picture_as_pdf 2021-08-17

Consejo de la

Magistratura


LLAMADO A CONCURSO


De conformidad con lo establecido por el artículo 7° del Decreto N° 0854/16, Resolución del M.J.y.D.H. Nº 0128/16, Exptes. Nros. 02001-0054954-8; 02001-0049836-9; 02001-0046273-3; 02001-0046953-0; 02001-0052870-7 y 02001-0050652-1 y Resolución Nro. 019/21 por la que el Presidente del Consejo de la Magistratura resolvió convocar a Concurso Público Global de oposición, antecedentes y entrevista para cubrir los siguientes cargos:

CIRCUNSCRIPCIONES JUDICIALES Nº 1; Nº 2; Nº 4 y Nº 5

FISCALES DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA ACUSACIÓN

FISCALES ADJUNTOS DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA ACUSACIÓN:

Miembros integrantes del Cuerpo Evaluador: Por el Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial: Titular: Dr. Jorge Baclini. Suplente: Cristian Fiz. Por los Estamentos Académicos: Titular: Dr. Jorge García. Suplente: María Georgina Stratta. Por los Colegios de Abogados: Titular: Dr. Marcelo Venetucci. Suplente: Dr. Ariel Williambi.-

PLAZO DE INSCRIPCIÓN: Viernes 20 de Agosto de 2021 a las 08:00 hs. hasta las 12:00 hs. del día Jueves 2 de Septiembre de 2021.-

PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN: Los interesados deberán completar el formulario de inscripción en el sitio web del Consejo de la Magistratura: www.santafe.gov.ar > GOBIERNO, JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS > Secretaría de Justicia > Consejo de la Magistratura > Concursos de Fiscales y Defensores> En Inscripción y entregar en la sede del Consejo de la Magistratura – Amenábar 2689 (3.000 – Santa Fe) ó en la Delegación Rosario del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos – Santa Fe 1950 (2.000 – Rosario) una carpeta en soporte papel conteniendo la acreditación de sus antecedentes, en original y copia.-

No se recibirán solicitudes luego de la fecha y hora fijadas para el cierre de la inscripción.

La convocatoria a inscripción, en función de la situación existente de público conocimiento COVID 19, se realizará conforme a la Orden de Servicio Nº 001/20 de la Subsecretaría de Consejo de la Magistratura, en consonancia a los Decretos del P.E. Nº 213/20 y 270/20 mediante el cual adhieren a lo dispuesto por los Decretos de Necesidad y Urgencia n° 260/20 y 296/20 del Poder Ejecutivo Nacional.-

Dr. Héctor Gabriel SOMAGLIA, Presidente del Consejo de la Magistratura, Provincia de Santa Fe, Minist. Justicia y DDHH

S/C 34144 Ag. 17 Ag. 19

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MINISTERIO DE

DESARROLLO SOCIAL


COORDINACIÓN EJECUTORA

PROVINCIAL PARA LA

REGULARIZACIÓN DOMINIAL


Por disposición de la Coordinación Ejecutora Provincial para la REGULARIZACIÓN DOMINIAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL - Ley Nacional 24.374 y su modif. Decr. Prov. 1178/09, se cita, se llama y emplaza para que comparezcan por ante esta dependencia ubicada en calle Salta Nº 3211 de la ciudad de Santa Fe; 27 de febrero 2289 de la ciudad de Rosario; SAN MARTIN Nº1029 - de ciudad de Reconquista; dentro del término de treinta (30) días hábiles y bajo apercibimientos de ley, a fin de que deduzcan formal oposición si correspondiere, en los términos del art. 6 inc. d) de la Ley mencionada, lo que se publica a sus efectos en el Boletín oficial y el diario local de la ciudad de Santa Fe (“El Litoral”) en fecha Martes 17 y Miércoles 18 de agosto de 2021, a las siguientes personas:

DEPARTAMENTO: LAS COLONIAS: LOCALIDAD ESPERANZA

MARIA ANGELICA PONTARELLI, MELINA ANDREA APPELHANS Y BRUNO NICOLAS APPELHANS (1/8 P.I.) RUBEN ALBERTO COZZI (7/8 P.I.), Matrícula individual, DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: VENEZUELA N.º 1267(BARRIO ALBORADA) de la localidad de: ESPERANZA, identificado como lote 25 manzana LETRA M -plano N.º 75.739/1975, Partida inmobiliaria Nº 09-16-00-078596/0528-2, inscripto el dominio al T° 237I- Fº 2.719 N.º 68.722 -año 1998-T|295P – F|1.173-N|60.142 - AÑO1997, Departamento LAS COLONIAS, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de, Expte. 01501-0096049-3, iniciador: LENCINA LIDIA ANDREA .

2.-BOCCO, MARIELA DE LOS MILAGROS, Matrícula individual, DNI: 17.997.305, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: VENEZUELA Nº1241 (BARRIO ALBORADA),de la localidad de: ESPERANZA, identificado como lote 29 manzana M plano N.º 75.739/1975, Partida inmobiliaria N.º 09-16-00-078596/0292-8, inscripto el dominio al T° 238 I Fº 71 N.º 1.109-AÑO 1986, Departamento LAS COLONIAS, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE, expte. 01501-0096048-2, iniciador: OVIEDO ADELA EVA FLORENTINA.

