picture_as_pdf 2021-12-22

TRIBUNAL COLEGIADO


Por disposición de la Dra. María José Diana, jueza del Tribunal Colegiado de Familia N° 3 de Rosario, se ha dispuesto notificar por edictos a la señora MICAELA GISEL COCOMAZZI la sentencia dictada dentro de los autos caratulados “COCOMAZZI PABLO VALENTINO s/ CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967” CUIJ 21-11380013-2, que a continuación se transcribe: “ N° 3824. Rosario, 02 de Diciembre de 2021. Y VISTOS Y CONSIDERANDO: ... Por ello RESUELVO: 1. -) Ratificar la medida excepcional adoptada por la Dirección Provincial para la Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la 2a Circunscripción por Disposición N° 129/2021 del 31 de Agosto de 2021, dictada en relación al niño PABLO VALENTINO COCOMAZZI (D.N.I. N° 53.774.397) nacido en fecha 27 de Enero de 2014 hijo de la señora Micaela Gisel Cocomazzi, D.N.I. N 38.900.129, sin filiación paterna, consistente en la separación temporal de su centro de vida y su alojamiento en Centro Residencial por un plazo de 90 días, de conformidad con lo establecido por el art. 607 inc. c) del CCyCN. 2.-) Oficiar a la Autoridad administrativa que solicitó el control de legalidad, para que resuelva definitivament e la situación de del niño PABLO VALENTINO COCOMAZZI, poniendo en conocimiento a la Dirección que en el momento de resolver definitivamente, junto a la Disposición Administrativa que así lo sugiera, acompañe las notificaciones correspondientes a los progenitores 4.-) Notificar a los niños, su defensor privado si hubiera intervenido, el Defensor de Menores de Edad, los representantes legales, familiares o responsables y demás partes del proceso. 5.-) Anoticiar a la Defensora General de Niñas, Niños y Adolescentes. 6.-) Resérvense las presentes actuaciones por aquel período, aplicándose estrictamente el art. 56 del CPCC, solo pudiendo ser retirados por Secretaría en su caso, con el debido registro informático. Insértese y hágase saber. Autos cara tulados “COCOMAZZI PABLO VALENTINO s/ CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967” CUIJ: 21-11380013-2.- EN CONSECUENCIA QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.

S/C 469352 Dic. 22 Dic. 27

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Por disposición del Sr Juez del Tribunal Colegiado de Familia Nro. 4 de Rosario, a cargo de la Dra. María Paula Mangani (Jueza), en los autos caratulados: “ANTOINE JOSE c/ JEAN YVECA s/ PRIVACION DE RESPONSABILIDAD PARENTAL” CUIJ: 21-11383351-0 se cite a la Sra. JEAN YVECA para que comparezcan a estar a derecho bajo apercibimientos de ley por edictos, que se publicarán tres veces. A los efectos legales se publican edictos tres veces en el Boletín Oficial. Todo ello por estar así ordenado en el siguiente decreto: “ROSARIO, 03 de Noviembre de 2021.- Por presentado, domiciliado, en el carácter invocado, por derecho propio y con patrocinio letrado. Por iniciada la acción que expresa. Desígnase Jueza de Trámite en los presentes a la Dra. Ma Paula Mangani. Agréguese la documental acompañada. Dése intervención al Defensor General que por orden de turnos corresponda. Imprímase a los presentes el trámite de juicio sumario. Cítese a la demandada, para que en el término de tres (3) días comparezca a estar a derecho, bajo apercibimientos de ley por edictos, que se publicarán tres veces. El término vencerá cinco días después de la última publicación” (art. 73 CPCC). Fdo.: Dra. Ana Clara Rébola (Secretaria) Dra. Maria Paula Mangani (Jueza).

El presente edicto se publicará SIN CARGO ALGUNO en virtud del patrocinio ejercido en los autos por la Defensoría Civil N° 10.- Secretaria, Rosario, de Noviembre de 2021.

S/C 469410 Dic. 22 Dic. 27

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Por disposición del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual Nro. 6 de Rosario, en autos caratulados: “CASAFU, DORIAN MIQUEAS c/ GAMARRA, MARIANA GABRIELA Y OTROS s/ DAÑOS Y PERJUICIOS” Expte. CUIJ 21-11871206-1 se hace saber que se ha ordenado lo siguiente: “ROSARIO, 29 de Noviembre de 2021 Desígnese fecha de realización de audiencia para DESIGNAR DEFENSOR en los términos del art. 597 del CPC para el día 22 de DICIEMBRE del 2021 a las 10.00 horas. Notifíquese por cédula y por edictos. A lo demás: Oportunamente”. Firmado: Dra. Valeria Bartolome, Prosecretaria Dr. Aguirre, Juez.-

Secretaría, Rosario.

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Por disposición del Tribunal Colegiado I. Única C. de Familia 5° Nominación de Rosario a cargo de la Dra. Dra. Milca Bojanich (Juez) secretaria de la Dra. Agustina Sueiras Munuce, se notifica la Resolucion 3298. Rosario, 03 de Diciembre de 2021. Resolución Nro. 3298 Tomo: 171 Folio: 417. - Y Vistos: Los autos caratulados “SEGOVIA, ESTEBAN NAHUEL Y OTROS c/ COLAZO KANEMANN, ROBERTO s/ APREMIOS 21-11350928-4”; Y Considerando: Que la planilla practicada en fecha 19.05.2021 y puesta de manifiesto mediante decreto de fecha 21.05.2021, habiéndose notificado el demandado en fecha 22.11.2021 -por edictos- y no impugnada en el término legal para hacerlo por lo que corresponde su aprobación; Resuelvo: Aprobar la planilla practicada en fecha 19.05.2021 que asciende a la suma de pesos doscientos cincuenta y un mil doscientos noventa y uno con cuatro centavos ($ 251.291, 04). Notifiquese por edictos.-Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Agustina Sueiras Munuce (secretaria) - Dra. Milca Mileva Bojanich. (Juez) (Autos: Segovia, Esteban Nahuel y otros c/ COLAZO KANEMANN, ROBERTO s/ APREMIOS CUIJ: 21-11350928-4).

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


POR DISPOSICIÓN DEL JUEZ DE DISTRITO CIVIL Y COMERCIAL DE LA 3° NOM. DE ROSARIO, SE HA ORDENADO CITAR A LOS HEREDEROS, ACREEDORES Y TODOS LOS QUE SE CONSIDEREN CON DERECHO A LOS BIENES DEJADOS POR LA CAUSANTE Doña GENTILI, ADRIANA SARA UBALDINA (DNI 1.972.133) POR UN DIA, PARA QUE LO ACREDITEN DENTRO DE LOS 30 DIAS CORRIDOS. AUTOS CARATULADOS “GENTILI, ADRIANA SARA UBALDINA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS.” CUIJ 21-02943026-5. Dra. MARIA ALEJANDRA CRESPO.SEC SUB Rosario, 1 de DICIEMBRE de 2021.

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 5° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante JORGE ALBERTO BERRETTA D.N.I. 11.672.326 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “BERRETTA, JORGE ALBERTO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N° 21-02942724-8). Fdo. Dra. Maria Belen Moran, Secretaria. Rosario, de 2021.-

