picture_as_pdf 2021-12-23

SUBSECRETARIA DE

CONTRATACIONES Y

GESTIÓN DE BIENES


RESOLUCIÓN Nº 0600

Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”

21/12/2021

VISTO:

Los informes elevados por el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia, solicitando la inscripción de seis (06) firmas como nuevas proveedores y la renovación de antecedentes de otras; y

CONSIDERANDO:

Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por la Ley 12.510/05 y su Decreto Reglamentario N° 1104/16 en concordancia con la Resolución SCyGB Nº 133/20, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;

Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 1104/16, 2479/09 y 0063/19;

POR ELLO:

EL SUBSECRETARIO DE

CONTRATACIONES Y

GESTIÓN DE BIENES

RESUELVE:

ARTICULO 1: Inscríbase en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: DIAGNOMED S.R.L. CUIT N.º 30-70902666-2; IC DISTRIBUCIONES S.R.L. CUIT N.º 33-71084851-9; INDUSTRIA TERMOPLÁSTICA PLASTRONG S.R.L. CUIT N.º 30-67391141-9; INTELISANO MAURO CUIT N.º 20-32289682-5; MARINI GISELA CUIT N.º 27-28199668-7; OJEDA JORGE LUIS CUIT N.º 20-24722435-2.

ARTICULO 2: Renuévese en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: BERONE GLORIA MARÍA CUIT N.º 27-14438883-1; MÁXIMA LIMPIEZA S.R.L. CUIT N.º 30-70981908-5; MERCOSUR S.R.L. CUIT N.º 30-71070541-7.

ARTICULO 3: Regístrese, comuníquese y archívese.

S/C 35203 DIC. 23 DIC. 27

__________________________________________


RESOLUCIÓN Nº 0599


Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”

21-12-2021


VISTO:

El informe elevado por el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia, solicitando la inscripción en el Registro de Beneficiarios para Compras Menores y Excepciones de cinco (05) firmas; y

CONSIDERANDO:

Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por la Ley 12.510/05 y su Decreto Reglamentario N° 1104/16 en concordancia con la Resolución SCYGB N.º 170/19, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;

Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 1104/16, 2479/09 y 0063/19;

POR ELLO:

EL SUBSECRETARIO DE

CONTRATACIONES Y

GESTIÓN DE BIENES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1: Inscríbase en el Registro de Beneficiarios para Compras Menores y Excepciones de la Provincia de Santa Fe, por el término de treinta y seis (36) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: ALGUAR S.A. CUIT N.º 30-70982590-5; FRANCO CARLOS DANTE CUIT N.º 20-27522235-7; ROTMAN MARÍA SOLEDAD CUIT N.º 23-28074210-4; SAVANT MARCELO HUMBERTO CUIT N.º 20-18069761-7; YACCUZZI JOANA CUIT N|° 27-34038498-4

ARTÍCULO 2: Regístrese, comuníquese y archívese.

S/C 35204 DIC. 23 DIC. 27

__________________________________________


DirecCION General de AuditoríaMédica


ORDEN N.º 75


Santa Fe, 21 de Diciembre de 2021

VISTO:

El expediente nº 00501-0182168-2 Tomo I y II en relación al mismo el legajo nº 084-43256-8-11-20-11457 de Habilitación para funcionar conforme Ley Nº 9.847, modificatoria, su Decreto Reglamentario y Resolución N.º 1052/05, del establecimiento de salud con internación “PEQUEÑO HOGAR BIENAVENTURADOS” de la ciudad de Funes; y

CONSIDERANDO:

Que el Pequeño Hogar precitado obtuvo la Habilitación para funcionar por Órden Nº 34 del 17 de Mayo de 2.021, bajo denominación e identificación de “Pequeño Hogar Bienaventurados” a nombre de la Asociación Civil Bienaventurados”;

Que atento a la nota de fojas 236 por la cual solicitan la baja del establecimiento, y conforme lo manifestado por los Auditores del Nodo, según Auditoría en Terreno realizada en fecha 06 de Noviembre de 2.021, se constato “que el domicilio de Santa Fe N.º 5.710, se encuentra cerrado y desocupado” - fojas 238

Que por lo expuesto deviene procedente disponer la Baja del “Pequeño Hogar Bienaventurados”;

Por ello, en virtud de las facultades conferidas a la Dirección General de Auditoría Médica por Resolución Ministerial Nº 848/96;

El Director General de Auditoría Médica

ORDENA:

1º. Dar de Baja al establecimiento de salud con internación “PEQUEÑO HOGAR BIENAVENTURADOS” ubicado en calle Santa Fe N.º 5.710, de la ciudad de Funes, Departamento Rosario, Provincia de Santa Fe, en razón de haber dejado de funcionar, conforme fuera solicitado por los titulares y constatado por los Auditores.