3. SOSA, VICENTE FERNANDO, Matrícula individual, DNI:12.273.418, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: ITALIA N°1497 (BARRIO OESTE) de la localidad de: ESPERANZA, identificado como lote 1 manzana 41 plano Nº 74.272/1974, Partida inmobiliaria N.º 09-16-00-076538/0049-4, inscripto el dominio al T° 256 I Fº 987 N.º 34.615-AÑO 1989, Departamento LAS COLONIAS, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE, expte. 01501-0097946-8, iniciador: CERUTTI CLAUDIA VERONICA

DEPARTAMENTO: SAN JERONIMO – LOCALIDAD: BARRANCAS

4.-COMUNA DE BARRANCAS, Matrícula individual-DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: GÜEMES N.º 633 de la localidad de: BARRANCAS, identificado como lote 9 manzana L- plano N.º 85.354/1977-, Partida inmobiliaria N.º 11-15-00-153821/0132-0, inscripto el dominio al T° 218I- Fº 813 N.º 75.999-AÑO 1999, Departamento LAS JERONIMO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE, expte. 01501-0082963-5, iniciador: CONDE, MONICA GRACIELA.

DEPARTAMENTO SAN JERONIMO: LOCALIDAD GALVEZ

5.-C.O.T.E.S.A. - COMERCIALIZADORA DE TERRENOS SANTAFESINOS- SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. Matrícula individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: MISIONES N.º 1428 de la localidad de: GALVEZ, identificado como lote 16 manzana 108 A- plano N.º 77.917/1975, Partida inmobiliaria N.º 11-08-00-144690/0048-4, inscripto el dominio al T° 135 I- Fº 109 -N.º 1.639-AÑO 1975, Departamento SAN JERONIMO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE, expte. 01501-0098822-6, iniciador: BUSNELLI CARINA DEL VALLE.

LOCALIDAD: CORONDA

6.-SOLIS, ADAN LUCIANO, Matrícula individual, DNI: 2.383.869, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: URQUIZA N.º 1166 (BARRIO BASUALDO) de la localidad de: CORONDA, identificado como lote 1 manzana –- plano N.º 91.832/1979, Partida inmobiliaria Nº 11-05-00-149700/0014-5, inscripto el dominio al T° 95 I- Fº 767-N.º 70.990-AÑO 1979, Departamento SAN JERONIMO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE, expte. 01501-0106455-2, iniciador: BAEZ, ELIDA ELBA.

DEPARTAMENTO GENERAL OBLIGADO: LOCALIDAD RECONQUISTA

7.- GONZALEZ ANDRES ELOY y CELESTINA BELOSO o (INSTITUTO MUNICIPAL DE LA VIVIENDA), Matrícula individual, DNI: 6.320.752 - LC: 2.113.565, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: 115 - N° 1134 de la localidad de: AVELLANEDA, identificado como lote 22 manzana 7 plano N.º 109.135/1986, Partida inmobiliaria N.º 03-19-00-017844/0052-4, inscripto el dominio al T° 182 I P Fº 2078 – N.º 79910 – AÑO 1989 – Tº 140 I – Fº 25 – N.º 1.611 - AÑO 1979, Departamento GENERAL OBLIGADO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE, expte. 01501-0089568-3,iniciador: OJEDA RAMON GUMERSINDO .

DEPARTAMENTO SAN MARTIN: LOCALIDAD SASTRE

8- QUINTERO RAMONA SEBASTIANA, Matrícula individual, DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: COLON N.º 2185 de la localidad de: SASTRE, identificado como lote 1 y 2 manzana 40 plano N.º 47.882/1967, Partida inmobiliaria Nº 12-03-00-158842/0000-4, inscripto el dominio al T° 112 I Fº 765 - N.º 20.115 - AÑO 1964 – T° 139 I – F° 958 – N.º 27.806 – AÑO 1976 – T° 139 I – F° 958-N° 70.286 - AÑO1980, Departamento SAN MARTIN, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE, expte. 01501-0098960-5, iniciador: PIGHI, GRISELDA GUADALUPE .

DEPARTAMENTO SAN JUSTO: LOCALIDAD SAN JUSTO

9-ALBELO NICEFORO, Matrícula individual, DNI: 10.057.614, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: PEDRO PALACIOS N.º 1868 de la localidad de: SAN JUSTO, identificado como lote 14 manzana “F” plano N.º 85.152/1977, Partida inmobiliaria N.º 06-11-00-030066/0134-7 , inscripto el dominio al T° 160 Fº 1.495 N.º 65.341 - AÑO 1984, Departamento SAN JUSTO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE, expte. 01501-0104584-5, iniciador:

SEGHESSO, SERGIO DANIEL.

DEPARTAMENTO LA CAPITAL: LOCALIDAD: SANTA FE

10-.CAPUTTO SALVADOR y FERRARI ANTONIO, Matrícula individual, DESCONOCIDO, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: PASAJE IRIARTE N.º 1765 de la localidad de: SANTA FE, identificado como lote 13 manzana 20 plano N.º 337/1934 , Partida inmobiliaria Nº 10-11-04-116840/0000-3, inscripto el dominio al T° 93 P - Fº 858 - N.º 28.720 - AÑO 1929, Departamento LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE, expte. 01501-0079533-8, iniciador: CAMARGO, PATRICIO ANDRES.