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En los autos caratulados: BANCO COINAG SA c/ COOPERATIVA DE VIVIENDA CRÉDITO Y CONSUMO “DACAR” LIMITADA Y OTROS s/ cobro de pesos - CUIJ N° 21-02898615-4, que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la l7º Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. BEDUINO, Secretaría de la Dra. LANTERMO, se ha dictado lo siguiente: Rosario, 31 de Mayo de 2018. Por presentados, acéptase el domicilio procesal constituido y en el carácter invocado, conforme al poder general acompañado, que se agrega y que deberán certificar. Por iniciada formal DEMANDA DE COBRO DE PESOS que tramitará según las normas del proceso ordinario (arts 398 del CPCC). Cítese y emplácese a COOPERATIVA DE VIVIENDA CREDITO Y CONSUMO DACAR LTDA, DKR SA Y MARIANI, NESTOR ALBERTO por el plazo de ley para que dentro del mismo comparezca a estar a derecho y tomar la intervención que le corresponda bajo apercibimiento de rebeldía (arts. 72, 76 y ss., CPCC). En caso de resultar necesarios a fin de conocer el actual domicilio del demandado, líbrense oficios requiriéndose informes al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional Electoral o al Registro Público de Comercio, según corresponda. En los demás oficios que el profesional estime necesarios para averiguar el domicilio del demandado, deberá diligenciarlos por la vía prevista por el art. 25, inc. a, CPCC, transcribiendo nombre completo, número y tipo de documento de identidad y último domicilio conocido del demandado. Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos Civiles, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación recomendado por Acuerdo Ordinario - Acta 48/2017 de fecha 5 de diciembre de 2017 de la Excma. Suprema Corte de la Provincia de Santa Fe. Por tanto, se hace saber que las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor y la comparencia a las audiencias será valorada en orden al art. 4 de la ley 12851. Notifiquese por cédula, debiendo el Sr. Oficial notificador observar el estricto cumplimiento del art. 63 CPCC. Firmado: Dra. Beduino (Juez) - Dr. Conti (Secretaria). Otro Decreto: Rosario, 26 de Abril de 2019 Agréguese el sellado acompañado. Por ampliada la demanda por el monto expresado. Notifíquese por cédula. Firmado: Dra. Beduino (Juez) - Dra. Lantermo (Secretaria). Otro Decreto: Rosario, 10 de Octubre de 2019. Agréguense las cédulas sin diligenciar acompañadas. Líbrense oficios a los fines peticionados con las formas y constancias de ley. Firmado: Dra. Beduino (Juez) - Dra. Netri (Secretaria). Otro Decreto: Rosario, 26 de Junio de 2020 Por recibido, agréguese. Firmado: Dra. Netri ,Secretaria). Otro Decreto: Rosario, 25 de Marzo de 2021 Agréguense las constancias acompañadas, las cuales deberá certificar. Téngase presente el desistimiento del proceso efectuado respecto del codemandado DKR S.A. Atento lo informado por el Oficial notificador en la cédula agregada a fs. 51/2, líbrese oficio al INAES a los fines de que informe el último domicilio de la codemandada Cooperativa de Vivienda, Crédito y Consumo DACAR Ltda., con las formas y constancias de ley. A tales fines, diligencie el oficio ordenado conforme las facultades que concede el art. 25 CPCC en carácter de auxiliar de la justicia, informando en el mismo el correo oficial del Juzgado civil17ros@justiciasantafe.gov.ar al que deberá el organismo dirigir su respuesta. Informe de Mesa de Entradas. Firmado Dra Beduino (Juez) - Dra. Lantermo (Secretaria). Otro Decreto: Rosario, 19 de Mayo de 2021 Téngase presene lo manifestado. A los fines de la notificación de los presentes a la parte demandada, líbrese cedula Ley 22172 conforme art. 6 de la mencionada ley y Acordada N° 3397/08 CSJBA art. 190, con las formas y constancias de ley (domicilio denunciado bajo responsabilidad de la parte). Firmado: Dra. Beduino (Juez) - Dra. Lantermo (Secretaria). OTRO DECRETO: ROSARIO, 17 de Noviembre de 2021 Agréguese la cédula acompañada. A fin de notificar a la parte codemandada - Cooperativa de Vivienda, Crédito y Consumo Dacar Ltda. - del presente juicio, publíquense edictos en el Boletín Oficial por el término y bajo los apercibimientos de ley. Firmado: Dra. Beduino (Juez) - Dra. Lantermo (Secretaria). Rosario, 26/11/21.

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En los autos caratulados: “BANCO COINAG SA c/ PAQUEZ EDUARDO ANTONIO s/ COBRO DE PESOS - CUIJ N° 21-02912603-5, que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 17° Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Beduino, Secretaría de la Dra. Lantermo, se ha dictado lo siguiente: Rosario, 18 de Mayo de 2021. Atento no encontrarse iniciado el trámite sucesorio del demandado PAQUEZ EDUARDO ANTONIO, acompañe constancia de defunción del mismo. Fecho, cítese y emplácese a los herederos del Sr. Paquez a los fines de comparecer a estar a derecho, por el término y bajo los apercibimientos de Sin perjuicio de la notificación por cédula, publíquense los edictos de ley en el Boletín Oficial (art. 597, CPCC). Notifíquese por cédula. Firmado: Dra. Bedunio (Jueza) - Dra. Lantermo (Secretaria). Rosario, 12/11/2021.

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Que en los autos caratulados: “BANCO COINAG SA c/ IGLESIAS ALEJANDRO J- Y OTRA s/ JUICIO EJECUTIVO” EXPTE N° 21-02936330-4 que tramita por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial 5ta Nominación de Rosario; a cargo de la Dra. Mantello, Secretaría de la Dra. Rubulotta, se ha dictado lo siguiente: N°1087. Rosario, 17/11/2021. VISTOS: Los presentes caratulados BANCO COINAG SA c/ IGLESIAS, ALEJANDRO JAVIER Y OTROS s/ DEMANDA EJECUTIVA - 21-02936330-4,...Y CONSIDERANDO:...FALLO: 1) Ordenar seguir adelante la ejecución hasta tanto el actor se haga íntegro cobro de la suma reclamada, con más los intereses pactados, expresando que de conformidad a las facultades conferidas por el art. 771 del C.C.C.N., se estima que los mismos no podrán exceder el equivalente a una vez y media la tasa activa sumada del Banco Nación, desde la mora y hasta su efectivo pago. 2) Imponer las costas a la parte demandada (art. 251 C.P.C.C.) 3) Regular los honorarios practicada que fuere la planilla correspondiente. Hágase saber que deberá acompañar constancia de A.F.I.P. debidamente actualizada. Insértese y hágase saber. (CUIJ 21-02936330-4) Firmado: Dra. Mantello (Jueza) - Dra. Silvina Rubulotta (Secretaria). Rosario, 23/11/2021.

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nom. de Rosario, Luciano D. Juárez, se hace saber a los interesados que en los autos caratulados: LUDUEÑA, FABIAN MARCELO s/Concurso preventivo - Hoy quiebra (CUIJ 21-02906123-5), mediante resolución N° 1437121 de fecha 17/12/2021, se ha declarado la quiebra de Fabián Marcelo Ludueña (D.N.I. 18.339.948), con domicilio real en calle Iriondo N° 1433 y procesal en calle Santa Fe N° 1261, 6° Piso, Oficina 601 “A”, ambos de la ciudad de Rosario, por el fracaso de su concurso preventivo (art. 46, LCQ). Entregue fallido y a los terceros los bienes y documentos de este, a la sindicatura. Prohíbese hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. Se ordena la continuación en el desempeño de la sindicatura de la CP Carolina Daniela García, con domicilio a los efectos del proceso en calle Córdoba N° 1452, piso 1, oficina E de Rosario. Se dispone como procedimiento para que los acreedores -posteriores a la presentación en concurso preventivo- requieran la verificación de sus respectivas acreencias, la vía incidental de conformidad con lo dispuesto por el art. 2021 LCQ. Ordenar a la sindicatura, efectuar el recálculo de los créditos que hubieran obtenido verificación en el concurso (art. 202 20 párr., LCQ). Se fija para la presentación del informe general (art. 39, LCQ) el día 24 de febrero de 2022. Sin cargo. Por 5 días. María José Casas, Secretaria.

S/C 469605 Dic. 22 Dic. 29

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En los autos: PEDRANA ENRIQUE c/APHIT I SOC CIVIL s/Escrituración, CUIJ 21-02864502-0, se ha dictado lo siguiente: Rosario, 10/09/21. Informando verbalmente la Actuaría en este acto que la parte demandada no ha comparecido a estar a derecho no obstante estar debidamente notificada, declárase rebelde y siga el juicio sin su participación. Una vez efectuada la notificación del presente, vengan los autos para sortear defensor de oficio. Notifíquese por edictos (cfm. art. 77 y cc CPCC) y por cédula al último domicilio conocido. Fdo. Dr. Marcelo Quiroga (Juez) - Dra. Lorena A. González (Secretaria). Secretaría. Rosario, de 2021. Dra. González, Secretaria.

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Se hace saber que por orden del Juzgado en lo Civil y Comercial de la 2 da. Nominación de Rosario a cargo de la Dra. Mónica Klebcar (Jueza), Secretaría de la Dra. Marianela Godoy, dentro de los caratulados: MUNICIPALIDAD DE ROSARIO c/VIVIR EL RIO S.H. y Ot. s/Daños y Perjuicios - CUIJ 21-00785442-8, ha dispuesto publicar edictos en el BOLETÍN OFICIAL con el fin de hacer saber que se ha dictado el siguiente decreto: Rosario, 1/12/2015. En los términos del artículo 46 del Código Procesal Civil y Comercial, téngase al doctor Nudemberg, Mauricio por renunciado al mandato conferido. Cítese y emplácese al poderdante - VIVIR EL RIO S.A. - para que, en el término y bajo apercibimientos de ley, comparezca a estar a derecho. De la revocatoria, traslado. Fdo. Dra. Julieta Gentile - Dra. María Silvia Zamanillo. Rosario, 15 de diciembre de 2021. Dra. Vaquero, Prosecretaria.

