REGISTRADA BAJO Nº 14056
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
“Sunchales Capital Provincial del Cooperativismo Escolar”
ARTÍCULO 1- Declarase “Capital Provincial del Cooperativismo Escolar” a la ciudad de Sunchales, departamento Castellanos.
ARTÍCULO 2- Autorízase al Poder Ejecutivo a efectuar las adecuaciones presupuestarias pertinentes para dar cumplimiento al artículo 1 de la presente ley, para brindar la difusión, aprendizaje y toda otra actividad que incentive cooperativismo escolar en los distintos niveles educativos de la provincia de Santa Fe.
ARTÍCULO 3- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTIÚN DIAS DEL MES DE OCTURRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNOS.
PABLO GUSTAVO FARIAS
PRESIDENTE
CÁMARA DE DIPUTADOS
DRA. ALEJANDRA S. RODENAS
PRESIDENTA
CÁMARA DE SENADORES
LIC. GUSTAVO PUCCINI
SECRETARIO PARLAMENTARIO
CÁMARA DE DIPUTADOS
DR. RAFAEL E. GUTIÉRREZ
SECRETARIO LEGISLATIVO
CÁMARA DE SENADORES
SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional
24 NOV. 2021
De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el BOLETIN OFICIAL.
Dr. Roberto Sukerman
Ministro de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos
35031
__________________________________________