JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
POR
PABLO SEBASTIAN CUNEO
Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 4ta. Nominación de Rosario, Secretaría de la autorizante Dra. Daniela A. Jaime, se hace saber que en los autos: CONSORCIO EDIF. MAIPÚ PARKING c/MAIPÚ PARKING S.R.L. U 08-21 s/Juicio Ejecutivo, Expte. CUIJ 21-02894957-7, se ha dispuesto que el Martillero Pablo Sebastián Cuneo, Matrícula nro. 02273C 0214, CUIT nro. 20-37449385-0, proceda a la venta en subasta pública el día viernes 4 de febrero de 2022 a las 15 hs. en el Colegio de Martilleros, calle Moreno 1546 de Rosario, el Inmueble sito en calle Maipú 1150, Unidad U 223. Parcela 08-21, destinada a uso de cochera. Superficie exclusiva: 12,33 m2.; Superficie común: 5,53m2. Total general: 17,91 m2., con un valor proporcional en relación al total del edificio de 0,17%. Reglamento de Copropiedad y Administración Inscripto al Dominio: Tomo: 770, Folio: 87, Nro. 127220, Planilla de fojas 322, Dto. Rosario y Reforma del Reglamento de Copropiedad y Administración Inscripta al Tomo: 916, Folio: 96, Nro. 208024, Dto. Rosario, Propiedad Horizontal, Hágase saber que el inmueble saldrá a la venta en el carácter de ocupación que surge del acta de constatación. Asimismo se imponen como condiciones de subasta que: 1) El inmueble saldrá a la venta con la base de $ 1.052.500.-; de no haber postores con una retasa del 25% ($ 789.375.-) y, de subsistir la falta de postores con una retasa del 50% ($ 526.250.-) precio mínimo en que podrá salir a la venta el inmueble; quien resulte adquirente deberá abonar finalizada la subasta el 10% del precio ofertado más la comisión del 3% para el Martillero en pesos o cheque certificado. Para el caso de que la suma ut supra mencionada supere el valor de $ 30.000.- no podrá realizarse en efectivo, debiendo efectuarse por medio de cheque certificado o en su defecto deberá depositar al día siguiente de la subasta dicho monto en el Banco Municipal de Rosario-Sucursal 80- Caja de Abogados Cuenta Nro. 5216030/6, CBU Nro. : 0650080103000521603066, a la orden de este Juzgado y para estos autos conforme disposición del Banco Central de la República Argentina según comunicación “A” 5147 de fecha 23/11/10. 2) Los impuestos, tasas, servicios de agua y cloacas, contribuciones y -eventualmente- expensas comunes que se adeudaren por el inmueble a subastar como así también los gastos e impuestos por transferencia quedarán a cargo exclusivo de quien resulte adquirente; y deberá el martillero actuante, como obligación inherente a su cargo, hacer saber tal circunstancia en el acto de martillar así como a cuánto asciende el importe de lo adeudado. 3) Para el caso de compras por terceros, fíjese como condición de subasta que el adquirente designe en el acto de remate la identidad de la persona por la que adquiere estableciéndose el término de cinco días para la ratificación por la persona indicada. Transcurrido este término sin la ratificación correspondiente, todos los efectos de la subasta se producirán respecto del adquirente que participó personalmente en el acto de remate. 4) El martillero advertirá antes de comenzar el acto de remate y en los edictos a publicarse que el saldo de precio que deberá pagar el adquirente será abonado al aprobarse la subasta de conformidad con el art. 499 del CPCC y si intimado no efectuare el pago se dejará sin efecto la misma con los efectos previstos por el art. 497 del CPCC. Dicho saldo deberá depositarse en el Banco Municipal de Rosario-Sucursal 80-Caja de Abogados, Cuenta Nro. 5216030/6, CBU Nro. 0650080103000521603066, a la orden de este Juzgado y para estos autos dejándose constancia que respecto del saldo de precio deberá asimismo cumplimentarse con lo dispuesto en la comunicación “A” 5147 del B.C.R.A. por lo cual de superar el importe de $ 30.000.- deberá realizarse por transferencia interbancaria. En el caso de incumplirse dicha disposición se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicado por este Tribunal y/o Martillero actuante a la A.F.I.P.. 5) Previo a la transferencia deberán estar satisfechos todos los impuestos, tasas y contribuciones que graven el acta de subasta, a cuyos efectos se oficiará al API y a la AFIP. 6) En el acta de subasta deberá dejarse constancia del penúltimo postor, consignando sus datos personales. 7) El adquirente del inmueble subastado deberá acudir a Escribano Público para confeccionar la escritura pública que instrumentará la transferencia de dominio a su favor. 8) Ofíciese a los Juzgados que hubieren ordenado medidas cautelares sobre el inmueble a subastar a fin de que tomen conocimiento en las causas respectivas de la realización de la subasta con la debida antelación, debiendo acompañarse constancias del diligenciamiento antes del acto de subasta, ello sin perjuicio de lo normado por el Art. 503 del CPCC. 8) El inmueble podrá ser visitado los días 1/2/22 y 2/2/22 en el horario de 10.30 a 11.30 horas. Todo lo que se hace saber a los efectos legales. Rosario, 16 de diciembre de 2021. Dra. Jaime, Secretaria.
