Art. 23 ley 3.456) y al Concejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos. Otro Decreto: Santa Fe, 23 de Diciembre de 2.021. Habiendo resultado sorteado el síndico Claudio Aníbal Seveso, con domicilio en calle San Martín 3.124 para intervenir en autos LUNA MARIA LAURA s/Solicitud propia quiebra; (CUIJ Nº 21-02029429-6) desígnaselo en tal carácter. Comparezca a aceptar el cargo cualquier día y hora de audiencia con las formalidades y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese. Fdo. Di Chiazza (Juez A/C) - Pacor Alonso (Secretaria).

S/C 469909 Dic. 29 Feb. 03

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Por disposición del Dr. Iván Gustavo Di Chiazza, Juez del Juzgado de 1ª Instancia del Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la 8ª Nominación, de la ciudad de Santa Fe, en los autos: CAROLLO GERARDO JUAN c. BERTOIA OCAMPO MERCEDES ANA MARIA s. Sumario – Apremio; (Exp. 848/2009 – CUIJ Nº 21-00988855-9), se publica el presente edicto, a los efectos de notificar a las herederas del Sr. Iván Alberto Raimondi: Sras. Ivana Claudia Ramondi y Analía Guadalupe Raimondi, los siguientes decretos: Santa Fe, 29 de Abril de 2.009. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, acuérdasele al compareciente la intervención legal correspondiente. Por deducida demanda de apremio contra los herederos de la Sra. Mercedes Ana María Bertoia Ocampo a quienes se emplazará para que dentro del término de tres días oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de que si así no lo hiciere, se ordenará la ejecución por el capital reclamado, sus intereses y costas. Notifiquen en Secretaría los empleados: Beltramini, Acosta, Marozzi. Notificaciones en Secretaría: Martes y Viernes. Reponga el sellado fiscal faltante. Notifíquese. Fdo.: Mario Cesar Barucca, Juez - Jorge A. Margitic, Secretario. Otro Decreto: Santa Fe, 09 de Junio de 2.009. Siendo tramitados los autos caratulados BERTOIA OCAMPO MERCEDES s/Sucesorio; (Expte. 716/07) por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la ciudad e Santa Fe, remítanse las presentes actuaciones al Juzgado antes mencionado sirviendo el presente proveído de atenta nota de estilo. Fdo.: Barucca, Juez - Margitic, Secretario. Otro Decreto: Santa Fe, 29 de Diciembre de 2.009. Agréguese el escrito suelto cargo N° 12445 y proveyéndolo: Hágase saber al peticionante que los autos de referencia se encuentran a su disposición en Mesa de Entradas del Juzgado. Con los autos conexos (Expte. 716/07) a la vista: Por recibido, hágase saber. Y proveyendo el escrito de fs. 110: Trábese embargo sobre la suma que le corresponda percibir a los herederos de la Sra. Mercedes Ana María Bertoia Ocampo. Déjese constancia en el principal. Habilítense los días y horas que fueren menester. Notifíquese. Fdo.: Roberto H. Dellamonica, Juez - Elio F. Alvarez, Secretario. Otro Decreto: Santa Fe, 19 de Febrero de 2.010. Téngase presente. Atento lo solicitado, aclárese que el monto del embargo ordenado a fs. 115 es por la suma de $ 5.000. A la transferencia solicitada, oportunamente y si correspondiere. Notifíquese. FDO.: Dellamonica, Juez - Alvarez, Secretario. Otro Decreto: Santa Fe, 4 de Agosto de 2.010. Con los autos: BERTOIA OCAMPO MERCEDES ANA MARÍA s/Sucesorio; (Expte. 716/2007) a la vista y proveyendo escrito cargo Nº 7610/10: Cítese a los herederos declarados en los autos ut-supra indicados v.f.44, para que tomen intervención en las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO.: Dellamonica, Juez - Alvarez, Secretario. Otro decreto: Santa Fe, 24 de Julio de 2.013. Encontrándose los autos a estudio y con los autos BERTOIA OCAMPO, MERCEDES ANA MARÍA s/Sucesorio; (Expte. N° 716/2007) a la vista, se advierte que en fecha 29.04.2009 el apoderado de la actora ha promovido demanda de apremio contra los herederos de la Sra. Mercedes Ana María Bertoia Ocampo, notificando la citación de remate a quien fuera designado Defensor de Ausentes de los mismos, cuando ya en el año 2007 Edgardo Germán Iribas -en representación de la por entonces menor Agustina Mercedes Iribas- e Iván Alberto Raimondi -por el menor Javier Raimondi- habían promovido el citado juicio sucesorio y constituido domicilio real y legal, sin perjuicio de la posterior presentación de los aludidos menores por haber -en su momento- adquirido la mayoría de edad. Por ello, a los fines de evitar la nulidad de la sentencia que se dicte en los presentes, habiéndose violentado el derecho de defensa en juicio de los accionados, corno así también la expresa previsión contenida en el art. 59 del Código Civil, al omitirse la citación de remate de los herederos en los domicilios correspondientes, y darse intervención al Ministerio Público, corresponde oficiosamente declarar la nulidad del proveído de fecha 23.09.20 11 obrante a fs. 148 y de todos los actos procesales que sean su consecuencia. Notifíquese por cédula. Fdo.: Dellamonica, Juez - Alvarez, Secretario. Otro decreto: Santa Fe, 22 de Noviembre de 2.013. Procédase a la reinscripción del embargo oportunamente ordenado -y. fs. 7l-. A tales fines, líbrese oficio al Registro General. Notifíquese. Fdo.: Dellamonica, Juez - Alvarez, Secretario. Otro Decreto: Santa Fe, 11 de Agosto de 2.016. Téngase presente lo informado por Mesa de Entradas y agréguese el escrito suelto pendiente. Proveyendo escritos cargos N° 6757 (f. 1 05) y N° 8745 (L108): Venidos los autos del Archivo General de Tribunales, hágase saber. Notifíquese por cédula (art. 62 inc. 3 CPCC). Fdo.: Gabriel O. Abad, Juez - Mariana Nelli, Secretaria. Otro Decreto: Santa Fe, 02 de Junio de 2.021. Proveyendo escrito cargo N° 6620/21: Téngase presente. Atento lo manifestado, ofíciese al Registro de Procesos Universales a fin de que informe sobre antecedentes de juicio sucesorio abierto a nombre de Iván Raimondi. El mismo de diligenciará por el Juzgado una vez que se proporcione el DNI del mencionado. Atento que se ha denunciado el deceso del Dr. Jorge Allevi, habiendo cesado su intervención en autos, de conformidad a lo normado por los arts. 45 y 47 del CPCC, intímese a sus poderdantes a comparecer a estar a derecho con nuevo apoderado en el término de cinco días, debiendo constituir domicilio. Notifíquese por cédula en los domicilios reales que constan en autos (y. fs. 137 y 159). Se autoriza a notificar por carta certificada con acuse de recibo, supeditando la validez de la misma a la efectiva recepción por la destinataria. Asimismo, no encontrándose digitalizados los autos conexos BERTOIA OCAMPO MERCEDES ANA M s/Decl de hered.; CUIJ Nº 21-00985723-8 (Expte. 716/2007), y siendo que los mismos se encuentran conforme constancias del sistema informático en préstamo al Dr. Héctor Ricardo Ascua desde el 1/11/2017, intímese al mencionado profesional a su devolución en el término de 48hs, bajo apercibimiento de ley. Notifíquese. Fdo.: Iván Gustavo Di Chiazza, Juez - Nelli, Secretaria. Otro Decreto: Santa Fe, 02 de Septiembre de 2.021. Proveyendo escrito cargo N° 10875/21: Líbrese exhorto al Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación donde tramitan los autos RAIMONDI IVAN ALBERTO s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-01023476-7 a los fines de que informe los domicilios reales de los herederos del causante. Fechó, cumpliméntese con la notificación del proveído de fecha 29/04/09 a los herederos de la Sra. Mercedes Ana Bertoia Ocampo. Notifíquese. Fdo.: Di Dhiazza, Juez - Maria José Lusardi, Prosecretaria. Otro Decreto: Santa Fe, 14 de Octubre de 2.021. Proveyendo escrito cargo N° 12935/21: Atento a lo manifestado y a fin de notificar a Agustina Mercedes Iribas, se autoriza la misma mediante carta certificada con acuse de recibo haciéndose saber a que su validez estará sujeta a a la efectiva recepción por parte de la destinataria. A fin de notificar a los herederos Ivana Claudia Ramondi y Analia Guadalupe Ramondi se autoriza la publicación de edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y exhíbanse conforme lo dispone el art. 67 del CPCC. Asimismo se hace saber que deberá acreditar notificación a la Sra. Karla Fernanda Raimondi del decreto de fecha 31/10/2005 y sus siguientes. Notifíquese. Fdo.: Di Dhiazza, Juez - Lusardi, Prosecretaria. Otro Decreto: Santa Fe, 14 de Diciembre de 2.021. Se provee escrito cargo Nº 15987/21: Atento a los solicitado y las constancias de autos, asistiendo razón al profesional requirente revóquese la parte pertinente que reza “Asimismo se hace saber que deberá acreditar notificación a la Sra. Karla Fernanda Raimondi del decreto de fecha 31/10/2005 y sus siguientes.” del proveído de fecha 14/10/2021. En su lugar se ordena: Hágase saber que deberá acreditar notificación a la Sra. Karla Fernanda Raimondi del decreto de fecha 29/04/2009 en adelante. Notifíquese. Fdo.: Di Dhiazza, Juez - Lusardi, Prosecretaria. Santa Fe, 13 de Diciembre de 2.021. Dra. Mariana Nelli, secretaria.

