picture_as_pdf 2021-10-12

MINISTERIO DE

DESARROLLO SOCIAL


COORDINACIÓN EJECUTORA

PROVINCIAL PARA LA

REGULARIZACIÓN DOMINIAL


Por disposición de la Coordinación Ejecutora Provincial para la REGULARIZACIÓN DOMINIAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL - Ley Nacional 24.374 y su modif. Decr. Prov. 1178/09, se cita, se llama y emplaza para que comparezcan por ante esta dependencia ubicada en calle Salta Nº 3211 de la ciudad de Santa Fe; 27 de febrero 2289 de la ciudad de Rosario; SAN MARTIN Nº1029 - de ciudad de Reconquista; dentro del término de treinta (30) días hábiles y bajo apercibimientos de ley, a fin de que deduzcan formal oposición si correspondiere, en los términos del art. 6 inc. d) de la Ley mencionada, lo que se publica a sus efectos en el Boletín oficial y el diario local de la ciudad de Santa Fe (“El Litoral”) en fecha martes 12 y miércoles 13 de octubre de 2021, a las siguientes personas:


DEPARTAMENTO: LA CAPITAL: LOCALIDAD: SANTA FE

1- EDUARDO MARIO LAPALMA, NORMA YOLANDA SCARAFIA, JORGE ALBERTO PLANES y EDUARDO MARIO PLANES, Matrícula individual,LE:6.220.253,LC:3.563.460,DNI:12.057.750 sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle:ECHAGUE Y ANDIA N°6271(BARRIO LOYOLA SUR ) de la localidad de SANTA FE, identificado como lote 1 manzana 8.162-plano Nº 72.933/1974,Partida inmobiliaria Nº 10-11-06-133657/0161-2,inscripto el dominio al T° 191P -Fº1.047- N°76.934-año 1.970-T°299 I-F°1986-N°14.119-AÑO1981-T°299 I-F°1986-N°76.934-AÑO1986- Departamento LA CAPITAL, Sección Propiedades del Registro General de la Propiedad Inmueble de, Expte. 01501-0097033-1, iniciador:FERNANDEZ CELIA BELKIS.

2-ELENA HURI FERNANDEZ O FERNANDEZ de VIVAS, SIRIA RAQUEL FERNANDEZ o FERNANDEZ de VOLPATTI y WASHINGTON FELIPE FERNANDEZ, Matrícula individual,DESCONOCIDO: sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle:JUAN DEL CAMPILLO N°1643 (BARRIO CANDIOTI NORTE) ,de la localidad de:SANTA FE, identificado como lote B manzana 4116 plano Nº 2.886MU/1954, Partida inmobiliaria Nº10-11-04-113042/0002-2, inscripto el dominio al T°99 P Fº558- Nº21.525-AÑO 1.931, Departamento LA CAPITAL,Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE, expte. 01501-0097316-5, iniciador:VICO MARIA ROSA.

LOCALIDAD: MONTE VERA

3.CENA DANILO CARLOS -Matrícula individual,LE:2.942.403, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: RIVADAVIA N°5.800 de la localidad de:MONTE VERA,identificado como lote –--manzana----plano Nº10.286/1951, Partida inmobiliaria Nº10-09-00-739039/0004-5, inscripto el dominio al T°245P Fº 25 N.º250 -AÑO 1963, Departamento LA CAPITAL , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE, expte. 01501-0092081-9, iniciador:CACERES VICTORIA

LOCALIDAD: SANTO TOME

4.EMILIA LAURA o LAURA EMILIA GAGNETEN de OCCHI, LAURA CARMEN TERESITA OCCHI, CLEMENTINA ELOISA MARCHI de MAREK, Matrícula individual-DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle:4 DE ENERO N° 4633 de la localidad de:SANTO TOME, identificado como lote 9 manzana 16B-plano N.º23.136/1957-, Partida inmobiliaria Nº 10-12-00-742373/0195-9, inscripto el dominio al T°168 I- Fº1.960- N.º14.438 -AÑO1.969-T°168 I-F°1960-N°115.311-AÑO1982-T°248P-F°1628-N°14.438-AÑO1969-T°248P-F°1.628-N°115.311-AÑO1982, Departamento LA CAPITAL,Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE, expte. 01501-0096530-6, iniciador:RODRIGUEZ RICARDO.