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Por disposición del Juzgado en lo Civil y Comercial 13 de Rosario y en autos: SHANAHAN MARCELO FERNANDO s/Quiebra, 21-01525772-2, se hace saber que se dicto lo siguiente: N° 482 – Rosario, 10 de septiembre de 2020: Y Vistos… Y Considerando… Resuelvo: 1) previa constitución de garantía por los honorarios del CPN Raúl Esteban Villagra (auto 1585/14, fs. 242) y los honorarios del perito enajenador Sr. Martillero Jaime Adolfo Lamas disponer la conclusión de la quiebra por pago total del Sr. Marcelo Fernando Shanahan (DNI 12.944.033). 2) de corresponder, oficiar al Banco Municipal de Rosario a los efectos de reintegrar al fallido los fondos remanentes que pudieren existir en la cuenta judicial N° 51296281 abierta a la orden de este Juzgado y para estos autos. 3) Previo recaudos de ley, levantar la inhibición general de bienes y demás medidas oportunamente trabadas, que no hubieran sido objeto de orden previa expresa, oficiándose a tal fin. Insértese y hágase saber. Firmado: Dr. Lucas Menossi Secretaria. Dra. Verónica Gotlieb, Jueza.

S/C 469602 Dic. 22 Dic. 27

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El señor Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 151 de Rosario, hace saber que en los autos caratulados: BANCO SANTANDER RIO S.A. c/CAPOVILA, SANTIAGO ALBERTO s/Juicio Ejecutivo, CUIJ 21-02927785-8, se ha dictado lo siguiente: Rosario, 30 de noviembre de 2021. No habiendo comparecido la parte demandada a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hacerlo, declárasela rebelde, y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese. Fdo.: Dra. Elisabet Felipetti (Secretaria) Dr. Carlos E. Cadierno (Juez). Rosario, 2 de Diciembre de 2021.

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 15ta. Nominación de Rosario, Provincia de Santa Fe, Dr. Carlos Cadierno, Secretaría a cargo de la Dra. Elisabet Felippetti, en los autos caratulados: BOCANEGRA CARLOS ANTONIO s/Concurso Preventivo, CUIJ. N° 21-02938545-6 - se hace saber que mediante auto Resolutorio N° 1479 de fecha 06 de diciembre de 2021, se han fijado las siguientes fechas: Audiencia Informativa para el día 16/03/2022 a las 10:00 hs. y, se fija como fecha de vencimiento del período de exclusividad: hasta el día 23/03/2022; publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y Diario “El Forense” - Dra. Elisabet Felippetti, Secretaria. Rosario, 10 de Diciembre de 2021.

$ 165 469563 Dic. 22 Dic. 29

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 16ta. Nominación de Rosario Dr. Pedro Boasso, se cita y emplaza a los herederos de la Sra. Aida Davalos, para que comparezcan a estar a derecho dentro del término de cinco días desde la última publicación de los presentes que se publicaran tres veces. Autos: Sucesores de AIDA DAVALOS c/ARZUBI, ANA MARIA y Otros s/Prescripción Adquisitiva, CUIJ N° 21-02868439-5. Rosario, 15/12/2021. Dra. Ma. Sol Sedita, Secretaria.

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Por disposición de la Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial 18a. Nominación de Rosario, secretaría de la autorizante, se hace saber que en los autos caratulados: MONZON, OSCAR ANIBAL s/Solicitud propia, 21-02947954-9, mediante Resolución N° 1910 de fecha 07/12/2021, se ha ordenado: 1) quiebra de Oscar Aníbal Monzón, DNI Nº 21.642.052, argentino, casado, con domicilio real en calle San Juan 1228 Departamento 02 y legal en calle Montevideo 2094 1er. piso, ambos de la ciudad de Rosario. 2) Oficiar al Registro de Procesos Concursales, a fin de comunicar la presente. 3) Ordenar la inhibición general del fallido, oficiando al Registro General de la Propiedad de Rosario y Santa Fe, a la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios (CABA), al Registro Nacional de Créditos Prendarios, a la Prefectura Naval Argentina, al Registro Nacional de Aeronaves, al Registro Público de Comercio y al Banco Central de la República Argentina, (al que deberá ordenársele que informe a todas las entidades bajo su control que deberán informar si el fallido opera en las mismas y, en tal caso, en que tipo de operaciones). Asimismo, ofíciese al Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social (SINTyS), a efectos de que tenga a bien informar respecto de los bienes de cualquier naturaleza que resulten de titularidad del fallido, en todo el país y al Servicio de Catastro e Información Territorial (SCIT) para que informen sobre inmuebles en toda la provincia a nombre del fallido. 4) Disponer se comunique la presente al Registro Público de Comercio, AFIP, API (a los fines del art. 23 del Código Fiscal), a la Municipalidad de Rosario y a toda otra entidad que la Sindicatura entendiere menester, oficiándose. 5) Intimar al deudor para que dentro de las 24hs. entregue al síndico toda la documentación relacionada con la contabilidad. 6) Intimar a el fallido y a los terceros que tuvieren bienes y documentación de aquél en su poder a ponerlos a disposición del síndico. 7) Prohibir hacer pagos al fallido bajo apercibimiento de ser los mismos ineficaces. 8) Interceptar la correspondencia dirigida al fallido, entregándose la misma al síndico, a cuyo fin se deberá oficial al Correo Oficial S.A. y a las empresas Andreani S.A. y Oca S.A.. 9) Librar los despachos que fueren menester a los fines de hacer efectivo el fuero de atracción dispuesto por el art. 132 LCQ, a cuyo fin deberá oficiarse a los juzgados en lo Civil y Comercial, de Circuito, de Circuito de Ejecución, Laborales, de Responsabilidad Extracontractual de la Provincia de Santa Fe, ha efectos de hacerles saber de esta declaración de quiebra, de requerirle que informen si el fallido es actor o demandado o tercero con participación procesal en algún juicio tramitado por ante alguno de esos juzgados (detallando los datos de carátula, número de CUIJ, y ubicación actual), en tal caso, si corresponde, se ordene la remisión a este juzgado y, si no corresponde tal remisión, se ponga constancia en los respectivos expedientes. Los oficios deberán ser remitidos por la secretaría vía correo electrónico, haciéndole saber al oficiado que es innecesario responder si el fallido no es parte de ningún juicio tramitado por ante su juzgado. 10) Hacer saber al fallido que no podrá ausentarse del país sin autorización previa de este tribunal y en las condiciones previstas por el art. 103 LCQ, efectuándose a tales fines las comunicaciones pertinentes. Oficiándose a la Policía Federal (Delegación Rosario), Dirección General de Migraciones, a Gendarmería Nacional, Prefectura Naval Argentina y Policía de Seguridad Aeroportuaria. 11) Desapoderar al fallido de sus bienes existentes a la fecha y los que adquiera hasta su rehabilitación (art. 106 y ss. L.C.Q.). 12) Clasificar al proceso en la categoría “B” a los fines de sorteo de síndico a sus efectos designase la audiencia del día 09 de febrero de 2022 a las 10hs. La fecha para cumplimiento de lo prescripto en el art. 88 última parte LCQ se fijarán por auto ampliatorio de la presente aceptado que fuere el cargo por el síndico sorteado. 13) Proceder a la realización de la totalidad de los bienes que integran el activo del deudor. Hacer saber al síndico, aceptado que fuere el cargo, que deberá efectuar dentro del término de 15 días de notificado, un inventario de la totalidad de los bienes de la fallida —que comprenderá sólo los rubros generales - y proceder a la incautación prevista por el art. 177 LCQ. A los efectos del cumplimiento de sus funciones se faculta al síndico a allanar el domicilio del fallido, clausurar sus establecimientos, oficinas y demás lugares donde éste tenga bienes y documentos, solicitar el auxilio de la fuerza pública y utilizar los servicios de cerrajero, otorgándosele la credencial correspondiente. 14) Publicar edictos conforme lo dispuesto en el art. 89 LCQ en el BOLETÍN OFICIAL por el término de 5 días. 15) Hacer saber a la sindicatura designada que todos los oficios que ordena cursar la presente resolución deberán cumplimentarse de manera inmediata, y las constancias que acrediten su cumplimiento deberán encontrarse agregadas a las actuaciones a la brevedad, bajo apercibimientos de ley. 16) Hacer saber al fallido que ante cualquier enajenación, simulación, ocultamiento, distorsión o discriminación del valor de bienes que componen su activo o pasivo, y/o toda otra situación que pudiera configurar ilícito, se remitirán los antecedentes al Ministerio Público de la Acusación. 17) Martes y viernes para notificaciones en la oficina. Insértese y hágase saber.- Publíquense edictos durante cinco días, sin cargo conforme arts. 89 y 182 LCQ. Rosario, 17 de Diciembre de 2021. Dra. Beade, Secretaria Subr.