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia del Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación, se hace saber que en los autos: PEREZ, DIEGO MAURICIO s/Solicitud propia quiebra; (CUIJ Nº: 21-02026266-1), se ha dispuesto en la resolución de fecha 21 de Diciembre de 2.021: 1º) Declarar la quiebra de Diego Mauricio Pérez, argentino, mayor de edad, D.N.I. 27.668.780 domiciliado realmente en calle José Hernández N° 1.487 de la Ciudad de Coronda, Provincia de Santa Fe y con domicilio procesal en calle Córdoba N° 3.499, de esta ciudad de Santa Fe. 3°) Ordenar al fallido y a terceros la entrega al Síndico de los bienes de pertenencia de la primera. Intimar a la deudora para: a) que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad; b) que cumpla con los requisitos del artículo 86 Ley 24.522 en el plazo de ley. 4°) Ordenar la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo el apercibimiento de ser ineficaces, excepto salario con las especificaciones del párrafo 12°). Disponer la interceptación de la correspondencia, la que será entregada al Síndico a los efectos del artículo 114 de la Ley 24.522. 6°) Fijar la audiencia del sorteo del Síndico el 22 de Diciembre de 2.021 a las 10:00 hs, a realizarse en la Oficina de sorteo de peritos, martilleros y síndicos dependiente de la Secretaría de Presidencia de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial, conforme el procedimiento establecido en la Acordada de la Corte de fecha 05/12/2017. A tales efectos, ofíciese. 8°) Fijar hasta el día 07 de Marzo de 2.022 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el artículo 200. El día siguiente hábil al vencimiento del plazo, la Sindicatura presentará la lista de los peticionantes, y copia simple de la demanda verificatoria. 9°) Fijar los días: 04 de Abril de 2.022 para que la Sindicatura presente un juego de copias de las impugnaciones; el 29 de Abril de 2.022 para la presentación de los informes individuales; y el 30 de Mayo de 2.022 para la presentación del informe general. Hágase saber, insértese el original, agréguese copia. Ofíciese. Notifíquese. Firmado: Diego Raúl Aldao – Juez; Mercedes Dellamónica - Secretaria.

