DON AGUSTIN S.A.
DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES
Por disposición del Juzgado de 1ª Instancia Civil y Comercial a cargo del Registro Público de Comercio de la ciudad de Venado Tuerto, Secretaría a cargo de la Dra. María Julia Petracco y por resolución de fecha 6 de Septiembre de 2.021, se ordenó la siguiente publicación de edictos:
Por Acta de Asamblea Nº 22 de fecha 10 de Diciembre de 2.020 y Acta de Directorio N° 81 de fecha 10 de Diciembre de 2.020, se dispuso la designación de los miembros del Directorio de Don Agustín S.A., con domicilio legal en la ciudad de Venado Tuerto.
Designación del Directorio y distribución de cargos: Director Titular: Presidente: Costantino Roberto Luis, argentino, D.N.I. N° 16.115.278, CUIT N° 20-16115278-2, nacido el 29 de Enero de 1.962, empresario, casado en primeras nupcias con Patricia Rosana Silva, domiciliado en Carlos Avetta N° 55 de la localidad de Alejandro Roca, Provincia de Córdoba. Vicepresidente: Costantino Agustín, argentino, D.N.I. N° 31.591.969, CUIT N° 20-31591969-0, nacido el 16 de Agosto de 1.985, empresario, soltero, domiciliado en Carlos Avetta N° 55 de la localidad de Alejandro Roca, Provincia de Córdoba. Director Suplente: Silva Patricia Rosana, argentina, D.N.I. N° 14.334.872, CUIT N° 27-14334872-0, nacida el 27 de Noviembre de 1.960, empresaria, casada en primeras nupcias con Roberto Luis Costantino, domiciliada en Carlos Avetta N° 55 de la localidad de Alejandro Roca, Provincia de Córdoba. Los señores Costantino Roberto Luis, Costantino Agustín y Silva Patricia Rosana, aceptan la designación de sus cargos, constituyendo domicilio especial en la sede social de la sociedad.
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M CUATRO S.R.L.
CESIÓN DE CUOTAS
Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito n° 4 en lo Civil y Comercial a cargo del Registro Público Reconquista, Dr. José M. Zarza - Dra. Minan G. David - Secretaria - se ha ordenado en los autos caratulados: Oficio Juzgado Primera Instancia De Distrito Judicial N° 4- en lo civil y comercial -Primera Nominación de Reconquista- (SF) en autos: MUCHIUT JUAN CARLOS s/Sucesorio; (Expte. N° 80/15)- s/Adjudicación de cuotas sociales en M CUATRO S.R.L.; (Expte. N° 120- Año 2.021-) - CUIJ N° 21-05291504-7, la siguiente publicación:
Se hace saber que en los autos caratulados MUCHIUT JUAN CARLOS s/Sucesorio; (Expte. N° 80/2015) que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 4 Civil y Comercial Primera Nominación de la ciudad de Reconquista (Santa Fe), se ordenó mediante Resolución de fecha : 28/05/2015. Declaratoria de Herederos; 18 de Marzo de 2.019. Aprobar las Operaciones de Inventario, Avalúo, Partición y Adjudicación; 19/04/2021. Aprobar la Rectificación parcial de las Operaciones de Partición practicada y se ordenó la inscripción de las tres mil quinientas (3.500) cuotas sociales titularidad del causante — Juan Carlos Muchiut DNI N° 13.715.495- en M Cuatro S.R.L., a favor de los Cesionarios-Adjudicatarios, de acuerdo al siguiente detalle:
1) a favor de Néstor Vicente Muchiut — DNI N° 14.344.253 — CUIT N° 20-14344253-6, Un mil ciento sesenta y siete (1.167) cuotas sociales.
2) 2) A favor de Héctor José Muchiut — DNI Nº 16.272.519 - CUIT N° 20-16272519-0, Un mil ciento sesenta y seis (1.166) cuotas sociales.
3) A favor de German Lazaro Muchiut – DNI Nº: 22.540.108 - CUIT N°: 20-22540108-0, Un mil ciento sesenta y siete (1.167) cuotas sociales.
