picture_as_pdf 2021-10-25

MINISTERIO DE

DESARROLLO SOCIAL


COORDINACIÓN EJECUTORA

PROVINCIAL PARA LA

REGULARIZACIÓN DOMINIAL


Por disposición de la Coordinación Ejecutora Provincial para la REGULARIZACIÓN DOMINIAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL - Ley Nacional 24.374 y su modif. Decr. Prov. 1178/09, se cita, se llama y emplaza para que comparezcan por ante esta dependencia ubicada en calle Salta Nº 3211 de la ciudad de Santa Fe; 27 de febrero 2289 de la ciudad de Rosario; SAN MARTIN Nº1029 - de ciudad de Reconquista; dentro del término de treinta (30) días hábiles y bajo apercibimientos de ley, a fin de que deduzcan formal oposición si correspondiere, en los términos del art. 6 inc. d) de la Ley mencionada, lo que se publica a sus efectos en el Boletín oficial y el diario local de la ciudad de Santa Fe (“El Litoral”) en fecha martes 26 y miércoles 27 de octubre de 2021, a las siguientes personas:

DEPARTAMENTO: LA CAPITAL: LOCALIDAD SANTA FE

1- JOAQUIN LEON GOMEZ, Matrícula individual, DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle:REGIMIENTO 12 DE INFANTERIA Nº 1540(BARRIO GUADALUPE OESTE) de la localidad de SANTA FE, identificado como lote 7 manzana 833-plano Nº 448MU/1950, Partida inmobiliaria Nº 10-11-04-119542/0194-7, inscripto el dominio al T° 169I-Fº2.441-N°51.311-año 1.951- Departamento LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Expte. 01501-0095188-6, iniciador: MEDINA CINTIA ANALIA.

2-ASOCIACIÓN COLEGIO DE LA INMACULADA CONCEPCIÓN, Matrícula individual DESCONOCIDO,sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle ALFONSINA STORNI N°6942(BARRIO LOYOLA NORTE)de la localidad de SANTA FE, identificado como lote 8-manzana 9069-plano Nº 7038MU/1964, Partida inmobiliaria Nº 10-11-06-133810/0709-5, inscripto el dominio al T°63 – Fº200- N.º 5.166-AÑO 1.917, Departamento LA CAPITAL, Sección Propiedades del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE, expte. 01501-0096531-7, iniciador:REIGERT NIEVES GUADALUPE.

3.CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA FUNDACIÓN FACULTAD REGIONAL SANTA FE DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA NACIONAL-Matrícula individual DESCONOCIDO, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle:VÍA MUERTA N°S/N (BARRIO COLASTINE NORTE) de la localidad de SANTA FE, identificado como lote 12-manzana K-plano Nº 0012MU/1949, Partida inmobiliaria Nº10-11-07-734414/0002-1, inscripto el dominio al T° 641I-Fº 3.680-Nº97.051-AÑO 2001, Departamento LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE, expte. 01501-0079024-1, iniciador: ORTIZ VANESA BEATRIZ.

04. HECTOR ISIDORO MANEIRO, Matrícula individual, LE:3.166.808, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: JUAN DEL CAMPILLO Nº 3952 (BARRIO BARRNQUITA) de la localidad de SANTA FE, identificado como lote 18-manzana 4139-plano Nº 67.287/1973, Partida inmobiliaria Nº10-11-06-128917/0006-9-,inscripto el dominio T°322P-F°1.801-N°13.584-AÑO 1974, Departamento LA CAPITAL, Sección Propiedades del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE, expte. 01501-0094372-8, iniciador:ROSILLO ESTER ROSA.


LOCALIDAD SANTO TOME

05. JOSE LUIS MENINI, JUAN GALDON, Matrícula individual-DNI: 2.259.27, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: COSTA AZUL N° S/N (BARRIO COSTA AZUL) de la localidad de SANTO TOME, identificado como lote 1-2-3 - manzana 12-plano N.º DUP 826/1960,Partida inmobiliaria Nº 10-12-00-143192/0114-1-/0115-0/0116-9, inscripto el dominio al T°218 I-Fº 1.583-Nº 38.221-AÑO 1.959, Departamento LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE, expte. 01501-0098848-8,iniciador:MENDIETA GRISELDA LILIANA.

06. SOCIEDAD COMERCIAL COLECTIVA “PIAGENTINI HERMANOS”, Matrícula individual DESCONOCIDO, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle:4 DE ENERO Nº3949 (BARRIO VILLA LUJAN) de la localidad de SANTO TOME, identificado como lote 4-manzana 3933N-plano Nº 123.229/1994,Partida inmobiliaria N.º 10-12-00-143285/0205-0 , inscripto el dominio al T° 341 I - Fº 610-Nº 3445-AÑO 1.976, Departamento LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE, expte.01501-0098906-3,iniciador:OCAMPO GUILLLERMO LEONARDO.