S/C 469763 Dic. 29 Feb. 03

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia del Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación, se hace saber que en los autos: PELAYO, EDUARDO ADRIAN EXEQUIEL s/Solicitud propia quiebra; (CUIJ Nº: 21-02029364-8), se ha dispuesto en la resolución de fecha 17 de Diciembre de 2.021: 1°) Declarar la quiebra de Eduardo Adrián Exequiel Pelayo, argentino, mayor de edad, D.N.I. Nº 36.007.071 domiciliado realmente en calle San Martín N° 1681 de la Ciudad de Laguna Paiva, Provincia de Santa Fe y con domicilio procesal en calle Junín N° 3.281, de esta ciudad de Santa Fe. 3°) Ordenar al fallido y a terceros la entrega al Síndico de los bienes de pertenencia de la primera. Intimar a la deudora para: a) que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad; b) que cumpla con los requisitos del artículo 86 Ley 24.522 en el plazo de ley. 4°) Ordenar la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo el apercibimiento de ser ineficaces, excepto salario con las especificaciones del párrafo 12°). Disponer la interceptación de la correspondencia, la que será entregada al Síndico a los efectos del artículo 114 de la Ley 24.522. 6°) Fijar la audiencia del sorteo del Síndico el 22 de Diciembre de 2.021 a las 10:00 hs, a realizarse en la Oficina de sorteo de peritos, martilleros y síndicos dependiente de la Secretaría de Presidencia de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial, conforme el procedimiento establecido en la Acordada de la Corte de fecha 05/12/2017. A tales efectos, ofíciese. 8°) Fijar hasta el día 07 de Marzo de 2.022 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el artículo 200. El día siguiente hábil al vencimiento del plazo, la Sindicatura presentará la lista de los peticionantes, y copia simple de la demanda verificatoria. 9°) Fijar los días: 04 de Abril de 2.022 para que la Sindicatura presente un juego de copias de las impugnaciones; el 29 de Abril de 2.022 para la presentación de los informes individuales; y el 30 de Mayo de 2.022 para la presentación del informe general. Hágase saber, insértese el original, agréguese copia. Ofíciese. Notifíquese. Firmado: Diego Raúl Aldao – Juez; Mercedes Dellamónica - Secretaria.

S/C 469762 Dic. 29 Feb. 03

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia del Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación, se hace saber que en los autos: BUDIÑO, LUIS ANGEL s/Solicitud propia quiebra; (CUIJ Nº: 21-02027595-9), se ha dispuesto en la resolución de fecha 22 de Diciembre de 2.021: 1º) Declarar la quiebra de Luis Angel Budiño, argentino, mayor de edad, D.N.I. Nº 24.292.552 domiciliado realmente en calle Río Negro N° 6.905 de la Ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe y con domicilio procesal en calle 4 de Enero N° 1.148. Dpto. 3 A, de esta ciudad de Santa Fe. 3°) Ordenar al fallido y a terceros la entrega al Síndico de los bienes de pertenencia de la primera. Intimar a la deudora para: a) que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad; b) que cumpla con los requisitos del artículo 86 Ley 24.522 en el plazo de ley. 4°) Ordenar la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo el apercibimiento de ser ineficaces, excepto salario con las especificaciones del párrafo 12°). Disponer la interceptación de la correspondencia, la que será entregada al Síndico a los efectos del artículo 114 de la Ley 24.522. 6°) Fijar la audiencia del sorteo del Síndico el 22 de Diciembre de 2.021 a las 10:00 hs, a realizarse en la Oficina de sorteo de peritos, martilleros y síndicos dependiente de la Secretaría de Presidencia de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial, conforme el procedimiento establecido en la Acordada de la Corte de fecha 05/12/2017. A tales efectos, ofíciese. 8°) Fijar hasta el día 07 de Marzo de 2.022 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el artículo 200. El día siguiente hábil al vencimiento del plazo, la Sindicatura presentará la lista de los peticionantes, y copia simple de la demanda verificatoria. 9°) Fijar los días: 04 de Abril de 2.022 para que la Sindicatura presente un juego de copias de las impugnaciones; el 29 de Abril de 2.022 para la presentación de los informes individuales; y el 30 de Mayo de 2.022 para la presentación del informe general. Hágase saber, insértese el original, agréguese copia. Ofíciese. Notifíquese. Firmado: Diego Raúl Aldao – Juez; Mercedes Dellamónica - Secretaria.