4) Dichas cesiones se instrumentaron mediante Escritura N° 18 de fecha 02/05/2017 mediante la cual los cedentes Juan Pablo Muchiut (DNI N° 34.541.411) (CUIT Nº: 20-34541411-9) y Soledad Antonella Muchiut (DNI N° 37.452.860) (CUIL Nº: 27-37452860-8), ceden a los cesionarios: Sres. Néstor Vicente Muchiut (DNI N° 14.344.253); German Lazaro Muchiut (DNI N° 22.540.108) y Héctor José Muchiut (DNI N° 16.272.519), ceden la totalidad de los derechos y acciones hereditarios que le corresponden por el fallecimiento de su padre Juan Carlos Muchiut (DNI N° 13.715.495), dicha cesión se realiza por el precio de Pesos Un millón quinientos mil ($ 1.500.000); y mediante Escritura N° 83 de fecha 21/08/2018 mediante la cual el CEDENTE Juan Cruz MUCHIUT (DNI N° 39.251.846) (CUIL: 20-39251846-1) cede a los cesionarios: Sres. Néstor Vicente Muchiut (DNI N° 14.344.253); German Lazaro MUCHIUT (DNI N° 22.540.108) y Héctor José Muchiut (DNI N° 16.272.519), ceden la totalidad de los derechos y acciones hereditarios que le corresponde por el fallecimiento de su padre Juan Carlos Muchiut (DNI N° 13.715.495), dicha cesión re realiza por el precio de Pesos Un millón setecientos ochenta mil ($ 1.780.000). Reconquista, 13 de Septiembre de 2.021. Dra. Mirian Graciela David, secretaria.
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ACEITERA ALBORADA S.A.
DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES
Por estar así dispuesto en los autos caratulados ACEITERA ALBORADA sociedad anónima s/Designación de autoridades; Expte. 1425, Año 2.021, en trámite ante el Registro Público de Santa Fe, se hace saber que por decisión asamblearia de “Aceitera Alborada S.A.” del 31 de Agosto de 2.020, que sesionó en forma unánime, inscripta en ese Registro con el número 1697, folio 280, del libro décimo de estatutos de sociedades anónimas el 19 de octubre de 2007, con vencimiento del plazo de vigencia el 18 de Octubre de 2.106, han sido elegidos para integrar los órganos de administración y fiscalización , por tres ejercicios comerciales: 2.021 a 2.023, las siguientes personas, en los cargos que en cada caso se indica : Presidente y único director: Angel Juan Ricardo Speranza, argentino, documento nacional de identidad Nº 6.209.591, nacido el 02 de Agosto de 1.931 contador público, casado, domiciliado en Primera Junta 3.052 de la ciudad de Santa Fe, provincia de anta Fe, CUIT Nº 20-06209591-2; Síndico titular: Henry Horacio Trevignani, contador público, argentino, casado, L.E. Nº 6.241.536, CUIT Nº 20-06241536-4, domiciliado en Pavón 763 de Santa Fe; y Síndico suplente:,; a la señora María Alejandra Loyarte, argentina, documento nacional de identidad Nº 13.925.013, contadora pública, casada, CUIT Nº 27-13925013-9, domiciliada en Sarmiento 2.749 de la ciudad de Santo Tomé, provincia de Santa Fe, lo que se publica a los efectos establecidos en el artículo 10 de la ley general de sociedades. Santa Fe, 10 de Agosto de 2.021. Dr. Jorge Freyre, secretario.
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ARNER S.R.L.
CESIÓN DE CUOTAS
En la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, a los 9 días del mes de Agosto de 2.021, se acordó lo siguiente: El socio Francisco Falcón vende, cede y transfiere, por un valor total de pesos veinte mil ($ 20.000) al socio Hernán Falcón, la cantidad de dos mil (2.000) cuotas de capital de pesos diez ($ 10) cada una de valor nominal.
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LA FRONTERA SERVICIOS S.A.
