DIRECCIÓN
PROVINCIAL DE VIALIDAD
NOTIFICACIÓN DE EDICTOS
En relación a los autos administrativos N° 16102-0041170-9, del Registro del Sistema de Información de Expedientes, caratulados Acta de Constatación de Infracción N° 3453 de fecha 11/09/2018, se procede a notificar fehacientemente por este medio conforme lo preceptuado en los artículos 21° inc. c) y 29° del Decreto N° 4174/15 de Actuaciones Administrativas, a los infractores DELGADO CLAUDIO MARIO con último domicilio conocido en Maipu 358 de la localidad de Helvecia, Provincia de Santa Fe; DUARTE JUAN HECTOR con ultimo domicilio conocido en Americo Vespucio N.º 176 de la localidad de Helvecia, Provincia de Santa Fe; DON PONCIANO S.A. con ultimo domicilio conocido en Córdoba 975 Piso 8 Dpto G de la localidad de Rosario, Provincia de Santa Fe y ARENERA HELVECIA DE TECLOG S.R.L. con último domicilio conocido en Colonia Norte Helvecia, Provincia de Santa Fe, de lo establecido en la Resolución Nº 294 dictada en fecha 29 de Marzo del 2021 por el Sr. Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad OSCAR CESCHI, y que textualmente en su parte pertinente expresa lo siguiente: “VISTO…y CONSIDERANDO…RESUELVE: ARTICULO 1º.- Dejar sin efecto el Acta de Infracción Nº 3453 de fecha 11/09/2018, por los motivos expresados en los considerandos que anteceden, y proceder a su archivo. ARTICULO 2º.- Notifíquese a la Dirección General de Finanzas y Presupuesto División Combustibles, lubricantes y Multas; regístrese, comuníquese y archívese.
Lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL a sus efectos y por el término y apercibimientos legales.
S/C 34128 Ag. 11 Ag. 12
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SUBSECRETARIA DE
CONTRATACIONES Y
GESTIÓN DE BIENES
RESOLUCIÓN Nº 0384
Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”, 05/08/2021
VISTO:
Los informes elevados por el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia, solicitando la inscripción de una (01) firma como nueva proveedora y la renovación de antecedentes de otras; y
CONSIDERANDO:
Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por la Ley 12.510/05 y su Decreto Reglamentario N° 1104/16 en concordancia con la Resolución SCyGB Nº 133/20, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;
Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;
Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 1104/16, 2479/09 y 0063/19;
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE
CONTRATACIONES Y
GESTIÓN DE BIENES
RESUELVE:
ARTICULO 1: Inscríbase en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: ESQUIVEL FANNY ELIZABET CUIT N° 27-28944875-1.
ARTICULO 2: Renuévese en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: BIO-OPTIC S.R.L. CUIT N° 30-71170641-7; DISTRIBUIDORA MULLER S.R.L. CUIT N° 30-71082743-1; GEODIGITAL GROUP S.R.L. CUIT N° 30-70973734-8 y ROS MEDICAL S.A. CUIT N° 30-71197472-1.
ARTICULO 3: Renuévese en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de siete (07) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: COMPAÑIA FARMACEUTICA S.R.L. CUIT N° 30-98471893-9.
ARTICULO 4: Regístrese, comuníquese y archívese.
S/C 34130 Ag. 11 Ag. 12
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RESOLUCIÓN Nº 385
Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”,
05-08-2021
VISTO:
El informe elevado por el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia, solicitando la inscripción en el Registro de Beneficiarios para Compras Menores y Excepciones de una (01) firma; y
CONSIDERANDO:
Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por la Ley 12.510/05 y su Decreto Reglamentario N° 1104/16 en concordancia con la Resolución SCYGB N.º 170/19, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;
Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;
Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 1104/16, 2479/09 y 0063/19;
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE
CONTRATACIONES Y
GESTIÓN DE BIENES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1: Inscríbase en el Registro de Beneficiarios para Compras Menores y Excepciones de la Provincia de Santa Fe, por el término de treinta y seis (36) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: THORBELL S.R.L. CUIT N° 33-71441817-9.
ARTÍCULO 2: Regístrese, comuníquese y archívese.
S/C 34132 Ag. 11 Ag. 12
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LABORATORIO INDUSTRIAL FARMACÉUTICO SOCIEDAD DEL ESTADO (L.I.F. S.E.)
CONCURSO PÚBLICO Nº 001/2021
El LABORATORIO INDUSTRIAL FARMACÉUTICO SOCIEDAD DEL ESTADO (L.I.F. S.E.) convoca a CONCURSO PÚBLICO Nº 001/2021 para la “Estructura Metálica y Obras Accesorias” (etapa 4 de la obra principal): “Planta Unificada de Sólidos Betalactámicos + Clavulánico del L.I.F. S.E. (P.U.S.B.C.)” según especificaciones y pliegos agregados en el legajo Nº 431/21.
Fecha límite de presentación de ofertas y acto de apertura: el día martes 31 de agosto de 2021 a las 10hs, en la sede del L.I.F. S.E., calle French Nº 4950, Santa Fe, Argentina.