S/C 469761 Dic. 29 Feb. 03

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la Ciudad de Santa Fe, Secretaría a cargo del autorizante, se hace saber que en los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE SANTA FE c. D´ANDREA ANDRES s. Apremio; (Expte. CUIJ N° 21-01968164-2), se ha ordenado citar a los propietarios de los inmuebles inscriptos para el pago de Tasa General de Inmuebles bajo padrones 20967 y 21077, según lo dispuesto en el decreto que se transcribe: Santa Fe, 27 de Julio de 2.017. Por cumplimentado lo requerido. Agréguese. Por presentado, domiciliado yen el carácter invocado, acuérdasele la participación legal correspondiente. Por promovido juicio de apremio contra Andres D´Andrea y/o propietario del/los inmuebles en cuestión por la suma de $ 23.066,08 con más el 30% estimados provisoriamente para intereses y costas. Publíquense edictos en legal forma. Líbrese mandamiento de intimación de pago por el capital reclamado. Cítese de remate al demandado con prevención de que si no opone excepción legítima alguna dentro del término de dieciséis días se ordenará llevar adelante la ejecución, de conformidad a lo dispuesto por el art. 8 de la Ley 5.066 y 5 de la Ley 7.234. Trábese embargo sobre bienes libres del demandado hasta cubrir la suma de $ 23.066,08 con más el 30% estimados provisoriamente para intereses y costas. A sus efectos, líbrese mandamiento al Señor Oficial de Justicia, con facultades de ley. Designase como Oficiales de Justicia Ad hoc a los propuestos quienes deberán comparecer a aceptar el cargo cualquier día y hora de audiencia. Notifíquese. Dr. Pablo Cristian Silvestrini, Dr. Carlos Federico Marcolin; Secretario, Juez. Santa Fe, 02 de Septiembre de 2.020.

S/C 469787 Dic. 29 Feb. 03

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nº 1 se hace saber que en los autos: SEVERIT, MARIA AYELEN s/Solicitud propia quiebra; CUIJ N° 21-02030034-2, se ha dispuesto: Santa Fe, 21 de Diciembre de 2.021. 1) Declarar la quiebra de Maria Ayelén Severit, D.N.I. Nº 37.282.525, domiciliada realmente en calle Santiago Derqui 3.322, Dpto. 2 de la ciudad de Santa Fe y legalmente en calle Monseñor Zaspe 2.670, Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquella. 4) Intimar a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 5) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces. 6) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 7) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. A los efectos, se oficiará dejando constancia que la restricción de salida del país pesa hasta la fecha de presentación del informe general (26/08/2022). 8) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 11) de la presente. 9) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría B, para el día 22/12/2021 a las 10.00 hs. A sus efectos, comuníquese a la Presidencia de la Cámara. 11) Disponer la inmediata incautación de los bienes de la fallida por medio del Sr. Oficial de Justicia, a cuyo fin se librará el mandamiento respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio al Ministerio de Seguridad de la provincia de Santa Fe a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos, en las remuneraciones afectables que percibe la misma, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, librándose oficio a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. 12) Fijar el día 31/03/2022, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. Hágase saber que atento a la situación de emergencia, como a la creciente incorporación de TICs dentro de los procesos judiciales, se podrá realizar la verificación de créditos en forma presencial como no presencial, quedando el remitente con los originales a título de depositario judicial y con cargo de presentación ante requerimiento del Síndico o del órgano jurisdiccional. Al día siguiente hábil al vencimiento del plazo establecido en este punto, se deberá presentar la nómina de acreedores que hubieren pedido verificación. 13) Fijar el día 03/05/2022 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos, las que podrán hacerse por vía presencial o electrónica en el correo denunciado a dichos fines.- como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 14) Señalar el día 15/06/2022 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 26/08/2022 para la presentación del Informe General. 15) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra la fallida, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el art. 21 ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 16) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q. en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. Difiérase su publicación hasta la aceptación del cargo del Síndico, encomendando al mismo la publicación dentro del plazo de 24 hs desde su aceptación. 17) A fin de dar a conocer la apertura del presente proceso, encomíendase a la Sindicatura la notificación a cada uno de los acreedores denunciados por la fallida (que podrá realizarse por Carta o por correo electrónico). Asimismo, corresponderá al Síndico la publicación de edictos a fin de dar a conocer sus datos de identificación (domicilio, teléfono y correo electrónico) así como la posibilidad de que los pedidos de verificación se realicen por vía digital al correo electrónico denunciado por la Sindicatura. Se pone a disposición la clave del expediente para su consulta digital: CONTRASEÑA 7528 correspondiendo a la Sindicatura dar a conocer la misma en el caso de que los acreedores insinuantes así lo soliciten. 18) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 19) Comuníquese al Consejo de Profesionales en Ciencias Económicas. Firmado: Dr. Gabriel O. Abad – Juez; Dra. Verónica G. Toloza – Secretaria. Secretaría. Dra. Natalia Gerard, prosecretaria.

