picture_as_pdf 2021-10-05

MELINCUÉ

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


POR

FABRINA MIRETTO RAMA


Por disposición del Señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral Nº 8 de la localidad de Melincué, Dr. Alejandro Lanata, secretaría del autorizante, Dra. Analía Irrazabal, en autos caratulados: ASOCIACION MUTUAL CLUB BELGRANO c/Otro s/Ejecución hipotecaria; (Expte. Nº 293/2018 - CUIJ Nº 21-26465666-1) se ha dispuesto que la Martillera Pública Fabrina Miretto Rama Matrícula Profesional Nº 1715-M-166 proceda a vender en pública subasta el día Viernes 12 de Noviembre de 2021 a las 11:00 Hs. o al día siguiente hábil a la misma hora y lugar si aquel resultare inhábil, en el Hall del Juzgado autorizante de la localidad de Melincué; sito en calle 25 de Mayo Nº 401, el siguiente bien hipotecado saber: 50% Indiviso de una fracción de campo ubicado en la Ciudad de Villa Cañas, Departamento General López, provincia de Santa Fe, identificándose como: Lote 41 - Superficie 33 HA 89 AS 86 CAS 22 DCM2 - Plano Nº 167249/2011. Medidas y Linderos: Una fracción de terreno de campo situada en el Distrito Villa Cañas, Dpto. General López, Pcia. De Santa Fe, que es parte del Lote Cuatro, del Plano confeccionado por el Ingeniero Gregorio Araoz en Diciembre de 1951 y designado de acuerdo al Plano confeccionado por el Agrimensor Héctor Hugo Rodríguez, archivado bajo el Nº 167249 Año 2011 como Lote 41, Compuesto de 348,35 metros de frente al Sud-Oeste, lindando con camino público, por 974 m al Nor-Oeste, lindando con el Lote 31 del mismo Plano, 347,35 m al Nord-Este, lindando con Marat Beatriz Esteve y otros y 974 m al Sud-Este lindando con Alicia María Artoni y / otros. Superficie Total 33 has 89 As 86 Cas 22 Dcm2. Superficie a subastarse 16.5 HA 44,5 AS 43 CAS 11 DCM2.- El inmueble descripto se encuentra inscripto en el Registro General Rosario bajo la Matricula 17-10297. El bien en su proporcion indivisa saldra a la venta con la base de $ 42.384.375 de no haber ofertas por la misma se efectuará una retasa del 20 % menos es decir $ 33.907.500, de persistir la falta de oferentes se ofrecerá seguidamente a la venta con una última retasa del 20 % menos es decir $ 27.126.000. Habiendo consultado al Registro General Inmueble el bien descripto carga con los siguientes gravámenes según informe textual que expide el citado Registro. Asiento 1: Usufructo vitalicio con derecho de acrecer por U$S 316.000 Escribano Salemme Andrés (Reg. 321/ Villa Cañas, Pcia. de Santa Fe, Escrit. 282 del 25-07-2011 Cert. Reg. 148514/15-07-2011. Asiento 1-1: Montanari Pedro Alberto, DNI Nº 12.688.098. Asiento 2: Presentación 303899/11-01-2013- Extincion de usufructo por renuncia sobre parte indivisa. Rel As. 1.2 R 7 Esc. Salemme Andrés (Reg. 321/ Villa Cañas Pcia de Santa Fe, Escrit. 387 del 14-12-2012 Certificado Reg. 182.800/23-11-2012. Por acuerdo de las partes se deja sin efecto el pacto de acrecimiento y la mitad del dominio queda consolidado en la persona de la nuda Propiedad, Rina Montanari. Asiento 3: Presentación 303.902/ 11-01-2013 Hipoteca sobre partes indivisas. Por $ 800.000 Relat. As 1 R. 6 Esc. Salemme Andrés Reg 321/ Villa Cañas, Pcia. de Santa Fe Escrit 387 del 14-12-2012 Cert. Reg. 182.800/23-11-2012 Acreedor: Asociación Mutual del Club Belgrano. Asiento 4: Presentación 348610/ 30-06-2015 Hipoteca sobre partes indivisas. Por $ 1.000.000 Relat As 1 R. 6 Esc. Salemme Andrés (Reg 321/ Villa Cañas, Pcia de Santa Fe Escrit 113 del 08-06-2015 Cert. Reg. 129543/ 19-052015, Acreedor: Asociación Mutual del Club Belgrano. Asientos: Embargo (la medida recae sobre el 50 % del inmueble). Por $ 3.671,889,81 Relat As 1 R. 6 Autos: ASOCIACION MUTUAL CLUB BELGRANO c/PELIZZA Y CIA SA Y MONTANARI RINA s/Ejecución hipotecaria; (Expte. Nº 293/2018) Juzgado de 1ª Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral Nº 8 de la Localidad de Melincué. Oficio Nº 982/19-04-2018. Asiento 6: Se transforma en inscripción definitiva Relat. As 5 R 7. SE deja constancia que la medida recae sobre el 50 % indiviso del dominio pleno. No constan ihinibiciones. Habiendo Consultado a la Municipalidad de Villa Cañas esta informa que se adeuda en esa dependencia la suma de $ 139.846,30. El API informa deuda por la suma de $ 33.606,71. Los Impuestos, Tasas y Contribuciones, que adeudan los inmuebles, serán a cargo exclusivo del comprador como así también los gastos totales de Escrituración y/ o Protocolización de actuaciones Judiciales, Regularización de Planos, etc. como así también cualquier rubro de cualquier naturaleza que deba abonarse como consecuencia de la venta. Quedan glosados en autos los informes de dominio emitidos por el Registro General de la Propiedad Rosario, Municipalidad de Villa Cañas y API, no aceptándose reclamos posteriores por insuficiencia de los mismos. Del Oficio de Constatación surge que los inmueble reviste el carácter de fracciones de campo libres de cosas y ocupantes. El/los comprador/es abonarán en el acto de remate el 10% del precio de compra en dinero efectivo o cheque certificado con mas el 3% de comisión de Ley al Martillero actuante e IVA si correspondiere y el saldo del 90% lo depositará una vez aprobada judicialmente la subasta en la respectiva Cuenta Judicial bajo apercibimientos de ley. Previo a la Aprobación de la Subasta deberá, Oficiarse al Registro general Inmueble con copia certificada del acta de Subasta a los fines de que se sirva tomar razón marginalmente del remate sin que implique transferencia a favor del comprador. En el caso de comprar en Comisión se deberán aclarar los datos completos del Comitente. El comprador en Subasta deberá acudir a Escribano público a los efectos de que instrumente la Escritura de Transferencia de Dominio a su favor, excluyéndose en autos la opción prevista en el Art. 505 2 párrafo del CPCC. Se deberá concurrir con DNI y tapa boca y/o barbijo sin excepción. Designase los dos días previos al remate para la exhibición del bien lo cual se coordinará con la Martillera interviniente.Efectúese la publicidad solicitada. Todo lo cual se hace saber a los efectos pertinentes a que por derecho hubiere lugar. Fdo. Dra. Analía Irrazábal (Secretaria). 15 de Septiembre de 2021.

