picture_as_pdf 2021-12-07

JUZGADO FEDERAL


Por disposición del Juzgado Federal de Primera Instancia N° 1 de Santa Fe, Secretaría de Ejecuciones Fiscales, de la ciudad de Santa Fe, sito en calle San Jerónimo N° 2.034, en los autos: S.R.T. c/EGUILUZ, LEONIDAS SEBASTIAN s/Superint. riesgo del trabajo; (FRO 020528/2018), se intima de pago y se cita al Sr. Leonidas Sabastian Eguiluz, CUIT N° 20-29284780-8, para que comparezca a oponer excepciones y constituir domicilio en el término de cinco (5) días hábiles, bajo apercibimientos de ley. Firmado: Dr. Reinaldo Rubén Rodríguez (Juez Federal). Muriel Belén Arteaga, secretaria.

S/C 467707 Dic. 07 Dic. 14

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JUZGADO LABORAL


Por disposición del Juzgado de primera Instancia de Distrito en materia Laboral de la Cuarta Nominación de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe, en autos caratulados NUÑEZ, JULIO CESAR c/CLAUSEN, GUSTAVO GERMÁN y otros s/Cobro de pesos - Rubros laborales; CUIJ N° 21-04773368-2, se cita y emplaza a los herederos del codemandado, Sr. Juan José Cantelli, a efectos que comparezcan a hacer valer sus derechos en la Audiencia prescripta por el art. 51 de la ley provincial 7.945, ofrecimiento de nueva prueba -mediante memorial-, absolución de posiciones del demandado y del accionante, a celebrarse el día 9/06/2021 a las 9:30 horas. Bajo apercibimiento de Ley A sus efectos se publica por el plazo de tres días en el BOLETÍN OFICIAL y se exhibe en el hall de Tribunales. Dra. Silvina P. Melchiori, secretaria.

S/C 467896 Dic. 07 Dic. 10

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Numero Uno en lo Laboral de la Segunda Nominación, con domicilio en calle San Martín N° 2.651 de la ciudad de Santa Fe, Pcia. de Santa Fe, en autos: PUEBLA LEONARDO c/BERON ANAHI y otros s/Cobro de pesos - Rubros laborales; 21-04793649-4 se informa que se ha ordenado el sorteo de un Defensor Ad Hoc, fijándose fecha para el día 06/12/2921 alas 12:00 hs. Para mayor recaudo se transcribe la parte pertinente del decreto que así lo ordena: Santa Fe, 02 de Noviembre de 2.021. Agréguese. Atento las constancias de autos y para que tenga lugar el sorteo d un Defensor Ad Hoc, fuese fecha para el día 06/12/2021 a las 12.00 hs. Notifíquese por edictos. Fdo.: Dr. Diego J. Romero, secretario; Dr. Carlos Garibay, Jueza Cargo.

S/C 467760 Dic. 07 Dic. 10

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TRIBUNAL COLEGIADO


Por disposición de la Sra. Jueza de Trámite del Tribunal Colegiado de Familia Número Tres, Primera Secretaria, de esta ciudad de Santa Fe, Dra. Adriana Lorena Benítez, Secretaría a cargo del Dr. Adolfo Drewanz, en autos: MONTERO, LUIS ALBERTO c/MOSQUEDA, MIRTA HILDA s/Divorcio; Expte. C.U.I.J. Nº: 21-10731636-9, se ha resuelto, Santa Fe, 03 de Noviembre de 2.021. Vistos: ...;, Y considerando: ...; Resuelvo: 1) Declarar el Divorcio de Luis Alberto Montero y Mirta Hilda Mosqueda, matrimonio celebrado en Coronda, Departamento San Gerónimo, Provincia de Santa Fe, República Argentina, el 23 de Junio de 1977, según Acta N° 30, Año 1977. 2) Imponer las costas del proceso en el orden causado. 3) Regúlanse los honorarios profesionales del Dr. Esteban Vullo en la suma de $ 85.5923 70 equivalente a 10 unidades Jus, por su labor por el trámite de divorcio. Los estipendios así regulados deberán ser cancelados dentro de los 10 días de notificadas las partes de este pronunciamiento. Vencido dicho término devengarán un interés equivalente al que percibe el Nuevo banco de Santa Fe S. A. en sus operaciones de descuento de documentos a 30 días, sumada. Córrase vista a Caja Forense en forma remota, por Secretaría. Hágase saber que sólo procederá la adecuación del valor de la unidad jus hasta que el presente adquiera firmeza conforme criterio sostenido por la C.S.J de la Provincia de Santa Fe en autos MUNICIPALIDAD DE SANTA FE contra BERGAGNA, EDUARDO - Apremio Fiscal (Expte. Nº 121/10) sobre Recurso de inconstitucionalidad; (Expte. C.S.J. N° 578, año 2.011). 4) Protocolícese, notifíquese. Oportunamente ofíciese al Registro Civil. Firmado: Dra. Silvina Loza, Secretaria A/C. Dra. Adriana Lorena Benítez, Jueza. Santa Fe, 12 de Noviembre de 2.021. Dr. Adolfo J. M. Drewanz, secretario.

$ 50 467881 Dic. 07 Dic. 14

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Por disposición de la Sra. Jueza del Tribunal Colegiado de Familia Nº 2- 2ª Secretaría —Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe, sito en calle Tucumán Nº 2.846 de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en autos caratulados: RUGGERO, CLAUDIA ANDREA c/herederos de ROSALES, JULIO CESAR s/Reclamación de filiación extramatrimonial; Expte. CUIJ Nº 21-10731926-0, se ha ordenado publicar lo siguiente: Santa Fe, 09 de Noviembre de 2.021. Téngase presente. Agréguese. Atento constancias de la causa, declárase rebeldes a los herederos de Julio Cesar Rosales. A los fines del sorteo de Defensor de Ausentes., señálese audiencia para el día 06 de Diciembre de 2.021 a las 8:30 hs. A sus efectos, comuníquese digitalmente a la Presidencia de la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, firme que se encuentre el presente y a instancia de parte, quien deberá efectuar ante la actuaria el pedido de envío del correo digital para la solicitud de sorteo, dos días antes de la fecha señalada (punto 9, acordada Nº 42/2013 de la Excma. Corte Suprema de Justicia). Notifíquese. m.s.n. Fdo.: Maria Guadalupe Gon—Secretaria; Maria Carolina Moya —Jueza. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 18 de Noviembre de 2.021.

$ 33 467784 Dic. 07 Dic. 10

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Por estar así dispuesto por el Tribunal Colegiado de Familia N° 2, Segunda Secretaría, de los Tribunales de la Provinciales de esta ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados GUTIERREZ, SANDRA GUADALUPE c/BAUERN SCHMIDT, HECTOR JOSE s/Alimentos, litis expensas y cuidado personal; (CUIJ Nº: 21-00284911-6), se hace saber que en fecha 20 de Septiembre del año 2.021, se ha dictado decreto regulatorio de los honorarios profesionales del Dr. Carlos Esteban Batalla en la suma de $ 148.223,80 (21,43 jus) por el juicio de Alimentos; y en la suma de $ 41.499,48 (6 jus) por el Cuidado Personal. Hágase saber que en caso de incumplimiento, los intereses que se aplicarán a los honorarios adeudados son los que establece el Banco de la Nación Argentina para tasas activas en pesos, desde la constitución en mora y hasta el efectivo pago. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el Hall de Tribunales. Secretaría, 23 de Noviembre de 2.021. Maria Guadalupe Gon, secretaria.