S/C 469573 Dic. 22 Dic. 29

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Se hace saber que en los autos caratulados: ESCALANTE LEONARDO FABIAN (Hoy su quiebra) s/Concurso Preventivo, Expte. Nro. 21-02884144-9, en fecha 23 de junio de 2021, se dicto el auto N° 881 el cual se transcribe en su parte resolutiva Vistos:… Y Considerando:... Resuelvo: 1.- Regular los honorarios e Sindico CPN Melina Mercedes Cola en la suma de $178.657,40.-, los del abogado patrocinante de la sindico Dr. Pablo Mariano Silva Baffo en la suma de $76.567,46.- y los del abogado del fallido Dr. Dardo Sergio Bollo en la suma de $109.382,08.- 2.- Hacer saber a la Sindicatura que, como gasto concursal preferente, deberá abonarse el sellado fiscal contemplado en el art. 36 inc. 1) a) de la Ley impositiva Anual. 3.- Adecuar el proyecto de distribución final a los fines de su correspondiente aprobación conforme el art. 218 LCQ. 4.- Fecho: disponer la inmediata elevación de los presentes al Superior, previa vista a Caja Forense, a los fines del artículo 272 de la LCQ. 5.- Hágase conocer la presente y el proyecto de distribución, mediante edictos que se publicarán dos días en el BOLETÍN OFICIAL, conforme lo prescripto en el último párrafo del artículo 218 de la Ley 24.522. Insértese y hágase saber. Fdo. Dr. Quiroga - Juez en suplencia - Dra. Beade Secretaria. Se transcribe a continuación el proyecto final de distribución presentado en autos: Honorarios 1ra. Instancia Sindica M. Cola. $178.65740: Aportes Sindica M. Cola a CPCE $17.865,74; Honorarios 1ra. Instancia Dr. Silva Baffo $76.567,46; IVA 21% $16.079,17; Aportes 13% Caja Jubilaciones $9.953,77; Honorarios Sindica M. Cola 2da. Instancia $10.479,66 50% de la regulación de 1ra. Inst. S/Res, Nº 106 del 14/5/21. Aportes Sindica M. Cola a CPCC 2da. Inst. $1.047.97; Honorarios Dr. P. Silva Baffo 2da. Instancia; $4.491,28 50% de la regulación de 1ra. Inst. s/Res. N° 160 del 14/5121; IVA 21% $943,17. Aportes Dr. P. Silva Baffo 2da. Instancia $583,87; Honorarios Dr. Botto $109.382,08; Aportes 13% Caja Jubilaciones $14.219,67; Honorarios Martillero $28.843,10; Tasa de justicia 3% Sobre $ 505.726,73 $15.171,19 3% sobre el monto embargado a la fecha. Total proyecto de distribución $ 484.285,51; todo lo cual se hace saber a los efectos legales pertinentes. 7 de Diciembre de 2021. Dr. Jonatan Pierini, Prosecretario.

S/C 469574 Dic. 22 Dic. 23

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Sexta Nominación de Rosario, en autos caratulados: AYMO, MAXIMILIANO s/Solicitud propia quiebra; 21-02865983-8 se hace saber que se dicto la siguiente Rosario, 06 de Diciembre de 2.021. Por readecuado Proyecto de Distribución. Póngase de manifiesto por el término de ley. Publíquense edictos por dos días en el Boletín Oficial. A la orden de pago, oportunamente. Dra. Sabrina Rocci, Secretario. Publíquese sin cargo. Secretaría. Dr. Fernando Adrián Bitetti, prosecretario.

S/C 469492 Dic. 22 Dic. 29

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Por disposición del Dr. Luciano D. Carbajo, Juez en suplencia a cargo del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la Primera Nominación, secretaría autorizante a cargo del Dr. Arturo Audano, se hace saber que en los autos CHIAPPE, MANUEL CARLOS s/Concurso preventivo - Hoy quiebra; CUIJ Nº 21-02910451-1, se ha dictado la quiebra indirecta por medio del auto N° 1711 de fecha 10 de Diciembre de 2.021, cuya parte pertinente se transcribe a continuación: Y vistos... Y considerando... Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Manuel Carlos Chiappe – DNI Nº 8.291.793, con domicilio en calle La Paz 3.571 de la ciudad de Rosario. 2) Establecer que las funciones de Síndico serán desempeñadas por la sindicatura interviniente en el concurso preventivo. 3) Hágase saber a los acreedores posteriores a la presentación que podrán requerir la verificación de sus créditos en la forma establecida en el art. 202 LCQ, en tanto los acreedores que hubieran obtenido verificación en el concurso preventivo no tendrán necesidad de verificar nuevamente, procediendo la sindicatura a recalcular sus créditos según su estado... 7) Ordenar a la fallida y a terceros para que entreguen al Síndico los bienes de aquella. 8) Intimar a la deudora para que cumpla los requisitos a los que se refiere el art. 86 de la Ley 24522 y para que entregue al Síndico dentro de las 24 horas los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad. 9) Prohíbese hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces... 11) Intimar a la fallida para que dentro de las 48 horas, constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del juzgado... Firman: Secretario Subrogante: Dr. Arturo Audano- Juez en suplencia: Luciano D. Carbajo. Interviene en los presentes la Sindico CPN Analía B. Crespo, domiciliada en calle Primero de Mayo N° 983 dpto. 4 de la ciudad de Rosario. Rosario, 10/12/21. Dr. Arturo Audano, secretario subrogante.

S/C 469491 Dic. 22 Dic. 29

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Por disposición del Juzgado de 1ª Instancia en lo Civil y Comercial de Distrito de la 3ª Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Ezequiel Zabale, Secretaría de la Dra. Gabriela Cossovich, en los autos caratulados: DIAZ, ARMANDO y otros c/ROSSETTI, ALFONSO LUIS y otros s/Prescripción adquisitiva; CUIJ Nº: 21-02862068-0, se ha dispuesto lo siguiente: Rosario, 10 de Diciembre de 2.021. Agréguese el edicto acompañado. Estando debidamente notificados y no habiendo los demandados comparecido a estar a derecho, decláraselos rebeldes prosiga el juicio sin su representación. Hágase saber que se oficiara Presidencia de Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial a los fines de la designación de defensor de oficio mediante sorteo dentro de la lista oficial, previa notificación por edictos del presente. Firmado: Dr. Ezequiel Zabale, Juez; Dra. Agustina Faure, Prosecretaria. Dra. Gabriela B. Cossovich, secretaria.

$ 33 469489 Dic. 22 Dic. 27

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de Rosario, en los autos caratulados: PERETTI, HECTOR RICARDO c/CARDENAS, ADRIANA CRISTINA s/Juicio ejecutivo; CUIJ Nº: 21-02905466-2 se ha dictado el siguiente auto Tomo: 111 Folio: 101 Resolución: 859. Rosario, 20 de Septiembre de 2.021. Y vistos... Y considerando... Fallo: 1) Ordenar seguir adelante la ejecución hasta tanto el actor se haga íntegro cobro de la suma reclamada, con más los intereses que se establecen en el equivalente a la tasa activa sumada del Banco de la Nación Argentina, en las operaciones de descuento de documentos a treinta días, desde la mora y hasta su efectivo pago. 2) Imponer las costas a la parte demandada (art. 251 C.P.C.C.). 3) Regular los honorarios practicada que fuere planilla correspondiente. Insértese y hágase saber. (CUIJ Nº 21-02905466-2). Firmado: Dra. Lucrecia Mantello, Jueza; Dra. Silvina Rubulotta, Secretaria subrogante. Rosario, 14/12/2021.

$ 33 469487 Dic. 22 Dic. 27

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El Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 9ª Nominación de Rosario informa que en los autos PAROLA, CELIA ISABEL s/Concurso preventivo -hoy quiebra; Expediente Nº 21-02933802-4, Año 2.020, por Resolución N°: 998 de fecha 15/12/2021 se declaró la quiebra indirecta de Celia Isabel Parola, DNI N° 16.271.776, con domicilio en calle Silva 1.139, Dpto. 1 y legal en Alvear 1.146, ambos de la ciudad de Rosario. Actuará como Sindico el C.P.N. Leandro Santiago Juárez, con domicilio en San Martín 791 Piso lo C de Rosario. Los acreedores posteriores a la apertura del concurso preventivo podrán presentar los pedidos de verificación en dicho domicilio hasta el 23.04.2022. Se fija como fecha para la presentación del informe individual el 10.05.2022 y del informe general el 27.06.2022. Publíquese por 5 días en el BOLETÍN OFICIAL. Dra. Verónica Accinelli – Secretaria. Rosario, 16 de Diciembre de 2.021.