$ 570 463923 Oct. 05 Oct. 7

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POR

FABRINA MIRETTO RAMA


Por disposición del Señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral Nº 8 de la Localidad de Melincué, Dr. Alejandro Lanata, secretaría del autorizante, Dra. Analía Irrazábal, en autos caratulados: ASOCIACION MUTUAL CLUB BELGRANO c/Otro s/Ejecución hipotecaria; (Expte. Nº 292/2018 - CUIJ Nº 21-26465665-3) se ha dispuesto que la Martillera Pública Fabrina Miretto Rama Matrícula Profesional Nº 1715-M-166 proceda a vender en pública subasta el día Viernes 12 de Noviembre de 2021 a las 9:30 Hs. o al día siguiente hábil a la misma hora y lugar si aquel resultare inhábil, en el Hall del Juzgado autorizante de la Localidad de Melincué; sito en calle 25 de Mayo Nº 401, el siguiente bien hipotecado saber: 50% Indiviso de una fracción de campo ubicado en la Ciudad de Villa Cañas, Departamento General López, provincia de Santa Fe, identificándose como: Lote 31 - Superficie 34 HA 03 AS 94 CAS 08 DCM2- Plano Nº 167249/2011. Medidas y Linderos: Una fracción de terreno de campo situada en el Distrito Villa Cañas, Dpto. General López, Pcia. de Santa Fe, que es parte del Lote Tres, del Plano de Subdivisión confeccionado por el Ingeniero Gregorio Araoz en Diciembre de 1951 y designado de acuerdo al Plano confeccionado por el Agrimensor Héctor Hugo Rodríguez, archivado bajo el Nº 167249 Año 2011 como Lote 31, Compuesto de 348,50 metros de frente al Sud-Oeste por 974 m de fondo, lindando: al Sud-Oeste con camino público, al Nord-Oeste con Feliz Merciadri y O, y al Nord-Este con Mireta Susana Blanco y Ot. Y al Sud-Este con el Lote 421 del mismo Plano. Superficie Total 34 has 03 As 94 Cas 08 Dcm2.- Superficie a subastarse 17 HA 1.5 AS 47 CAS 4 DCM2. El inmueble descripto se encuentra inscripto en el Registro General Rosario bajo la matricula 17-10298. El bien en su proporción indivisa saldrá a la venta con la base de $ 43.668.750 de no haber ofertas por la misma se efectuará una retasa del 20 % menos es decir $ 34.935.000, de persistir la falta de oferentes se ofrecerá seguidamente a la venta con una última retasa del 20 % menos es decir $ 27.948.000. Habiendo consultado al Registro General Inmueble el bien descripto carga con los siguientes gravámenes según informe textual que expide el citado Registro: Asiento 1: Usufructo vitalicio con derecho de acrecer por U$S 316.000 Escribano Salemme Andrés- Reg. 321/ Villa Cañas, Pcia. De Santa Fe, Escrit. 282 del 25-07-2011 Cert. Reg. 148515/15-072011. Asiento 1-1: Montanari Pedro Alberto, DNI Nº 12.688.098. Asiento 2: Presentación 303901/11-01-2013- Extinción de usufructo por renuncia sobre parte indivisa. Rel As. 1.2 R 7 Esc. Salemme Andrés (Reg. 321/ Villa Cañas Pcia de Santa Fe, Escrit. 386 del 14-12-2012- Certificado Reg. 182.803/23-11-2012. Por acuerdo de las partes se deja sin efecto el pacto de acrecimiento y la mitad del dominio queda consolidado en la persona de la nuda Propiedad, Rina Montanari. Asiento 3: Presentación 303.900/11-01-2013 Hipoteca sobre partes indivisas. Por $ 800.000 Relat. As 1 R. 6 Esc. Salemme Andrés Reg 321/ Villa Cañas, Pcia. De Santa Fe Escrit 386 del 14-12-2012 Cert. Reg. 182.803/23-112012 Acreedor: Asociación Mutual del Club Belgrano.