$ 45 467761 Dic. 07 Dic. 14

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición del juzgado de primera instancia en lo civil y comercial de la 2ª Nominación de la ciudad de Santa Fe, y en autos ANTUNEZ, CLAUDIA NOEMI c/quien resulte titular registral s/Prescripción adquisitiva; CUIJ Nº 21-01996682-5, se hace saber que se dicto lo siguiente: Santa Fe, 30 de Abril de 2.019. Por cumplimentado lo requerido. Agréguese. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado. Acuérdasele la participación legal correspondiente. Por iniciada formal demanda de prescripción adquisitiva que tramitará según las normas M proceso ordinario (arts 398 del CPCC). Cítese y emplácese a Margarita Antunez y/o contra quien resulte jurícamente responsable y/o titular del dominio del inmueble en cuestión por el plazo de ley para que dentro del mismo comparezca a estar a derecho y tomar la intervención que le corresponda bajo apercibimiento de rebeldía (arts. 72, 76 y ss., CPCC). Publíquense edictos en el Boletín Oficial en legal forma. Dése intervención a la Municipalidad de Santa Fe y al Gobierno de la Provincia de Santa Fe, por si hubiese interés fiscal comprometido. Téngase presente la prueba ofrecida. En caso de resultar necesarios a fin de conocer el actual domicilio del demandado, líbrense oficios requiriéndose informes al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional Electoral o al Registro Público de Comercio, según corresponda. En los demás oficios que el profesional estime necesarios para averiguar el domicilio del demandado, deberá diligenciarlos por la vía prevista por el art. 25, inc. a. CPCC, transcribiendo nombre completo, número y tipo de documento de identidad y último domicilio conocido del demandado. Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos Civiles, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación recomendado por Acuerdo Ordinario - Acta 48/2017 de fecha 5 de Diciembre de 2.017 de la Excma. Suprema Corte de la Provincia de Santa Fe. Por tanto, se hace saber que las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor y la comparencia a las audiencias será valorada en orden al art. 4 de la ley 12.851. Notifíquese por cédula, debiendo el Sr. Oficial notificador observar el estricto cumplimiento del art. 63 CPCC. Fdo. Dr. Carlos Federico Marcolin (Juez). Fdo. Dr. Pablo Cristian Silvestrini (Secretario).

$ 100 468071 Dic. 07 Dic. 10

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nº 1, se hace saber que en los autos: ROLDAN, JESUS AMADO s/Solicitud propia quiebra; CUIJ N° 21-02020360-6, se ha dispuesto: Santa Fe. Prorrogar los plazos establecidos en la resolución de fecha 29 de Diciembre de 2.020 y fijar el día 03/03/2022 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes al síndico CPN Carlos Alberto Sara con domicilio en calle Juan De Garay 2.855; Horario de atención: los días hábiles de 16:00 a 20:00 horas. Fijar el día 04/04/2022 como fecha hasta la cual se pueden presentar las observaciones a los créditos, los informes individual y general, los días 18/05/2022 y 29/07/2022, respectivamente. Insértese, agréguese y hágase saber. Firmado: DR. Gabriel O. Abad – Juez; Dra. Verónica G. Toloza – Secretaria. Secretaría. Dra. Natalia Gerard, prosecretaria.

S/C 468032 Dic. 07 Dic. 14

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Por así estar dispuesto en los autos HERNANDEZ GERARDO FABIAN s/Quiebra; CUIJ Nº 21-02029367-2 la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Forno, ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 25 de Noviembre de 2.021. Autos y vistos: ...; Considerando:...; Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Hernández Gerardo Fabián apellido materno Romero, argentino, D.N.I. Nº 38.723.746, CUIL Nº 20-38723746-2, mayor de edad, empleado, domiciliado realmente en calle Monasterio n° 1231 de Santo Tome y legal en calle Monseñor Zaspe Nº 2.670 de la ciudad de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. 6) Ordenar que se proceda a la interceptación de correspondencia del fallido y su entrega al Síndico. 7) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. 8) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 9) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría B, para el día 24/11/2021 a las 10.00 hs. A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 11) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallida por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe la misma, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos (códigos de descuentos) correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 12) Fijar el día 10/02/2022, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, facúltase a la Sindicatura a recibir los pedidos de verificación mediante correo electrónico, el cual habrá de ser consignado al aceptar el cargo, junto a un número telefónico directo de contacto y CBU para un eventual depósito de los aranceles de ley. Deberá, en tal caso, establecer claramente en los edictos a publicarse conforme al art. 89 LCQ, cuál será la modalidad de dicha recepción (a distancia, virtual o en forma presencial), así como el mecanismo a adoptar para la presentación de los títulos justificativos (en caso de requerimiento expreso por la sindicatura), firma (ológrafa o digital) del presentante, constitución de domicilio procesal y la fecha de presentación. Puede igualmente disponer un entorno virtual a los fines de publicar los pedidos de verificación al que podrán acceder los demás acreedores, posibilitando la visualización y control de los créditos insinuados para, en su caso, formular las observaciones pertinentes. Se fija el arancel previsto en la ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. El mismo, deberá hacerse efectivo directamente ante el órgano sindical, en efectivo o mediante transferencia bancaria del importe a la CBU indicada por el mismo, que bastará como recibo correspondiente. 13) Fijar el día 25/02/2022 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 14) Señalar el día 25/03/2022 como fecha hasta la cual Sindico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 06/05/2022 para la presentación del Informe General. 15) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos, se librarán oficios y/u oficio ley 22.172. Fecho, exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la persona fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 -y por su remisión el art. 21- ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 16) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 17) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 18) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Fdo.: Dra. Beatriz Forno: Jueza - Dra. Viviana Naveda Marcó: Secretaria. Conste: Que en el sorteo de Síndico realizado el día 24 de Noviembre de 2.021 para estos autos, resultó sorteado Síndico el C.P.N. Héctor González con domicilio en calle 25 de Mayo N° 3.407 de esta ciudad.

S/C 468030 Dic. 07 Dic. 14

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En autos PACHECO HUBER, IGNACIO MARTIN c/PANIZZA, SILVIO MAURICIO s/Apremios-cuestiones relativas honorarios; CUIJ Nº 21-02010073-4, en trámite ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 11ª Nominación de la ciudad de Santa Fe el Sr. Juez ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 10 de Noviembre de 2.021. Vistos: los autos PACHECO HUBER, IGNACIO MARTIN c/PANIZZA, SILVIO MAURICIO s/Apremios-cuestiones relativas honorarios; (CUIJ Nº 21-02010073-4), que se tramitan por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación, y; Considerando: ... Resuelvo: Mandar llevar adelante la ejecución hasta que la parte actora se haga íntegro cobro del capital reclamado, con más sus intereses, de conformidad a lo expuesto en los considerandos precedentes y las costas del pleito. Regístrese y hágase saber. Fdo.: Sandra S. Romero, Secretaria; Ana Rosa Alvarez, Jueza. Fdo: Secretaría. 19/11/21

$ 33 468018 Dic. 07 Dic. 10

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Por estar así dispuesto en los autos caratulados SCALCIONE, VICENTE NICOLÁS s/Solicitud Propia Quiebra; (CUIJ Nº: 21-02006277-8), el Señor Juez ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 02 de Noviembre de 2.021. Agréguese el informe de saldo bancario adjunto. Por presentado proyecto de distribución complementario. De manifiesto el mismo por el término de ley. Procédase a notificar conforme lo establecen los arts. 218 y 219 de la Ley 24.522. Notifíquese. Firmado: Dr. Diego Aldao (Juez) - Dra. Mercedes Dellamonica (Secretaria). Santa Fe, 19 de Noviembre de 2.021. Dra. Alina Prado, prosecretaria.

