picture_as_pdf 2021-12-13

CAMARA EN LO CONTENSIOSO

ADMINISTRATIVO


Dentro de los autos caratulados: KLEIN OSCAR MARCELINO c/MUNICIPALIDAD DE CAÑADA DE GOMEZ s/RCA; 21-17455806-7 en trámite por ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo N° 2 de la ciudad de Rosario, a cargo de los Dres. Rescia de de la Horra, Andrada y López Marull, Dr. Carlos Tamaño, Secretario; se cita y emplaza a los herederos, de Sr. Klein Oscar Marcelino (D.N.I. Nº 5.507.601) a fin de que comparezcan dentro de estos autos en los términos establecidos en el Art. 597 del CPCC., y hagan valer sus derechos. Rosario, 30 de Noviembre de 2.021. Dr. Carlos Tamaño, Secretario.

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Dentro de los autos caratulados: OVIEDO DELIA BEATRIZ c/MUNICIPALIDAD DE CAÑADA DE GOMEZ s/Recurso contencioso administrativo; CUIJ: N° 21-17455652-8 en trámite por ante esta Cámara en lo Contenciosos Administrativo N° 2 de Rosario, a cargo del Dr. Andrada, Dr. López Marull y Dra. Rescia de de la Horra, Jueces de Cámara; Secretaria del autorizante; se cita y emplaza a los herederos de Oviedo, Delia Beatriz, DNI F Nº 6.247.178, por tres días para que comparezcan ante este tribunal a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Rosario, 19 de Mayo de 2.021. Firmado: Dr. Carlos Tamaño, Secretario.

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JUZGADO LABORAL


Por disposición del Juez de Distrito en lo Laboral de la 2ª Nominación de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, se ha ordenado citar a los herederos del causante Marcelo Carlos Montenegro (D.N.I. Nº 17.771.255), por tres días consecutivos, para que dentro del término de tres (3) días contados desde la última publicación comparezcan a juicio mediante apoderado o con patrocinio de letrado, bajo apercibimientos de ley. Autos Caratulado: MONTENEGRO MARCELO c/LA SEGUNDA ART S.A. s/Accidente y/o enfermedad del trabajo; Expte. N° 2080/12. Rosario, 30 de Abril de 2.021. Agréguese el informe acompañado. Atento constancias de autos, cítese por edictos, a los herederos del actor a los fines que comparezcan a estar a derecho. Tales edictos se publicarán por tres días consecutivos en el BOLETÍN OFICIAL, venciendo el término para comparecer tres días después de la última publicación. Todo bajo apercibimiento que en caso de incomparecencia se designará un defensor ad-hoc por sorteo a efectivizarse en su oportunidad. Dr. Fabián Nahuel Vega (Juez) - Dr. Ramiro Luna (Secretario).

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TRIBUNAL COLEGIADO


Por disposición del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual Nº 2 de Rosario, en autos caratulados: BACCA, CINTIA SOLEDAD c/GENE FERNANDO CESAR s/Daños y perjuicios; Expte. CUIJ N° 21-11881348-8, se hace saber que se ha ordenado lo siguiente: Rosario, 12 de Noviembre de 2.021. Atento que el demandado Gene, Fernando Cesar no compareció a estar a derecho pese a encontrarse debidamente notificado correspondiendo hacer efectivos los apercibimientos de ley, decláreselo rebelde. Notifíquese por edictos. Firmado: Dr. Cristian Bitetti, Secretario / Dra. Jorgelina Entrocasi, Juez. Secretaria, Rosario, 23 de Noviembre de 2.021.

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Por disposición de la Sra. Jueza del Tribunal Colegiado de Instancia Única Civil de Familia Tercera Nominación de la ciudad de Rosario, Dra. María José Campanella se hace saber que en los autos caratulados CASSAN NELSON ARIEL c/Herederos de Gutiérrez Omar Osvaldo s/Filiación; Expediente N° CUIJ 21-11376721-6 se ha dispuesto publicar el presente de conformidad con lo establecido en el art. 597 del Código de Procedimientos en lo Civil y Comercial de la Pcia de Santa Fe, haciendo saber que en las citadas actuaciones se ha resuelto lo siguiente: Rosario, 9 de Junio de 2.021. Por presentado, domiciliado, en el carácter invocado, a mérito del poder especial que obra en el expediente CUIJ N° 21-11358215-1. Acuérdasele la participación legal que por derecho corresponde. Juez de trámite: Dra. María José Campanella. Por promovida demanda de reclamación de filiación extramatrimonial post mortem. Imprimase a los presentes trámite de juicio Oral (art. 451 y ss. Del CPCC). Atento lo dispuesto por el art. 597 del CPCCSF, cítese a los herederos ausentes para que comparezcan a estar a derecho, por edictos que se publicarán por tres veces en el BOLETÍN OFICIAL y Hall Central de Tribunales, venciendo su emplazamiento al quinto día de su última publicación. Ofíciese al Registro de Procesos Sucesorios para que informe la existencia de proceso sucesorio y/o declaratoria de herederos promovida respecto del causante. Firmado: Dr. Sergio L. Fuster, Secretario. Dra. María José Campanella, Jueza.

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Por disposición del tribunal colegiado de Responsabilidad Extracontractual 2 de Rosario y en autos CEJAS JILDA LETICIA y otros c/VALLEJOS MIGUEL ROGELIO y otros s/Daños y perjuicios; (Expte. Nº 21-11876962-4) se ha dictado lo siguiente: Rosario, 08 de Noviembre de 2.021. Venidos en la fecha se provee: Atento que el demandado Vallejos, Miguel Rogelio no compareció a estar a derecho pese a encontrarse debidamente notificado correspondiendo hacer efectivos los apercibimientos de ley, decláreselo rebelde, notifíquese por edictos. Firmado: Dra. Bonomelli, Edgardo (Juez) Dr. Bitetti, Christian (Secretario). 05 de Noviembre de 2.021.

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Por disposición de la Dra. María Paula Magani, Jueza del Tribunal Colegiado de Familia de la Cuarta Nominación de Rosario, se ha dispuesto notificar a LUCIANO ANDRÉS RUIZ, DNI 30.826.116 lo siguiente: “ROSARIO, 20 de Octubre de 2021. Téngase por notificada Resolución Definitiva adoptada mediante Disposición Nro 74/2021. Agréguense las constancias acompañadas. Notifíquese a los progenitores de la niña Estrella Lucia Ruiz que se ha propuesto que su hija acceda a una tutela en favor de la Sra. Yanina Elisabeth Ruiz y del Sr. Juan Alberto Villan, haciéndoseles saber que cuentan con un plazo de 10 días desde la notificación del presente para oponerse y ofrecer prueba, bajo apercibimiento de receptar, si correspondiere, la propuesta efectuada. Notifíquese por cédula y al Defensor General en su Despacho. Por recibidas copias del legajo administrativo, agréguense al legajo que obra unido a los presentes.” FDO: DR. MANGANI (JUEZA), DRA. BARBIERI (SECRETARIA)“ FDO. Dra MANGANI (Jueza). Autos: “RUIZ, ESTRELLA LUCIA S/CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967”. María C. Barbieri, Secretaria.