- Asiento 4: Presentación 348611/ 30-06-2015 hipoteca sobre partes indivisas Por $ 1.000.000 Relat As 1 R. 6 Esc. Salemme Andrés (Reg 321/ Villa Cañas, Pcia de Santa Fe Escrit 114 del 08-06-2015 Cert. Reg. 129542/ 19-05-2015, Acreedor: Asociación Mutual del Club Belgrano.- Asiento 5: Embargo (la medida recae sobre el 50 % del inmueble) Por $ 3.671.889,81 Relat As 1 R. 6 Autos: Asociación Mutual Club Belgrano c/Pelizza Y Cia S.A. y Montaniari Rina s/Ejecución Hipotecaria (Expte. Nº 292/2018) Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral Nº 8 de la Localidad de Melincué. Oficio N 983/19-04-2018.- Asiento 6: Se transforma en inscripción definitiva Relat. As 5 R 7. Se deja constancia que la medida recae sobre el 50% indiviso del dominio pleno de la Tit. D As 1 R 6.- No constan inhibiciones.- Habiendo Consultado a la Municipalidad de Villa Cañas esta informa que se adeuda en esa dependencia la suma de $ 140.423,409 El API informa deuda por la suma de $ 33.655,81.- Los Impuestos, Tasas y Contribuciones, que adeudan los inmuebles, serán a cargo exclusivo del comprador como así también los gastos totales de Escrituración y/o Protocolización de actuaciones Judiciales, Regularización de Planos, etc. como así también cualquier rubro de cualquier naturaleza que deba abonarse como consecuencia de la venta. Quedan glosados en autos los informes de dominio emitidos por el Registro General de la Propiedad Rosario, Municipalidad de Villa Cañas y API, no aceptándose reclamos posteriores por insuficiencia de los mismos. Del Oficio de constatación, surge que los inmuebles reviste el carácter de fracciones de campo libres de cosas y ocupantes. El/ los comprador/ es abonarán en el acto de remate el 10% del precio de compra en dinero efectivo o cheque certificado con mas el 3% de comisión de Ley al Martillero actuante e IVA si correspondiere y el saldo del 90% lo depositará una vez aprobada judicialmente la subasta en la respectiva Cuenta Judicial bajo apercibimientos de ley. Previo a la Aprobación de la Subasta deberá Oficiarse al Registro general Inmueble con copia certificada del acta de Subasta a los fines de que se sirva tomar razón marginalmente del remate sin que implique transferencia a favor del comprador. En el caso de comprar en Comisión se deberán aclarar los datos completos del Comitente. El comprador en Subasta deberá acudir a Escribano público a los efectos de que instrumente la Escritura de Transferencia de Dominio a su favor, excluyéndose en autos la opción prevista en el Art. 505 2 párrafo del CPCC. Se deberá concurrir con DNI y tapa boca y/o barbijo sin excepción. Designase los dos días previos al remate para la exhibición del bien lo cual se coordinará con la Martillera interviniente. Efectúese la publicidad solicitada.- Todo lo cual se hace saber a los efectos pertinentes a que por derecho hubiere lugar. Fdo.: Dra. Analía Irrazábal (Secretaria). Melincué, 15 de Septiembre de 2021.

$ 570 463924 Oct. 5 Oct. 7

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