S/C 469504 Dic. 22 Dic. 29

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Circuito de la 2ª Nominación de Rosario, Resolución N° 1817 de fecha 14/12/2021, se notifica al demandado Sr. Alejandro Panelli por edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL por un (1) día, haciéndole saber que deberá retirar los bienes de su propiedad (detallados en el acta de fecha 29/11/2021) en el inmueble sito en calle Suipacha 289 Unidad 01-04 de la ciudad de Rosario en el plazo de diez (10) días corridos a contar desde la publicación, bajo apercibimiento de dejar los mismos en la vía pública bajo responsabilidad exclusiva del demandado o, en su caso, donar a entidad de beneficencia o persona que lo solicitare. Así está ordenado en autos caratulados SALLOVITZ, MARCELO y otros c/PANELLI ALEJANDRO y otros s/Desalojo; CUIJ Nº 21-12636833-7. Rosario, 16 de Diciembre 2.021. Dr. Javier M. Chena, secretario.

$ 33 469510 Dic. 22

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La Sra. jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial N° 5 de Rosario, Dra. Lucrecia Mantello, hace saber que en autos LATTUCA, SABRINA SOLEDAD s/Solicitud propia quiebra; CUIJ Nº: 21-02946642-1, por resolución N° 995 de fecha 26/10/21, se ha declarado la quiebra de Lattuca, Sabrina Soledad, DNI N° 31.161.554, con domicilio real en calle Presidente Roca 1916, Timbre 4; intimando a la fallida y a los terceros que tuvieren bienes y documentación de aquél en su poder a ponerlos a disposición del Síndico; intimando al deudor para que, dentro de las 24 hs, entregue al síndico toda la documentación relacionada con su contabilidad; prohibiendo hacer pagos al fallido, bajo apercibimiento de ser los mismos ineficaces. Asimismo, hace saber que por auto N° 1177 del 15/12/21 se ha resuelto 1º) Fijar el día 14 de Marzo de 2.022 de 2.021 como fecha tope para que los acreedores presenten los pedidos de verificación ante la sindicatura, debiendo acompañar los títulos justificativos de los mismos en los términos del artículo 200 de la LCQ. 2°) Fijar el día 12 de Abril de 2.022 como término para que la sindicatura presente el informe individual; y el día 27 de Mayo de 2.022 como fecha límite para la presentación del informe general. La sindicatura se encuentra a cargo de Susana Teresa Cormons, con domicilio en Catamarca 1440, 2° B de Rosario, horario de atención de lunes a viernes de 09:00 a 15:00 hs. Lo que se publica por 5 días a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Dra. Silvina Rubulotta, Secretaria. Rosario, 15/12/21.

S/C 469445 Dic. 22 Dic. 29

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Decimosexta (16ª) Nominación de la ciudad de Rosario, a cargo del Señor Juez Dr. Pedro A. Boasso, Secretaría de la Dra. María Sol Sedita, en los autos caratulados: NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A. c/CAIRO, ANTONIO MARIO s/Medida previa ejecutivo; (CUIJ Nº: 21-02931318-8), se ha ordenado publicar edictos a efectos de notificar el Auto del siguiente tenor: T°. 75 - F°. 500 - N° 1238. Rosario, 29 de Noviembre de 2.021. Vistos y considerando: Los presentes caratulados NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A. c/CAIRO, ANTONIO MARIO s/Medida previa ejecutivo; Expte. N° 21-02931318-8, en los que, citado y emplazado el demandado Antonio Mario Cairo, a los fines de reconocer la documental acompañada, conforme surge de la constancia de publicación de edictos agregada a fs. 56 de autos, no ha comparecido persona alguna, todo lo cual se desprende de las constancias de autos, por lo que la actora peticiona se tenga por preparada la vía ejecutiva. Por lo tanto y conforme lo normado por el art. 450 y concordantes del C.P.C.C. Resuelvo: Tener por reconocida la documental acompañada en autos y por preparada la vía ejecutiva. Insértese y hágase saber. Fdo.: Dr. Pedro A. Boasso (Juez) - Dra. María Sol Sedita (Secretaria).

$ 33 469387 Dic. 22 Dic. 27

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera (3ª) Nominación de la ciudad de Rosario, a cargo del Señor Juez Dr. Ezequiel Zabale, Secretaría de la Dra. Gabriela Cossovich, en los autos caratulados: NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A. c/DEL RE, JAVIER LEONARDO s/Medida previa ejecutivo; (CUIJ Nº: 21-02930474-9), se ha ordenado publicar edictos a efectos de notificar al Sr. Javier Leonardo Del Re (D.N.I. N° 29.047.268), el Decreto del siguiente tenor: Rosario, 30 de Noviembre de 2.021. Téngase presente lo manifestado, dejando constancia que la documental se encuentra reservada en Secretaría y haciéndosele saber que deberá adjuntar copia de la misma al momento de iniciar el principal. Atento no haber comparecido la parte demandada a la audiencia designada en autos, téngase por reconocida la documental y por preparada la vía. Notifíquese por edictos. Fdo.: Dr. Ezequiel Zabale (Juez) - Dra. Gabriela Cossovich (Secretaria).

$ 33 469385 Dic. 22 Dic. 27

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 14ª Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Marcelo Quaglia, Secretaría de la Dra. María Karina Arreche en los autos caratulados SOLO MARCAS S.R.L. s/Concurso preventivo - Hoy su quiebra; 21-02916847-1 (411/2019) por resolución N° 1.333 de fecha 13/12/2021 se ha dispuesto lo siguiente: 1) Declarar la quiebra indirecta de Solo Marcas S.R.L., con domicilio legal en calle Zeballos 2.071 de la ciudad de Rosario; 2) Confirmar en el cargo al síndico designado en autos, CPN Rosalía Taborda; 3) Ordenar la publicación de edictos en la forma prevista en el art.89 de la ley 24.522 en el BOLETÍN OFICIAL; 4) Fijar el día 01/03/22 como fecha hasta la cual los acreedores posteriores a la presentación del concurso deberán presentar sus pedidos de verificación de créditos, acompañando los títulos justificativos de los mismos. Se hace saber que los acreedores que hubieran obtenido verificación en el concurso preventivo no deberán verificar nuevamente, procediendo la Sindicatura a recalcular sus créditos según su estado; 5) Hacer saber que la sindicatura deberá presentar el informe individual en fecha 13/04/2022 y el informe general en fecha 31/05/2022; 6) Ordenar se comunique la apertura de la quiebra al Registro de Procesos Concursales, Registro Público de Comercio y se anote la inhibición general de bienes del fallido en los Registros correspondientes; 7) Intimar al fallido para que en el término de 24hs. entregue al síndico la documentación relacionada con su actividad; 8) Declarar la prohibición de hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces; 9) Intimar al fallido y a los terceros para que entreguen al síndico los bienes de aquel; 10) Oficiar a la MEU a fin de que informe sobre juicios contra el fallido y a los Juzgados donde tramitaren juicios contra éste, a los fines normados por el art. 132 de la ley 24.522; 1 1) Hacer saber al fallido (administradores de la sociedad) que sólo podrá salir del país previa autorización de este Juzgado y en las condiciones previstas por el art. 103 de la ley 24.522, efectuándose a tales fines las comunicaciones pertinentes; 12) Desapoderar a la fallida de los bienes de su propiedad existentes a la fecha de declaración de ésta quiebra y de los que adquiera hasta su rehabilitación (arts.107, ss. y ccs., ley 24.522); 13) Proceder a la incautación de los bienes y papeles de la fallida, poniéndose los mismos en posesión de la Sindicatura. En base a las facultades otorgadas en el Art. 177 LCQ, desígnese funcionario incautador al Síndico interviniente, quien realizará la medida conjuntamente con el oficial de justicia que en turno corresponda, librándose los despachos correspondientes; 14) Ordenar la intercepción de la correspondencia epistolar, oficiándose a esos efectos, haciéndole saber al síndico que debe cumplimentar lo dispuesto por el art. 114 de la Ley de Concursos y Quiebras; 15) Notificar a BCRA, A.P.I., a la A.F.I.P. y a la Municipalidad de Rosario y demás organismos pertinentes de la apertura de la presente quiebra; 16) Procédase a la realización de la totalidad de los bienes del fallido. 17) Procédase por Secretaría a recaratular las presentes actuaciones con el aditamento Hoy su quiebra. Insértese y hágase saber. Dr. Marcelo C. M. Quaglia (Juez), Dra. Valeria Beltrame (Prosecretaria). Publíquense sin cargo en el BOLETÍN OFICIAL por cinco días. Rosario, 15 de Diciembre de 2.021. Dra. Valeria Beltrame, prosecretaria.

