picture_as_pdf 2021-11-25

REGISTRADA BAJO Nº 14056


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY


Sunchales Capital Provincial del Cooperativismo Escolar”

ARTÍCULO 1- Declarase “Capital Provincial del Cooperativismo Escolar” a la ciudad de Sunchales, departamento Castellanos.

ARTÍCULO 2- Autorízase al Poder Ejecutivo a efectuar las adecuaciones presupuestarias pertinentes para dar cumplimiento al artículo 1 de la presente ley, para brindar la difusión, aprendizaje y toda otra actividad que incentive cooperativismo escolar en los distintos niveles educativos de la provincia de Santa Fe.

ARTÍCULO 3- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTIÚN DIAS DEL MES DE OCTURRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNOS.


PABLO GUSTAVO FARIAS

PRESIDENTE

CÁMARA DE DIPUTADOS

DRA. ALEJANDRA S. RODENAS

PRESIDENTA

CÁMARA DE SENADORES

LIC. GUSTAVO PUCCINI

SECRETARIO PARLAMENTARIO

CÁMARA DE DIPUTADOS

DR. RAFAEL E. GUTIÉRREZ

SECRETARIO LEGISLATIVO

CÁMARA DE SENADORES


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional

24 NOV. 2021


De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el BOLETIN OFICIAL.

Dr. Roberto Sukerman

Ministro de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos

35031

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