S/C 468569 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual 2 y en autos: PEPE RAFAEL OMAR Y OTROS c/BUFALINI ALEJANDRO Y OTROS S/DAÑOS Y PERJUICIOS CUIJ 21-12628121-5, se hace saber que se dictó lo siguiente ROSARIO, 04/08/2021. Atento que el demandado CORREA MIRIAN ALICIA no compareció a estar a derecho ni contestó la demanda pese a encontrarse debidamente notificado según edictos de fs. 80, y correspondiendo hacer efectivo los apercibimientos de ley, decláreselo rebelde y désele por decaído el derecho dejado de usar. Notifíquese por edictos. Fdo. Dra. Mayra Ibañez – Dr. Edgardo Bonomelli (en suplencia).

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Por disposición de la Dra. María Paula Mangani, Jueza del Tribunal Colegiado de Familia de la Cuarta Nominación de Rosario, se ha dispuesto notificar a Diego Acosta lo siguiente: “Nro 3713/21. Rosario, 19 de noviembre de 2021. Y Vistos... Y Considerando:... Resuelve: 1) Ratificar la medida excepcional adoptada por la Dirección Provincial para la Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la 2da. Circunscripción respecto de Marttina Mirena Acosta, titular del DNI 47.921.653, nacida el 15 de febrero de 2007 dispuesta por Resolución Nro. 105/21 de fecha 28 de julio del 2021. II) Comuníquese a la Defensoría del Pueblo a los fines del artículo 38 de la Ley 12967. III) Téngase presente que el plazo de 90 días establecido en la Medida Excepcional, computado desde la efectiva separación de la adolescente de la convivencia con su progenitora, se encuentra vencido por lo que se requiere a la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia que solicite la prórroga de la medida excepcional o en su caso dictamine sobre la resolución definitiva de la situación de Marttina Mirena Acosta. Insértese y hágase saber.” Fdo: Dra. Mangani (Jueza) Dra. Barbieri (secretaria). Autos: ACOSTA, MARTINA MIRENA y Otros s/Control de legalidad de medidas excepcionales y urgentes Ley 12.967 - Expte N° 2099/2021. Dra. Barbieri, Secretaria.

S/C 468568 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición del Sr. Juez del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontratual de la 1ra. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos del causante Agustín Ramón José Mobili (DNI Nº 6.030.386), para que comparezcan estar a derecho dentro del término de 10 días de la última publicación, bajo apercibimiento de rebeldía, conforme lo dispuesto por el art. 597 del Código Procesal Civil y Comercial, publíquense los edictos citatorios por tres (3) días y en la forma prescripta por el art. 67 del Código citado, en autos caratulados: “Laurino, Beatriz y Otros c/Casino de Rosario S.A. y Otros s/Daños y Perjuicios”, Expte. 21-11864420-1, Dr/a. Andrea G. Chaparro (Secretaria). Rosario, Noviembre de 2021. Dra. Chaparro, Secretaria.

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 2da. Nominación de Rosario, dentro de los autos: BANCO SANTANDER RIO S.A. c/LEIVA MATIAS s/Juicio Ejecutivo, Expte. 21-02895470-8, se hace saber al demandado Mateas Leiva - DNI 30.689.569, que se ha dictado el siguiente fallo: “N° 1615. Rosario, 24/11/2021. Y Vistos... Y Considerando:... Fallo: Ordeno seguir adelante la ejecución contra Leiva Matías hasta tanto el actor Banco Santander Río S.A. se haga íntegro cobro de la suma reclamada de pesos quinientos tres mil trescientos noventa y cuatro con sesenta y cuatro cvos. ($503.394,64.-) con más los intereses indicados en los considerandos de la presente e IVA si correspondiere. Costas a la demandada (art. 251 CPC). Difiero la regulación de honorarios hasta tanto se practique la liquidación respectiva. Fdo.: Dra. Marianela Godoy (secretaria) Dra. Mónica Klebcar (Juez). Dra. Vaquero, Prosecretaria.

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la l3ra. Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Verónica Gotlieb, Secretaría a cargo de Lucas Menossi, se hace saber que en autos: ABRIGO, ERMESINDA y Otros c/REYES, ARMINDA BENJAMINA y Otros s/Usucapión, CUIJ 21-02839078-2, se ha dispuesto: “Rosario, 02 de septiembre de 2016. Por presentada, domiciliada, en el carácter invocado y a mérito del poder especial acompañado, otórgasele la participación de ley que por derecho le corresponda. Por iniciada la acción de prescripción adquisitiva en los términos expresados. Imprímase al presente el trámite de juicio ordinario (art. 387 inc. a) del CPCC). Cítese y emplácese a estar a derecho a la parte demandada por el término y bajo los apercibimientos de ley. En virtud de lo dispuesto por el art. 1905 del C.C.C. ofíciese al Registro General de la Propiedad a fin de que proceda a la anotación como litigioso el inmueble cuyo dominio consta inscripto al tomo 124, Folio 348, n° 20272 del Departamento Rosario e informe el titular registral del mismo. Ofíciese a la Municipalidad que corresponda y a la Fiscalía de Estado Provincial a fin de que hagan saber a este Tribunal si existe interés fiscal sobre dicho inmueble. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Tribunales por el término y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese por cédula. Fdo.: Dr. Fabián E. D: Bellizia (Juez en suplencia), Dra. Jéssica M. Cinalli (Secretaria). Asimismo, se dispuso: “Rosario, 27 de octubre de 2021. Procédase a efectuar la citación a los herederos de Arminda Benjamina Reyes, Liberato Carlos Ruiz y Horacio Benjamín Ruiz mediante la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL y el hall de Tribunales según dispone el art. 597 del CPCC. Asimismo, procédase a efectuar la citación a comparecer a estar a derecho de los demandados Alcira Lilia Ruiz y Fernando Ruiz mediante la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL y el hall de Tribunales según dispone el art. 73 del CPCC. Fdo. : Dra. Verónica Gotlieb (Jueza), Lucas Menossi (Secretario).