S/C 469388 Dic. 22 Dic. 29

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 14ª Nom. de la ciudad de Rosario, Dr. Marcelo Quaglia en los autos caratulados: LITORAL CREDIT S.R.L. c/ABDULLATIF ROBERTO SANTIAGO s/Ejecutivo; (Expte Nº 750/2021), se hace saber que se ha ordenado: citar y emplazar a los herederos de Abdullatif Roberto Santiago (DNI Nº 14.653.915) para que comparezcan a estar a derecho, por edictos que se publicarán tres veces en el BOLETÍN OFICIAL, venciendo el término cinco días después de la última publicación, bajo apercibimiento de ley. Rosario, 13/12/21. Dra. Ma. Karina Arreche, secretaria subrogante.

$ 33 469401 Dic. 22 Dic. 27

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Por disposición del Juzgado de 1ª Inst. Civil y Comercial de la 2ª Nom. de Rosario, en autos FASCIA, JUAN MANUEL c/CEJAS, SERGIO EMANUEL s/Juicio ejecutivo; (CUIJ Nº 21-02898208-6) se dictó Decreto de fecha 23/05/2018, Rosario, 23 de Mayo de 2.018. Por presentado, con domicilio legal constituido, en el carácter invocado, con patrocinio letrado. Désele la participación correspondiente. Por iniciada la acción ejecutiva que se expresa. Cítese al demandado para que comparezca a estar a derecho por el plazo de 3 días bajo apercibimientos de ley […] Fdo.: Dra. Klebcar (Juez) y Dra. Godoy (Secretaria). Dra. Cecilia Vaquero, prosecretaria.

$ 33 469405 Dic. 22 Dic. 27

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 15° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante OSVALDO MATEO D.N.I. 4.989.808 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “MATEO, OSVALDO S/ SUCESIONES-INSC.TARDIAS-SUMARIAS-VOLUNT.” (CUIJ 21-02948634-1)

$ 45 Dic. 22 Dic. 27

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CASILDA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juez de Primera Instancia Civil, Comercial y Laboral de la segunda Nominación de Casilda, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Rosalía Beatriz Marconi, DNI Nº 16.776.033, por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: MARCONI ROSALIA BEATRIZ s/Declaratoria de herederos; (CUIJ Nº 21-25860872-8 Expte. 472/2021). Fdo: Dra. Gerardo A. M. Marzi (Juez), Sandra S. González (Secretaria). Casilda, 01 de Noviembre de 2.021.

$ 45 Dic. 22 Dic. 27

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CAÑADA DE GOMEZ

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición Señor Juez 1ª Instancia CCL 2ª Nominación Distrito Judicial N° 6 Cañada de Gómez, la Secretaría autorizante hace saber en autos DOCI ANDRÉS OSCAR c/CUIT 27-23351062-4 s/Demanda Ejecutiva; CUIJ Nº 21-26023736-2, se dispuso que Martillero Máximo Alexis Peralta, (CUIT Nº 20-33969877-6), venda en pública subasta, en Juzgado Comunitario Pequeñas Causas de Correa (Rivadavia s/n), el día 08 de Marzo de 2.022, a partir de 10:00 hs, o el día inmediato hábil posterior de resultar feriado, inhábil o si su inicio y/o desarrollo se impidiera por caso fortuito y/o fuerza mayor y/o cualquier otro hecho equiparable a la misma hora y en el mismo lugar, según autos N° 1834 del 03/12/2021, por base de $ 12.339.732,13, a falta de oferta retasa de 25 %, de seguir falta de posturas se ofrecerá con nueva retasa del 10 % de la base y de proseguir entre los asistentes interés se retira de venta; el 25% indiviso de inmueble sito en Distrito Correa a describir catastralmente: El 25 % de la Nuda propiedad del inmueble a saber: Un lote de terreno con todo lo en el clavado, plantado edificado y alambrado e, Distrito rural Correa, Departamento Iriondo de esta Provincia de Santa Fe, que de acuerdo al plano N° 1337 del año 1954, se designa como lote Cuatros, que mide 622,857 m de frente al Sud-Este, con igual contrafrente al Nord-Geste, por 1270 m. de fondo en sus costados Nord-Este y Sud-Oeste, lindando al Sud-Este camino en medio con campo de P. Perlender y en resto con S. Barreta Moreno, Por el Nord-Este con la fracción N° 5, por el Sud-Oeste con la fracción N° 3 y por el Nord-Oeste, con parto del campo de María E. Berre Moreno O Rusconi; al Sud-Oeste con la fracción B de B. Lodato y otros, al Nord-Oeste con R. Antinori y al Nord-Este, con L. Carradori. Se encuentra inscripto en el Registro General de la Propiedad Bajo nota dominal al Tomo 260 Folio 298 N° 365723 Departamento Iriondo. Informes de deuda revisar en autos. Informes estado de deuda en autos. Registro General de la Propiedad Nº 311362 - O del 01/11/2021: Dominio: Titularidad 25 % nuda propiedad a nombre del demandado. Embargo: 1). Tomo 129 E Folio 337 N° 79338 Orden este Juzgado y para estos autos por $ 681.689,00 de fecha 04/06/2020. Hipoteca e Inhibiciones: No registra. Constatación. se trata de un predio rural a 15 km hacia el Sud-Este aproximadamente del ejido urbano, en el lugar posee acceso al mismo mediante tranquera, su perímetro pose alambrado en regular estado de conservación, se encuentra un molino, tanque australiano y lo que fuera un galpón aparentemente, que se encuentra derrumbado, el campo se encuentra en laboreo para siembra mas detalles en acta de constatación en autos. Quien resulte comprador deberá abonar en el acto de remate 10 % del precio en calidad de seña, a cuyo fin de oblarse en el acto de subasta la suma de $ 30.000,00 y la diferencia hasta alcanzar el de la seña, estableciendo 24 horas por transferencia bancaria a la cuenta judicial bajo apercibimiento de ley, mas I.V.A. si correspondiere y el 3 % de comisión del Martillero o mínimo de Ley, en dinero efectivo y/o cheque certificado en la misma moneda, Observándose el efecto de la Resolución A 5147 del B.C.R.A.y el saldo se completará una vez aprobada la subasta por el Tribunal. Transferencia únicamente por Escritura Publica. No se acepta la compra en comisión, ni cesión de acta. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley y tablero de Juzgado. Las deuda que posea el inmueble a subastar, conformados por servicios y/o impuestos Provinciales, Comunales y/o privados creados y/o a crearse, que afectaren el inmueble, como la transferencia de dominio los impuestos y/o sellados que la afecten, IVA si correspondiere y/o de corresponder nuevos planos de mensura, y/o cualquier otro gasto y/o tributo impositivo, honorarios profesionales y/o notariales, serán exclusivamente a cargo del adquiriente en subasta; CUIT actora N° 20-31208343-1. Hágase saber que obra glosados en a tos titulo de escritura correspondiente y que por tanto no se admitirá reclamo alguno en tal sentido con posterioridad al acto de subasta Publíquense edictos en BOLETÍN OFICIAL de Santa Fe y Tablero de Juzgado, no aceptando reclamo de ninguna naturaleza después de la subasta. Todo lo que se hace saber a sus efectos legales. Informes en Secretaria de este Juzgado y/o Martillero (3464586448 y/o 3471686328). Cañada de Gómez, 13 de Diciembre de 2.021. Fdo. Dr. Mariano Jesús Navarro (Secretario).

$ 435 469288 Dic. 22 Dic. 27

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Por disposición del Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Distrito Judicial N° 6, 2ª Nominación, a cargo de la Dra. María Laura Aguaya, Secretario autorizante Dr. Mariano Navarro, en los autos caratulados CACERES NORA ALICIA y otros c/BARRIOS SANTOS RAMIRO y otros s/Daños y perjuicios; (CUIJ Nº 21-25988673-9) se ha dispuesto de acuerdo a los Arts. 5970 y concordantes del C.P.C.C., citar y emplazar a los herederos y/o sucesores del Sr. Barrios Santos Ramiro para que en el término de cinco días contados a partir de la última publicación comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de seguirse el trámite como corresponda. Fdo. Dr. Mariano Jesús Navarro, Secretario. 17 de Diciembre de 2.021.