2º. Dejar constancia en el expediente precitado de la medida adoptada precedentemente.

3º. Previa tramitación de estilo, archívese.

Fdo. Dra. Cecilia M. Inés Fernández

Dirección General Auditoria Medica

S/C 35217 DIC. 23 DIC. 27

__________________________________________


SUBSECRETARÍA DE LA NIÑEZ,

ADOLESCENCIA Y FAMILIA


NOTIFICACIÓN


Por disposición del Dr. Rubén Angel Cottet, Juez de Trámite del Tribunal Colegiado N° 2, Segunda Secretaria, sito en calle Tucumán N° 2.846 de la ciudad de Santa Fe, en autos caratulados SDNAF c/MANSILLA JOSE LUIS y otros s/Control de legalidad de medidas excepcionales y urgentes Ley 12.967; (21-10736629-3) se notifica por edictos al Sr. José Luis Mansilla (DNI N° 30.185.678) con domicilio actualmente desconocido, haciéndole saber que el Sr. Juez, ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 19 de Octubre de 2.021. Atento la integración subjetiva de este Tribunal Colegiado de Familia N° 2, desígnase Juez de Trámite al suscrito (art. 543 GPC,). Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado, acuérdesele la participación que por derecho corresponda. Por promovida Formal demanda de Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional y Solicitud de Control de Legalidad, dispuesta por Disposición N.° 000105 de fecha 09-08-2021 y aclaratoria N.° 000136 del 20/09/2021, respecto de Valentina Sol Chapux, Anyelina Estefanía Chapuz, Nazareno Exequiel Chapuy, Jesús Isaías Chapuz, Jeremías Elías Mansilla y Martina Maira Mansilla la que se regirá por el trámite específico previsto en el artículo 66 bis, siguientes, y concordantes de la Ley N° 12.967. En relación a la joven Rosa Noemí Mansilla, no habiendo constancia en los autos vinculados (21-10723687-9) de que se haya iniciado control de legalidad de medida de protección excepcional, aclare el cese peticionado. Cítese a Maria Eugenia Chapuy y a José Luis Mansilla para que comparezcan a estar a derecho, se expidan sobre las medidas definitivas propuestas por la Subsecretaría de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia, y Familia de Santa Fe, y en su caso, para que ofrezcan pruebas en el término de diez días, bajo apercibimiento de resolver sin más en caso de falta de contestación. A los fines de notificar al señor Mansilla, ofíciese al Juez de Circuito de la ciudad de Santo Tomé. Téngase presente la autorización efectuada a los profesionales mencionados en el punto III de la presente demanda, a fin de efectuar la procuración en las presentes actuaciones y proceder al retiro de los autos en los casos en que corresponda. Hágase saber que en virtud de no haberse instrumentado hasta la fecha lo dispuesto en el último párrafo del artículo 65 de la Ley 12967 (ref. por Ley 13237), por el presente se dispone que el diligenciamiento, notificación y la realización de todos los actos impulsorios y procedimentales estarán a cargo del organismo compareciente. Atento la conexidad invocada en la foja O, y en el punto V) de la presente demanda, y dado la identidad objetiva y subjetiva, procédase a la acumulación material de las presentes actuaciones al expediente de éste Tribunal caratulado Subsecretaría de la Niñez, Adolescencia y Familia c/Chapuy María Eugenia y Mansilla, José Luis s/ Control de Legalidad de Medida de Protección Excepcional, Solicitud de control de legalidad; (CUIJ Nº 21-10723687-9). Agréguese la documental acompañada. Notifíquese. María Marcela Romagnoli, Secretaria; Dr. Rubén Angel Cottet, Juez. Santa Fe, 17 de Noviembre 2.021.

S/C 35203 Dic. 23 Dic. 28

__________________________________________


EMPRESA PROVINCIAL DE

LA ENERGIA DE SANTA FE


CONCURSO PÚBLICO DE PRECIOS

7030000586


Objeto: Contratación de vehiculo con chofer para traslado de agentes. AG Alberdi- Suc. Rosario Norte.

Presupuesto Oficial: $ 570.000 IVA incluido.

Apertura de propuestas: 06/01/2022 - Hora: 09.30.

Legajo: Todo interesado en participar de la presente licitación deberá descargar gratuitamente el pliego publicado a tal efecto en el portal web oficial de la EPESFE.

Consultas e informes: Empresa Provincial de La Energía. Bv Oroño 1.260 - 1º Piso - Tel: (0341) 4207729131 www.epe.santafe.gov.ar – e-mail logistica@epe.santafe.gov.ar

S/C 35167 Dic. 23 Dic. 28

__________________________________________