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El Señor Juez de Primera Instancia de Civil y Comercial de Distrito de la Segunda Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Mónica Klebcar - Jueza-, Dra. Marianela Godoy -Secretaria-, en autos caratulados: BANCO MACRO S.A. c/ANFOSSI, FRANCO DAVID s/Medida previa ejecutivo, CUIJ N° 21-02917428-5, ha dispuesto notificar al Sr. Franco David Anfossi con DNI 32.903.094, que se ha dictado la siguiente Resolución: N° 1557 - Rosario, 05/11/2021. Y Vistos: Estos autos caratulados: BANCO MACRO S.A. c/ANFOSSI, FRANCO DAVID s/Medida previa ejecutivo, Expte. N° 466/19, venidos a despacho para dictar resolución sobre la preparación del juicio ejecutivo (art. 450 CPCC); Y Considerando: Atento a que la parte demandada no compareció, pese haber sido debidamente notificada conforme edictos de fs. 59, ni justificó en legal forma su incomparencia; como asimismo obrando acompañadas las declaraciones juradas dispuestas en el art. 39 de la Ley 25.065, debe hacerse efectivo el apercibimiento contemplado en el art. 450 CPCC, por lo que, Resuelvo: Tengo por reconocida la documental en su contenido y firma, consistente en un Contrato de Emisión de Tarjeta de Crédito y su Anexo, y Resúmenes de Cuenta de tarjeta VISA en 08 fs. (N° de cuenta: 4697710001553647); y en consecuencia, por preparada la vía ejecutiva (art. 450 CPCC). Insértese y hágase saber. Fdo.: Dra. Mónica Klebcar - Jueza, Dra. Marianela Godoy – Secretaria. Autos: BANCO MACRO S.A. c/ANFOSSI, FRANCO DAVID s/Medida previa ejecutivo (CUIJ: 21-02917428-5). Firmado: Dra. Mónica Klebcar -Jueza, Dra. Marianela Godoy – Secretaria. Dra. Vaquero, Prosecretaria.

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Por disposición del Juez de Circuito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Rosario, dentro de los autos: CENTRO IV CONSORCIO EDIFICIO c/JUNCO, JUAN CARLOS y Otros s/Ejecutivo, CUIJ 21-12625803-5, se ha ordenado lo siguiente: Rosario, 03 de Mayo de 2021 Al punto 1, agréguese. Al punto 2, por contestado traslado, téngase presente si en tiempo y forma estuviera. Al punto 3, téngase presente. Al punto 4, oportunamente. Al punto 5, emplácese al accionado Juan Carlos Junco por edictos para que comparezca a estar a Derecho dentro del término de cinco (5) días de la última publicación, bajo apercibimiento de declararla en rebeldía. Publíquense los edictos citatorios por tres (3) días y en la forma prescripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial. Fdo. Dr. Daniel Humberto González, Juez, Dra. Gabriela María Kabichian, Secretaria. Rosario, Octubre de 2021. Fdo. Secretaria, del Juzgado de Circuito de la Primera Nominación de Rosario. Dra. Kabichian, Secretaria.

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Por disposición del Juzgado Civil y Com. 1º Nom. de Rosario en autos: INVERSIONES ROCAS S.A. c/LERFOND CORPORATION S.A. y Otros s/Demanda mere declarativa, 21-02944106-2, se cita y emplaza a los herederos de Adrián José Chiganer, para que comparezcan a estar a derecho en el término y bajo los apercibimientos de ley. Rosario, 19 de Noviembre de 2021. Dr. Arturo, Secretario Subr.

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial 6 de Rosario y en autos: PEREZ FERNANDO JAVIER y Otros c/ROZAS RAMON y Otros s/Prescripción Adquisitiva, 21-02850115-0 se hace saber que se dicto lo siguiente: Rosario 18 de mayo de 2021: autos para sentencia. Notifíquese por cedula. Firmado: Dra. Rocci Dr. García. Dr. Bitatti, Prosecretario.

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Por disposición del Juez a cargo del Juzgado de Circuito Civil 42 Nom. de Rosario se hace saber a Tempo S.A. que en autos TORANZOS ATILIO c/KLEIER ALEJANDRO y otros s/Desalojo; 21-00141255-5 Año 214 se han dictado las siguientes Resoluciones: Nº 779 de fecha 05.07.21 Resuelvo: 1. Declarar que en autos se ha producido la caducidad de la instancia recursiva. 2. Imponer las costas del incidente de caducidad a la codemandada recurrente (art. 241 deI CPCC SFE). Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Alejandra Valgañon / Dra. Claudia Alejandra Ragonese; Nº 893 del 05/08/21 Resuelvo: 1) Conceder los recursos de apelación y nulidad interpuestos, en relación y con efecto suspensivo. 2) Disponer la elevación de los autos al Superior, previo cumplimiento de las formalidades de ley. Insértese, Agréguese y Notifíquese. Jueza: Dra. Claudia A. Ragonese, Secretaría: Dra. Marcela N. Barro; Nº 372 del 24/04/20 Resuelvo: 1) Hacer lugar a la demanda de desalojo instaurada por Atilio Toranzos y condenar a Alejandro Kleier, Federico Kleier y Tempo SA y/o subinquilinos y/o terceros ocupantes a desalojar el inmueble situado en Berrutti 3.161 de Rosario, dejándolo libre y expedito de todo ocupante y/o ocupación en el término perentorio de 10 días, bajo apercibimiento de lanzamiento por la fuerza pública en caso de incumplimiento. 2) Imponer las costas del proceso a los demandados (art. 251 del CPCC SFE) 3) Regular los honorarios por Auto separado. Insértese y hágase saber. Fdo. Juez/ Secretaria; Nº 612 del 01/07/20 Resuelvo: 1) Conceder los recursos de apelación y nulidad interpuestos, en relación y con efecto suspensivo; 2) Disponer la elevación de los autos al Superior previo cumplimiento de las formalidades de ley. Insértese, agréguese y notifíquese. Dra. Marcela Norma Barro, Dra. Claudia A. Ragonese; Nº 715 22.07.21. Resuelvo: Revocar el efecto suspensivo con que fuera concedida la vía recursiva deducida por la demandada y, en su lugar, concederla con efecto devolutivo. Insértese, agréguese y notifíquese. Fdo. Dra. Marcela Norma Barro, Dra. Claudia A. Ragonese. 02/11/21.

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 10ª Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Mauro R. Bonato, secretaría del autorizante, se hace saber que dentro de los autos caratulados: ROMANO, JONATAN RAUL s/Solicitud propia quiebra; CUIJ Nº 21-02845131-5 se ha decretado tener por presentada la readecuación al proyecto de distribución practicado por la Sindicatura, poniendo de manifiesto el mismo por el término y bajo apercibimientos de ley. Rosario, 29 de Noviembre de 2.021. Dra. Marianela Maulión, secretaria.