DEPARTAMENTO:GENERAL OBLIGADO: LOCALIDAD FLORENCIA

07.EMILIANO BENITO URBANIZ y MAHON(20%) MARTIN URBANIZ y MAHON(20%);ERNESTO URBANIZ y MAHON(20%);ALCIRA CATALINA URBANIZ y MAHON(20%);EMILIA VERENA ALFONSO de URBANIZ(7,20%); VIRGINIA EMILIA URBANIZ de WYLER(3,20%); MARIA LUISA URBANIZ de MURTAGH(3,20%); MARTA URBANIZ y ALFONSO (3,20%) y LUIS FRANCISCO URBANIZ y ALFONSO(3,20%), Matrícula individual DESCONOCIDO, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: 9 DE JULIO Nº1194 (BARRIO SANTA MARIA) de la localidad de FLORENCIA, identificado como lote SOLAR “D” manzana 102-plano Nº –--, Partida inmobiliaria Nº03-02-00-012040/0000-6-, inscripto el dominio T°69 I-F°73-N°11.731-AÑO 1953—N°45.844-AÑO 1956—N°56.968-AÑO 1957, Departamento GENERAL OBLIGADO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE, expte.01501-0089989-6, iniciador:CETTOUR ROBERTO ALEJANDRO.

08- EUGENIO ELADIO ESCOBAR, Matrícula individual, DESCONOCIDO, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: SAN LORENZO Nº 1665 de la localidad de VILLA OCAMPO, identificado como lote 8A y 8B (2/1-2/2) manzana 96 plano Nº 78719/1976,Partida inmobiliaria Nº03-08-00-014585/0188-1, inscripto el dominio al T° 125P Fº180 – Nº 3648-AÑO 1975, Departamento GENERAL OBLIGADO, Sección Propiedades del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE,expte.01501-0024178-9,iniciador: ORDENES MARIA ESTER.


DEPARTAMENTO SAN JUSTO LOCALIDAD LA CRIOLLA

09-FRANCISCO VILLALBA- Matrícula individual DESCONOCIDO, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: ZONA URBANA Nº S/N (BARRIO SANTA ROSA) de la localidad de LA CRIOLLA, identificado como lote 13 manzana Azc o AZ- plano Nº 61.336/1971,Partida inmobiliaria Nº 06-05-00-026115/0008, inscripto el dominio al T° 139 Fº504- Nº14.353-AÑO1978-Departamento SAN JUSTO,Sección Propiedades del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE, expte. 01501-0083585-4,iniciador:NUÑEZ DANIEL OSCAR.


DEPARTAMENTO SAN CRISTOBAL:LOCALIDAD: CERES

10.LORENZO GALLO, Matrícula individual, LE: 6.278.607, sus herederos,sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle LAMADRID N°522 de la localidad de CERES, identificado como lote 4B manzana 12-plano Nº---Partida inmobiliaria Nº 07-01-00-034036/0002-4,inscripto el dominio al T°139 I-Fº 594-N°20.750-AÑO 1.977-Departamento SAN CRISTOBAL Sección Propiedades del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE, expte.01501-0099123-3,iniciador: PERALTA CINTIA VANINA.

S/C 34667 Oct- 25 Oct. 27

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SUBSECRETARIA DE

CONTRATACIONES

Y GESTIÓN DE BIENES


RESOLUCIÓN Nº 0492


Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”

15/10/2021

VISTO:

La presentación de la documentación efectuada por la firma unipersonal CASABLANCA MARIA MILAGROS CUIT N° 23-31565344-4 ante el Registro de Beneficiarios de Pagos para Compras Menores o Excepciones, a los fines de solicitar la inscripción de sus antecedentes; y

CONSIDERANDO:

Que dicho Registro informa que del proceso de análisis de la documental aportada por la Sra. Casablanca Maria Milagros, se observa que el mismo es dependiente de la Administración Pública Provincial;

Que en virtud de ello, remitió nota a la Dirección General de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Economía, con el propósito de obtener datos fehacientes y a los fines de que se sirva indicar si la persona en cuestión se desenvuelve como agente dentro del ámbito provincial;

Que la Subdirección Gral. de Recursos Humanos informó mediante Nota N° 1.206/2021 que consultados los archivos de liquidación de haberes del mes de septiembre/2021 de los Agentes de la Administración Pública Provincial y organismos descentralizados, excepto EPE, ENRESS y Servicio Provincial de Enseñanza Privada; y, el Registro de Contratos y Pasantías- art. 158 inc. m) de la Ley Nº 12.510 y Dcto. Regalmentario Nº 2038/2013-, el agente CASABLANCA MARIA MLAGROS revista como interina de 10 hrs. Cat. En la Esc. N° 604-Dpto. La Capital-dependiente del Ministerio de Educación;