DEPARTAMENTO VERA: LOCALIDAD LA GALLARETA

5.”LA GALLARETA” SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL COMERCIAL Y ACROPECUARIA- Matrícula individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle:ZONA URBANA Nº S/N de la localidad de LA GALLARETA, identificado como lote G manzana 38 y 38A-plano N.º26.663/1959,Partida inmobiliaria N.º02-03-00-556296/0001-1, inscripto el dominio al T° 119 - Fº 27 -N.º 1.024-AÑO1977-T°123-F°760-N°24.696-AÑO1.978 , Departamento VERA , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE, expte. 01501-0094109-6, iniciador:QUIROZ FLORENTINO.

DEPARTAMENTO CASTELLANOS:LOCALIDAD JOSEFINA:

6.RAUL JOSE PAOLASSO y BARTOLO BAUDINO-, Matrícula individual, LC: 2.718.114-LE: 2.695.975:, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle:7 Nº121 de la localidad de JOSEFINA, identificado como lote 23 manzana 7 plano Nº 59.667/1970, Partida inmobiliaria Nº08-33-00-568731/0300-9, inscripto el dominio al T°202 P – Fº 243-Nº 2.052 -AÑO 1.970-T°193 P-F°992-N° 12.382-AÑO 1968, Departamento CASTELLANOS,Sección Propiedades,del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE, expte. 01501-0084601-2,iniciador:CAMINO MIGUEL ANGEL.

LOCALIDAD: FRONTERA

7.PAOLASSO RAUL JOSE Y BAUDINO BARTOLO,Matrícula individual,LC:2.718.114 - LE:2.695.975,sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle:7-N°570 (BARRIO SAN JOSE) de la localidad de FRONTERA, identificado como lote 17 manzana 26 plano Nº DUP 234/1962,Partida inmobiliaria Nº 08-41-00-568756/0893-2, inscripto el dominio al T°167 P Fº 681 Nº 6442 BIS-AÑO1.962-Departamento CASTELLANOS Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE, expte. 01501-0103181-9,iniciador:FERREYRA JORGE ADRIAN

8-TERESA FRANCUCCI de TAVERNA, Matrícula individual, DESCONOCIDO, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle:74 Nº371 (BARRIO SANTA TERESITA) de la localidad de FRONTERA, identificado como lote 7 manzana A plano Nº 72.736/1974,Partida inmobiliaria Nº08-41-00-568756/0987-4, inscripto el dominio al T° 164P Fº1.055 – N.º43.058-AÑO 1960, Departamento CASTELLANOS , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE, expte. 01501-0098821-5,iniciador: JUAREZ ALCIRA SUSANA.

9-TERESA FRANCUCCI de TAVERNA, Matrícula individual, DESCONOCIDO, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle 70 Nº 295 de la localidad de FRONTERA, identificado como lote 11 manzana 8 plano Nº 72.736/1974,Partida inmobiliaria Nº08-41-00-568756/0566-9, inscripto el dominio al T° 164 P Fº 1.055 Nº43.058-AÑO 1960, Departamento CASTELLANOS, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE, expte. 01501-0100718-8,iniciador:CUELLO,MIRTHA BEATRIZ.

10-FRANCISCO ANTONIO CHIABRANDO, Matrícula individual, LE:6.440.329, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: 102 Nº506 de la localidad de:FRONTERA, identificado como lote 1 manzana 11 plano Nº 16.882/1954,Partida inmobiliaria Nº 08-41-00-568830/0175-0, inscripto el dominio al T°293I Fº 2-658 Nº 59.967-AÑO 1984, Departamento CASTELLANOS, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE, expte. 0100724-7,iniciador:LUNA MARIA ESTER .