S/C 468258 Dic. 13 Dic. 14

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 6ª Nominación de Rosario, se ha ordenado notificar por edictos por tres días a la Sra. Silvia Graciela Acosta, D.N.I. Nº 17.857.951, de la siguiente providencia: Rosario, 19 de Noviembre de 2.021. No habiendo comparecido la parte demandada a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hacerlo, declárasela rebelde, y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos. Fdo.: Dra. Sabrina Rocci (Secretaria) y Dra. Verónica Gotlieb (Jueza en suplencia). Autos: CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL DE LOS PROFESIONALES DEL ARTE DE CURAR c/ACOSTA, SILVIA GRACIELA s/Apremio; CUIJ Nº: 21-02903864-0. Rosario, 24 de Noviembre de 2.021.

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Por disposición de la Sr. Juez del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civ. y Com. de la 6ª Nominación de Rosario, se ha ordenado notificar por edictos por tres días al Sr. Daniel Rodolfo Francovig, D.N.I. Nº 13.565.818, de la siguiente providencia: Rosario, 19 de Octubre de 2.021. No habiendo comparecido la parte demandada a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hacerlo, declárasela rebelde, y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos. Fdo.: Dra. Sabrina Rocci (Secretaria) y Dra. Fabiana Genesio (Jueza en suplencia). Autos: CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL DE LOS PROFESIONALES DEL ARTE DE CURAR c/FRANCOVIG, DANIEL RODOLFO s/Apremio; CUIJ Nº: 21-02904094-7. Rosario, 24 de Noviembre de 2.021.

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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civ. y Com. de la 17ª Nominación de Rosario, se ha orden do notificar por edictos por tres días a la Sra. Maria Laura Meichtry, D.N.I. Nº 24.677.420, de la siguiente providencia: Rosario, 23 de Julio de 2.020. Reanúdense los términos oportunamente suspendidos. Notifíquese por cédula. Fdo.: Dra. María Florencia Netri (Secretaria) y Dra. Maria Silvia Beduino (Jueza). Autos: CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL DE LOS PROFESIONALES DEL ARTE DE CURAR c/MEICHTRY, MARIA LAURA s/Apremio; CUIJ Nº: 21-02904246-9. Rosario, 17 de Noviembre de 2.021.

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Decimoséptima Nominación de la Ciudad de Rosario: Dra. M. Silvia Beduino - Jueza, Dra. M. Amalia Lantermo - Secretaria, se hace saber a usted que en autos caratulados: GANADERA MILENIUM S.A. s/Pedido de quiebra; CUIJ N° 21-02915136-6, se ha resuelto prorrogar el período de exclusividad establecido en autos, fijando su vencimiento para el día 16/12/2021 y la audiencia informativa para el día 09/12/2021 a las 9:30/hs. Rosario, Agosto de 2.019. Dra. M. Amalia Lantermo - Secretaria-. Dr. Hernán Aguzzi, prosecretario.

S/C 468572 Dic. 13

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Por disposición del Juzg. 1ª Inst. Civil y Comercial 13ª nominación de Rosario y en autos FERRI JUAN CARLOS c/GIGENA MARTA y otros s/Prescripcion adquisitiva; 612/2006 Y Vistos Y Considerando Resuelvo: 1) haciendo lugar a la demanda y, consecuentemente con ello, declarar adquirido la propiedad del lote de terreno situado en esta ciudad de rosario, e el barrio denominado Bajo Hondo Dos designado como lote 42 de la manzana 64 en el plano subdivisión confeccionado por el señor agrimensor don Marcel Tevy archivado en el registro general de propiedades bajo el numero 57 190 año 195 1, esta ubicado en la calle Barra entre calles Cochabamba y Paseo, a los doce metros treinta y cinco centímetros de la calle paseo en dirección a al norte y consta de ocho metros sesenta y seis centímetros de fondo encerrando una superficie total de ciento veinte Y dos metros ocho mil ochocientos cincuenta y cuatro centímetros cuadrados que linda por su frente al oeste con la calle barra, al norte con parte del lote cuarenta y tres, al sud con el lote cuarenta y uno y al oeste con fondos del lote cuarenta todos de la misma manzana y plano inscripto el dominio al tomo 226 folio 31 n 53475 departamento rosario, por prescripción adquisitiva art. 4015 CC a favor de Juan Carlos Ferri. 2) Oficies al registro general a fin de que proceda a la inscripción del dominio expidiéndose las copias pertinentes comuníquese a la dirección de catastro de la provincia a sus efectos. Imponer las costas del presente al vencido (art. 251 CPCC) sin perjuicio de que la retribución del defensor de oficio sea soportada por la actora conforme lo expuesto en los considerandos de la presente. 4) haciendo saber la presente por edictos que se publicaran en los diarios ya designados por el termino de el y debiendo consignar en los mismos sumariamente los datos del inmueble usucapido 5) honorarios oportunamente. Insértese y hágase saber. Firmado: Dra. Gutiérrez White, Dra. Gurdulich. N° 1903, Rosario 14/09/2017. Resuelvo: Aclarar la sentencia N° 1150/09 en el sentido señalado. Insértese y hágase saber. Firmado Dr. Menossi, Dra. Gotlieb. Se hace saber el inmueble esta registrado al plano de mensura confeccionado por el Agrimensor Enzo Jp Ratti inscripto en el SCIT bajo el numero 202834. Sabrina Mercedes Rocci, secretaria (S).