S/C 34159 Ag. 17 Ag. 19

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MINISTERIO DE GOBIERNO

JUSTICIA Y DERECHOS

HUMANOS


RESOLUCION Nº 379


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional"

12 AGO 2021


VISTO:

El expediente Nº 02005-0002774-5 del registro del Sistema de Información de Expedientes mediante el cual se gestiona la convocatoria de ciudadanos para el ingreso al Servicio Penitenciario Provincia con asiento en zona sur; y,


CONSIDERANDO:


Que se advierte la necesidad de impulsar la convocatoria de ciudadanos con asiento en la zona sur de la provincia, para el ingreso al Servicio Penitenciario en el grado de Subayudante - Personal Subalterno – Escalafón Cuerpo General, a fin de cumplir eventualmente funciones como celadores y/o auxiliares de celadores, conforme el Decreto Nº 4673/80, en unidades penitenciarias masculinas de la zona ut supra mencionada, siguiendo a tal efecto los trámites y procedimientos que marca la reglamentación sobre el particular;

Que el permanente incremento de la población penal masculina, la habilitación de nuevas estructuras de alojamiento que abarcan la totalidad de las unidades penitenciarias, además las proyectadas a mediano plazo y el pase a retiro de suboficiales, ameritan la reposición e incremento del numerario de personal en el cuadro subalterno del servicio;

Que en este contexto, se requiere de un período de inscripción de treinta (30) días a contar desde la recepción del acto administrativo que autorice la convocatoria, plazo que se prorrogara de forma automática sin necesidad de autorización alguna, hasta tanto se cubran las vacantes asignadas;

Que en atención a lo antes mencionado y a las innovaciones tecnológicas actuales, se hace necesario realizar una reestructuración en el sistema de inscripciones para los diferentes cursos a dictarse, motivo por el cual se realizaron diversas gestiones con el personal encargado del área de informática del Gobierno Provincial a fin de poder canalizar dichas solicitudes mediante el sitio web oficial de la Provincia (www.santafe.gob.ar);

Que habiéndose obtenido una respuesta favorable desde dicha instancia se hace menester habilitar el sistema de preinscripciones, implementando a dicho proceso las pautas y condiciones establecidas en los Anexos I, II y III que forman parte integral de la presente;

Que ha intervenido la Dirección General de Asuntos Jurídicos mediante Dictamen Nº 0735/2021;

Que la presente puede ser dictada por el titular de la jurisdicción en virtud de las facultades concedidas por artículo 5, inciso b) punto 4 de la Ley Nº 13.920;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE GOBIERNO,

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Disponer la apertura de inscripción de ciudadanos con domicilios en la zona sur de la Provincia –Departamentos Rosario, Constitución, San Lorenzo y Caseros-, para su ingreso al Servicio Penitenciario Provincial, en el grado de Subayudante – Personal Subalterno – Escalafón Cuerpo General, conforme Anexo I que forma parte de la presente, estableciendo que eventualmente cumplirán funciones como celadores y/o auxiliares de celadores, conforme el Decreto Nº 4376/80, en las unidades penitenciarias masculinas de la zona mencionada precedentemente, cuyo ingreso se concretará a través de exámenes previos y la selección correspondiente mediante la Escuela Penitenciaria de la Provincia (U.7).-

ARTÍCULO 2°: El período de inscripción será de treinta (30) días a contar desde la recepción del acto administrativo que autorice la convocatoria, plazo que se prorrogará de forma automática sin necesidad de autorización alguna, hasta tanto se cubran las vacantes asignadas.-

ARTÍCULO 3°: Implementar el sistema de preinscripciones mediante el sitio web oficial de la Provincia de Santa Fe (www.santafe.gob.ar), conforme condiciones establecidas en los Anexos I, II y III que forman parte integral de la presente.-

ARTÍCULO 4°: La Escuela Penitenciaria de la Provincia (U. 7), tiene a su cargo la coordinación de recepción de las preinscripciones y documentación, y la programación y coordinación de los exámenes y pruebas de selección correspondientes, debiendo presentar oportunamente los cronogramas respectivos ante la Dirección del Servicio Penitenciario para su eventual aprobación.-

ARTÍCULO 5°: El Instituto de Detención de Rosario (U.3), el Complejo Penitenciario de Rosario (U.5) y el Complejo Penitenciario de Piñero (U.11), funcionarán como Centros de recepción de las inscripciones y documentación, tarea que estará bajo la responsabilidad de los Secretarios de dichos establecimientos, debiendo los Directores de dichas unidades brindar el apoyo logístico y de personal que resulte necesario.-

ARTÍCULO 6°: Dese publicidad a la presente a través de medios de difusión oficiales y privados, y en unidades y organismos dependientes se publicarán los ejemplares para su conocimiento general.-

ARTÍCULO 7°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-


ANEXO I


La Dirección General del Servicio Penitenciario de la Provincia, informa que:

Se encuentra abierta la inscripción para ciudadanos que residan en la zona sur de la provincia, que deseen ingresar a las filas del Servicio Penitenciario de la Provincia como Personal Subalterno, del escalafón Cuerpo General, a fin de desempeñar eventualmente funciones como celadores y/o auxiliares de celadores en las Unidades Penitenciarias Masculinas.-

El personal seleccionado será incorporado al curso de capacitación que, con una duración de ciento ochenta (180) días, el cual se dictará en establecimientos seleccionados en zona sur, coordinado y dirigido por personal de la Escuela Penitenciaria de la Provincia, a cuyo término egresará en el grado de Subayudante – Cuerpo general – Personal Subalterno.-

CONDICIONES DE INGRESO

a. Ser argentino,

b. Acreditar antecedentes honorables y de buena conducta,

c. No tener actuación contraria a los principios de la libertad y la democracia, de acuerdo con el régimen establecido por la Constitución Nacional,

d. No haber sido separado de la Administración Pública por Exoneración,

e. Tener entre veintiuno (21) y veintiocho (28) años de edad al momento de la inscripción,

f. Haber aprobado el ciclo de estudios secundarios o polimodal,

g. Poseer las aptitudes psíquicas y físicas que establece la reglamentación,

h. Aprobar las pruebas de capacidad y competencia que se determinen.

i. Tener domicilio real, menor a 60 kilómetros de distancia de las unidades en las cuales se cumplirán funciones –Instituto Detención de Rosario (U.3),

Complejo Penitenciario de Rosario (U.5), Instituto Penitenciario de Rosario (U.6), Complejo Penitenciario de Piñero (U.11) y Unidad Penal N° 16 de Rosario-, con una antigüedad superior a los dos años.