S/C 34520 Oct. 12 Oct. 14

__________________________________________


SUBSECRETARIO DE

CONTRATACIONES Y

GESTIÓN DE BIENES


RESOLUCIÓN Nº 0477


Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional, 05-10-2021


VISTO:

El informe elevado por el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia, solicitando la inscripción en el Registro de Beneficiarios para Compras Menores y Excepciones de una (01) firma; y

CONSIDERANDO:

Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por la Ley 12.510/05 y su Decreto Reglamentario N° 1104/16 en concordancia con la Resolución SCYGB N.º 170/19, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;

Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 1104/16, 2479/09 y 0063/19;

POR ELLO:

EL SUBSECRETARIO DE

CONTRATACIONES Y

GESTIÓN DE BIENES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1: Inscríbase en el Registro de Beneficiarios para Compras Menores y Excepciones de la Provincia de Santa Fe, por el término de treinta y seis (36) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: FERREYRA ADRIAN MARCELO CUIT N° 20-13720575-1.

ARTÍCULO 2: Regístrese, comuníquese y archívese.

__________________________________________


RESOLUCIÓN Nº 0478


Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”

05/10/2021


VISTO:

Los informes elevados por el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia, solicitando la inscripción de tres (03) firmas como nuevas proveedoras y la renovación de antecedentes de otras; y

CONSIDERANDO:

Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por la Ley 12.510/05 y su Decreto Reglamentario N° 1104/16 en concordancia con la Resolución SCyGB Nº 133/20, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;

Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 1104/16, 2479/09 y 0063/19;

POR ELLO:

EL SUBSECRETARIO DE CONTRATACIONES Y GESTIÓN DE BIENES

RESUELVE:

ARTICULO 1: Inscríbase en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: MATHIEU RODOLFO AMADO CUIT N° 20-21718963-3; MI COMPAÑIA S.A. CUIT N° 30-71695669-1; TOTAL MEDIC SAS CUIT N° 30-71700212-8.

ARTICULO 2: Renuévese en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: AMIUN S.A. CUIT N° 30-67454051-1; BASUALDO JUAN JOSE CUIT N° 23-22874616-9; BIOSYSTEMS S.A. CUIT N° 30-65274402-4; CANON MEDICAL SYSTEMS ARGENTINA S.A. CUIT N° 30-71600236-1; CAJA DEL SEGURO S.A. CUIT N° 30-66320562-1; C&C MEDICAL'S S.A. CUIT N° 30-70717470-2; HAMUD RAUL HECTOR CUIT N° 20-11903595-4; VENTAS Y SERVICIOS S.A. CUIT N° 30-70872963-5.

ARTICULO 3: Renuévese en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de doce (12) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: IMPRENTA LUX S.A. CUIT N° 30-59018490-6; LATIV S.A. CUIT N° 30-70964548-6.

ARTICULO 4: Regístrese, comuníquese y archívese.

__________________________________________


RESOLUCIÓN Nº 0479


Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”

06/10/2021


VISTO:

El Expediente N° 00306-0010854-3 del servicio de información SIE caratulado s/excepciones y las Resoluciones números 54, 55, 63, 75, 110, 141, 178, 218, 254, 4/21; 50/21; 93/21; 149; 201 y 351 de esta Subsecretaría de Contrataciones y Gestión de Bienes; y

CONSIDERANDO:

Que la OMS declaró la pandemia del COVID-19 (coronavirus) que motivó el dictado del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/20 y del Decreto Provincial de adhesión N° 213/20 de fecha 12 de marzo del año pasado;

Que a los fines de cumplimentar con lo requerido por las autoridades sanitarias en relación a la necesidad de evitar la propagación del virus citado, -circulación de ciudadanos-, esta Subsecretaría de Contrataciones y Gestión de Bienes dictó la Resolución Nº 54 de fecha 19/03/2020 que establece la Prorroga de las vigencias de inscripción otorgadas por el Registro Único de Proveedores y Contratistas (RUPC) por un plazo de 60 días contados a partir del 12/03/2020 y determina la excepción del trámite inscripción en el Registro Único de Proveedores y Contratistas y el Registro de Beneficiarios de Pagos para Compras Menores y Excepciones (RBPCME) a aquéllos proveedores que resulten adjudicatarios de las gestiones de contrataciones que se realicen a fin de garantizar la provisión de bienes y servicios esenciales destinados a la Salud, Seguridad y Alimentación.