S/C 468610 Dic. 13 Dic. 15

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13ª Nominación de Rosario a cargo de la Dra. Verónica Gotlieb Secretaria a cargo de Lucas en autos VALVERDE CRISTINA s/Solicitud propia quiebra; CUIJ Nº 21-02946444-5, se ha dictado el auto: el siguiente resolutorio N° 1055 Rosario 29 de noviembre de 2.021. Antecedentes [...] CONSIDERANDO [...] Fallo: 1) Declarar la quiebra de Cristina Valverde, titular de D.N.I. N° 26.005.275, con domicilio real en calle Felipe More 3.740 de Rosario y domicilio procesal en Montevideo 1523 3° A de la misma ciudad. 2) Clasificar al proceso en la categoría B, oficiando a la Exma. Presidencia de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial a los fines de proceder al sorteo correspondiente. La fechas para cumplimiento de lo prescripto en el art. 88 última parte LCQ se fijarán por auto ampliatorio de la presente aceptado que fuere el cargo por el síndico sorteado. 3) Oficiar al Registro de Procesos Concursales, a fin de comunicar la presente. 4) Ordenar la inhibición general de la fallida, oficiando al Registro General de la Propiedad de Rosario y Santa Fe, a la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios (CABA), al Registro Nacional de Créditos Prendarios, a la Prefectura Naval Argentina, al Registro Nacional de Aeronaves, al Registro Público de Comercio y al Banco Central de la República Argentina (al que deberá ordenársele que informe a todas las entidades bajo su control que deberán informar si la fallida opera en las mismas y, en tal caso, en que tipo de operaciones). Asimismo, ofíciese al Servicio de Catastro e Información Territorial (SCIT) para que informen sobre inmuebles en toda la provincia a nombre de la fallida. 5) Disponer se comunique la presente al Registro Público de Comercio, AFIP, API, a la Municipalidad de Rosario y a toda otra entidad que la Sindicatura entendiere menester, oficiándose. 6) Intimar a la deudora para que dentro de las 24 hs. entregue al síndico toda la documentación relacionada con la contabilidad. 7) Intimar a la fallida y a los terceros que tuvieren bienes y documentación de aquella en su poder a ponerlos a disposición del síndico. 8) Prohibir hacer pagos a la fallida bajo apercibimiento de ser los mismos ineficaces. 9) Interceptar la correspondencia dirigida a la fallida, entregándose la misma al síndico, a cuyo fin se deberá oficiar al Correo Oficial S.A. y a las empresas Andreani S.A. y Oca S.A. 10) Librar los despachos que fueren menester a los fines de hacer efectivo el fuero de atracción dispuesto por el art. 132 LCQ, a cuyo fin deberá oficiarse a los juzgados en lo Civil y Comercial, de Circuito, de Circuito de Ejecución, Laborales, de Responsabilidad Extracontractual de la Provincia de Santa Fe, ha efectos de hacerles saber de esta declaración de quiebra, de requerirle que informen si la fallida es actor o demandado o tercero con participación procesal en algún juicio tramitado por ante alguno de esos juzgados (detallando los datos de carátula, número de CUIJ, y ubicación actual). 11) Hacer saber a la fallida que no podrá ausentarse del país sin autorización previa de este tribunal y en las condiciones previstas por el art. 103 LCQ, efectuándose a tales fines las comunicaciones pertinentes. Oficiándose a la Policía Federal (Delegación Rosario), Dirección General de Migraciones, a Gendarmería Nacional, Prefectura Naval Argentina y Policía de Seguridad Aeroportuaria. 12) Desapoderar a la fallida de sus bienes existentes a la fecha y los que adquiera hasta su rehabilitación (art. 106 y ss. L.C.Q.) 13) Proceder a la realización de la totalidad de los bienes que integran el activo de la deudora. Hacer saber al síndico, aceptado que fuere el cargo, que deberá efectuar dentro del término de 15 días de notificado, un inventario de la totalidad de los bienes de la fallida —que comprenderá sólo los rubros generales - y proceder a la incautación prevista por el art. 177 LCQ. A los efectos del cumplimiento de sus funciones se faculta al síndico a allanar el domicilio de la fallida, clausurar sus establecimientos, oficinas y demás lugares donde éste tenga bienes y documentos, solicitar el auxilio de la fuerza pública y utilizar los servicios de cerrajero, otorgándosele la credencial correspondiente. 14) Publicar edictos conforme lo dispuesto en el art. 89 LCQ en el BOLETÍN OFICIAL por el término de 5 días. 15) Hacer saber a la sindicatura designada que todos los oficios que ordena cursar la presente resolución deberán cumplimentarse de manera inmediata, y las constancias que acrediten su cumplimiento deberán encontrarse agregadas a las actuaciones a la brevedad, bajo apercibimientos de ley. 16) Hacer saber a la fallida que ante cualquier enajenación, simulación, ocultamiento, distorsión o discriminación del valor de bienes que componen su activo o pasivo, y/o toda otra situación que pudiera configurar ilícito, se remitirán los antecedentes al Ministerio Público de la Acusación. 17) Trabar embargo sobre los haberes que perciba la fallida en la proporción establecida por el decreto reglamentario 484/1987, hasta que el cese de la medida le sea informado por este Tribunal, y depositar el monto retenido en una cuenta judicial a abrirse en el Banco Municipal de Rosario para estos autos y a la orden de este Juzgado. 18) Comunicar a la empleadora que se ha declarado la quiebra de la Sra. Cristina Valverde, por lo que deberá abstenerse de efectuar todo descuento por débitos automáticos y/o cuotas sociales y/o embargos que correspondan a deudas anteriores de la declaración de la quiebra. 19) Martes y viernes para notificaciones en la oficina. Insértese y hágase saber. Fdo.: Dra. Verónica Gotlieb (Jueza), Lucas Menossi (Secretario). Publíquese sin cargo por el término de 5 días. Lucas Menossi, Secretario.

S/C 468219 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición del Juzg. 1ª Inst. Civil y Comercial 13ª nominación de Rosario y en autos JAIME ZULMA BEATRIZ c/BETTANI MARIO y otros s/Prescripción adquisitiva; 21-02879306-2 se hace saber que se dicto lo siguiente: Rosario por presentada, domiciliada, en el carácter invocado y a merito del poder especial acompañado otórguesele la participación que por derecho corresponda. Por iniciada la acción de prescripción adquisitiva en los términos expresados. Imprimase al presente el trámite de juicio ordinario (art. 387 del CPCC. Cítese y emplácese a estar a derecho a Mario Bettati y Carmelo Muggeri por el término y bajo los apercibimientos de ley. En virtud de lo dispuesto por el art. 1905 del CCC ofíciese al Registro General de la Propiedad a fin de que proceda a la anotación como litigioso el inmueble cuyo dominio consta inscripto al tomo 3 10 B, folio 1 106 N 15 71 81 del Departamento Rosario e informe el titular registral del mismo. Ofíciese al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, al Sr. Fiscal de Estado, a la Municipalidad de Funes y a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (ex ONABE) haciéndole saber sobre la promoción de esta causa a los fines de informen si existe interés fiscal sobre dicho inmueble. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL y en el Hall de Tribunales por el termino y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese por cedula. Firmado: Dra. Jorgelina Anzoategui, Dra. Verónica Gotlieb. Sabrina Mereces Rocci, secretaria (S).

S/C 468612 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de circuito 2 de Rosario y en autos: BANCO INDUSTRIAL S.A. c/RODRIGUEZ, MARIA s/Cobro de pesos; 21-12623449-7 se hace saber que se dicto lo siguiente: Rosario, 17 de Septiembre de 2.021. Informándose verbalmente por Secretaría en este acto que la parte emplazada María Rodríguez no ha comparecido a estar a Derecho, declárasela rebelde. Para sorteo de Defensor de Oficio de la misma, remítase correo electrónico a la Presidencia de Cámara, por Secretaría. Notifíquese por edictos que se publicarán dos (2) días y en la forma prescripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial. Firmado: Dr. Arichuluaga, Dr. Chena.