Pliego de Bases y Condiciones Generales, Pliego Particular y consultas: Sin costo ($0). REQUERIR: con Pen drive a los Teléfonos: 0342 457 9231 / 9233 o en calle French Nº 4.950 de la ciudad de Santa Fe (CP 3000), República Argentina, o a los emails: hbeltramini.lif@santafe.gov.ar - municoykramer@hotmail.com de lunes a viernes de 8.00 a 14.00 hs.
Más información en www.lif-santafe.com.ar
S/C 34117 Ag. 11 Ag. 12
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EMPRESA PROVINCIAL
DE LA ENERGIA
RESOLUCIÓN N° 282
SANTA FE, 29-07-2021
VISTO: El Expte. Nº 1-2021-1.000.571-EPE., referido al procedimiento para la “Tramitación de solicitudes para el uso de soportes y/o columnas de la red de baja tensión por terceros”, aprobado por Resolución N° 183/20; y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 283/20 y su prórroga, N° 110/20 se suspendió la aplicación del Punto 11 “Canon Mensual” del mencionado procedimiento, estableciendo un canal de participación de los permisionarios a fin de compatibilizar las modificaciones aprobadas con el impacto económico que produciría;
Que en ese orden de ideas, la Asociación Santafesina de Televisión por Cable (ASTC) presenta un esquema a modo de propuesta, que corre agregada de fs. 01 a 03;
Que a fs. 20/21 la Gerencia Comercial eleva una nueva fórmula para el cálculo del canon, que contempla el costo de materiales y mano de obra para el izado de columnas de suspensión y retención para la electrificación completa de una manzana, con la incidencia de dos permisionarios incluida esta EPESF con revisión anual;
Que por otra parte, a tenor de la instancia de revisión, se propone efectuar actualizaciones en el procedimiento administrativo y comercial, los cuales aparecen como más apropiados para un mejor funcionamiento y disminución y simplificación de los mismos;
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos interviene en Dictamen N° 899 (fs. 24/26), analizando la propuesta de modificación y aclara que para los contratos de ejecución en curso, se deberán tramitar adendas que efectúen su adecuación;
Que finaliza otorgando el encuadre de la gestión en la ley orgánica, y adjuntando de fs. 21 a 42 el proyecto normativo;
Que la Gerencia General solicita aplicar los mismos de forma escalonada en un 25% para los meses de Julio, Agosto y Septiembre, un 75% para los meses de Octubre, Noviembre y Diciembre y a partir del año 2022 la aplicación del canon en su totalidad propuesto;
Que a fs. 43 vta obran los cuadros con los valores de los cánones según la nueva fórmula de cálculo;
Por ello, en ejercicio de las atribuciones establecidas en los Artículos 6º, Inc. m), x), y 17º de la Ley Orgánica Nº 10.014;
EL DIRECTORIO DE LA
EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA
Resuelve:
ARTICULO 1°.- Aprobar el texto ordenado del reglamento para la “Tramitación de solicitudes para el uso de soportes y/o columnas de la red de baja tensión por terceros”, el cual forma parte integrante de la presente.-
ARTICULO 2°.- Las sumas resultantes de las fórmulas de cálculo del canon se aplicarán de forma escalonada en un 25% para los meses de Julio, Agosto y Septiembre, un 75% para los meses de Octubre, Noviembre y Diciembre y a partir del año 2022 la aplicación del canon en su totalidad.-
ARTICULO 3°.- La Gerencia Comercial arbitrará los medios necesarios para efectuar las adendas correspondientes a los contratos en curso de ejecución.
ARTICULO 4°.- Abrogar las Resoluciones Nros 183/20 y Resolución N° 283/20.