S/C 468020 Dic. 07 Dic. 09

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El juzgado de primera instancia de distrito en lo civil y comercial de la 3ª Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo de la Dra. Beatriz Forno De Piedrabuena, comunica por dos días que en los autos: FERNANDEZ CRISTIAN ANDRES s/Quiebra; (CUIJ Nº 21-01986595-6), que tramitan ante el Juzgado de Primera Instancia Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la 3ª Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se ha declarado la conclusión del procedimiento de quiebra al Tomo: 50 Folio: 144 Resolución: 470 de fecha 02/11/2021: Autos y vistos... Considerando... Resuelvo: 1) Declarar concluido el presente concurso. 2) Líbrense las comunicaciones respectivas a los Organismos pertinentes. 3) Procédase al levantamiento de la inhibición oportunamente ordenada. Ofíciese. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Fdo.: Dra. Viviana Naveda Marcó - Secretaria. Dra. Beatriz Forno - Jueza. Lo que se pública a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 09 de Noviembre de 2.021. Secretaria. Dra. Marisa Wagner, prosecretaria.

S/C 468021 Dic. 07 Dic. 09

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación, Dra. Viviana Marín, Secretaría a cargo de la Dra. Romina Botto, se ha dispuesto publicar el siguiente edicto en los autos: PIOLI, PAOLA MARÍA s/Quiebra; CUIJ N° 21-02010730-5, haciendo saber que se ha presentado por la Sindicatura el informe final y proyecto de distribución que prescribe el art. 218 de la Ley Concursal. Asimismo se deja constancia que se han regulado los honorarios profesionales del Síndico CPN Raúl Rogelio Tallano en la suma de $ 189.346,54 y de la Dra. María Clara Talamé en la suma de $ 81.148,52. Santa Fe, a los 18 días del mes de Noviembre de dos mil veintiuno. Maria Romina Botto, secretaria.

S/C 468022 Dic. 07 Dic. 09

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Por disposición de la señora Jueza del Tribunal de Primera Instancia de Distrito de la Primera Nominación en lo Civil y Comercial de la ciudad de Santa Fe en los autos caratulados: PONCE DE LEON, GLORIA GUADALUPE s/Solicitud propia quiebra; (CUIJ Nº 21-02003789-7), se hace saber que el Sr. Síndico ha presentado el informe final y proyecto de distribución previstos en el art. 218 de la Ley 24.522, y se han regulado los honorarios profesionales, lo que se publica a sus efectos legales. Un decreto: Santa Fe, 20 de Octubre de 2.021. Proveyendo escrito cargo Nº 11.916: Atento lo manifestado por la apoderada de la fallida y siendo el incremento salarial del sueldo de Secretario retroactivo al 01/096/2021, readecúense los honorarios regulados en fecha 27/09/2021 (fs. 148), y en consecuencia, fijar los honorarios totales en la suma de $ 270.495,06, equivalente a un sueldo de Secretario de Primera Instancia, a distribuir como sigue: $ 189.346,54 (70%) para la sindicatura de autos C.P.N. Alfio Martín Re; $81.148,51 (30% - 9,48 jus) para la Dra. María Clara Talamé. Proceda Sindicatura oportunamente a formular proyecto de distribución de los fondos, una vez deducidos los gastos del presente proceso. Córrase vista a la Caja Forense y al Consejo de Ciencias Económicas. A sus efectos, hágase saber que la clave del expediente es: 6183. Notifíquese. (...) Fdo. Dra. Ma. Romina Botto (Secretaria) Dra. Viviana E. Marin (Jueza). Otro decreto: Santa Fe, 05 de Noviembre de 2.021 (...) Sin perjuicio de acompañar conformidad de Caja Forense conforme fuere ordenado en fecha 20/10/21 (fs. 97); por presentado informe final y proyecto de distribución previsto por el art. 218 de la LCQ. De manifiesto por el término de ley, publicándose edictos a tales fines. Notifíquese. Fdo. Dra. Ma. Romina Botto (Secretaria), Dra. Jueza Viviana Marin. Santa Fe, 19 de Noviembre de 2.021.

S/C 468023 Dic. 07 Dic. 09

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito Nro. 1 en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Primera Secretaría de la Ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: MUTUAL ENTRE ASOCIADOS Y ADHERENTES DEL CLUB ATLÉTICO FRANCK c/OVIEDO, LUCAS RODRIGO CEFERINO y Otros s/Cobro de pesos (CUIJ 21-15791223-9), se notifica al demandado Luis Omar Ciro, DNI Nro. 21.718.789, que ha sido declarado rebelde, lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 24 de Junio de 2021. Dra. Galiano, Prosecretaria.

$ 33 467972 Dic. 7 Dic. 10

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación, se hace saber que en los autos: QUEVEDO, PAMELA FABIANA s/Quiebra (CUIJ 21-02028439-8), se ha dispuesto: Santa Fe, 2da. Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Pamela Fabiana Quevedo, D.N.I. 28.731.219, apellido materno González, casada, con domicilio real en calle Gaboto 2458 de la ciudad de Santo Tomé y legal en calle Junín 2883 de la ciudad de Santa Fe, ambos de la provincia de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C.- 5) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 11) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales, para el día 01 de diciembre de 2021 a las 10.00 hs.- 13) Fijar el día 30 de diciembre de 2021 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. 14) Fijar el día 10 de febrero de 2022 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos.- 15) Señalar el día 14 de marzo de 2022 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito acompañando legajos en soporte papel y en archivo PDF para su publicación en el sistema informático; y el día 27 de abril de 2022 para la presentación del Informe General.- Sin previo pago (art. 89 - 3er. párrafo Ley 24522). Fdo. Dr. Pablo Cristian Silvestrini (secretario) - Dr. Carlos F. Marcolín (Juez).

S/C 467991 Dic. 7 Dic. 14

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El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo de la Dra. María Romina Kilgelmann, Secretaría a cargo de la Ena. María Ester Noé de Ferro, sito en calle San Jerónimo 1551, hace saber que en los autos: ALGUACIL ANA LAURA s/Quiebra, (CUIJ N° 21-02028926-8) en fecha 11 de Noviembre de 2021, se ha procedido a la declaración de quiebra de Ana Laura Alguacil, DNI N° 34.523.337, argentina, de apellido materno Ferrer, mayor de edad, empleada, domiciliada realmente en calle Ingeniero Boassi N° 2104 de Laguna Paiva y, con domicilio ad litem constituido en calle San Jerónimo N° 3194 Oficina 14, Piso 2, de la ciudad de Santa Fe. Asimismo se ha dispuesto la incautación de la totalidad de los bienes y papeles en poder de la deudora y terceros; prohibir a los terceros hacer pagos a la fallida bajo apercibimiento de resultar ineficaces; intimar a la fallida para que haga entrega de toda la documental que obrare en su poder y establecer que los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación los títulos pertinentes hasta el 17/02/2022 inclusive. Secretaría, 11 de Noviembre de 2021. María Ester Noé de Ferro, Secretaria.

S/C 467845 Dic. 7 Dic. 14

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Por disposición del señor Juez del Tribunal de Primera Instancia de Distrito de la Segunda Nominación en lo Civil y Comercial de la ciudad de Santa Fe en los autos caratulados: ORTIZ, CARINA MARTA s/Quiebras (CUIJ 21-02003885-0)11, se hace saber que el Sr. Síndico ha presentado el informe final y proyecto de distribución previstos en el art. 218 de la Ley 24.522, y se han regulado los honorarios profesionales, lo que se publica a sus efectos legales. Un decreto: “Santa Fe, 02 de Agosto de 2021. Y Vistos: (...) Considerando: (...) Resuelvo: 1) Regular los honorarios del CPN Mario Alberto Rostagno en la suma de $153.007,30 a la que deberá adicionarse el 21% en concepto de IVA. 20) Regular los honorarios de la Dra. Florencia Gorostizu en la suma de $ 65.574,57. ( ... ) Fdo. Dr. Pablo Silvestrini (Secretario) Dr. Carlos Federico Marcolin (Juez)“.