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POR
VIVIANA ANDREA CONTRERAS
Por disposición Juez de Primera instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 7ª Nominación de Rosario, Dr. Marcelo Quiroga Secretaria a cargo de la Dra. Lorena Andrea González, hace saber que en los autos caratulados ALTAMIRANO FERNANDO GABRIEL c/ALTAMIRANO MARIA JOSE s/División de condominio; CUIJ Nº 21-02885386-3 se ha dispuesto que La Martillera Viviana Andrea Contreras, matricula 2265-C-213, venda en subasta pública, el 9 de Febrero de 2.022 a las 14:00 hs, en el Colegio de Martilleros sito en calle Moreno 1.546, y por ante la actuaria, el Inmueble sito en calle Esteban de Luca 611 de esta ciudad, consistente en un lote de terreno situado en la zona Sur de Rosario, ubicado en calle Esteban de Luca 611 número de partida inmobiliaria 16-03-04-244928/0001, ubicado entre las calles Buenos Aires y Av. Bermúdez a 11,15 metros de ésta última hacia el Oeste y 10,50 metros de frente al Norte, por 10,8 metros de fondo, con una superficie total de 105,84 metros cuadrados, lindando al Norte con Esteban de Luca (antes General Zapiola) al Este con el lote A de la misma manzana y de igual plano, al Sur con Romelio Romero y al Oeste con Eduardo Fernández. Lote: B Plano Nº: 10374/55 confeccionado por el agrimensor Don Marcos Erlijman. 1) Dominio: Tomo: 526 Folio: 189 Nº 105927, Fecha: 04/02/1988 Dto. Rosario, consta Dominio 100%, Propiedad del Señor Baldomero Eloy Altamirano (L.E. Nº 5.993.519). 2) Estado de ocupación: Desocupable. 3) Embargos, hipotecas, inhibiciones u otras afectaciones al dominio: No se registran. 4) Bases: Saldrá a la venta con la base de $ 13.396.000 Retasa del 25%; $ 10.047.000 y última base: $ 7.535.250. Deudas: Posee las que constan en autos y serán informadas en el Acto del remate. Condiciones de subasta transcripción del decreto que ordena: Rosario, 24 de Noviembre de 2.021. Téngase por fijada fecha -09/02/2022 a las 14:00 horas en el Colegio de Martilleros sito en calle Moreno 1.546-, las bases y condiciones para la realización de la nueva subasta ordenada en autos. Publíquense edictos en el Hall de Tribunales y BOLETÍN OFICIAL por el término de ley. Notifíquese por cédula a las partes y a los acreedores. Hágase saber al martillero interviniente que, sin excepción alguna y con el apercibimiento de aplicar las sanciones previstas en los arts. 78, inc. b y 79 Ley 7.547, y 223, inc. 3., Ley 10.160, deberá rendir cuentas documentadas de su cometido y depositar el importe recibido por su persona en concepto de precio, acompañando boleta de depósito judicial de los Importes correspondientes dentro del término de cinco días, sin plazo de gracia. Ordenase La publicación de avisos, Informando el remate por un día, en el diario La Capital. Asimismo, requiérase al martillero que las constancias de notificación, publicación de edictos y, en su caso, publicidad adicional, se adjunten al expediente con una antelación no menor de tres días en relación a la fecha de subasta fijada. Una vez cumplimentada esta exigencia, quedaran los autos reservados en Secretaría hasta el día del remate, todo ello bajo apercibimiento de no realizar el mismo. Hágase saber que el inmueble se subastará en la fecha designada, con carácter desocupable (art. 504 CPCC) y conforme las condiciones de venta consignadas en autos a fs. 146/147, fijándose como base inicial la suma de $ 13.396.000, con una retasa del 25%, es decir la suma de $ 10.047.000 y con una última base de $ 7.535.250. El oferente que resulte adjudicatario deberá abonar en el acto de remate el 3% de comisión al martillero y el 10% a cuenta del precio, en pesos, cheque cancelatorio o cheque certificado, en este último supuesto, la cambial deberá librarse a la orden del Banco Municipal de Rosario. Agencia Tribunales, Suc. Caja de Abogados. Para el caso de que el mencionado 10% cuenta del precio de la compra supere el valor de $ 30.000 podrá abonarse dicho importe en efectivo en el acto de subasto. El saldo restante para completar el 10% deberá ser abonado por el comprador dentro de los dos días hábiles posteriores a la subasta mediante transferencia bancaria a la cuenta judicial abierta