PREINSCRIPCIÓN: Se realizará una preinscripción mediante la página web www.santafe.gob.ar, debiendo elegir la opción …….. – Concursos de ascensos policiales e Ingresos – Ingresos – Suboficiales para el Servicio Penitenciario, a partir del dictado de la presente y por el término de treinta (30) días a contar desde la recepción del acto administrativo que autorice la convocatoria, plazo que se prorrogará de forma automática sin necesidad de autorización alguna, hasta tanto se cubran las vacantes asignadas.-

ENTREGA DE DOCUMENTACIÓN: (a partir de la preinscripción hasta que se establezca un número de inscriptos mínimos para la realización de los cursos de adiestramiento por Etapas).

La misma se recibirá en los siguientes establecimientos penitenciarios: en días hábiles, de 08:00 a 13:00 horas

Instituto de Detención de Rosario (U.3) - Estanislao Zeballos Nº 2951 – Rosario.

Complejo Penitenciario de Rosario (U.5) – 27 de febrero N° 7.899.

Complejo Penitenciario de Piñero (U.11) - Ruta 14 Km. 3 ½ - Piñero.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

- Certificado de Estudios Secundarios aprobados (copia certificada por ante autoridad judicial o escribano público).

- Certificado de Vecindad extendido por autoridad policial.

- Fotocopia D.N.I. (certificadas por ante escribano público o autoridad judicial).

- Fotografía color 3x3 frente, fondo blanco, sin cubre cabeza.


- Planilla de Antecedentes policiales y/o Judiciales, entregada por la Unidad Regional.

- Constancia Nº C.U.I.L (Clave Única de Identificación Laboral).

- Partida de Nacimiento debidamente certificada.

- Certificado de Antecedentes Penales otorgado por el Registro Nacional de Reincidencia.

- Constancia de preinscripción on-line.-

Cantidad de Vacantes: Doscientas (200) para zona Sur.-


ANEXO II


PROCESO DE SELECCIÓN:

El mismo consta de cuatro Instancias evaluativas, quienes hayan aprobado, integrarán la nómina de postulantes que serán propuestos para el ingreso en comisión por el término de ciento ochenta (180) días; que el trámite de inscripción actualmente se encuentra regulado por lo estipulado en la Resolución Interna del Servicio Penitenciario de Provincia N° 555/2014, empero a los fines de brindar una mayor dinámica de inscripción y a los fines de disminuir los costos de estudios médicos y de transporte de los posibles seleccionados se propone por única vez el siguiente orden de instancias evaluativas, a saber:

La primera instancia consiste en 2 etapas, a saber:

1º Etapa: Psicolaboral: Consistirá en la realización de una entrevista por medio de una Junta de profesionales en la que se evaluará si el perfil psicológico del postulante se adecua al perfil psicolaboral requerido por el Servicio Penitenciario. El resultado es APTO o NO APTO.

2º Etapa: La Entrevista Laboral, la cual estará a cargo de Directivos del Servicio Penitenciario. La evaluación se realizará sobre una escala de uno (1) a diez (10) puntos obteniendo el aprobado con una calificación de seis (6).

La segunda instancia es la del exámen Médico: Consistirá de una revisión médica que es realizada por una Junta Médica conformada por profesionales de la Dirección de Sanidad del Servicio Penitenciario, en la que el postulante deberá presentarse con los resultados de diversos estudios médicos complementarios (electrocardiograma, electroencefalograma, audiometría y agudeza visual) y además la realización de exámenes de laboratorio y radiológicos estos últimos a cargo del Servicio Penitenciario. El resultado es APTO o NO APTO.

La tercera instancia es el examen de Conocimientos Generales: Consistirá de tres (3) pruebas escritas que se desarrollan en una misma instancia sobre las áreas de Matemáticas, Lengua y Sociales. La evaluación se realizará sobre una escala de uno (1) a diez (10) puntos obteniendo el aprobado, con una calificación de seis (6).

La cuarta instancia es el examen de Educación Física: Consistirá en la realización de varias pruebas físicas (Test de Cooper, Prueba de velocidad, Fuerza de brazos, Fuerza sobre el tronco de pecho, salto longitudinal y Barra). La evaluación se realizará sobre una escala de uno (1) a diez (10) puntos obteniendo el aprobado con una calificación de seis (6).

Es importante mencionar que se deberá aprobar indefectiblemente la primera instancia para poder acceder a las siguientes, resultando excluyente el no alcanzar los requisitos solicitados.

Concluido el proceso de selección, con la documentación presentada se confeccionará un expediente y se enviará a la Superioridad Administrativa solicitando el nombramiento en comisión por ciento ochenta (180) días de los postulantes.


ANEXO III


CONFORMACIÓN DE FISCALIZADORES DEL CONCURSO

TITULARES: Secretario de Asuntos Penales y Penitenciarios. Subsecretario de Asuntos Penales y Penitenciarios.

SUPLENTE: Director de Plana Mayor del Servicio Penitenciario.

INTEGRACIÓN DE OTRAS INSTANCIAS EVALUATIVAS: La institución podrá requerir profesionales y/o integrar auditores externos, a los fines de la conformación de la fiscalización del proceso de selección.