$ 33 469545 Dic. 22 Dic. 27

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2ª Nominación de Cañada de Gómez a cargo de la Dra. María Laura Aguaya (Juez), Secretaría del Dr. Mariano Jesús Navarro, dentro de los autos caratulados VILLANI RICARDO ARMANDO s/Solicitud propia quiebra; (CUIJ Nº 21-26027729-1), ha dispuesto la publicación del presente por cinco (5) días (Art. 89 L.C.Q.) a fin de hacer saber que por Sentencia N° 1888 del 15 de Diciembre de 2.021 se declaró la quiebra propia del Sr. Ricardo Armando Villani, DNI Nº 17.639.597, CUIT Nº 20-17639597-5, con domicilio real en Zona Rural de la ciudad de Totoras (Provincia de Santa Fe), se ha clasificado el proceso como clase B, se ha dispuesto el sorteo de Sindicatura única que intervendrá y se ha diferido la determinación de vencimientos (para presentación de pedidos de verificación, informes individuales e informe general) hasta tanto acepte el cargo la Sindicatura a designarse. Dado y firmado en mi despacho. El presente edicto deberá publicarse sin previo pago (Art. 89 Ley 24.522 y modificatoria). Dr. Mariano Jesús Navarro, secretario.

S/C 469538 Dic. 22 Dic. 29

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Por disposición del Sr. Juez de 1ª Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de Distrito N° 6 de la Segunda Nominación, Dra. María Laura Aguaya, se llama a demás titulares del dominio del bien que se pretende usucapiar y/o sus eventuales herederos y/o tercero que se creyesen con derecho sobre inmueble inscripto en el Registro General de la Propiedad en la Matricula N° 15-1075, situado en la ciudad de Carcarañá, Depto. San Lorenzo, Pcia. Santa Fe, manzana letra E, lote número Uno según plano N° 50.490 del año 1967, ubicado en la esquina formada por calles Chacabuco y Rio Colorado; mide 10 m. de frente al Este, por 23,72 m. de fondo y frente al Sud; superficie total 237,20 m2; linda al E con calle Chacabuco, al S con el lote N° 3, al O con el lote N° 2 y al 5 con calle Río Colorado. Partida Inmobiliaria N° 150900-209619/0170-8 para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Cañada de Gómez, 15 de Diciembre de 2.021. Dr. Mariano J. Navarro (Secretario).

$ 33 469534 Dic. 22 Dic. 27

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SAN LORENZO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial N° 1 de San Lorenzo, a cargo del Dr. Alejandro Marcos Andino (Juez), Secretaría de la autorizante, en los autos caratulados: BAGNERA MARTA SUSANA c/BENITO JOSE CARLOS y Otros s/Juicios Ordinarios; Expte. CUIJ N° 21-25340854-2, ha dictado las siguientes providencias: “San Lorenzo, 25 de Octubre de 2021. Por ampliada demanda contra los herederos de Juan Carlos Benítez, Héctor Ceferino Benito, Angela Maenza Juan Carlos Servieres, cítese y emplácese a comparecer a estar a derecho en el término de 10 días bajo apercibimientos de ley. Respecto de los herederos de Juan Carlos Benítez, cítese por edictos, que se publicarán tres veces a los demandados, bajo apercibimiento de que si no comparecen en términos, se lo declarará rebelde y se nombrará un defensor de oficio, conforme art. 597 CPCC. Al punto 3 del petitorio.- ofíciese a los fines solicitados. Fdo. Dra. Gamst (Secretaria) Dr. Andino (Juez)“. “San Lorenzo, 03 de Noviembre de 2021. Téngase presente lo manifestado. Atento lo manifestado, aclárese el decreto de fecha 25 de octubre de 2021 en la parte que dice “Juan Carlos Benítez- herederos de Juan Carlos Benítez-“ debiendo decir en su lugar: “José Carlos Benito- herederos de todos los demandados…“ quedando firme todo lo demás. Fdo. Dra. Gamst (Secretaria) - Dr. Andino (Juez). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en los Estrados del Tribunal por el término de ley. San Lorenzo, 14 de Diciembre de 2021. Secretaría de la Dra. Gamst. Dra. Peretti, Secretaria en suplencia.

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial N° 2 de San Lorenzo, a cargo de la Dra. Stella Maris Bertune (Juez), Secretaría de la autorizante, en los autos caratulados: RASETTO GLORIA c/MEDITERRANEA SCA s/Prescripción adquisitiva”; Expte. CUIJ N° 21-25377043-8, ha dictado la siguiente resolución: “T° 91 F° 309 N° 886. San Lorenzo, 29 de Julio de 2021. Vistos: Los presentes caratulados: “RASETTO GLORIA c/MEDITERRANEA SCA s/Prescripción Adquisitiva”, Expte. N° 936/11 [...] Y Considerando: [ ... ] Fallo: 1. Hacer lugar a la demanda de usucapión, en consecuencia declarar adquirido por prescripción en cabeza de la parte actora -Sra. Gloria Mónica Rasetto, DNI N° 16.191.366- el dominio del inmueble el que según mensura para información posesoria efectuada por el Ingeniero Geógrafo Edgardo Furrer en fecha 13/07/2010 y registrada en el Departamento Topográfico de la Dirección General de Catastro del Servicio de Catastro e Información Territorial regional Rosario bajo el Dupl. N° 1159-SL, se describe de la siguiente forma: “El inmueble designado como lote 14 en la mensura, es un lote de terreno baldío, ubicado en la manzana 239, según identificación de la Municipalidad de Fray Luis Beltrán, y de acuerdo a la Nomenclatura Catastral del Servicio de Catastro e Información Territorial de la Provincia de Santa Fe, está ubicado en la sección 2a, Manzana 45, Parcela 10. Tiene las siguientes dimensiones y linderos: el frente, lado Oeste, mide 9,00 metros, linda con Avda. San Martín, forma un ángulo de 640 20’ con el lado Norte, que mide 20,62 metros, linda con Mario Ernesto Scherini y Sergio G. Alderete; forma un ángulo de 900 con el lado Este, que mide 8,11 metros, linda con Gabriel Eduardo Sherrard; forma un ángulo recto con el lado Sur, que mide 16,72, linda con Felisa Ciriaca Ludueña y forma un ángulo de 1150 40’, cerrando la figura.” La superficie según mesura es 151,43 m2. 2. Ordenar, oportunamente, la correspondiente inscripción registral a su nombre, de ser material y registralmente posible, con título supletorio debido, librándose oportunamente el despacho pertinente. 3. Costas a la parte actora, por las razones y con los alcances expuestos en los considerandos. 4. Ordenar el levantamiento de la cautelar trabada en autos, previo aportes de ley, oficiándose al efecto. 5. Diferir la regulación de honorarios de los profesionales actuantes a la previa acreditación de su situación ante AFIP y acompañamiento del actual avalúo inmobiliario actualizado. Insértese y hágase saber. Expte. N° 936/11. Fdo. Dra. Peretti (Secretaria) Dra. Bertune (Juez). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en los Estrados del Tribunal por el término de ley. San Lorenzo, 14 de Diciembre de 2021. Secretaría de la Dra. Peretti.

$ 52,50 469579 Dic. 22 Dic. 27

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El Juzgado de Primera Instancia de Circuito de San Lorenzo, a cargo del Dr. Sebastián J. Rupil (Juez en suplencia), Secretaría de la autorizante, en los autos caratulados: GRIGHINI LAURA ELEONORA c/ODDONE ESTEBAN s/Prescripción Adquisitiva; CUIJ N° 21-23398810-0, ha dictado el siguiente decreto: San Lorenzo, 30 de Noviembre de 2021. Agréguense edictos acompañados. Desígnase fecha de audiencia para sorteo de Curador ad hoc de la herencia y, en su caso de Defensor Ad Hoc de los herederos del demandado fallecido -Sr. Oddone Esteban-, para el día 17 de marzo de 2022 a las 9:30 hs. Notifíquese por edictos que se publicaran dos días en la forma prescripta por el art. 67 CPCC. Fdo. Dra. Muñoz (Secretaria Subrogante) Dr. Rupil (Juez en suplencia). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en los Estrados del Tribunal por el término de ley. San Lorenzo, 14 de Diciembre de 2021. Secretaría de la Dra. Muñoz. Dra. Peretti, Secretaria en suplencia.

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El Sr. Juez de Primera Inst. de Circuito N° 14 de Villa Constitución, Dr. Diógenes D. Drovetta (Juez) en los autos caratulados: VERGARA JUAN c/FERREYRA JULIO SALVADOR s/Juicios Sumarios, CUIJ 21-23484544-3, hace saber lo siguiente: Villa Constitución, 26 de Noviembre de 2021. Agréguese. Atento a que los herederos del demandado Julio Salvador Ferreyra no han comparecido a estar a derecho, pese a estar debidamente notificados por cédula y edictos, decláraselos rebelde. Desígnase audiencia para sorteo de defensor de oficio para el día 29 de Diciembre de 2021, a las 10 hs. Notifíquese por cédula en el ultimo domicilio real del causante y publíquense edictos. Villa Constitución, 3 de Diciembre de 2021. Dra. Analía N. Vicente, Secretaria.