Que asimismo de la consulta efectuada en línea sobre el historial laboral, se corrobora lo indicado ut-supra;

Que en virtud de ello, debe tenerse presente lo establecido por el artículo 141° inc. b) de la Ley Nº 12510: “Pueden contratar con el Sector Público Provincial No Financiero todas las personas físicas o jurídicas con capacidad para obligarse y que no se encuentren alcanzadas por las causales previstas a continuación: ... inc. b) los agentes y funcionarios del sector público provincial y las empresas en las cuales aquellos tuvieren una participación suficiente para formar la voluntad social”;

Que por consiguiente el Registro aconseja rechazar el pedido de inscripción de la firma; sin perjuicio de autorizar los pagos por “facturación al cobro” que tuviere anteriores al dictado del presente acto, dado que no podría desconocerse el real cumplimiento de la prestación u ejecución de obra por parte de la firma unipersonal y su aceptación de conformidad por el organismo correspondiente;

Que la autorización indicada en el párrafo precedente, se extiende a los contratos suscriptos con la firma CASABLANCA MARIA MILAGROS CUIT N° 23-31565344-4; los cuales deberán ser ejecutados conforme las cláusulas de los mismos y hasta el vencimiento estipulado en su caso;

Que de no reconocerse implicaría un enriquecimiento sin causa del Estado;

Que por los motivos expuestos corresponde dictar la norma administrativa que rechace el pedido de inscripción como proveedor a la empresa CASABLANCA MARIA MILAGROS CUIT N° 23-31565344-4;

Que tomó intervención el Área Legal de esta Subsecretaría y aconsejó el dictado de la presente Resolución;

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de la Ley 12.510/05 y su Decreto Reglamentario N° 1104/16 en concordancia con la Resolución SCyGB Nº 170/19 Y Decretos N° 2479/09 y 0063/19;

POR ELLO:

EL SUBSECRETARIO DE CONTRATACIONES Y GESTIÓN DE BIENES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1: Rechácese el pedido de inscripción como proveedor en el Registro de Beneficiarios Para Compras Menores y Excepciones a la firma CASABLANCA MARIA MILAGROS CUIT N° 23-31565344-4, por aplicación de las normas citadas en los considerandos precedentemente, sin perjuicio de abonarse las facturas que hallaren pendientes de pago en el Estado Provincial; haciéndose extensiva la autorización para los contratos suscriptos a la fecha, los que deberán ser ejecutados conforme las cláusulas de los mismos y hasta el vencimiento estipulado en su caso.

ARTÍCULO 2: Regístrese, comuníquese y archívese.

S/C 34730 Oct. 25 Oct. 26

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ADMINISTRACIÓN

PROVINCIAL DE IMPUESTOS


RES. GRAL 037/21


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,

15/10/2021


VISTO:

El expediente Nº 13301-0316800-4 del registro del Sistema de Información de Expedientes y las disposiciones relativas al Impuesto sobre las Embarcaciones Deportivas o de Recreación; y

CONSIDERANDO:

Que por RG Nº 24/2013 - API se reglamentó el trámite de inscripción del Impuesto sobre las Embarcaciones Deportivas o de Recreación creando el Registro Provincial de Embarcaciones Deportivas o de Recreación;

Que la Administración Provincial de Impuestos, conforme lo dispuesto por el Decreto Nº 1690/2013, cuenta con las facultades para el dictado de las disposiciones que resulten necesarias en relación al Impuesto sobre las Embarcaciones Deportivas o de Recreación;

Que de acuerdo a los términos del artículo 55 bis de la Ley Impositiva Anual Nº 3650 y modificatorias, los propietarios de las embarcaciones gravadas pagarán, de acuerdo a la escala dispuesta, el impuesto anualmente;

Que los contribuyentes y/o responsables al momento de la inscripción, informaron el valor venal de la/s embarcación/es o el valor de la transferencia en los términos de la Resolución General Nº 22/2015 -API-, constituyendo el mismo la base imponible para el cálculo del impuesto correspondiente al año Fiscal 2021;

Que el pago del impuesto anual se realizará en las fechas que dispone el calendario de vencimientos aprobado por la RG Nº 46/2020 – API y modificatorias;

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos 19, 21 y c.c. del Código Fiscal (t.o. 2014 y modificatorias);

Que ha tomado intervención la Dirección General Técnica y Jurídica mediante el Dictamen Nº 461/2021 fs. 5, no advirtiendo objeciones de índole técnica que formular;

POR ELLO:

EL ADMINISTRADOR

PROVINCIAL DE IMPUESTOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º - Establecer como base imponible para el cálculo del Impuesto sobre las Embarcaciones Deportivas o de Recreación, para el año Fiscal 2021 el valor venal declarado por los contribuyentes y/o responsables al inscribir la embarcación, de conformidad a los términos de la RG Nº 24/2013 – API o al momento de realizar la transferencia de la misma de acuerdo a las disposiciones de la RG Nº 22/2015 - API, el que resulte mayor.

