picture_as_pdf 2021-10-20

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


POR

RENE TARDIVO


Por orden del Juzgado de 1º Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 8º Nom. de Rosario, en autos: “MONTOYA MONICA GRACIELA S/ PROPIA QUIEBRA” CUIJ 21-01312370-2, el Martillero RENE TARDIVO (DNI: 16.648.048) subastará el cincuenta por ciento (50 %) indiviso del inmueble de la fallida, que obra inscripto en el Registro de la Propiedad al Tomo 750, Folio 306, N° 145.190, departamento Rosario, ubicado en calle Gómez Cornet N° 2720, piso 2 dpto. “E” de esta ciudad, se llevará a cabo en la Sala de Remates del Colegio de Martilleros de Rosario (Moreno N° 1546 de esta ciudad. En consecuencia, fijase fecha de remate para el día 10 de Noviembre de 2021 a las 15:30 horas. De resultar inhábil el día fijado o si por razones de fuerza mayor no se pudiere realizar el acto, se efectuará el día hábil siguiente. El bien saldrá a la venta en el estado de ocupación que se encuentra de acuerdo a las constancias de autos, con la base de pesos tres millones ($3.000.000). Seguidamente, en caso de no haber postores, con una retasa del 25% menos, es decir, la suma de pesos dos millones doscientos cincuenta mil ($2.250.000); la última base de pesos un millón ochocientos mil ($ 1.800.000), y de persistir la falta de interesados se retirará la oferta. En el acto de remate el comprador deberá abonar el diez por ciento (10%) del importe total de la compra, de superar los $30.000 el comprador entregará esa suma en efectivo y/o cheque certificado o cancelatorio, y el saldo deberá abonarlo dentro de los dos días hábiles posteriores a la subasta mediante transferencia bancaria a la cuenta judicial que se abrirá en el Banco Municipal de Rosario sucursal Caja de Abogados, a la orden de este Juzgado y para estos autos, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de perder el importe entregado. Asimismo el comprador deberá abonar en ese acto la comisión de ley al martillero actuante, del tres por ciento (3%) en efectivo y/o cheque certificado o cancelatorio. En razón de que el precio de la subasta superará el importe de $30.000, el pago del saldo no podrá realizarse en efectivo, debiendo optar el comprador por los medios de pago mencionados conforme disposición del B.C.R.A. según Comunicación “A” 5147 de fecha 23/11/2010. Se deja aclarado que no se computan, para determinar la comisión del martillero según el porcentaje precitado, los importes de las deudas que posea el inmueble. Con relación al mencionado saldo de precio, deberá ser depositado por el adquirente dentro del plazo de cinco (5) días hábiles de notificada la aprobación de la subasta, mediante depósito en cuenta judicial del Banco Municipal de Rosario, sucursal Caja de Abogados, para estos autos y a la orden de este juzgado. Vencido dicho plazo o no abonado el saldo mediante los medios de pago precitados -previstos en la Comunicación “A” 5147 de fecha 23.11.2010- se considerará al comprador como “postor remiso” y se dejará sin efecto la subasta, aparejando así las consecuencias del art. 497 del CPCC. Sin perjuicio de ello, la infracción a la normativa vigente será comunicada por este Tribunal y/o el martillero actuante a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y a la Unidad de Información Financiera (UIF). Se encuentra agregada a autos copia del titulo expedida por el Archivo de Protocolos del Colegio de Escribanos Rosario y copia certificada del extracto de dominio, no siendo admisible planteo alguno por falta o insuficiencia del título en el acto de remate o con posterioridad. Se hace saber que mediante acceso a la página http://www.justiciasantafe.gov.ar/js/index.php, “Sistema de autoconsulta de Expedientes del Poder Judicial de Santa Fe – Autoconsulta Web - otros”, podrá consultar el expediente ingresando el número de CUIJ 21-01312370-2 y clave 6681. Por tal razón, no se aceptarán reclamo alguno cuyo fundamento sea no haber tenido acceso al expediente. El oferente deberá encontrarse presente en el remate, no permitiéndose la compra en comisión. Efectúense las comunicaciones de los art. 488 y 506 del CPCC, librándose los despachos pertinentes con la debida antelación, debiendo acompañarse las constancias del diligenciamiento antes de la subasta, bajo apercibimientos de suspenderse la misma a costa del martillero, ello sin perjuicio de lo dispuesto por el art. 503 del CPCC .El expediente deberá ser entregado al Juzgado cinco (5) días antes de la subasta a los fines de los arts. 494 y 495 del CPCC y permanecerá en Secretaría. Previo a la aprobación de las cuentas de gastos del martillero, se deberá oficiar al Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, con copia certificada del acta de remate a fin de que se tome razón de la misma, sin que implique transferencia a favor del adquirente, la que se efectivizará una vez reunidos los requisitos correspondientes. Los gastos por impuestos, tasas, contribuciones y demás conceptos que adeude el inmueble, desde la fecha de la quiebra (27/10/2005), como asimismo los gastos, sellados y honorarios notariales producidos por la transferencia dominial del inmueble subastado, serán exclusivamente a cargo del comprador en subasta. También serán a su cargo los que puedan resultar por nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianerías en su caso. Entre los impuestos a cargo del comprador incluyese, entre otros que correspondan, los siguientes: impuesto nacional a la transferencia de inmuebles de personas físicas y sucesiones indivisas (ley 23.905) o ganancias, impuesto provincial sobre los ingresos brutos en caso de corresponder su aplicación (artículo 125 inc. F Código Fiscal). No se aceptarán mejoras inferiores a pesos diez mil ($10.000). El adquirente del inmueble subastado deberá acudir a escribano público para protocolizar las actuaciones o confeccionar la escritura pública que instrumentará la transferencia del dominio a su favor que, en tal caso, que deberá ser suscripta por la sindicatura, en su función de partícipe en los actos de disposición de los bienes del fallido (art. 109, LCQ). Se excluye la opción prevista en el artículo 505 párrafo 2° del CPCC. Publíquense edictos en el Boletín Oficial y en el Hall de tribunales en el transparente habilitado a tal efecto en la forma prescripta por el art. 67 del CPCC reformado por la ley provincial 11.287, por el término y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese por cédula a los interesados y ocupantes del inmueble, si los hubiere, sin perjuicio de la publicidad adicional que se autoriza únicamente el diario “La Capital” (los dos domingos anteriores a la subasta- 31/10/2021 y 07/11/2021)) y por volantes, con cargo de oportuna rendición de cuentas y presentación de los comprobantes correspondientes. En forma adicional a las publicaciones previstas, el Martillero designado podrá exhibir el bien subastado, a los fines de la promoción del remate, en redes sociales (Facebook, Instagram, WhatsApp, YouTube, etc.), y cualquier otro medio gratuito de comunicación masiva. EXHIBICION: coordinar con Martillero : Tel: 3415001560 –- Edictos en el Boletín Oficial y Hall de Tribunales. Rosario 15/10/21. Firmado: Dra. MARIA JOSE CASAS –Secretario.

S/C 464928 Oct. 20 Oct. 26

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