picture_as_pdf 2021-08-18

DECRETO Nº 1417


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”

12 AGO 2021


VISTO:

Lo actuado en el expediente N° 02001-0055536-5 del registro del Sistema de Información de Expedientes Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos, en el que la Corte Suprema de Justicia solicite la designación de Jueces Subrogantes conforme las previsiones del Artículo 217 de la Ley Orgánica del Poder Judicial –Nº 10.160 (t.o. Decreto 46/98 y sus modificatorias); y


CONSIDERANDO:

Que de acuerdo a la norma citada y al Artículo 86 de la Constitución de la Provincia, el Poder Ejecutivo, a través del Decreto N° 1.063 de fecha 02 de Julio de 2.021 conformó la Ampliación de la Lista de Jueces Subrogantes para el Fuero Civil y Comercial; Civil, Comercial y Laboral; Laboral y de Circuito, en los términos del Artículo 217 inc. 1) y 1.c) de la Ley Orgánica del Poder Judicial N° 10.160;

Que asimismo el Artículo 217 de la Ley Orgánica del Poder Judicial dispone: “Los Integrantes del Poder Judicial a los que se alude precedentemente no tendrán la calidad de jueces hasta tanto no se produzca la designación del Poder Ejecutivo como suplentes para un cargo de juez determinado”,

Que la Corte Suprema de Justicia comunica que en el Acuerdo Ordinario de fecha 03 de Agosto de 2.021 (Acta N° 27) resolvió solicitar al Poder Ejecutivo la designación de jueces subrogantes en cargos vacantes, en la Circunscripción Judicial Nº 3;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1.- Desígnanse Jueces Subrogantes del Poder Judicial, conforme las previsiones contenidas en el Artículo 217 inc. 1) y 1.c) de la Ley Orgánica del Poder Judicial -N° 10.160-:

TRIBUNALES CON ASIENTO EN LA CIUDAD DE VENADO TUERTO

Circunscripción Judicial N° 3

Distrito Judicial N° 3

JUEZ SUBROGANTE DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO DE FAMILIA

- Doctor ALEJANDRO WALTER BOURNOT (Clase 1.976 - M.I. 25.232.723)

JUEZ SUBROGANTE DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO EN LO LABORAL

- Doctor MARTÍN CARLOS CHASCO (Clase 1.962 - M.I. 29.560.751)

ARTÍCULO 2.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

PEROTTI

Dr. Roberto Sukerman

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