ARTÍCULO 2º - Los contribuyentes y/o responsables podrán imprimir las liquidaciones para el pago del Impuesto sobre las Embarcaciones Deportivas o de Recreación del año Fiscal 2021, ingresando en la opción: “VER CUENTA CORRIENTE” -aprobada por RG Nº 34/2014 API- del módulo: “CONSULTA DE CUMPLIMIENTO” de la aplicación informática denominada: “REGISTRO PROVINCIAL DE EMBARCACIONES DEPORTIVAS O DE RECREACIÓN” -aprobada por RG Nº 24/2013 API-. A dichos efectos se deberá seguir el procedimiento establecido en el Anexo I de la RG Nº 34/2014 API.

ARTÍCULO 3º - La falta de pago en la fecha establecida por la RG Nº 46/2020 y modificatorias - CALENDARIO IMPOSITIVO 2021, devengará un interés por pago fuera de término sin necesidad de interpelación alguna, desde sus respectivos vencimientos y hasta el día de pago. Estos intereses serán calculados por la entidad bancaria habilitada para el cobro del tributo con la presentación de las boletas obtenidas conforme a lo dispuesto en el artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial, comuníquese por medios fehacientes y Newsletter Institucional a los Municipios y Comunas a través de la Dirección de Coordinación General y archívese.

Firma: DR. MARTIN G. AVALOS

ADMINISTRADOR PROVINCIAL IMPUESTOS

S/C 34728 Oct. 25

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POLICIA DE LA PROVINCIA

DE SANTA FE


UNIDAD REGIONAL II –

ROSARIO


SECCION SUMARIOS

ADMINISTRATIVOS


EDICTO


La Sección Sumarios Administrativos U.R.II, de la Policía de la Provincia de Santa Fe, hace saber por el presente Edicto según aplicación del Artículo 21 inciso c) del Decreto 4174/15; el siguiente decisorio:

CEDULA DE REBELDIA

Rosario, 20 de Octubre de 2021.-

SEÑOR: Suboficial de Policía NI. 704.393 – GUSTAVO IVAN SALCEDO.-

Cumplo en llevar a su conocimiento que en esta Sección Sumarios Administrativos U.R.II se instruyen actuaciones bajo el Nº 1287/18 S.A., ordenadas por el entonces Sr. Jefe de la Unidad Regional II, a tenor de lo normado en el Art. 37 inc. a) del R.S.A., en el cual resultara imputada de la presunta trasgresión a lo normado en el Art. 43 inc. f) y Art. 41 inc. h) Punto 1°, con implicancias del Art. 42, todos de la Ley Provincial Nro. 12521/06 – Decreto Reglamentario 461/15-, transcribiéndose a continuación lo dispuesto en los mencionado autos: VISTOS: Que en fecha 08 de Septiembre de 2.021 se procedió a realizar Cedula de Emplazamiento - publicado en el Boletín Oficial el día Viernes 10 de Septiembre de 2021 - para el Suboficial de Policía NI. 704.393 – GUSTAVO IVAN SALCEDO, emplazándolo para que comparezca a Despacho ante esta Instrucción Sumarial en fecha 16 de Septiembre de 2.021 a las 09:30 horas, a fin de recibírsele declaración conforme a lo normado en el Articulo Nº 40 del Reglamento para Sumarios administrativos. CONSIDERANDO: Que no obstante ello la encartada no ha comparecido ante esta instancia administrativa, en el término fijado. ATENTO: A las atribuciones reglamentarias expresamente establecidas en el Articulo Nº 41 del Reglamento para Sumarios Administrativos. RESUELVO Art.1º)DECLARAR REBELDE a la Suboficial de Policía NI. 704.393 – GUSTAVO IVAN SALCEDO, por no haber comparecido ante la instrucción sumarial administrativa, dentro de los términos del emplazamiento, sin causa justificada. Art. 2º) NOTIFÍQUESE de la medida a la causante, librándose para ello la correspondiente cédula, aplicando supletoriamente, lo previsto en el Artículo 21 inciso “c” del Decreto 4174/15.- Rosario: 20 de Octubre de 2.021.- Firmado Comisario Pablo E. Leguizamón.

Queda en consecuencia debidamente notificada de la resolución que antecede, haciéndosele saber que esta Sección se halla ubicada en Av. Ovidio Lagos 5250, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe. República Argentina. Teléfono 0341-4657348.-

Firmado: Pablo E. Leguizamón, Comisario, Jefe de Sumarios Administrativos, Policía de la Provincia de Santa Fe.-

S/C 34731 Oct. 25

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