Que posteriormente por Resolución SCyGB N.º 55 de fecha 02/04/2020 se modificó el artículo 2° de la Resolución citada precedentemente, exceptuando del trámite de inscripción/renovación en el RUPC y el RBPCME a aquéllos proveedores que resulten adjudicatarios de las gestiones de contrataciones que se realicen a fin de garantizar la provisión de bienes y servicios esenciales destinados a la Salud, Seguridad y Alimentación, por el término de 60 días contados a partir de 12/03/2020, quedando alcanzados los proveedores inscriptos con vigencia vencida a esa fecha.

Que el Decreto Provincial Nº 393 de fecha 11/05/2020, en su art. 6°, prorrogó hasta el 30 de Junio del corriente año, la validez y vigencia de las habilitaciones, permisos, licencias o autorizaciones que otorga la Provincia o cualquiera de sus reparticiones dependientes del Poder Ejecutivo, cuyo vencimiento opere con anterioridad a esa fecha; y cuya renovación deba tramitarse indefectiblemente de manera presencial en las reparticiones públicas correspondientes;

Que en concordancia con ello, esta Subsecretaría de Contrataciones y Gestión de Bienes dictó la Resolución N.º 63 de fecha 14/05/2020 haciendo extensiva las habilitaciones y excepciones por ella dispuesta hasta el 30/06/2020.

Que posteriormente, mediante los Decretos Nº 487 de fecha 08/06/2020, Nº 646 de fecha 20/07/2020, Nº 851 de fecha 16/08/2020, Nº 984 de fecha 21/09/2020, Nº 1172 de fecha 26/10/2020, N° 1545 de fecha 30/11/2020, N° 1979 de fecha 21/12/2020; Nº 51 de fecha 30/01/2021; N.º 127 de fecha 01/03/2021; N.º 242 de fecha 31/03/2021; N.º 447 de fecha 02/05/2021 y N° 1.111 de fecha 08/07/2021, el Poder Ejecutivo Provincial estableció con igual criterio prórrogas hasta el 31/07, 31/08, 30/09 , 31/10, 30/11, 31/12, 31/01/2021, 28/02/2021, 31/03/2021, 30/04/2021, 31/07/2021 y 30/09/2021 respectivamente.

Que en consecuencia, esta Subsecretaría dictó las Resoluciones Nº 75 de fecha 16/06/2020; Nº 110 de fecha 27/07/2020, Nº 141 de fecha 31/08/2020, Nº 178 de fecha 28/09/2020, Nº 218 de fecha 04/11/2020, Nº 254 de fecha 02/12/2020, N° 4 de fecha 04/01/2021, N.º 50 de fecha 01/02/2021, N° 93 de fecha 01/03/2021, N.º 149 de fecha 31/03/2021; N.º 201 de fecha 03/05/2021 y N° 351 de fecha 26/07/2021; extendiendo las mismas en un todo de acuerdo con lo dispuesto por el Poder Ejecutivo Provincial por igual término.

Que la Resolución Nº 218 citada precedentemente, estableció que a partir del 01/12/2020, no se otorgarán prórrogas automáticas a aquéllas firmas proveedoras cuyo vencimiento de inscripción en el RUPC operó con anterioridad al 28-02-2020.

Que, nuevamente, por Decreto Nº 1.874 de fecha 24/09/2021, el Poder Ejecutivo Provincial estableció la prórroga hasta el 31 de Diciembre de 2021, la validez y vigencia de las habilitaciones, permisos, licencias o autorizaciones que otorga la Provincia o cualquiera de sus reparticiones dependientes del Poder Ejecutivo, cuyo vencimiento opere con anterioridad a esa fecha, y cuya renovación deba tramitarse indefectiblemente de manera presencial en las reparticiones públicas correspondiente;

Que, en un todo de acuerdo con lo establecido en el art. 1° del Decreto indicado precedentemente; resulta apropiado extender las excepciones y ampliaciones de vigencias previstas en las Resoluciones citadas para todas aquéllas firmas proveedoras cuyo vencimiento de inscripción en el RUPC operó con posterioridad al 01/03/2020;