S/C 469783 Dic. 29 Feb. 03

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nº 1, se hace saber que en los autos: FERNANDEZ, SERGIO DANIEL s/Solicitud propia Quiebra; CUIJ N° 21-02029933-6, se ha dispuesto: Santa Fe, 21 de Diciembre de 2.021. 1) Declarar la quiebra de Sergio Daniel Fernández, D.N.I. Nº 29.777.009, domiciliada realmente en calle Corrientes N° 934 de la ciudad de Santo Tomé y legalmente en calle Amenábar 3066, Dpto. 1° de la ciudad de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquella. 4) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 5) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. 6) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia del fallido y su entrega al Síndico. 7) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. A los efectos, se oficiará dejando constancia que la restricción de salida del país pesa hasta la fecha de presentación del informe general (26/08/2022). 8) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 11) de la presente. 9) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 22/12/2021 a las 10.00 hs. A sus efectos, comuníquese a la Presidencia de la Cámara. 11) Disponer la inmediata incautación de los bienes de el fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia, a cuyo fin se librará el mandamiento respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos, en las remuneraciones afectables que percibe la misma, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, librándose oficio a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. 12) Fijar el día 31/03/2022, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. Hágase saber que atento a la situación de emergencia, como a la creciente incorporación de TICs dentro de los procesos judiciales, se podrá realizar la verificación de créditos en forma presencial como no presencial. A estos últimos fines la Sindicatura deberá publicar edictos notificando la posibilidad de que los pedidos se pudieran efectuar mediante el envío de solicitud y documentación por vía digital al correo denunciado por la propia Sindicatura. Además la Sindicatura deberá notificar por carta material o por correo electrónico a cada uno de los acreedores denunciados por el fallido. La Sindicatura deberá presentar al día siguiente hábil al vencimiento del plazo establecido en este punto, la nómina de acreedores que hubieren pedido verificación. 13) Fijar el día 03/05/2022 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos, las que podrán hacerse por vía presencial o electrónica en el correo denunciado a dichos fines.- como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 14) Señalar el día 15/06/2022 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 26/08/2022 para la presentación del Informe General. 15) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra el fallido a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el art. 21 ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 16) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q. en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. Difiérase su publicación hasta la aceptación del cargo del Síndico, encomendando al mismo la publicación dentro del plazo de 24 hs desde su aceptación. 17) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 18) Comuníquese al Consejo de Profesionales en Ciencias Económicas. Firmado: Dr. Gabriel O. Abad – Juez; Dra. Verónica G. Toloza – Secretaria. Secretaría. Dra. Natalia Gerard, prosecretaria.

S/C 469784 Dic. 29 Feb. 03

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito Número Tres Secretaría Número Uno de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, Dr. Héctor S.A. Canteros, Secretaría a cargo de la Dra. Ileana Andrea Díaz, se hace saber que en los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE SANTA FE c. TISERA LUIS MARIA s. Apremio; (Expte. CUIJ Nº 21-01980499-9), se ha ordenado citar y emplazar por edictos (art. 28 Ley 5066) a publicar tres veces en el BOLETÍN OFICIAL y en el Hall de Tribunales, a los herederos de Luis María Tisera según decreto que se transcribe: Santa Fe, 14 de Junio de 2.019. Agréguese el oficio acompañado y téngase presente. Decretando lo solicitado a fs. 8: Téngase por iniciada demanda de apremio contra Herederis de Luis María Tisera y/o sucesores del inmueble de Calle 9 de julio 6.546 de esta ciudad, por el cobro de la suma de $ 10.841,18, con más los recargos e intereses previstos en el Código Tributario Municipal y demás normativa aplicable - Ley 8173/77. Líbrese mandamiento de intimación de pago y embargo sobre bienes libres del causante, por el capital reclamado con más el 50% que se presupuesta provisoriamente para intereses y costas. Cítese y emplácese a los herederos de Luis María Tisera para que dentro del término de ley comparezcan a estar a derecho, a sus efectos publíquense edictos en el boletín oficial y hall de éstos tribunales, con la prevención de que si dentro del término de dieciséis días (por aplicación del Art. 5 Ley 7234 modif. Por Ley 9040) no opone excepción legítima alguna, se mandará llevar adelante la ejecución (que atento la ley anterior mencionada rige la duplicidad de términos). Desígnase Oficial Notificador adhoc a Nazara, Di Biasi, Torres, Sequeira, nombrados en la demanda quienes deberán presentarse cualquier día y hora de audiencia a los fines de aceptar el cargo. Notifíquese. Juez: Dr. Héctor S.A. Canteros, Secretaría: Dra. Ileana Andrea Díaz. Dra. Ma. Galiano, prosecretaria.

S/C 469788 Dic. 29 Feb. 01

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Por disposición del Juzgado de Distrito N° 1, en lo civil y Comercial, de la Novena Nominación de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe, y en los autos caratulados: BORTOLLI, ALCIDES MIGUEL ALBERTO s/Solicitud propia; (C.U.I.J. N° 21-01964533-6), se ha presentado el Informe final y Proyecto de Distribución que prescribe el artículo 218 de la ley 24.522; disponiéndose la Publicación de Edictos por dos días en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe; debiendo exhibirse en hall de central de planta baja de estos Tribunales. Para mayor recaudo se transcribe la parte pertinente de la providencia que así lo ordena que dice: Santa Fe, 10 de Noviembre de 2.021. Por presentado informe final y proyecto de distribución. Pónganse los mismos de manifiesto en la Oficina por el término de ley. Publíquense edictos por dos días en el BOLETÍN OFICIAL. Regulación de honorarios, a despacho. Notifíquese. Firmado: Dr. Néstor Antonio Tosolini (Secretario); Dr. José Ignacio Lizasoain (Juez).

S/C 469786 Dic. 29 Dic. 30

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia a/c de Ejecución Civil de Circuito de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, Dr. Héctor Canteros, Secretaría Primera a cargo de la Dra. Corma Molina, se hace saber que en los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE SANTA FE c. MARELLI DE SCOZZINA ALBINA JOSEFA s. Apremios fiscales; (Expte. CUIJ N° 21-16145751-2), se ha ordenado citar y emplazar por edictos (art. 28 Ley 5066) a publicar tres veces en el BOLETÍN OFICIAL y en el Hall de Tribunales, a los herederos de Albina Josefa Marelli de Scozzina, LC Nº 2.401.820, según decreto que se transcribe: Santa Fe, 21 de Febrero de 2.020. Agréguese. Atento, constancias de autos y lo dispuesto por el art. 597 del CPCC, emplácese a los herederos del demandado para que comparezcan a estar a derecho por el término de ley. Cíteselos por edictos que se publicarán tres veces en el BOLETÍN OFICIAL y en el lugar que al efecto ha habilitado la CSJSF en el Hall de estos Tribunales y cuyo término vencerá después del quinto día de la última publicación. Asimismo, téngase presente el domicilio denunciado y notifíquese en el mismo. Notifíquese. Dra. María Claudia Formichelli, Dr. Héctor Canteros; Secretaria, Juez a/c. Santa Fe, 10 de Marzo de 2.021. Maria Julieta Lovera, prosecretaria.