S/C 468611 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición del Juzg. 1ra. Inst. Civil y Comercial 6ta. Nom. y en autos: FAJARDO, MONICA ALEJANDRA c/PROA 20 S.R.L. s/Prescripción Adquisitiva 21-02879307-0 se hace saber que se dicto lo siguiente: Rosario, 09 de Octubre de 2017 Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado a mérito de los poderes especiales acompañados. Por promovida la acción que expresa, la que tramitará por la vía ordinaria. Emplácese a estar a derecho al titular del dominio por el término y bajo los apercibimientos de ley. Publíquense edictos de ley. Agréguese la documental acompañada. Ofíciese al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, al Sr. Fiscal de Estado, a la Municipalidad de Funes y a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (ex ONABE) haciéndole saber sobre la promoción de esta causa a los fines de que tome la intervención que por derecho le corresponde. Atento lo dispuesto por el art. 1905 del Código Civil y Comercial, ofíciese al Registro de la Propiedad a los fines de la anotación litigiosa del objeto de la presente demanda. Hágase saber a la profesional interviniente que deberá inutilizar la constancia del sellado repuesto o a reponer en autos, con su sello o de su puño y letra (art. 295 Código Fiscal). Sabrina Mercedes Rocci, Secretaria (S).

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Tomo: 134 Folio: 146 Resolución: 46. Rosario, 20-04-20, Y Vistos: Estos autos caratulados: SPALLIER AURELIA NELIDA c/WOROBIEJ CRISTIAN FELIPE s/Escrituración, Expte. Nº 21-01126048-6. Resulta:... Considerando:… Fallo: 14 Hacer lugar a la demanda de escrituración y ordenando que Cristian Felipe Worobiej realice escritura traslativa del inmueble ubicado en calle Gálvez 2320. Unidad 1, Parcela 00-01 y 01-01, dominio inscripto al Tomo 519, Folio 20, Número 161174 de Rosario, en el plazo de 10 días de notificada la presente, bajo el apercibimiento que sí no lo hiciera la escritura será otorgada por el tribunal; 2) Costas conforme considerando 5to; Insertese y Hágase Saber. Fdo.: Dr. Zabale, Juez; Dra. Cossovich, Secretaria. Otro: Rosario, 07-06-20. Agréguese. Concédense el recurso de apelación y conjunta nulidad interpuesto en modo libre y con efecto suspensivo (Art. 351 CPCCSF) contra la Sentencia Nº 469 de fecha 20/04/2020. Elévenselos presentes por ante el Superior con atenta nota. Dra. Rocci, Secretaria (S).

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial 9º Nominación de Rosario, a cargo del Dra. María Fabiana Genesio; Secretaría de la Dra. Verónica Accinelli, cita y emplaza: a los herederos de Doña María Madgalena Zlotko, D.N.I. Nº 11.144.437, para que comparezcan a estar a derecho dentro del término Y bajo apercibimiento de ley. Fdo Dra. María Fabiana Genesio. Rosario, 8 de Noviembre de 2021. Autos: CONSORCIO EDIF MECANO IV c/ZLOTKO, MARIA MAGDALENA (Sucesores) y Ots. s/Demanda Ejecutiva. CUU n 21-12628482-6. Rosario, 8 de Noviembre de 2021. Dra. Accinelli, Secretaria.

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial 9 Nominación de Rosario a cargo de la Dra. María Fabiana Genesio: Secretaría de la Dra. Verónica Accinelli, cita y emplaza a los herederos de doña Carmen Alvarez, LC Nº 0.727.771, para que comparezcan a estar a derecho dentro del término y bajo apercibimiento de Ley. Fdo. Dra. María Fabiana Genesio. Rosario, Noviembre de 2021. Autos: CONSORCIO EDIF. MECANO IV c/ZLOTKO MARIA MAGDALENA (Sucesores) y OTS. s/Demanda Ejecutiva, CUIJ nº 21-12628482-6. Rosario, 8 de Noviembre de 2021. Dra. Accinelli, Secretaria.

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Por disposición, del Sr. Juez de 1 ° Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 15ta. Nominación de Rosario, Dr. Carlos Cadierno, en los autos caratulados: VAZQUEZ, WALTER ARIEL c/BALLEJOS, MARIA y Otros s/Usucapión (Expte. N° 1052/11 - CUIJ 21-01602311-3), se notifica por este medio a los herederos de la Sra. María del Socorro Ballejos (D.N.I. N° 3.030.973) para que comparezcan en los presentes, bajo los establecidos en el art. 597 del CPCCSF. Rosario. Dra. María Eugenia Sapei (Secretaria).

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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de 1° Instancia de Circuito de la Primera Nominación de Rosario. Autos: SCHEIDER RAUL c/HAIDAR MARIA SOLEDAD y OTROS s/DAÑOS PERJUICIOS, CUIJ Nº 21-12635823-4, se ha ordenado lo siguiente: “Rosario, 23 de Noviembre de 2021. Informándose verbalmente por Secretaría en este acto que la parte emplazada Héctor Alejandro Sena Cabrera no ha comparecido a estar a Derecho, decláresela rebelde. Siga el proceso sin dársele representación (art. 78 del Código Procesal Civil y Comercial). Firme que se encontrara el presente, procédase al sorteo de Defensor de Oficio del mismo librándose oficio con firma digital de la actuaria. Notifíquese por edictos que se publicarán dos (2) días y en la forma prescripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial.” Fdo.: Dres. González - Kabichian. Rosario, 30 de Noviembre de 2021.

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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la 4ta. Nominación de la ciudad de Rosario, en autos: ANDRADA, GASPAR OSMAR c/PISSINI, JOSE LUIS s/Daños y perjuicios (Expte. 21-1214997-9), se hace saber que se dictó lo siguiente: “Puestos los autos a despacho el día de la fecha, se provee: Informándose verbalmente por Secretaría, en este acto, que el demandado José Luis Pissini no ha comparecido a estar a Derecho, decláraselo rebelde. Notifíquese por edictos, que se publicarán por dos (2) días y en la forma prescripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial. Una vez notificada la rebeldía, y de conformidad con lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, según surge del Acta N° 48 de fecha 05 de Diciembre de 2017, en cuanto a que los sorteos de los profesionales de Nombramientos de Oficio sean efectuados por la Oficina de Sorteos de Peritos, Martillero y Síndicos dependientes de la Presidencia de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial, líbrense a tales fines los despachos pertinentes para la posterior designación de Defensor de Oficio. Dra. Barro, Secretaria.

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El Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 141 Nominación de Rosario, dentro de los autos caratulados: NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A. c/SACCANI MARCELO s/Demanda Ejecutiva, Expte. N° 21-02938561-8, hace saber que el Sr. Marcelo Gustavo Juan Saccani, DNI: 16.861.217, ha sido declarado rebelde, en consecuencia se proseguirá el juicio sin su representación. Rosario, 10 de Noviembre de 2021. Dra. Arreche, Secretaria Subr.