Otro decreto: “Santa Fe, 10 de Noviembre de 2021 (...) ténganse por suficientes -y sin perjuicio de ulteriores complementaciones que resultaren menester-el informe final y proyecto de distribución presentado a fs. 183 (cargo 9094/21). Pónganse de manifiesto por el término de ley. Publíquense edictos por dos días en el BOLETÍN OFICIAL. Notifíquese. Fdo. Dr. Pablo Silvestrini (Secretario) Dr. Carlos Federico Marcolin (Juez).

S/C 468007 Dic. 7 Dic. 9

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 7ma. Nominación de esta ciudad, Dr. Lucio Alfredo Palacios en los autos: RENZULLI, SABATINO OSCAR c/FERRARO, ANGEL y Otro s/Ordinario, CUIJ 21-00907718-6, se cita y emplaza al codemandado Luis Mario Spina y/o sus herederos para que comparezcan a los presentes actuados en el término y bajo apercibimientos de ley. A sus efectos publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y exhibiéndose los mismos en el hall de planta baja de Tribunales de esta ciudad. Santa Fe, 12 de Noviembre de 2021. Dr. Gómez, Secretario.

$ 33 467977 Dic. 7 Dic. 10

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación, se hace saber que en los autos: TACTAGI, OSCAR ERNESTO s/Solicitud propia quiebra (CUIJ 21-02029013-4), se ha dispuesto: Santa Fe, 19 de Noviembre de 2021. Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Oscar Ernesto Tactagi, D.N.I. 14.764.488, apellido materno Di Lorenzo, casado, con domicilio real en calle Belgrano 5690 de la localidad de Monte Vera y legal en calle Monseñor Zaspe 2670 de la ciudad de Santa Fe, ambos de la provincia de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 11) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales, para el día 24 de noviembre de 2021 a las 10.00 hs.. 13) Fijar el día 23 de diciembre de 2021 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. 14) Fijar el día 03 de febrero de 2022 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 15) Señalar el día 07 de marzo de 2022 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito acompañando legajos en soporte papel y en archivo PDF para su publicación en el sistema informático; y el día 20 de abril de 2022 para la presentación del Informe General. Sin previo pago (art. 89 - 3er. párrafo Ley 24522). Fdo. Dr. Pablo Cristian Silvestrini (Secretario) - Dr. Carlos F. Marcolín (Juez).

S/C 467758 Dic. 7 Dic. 14

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación, se hace saber que en los autos: ZALAZAR, STELLA MARIS GUADALUPE s/Quiebra” (CUIJ 21-02025755-2) se ha dispuesto: Santa Fe, 19 de Noviembre de 2021. Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Stella Maris Guadalupe Zalazar, D.N.I. 10.677.465, apellido materno Lucero, Divorciada, con domicilio real en calle calle Tarragona 869 B° Centenario de la ciudad de Santa Fe y legal en calle Gobernador Crespo 3350, Piso Cuarto, Depto B de la ciudad de Santa Fe, ambos de la provincia de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C.- 5) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad.- 6) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 11) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales, para el día 24 de noviembre de 2021 a las 10.00 hs.- 13) Fijar el día 23 de diciembre de 2021 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. 14) Fijar el día 03 de febrero de 2022 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos.- 15) Señalar el día 07 de marzo de 2022 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito acompañando legajos en soporte papel y en archivo PDF para su publicación en el sistema informático; y el día 20 de abril de 2022 para la presentación del Informe General.- Sin previo pago (art. 89 - 3er. párrafo Ley 24522). Fdo. Dr. Pablo Cristian Silvestrini (secretario) Dr. Carlos F. Marcolín (Juez).

S/C 467759 Dic. 7 Dic. 14

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Por disposición de la Señora Jueza del Juzgado de Distrito Uno en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, con domicilio en San Jerónimo 1551, en los autos: RAMIREZ, DAVID EUGENIO s/Pedido de quiebra, CUIJ 21-02014470-7, en fecha 10 de Noviembre de 2021 se ha dispuesto lo siguiente: “… De manifiesto por el término de ley el proyecto de distribución efectuado por Sindicatura. Atento a lo provisto por el art. 218 LCQ, publíquense edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales. Notifíquese. Firmado: Dra. Ma. Romina Botto, Secretaria - Dra. Viviana E. Marín, Jueza.

Santa Fe, 18 de Noviembre de 2021. Dra. Benzo, Prosecretaria.

S/C 467708 Dic. 7 Dic. 14

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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe en autos: GIRELLI OMAR DARIO s/Solicitud de propia quiebra - CUIJ 21-02018977-8, se hacer saber que el monto total de los honorarios regulados asciende a la suma total de $ 270495,06 distribuidos en un 70% en favor de la Sindicatura C.P.N. Gabriela Trivisono esto es la suma de $ 189.346,54 y el 30% restante en favor del apoderado de la fallida Dr. Alejandro González, esto es la suma de $ 81148752 a lo que deberá adicionarse el 21% de IVA. Asimismo la Sindicatura ha formulado proyecto de Distribución de fondos y el mismo se encuentra de manifiesto por el término de ley (Art. 218 LCQ). Fdo. Dra. Beatriz Forno (a cargo). Santa Fe, 19 de Noviembre de 2021. Dra. María Romina Botto (Secretaria).

S/C 467856 Dic. 7 Dic. 9

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Por así estar dispuesto en los autos ROMERO MILVA s/Quiebra; CUIJ N° 21-02027103-2 la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Forno, ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 11 de Noviembre de 2.021. Autos y vistos: ...; Considerando:...; Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Milva Romero, apellido materno Mansilla, argentina, D.N.I. N° 32.898.134, CUIL Nº 27-32898134-9, mayor de edad, empleada, domiciliada realmente en calle Angel Casanello N° 2.590 y legalmente en calle 25 de Mayo N° 2.126, Piso 2º, Dpto. B, ambos de la Ciudad de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. 6) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia del fallido y su entrega al Síndico. 7) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. 8) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 9) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría B, para el día 10/11/2021 a las 10.00 hs. A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 11) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallida por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe la misma, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos (códigos de descuentos) correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 12) Fijar el día 01/02/2022, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, facúltase a la Sindicatura a recibir los pedidos de verificación mediante correo electrónico, el cual habrá de ser consignado al aceptar el cargo, junto a un número telefónico directo de contacto y CBU para un eventual depósito de los aranceles de ley. Deberá, en tal caso, establecer claramente en los edictos a publicarse conforme al art. 89 LCQ, cuál será la modalidad de dicha recepción (a distancia, virtual o en forma presencial), así como el mecanismo a adoptar para la presentación de los títulos justificativos (en caso de requerimiento expreso por la sindicatura), firma (ológrafa o digital) del presentante, constitución de domicilio procesal y la fecha de presentación. Puede igualmente disponer un entorno virtual a los fines de publicar los pedidos de verificación al que podrán acceder los demás acreedores, posibilitando la visualización y control de los créditos insinuados para, en su caso, formular las observaciones pertinentes. Se fija el arancel previsto en la ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. El mismo, deberá hacerse efectivo directamente ante el órgano sindical, en efectivo o mediante transferencia bancaria del importe a la CBU indicada por el mismo, que bastará como recibo correspondiente. 13) Fijar el día 16/02/2022 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 14) Señalar el día 16/03/2022 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 27/04/2022 para la presentación del Informe General. 15) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos, se librarán oficios y/u oficio ley 22.172. Fecho, exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la persona fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 -y por su remisión el art. 21-ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 16) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 17) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 18) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Fdo.: Dra. Beatriz Forno: Jueza. Dra. Viviana Naveda Marcó: Secretaria. Conste: Que en el sorteo de Síndico realizado el día 17 de Noviembre de 2.021 para estos autos, resultó sorteado Síndico el C.P.N. Alejandro Rubén Monti, con domicilio en calle Uruguay N° 3.150, de esta ciudad.