ESTATUTO
Por disposición del Señor Juez a cargo del Registro Público se ha ordenado la siguiente publicación:
1. FECHA DEL INSTRUMENTO: 18 de agosto de 2021.
2. SOCIOS: Javier Alberto Bertero, apellido materno Chiaraviglio, nacido el 31 de julio de 1969, titular del D.N.I. Nº 20.976.561, CUIT Nº 20-20976561-7, casado en primeras nupcias con Daniela R. Cheirano, productor agropecuario, argentino, domiciliado en calle Juan José Paso Nº 352 de la ciudad de Ceres, Provincia de Santa Fe; Javier Caporgno, apellido materno Bertone, nacido el 12 de octubre de 1972, titular del D.N.I. Nº 23.081.811, CUIT Nº 20-23081811-9 casado en primeras nupcias con Mileva Frank, Ingeniero Agrónomo, argentino, domiciliado en calle Delford del Valle Nº 355 de la ciudad de Ceres, Provincia de Santa Fe; Diego Ferrero, apellido materno Busaniche, nacido el 09 de enero 1972, titular del D.N.I. Nº 22.584.438, CUIT Nº 20-22584438-1, casado en primeras nupcias con Silvina Andrea Berardi, Médico Veterinario, argentino, domiciliado en calle Av. Mitre Nº 183 de la ciudad de Ceres, Provincia de Santa Fe; y Javier Marcelo Frank, apellido materno Depaoli, nacido el 21 de marzo de 1978, titular del D.N.I. Nº 25.567.000, CUIT Nº 20-25567000-0, casado en primeras nupcias con María Teresa Bosco, Productor Agropecuario, argentino, domiciliado en calle zona rural s/n de la localidad de Selva, provincia de Santiago del Estero.
3. DENOMINACION: “LA FRONTERA SERVICIOS S.A.”
4. DOMICILIO: Juan José Paso Nº 352 de la ciudad de Ceres, Provincia de Santa Fe.
5. PLAZO DE DURACIÓN: NOVENTA Y NUEVE (99) años a partir de la fecha de inscripción del presente contrato en el Registro Público.
6. OBJETO: La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros las siguientes actividades: a) Servicios Agropecuarios: servicios a terceros, con bienes propios o alquilados, de recolección de cosecha, siembra, pulverización, picado, roturación, fumigación, movimientos de suelo, y toda otra clase de actividad vinculada al laboreo de la tierra, así como de asesoramiento técnico. B) Transporte: Transporte automotor de productos agropecuarios, por cuenta propia y/o de terceros. Cuando los Trabajos y/o Servicios, en razón de la materia o como consecuencia de las disposiciones legales vigente, lo requieran serán hechos por profesionales matriculados en cada especialidad. A tal fin, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.
7. CAPITAL: El capital se fija en la suma de pesos CUATROCIENTOS MIL ($ 400.000.-), representado por CUATROCIENTAS MIL (400.000) ACCIONES de pesos UNO ($ 1,00) valor nominal cada una.
8. ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN: La administración de la sociedad estará a cargo de un directorio compuesto del número de miembros que fije la asamblea entre un mínimo de uno y un máximo de diez, quienes durarán en sus funciones tres ejercicios. Los accionistas fundadores designan para integrar el primer directorio: Director Titular - Presidente: Javier Alberto Bertero, D.N.I. Nº 20.976.561; y Director Suplente: Javier Marcelo Frank, D.N.I. Nº 25.567.000.-
9. FISCALIZACIÓN: La sociedad prescindirá de Sindicatura, teniendo los accionistas la facultad prevista en el artículo 55 de la Ley 19550.