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Ejecución de Circuito N° 2 de Rosario y en autos: UTRERA DANIEL RICARDO c/SUAREZ CINTIA NOELIA s/Juicio ejecutivo; CUIJ 21-13902317-7, se hace saber que se dictó la siguiente Resolución: N° 924. Rosario, 08 JUN 2021. Y Visto:... Y Considerando:... Fallo: Ordenar llevar adelante la ejecución contra los bienes de Suárez, Cintia Noelia hasta que la actora perciba el importe íntegro del crédito por la suma de $7.530,00 (Siete mil quinientos treinta pesos con 00/100 cent.) en concepto de capital, con más los intereses según la tasa fijada en la parte considerativa de la presente desde la mora hasta el efectivo pago y las costas.- II-Costas a la parte demandada vencida (art. 251 CPCC).- III- Regular los honorarios del/la Dr/a. Falconi, Juan Martín - CUIT: 20-34294045-6, Monotributista- en la suma de $5.768,62, equivalentes a 1 Jus (arts. 7 inc. 2 B; 4 y 12 inc. 7 Ley nro. 6.767 t.o. Ley 12.851). Los honorarios se actualizarán de acuerdo al valor de la unidad Jus hasta el momento en que quedaren firmes; desde tal fecha y hasta el efectivo pago se aplicará un interés moratorio equivalente a la Tasa Activa Capitalizada del Nuevo Banco de Santa Fe S.A.. Intímase al profesional a que acompañe constancia de Condición Fiscal (AFIP) en el término de cinco días, si no lo hubiere cumplimentado. Oportunamente dese vista a Caja Forense. Insértese y notifíquese. Firmado: Dra. María Longhi, Secretaria. Dr. Luciano Ballarini.

$ 33 468631 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición del Sr. Juez del Juzg. 1ra. Inst. Civil y Comercial 5ta. Nom., a cargo de la Dra. Lucrecia Mantello, Secretaria del Autorizante, se hace saber que dentro de los autos caratulados: SAN MARTINO, GUSTAVO GABRIEL c/GALLARDO, SERGIO JOSE LUIS s/Juicio Ejecutivo” CUIJ 21-02876504-2 en fecha 24/06/2021, se ha ordenado la rebeldía de la parte demandada, el Sr. Gallardo Sergio José Luis D.N.I. Nro. 28.976.105, a fin que se prosiga el juicio sin su representación, citándose por edictos conforme lo normado por el art. 67 y 73 del CPCC, publicándose tres veces venciendo el término cinco días después de la última publicación. Rosario, 5 de Octubre de 2021. Dra. Rubulotta, Secretaria Subr.

$ 33 468634 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 15ta. Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Carlos E. Cadierno -Juez-, Secretaría de la Dra. Elisabet Felippetti, en los autos caratulados: GRIMALDI, SEBASTIAN s/Pedido de quiebra - 21-02938280-5 (187/2021), por Sentencia N° 1364 de fecha 26/10/2021 se ha declarado la quiebra de Sebastián Grimaldi, DNI N° 28.055.691. Que se fijó el día 16/03/2022, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar los pedidos de verificación de crédito ante el síndico; fijar el día 29/04/2022, para que la sindicatura presente el informe individual y fijar el día 13/06/2022, para que la sindicatura presente el informe general.- Asimismo, se hace saber que el síndico interviniente en autos es C.P. Héctor Horacio Del Valle, con domicilio legal en calle Rodríguez N° 372 de Rosario con horario de atención de lunes a viernes de 10:30 a 13:30 y de 17:00 a 20:00 hs.- Dra. Felippetti, Secretaria Subr.

S/C 468635 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición del Juzgado de Circuito 3 de Rosario y en autos: DI VIRGILIO, JORGE ALBERTO c/VENTURA RAFAEL CARMELO s/Prescripción Adquisitiva, 21-02906105-7, se hace saber que se dictó lo siguiente: Rosario, 10 de Marzo de 2021. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, a mérito del poder especial acompañado, désele la participación de Ley que por derecho le corresponda. Por iniciada la acción de usucapión en los términos expresados. Imprímase al presente el trámite de juicio sumario (art. 408 ss, y cc del CPCC). Cítese y emplácese a estar a derecho a la Parte demandada por el término y bajo los apercibimientos de ley. Ofíciese a la Dirección General de Catastro y al Registro General de Propiedades a fin que informen los datos catastrales y registrales del Inmueble a usucapir. Ofíciese a la Municipalidad que corresponda, a la Fiscalía de Estado Provincial y Agenda de Administración de Bienes del Estado a fin de que hagan saber a este Tribunal si existe interés fiscal sobre dicho inmueble. Fecho, ofíciese al Registro Nacional de las Personas y/o Secretaría Electoral correspondiente a fin de que informen en su caso respecto del domicilio de los titulares regístrales informados por el Registro General de Propiedades. Agréguese en autos la documental acompañada en original, debiendo certificarse por ante La actuaría la acompañada en copia simple. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Tribunales por el término y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese por cédula, debiendo el Sr. Oficial notificador observar el estricto cumplimiento del art. 63 del CPCC. Dra. María Luz Muré, Prosecretaria - Dra. Cecilia A. Camaño, Jueza. Ana Belén Curá, Secretaria.

$·33 468632 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décimo Primera Nominación de la Ciudad de Rosario, a cargo del Dr. Luciano D. Carbajo, en los autos: CORREA, ANIBAL EDUARDO c/RIPOLL, FABIAN RAMON s/Demanda Ordinaria (acción de repetición)“ CUIJ 21-02917870-1, se ha dispuesto notificar al demandado, Sr. Fabián Ramón Ripoll, la siguiente Resolución: “N° 1931. Rosario, 10/11/2021. Y VISTOS: Los presentes autos caratulados “CORREA, ANIBAL EDUARDO c/RIPOLL, FABIAN RAMON s/Demanda ordinaria (acción de repetición)“ CUIJ 21-02917870-4, de los que resulta;... Resuelvo: 1.- Hacer lugar a la demanda, y condenar a la demandada Fabián Ramón Ripoll, a pagar a la actora Aníbal Eduardo Correa, dentro de los cinco días de que quede firme la presente, la suma de dólares estadounidenses seis mil quinientos (U$S 6.500.-), con más los intereses fijados en los considerando de la presente, desde la mora mencionada y hasta el efectivo pago, con costas (art. 251 C.P.C.C. S.F.). 2.- Los honorarios se regularán oportunamente.- Insértese y hágase saber.- Fdo. Dra. Maria Florencia Di Rienzo (Secretaría). Dr. Luciano D. Carbajo (Juez).

Rosario, 3 de diciembre de 2021. Dra. Rocci, Secretaria en suplencia.