S/C 469789 Dic. 29 Feb. 01

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia del Distrito Judicial Número Uno de Ejecución Civil de Circuito Oficina de Procesos Ejecutivos de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, Dra. María José Haquín de Berón, Secretaría a cargo de la autorizante, se hace saber que en los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE SANTA FE c. BRAUNSTEIN ROSA s/Apremios fiscales; (Expte. N° 1713 Año 2014 CUIJ N° 21-16150865-6), se ha ordenado emplazar a los herederos de Rosa Braunstein, LC Nº 1.535.744, para que dentro del término de seis días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimientos de ley (art. 597 del CPCC de la Provincia de Santa Fe), citándolos por edictos a publicar tres veces (art. 28 Ley Provincial 5066) en el BOLETÍN OFICIAL y en el lugar que al efecto ha habilitado la CSJSF en el Hall de estos Tribunales y cuyo término vencerá después del quinto día de la última publicación. Santa Fe, 19 de Abril de 2.021. Maria Julieta Lovera, prosecretaria.

S/C 469791 Dic. 29 Feb. 01

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Por disposición del Sr. Juez a/c de Primera Instancia del Distrito Judicial Número Uno de Ejecución Civil de Circuito, Primera Secretaría, Oficina de Procesos Ejecutivos de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, Dr. Javier F. Deud, Secretaría a cargo de la autorizante, se hace saber que en los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE SANTA FE c. PRIANO MARTA DE GASPARI s. Apremios fiscales; (Expte. N° 1716 Año 2012 CUIJ N° 21-16145739-3), se ha ordenado emplazar a los herederos de Marta Priano de Gaspari, para que dentro del término de ley comparezcan a estar a derecho (art. 597 del CPCC de la Provincia de Santa Fe), citándolos por edictos a publicar tres veces (art. 28 Ley Provincial 5066) en el BOLETÍN OFICIAL y en el lugar que al efecto ha habilitado la CSJSF en el Hall de estos Tribunales y cuyo término vencerá después del quinto día de la última publicación. Santa Fe, 04/05/21. Nancy Brollo, prosecretaria.

S/C 469792 Dic. 29 Feb. 01

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe), en los autos caratulados THROENDLY FRANCISCO JOSÉ s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-02028051-1, se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Throendly, Francisco José, DNI 26.152.011, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Fdo. Dra. Claudia B. Sánchez. Secretaria OPS. Santa Fe, Noviembre de 2021.

$ 45 Dic. 29 Feb. 1

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios de la ciudad de Santa Fe, se cita, se llama, y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Fermín Ramírez, DNI Nº 6.336.550, para que comparezcan en los autos caratulados: RAMIREZ FERMIN s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-02028276-9 que se tramita en el mencionado Juzgado, a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Santa Fe.

$ 45 Dic. 29 Feb. 1

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación, de la ciudad de Santa Fe) en los autos caratulados: MOREIRA EDUARDO s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-02025574-6, se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Don Eduardo Moreira, L.E. Nº 3.693.105, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y en el hall de Tribunales. Claudia Sánchez - Secretaria. Santa Fe, Noviembre de 2.021.

$ 45 Dic. 29 Feb. 1

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios – Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación), en autos caratulados: VAZQUEZ, DERNA RAQUEL s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-02011531-6 se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Doña Derna Raquel Vázquez, DNI Nº 3.719.566, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo María Esther Massarello (Secretaria).

$ 45 Dic. 29 Feb. 1

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios- Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Octava Nominación de Santa Fe) en autos caratulados: LONGONI NORIS DEL CARMEN s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-02028954-3 Año 2021, se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de la Sra. Noris del Carmen Longoni, DNI N° F5.492.531, para que comparezcan hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Firmado: Dra. Claudia Sánchez; Secretaria. Santa Fe, Noviembre de 2.021.

$ 45 Dic. 29 Feb. 1

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial 2ª Nominación de la ciudad de Santa Fe) en auto: QUIROZ GABRIELA SOLEDAD s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-02027160-1, se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de la Sra. Quiroz Gabriela Soledad, DNI N° 32.029.533, para que comparezcan hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL de conformidad con lo dispuesto en la ley 11.287. Santa Fe, Noviembre de 2.021.

$ 45 Dic. 29 Feb. 1

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial de la Primera Nominación, tramitándose ante la Oficina de Procesos Sucesorios de esta ciudad de Santa Fe, se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios del causante Doña Mónica Arminda Peragallo, DNI N° 3.959.765, para que dentro del término y bajo apercibimientos ley, comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos PERAGALLO MONICA ARMINDA s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-02002418. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, Noviembre de 2.021.

$ 45 Dic. 29 Feb. 01

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Santa Fe) en autos caratulados SANCHEZ JUAN CARLOS s/Sucesorio; 21-02026751-5 se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Sr. Juan Carlos Sánchez D.N.I. Nº 14.048.114, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimiento legales, lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo.: Dra. Claudia B. Sánchez - Secretaria. Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena (Jueza). Santa Fe, 17 de Noviembre de 2.021.