por el martillero, para estos autos y juzgado, con el apercibimiento de operar pérdida total de lo abonado en caso que así no lo hiciere. Similar procedimiento se seguirá si el 3% de la comisión del martillero superare la suma de $ 30.000, salvo que el saldo restante se abonará en la forma a convenir con el mismo en dicho acto. En ambos casos, deberán observarse las exigencias que surgen de las comunicaciones del BCRA A 5147 y A 5212, según Circular Nº 79/11 CSJP. El saldo de precio del inmueble deberá transferirse a la cuenta judicial antes referida, dentro de los 5 días de notificada la aprobación de la subasta conforme lo normado por los arts. 497 y 499 CPCC. También se hará saber a los interesados que para efectivizar la transferencia registral del bien subastado se procederá exclusivamente conforme lo previsto por el art. 505, 3º párr. CPCC, mediante protocolización de actuaciones a cargo del escribano que designe el comprador. Dra. Lorena A. González, Dr. Marcelo Quiroga; secretaria, juez. 7) Cuenta judicial: Abierta a nombre de este Juzgado y para estos autos en el Banco Municipal de Rosario, Sucursal 80, Caja de Abogados, Tipo de cuenta: pesos – Nº de cuenta: 52117389 CBU 0650080103000521173891. 8) Títulos de propiedad: El título de propiedad (copia certificada de la Escritura) del inmueble se encuentra glosado en autos para ser examinado por los interesados, advirtiéndose que después del remate no se admitirá reclamación alguna por insuficiencia o falta de ellos. 9) Exhibición de la propiedad: Los 3 días hábiles anteriores a la subasta en el horario de 15:00 a 17:00 hs, coordinar previamente con la martillera actuante, Viviana Andrea Contreras (celular 3415931366). Rosario, 06 de Diciembre de 2.021. Dra. Lorena Andrea González, secretaria.
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POR
MARTA LUCIA PORTILLO
Por orden Juez 1ra. Inst. Distrito C. y C. 4 Nom., Rosario, la Sec. Suscribienbte hace saber que en caratulados: ASOCIACION ITALIANA DE SOCORRO MUTUO UNIONE E BENEVOLENZA c/Otro (D.N.I. 26.396.385) s/Ejecución Prendaria, CUIJ 21-02916147-7, se ha dispuesto que la martillera Marta Lucía Portillo (mat. 1306-P-117) (C.U.I.T. 23-05629357-4), venda en pública subasta al último y mejor postor el día 04 de Febrero de 2022 a las 14:30 hs, en el Colegio de Martilleros de Rosario, Moreno N° 1546, con la condición de que si dicho día resulta inhábil y/o por razones de fuerza mayor no pudiere realizarse la subasta, la misma será reprogramada, con relación al siguiente vehículo: El automotor marca Renault, tipo sedán 4 puertas, modelo Logan 1.5 DCI Confort, motor marca Renault N K9KK790D068274, chasis marca Renault N° 93YLSR10H8J950626, Año 1008, Dominio HQY 842.- Del informe del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor N° 10 de Rosario surge que consta inscripto el dominio en un 100% a nombre del demandado: prenda por 53.100, inscripta con fecha 17/01/2018 embargo por $ 63.744.72- inscripto con fecha 23/07/2019, ambos pertenecientes a los autos que ejecutan; no registrando inhibiciones. Condiciones: 1) El bien saldrá a la venta con una base de $ 300.000 y al mejor postor y el) CUSO de no haber postores, saldrá a la venta con La retasa del 30% como última base.- Quien resulte adquirente deberá abonar, al finalizar la subasta, el precio total de venta con más la comisión del 10% para el Martillero en Pcss o cheque certificado. Para el caso que esta suma supere el valor de $30.000.- no podrá realizarse en efectivo, debiendo efectuarse P° medio de cheque certificado o en su defecto deberá depositar al día siguiente de la subasta dicho monto en el Banco Municipal de Rosario-Suc.80- Caja de Abogados- a la orden de este Juzgado y para estos autos conforme disposición del B.C.R.A. según comunicación A 5147 de fecha 23/11/10. En caso de incumplirse dicha disposición. se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicado por este Tribunal y/o Martillero actuante a la AFIP. 2) El bien se subasta y adjudica en el estado en que se encuentra conforme el acta de constatación glosada en autos, y no se admitirán reclamos sobre ninguna clase de situación fáctica y/o jurídica del mismo. 