S/C 467847 Dic. 07 Dic. 14

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El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo de la Dra. María Romina Kilgelmann, Secretaría a cargo de la Ena. María Ester Noé de Ferro, sito en calle San Jerónimo 1551, hace saber que en los autos: ALVAREZ CRISTIAN DAVID s/Quiebra; CUIJ Nº 21-02029239-0, en fecha 19 de Noviembre de 2.021 se ha procedido a la declaración de quiebra de Cristian David Alvarez, de apellido materno Alvarez, DNI N° 23.923.309, argentino, mayor de edad, empleado, domiciliado realmente en calle Gaboto N° 2.935, planta Alta y con domicilio ad litem constituido en calle Monseñor Zaspe N° 2.476 Oficina N° 15, ambos de la ciudad de Santa Fe. Asimismo se ha dispuesto la incautación de la totalidad de los bienes y papeles en poder del deudor y terceros; prohibir a los terceros hacer pagos al fallido bajo apercibimiento de resultar ineficaces; intimar al fallido para que haga entrega de toda la documental que obrare en su poder y establecer que los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes hasta el 22 de febrero de 2.022. Secretaría, 19 de Noviembre de 2.021. Maria Ester Noé de Ferro, secretaria.

S/C 467846 Dic. 07 Dic. 14

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Por encontrarse dispuesto en los autos caratulados: PEDRONI, ALEJANDRA PATRICIA s/Pedido de quiebra; CUIJ Nº 21-02008701-0 que se tramita por ante Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe a cargo de la Sra. Jueza Dra. Viviana E. Marin y Secretaria Dra. Ma. Romina Botto, se hace saber a usted por 02 (Dos) días publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe, que se ha presentado el Proyecto de Distribución Complementario art. 218 LCQ. Se trascribe la parte del decreto que así lo ordena: Santa Fe, 12 de Noviembre de 2.021. Agréguese. De manifiesto por el término de ley el proyecto de distribución complementario efectuado por Sindicatura. Atento a lo provisto por el art. 218 LCQ, publíquense edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y Hall de Tribunales. Atento lo manifestado por el apoderado de la fallida mediante escrito cargo N° 12.814 y lo proveído en fecha 27/10/21, el remanente deberá reintegrarse a la fallida. Notifíquese. Fdo: Dra. Vivian E. Marin, Jueza. Dra. Ma. Romina Botto, Secretaria. Santa Fe, 18 de Noviembre de 2.021. Dra. Georgina Benzo, prosecretaria.

S/C 467874 Dic. 07 Dic. 09

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nº 1 se hace saber que en los autos: FINOCHIETTI, JOSE MARIA s/Solicitud propia quiebra; CUIJ Nº 21-02028711-7, se ha dispuesto: 1) Declarar la quiebra de José Maria Finochietti DNI Nº 21.650.490, argentino, mayor de edad, jubilado, domiciliado realmente en calle San Martín 7.293 y legalmente en calle 9 de Julio 2.283 -primer piso- oficina 131, ambos de esta ciudad. Hágase saber al fallido que deberá denunciar un domicilio electrónico, y número de teléfono para mantener un contacto directo con el Juzgado. 5) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. A los efectos, se oficiará dejando constancia que la restricción de salida del país pesa hasta la fecha de presentación del informe general (30/06/2022). 10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales para el día 24/11/2021 a las 10.00 hs. Comuníquese a la Presidencia de la Cámara de Apelación. Hágase saber a la Sindicatura que podrá efectuar la aceptación del cargo mediante escrito remitido a la casilla de correo electrónico del Juzgado civil6sfe@justiciasantafe.gov.ar en el que deberá constituir domicilio electrónico y denunciar teléfono de contacto. 12) Fijar el día 21/02/2022, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes. Hágase saber que atento a la situación de emergencia, como a la creciente incorporación de TICs dentro de los procesos judiciales, se podrá realizar la verificación de créditos en forma presencial como no presencial, quedando el remitente con los originales a título de depositario judicial y con cargo de presentación ante requerimiento del Síndico o del órgano jurisdiccional. Al día siguiente hábil al vencimiento del plazo establecido en este punto, se deberá presentar la nómina de acreedores que hubieren pedido verificación. 13) Fijar el día 21/03/2022 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos, las que podrán realizarse de manera presencial o electrónica en el domicilio constituido a dichos fines. 14) Señalar el día 04/05/2022 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 30/06/2021 para la presentación del Informe General. 16) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q. en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe. 18) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 19) Comuníquese al Consejo de Profesionales en Ciencias Económicas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Firmado: Gabriel Abad- Juez; Dra. Verónica Gisela Toloza- Secretaria. Secretaría. Dra. Natalia Gerard, prosecretaria.

S/C 467848 Dic. 07 Dic. 14

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nº 1, se hace saber que en los autos: MENDOZA MATIÁS ANDIEA s/Solicitud propia quiebra; CUIJ N° 21-02028356-1, se ha dispuesto: 1) Declarar la quiebra de Matías Andrés Mendoza DNI Nº 34.114.816, argentino mayor de edad, empleado, domiciliado realmente en calle Llerena 3746 y legalmente en calle Moreno 3628 ambos de esta ciudad. Hágase saber al fallido que deberá denunciar un domicilio electrónico, y número de teléfono para mantener un contacto directo con el Juzgado. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél. 4) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 5) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 6) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia del fallido y su entrega al Síndico. 7) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. A los efectos, se oficiará dejando constancia que la restricción de salida del país pesa hasta la fecha de presentación del informe general (29/07/22). 10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales para el día 24/11/2021 a las 10.00 hs. Comuníquese a la Presidencia de la Cámara de Apelación. Hágase saber a la Sindicatura que podrá efectuar la aceptación del cargo mediante escrito remitido a la casilla de correo electrónico del Juzgado civil6sfe@justiciasantafe.gov.ar en el que deberá constituir domicilio electrónico y denunciar teléfono de contacto. 12) Fijar el día 03/03/22, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes. Hágase saber que atento a la situación de emergencia, como a la creciente incorporación de TICs dentro de los procesos judiciales, se podrá realizar la verificación de créditos en forma presencial como no presencial, quedando el remitente con los originales a título de depositario judicial y con cargo de presentación ante requerimiento del Síndico o del órgano jurisdiccional. Al día siguiente hábil al vencimiento del plazo establecido en este punto, se deberá presentar la nómina de acreedores que hubieren pedido verificación. 13) Fijar el día 04/04/22 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos, las que podrán realizarse de manera presencial o electrónica en el domicilio constituido a dichos fines. 16) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q. en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe. 17) A fin de dar a conocer la apertura del presente proceso, encomíendase a la Sindicatura la notificación a cada uno de los acreedores denunciados por la fallida (que podrá realizarse por Carta o por correo electrónico).Asimismo, corresponderá al Síndico la publicación de edictos a fin de dar a conocer sus datos de identificación (domicilio, teléfono y correo electrónico) así como la posibilidad de que los pedidos de verificación se realicen por via digital al correo electrónico denunciado por la Sindicatura. Se pone a disposición la clave del expediente para su consulta digital: CONTRASEÑA 3667 correspondiendo a la Sindicatura dar a conocer la misma en el caso de que los acreedores insinuantes así lo soliciten. Firmado: Dr. Gabriel Abad – juez; Dra. Verónica Toloza – Secretaria. Secretaría. Dra. Natalia Gerard, prosecretaria.