$ 45 Dic. 29 Feb. 1

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios – Primera Circunscripción Judicial Santa Fe (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de la ciudad de Santa Fe), en autos caratulados SCHECHTEL, ESTELA s/Sucesorio; CUIJ N° 21-02028634-9, Año 2.021, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios y/o a todos aquellos a quienes se consideren con derecho a los bienes de la herencia de Estela Schechtel, D.N.I. Nº F1.120.699, argentina, viuda, hija de Andrés Schechtel y Cándida Ovelar, nacida en la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, República Argentina, el 26/12/1932, y fallecida en la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, República Argentina, el 03/08/2021, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL, por un día, y se exhibe en el hall del Palacio de Tribunales. Fdo.: Secretaria. Santa Fe, Noviembre de 2.021.

$ 45 Dic. 29 Feb. 1

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorio (Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de la ciudad de Santa Fe), en autos caratulados BARRIOS GABRIELA EUGENIA s/Declaratoria de herederos; CUIJ Nº 21-02028457-6, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Gabriela Eugenia Barrios, DNI Nº 20.166.705, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos. Santa Fe, Noviembre de 2021.

$ 45 Dic. 29 Feb. 1

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe), en los autos caratulados BASCONSELO, GRACIELA EUSEBIA s/Declaratoria de Herederos; C.U.I.J. N° 21-02026510.5, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Graciela Eusebia Banconselo, D.N.I. N° 10.316.121, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Dra. Claudia Sánchez, Secretaria. Santa Fe, 15 de Septiembre de 2.021. Laura Luciana Perotti, prosecretaria.

$ 45 Dic. 29 Feb. 1

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 7ª Nominación de Santa Fe) en autos caratulados DORKIC JUAN CARLOS JULIO s/Sucesorio; (CUIJ N° 21-02028323-5) se cita, se llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Don Juan Carlos Julio Dorkic, DNI N° 12.375.317, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y Hall de Tribunales. Santa Fe. Fdo. Dra. Claudia Sánchez (Secretaria).

$ 45 Dic. 29 Feb. 1

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios de la ciudad de Santa Fe, Primera Circunscripción Judicial (Juzgado de Primer Instancia en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación), en autos caratulados ANGULO DIEGO EMANUEL s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-02026136-3, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Angulo, Diego Emanuel DNI Nº 34.745.721 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL, y se exhibe en el hall del Palacio de Tribunales. Santa Fe.

$ 45 Dic. 29 Feb. 1

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios – Primera Circunscripción Judicial (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación), en los autos caratulados GRANATO, ANTONIO ALBERTO s/Declaratoria de Herederos; (Expte. CUIJ N° 21-02028428-2), se cita, se llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante, Sr. Granato Antonio Alberto, D.N.I. N° 11.723.336, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y Hall de Tribunales.

Santa Fe, Noviembre de 2.021.

$ 45 Dic. 29 Feb. 1

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Por disposición de la Oficina De Procesos Sucesorios – Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Octava nominación de la ciudad de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios y a todos los que se consideren con algún derecho por el fallecimiento de Castaldi Mirna Lilian, DNI N° 3.564.929 para que dentro del término y bajo apercibimientos legales, comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos CASTALDI MIRNA LILIAN s/Declaratoria de Herederos; (CUIJ Nº 21-02015897-9). Publíquense los edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL. Firmado Dra. Claudia Sánchez (Secretaria).

$ 45 Dic. 29 Feb. 1

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación) en autos caratulados CUIJ N° 21-02017716-8; FLORES, MARIO ENRIQUE s/Sucesorio, se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores del Sr. Flores Mario Enrique DNI Nº 6.225.648, fallecido en la ciudad de Santa Fe, en fecha 12/09/2018, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en Hall de los Tribunales. Fdo: Dr. Diego Raúl Aldao (Juez), Dra. Claudia Sánchez (Secretaria). Santa Fe, 08 Septiembre de 2.021.

$ 45 Dic. 29 Feb. 1

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios - Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 4ª Nominación de la Ciudad de Santa Fe), en autos caratulados: ZAPATA, CARLOS ERNESTO s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-02026047-2, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios del Sr. Carlos Ernesto Zapata, DNI Nº 25.015.671, para que comparezcan a hacer valer sus derechos legales dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y Hall de Tribunales. Fdo.: Dra. Claudia Sánchez, Secretaria. Santa Fe.

$ 45 Dic. 29 Feb. 1

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de Santa Fe), en los autos caratulados GONZÁLEZ JULIO OMAR s/Declaratoria de herederos; (CUIJ Nº 21-02025840-0), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Don Julio Omar González, D.N.I. Nº 11.903.574, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial, Dra. Claudia Sánchez Secretario. Santa Fe, 15 de Septiembre del año dos mil veintiuno. Melina Nair Ayala, Prosecretaria.

$ 45 Dic. 29 Feb. 1

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios – Primera Circunscripción Judicial (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación), en autos caratulados: GRANDOLIO, NORBERTO DAVID s/Declaratoria de herederos; (CUIJ Nº 21-02023585-0), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante Grandolio, Norberto David, DNI Nº 21.412.885, argentino, fallecido en la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, en fecha 17/01/2021, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Firmado: Dra. Claudia Sánchez (Secretaria). Santa Fe, Noviembre de 2.021.