3) Déjese constancias en los edictos y en el Acta de Subasta que se confeccione oportunamente que serán a cargo del comprador y no compresivos dentro del precio de venta: los impuestos, tasas, contribuciones atrasadas, IVA si correspondiere y gastos, multas, patentes atrasadas cualquiera sean su naturaleza y/o causa, así corno también los gastos e impuestos por transferencias, y los riesgos del bien que se produjeran desde la fecha de subasta así como la totalidad de gastos de estadía, traslado acarreo, remolque y/o auxilio que corresponda: y deberá el martillero actuante, como obligación inherente a su cargo, hacer saber tal circunstancia en el acto de martillar así como a cuánto asciende el importe de lo adeudado. 4) Previo a la transferencia, deberán estar satisfechos todos los impuestos, tasas y contribuciones que graven el acta de subasta, a cuyos efectos se oficiará al API y al AFIP. 5) Para el caso de compras por terceros, fijase corno condición de subasta que el adquirente designe en el acto de remate la identidad de la persona por que adquiere, estableciéndose el término de cinco días para la ratificación por la persona indicada Transcurrido este término sin la ratificación correspondiente, todos los efectos de la subasta se producirán respecto del adquirente que participó personalmente en el acto de remate. 6) En el acta de subasta deberá dejarse constancia del penúltimo postor, consignando sus datos personales. El Expte. deberá ser entregado al Juzgado 5 días antes de la subasta. a los fines de los arts. 494 y 495 C.PCC.. y permanecerá reservado en Secretaria. Ofíciese a los Juzgados que hubieren ordenado medidas cautelares sobre el automotor a subastar a fin de que tomen conocimiento en las causas respectivas de la realización de la subasta, con la debida antelación, debiendo acompañarse constancias del diligenciamiento antes del acto de subasta, ello sin perjuicio de lo normado por el art. 503 del CPCC- Ofíciese al Colegio de Martilleros a fin de hacerle saber día y hora de realización de la presente subasta. Ténganse presentes los días y horarios designados por el Martillero para la revisación del vehiculo a subastar. Notifíquese por cédula. Firme que estuviera el presente publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL (art. 492 CPCC).- Todo lo cual se hace saber a los efectos legales.- Rosario, 14 de Diciembre de 2021. Dra. Jaime, Secretaria.
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VILLA CONSTITUCION
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
POR
ALBERTO A. GEUNA
Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 1ra. Nominación Villa Constitución, la Secretaria que suscribe hace saber que en autos: FRANKLIN SANTIAGO BOGLICH S.R.L. c/Otra s/Juicio Ejecutivo (Expte. N° 1775/2011 - C.U.I.J. N° 21-25572757-2), se ha dispuesto que el Martillero Público Sr. Alberto A. Geuna, (Mat. N° 1773-G-154) venda en pública subasta al último y mejor postor, el día 27 de Diciembre de 2021, a las 10:30 hs. en las Puertas del Juzgado Comunitario de las Pequeñas Causas de Sargento Cabral, Pcia. de Santa Fe; el siguiente bien propiedad de la demandada consistente en: La mitad indivisa (50%) de “Un lote de terreno con lo edificado, clavado y plantado, situado en el pueblo Sargento Cabral Dpto. Constitución, Manzana N° 15 del Plano Oficial, parte del lote H1 del plano N° 45.891 año 1966, señalado con la sigla (H1b) en el plano archivado bajo el N° 53.255 año 1968, ubicado en calle San Martín entre 9 de Julio y 25 de Mayo, a los 8,60 mts de la esquina de ésta última hacia el N-E, compuesto de 9,10 mts de frente al N-O por 14,61 mts de fondo con una superficie total de 132,95 metros cuadrados. Linda con su frente al N-O con la calle San Martín, al N-E con Juan Pravato y Esther V. de Pravato, al S-E con Sucesión Libe González y al 5-0 con el lote (H1b) del plano citado”. Cuyo dominio consta inscripto en el Registro General Rosario a nombre de la demandada, al T° 228, F° 108, N° 204005, Dpto. Constitución. Registrándose libre de hipotecas, pero si los siguientes Embargos: 1) al T° 126 E, F° 641 N° 307689, de fecha 31/01/2017 por Dólares 20.274,00.- por los autos que se ejecuta, 2) al T° 126 E, F° 2978, N° 382.248, de fecha 04/10/2017, por $ 589.593,29.