Que no obstante lo indicado precedentemente, debe considerarse la entrada en vigencia, a partir del 20/08/2020, del “Sistema de Gestión de Proveedores Web de la Provincia de Santa Fe”, el cual permite la realización de inscripciones, renovaciones o modificaciones de datos en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de manera totalmente digital para lo cual no se requiere la presencialidad para la realización de los mismos;

Que por tal motivo, las prórrogas automáticas que aquí se reglamentan, serán otorgadas hasta el 31/12/2021 por última vez, debiendo realizar el trámite de renovación todos aquéllos proveedores que se encuentran alcanzados en la presente norma;

Que los distintos estamentos técnicos han tomado la debida intervención sin formular observaciones al acto propugnado;

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de la Ley 12.510 y los Decretos N° 1104/16, Nº 2479/09 t.o, N° 914/18 y N° 0063/19;

POR ELLO:

EL SUBSECRETARIO DE

CONTRATACIONES

Y GESTIÓN DE BIENES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1: Prorróguense hasta el 31 de Diciembre de 2021 las vigencias de inscripción otorgadas por el Registro Único de Proveedores y Contratistas (RUPC), para todas aquéllos proveedores cuyos vencimientos operaron a partir del 01/03/2020.

ARTICULO 2: Determínase que las prórrogas automáticas dispuestas en el artículo precedente, se otorgarán por última vez, debiendo realizar el trámite de renovación todos aquéllos proveedores que se encuentran alcanzados en la presente norma;

ARTICULO 3: Exceptúase del trámite de inscripción/renovación en el Registro Único de Proveedores y Contratistas y el Registro de Beneficiarios de Pagos para Compras Menores y Excepciones a aquéllos proveedores que resulten adjudicatarios de las gestiones de contrataciones que se realicen a fin de garantizar la provisión de bienes y servicios esenciales destinados a la Salud, Seguridad y Alimentación, en el marco de la emergencia sanitaria por la pandemia del COVID-19 (coronavirus); por igual término al previsto en el Artículo 1°.

ARTÍCULO 4: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

S/C 34648 Oct. 12 Oct. 13

__________________________________________


POLICIA DE LA PROVINCIA

DE SANTA FE


NOTIFICACIÓN


En la ciudad de Santa Fe, a los 3 días del mes de Septiembre de 2.021, se procede a notificar mediante el presente a los familiares del extinto Suboficial de Policía HORACIO RALL PERALTA - Clase 1.946 - C.U.I.L. 20-6258562-6, referente al expediente “U” 262.753/17 DP-(D-1), Reg. M.S. 00201-0031343-5, que concluyera en el Decreto Nº 1.671 de fecha 15/Jun/2017. Artículo 1º: Rechazándose los reclamos administrativos interpuestos por el empleado policial Sr. Horacio Raúl Peralta (CUIL Nº 23-26343930-9) tendientes a obtener la correcta liquidación y pago en sus haberes de los adicionales creados por Ley N° 9.561, en razón de haberes producidos la extensión de la acción por prescripción. Artículo 3º: Regístrese, hágase saber y archívese. Fdo. Dr. Antonio Raúl Bonfatti - Gobernador de la Provincia.

Se le hace saber que conforme lo dispuesto por Ley N° 12.071, le asiste el derecho a interponer recurso en los términos del Art. 42º y ss. del Decreto Provincial N° 4174/15, dentro de los diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.

SANTA FE “Cuna de la Constitución Nacional”, 30 de Septiembre de 2.021. Fdo. Subdirector de Policía Rodrigo Villalva Subjefe del Departamento Personal- (D-1) de la Policía de la Provincia de Santa Fe.