S/C 34175 Ago. 17 Ago. 19

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MINISTERIO DE AMBIENTE Y

CAMBIO CLIMÁTICO


RESOLUCIÓN Nº 197


SANTA FE “Cuna de la Constitución Nacional”

12 AGO 2021


VISTO:

El expediente Nº 02101-0024834-3, del registro del Sistema de Información de Expedientes; y

CONSIDERANDO:

Que el Lic. Ignacio José Berón, D.N.I. Nº 34.162.748 Becario Doctoral C.O.N.I.C.E.T, solicita permiso de acceso a materiales genéticos de la Biodiversidad de la Provincia de Santa Fe, cuyo tema de investigación se titula “Interacciones plantas-aves frugívoras en un gradiente latitudinal y de inundación en bosques del Rio Paraná y tierras aledañas”;

Que la intención es realizar una investigación científica para Iña confección de una Tesis Doctoral para obtener el grado de Doctor en Ciencias Biológicas de la Universidad Nacional del Litoral;

Que se cuenta con una Beca Doctoral de CONICET;

Que su proyecto se encuadra dentro de in PIP 2021-23 “Cambio Climático y Áreas Naturales protegidas: optimización y conectividad de sistemas de reservas usando vertebrados indicadores en la cuenca del Plata” bajo la Dirección del Dr. Alejandro Giraudo (Investigador Principal de C.O.N.I.C.E.T);

Que las colectas científicas serán realizadas por el Lic. Ignacio José Berón desde la firma de dicho decisorio hasta el 31 de Diciembre de 2023 y que las mismas consisten en la realización de capturas de aves mediante la técnica de redes de niebla en diferentes bosques de la provincia (Sitio Ramsar Jaukanigas, Parque Provincial Cayastá, Reserva Ecológica de la Ciudad Universitaria, Reserva Natural Med. Veterinario Martín de la Peña;

Que sobre las aves atrapadas, se realizaran mediciones de rutina (Morfométricas), se colectaran muestras fecales (espontáneas) y luego las aves serán liberadas inmediatamente en el mismo lugar donde fueron atrapadas (captura y liberación);

Que de las muestras fecales obtenidas se pretende obtener semillas, con las cuales se intentara la obtención de plántulas germinadas para una posible identificación de las mismas y observar el grado de germinación;

Que también se realizara la colecta de ejemplares botánicos (Plantas ornitócoras o productoras de frutos consumidos por aves) para identificar y herborizar, también se colectaran arbustos y ramas de arboles, los cuales serán depositados en el Herbolario “Arturo E. Ragonese” de la Facultad de Ciencias Agrarias de la Universidad Nacional del Litoral;

Que a fs. 03 a 10 obra el plan de Tesis especifico donde consta: Titulo, Introducción, Hipótesis, Objetivo General, y específicos, Actividades y metodología (Área de estudio Ave, plantas, interacciones plantas aves frugívoras, germinación), cronograma estimado, factibilidad equipos, nómina de colectores y referencias bibliográfica);

Que a fs 11-58 obran Curriculum Vitae del solicitante y de su Director de Tesis Doctoral;

Que a fs 59 se adjunta declaración jurada donde menciona que tanto las recolecciones así como el tratamiento y el destino final delas muestras corresponden al marco exclusivo de la investigación científica presentada y no tienen intensión de ser utilizadas con fines comerciales, tanto los recursos biogenéticos ni la información genética resultante a cuyo acceso se solicita a ninguna persona o institución no autorizada;

Que en caso de que surja una posible una posible autorización de los recursos biológicos y/o genéticos o información biogenética con fines comerciales se solicitara una nueva instancia de análisis de la distribución justa y equitativa de los beneficios de las partes y que además se informara por escrito los resultados de la investigación a la autoridad competente que le otorga el acceso a las recursos biogenéticos;

Que fs 60 se adjunta el lugar de trabajo y a fs 61-62 el dictamen de Beca Doctoral;

Que la Dirección General de Manejo Sustentable de Fauna y la Dirección General del Sistema Provincial de Áreas Protegidas han emitido opinión favorable al pedido;

Que dicha actividad se encuentra comprendida en las excepciones dispuestas en el artículo 4º inciso d) del Decreto Ley Nº 4218/58 ratificado por la Ley Nº 4830 reglamentada en el artículo 62º del texto reglamentario aprobado por el artículo 1º del Decreto Nº 4148/63;

Que la competencia en la materia procede de lo establecido en la ley Nº 11.717 y en el ley Nº 13.920, Orgánica de Ministerios;

POR ELLO:

LA MINISTRA DE AMBIENTE y

CAMBIO CLIMATICO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Autorizar Lic. Ignacio José Berón, D.N.I. Nº 34.162.748 Becario Doctoral C.O.N.I.C.E.T, al acceso de materiales genéticos de la Biodiversidad de la Provincia de Santa Fe, cuyo tema de investigación se titula “Interacciones plantas-aves frugívoras en un gradiente latitudinal y de inundación en bosques del Rio Paraná y tierras aledañas”.

ARTÍCULO 2º.- La autorización conferida en el artículo primero del presente decisorio se extiende a el Lic. Ignacio José Berón, y se extiende desde la firma del presente decisorio hasta el 31 de Diciembre de 2023.

ARTÍCULO 3º.- Al finalizar las colectas de ejemplares, los investigadores mencionados en el artículo primero del presente decisorio, deberán entregar a la Dirección General de Recursos Naturales y Ecología, perteneciente al Ministerio Ambiente y Cambio Climático, un detalle de las capturas efectuadas con menciones precisas de los sitios y las fechas de las mismas; y copias definitivas de los estudios al concluir los mismos.

ARTÍCULO 4º.- La presente autorización se otorga con la condición de que si el acceso a recursos biológicos y/o genéticos provenientes de la biodiversidad tuviere fines comerciales, económicos, industriales o equivalentes, o cuando en su desarrollo se obtuvieran resultados particularmente comercializables o generasen algún tipo de beneficio, se deberá informar de inmediato a la autoridad competente los fines de dar cumplimiento a los requisitos exigidos por el Protocolo de Nagoya sobre su acceso a los recursos genéticos y participación justa y equitativa de los beneficios que se deriven de su utilización, quedando toda acción sujeta a una nueva autorización bajo mecanismos legales e institucionales pertinentes.

ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

S/C 34181 Ago. 17 Ago. 19

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DIRECCIÓN PROVINCIAL DE

PROMOCIÓN DE LOS

DERECHOS DE LA NIÑEZ

ADOLESCENCIA Y

LA FAMILIA SANTA FE


NOTIFICACIÓN


Por disposición de la Señora Directora Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez Adolescencia y la Familia Santa Fe, en los autos: “S/ AGUILAR MAXIMILIANO”, Legajo N° 2-012590 Expte SIE Nº 01503-0005757-5”, Equipo Territorial Interdisciplinario Distrito “La Costa”; se cita, llama y emplaza a la Sra. DELGADO LUCILA LUJAN, D.N.I. 34.474.139, con domicilio real desconocido; notificándola a tal fin que se ha ordenado lo siguiente: Disposicion N° 000063, Santa Fe, “Cuna de la Constitución”, 12 de mayo de 2021... VISTO... CONSIDERANDO... DISPONE: ARTÍCULO 1: Resolver Definitivamente la Medida de Protección Excepcional de Derechos adoptada por Disposición Administrativa Nº 000107 de fecha 24 de julio de 2019, que tiene por sujeto de protección al adolescente Maximiliano Sebastián AGUILAR, D.N.I. 45.951.696, nacido el 05 de julio de 2004, hijo del Sr. Pablo Manuel AGUILAR, D.N.I. 30.501.774, domiciliado en calle Arenales al Fondo, de la ciudad de Santa Fe, Pcia de Santa Fe y la Sra Lucila Lujan DELGADO, D.N.I. 34.474.139, domiciliada en calle Dorrego 5164, de la ciudad de Santa Fe, Pcia de Santa Fe, conforme a las normativas legales establecidas en la Ley Provincial Nº 12.967 en su Art. 51 tercer párrafo y su Decreto Reglamentario Nº 619/2010 y su modificatoria Ley Provincial N° 13.237 en sus arts. 51, 66 bis, ter y quater. Que la Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional tiene por objeto regularizar la situación legal del adolescente. ARTICULO 2: Sugerir al Juez interviniente Prive de la Responsabilidad Parental a los progenitores, Sr. Pablo Manuel Aguilar y Sra Lucila Lujan Delgado, y designe a la Sra. María Esther Castillo DNI Nº 27.040.183, domiciliada en calle Amenabar 4629, de la ciudad de Santa Fe, como tutora judicial de su nieto. ARTICULO 3: Efectuar el procedimiento destinado a la notificación de la Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional de Derechos a las partes interesadas y dar intervención al órgano jurisdiccional competente, por parte del Área Legal del organismo. ARTICULO 4: Otorgar el trámite correspondiente, registrar, notifícar a las partes interesadas y al órgano jurisdiccional y oportunamente archivar. FDO. T.S. Inés Gabriela Colmegna, Directora Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia Santa Fe. Para mayor recaudo se transcribe parte pertinente de la Ley Provincial Nº 12.967: ARTÍCULO 60.- RESOLUCIÓN. La Autoridad administrativa del ámbito regional y la Autoridad de Aplicación provincial son los únicos funcionarios con competencia para dirigir el procedimiento y para declarar y disponer por resolución administrativa debidamente fundada alguna medida de protección excepcional. Las medidas de protección excepcional son de aplicación restrictiva. ARTÍCULO 61.- NOTIFICACIÓN. La resolución administrativa por la que se adopta una medida de protección excepcional debe notificarse debidamente a los representantes legales, familiares o responsables de la niña, niño o adolescente. ARTÍCULO 62.- RECURSOS. Contra la resolución de la Autoridad administrativa del ámbito regional o la Autoridad de Aplicación provincial que decide la aplicación de una medida de protección excepcional puede deducirse recurso de revocatoria en audiencia oral y actuada producida dentro del plazo de doce (12) horas de interpuesto el recurso. Este no tiene efecto suspensivo de la medida recurrida. Finalizada la sustanciación del recurso éste debe ser resuelto en un plazo de tres (3) horas, sin apelación administrativa y con notificación a las partes. REGLAMENTACION LEY 12.967 –Decreto Provincial Nº 10.204: ARTICULO 60: RESOLUCION: Por resolución administrativa debe entenderse el acto administrativo emanado de la autoridad que el artículo que se reglamenta declara competente, el cual debe cumplir los requisitos formales de un acto administrativo. Las Prórrogas de las medidas excepcionales deberán dictarse con idéntico procedimiento y formalidades de la adopción de las medidas. NOTIFICACION ARTICULO 61: La notificación de la resolución por l que se adopta una medida de protección excepcional y sus prórrogas serán practicadas conforme a lo preceptuado en el Decreto Nº 10.204 de la Provincia de Santa Fe y/o la norma que la reemplazará y lo preceptuado por la Ley 12.071. En todos los casos deberá hacerse entrega o acompañarse copia certificada de la resolución administrativa que se notifica y deberán transcribirse los artículos 60, 61 y 62 de la Ley y de este Decreto Reglamentario. La cédula podrá ser diligenciada por cualquier agente público previamente autorizado para ello. La Autoridad Administrativa podrá requerir a la autoridad policial más cercana al domicilio del notificado el diligenciamiento de la cédula cuando lo considere necesario. Las actuaciones administrativas se pondrán a disposición de los notificados y sus abogados en la sede de la Autoridad Administrativa si que puedan ser retiradas. ARTICULO 62: RECURSOS: El plazo de interposición del recurso de revocatoria será de (10) diez días hábiles contados a partir de la notificación de la adopción de la medida de protección excepcional y sus prórrogas, conforme a lo preceptuado en el Decreto Nº 10.204 de la Provincia de Santa Fe. En el caso de recepción del recurso se fijará la audiencia, la que no podrá exceder el plazo de 12 horas hábiles administrativas y quedará notificada en el mismo acto. Dicho plazo podrá duplicarse cuando el domicilio de los recurrentes no se encuentre en el lugar de la sede de la autoridad administrativa que dictó la resolución y podrá prorrogarse conforme a lo dispuesto en el Decreto Nº 10.204 de la Provincia de Santa Fe. Por lo que queda Uds. debidamente notificado de la resolución que antecede de la Disposición, que se ha dispuesto por la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia Santa Fe.- Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial.