$ 33 469466 Dic. 22 Dic. 27

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Por disposición de la Sra. Jueza de Segunda Instancia en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Villa Constitución - Dra. Griselda N. Ferrari, Secretario, Dr. Claudia Valoppi, dentro de los autos caratulados: CAMILATTI SOFIA ALDANA c/CAMILATTI HERNÁN HERMINIO s/Cambio de apellido, CUIJ 21-25657112-6, se ha dispuesto la publicación de edictos con transcripción del presente: “Villa Constitución, 25 de Octubre de 2021 Téngase al compareciente por presentado, con domicilio constituido, en el carácter expresado, a mérito del poder especial cuyo original deberá acompañar para su cotejo por Secretaría. Désele la participación que por derecho le corresponda. Por iniciada la pretensión que expresa, a la que se imprimirá el trámite de juicio sumarísimo. Por ofrecida la prueba de su parte, téngase presente para su oportunidad. Dése intervención al Fiscal. Publíquense edictos en el BOLETÍN OIFICIAL una vez por mes por el lapso de 2 (dos) meses. Téngase presente la reserva que formula. A lo demás: oportunamente. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina. Notifiquen indistintamente los empleados del Juzgado.

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VENADO TUERTO

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JUZGADO FEDERAL


El Juzgado Federal de Primera Instancia N° 1 de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Aurelio Antonio Cuello Murua (Juez Federal), Secretaría autorizante, sito en la calle Chacabuco 743 de la ciudad de Venado Tuerto, en autos caratulados: BANCO DE LA NACTON ARGENTINA c/PONCE, JOSE OSCAR s/Ejecuciones Varias, Expte. N° 11178/2021, se ha dictado el siguiente decreto: Venado Tuerto, 11/08/2021... Téngase por iniciada demanda ejecutiva contra Ponce José Oscar con domicilio en calle General Paz N° 135 de la localidad de Rufino —Provincia de Santa Fe-. Intímese a la accionada al inmediato pago de la suma de pesos treinta y ocho mil doscientos cincuenta y dos con 77/100 ($38.252,77) que se reclama en concepto de capital con más la de pesos siete mil seiscientos cincuenta y uno ($7.651.-) que se estima provisoriamente para intereses y costas. En defecto de pago, trábese embargo sobre bienes de la accionada hasta cubrir las sumas reclamadas. En el acto de intimación de pago se hará saber a la demandada que la misma importa la citación para oponer excepciones en el plazo de cinco días y para constituir domicilio en el radio del Juzgado en igual plazo bajo los apercibimientos de ley... “Fdo. Dr. Aurelio Antonio Cuello Murua (Juez Federal). Venado Tuerto, de 29 de noviembre 2021. Juan Cruz Aimar, Secretario.

$ 265 469530 Dic. 22 Dic. 29

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El Juzgado Federal de Primera Instancia N° 1 de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Aurelio Antonio Cuello Murua (Juez Federal), Secretaría autorizante, sito en la calle Chacabuco 743 de la ciudad de Venado Tuerto, en autos caratulados: BANCO DE LA NACION ARGENTINA c/PONCE, JOSE OSCAR s/Ejecuciones Varias, Expte. N° 20983/2020, se ha dictado el siguiente decreto: Venado Tuerto, 02/10/2020... Téngase por iniciada demanda ejecutiva contra Ponce José Oscar con DNI N° 16.370.504, con domicilio en calle General Paz N° 135 de la localidad de Rufino - Provincia de Santa Fe-. Intímese a la accionada al inmediato pago de la suma de pesos doscientos treinta mil seiscientos treinta y nueve con 52/100 ($ 230.639,52.-) que se reclama en concepto de capital, equivalentes a la actualización de UVAs efectuada al día 06/08/2020 (fs.7), con más el 15% del capital reclamado estimado provisoriamente en concepto de intereses y costas. En defecto de pago, trábese embargo sobre bienes de la accionada hasta cubrir las sumas reclamadas. En el acto de intimación de pago se hará saber a la demandada que la misma importa la citación para oponer excepciones en el plazo de cinco días y para constituir domicilio en el radio del Juzgado en igual plazo bajo los apercibimientos de ley....” Fdo. Dr. Aurelio Antonio Cuello Murua (Juez Federal). Venado Tuerto, 29 de noviembre de 2021. Juan Cruz Ara Aimar, Secretario.

$ 265 469526 Dic. 22 Dic. 29

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Señora Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Venado Tuerto, Dra. María Celeste Rosso, a cargo del Registro Público de Comercio, en Expte. N° 1648117 caratulado NICOLINO ENRRE LUIS E HIJO S.R.L. S/Adjudicación de cuotas - NICOLINO LUIS ALBERTO s/Declaratoria de herederos, se ha dispuesto la publicación del presente edicto conforme lo decretado en fecha 23 de noviembre del 2021 a fin de hacer saber que Juzgado de Primera Instancia en lo Civil Comercial y Laboral de Distrito Nº 16 de la ciudad de Firmat, a cargo de la Sra. Juez Dra. Laura M Barco secretaría del autorizante Dr. Darío Loto se ha dispuesto transferir la cantidad de seis mil setecientos cincuenta (6.750) cuotas sociales, representativas del 75% del capital social, cuyo valor nominal es de pesos cien cada una, de la sociedad Nicolino Enrre Luis e Hijo S.R.L., pertenecientes al causante Luis Alberto Nicolino, DNI 11.626.446 a favor de los herederos declarados: la cantidad de Tres mil cuotas (3.000) a la cónyuge doña Susana Ana María Crescimbeni, DNI Nro. 12.483.472, CUIT 23-12483472-4, un mil ochocientas setenta y cinco cuotas (1.875) a la hija María Soledad Nicolino, DNI 30.024.0201 CUIT 27-30024020-3 y un mil ochocientas setenta y cinco cuotas (1.875) al hijo Gabriel Andrés Nicolino, DNI 36.444.575, CUIT 20-36444575-0. Lo que se hace saber a sus efectos.

$ 33 469486 Dic. 22

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El Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 3 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Venado Tuerto, hace saber que en autos: PUCHETTA DANIEL ENRIQUE c/LUZ MARIA ANA s/División de condominio, CUIJ N° 21-24613133-0 llama cita y emplaza a los herederos de la Sra. María Ana Luz y/o sucesores o legatarios. A mayor evento se transcribe el decreto que ordena la medida: “Venado Tuerto, 30 de Noviembre de 2021. No habiendo comparecido los pretensos herederos de la Sra. María Ana Luz a estar a derecho y haciendo efectivos los apercibimientos decretados, decláraselos rebeldes y prosiga el juicio sin su representación. - Notifíquese por edictos. Fecho, líbrese oficio a la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de esta ciudad, a los fines de que proceda efectuar sorteo de defensor ad hoc para el día 25 de Febrero de 2022 a las 08:30 hs.- A tales fines, el mismo se concretará de conformidad y en cumplimiento con lo establecido en el Acta 48 de la CSJSF de fecha 05/12/2017, por lo que se remitirá por e-mail con firma digital de este Juzgado al Tribunal Superior la solicitud de sorteo pertinente, a cuyos fines el Expte. deberá encontrarse en el Juzgado 3 días antes del mismo (con las notificaciones respectivas) dando aviso al empleado de Mesa de Entradas para su concreción”. Secretaria Dra. Jorgelina V. Daneri.- Diciembre 2021.- (Autos: “PUCHETTA DANIEL ENRIQUE c/LUZ MARIA ANA s/División de condominio - CUIJ N° 21-24613133-0).

$ 165 469595 Dic. 22 Dic. 29

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Por disposición del Juzgado de 1º Instancia en lo Civil, Comercial Numero 1 de la ciudad de Venado Tuerto a cargo de la Dra. MARIA CELESTE ROSSO Juez, y Dra. JORGELINA V DANERI, Secretaria, en los autos caratulados “ZILLI, ARNOLDO ROGELIO S/ SUCESIONES – INSC. TARDIAS SUMARIAS – VOLUNT.” Expte C.U.I.J. Nro. 21-24617405-6 del año 2021, se cita y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de don ARNOLDO ROGELIO ZILLI DNI 6.116.035; para que comparezcan en el termino de ley por ante este tribunal a hacer valer sus derechos.

Venado Tuerto, de octubre de 2021

$45 DIC. 22

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