S/C 34652 Oct. 12

__________________________________________


NOTIFICACIÓN


En la ciudad de Santa Fe, a los 30 días del mes de Septiembre de 2.021, se procede a notificar mediante el presente al Suboficial de Policía DARIO RUBÉN PÉREZ -N.I. 670.146 - Clase 1.988 - C.U.I.L. Nº 20-33449418-, referente al expediente “P” 304.170/20 DP-(D-1), Reg. MS 002010201147-4, que concluyera en la Resolución Nº 2.463 de fecha 19/Sep/2019. Artículo 1º: Dar por aceptada al señor Dario Rubén Pérez (Clase 1.988 - C.U.I.L. Nº 20-33449418-8), quien revista como Suboficial de Policía (GS) en la Policía de la Provincia - Unidad Regional II (Dpto. Rosario) la renuncia presentada por razones de índole particular, a partir del 14 de Marzo de 2.019 dejándose expresa reserva de la posibilidad de modificar la causal de baja conforme el resultado en definitiva de la actuación administrativa en trámite. Articulo 2°: Regístrese, hágase saber y archívese. Fdo. Lic. Maximiliano Pullaro - Ministro de Seguridad.

Se le hace saber que conforme lo dispuesto por Ley N° 12.071, le asiste el derecho a interponer recurso en los términos del Art. 42º y ss. del Decreto Provincial N° 4174/15, dentro de los diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.

SANTA FE “Cuna de la Constitución Nacional”, 30 de Septiembre de 2.021. Fdo. Subdirector de Policía Rodrigo Villalva Subjefe del Departamento Personal- (D-1) de la Policía de la Provincia de Santa Fe.

S/C 34651 Oct. 12

__________________________________________


UNIDAD REGIONAL II – ROSARIO

SECCION SUMARIOS

ADMINISTRATIVOS


EDICTO


La Sección Sumarios Administrativos U.R.II, de la Policía de la Provincia de Santa Fe, hace saber por el presente Edicto según aplicación del Artículo 21 inciso c) del Decreto 4174/15; el siguiente decisorio:

Resolución del Sr. Jefe de Unidad Regional II – Rosario – N° 996/2.021

Rosario, 07 de Octubre de 2021.-

VISTO…….CONSIDERANDO……….ATENTO………EL SEÑOR JEFE DE LA UNIDAD REGIONAL II – ROSARIO- RESUELVE: Art. 1) INSTRUIR Sumario Administrativo de conformidad al Art. 37 inciso a) del R.S.A. para con el Suboficial de Policía NI. 729.507 – DENIS EMILIANO ACOSTA, numerario de la Unidad Regional II – Rosario-, quedando facultada la instrucción a formular las imputaciones administrativas, como así aumentar el número de encartados conforme la investigación lo exigiere.- Art. 2) DISPONER el pase a situación de revista de DISPONIBILIDAD del Suboficial de Policía NI. 729.507 – DENIS EMILIANO ACOSTA, numerario de la Unidad Regional II – Rosario-, a partir del momento de su notificación, de conformidad al Artículo 90 inciso c) de la Ley del Personal Policial N° 12.521/06, y los alcances de los Artículos 132, 133 y 137 del R.S.A., con privación de arma y credencial, y Artículo 111 inciso b) de la primera normativa nombrada en lo que atañe en la percepción de haberes.- Art. 3) NOTIFICADO que fuera el causante, ELEVAR las presentes actuaciones administrativas a la Señora Jefe de Policía de Provincia a los efectos que considere ratificación de la medida preventiva, conforme al Artículo 137 del R.S.A.- Art. 4) PASEN a la Sección Sumarios Administrativos, a los fines de proceder a las anotaciones de estilo, notificación del causante y demás fines tramitativos pertinentes; Cumplimentado , ELEVESE a la Señora Jefe de Policía de Provincia, a conocimiento, consideración y posterior resolución, conforme a lo dispuesto en el punto 3° de la presente. DESPACHO, Rosario 07 de Octubre de 2021. Firmado Lic. Luis Pablo Martin Maldonado, Director de Policía, Jefe U. Regional II- Rosario- Pol. Prov. De Santa Fe.