S/C 467849 Dic. 07 Dic. 14

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Por disposición de Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito N° 24 de San Carlos Centro, en los autos caratulados: MAROZZI, MAGDALENA MARÍA y otros c/JORGE, DOMINGO y otros s/Juicios sumarios; (21-02024876-6), se ha ordenado tener por iniciada demanda de Adquisición de Dominio por Usucapión o Prescripción Adquisitiva (Arts. 1 892 ss y cc del CCCN), para la obtención del título supletorio contra Domingo Jorge y/o sus sucesores y/o todos aquellos que se consideren con derecho sobre los inmuebles en cuestión. Se imprime el trámite del Juicio Sumario, citándose a la demandada para que comparezca a estar a derecho en el término de ley y bajo apercibimientos de ser declarada rebelde. Se recabarán los informes previstos por la ley 14.159 al Registro General, oficiándose a sus efectos. Se tiene presente la prueba ofrecida. Se cita a la Provincia de Santa Fe y a la Municipalidad de San Carlos Centro para que dentro del término de ley comparezcan a tomar la intervención que estimen corresponde en estos autos. Se procede a la anotación del bien objeto de la presente como litigioso. Fdo.: Marini (Juez) - Simoneiti (Secretaria). Inmuebles a usucapir: Dos bienes inmuebles ubicados en calle Belgrano s/n de la ciudad de San Carlos Centro, provincia de Santa Fe, inscriptos al Tomo 69 Par Folio 581 N° 19900 Año 1925, Sección Propiedades del Departamento Las Colonias del Registro General - Partidas de Impuesto Inmobiliario 09-35-00-094887/0001-0 y N° 09-35-00094887/0002-9, que según Plano de Mensura y Subdivisión N° 104899 del año 1984, se identifican como Lote N° 1 y 4, respectivamente, de la Manzana 167 del catastro comunal. San Carlos Centro, 19 de Noviembre de 2.021. Maria Gabriela Simonetti, secretaria.

$ 67 468051 Dic. 07 Dic. 10

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Por disposición del Sr. Juez del Juz. de 1ra. Inst. de Dist. en lo C. y C. de la Décima Nom. de Santa Fe, en los autos: ZANINETTI LUCAS MARTIN s/Prescripción Adquisitiva, CUIJ 21-02023179-0, se hace saber lo siguiente: “Santa Fe, 09 de Noviembre de 2021. ... Haciendo efectivos los apercibimientos oportunamente decretados, declárese rebelde a quienes se consideren con derechos en orden al inmueble objeto de autos. Publíquese edictos en el BOLETIN OFICIAL, los que se exhibirán en el hall Central de Planta Baja de estos Tribunales. Notifíquese. Fdo.: Dra. María Ester Noé de Ferro, Secretaria. Dra. María Romina Kilgelmann, Jueza. Santa Fe, 11 de Noviembre de 2021.

$ 33 467931 Dic. 7 Dic. 10

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito N° 24 de la ciudad de San Carlos Centro, en los autos caratulados: ASOCIACION MUTUALISTA CLUB CENTRAL SAN CARLOS c/LUNA, MARTIN ALEJANDRO y Otros s/Juicios Ejecutivos (CUIJ N° 21-25108303-4), se hace saber al Sr. Martín Alejandro Luna (D.N.I. N° 26.492.570), que con fecha 10.11.21, se ha dictado sentencia, mandando llevar adelante la ejecución hasta que la parte actora se haga íntegro cobro del capital reclamado, con más los intereses determinados en los considerandos que preceden, con más las costas del proceso. Se difiere la regulación de honorarios hasta tanto se practique liquidación. Notifíquese, déjese copia en los autos, y archívese el original. Fdo.: Marini (Juez) - Simonetti (Secretaria). SAN CARLOS CENTRO, 23 de Noviembre de 2.021.

$ 33 468049 Dic. 7 Dic. 10

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El Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la 18° Nominación de la ciudad de El Trébol, por el presente hace saber que en autos caratulados: CHIAVASSA, JOSÉ OSCAR y Otros c/BUSSO ANA MARIA y Otros s/Juicios Sumarios (Expte. CUIJ: 21-24369839-9 - Año: 2020) el juez ha dispuesto lo siguiente: El Trébol, 18 de noviembre de 2021.- ...Declárese rebelde a los demandados inciertos y sin domicilio conocido y continúe la causa sin otorgársele representación (Art. 73 CPCC). Publíquense edictos de ley. Notifíquese. Silvana Racchella (Secretaria) y Nora Baró (Jueza). El Trébol, 23 de Noviembre de 2021.

$ 33 467878 Dic. 7 Dic. 10

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Por disposición del Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Justo, Provincia de Santa Fe, y en los autos caratulados: PEREZ, FELIPA JORGELINA c/SANCHEZ, FORTUNATO ROSARIO s/Usucapión (Expte - CUIJ n° 21-26185687-2), se hace saber que se ha decretado la rebeldía de los herederos y/o sucesores y/o legatarios del señor Fortunato Rosado Sánchez y/o de los propietarios ignorados y/o de quien se crea con derechos sobre el inmueble objeto de autos, en el término y bajo apercibimientos de ley, y se hace saber que el juez ha ordenado lo siguiente: San Justo, 4 de Noviembre de 2021. Agréguese. Haciendo efectivos los apercibimientos oportunamente decretados, declarase rebelde a los herederos y/o sucesores y/o legatarios de Fortunato Rosario Sánchez y/o propietarios ignorados y/o quien se crea con derechos sobre el inmueble objeto de autos. Notifíquese. Firmado: Alessio - Juez- Buzzani – Secretaria. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y hall del Juzgado. San Justo (Santa Fe), a los días de noviembre de 2021. Firmado: Leandro Carlos Buzzani — Secretario. Dra. Lo Presti, Prosecretaria Subrogante.

$ 38 467903 Dic. 7

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Por disposición de la Señora Jueza de la Instancia de Distrito n° 17 en lo Civil, Comercial y Laboral de Villa Ocampo (Santa Fe), se notifica a la parte demandada en autos: PUCHETA, LUISINA c/ESLIGARRIBIA, JORGE REINALDO s/Alimentos y Litis expensas (Expte. n° 590/2018) C.U.I.J. N° 21-26320317-5, que se ha dictado la siguiente providencia: Villa Ocampo, 03 de septiembre de 2021. Apruébese la liquidación practicada, en cuanto por derecho corresponda. Como lo solicita, intímese. Notifíquese. FDO. Dra. Marta Migueletto, Secretaria. Dra. María Isabel Arroyo, Juez. Villa Ocampo (Santa Fe), 18 de Noviembre de 2021.

$ 45 467865 Dic. 7 Dic. 10

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Por disposición del Juzgado de Circuito N° 34 de la Ciudad de Villa Ocampo (Santa Fe), se cita y emplaza a don MANUEL CARLOS GARCÍA ALEMANY y/o sus herederos y/o quien resulte titular del dominio inscripto en Santa Fe el 15/07/1953 al T 49 F 05 N° 30697 sección propiedades del Registro General, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley en el juicio ordinario caratulado: SAGER, CÉSAR AUGUSTO c/GARCÍA ALEMANY, CARLOS MANUEL s/Juicio Ordinario” CUIJ N° 21-23326212-5, de trámite por ante el juzgado de referencia.- Villa Ocampo (SF), Noviembre de 2021. Dra. Zarza, Secretaria.