S/C 34182 Ag. 17 Ag. 19

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TRIBUNAL DE CUENTAS


EDICTO


Por disposición de la Sala II del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente Edicto a los fines de hacer saber a los responsables, Jimena Belavi, DNI n.º 29.662.626, Sres.. Nicolás Romeo , DNI n.º 14.206.448, Miriam Almoualem, DNI n.º 5.946.674, Norma Peralta, DNI n.º 11.482.243, Roxana Hurtado, DNI n.º 23.645.168, María Sfulcini , DNI n.º 23.513.722, Liliana Beatriz Roldán, Directora de la Escuela de Enseñanza N.º 9342, DNI n.º 14.981.809, Sra. María Eva Peralta, Directora de la Escuela Hogar N.º 456, DNI n.º 14.938.226, que en autos caratulados: Expediente Nro. 00901-0081160-6 -TCP-SIE S/ Resolución de S.II Nro. 0462/21 de fecha 23/04/2021, referida a cargos pendientes de rendición del año 2016, por parte de los responsables del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, la cuál en su parte pertinente establece: “VISTO:... CONSIDERANDO:.,,RESUELVE: :Artículo 1º: Dese por cumplido parcialmente lo requerido en el emplazamiento formulado por Resolución S.I N.º 351/18 y ampliada por Resolución S.II N.º 509/20, respecto de las partidas acusadas como pendientes de rendición, consignadas en el Anexo de la citada resolución, por $68.253.576,55 (pesos sesenta y ocho millones doscientos cincuenta y tres mil quinientos setenta y seis con cincuenta y cinco centavos). Artículo 2º: Dar por descargado el saldo de $ 412,50 (pesos cuatrocientos doce con cincuenta centavos), conforme los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente. Artículo 3°: Dejar establecido que la decisión adoptada en los artículos 1° y 2° de la presente resolución, se realiza sin perjuicio de disponer una nueva actividad jurisdiccional por parte de este Tribunal de Cuentas si, con posterioridad, se manifestaren circunstancias que así lo justifiquen Artículo 4º: Formular cargo a la Sra. Jimena Belavi, DNI n.º 29.662.626, por la suma total de $1.332.396,66 (pesos un millón trescientos treinta y dos mil trescientos noventa y seis con sesenta y seis centavos), conformada por $466.815,97 de capital inicial, más $865.580,69 de intereses, según lo establecido en la Resolución N.º 0048/03 TCP, modificada por Resolución R 10 de fecha 01/03/2016; según detalle:

Artículo 5º: Formular cargo a los Sres.. Nicolás Romeo , DNI n.º 14.206.448, Miriam Almoualem, DNI n.º 5.946.674, Norma Peralta, DNI n.º 11.482.243, Roxana Hurtado, DNI n.º 23.645.168, y María Sfulcini, DNI n.º 23.513.722, por la suma total de $838.207,92 (pesos ochocientos treinta y ocho mil doscientos siete con noventa y dos centavos), conformada por $304.473,34 de capital inicial, más $533.734,58 de intereses, según lo establecido en la Resolución N.º 0048/03 TCP, modificada por Resolución R 10 de fecha 01/03/2016, según detalle:

Artículo 6º: Formular cargo a la Sra. Liliana Beatriz Roldán, Directora de la Escuela de Enseñanza N.º 9342, DNI n.º 14.981.809, por la suma de $106.276,89 (pesos ciento seis mil doscientos setenta y seis con ochenta y nueve centavos), conformada por $38.943,53 de capital inicial, más $67.333,36 de intereses, según lo establecido en la Resolución N.º 0048/03 TCP, modificada por Resolución R 10 de fecha 01/03/2016, según detalle:

Artículo 7º: Formular cargo a la Sra. María Eva Peralta, Directora de la Escuela Hogar N.º 456, DNI n.º 14.938.226, por la suma total de $382.589,93, (pesos trescientos ochenta y dos mil quinientos ochenta y nueve con noventa y tres centavos), conformada por $ 141.910,21 de capital inicial, más $240.679,72 de intereses, según lo establecido en la Resolución N.º 0048/03 TCP, modificada por Resolución R 10 de fecha 01/03/2016, según detalle:

Artículo 8º: Intimar a los responsables para que, dentro de los treinta (30) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente resolución, procedan a reintegrar el importe correspondiente al cargo formulado en el artículo precedente, bajo apercibimiento de dar intervención a Fiscalía de Estado conforme a lo dispuesto por el artículo 224º de la Ley de Administración, Eficiencia y Control del Estado. Dicho importe deberá depositarse en la Cuenta Oficial Nº 599-0009001/04 – Nuevo Banco de Santa Fe S.A. - CBU N.º 3300599515990009001042 – CUIT 30-67461985-1 – Superior Gobierno de Santa Fe – Rentas Generales y comunicarse a este Tribunal de Cuentas la realización del mismo mediante remisión de la respectiva constancia bancaria. Artículo 9º: Hacer saber, de conformidad a la Ley Nº 12.071, que: “Contra los fallos y resoluciones dictados por las Salas en los Juicios de Cuentas y Responsabilidad, procederá el Recurso de Revocatoria ante la Sala que dictó la resolución y de Apelación ante el Tribunal de Cuentas en Acuerdo Plenario, los que deben interponerse dentro de los diez (10) días de notificada la resolución impugnada y fundamentarse en el mismo acto.” (artículo 238º de la Ley Nº 12.510, reglamentado por este Tribunal de Cuentas mediante Resolución Nº 006/06 y su modificatoria Resolución R Nº 13 de fecha 05/05/2016). Artículo 10º: Regístrese, notifíquese y resérvese hasta el vencimiento del plazo acordado. FDO.: CPN Oscar Marcos Biagioni – Presidente Dr. Lisandro Mariano Villar – Vocal CPN Maria del Carmen Crescimanno – Vocal CPN Claudia E. Aragno – Sec. Sala II – C.F. Secretaria Sala II.” FDO.: CPN Oscar Marcos Biagioni – Presidente Dr. Lisandro Mariano Villar – Vocal CPN Maria del Carmen Crescimanno – Vocal CPN Claudia E. Aragno – Sec. Sala II – C.F. Secretaria Sala II.”

S/C 34174 Ago. 17 Ago. 18

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SUBSECRETARIA DE

CONTRATACIONES Y

GESTIÓN DE BIENES

RESOLUCIÓN Nº 0392


Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”

12/08/2021

VISTO:

Los informes elevados por el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia, solicitando la inscripción de dos (02) firmas como nuevas proveedoras y la renovación de antecedentes de otras; y

CONSIDERANDO:

Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por la Ley 12.510/05 y su Decreto Reglamentario N° 1104/16 en concordancia con la Resolución SCyGB Nº 133/20, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;

Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 1104/16, 2479/09 y 0063/19;

POR ELLO:

EL SUBSECRETARIO DE

CONTRATACIONES Y

GESTIÓN DE BIENES

RESUELVE:

ARTICULO 1: Inscríbase en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: 2COMPANENTES S.R.L. CUIT N° 30-71670067-0; FRANCESCHINI MARCELO CUIT N° 23-21179165-9.

ARTICULO 2: Renuévese en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: DELCRE CONTRUCCIONES S.R.L. CUIT N° 30-70104635-4; PUNTO DE IMPACTO S.A. CUIT N° 30-71042226-1; SANTA FE MATERIALES CUIT N° 30-70721457-7; SERVIPLAGA S.R.L. CUIT N° 30-71401342-0; XIMAX S.R.L. CUIT N° 30-70756341-5.

ARTICULO 3: Regístrese, comuníquese y archívese.

S/C 34171 Ago. 17 Ago. 18

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POLICIA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE


UNIDAD REGIONAL II

ROSARIO


EDICTO


La Sección Sumarios Administrativos U.R.II, de la Policía de la Provincia de Santa Fe, hace saber por el presente Edicto según aplicación del Artículo 21 inciso c) del Decreto 4174/15; el siguiente decisorio:

CEDULA DE EMPLAZAMIENTO

Rosario, 12 de Agosto de 2021.-

SEÑOR: Suboficial de Policía NI. 667.838 – BEJARANO HECTOR EDUARDO.-

Cumplo en llevar a su conocimiento que en esta Sección Sumarios Administrativos U.R.II se instruyen actuaciones administrativas, registradas bajo el Nº 316/20 S.A., ordenadas por el entonces Señor Jefe de la Policía de la Provincia, a tenor de lo normado en el Art. 37 inc. a) del R.S.A., que se le siguen ante esta esfera; en la cual la instrucción administrativa a dispuesto lo siguiente:

Y VISTOS:….. CONSIDERANDO: …….RESUELVO 1) Art. 1º)ATRIBUIR RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA formulando imputación de la falta prevista en el Artículo 43 inciso f) y Artículo 41 inciso h) Punto 1° con implicancias del Articulo 42, todos de la Ley Provincial Nro. 12.521/06 – Decreto Reglamentario 461/15-, al Suboficial de Policía NI. 667.838 – BEJARANO HECTOR EDUARDO, sin perjuicio de ampliarse el plexo imputativo en caso de que eventuales elementos lo hicieren menester.-Art. 2º)EMPLAZAR al imputado a los fines del Articulo Nº 40 del Reglamento para Sumarios Administrativos, aplicando supletoriamente, lo previsto en el Artículo 21 inciso “c” del Decreto 4174/15.-

Ello en relación al informe confeccionado por las autoridades de la Comisaría 2da. U.R.II, labrado en fecha 19-03-20, mediante el cual dio cuenta de sus ausencias al servicio desde el día 09-03-20 y posteriormente, surgiendo de lo actuado, hasta el día 20-04-20.

En consecuencia deberá comparecer Usted por ante esta Sección Sumarios Administrativos U.R.II, el día 24-08-21 a las 10:00 horas bajo apercibimiento, en caso de incomparencia sin causa justificada, de ser declarado en rebeldía de acuerdo a lo normado en el Art. 41 del R.S.A..-

Queda debidamente notificada de la resolución que antecede, haciéndosele saber que esta Sección se halla ubicada en calle Av. Ovidio Lagos 5250, de la ciudad de Rosario, Teléfono 0341-4657348.

Artículo 40 del R.S.A. “El instructor debe emplazar al responsable y recibirle declaración con referencia a los hechos cuya autoría se le atribuye”.

Artículo 41 del R.S.A. “Si el responsable no comparece dentro del término del em­plazamiento sin causa justificada, se continuará el trámite del sumario previa declaración de su rebeldía, la que será notificada por cédula al interesado”. Firmado: Pablo E. Leguizamón, Comisario, Jefe de Sumarios Administrativos, Policía de la Provincia de Santa Fe.-

S/C 34170 Ago. 17

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