S/C 34649 Oct. 12

__________________________________________


ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL

DE IMPUESTOS


RECAUDACIÓN FISCAL JUNIO/2021


JUNIO 2.021

Inmobiliario 1.383.577.762,28 9,31%

Ingresos brutos 11.079.653.022,01 74,53%

Aportes sociales 823.521,93 0101%

Actos jurídicos 1.090.900.732,71 7,34%

Patente unica s/vehículos 1.301.244.775,26 8,75%

Recursos varios 10.397.096,72 0,07%

Total Mensual 14.886.596.910,91 100,00%


ACUMULADA DEL AÑO 2021

Periodo desde el 01/01/2021 al 30/06/2021

Inmobiliario 7.789.476.471,46 10,06%

Ingresos brutos 57.884.377.580,51 74,79%

Aportes sociales 3.578.512,78 0,00%

Actos jurídicos 6.028.903.457,30 7.79%

Patente unica s/vehículos 5.633.465.294,09 7,28%

Recursos varios 56.363.470,65 0,07%

Total acumulado 77.396.164.786,79 100,00%

S/C 34654 Oct. 12

__________________________________________


RECAUDACIÓN FISCAL JULIO/2021


JULIO 2021

Inmobiliario 1.052.266.133,14 7.35%

Ingresos brutos 11.422.300.324,16 79,74%

Aportes sociales 367.370,60 0,00%

Actos jurídicos 1.202.662.180,81 8,40%

Patente unica s/vehículos 634.487.986,78 4,43%

Recursos varios 11.664.640,56 0,08%

TOTAL MENSUAL 14.323.948.636,05 100,00%


ACUMULADA DEL AÑO 2021

Periodo desde el 01/01/2021 al 31/07/2021

Inmobiliario 8.841.742.604,60 9,64%

Ingresos brutos 69.306.677.904,67 75,56%

Aportes sociales 3.945.883,38 0,00%

Actos jurídicos 7.231.765.638,11 7,88%

Patente unica s/vehículos 6.267.953.280,87 6,83%

Recursos varios 68.028.111,21 0,07%

TOTAL ACUMULADO 91.720.113.422,84 100,00%

S/C 34655 Oct. 12

__________________________________________


AGENCIA PROVINCIAL

DE SEGURIDAD VIAL


VALORES UNIDADES FIJAS PARA EL MES DE OCTUBRE 2021


A los efectos de cumplimentar lo establecido por la Resolución Provincial N.º 011/10 que dispone la publicación en el Boletín Oficial desde el 1 al 10 de cada mes, de la tabla de equivalencia de valores de unidades fijas (U.F.), se comunica:

Que, en cuanto a lo establecido por el Articulo 84 de la Ley Nacional 24449 que establece que el valor de la multa se determina en unidades fijas denominadas U.F., y lo dispuesto por el artículo 1 de la Ley Provincial N.º 13899 por el cual se fija como valor para la U.F. el equivalente al cincuenta por ciento (50%) del menor precio de venta al público de un litro de nafta especial en las estaciones de servicio YPF del Automóvil Club Argentino, se fija el siguiente valor para la U.F.:

1 UF = 50% DE UN LITRO DE NAFTA ESPECIAL = $49,55 (CUARENTA Y NUEVE PESOS CON CINCUENTA Y CINCO CENTAVOS).

Que, a los fines de lo establecido por el art. 11 del Decreto Provincial N.º 869/09, conforme la modificación dispuesta por el art. 5º del Decreto Provincial N.º 409/13 y la Resolución N.º 074/13 de la APSV, respecto del Sistema de Revisión Técnica Vehicular Obligatoria, por el cual se fijan como valores para la U.F. el equivalente al precio de venta al público de un litro de nafta especial en las estaciones de servicio YPF del Automóvil Club Argentino, se fija el siguiente valor:

1 UF = 1 LITRO DE NAFTA ESPECIAL = $99.10 (NOVENTA Y NUEVE PESOS CON DIEZ CENTAVOS)

A los efectos de la determinación de los valores que fueran establecidos en unidades fijas equivalentes al valor del litro de gas oil ultra diesel, se fija el siguiente valor:

1 UF = $91.10 (NOVENTA Y UN PESOS CON DIEZ CENTAVOS).

Estos precios se publican de acuerdo a lo informado por el Automóvil Club Argentino para sus estaciones de servicio YPF dentro de la jurisdicción provincial.

S/C 34640 Oct. 12 Oct. 25

__________________________________________