$ 45 Dic. 29 Feb. 1

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios – Primera Circunscripción Judicial Santa Fe (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de la ciudad de Santa Fe), en autos caratulados HANG, MONICA TERESA s/Sucesorio; CUIJ N° 21-02028531-9, Año 2.021, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios y/o a todos aquellos a quienes se consideren con derecho a los bienes de la herencia de Mónica Teresa Hang, D.N.I. Nº 17.367.514, argentina, casada, hija de Alfredo Carlos Hang y Clorinda Ester Chatelain, nacida en San Jerónimo Norte, Provincia de Santa Fe, República Argentina, el 20/05/1965, y fallecida en la ciudad de Santo Tomé, Provincia de Santa Fe, República Argentina, el 01/01/2020, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL, por un día, y se exhibe en el hall del Palacio de Tribunales. Fdo.: Secretaria. Santa Fe, Noviembre de 2.021.

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios - Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación), en autos caratulados JACOT, ALCIDES OSCAR y otros s/Sucesorio; (CUIJ Nº 21-02017722-2), se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Alcides Oscar Jacot (D.N.I. Nº M. 6.211.007) y Amelia Rosa Savoié (D.N.I. Nº F. 1.720.514) para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL.

$ 45 Dic. 29 Feb. 1

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Por disposición de la oficina de Procesos Sucesorios Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe (Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de esta ciudad), en autos caratulados BAZÁN AROLDO EDUARDO s/Sucesorio; (CUIJ Nº 21-02025696-3), se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios de Bazán Aroldo Eduardo, D.N.I. Nº 6.205.281, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimiento de ley. Lo que se publican a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Notifíquese. Fdo. Dra. Claudia Sánchez (Secretaria) - Iván Gustavo Di Chiazza (Juez). Santa Fe, Octubre de 2.021.

$ 45 Dic. 29 Feb. 1

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios – Primera Circunscripción Judicial (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación) en autos caratulados: VERA, ZULEMA OFELIA s/Sucesorio; CUIJ 21-02021745-3, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Doña Zulema Ofelia Vera, D.N.I. Nº 12.147.014, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley, lo que se publica a sus efectos en el Hall de Tribunales. Santa Fe, Octubre de 2.021.

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Por disposición de la Oficina de Procesos sucesorios en autos: HUNZIKER FRANCISCO y otros s/Sucesorio; Expte. CUIJ Nº 21-02021608-2, radicado en el juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios del Sr. Francisco Hunziker, D.N.I. Nº 6.196.178, quien falleciera el día 14 de Julio de 2.013 en la ciudad de Santa Fe y de la Sra. Adela Elena Godoy, D.N.I. Nº 3.392.065, quien falleciera el día 27 de Agosto de 2.019 en la ciudad de Santa Fe para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se Publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Firmado: Dra. Verónica Gisela Toloza -Secretaría, Dr. Gabriel Oscar Abad –Juez, en la ciudad de Santa Fe.

$ 45 Dic. 29 Feb. 1

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios de la ciudad de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Don Modina, José Ricardo, D.N.I. Nº 6.221.404, para que comparezcan al juicio sucesorio caratulado: MODINA, JOSE RICARDO s/Declaratoria de herederos; CUIJ Nº 21-02021126-9, radicado en la Oficina de Registro de Procesos Sucesorios de la ciudad de Santa Fe, con radicación original en el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de la ciudad de Santa Fe , a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Santa Fe, Noviembre de 2.021.

$ 45 Dic. 29 Feb. 1

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe) en los autos caratulados LÓPEZ INOCENCIA y otros s/Sucesorio; CUIJ N° 21-02025925-3 se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante Don Segundo Mamerto Acosta, D.N.I. Nº M 6.217.803, para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley comparezcan por sus derechos. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Fdo. Dra. Claudia B. Sánchez. Secretaria

$ 45 Dic. 29 Feb. 1

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe) en los autos caratulados LÓPEZ INOCENCIA y otros s/Sucesorio; CUIJ N° 21-02025925-3 se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la causante Inocencia Clara López, L.C. Nº 3.214.248, para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley comparezcan por sus derechos. Fdo. Dra. Claudia B. Sánchez. Secretaría.

$ 45 dic. 29 Feb. 1

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Por disposición de la Oficina de Tramites Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, en los autos caratulados “RUTOLI ADELAIDA TERESA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ: 21-02027118-0), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Doña ADELAIDA TERESA RUTOLI, D.N.I. N°11.263.026, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Dra. Claudia Sánchez Secretario. Santa Fe, de noviembre del año dos mil veintiuno. -

$45 Dic. 29

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Por disposición de la Oficina de Tramites Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de Santa Fe), en los autos caratulados “GONZALEZ JULIO OMAR S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ: 21-02025840-0), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Don JULIO OMAR GONZALEZ, D.N.I. N°11.903.574, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Dra. Claudia Sánchez Secretario. Santa Fe, de septiembre del año dos mil veintiuno. -

$45 Dic. 29

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rafaela

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por estar así dispuesto en los autos caratulados “Deger S.R.L. s/ Quiebra” Expte. 554 año 1999 que se tramita por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de la ciudad de Rafaela, se hace saber a los señores acreedores que se ha puesto de manifiesto el INFORME FINAL Y PROYECTO DE DISTRIBUCIÓN presentado por la Sindicatura conforme a lo previsto en el Art. 218 de la Ley 24.522 (LCQ) y REGULACION DE HONORARIOS por $ 19.048,51 a la CPN María Alejandro Fruttero y $8.163,17 al Dr. Alberto Ferraro. Notifíquese. Firmado: Dra. Ana Laura Mendoza, Jueza; Dra. Carolina Castellano, Secretaria.

$ 37,80 432570 Dic. 29 Dic. 30

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