$ 33 468564 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 10ma. Nominación de Rosario, Dr. Mauro R. Bonato, se hace saber que en los autos: SERRANO JORGE OMAR c/MICHELETTI FERNANDO LUIS GUILLERMO y Otra s/Prescripción Adquisitiva, CUIJ 21-02857433-61 se ha decretado lo siguiente: “Rosario, 25 de noviembre de 2021. Agréguese edicto acompañado. No habiendo comparecido María Fernanda Micheletti y Diego Micheletti a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hacerlo, declárasela rebelde, y prosiga el juicio sin su representación. Fdo. Dr. Mauro Bonato (Juez), Dra. Marianela Maulión (Secretaria)“. Rosario, 26 de Noviembre de 2021. Dra. Marianela Maulión, Secretaria.

$ 33 468567 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición del Sr. Juez Dr. Pedro Antonio Boasso, secretaría de la Dra. Ma. Sol Sedita, Juzg. 1ª Instancia Civil y Comercial 16ª Nominación de Rosario, dentro de los autos caratulados PECORARO, MARIA CRISTINA SILVIA c/PELITTO FRANCISCO s/Prescripción adquisitiva; CUIJ N° 21-02839038-3; se notifica a la parte demandada Francisco Pellito y/o herederos y/o quien se considere con derechos sobre el inmueble ubicado en calle Colombia intersección Av. San Martín de la ciudad de Pueblo Esther, Departamento Rosario al T 64-I Folio 852 Nº 23.613 Lote Al Manzana 62 Plano N°/Año 172146/2012 Localidad Pueblo Esther; Zona Urbana. Partida Impuesto Inmobiliario 16-25-00-34842210001-6, Tasa Municipal Zona 01 Manzana 00062 Lote 9 Cuenta Municipal 013943, provincia de Santa Fe que atento no haber comparecido a estar a derecho, se lo declara rebelde y prosigue el juicio sin su representación. Se transcribe el decreto que así lo ordena: Rosario, Informando verbalmente la Actuaria en este acto que la parte demandada no ha comparecido a estar a derecho, decláresela rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Atento lo dispuesto por la Excma. Corte Suprema de Justicia de Santa Fe mediante Acuerdo Ordinario celebrado el día 05.12.2017, Acta 48 p. 12 para sorteo de defensor de oficio desígnase la audiencia del día hábil posterior a que quede firme el presente decreto oficiándose ala Presidencia de la Excma. Cámara Civil y Comercial de Rosario - vía correo electrónico por Secretaría - a tal fin. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL. Rosario, 08 de Noviembre de 2.021. Dra. Maria Sol Sedita, secretaria.

$ 52,50 468518 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito de la 2ª Nominación de la Ciudad de Rosario, dentro de los autos MUNICIPALIDAD DE ROSARIO c/SAMPAOLESI, ROGELIO s/Apremios fiscales municipales; CUIJ N° 21-02925115-8, por resolución Nº 2.710 de fecha 02 de Diciembre de 2.019, se ha dispuesto lo siguiente: Rosario, 02 de Diciembre de 2.019. Y vistos: Los presentes caratulados MUNICIPALIDAD DE ROSARIO c/SAMPAOLESI, ROGELIO s/Apremios fiscales municipales; Expte. 987/2019; Y considerando: las constancias de autos; RESUELVO: Por presentado, con domicilio legal constituido, en el carácter invocado a mérito de la copia del poder general acompañado que deberá certificar. Désele la participación correspondiente. Por iniciada la acción que se expresa, cítese de remate a la demandada con la prevención de que si dentro del término de ocho días no opone excepción legítima se llevará adelante fa ejecución (cfme. Art. 7 de la Ley Provincial 5.066). Notifíquese por cédula haciéndole saber al Oficial Notificador que deberá informar si el demandado vive allí y sólo en caso afirmativo proceder a practicar la notificación. Trábese embargo sobre bienes libres de la demandada hasta cubrir la suma de $ 70.262,46 por todo concepto. Duplíquense los plazos procesales, de conformidad con lo dispuesto por la Ley 9040. Insértese y hágase saber. Firmado por la Dra. Marianela Godoy (Secretaria); y por la Dra. Mónica Klebcar (Jueza). Rosario, 19 de Noviembre de 2.021. Dra. Cecilia G. Vaquero, prosecretaria.

S/C 468520 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 12ª Nom. de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a lo bienes dejados por el causante Sr. Juan Carlos Saavedra, DNI Nº 6.072.153 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados SAAVEDRA JUAN CARLOS s/Declaratoria de herederos; CUIJ Nº 21-01471533-6.

$ 45 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 7ª Nominación de la ciudad de Rosario, a cargo del Dr. Quiroga, Secretaría de la Dra. González se cita y emplaza a comparecer a los herederos de Susana Teresa Calosso, DNI Nº 10.187.378, por si o por apoderado por el término de ley. Autos: AGÜERO, MARÍA ISABEL sobre Sucesión; Expte. 1160/2009, CUIJ Nº 21-012792007. Fdo. Dr. Quiroga, Juez; Dra. Martinucci, Prosecretaria Suplente. Rosario, 09 de Noviembre de 2.021.

$ 45 Dic. 13 Dic. 15

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CASILDA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


La Sra. juez de primera instancia de distrito en lo civil, comercial y laboral Nº 7 de Casilda, 1ª nominación, hace saber que en los autos caratulados CACCIAGIONI MARIO JOSE c/NONINO JUAN ANTONIO y otros s/Prescripción adquisitiva; CUIJ N° 21-25858161-7 se ha dictado lo siguiente: Casilda, 18 de Agosto de 2.021: Cítese a comparecer bajo apercibimientos de ley a los herederos declarados en los autos NONINO, JUAN ANTONIO s/Declaratoria de Herederos; CUIJ Nº 21-25807053-1. Notifíquese. Dra. Viviana M. Guida (Secretaria), Dra. Mariela Alvarez (Juez). Casilda, 25 de Agosto de 2.021. En el día de la fecha se agrega escrito suelto cargo Nº 8850/21 y se provee: Publíquense edictos para el caso de existir terceros interesados. Notifíquese. Fdo. Dra. Viviana M. Guida (Secretaria). Casilda, 30 de Noviembre de 2.021.

$ 43,89 468596 Dic. 13

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CAÑADA DE GOMEZ

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


LASORELLA NORMA GRACIELA s/Sucesorio; Expte. CUIJ Nº 21-26027293-1. Por disposición del Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Distrito Judicial Nº 6, 1ª Nominación, Secretaria Dr. Guillermo R. Coronel, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de Norma Graciela Lasorella, para que comparezca a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de (1) día conforme disposiciones del Art. 2340 CC y CN y Estrados del Tribunal. Cañada de Gómez. Guillermo R. Coronel, secretario.

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