10. FECHA DE CIERRE DEL EJERCICIO: 31 de Julio de cada año.
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LEY 1 SOCIEDAD ANÓNIMA
ESTATUTO
Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Primera Nominación de Venado Tuerto, a cargo de la Juez, Dra.María Celeste Rosso, Secretaría, a cargo de la Dra. María Julia Petracco, conforme decreto de fecha 24 de Septiembre de 2021 en autos caratulados LEY 1 SA S/ CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD Expte. Nº 477/21 se resolvió aprobar el Estatuto Social, que a continuación se resume:
1-Socios: ERICA LILIAN BOANO, de apellido materno Bertoldo, argentina, nacida el cuatro de septiembre de mil novecientos setenta y tres, D.N.I. 23.525.229, CUIT Nº 27-23525229-0, soltera, en unión convivencial –sin inscribir- con Guillermo Javier González, domiciliada en calle 55 Nº 994 de esta ciudad de Villa Cañás, departamento General López, provincia de Santa Fe; ROMINA BEATRIZ BOANO, de apellido materno Bertoldo, argentina, nacida el primero de marzo de mil novecientos ochenta y dos, D.N.I. 28.958.294, CUIT Nº 27-28958294-6, casada en primeras nupcias con Darío Carlos Achenapure, domiciliada en calle 57 Nº 1178 de esta ciudad de Villa Cañás, departamento General López, provincia de Santa Fe y CLAUDIO JESUS BOANO, de apellido materno Bertoldo, argentino, nacido el Once de Abril de Mil Novecientos Setenta y Uno, D.N.I. 22.207.701, CUIT Nº 20-22207701-0 , divorciado de sus primeras nupcias de Pamela Daiana Auer, tramitada en el Tribunal Colegiado de Familia N° 3 de Rosario, dentro de los autos “Auer, Pamela Daiana c/ Boano, Claudio Jesus S/ Divorcio” CUIJ 21-11349584-4,con Resolución de fecha Noviembre 2019, domiciliado en Ruta 14, KM 12,8 de la localidad de Piñero, departamento Rosario, provincia de Santa Fe
2-Denominación: LEY 1 SA
3-Domicilio: calle 57 Nº 1178, de la ciudad de Villa Cañás, departamento General López, provincia de Santa Fe.-
4-Plazo: Su duración es de noventa y nueve (99) años contados a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público
5-Objeto: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros, o asociada a terceros, en el país o en el extranjero:
a) Construcción de inmuebles y fabricación de sus accesorios;
b) Actividad inmobiliaria mediante la compra de inmuebles y/o terrenos, alquiler de inmuebles propios; loteos y/o fraccionamiento y venta de terrenos propios.
c) Administración de propiedades propias y de terceros. Quedan exentas las actividades comprendidas dentro de la ley Nº 13.154 de corretaje inmobiliario.
A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto, no resultando propósito realizar actividades que incorporen a la sociedad entre las corporaciones regladas por el inc. 4 del artículo 299 de la Ley 19550. En su caso y según la materia de que se trate se contratara profesionales de la matricula con incumbencia en el tema.
6- Capital: El capital social es de PESOS TRESCIENTOS MIL ($300.000), representado por TRESCIENTAS (300.-) acciones de valor nominal PESOS MIL ($1.000.-) cada una. El capital puede ser aumentado por decisión de la Asamblea General Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme al artículo 188 de la Ley 19.550 (reformada por las Leyes Nº 22.903 y 26.994).
7- Dirección y Administración: La administración de la sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto por socios o no socios. Designados por la asamblea y en el número de miembros titulares que fije la misma entre un mínimo de uno (1) y un máximo de cinco (5), quienes durarán en sus funciones tres (3) ejercicios.- La asamblea deberá designar suplentes en igual o menor número que los titulares designados y por el mismo plazo con el fin de llenar las vacantes que se produjeren en el orden de su elección.- En el caso de que la asamblea designe a más de un director titular; estos en su primera sesión deben designar de entre ellos un Presidente y un Vicepresidente; éste último reemplaza al primero en caso de ausencia o impedimento.- El Directorio funciona con la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes.- La asamblea fija la remuneración del directorio. DIRECTOR TITULAR Y PRESIDENTE: CLAUDIO JESÚS BOANO; y DIRECTOR SUPLENTE: ROMINA BEATRIZ BOANO.
8- Fiscalización: La fiscalización estará a cargo de todos los socios
9- Asambleas: Toda asamblea debe ser citada simultáneamente en primera y segunda convocatoria, en la forma establecida para la primera por el artículo 237 de la Ley 19.550 (reformada por las Leyes Nº 22.903 y 26.994), sin perjuicio de lo allí dispuesto para el caso de asamblea unánime. La asamblea en segunda convocatoria ha de celebrarse el mismo día una hora después de la fijada para la primera
10- Liquidación: La liquidación de la sociedad puede ser efectuada por el Directorio o por el (los) liquidador (es) designado (s) por la asamblea.- Cancelado el pasivo y reembolsado el capital, el remanente se distribuirá entre los accionistas con las preferencias indicadas en el artículo anterior.
11- Fecha de cierre de ejercicio: 31 de Diciembre de cada año.
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