$ 45 467861 Dic. 7 Dic. 10

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Por disposición de la oficina de procesos Sucesorios – Primera Circunscripción Judicial de Sanat Fe (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de esta ciudad) en los autos caratulados. MARCUZZI, MIGUEL ANGEL S/DECLARATORIA DE HEREDEROS – CUIJ 21-0202226-09, se cita, llama y emplaza a todos los hereceros, acreedores y legatarios de Don MIGUEL ANGEL MARCUZZI, DNI 6.257.950, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIA. - Rdo. Dr. Gabriel Abad (Juez) – Dra. Claudia Sánchez (secretaria). - Santa Fe, 12 de agosto 2021.

$ 45 Dic. 7 Dic. 10

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Por estar así dispuesto en los autos caratulados: BRIUSCHI MIKAEL MARCELO s/QUIEBRA, CUIJ Nº 21-0202764-4, que se tramita por ante el Juzgado Civil y Comercial de la 2ª Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que se ha puesto de manifiesto El informe Final y proyecto de Distribución (reformulación) presentado por la sindicatura conforme a lo previsto en el Art. 218 de la Ley 24.522 (LCQ) y Regulación de Honorarios: la suma de 4 189.2346,54 a la CPN CaROLINA Benítez y la suma de $ 81.148,52 al Dr. Alejandro González, Notifíquese. Firmado: Dr. Pablo Silvestrini, Secretario.

S/C 467888 Dic. 7 Dic. 10

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios Primera Circunscripción Judicial (Juzg. 1ra. Inst. Civil y Comercial Sexta Nominación de la ciudad de Santa Fe). En autos caratulados: GARCÍA INÉS MARÍA BEATRÍZ S/SUCESORIO, Expte. CUIJ N° 21-02023657-1, se cita, llama, y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el fallecimiento de la causante Doña GARCÍA INÉS MARÍA BEATRÍZ, DNI Nº 05.862.923, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, lo que se publica a sus efectos legales. - Fdo.: Dra. Claudia B. Sánchez, Secretaria.- Dr. Gabriel Abad, Juez.

Santa Fe, 4 de agosto de 2021.

$ 45 Dic. 07 Dic. 10

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CERES

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sra. Juez de 1ra. Instancia de Distrito Judicial N° 10 Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Ceres en los autos caratulados: ALLENDE DEOLINDA ISABEL c/VARELA ADAN SEBASTIAN s/Divorcio (CUIJ: 21-17426118-8), se ha resuelto lo siguiente: Libro de autos Nº 1, Resolución: 111; Folio: 263. Ceres, 27 de Noviembre de 2017.- Y Vistos:... Resulta:... Y Considerando:... Resuelvo: 1) Declarar el divorcio de los señores Adán Sebastián Varela, D.N.I. N° 34.143.981 y Deolinda Isabel Allende, D.N.I. N° 25.297.582, matrimonio celebrado el día 7 de marzo de 2013, en la localidad de Villa Trinidad, departamento San Cristóbal de esta Provincia de Santa Fe, que obra inscripto al Tomo 1, Acta N° 2, año 2013 del Registro Civil de la localidad de Villa Trinidad, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 437 del Código Civil y Comercial de la Nación.- 2°) Una vez firme la presente, inscríbase en la Dirección General del Registro de Estado Civil de la ciudad de Santa Fe, a tal fin, líbrese oficio, autorizando a la Sra. Defensora General a intervenir en su diligenciamiento. Insértese el original, agréguese copia, hágase saber y oportunamente archívese. Dra. Viviana Gorosito Palacios (Secretaria) - Dr. Jorge A. Da Silva Catela (Juez). Otro Decreto: Ceres, 04 de noviembre de 2021. Téngase presente. Agréguese cédula sin diligenciar. Atento las constancias de autos, notifíquese a la actora conforme lo establecido en el art. 67 del CPCC. Notifíquese. Fdo. Dra. Viviana Gorosito Palacios (Secretaria) - Dr. Jorge A. Da Silva Catela (Juez). Se publica a efectos legales. Ceres, 19 de Noviembre de 2021. Dra. Palacios, Secretaria.

S/C 467890 Dic. 7 Dic. 14

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Distrito Nº 10 de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral -Secretaría única- de esta ciudad de Ceres, dictada en los autos caratulados “MARTÍNEZ, JUAN AUDESIO S/SUCESORIO” - CUIJ 21-17429311-9 se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios y a todos aquéllos que se creyeren con derechos sobre los bienes relictos del Señor JUAN AUDESIO MARTÍNEZ, D.N.I. 6.280.577, para que comparezcan por ante este Juzgado a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. A tales efectos se publica este Edicto, por el término de un día, en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe.-

Ceres, septiembre de 2021.

$ 45 Dic. 7 Dic. 10

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VERA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


La Sra. Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de Distrito Judicial N° 13 Primera Nominación de Vera cita y emplaza a quienes se consideren propietarios del inmueble inscripto al Tomo 120, Folio 853, N° 219295 Dpto. Vera, Provincia de Santa Fe, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos caratulados: BORGHETTO VALENTIN CARLOS y Otros c/DIAZ CARLOS y Otro s/Posesión Veinteañal, CUIJ N° 21-25212811-2, que se tramitan por ante éste Juzgado, bajo los apercibimientos de ley. Fdo: Dra. Jorgelina Yedro, Juez. Dra. Margarita Savant, Secretaria. Vera, 28 de Octubre de 2021.

$ 33 467948 Dic. 7

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RAFAELA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de la ciudad de Rafaela en autos: GALLO STELLA MARIS c/GAVIGLIASSO NELIDA ROSA s/Usucapión, CUIJ 21-24200086-9 - Juzg. Civil y Comercial de la 4ta. Nom. Rafaela se ha ordenado lo siguiente: Rafaela, 5 de Octubre de 2021. Por iniciada la presente demanda de adquisición de dominio por usucapión contra Nélida Rosa Gavigliasso y/o sus sucesores universales y/o titulares del inmueble Partida Impuesto Inmobiliario Nro. 082402050136/0001-2. Imprímasele a la misma, el trámite de juicio ordinario. Cítese y emplácese por edictos a publicarse en los Estrados de estos Tribunales y BOLETÍN OFICIAL (art. 67 del C.P.C.), a los que se consideren con derecho al inmueble indicado para que hagan valer sus derechos, por el término de ley y bajo apercibimientos de rebeldía. Cítese y emplácese a la parte demandada para que dentro del término de 3 días comparezca a estar a derecho, bajo apercibimientos de ley. Asimismo, dese intervención a la Municipalidad de Rafaela y a la Provincia de Santa Fe para que si hubiere interés fiscal comprometido, tomen la participación que por derecho corresponda. A lo demás, oportunamente y de corresponder. Notifíquese. Agostina Silvestre Secretaria - Ma. José Alvarez Tremea – Juez. Rafaela, 15 de octubre de 2021. Fdo.: Agostina Silvestre, Prosecretaria.

$ 52,50 467913 Dic. 7 Dic. 14

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito N° 5 en lo Civil y Comercial de la PRIMERA Nominación de la ciudad de Rafaela, en autos caratulados “21-24200805-4 FERRERO AVELINO ROBERTO S/SUCESORIO “ se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante AVELINO ROBERTO FERRERO DNI N° M.8.507.654, con último domicilio en calle Susana Rodríguez N°237 de la localidad de Susana, Departamento Castellanos, provincia de Santa Fe; fallecido en la ciudad de Rafaela en fecha 28 de Mayo de 2021, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días y bajo apercibimiento de ley, que se publican en el Hall de Tribunales.- Firmado: Dra. Sandra Inés Cerliani – Secretaria - Dra. María Jose Alvarez Tremea – Jueza – Rafaela, 2021.