- orden Juzg. Fed. N° 2 Rosario, Autos: Fisco Nac. AFIP c/Otra s/Ejec. Fiscal, Expte. Nº 64231/2011. Y la siguiente Inhibición, Aforo 364.624 fecha de inscripción 11/08/2017, T° 129 Letra 1, F° 4634, por $4.370,00 - orden Juzg. Fed. N° 2 Rosario, Autos: Fisco Nac. AFIP c/Otra s/Ejec. Fiscal, Expte. N° 76621/2010. El inmueble saldrá a la venta en el estado de ocupación que se encuentra de acuerdo a las constancias de autos: Desocupado, con la base de $3.500.000. Seguidamente, en caso de no haber postores, con una retasa del 25% ($2.625.000), y de persistir la falta de postores por esa base, saldrá a la venta en tercera y última subasta, con una base del 50% de la primera ($1.750.000). En el acto del remate el comprador deberá abonar el 10% del importe total de la compra, con más la comisión de ley al martillero actuante, 3% en efectivo o cheque certificado. Se deja aclarado que no integran a los fines de determinar el porcentaje de comisión del martillero los importes de las deudas que posea el inmueble. Para el caso que la suma ut-supra mencionada supere el valor de $ 30.000, no podrá realizarse en efectivo, optando por el cheque certificado o cancelatorio, efectivo (sólo si no supera la cantidad de $30.000) y/o en su defecto se deberá depositar previo al día de la subasta dicho monto en el Nuevo Banco de Santa Fe, Sucursal Villa Constitución a la orden de este Juzgado y para estos autos conforme disposición del Banco Central de la República Argentina según comunicación “A” 5147 de fecha 23/11/2010 y circular Nro. 91 del Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe. Con relación al saldo de precio, deberá ser consignado por el adquirente una vez aprobada la subasta en el término de dos días hábiles bancarios, mediante depósito en cuenta judicial del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., sucursal Villa Constitución, para estos autos y a la orden de este Juzgado, caso contrario deberá abonarse por el retraso en concepto de interés el doble de la tasa activa que percibe el Banco Nación Argentina en la operaciones de descuento de documentos a 30 días, desde la fecha de la subasta, y bajo el apercibimiento contenido en el art. 497 del C.P.C.C.. El oferente deberá encontrarse presente en el remate, bajo apercibimiento de tenerlo por desistido en ese mismo acto. Asimismo, la compra podrá efectuarse “en comisión” indicando nombre, apellido, domicilio, y D.N.I. del comitente. Se deja constancia que respecto al saldo de precio deberá cumplimentarse con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del B.C.R.A. Por lo cual de superar el importe de $30.000 deberá realizarse por transferencia interbancaria. En caso de incumplirse dicha disposición se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicado por este Tribunal y/o el martillero actuante a la AFIP. Se hace saber asimismo que el título del inmueble se encuentra agregado a autos, no siendo admisible planteo alguno por falta o insuficiencia del mismo en el acto de remate o con posterioridad. Impuestos, tasas, contribuciones y/o cualquier otro gravamen que pesen sobre el inmueble adeudados a la fecha del remate (nacionales, provinciales y/o comunales), e IVA si correspondieren, serán a cargo del comprador. Además los honorarios, gastos y tributos de cualquier índole que graven la transferencia dominial del bien subastado serán a cargo del comprador en subasta, como así también los que puedan resultar por nuevas mensuras, regularizaciones de planos y/o medianerías en su caso. Asimismo hágase saber que los comparecientes a la subasta judicial deberán acudir munidos de su Documento Nacional de Identidad. Autorízase la publicidad adicional. Fíjense como días de exhibición del inmueble los dos días hábiles anteriores a la subasta (a fs. a del dictado de la presente, 23 y 24 de Diciembre de 2021) - mas en el supuesto de disponerse asueto para el día 24/12/2021, resultarán el 22 y 23 de Diciembre de 2021). Todo lo u se publica, a los efectos legales, en Villa constitución, a los días del mes de Diciembre de 2021. Dr. Alejandro Danino - Secretario.
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