ARTICULO 6°.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-
S/C 34131 Ag. 11
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POLICIA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE UNIDAD REGIONAL II ROSARIO SECCION SUMARIOS ADMINISTRATIVOS
EDICTO
La Sección Sumarios Administrativos U.R.II, de la Policía de la Provincia de Santa Fe, hace saber por el presente Edicto según aplicación del Artículo 21 inciso c) del Decreto 4174/15; el siguiente decisorio:
CEDULA DE DEFENSA
Rosario, 10 de Agosto de 2021.-
SEÑORA: Suboficial de Policía (T.A.) NI. 725.561 – VERONICA GISEL VON KNOBLOCH.-
Llevo a su conocimiento que dentro del marco de las actuaciones sumarias administrativas, identificadas bajo Nro. 1002/19 S.A. que se le siguen por ante esta esfera, conforme la imputación que pesa en su contra la que se le hiciere conocer oportunamente conforme a lo normado en el Capítulo IX Sección 1°, Arts. 40 ss y cc del R.S.A., por presunta infracción a lo normado en los Artículos 43 inciso f) y Artículo 41 inciso h) Punto 1, con implicancias del Articulo 42, todos de la Ley Provincial 12.521/06 – Decreto Reglamentario 461/15 – la Instrucción administrativa actuante ha dispuesto: VISTO: El contenido de las presentes Actuaciones Sumarias Administrativas registradas bajo Nro. 1002/19 S.A CONSIDERANDO: Que no habiendo otras diligencias que realizar en mérito a las mismas, hallándose a criterio finalizada la investigación administrativa; la Instrucción actuante: RESUELVE Art. 1º) CONCLUIR el presente sumario administrativo para con la Suboficial de Policía (T.A.) NI. 725.561 – VERONICA GISEL VON KNOBLOCH, por la presunta transgresión a lo estipulado en el Artículo 43 inciso f) y Artículo 41 inciso h) Punto 1 con implicancias del Articulo 42, todos de la Ley Provincial 12.5201/06 – Decreto Reglamentario 461/15 –.Art. 2º) PROSEGUIR con el procedimiento estipulado en el Art. Nro. 75 ss. y cc. Del Reglamento para Sumarios Administrativos, para con la encartada. Art.3°) NOTIFÍQUESE de la medida a la causante, librándose para ello la correspondiente cédula, aplicando supletoriamente, lo previsto en el Artículo 21 inciso “c” del Decreto 4174/15.-ROSARIO: 10 de Agosto del 2.021.-
En consecuencia, deberá comparecer Ud. por ante esta Sección el día 23-08-21 a las 10:00 hs., haciéndosele saber que trascurridos cinco (5) días a partir del momento en que debe hacerse presente por ante esta Sección – y en caso de incomparecencia sin causa justificada -, se dará por decaído su derecho a defensa, de acuerdo a lo normado en el Art. 76 del R.S.A.
Queda en consecuencia debidamente notificada de lo dispuesto, haciéndosele saber que esta Sección se halla ubicada en Ov. Lagos Nº 5250 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, República Argentina.-Teléfono 0341-4657348.-
Firmado: Pablo E. Leguizamón, Comisario, Jefe de Sumarios Administrativos, Policía de la Provincia de Santa Fe.-
S/C 34150 Ag. 11
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EDICTO
La Sección Sumarios Administrativos U.R.II, de la Policía de la Provincia de Santa Fe, hace saber por el presente Edicto según aplicación del Artículo 21 inciso c) del Decreto 4174/15; el siguiente decisorio:
CEDULA DE DEFENSA
Rosario, 10 de Agosto de 2021.-
SEÑORA: Suboficial de Policía NI. 699.799 – FERNANDEZ CAYME DAIANA.-
Llevo a su conocimiento que dentro del marco de las actuaciones sumarias administrativas, identificadas bajo Nro. 143/20 S.A. –Expte. N° 00215-0009592-9 del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe -, que se le siguen por ante esta esfera, conforme la imputación que pesa en su contra la que se le hiciere conocer oportunamente conforme a lo normado en el Capítulo IX Sección 1°, Arts. 40 ss y cc del R.S.A., por presunta infracción a lo normado en los Artículos 43 inciso f) y Artículo 41 inciso h) Punto 1, con implicancias del Articulo 42, todos de la Ley Provincial 12.521/06 – Decreto Reglamentario 461/15 – la Instrucción administrativa actuante ha dispuesto: VISTO: El contenido de las presentes Actuaciones Sumarias Administrativas registradas bajo Nro. 143/20 S.A. –Expte. N° 00215-0009592-9 del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe -CONSIDERANDO: Que no habiendo otras diligencias que realizar en mérito a las mismas, hallándose a criterio finalizada la investigación administrativa; la Instrucción actuante: RESUELVE Art.1º) CONCLUIR el presente sumario administrativo para con la Suboficial de Policía NI. 699.799 – FERNANDEZ CAYME DAIANA, por la presunta transgresión a lo estipulado en el Artículo 43 inciso f) y Artículo 41 inciso h) Punto 1 con implicancias del Articulo 42, todos de la Ley Provincial 12.5201/06 – Decreto Reglamentario 461/15 –. Art. 2º) PROSEGUIR con el procedimiento estipulado en el Art. Nro. 75 ss. y cc. Del Reglamento para Sumarios Administrativos, para con la encartada.-Art. 3°) NOTIFÍQUESE de la medida a la causante, librándose para ello la correspondiente cédula, aplicando supletoriamente, lo previsto en el Artículo 21 inciso “c” del Decreto 4174/15.-ROSARIO: 10 de Agosto del 2.021.-
En consecuencia, deberá comparecer Ud. por ante esta Sección el día 24-08-21 a las 10:00 hs., haciéndosele saber que trascurridos cinco (5) días a partir del momento en que debe hacerse presente por ante esta Sección – y en caso de incomparecencia sin causa justificada -, se dará por decaído su derecho a defensa, de acuerdo a lo normado en el Art. 76 del R.S.A.
Queda en consecuencia debidamente notificada de lo dispuesto, haciéndosele saber que esta Sección se halla ubicada en Ov. Lagos Nº 5250 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, República Argentina.-Teléfono 0341-4657348.-
Firmado: Pablo E. Leguizamón, Comisario, Jefe de Sumarios Administrativos, Policía de la Provincia de Santa Fe.-
S/C 34151 Ag. 11
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