$ 45 Dic. 7 Dic. 10

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Rafaela, provincia de Santa Fe, en autos caratulados “SANNUTO ENRIQUE RAFAEL S/SUCESORIO” CUIJ 21-24200481-4 se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de ENRIQUE RAFAEL SANNUTO DNI 24.232.593, fallecido el 10 de Agosto de 2021, con último domicilio en Colonizadores Nº 1378 de la localidad de Pilar, provincia de Santa Fe, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días y bajo apercibimientos legales. Fdo. Sandra Cerliani- Secretaria- Ana Laura Mendoza- Juez a/c.

$ 45 Dic. 7 Dic. 10

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Por disposición del Señora Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la Ciudad de Rafaela, provincia de Santa Fe, en autos Expte. C.U.I.J. Nº 21-24200480-6 "LEDESMA, FRANCISCO UBALDO y AMATO, IRENE MILDA S/Sucesorio", se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes Francisco Ubaldo Ledesma, D.N.I. Nº M6.266.124, fallecido en fecha 02/12/2009 e Irene Milda Amato, D.N.I. Nº F3.712.370, fallecida en fecha 28/05/2021, ambos con último domicilio en calle J. Beltramino 610 de Rafaela (Sta.Fe) para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días bajo apercibimientos de ley, lo que se publicará en el Boletín Oficial y en el Hall de Tribunales, a sus efectos. Dra. Ana Laura Mendoza (Jueza a/c) - Dra. Sandra Inés Cerliani (Secretaria). Rafaela, 2021.

$ 45 Dic. 7 Dic. 10

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RECONQUISTA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Señora Jueza de Primera Instancia de Distrito N° 4 en lo Laboral de la ciudad de Reconquista (Santa Fe), en los autos caratulados: “LONGHI, CARLOS DARIO c/GALARZA, MAIRA JAQUELINA P.S y P.S.H.M. s/Pago por consignación” (CUIJ N2 2116743561-8), se cita, llama y emplaza a los herederos del Sr. Leopoldo Jacinto López, DNI. 32.579.170, para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley comparezcan hacer valer sus legítimos derechos. Para mayor recaudo se transcribe el decreto que lo ordena: Reconquista, 13 de Octubre de 2021. Por presentado, domiciliado, en el carácter invocado, en mérito al Poder Especial acompañado, acuérdasele la intervención que por derecho le corresponda. Por denunciado correo electrónico a todos los efectos legales que puedan corresponder. Por iniciada demanda pago por consignación contra sucesores y/o herederos de Leopoldo Jacinto López, DNI N° 32.579.170, Galarza, Maira Jaquelina y/o contra quien fueran sus hijos menores Emma Kamil López Galarza y/o Helena Sofía López Galarza y/o contra legitimados desconocidos que se considerasen con derecho a percibir los rubros que se consignan en el presente a raíz del fallecimiento del Sr. Leopoldo Jacinto López. Cítese y emplácese a los mismos en el domicilio real; conforme lo dispuesto por los Arts. 47, 597 y concordantes del C.P.C. y C. y por edictos a sus herederos a hacer valer sus legítimos derechos en el término y bajo apercibimientos de ley, en el boletín Oficial y en la pared del Hall Central del Edificio de Tribunales. Conforme lo ordenado en la Circular N° 5612013 de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, libre el actuario oficio vía correo electrónico confirma digital ante el Registro de Procesos Universales de Santa Fe (rpusucesoriosfe@justíciasantafe.gov.ar) a los fines de que informe si existen trámites sucesorios correspondiente al causante Señor LEOPOLDO JACINTO LOPEZ DNI N° 32.579.170 y, en su caso, ante que Juzgado tramita. Pasen los autos a Secretaría. A la documental: Téngase presente la documental acompañada. Agréguese digitalmente. Hágase saber que los originales de la misma deberán estar a disposición de éste Juzgado en oportunidad de celebrarse las audiencias respectivas o a petición de la contraparte bajo su entera responsabilidad. Previo a todo procédase a la apertura de una cuenta Judicial en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. (Sucursal Reconquista) para éstos autos y a la orden de éste Juzgado a los fines de depositar el pago consignado. Imprímasele a la presente causa el trámite sumarísimo previsto en el Art. 413 ss. y cc. del C.P.C. y C. Por denunciado el caso Constitucional y Federal. Téngase presente la Reserva de Derechos efectuada. A lo demás oportunamente y si correspondiere. Notifiquen Personal del Juzgado. Notifíquese.- Firmado: Dr. Leonardo M. Cristófoli -Secretario- y Dra. María L. Cracogna -Jueza. Reconquista, 12 de Noviembre de 2021. Janina E. Yoris, Prosecretaria.

$ 450 467955 Dic. 7 Dic. 10

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Por disposición Dra. Susana C. Carletti, Secretaria Subrogante y Dr. Fabián S. Subrogante Juez a/c se hace saber lo siguiente: BOGADO WALTER MARCELO s/Quiebra 21-24959334-3 - Juzgado 1ra. Inst. Civil y Com. 3ra. Nom. Reconquista, 30/09/2021.- Autos y Vistos: Estos caratulados: BOGADO WALTER MARCELO s/Quiebra, CUIJ N° 21-24959334-3, Expte. N° 351/2016, de trámite por ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación - Distrito N° 4, y; Considerando: Que, en fecha 23/04/21 (f. 470) comparece el apoderado del fallido solicitando se informe al empleador del mismo la conclusión de las presentes actuaciones, el cese del embargo que pesa sobre los haberes de aquel y el levantamiento de las cautelares de la quiebra. Que a f. 471 se ordena correr vista a la Sindicatura de lo peticionado, la cual es notificada conforme cédula obrante a f. 472, no contestando la misma. Que, en fecha 21/05/21 (f. 473) el apoderado del fallido comparece y reitera el pedido de f. 470. Que, en fecha 21/05/21 (f. 477) el acreedor verificado Julio César Pagano comparece, manifestando que existen fondos en la cuenta judicial de estos Autos y solicita se corra traslado al Síndico a los fines de que realice un nuevo proyecto de distribución de los mismos. Que en fecha 17/06/21 (f. 478) se ordena intimar al Síndico a contestar la vista corrida a f. 471 y se le corre vista de lo peticionado por el Sr. Pagano, siendo el Síndico notificado conforme cédula obrante a f. 479, quien no contesta las vistas correspondientes. Que, de lo actuado en los presentes Autos solo se haya en situación de resolver la petición de rehabilitación. Que, estando debidamente notificado el síndico Alfio Martín Re, no existiendo oposición por parte de aquel y siendo que ha transcurrido el plazo del Art. 236 LCQ, encontrándose el fallido en condiciones de que se dicte su rehabilitación y el cese de los descuentos que pesan sobre sus haberes. En relación al nuevo proyecto de distribución solicitado, líbrase una nueva intimación al Síndico por el término de 10 días para que cumplimente la vista oportunamente corrida, bajo apercibimiento de ser excluido. Por ello es que; Resuelvo: 1) Rehabilitar a Walter Marcelo Bogado, argentino, mayor de edad, DNI N° 28.036.905, CUIL N° 20-28036905-6, domiciliado en Calle 46 N° 2.651, B° Viar Belgrano de esta ciudad. 2) Proceder al levantamiento de las inhibiciones que pesan sobre el fallido, a tal efecto, líbrense los respectivos oficios. 3) Procédase al levantamiento de la interdicción para la salida del país, oficiándose a sus efectos. 4) Publíquense edictos. 5) Procédase al levantamiento del embargo que recae sobre los haberes de Walter Marcelo Bogado, oficiándose a tales fines. 6) Intímase al Sr. Síndico conforme los considerandos. Hágase saber, insértese el original, agréguese copia. Reconquista, 23 de Noviembre de 2021. Dra. Carletti, Secretaria.

S/C 467831 Dic. 7 Dic. 14

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