picture_as_pdf 2021-07-26

TRIBUNAL COLEGIADO


Por disposición de la Sra. Jueza de Trámite del Tribunal Colegiado N° 4, Dra. María Georgina Rodríguez, sito en calle San Jerónimo N° 1.551, 2° Piso, de la ciudad de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente a los fines de notificar al Sr. Domingo Gerardo Barrionuevo, D.N.I. N° 17.262.171, a tenor de los proveídos que a continuación se transcriben, en los autos LEGUIZAMON CARLOS ALBERTO c/BARRIONUEVO DOMINGO GERARDO s/Daños y perjuicios; (CUIJ Nº: 21-12104843-1) Se autoriza a intervenir en el diligenciamiento de la presente a los Dres. Ramiro Avilé Crespo y/o Gustavo y/o Alejandra Bettio y/o a quien estos autoricen. A continuación se transcriben los decretos que así lo ordenan: Santa Fe, 30 de Noviembre de 2.018. Al punto 1.- Atento lo solicitado y constancias en autos, para que tenga lugar la absolución de posiciones por parte del demandado Domingo Gerardo Barrionuevo cíteselo a la audiencia fijada (...) por medio de edictos los que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 67, 69 73 y 548 del C.P.C. C. (...) Notifíquese. Firmado: Dra. María Georgina Rodríguez - Jueza; Dr. Germán Romero - Secretario. Otro Decreto: Santa Fe, 09 de Abril de 2.021. Para que tenga lugar la audiencia prevista en el art. 555 del C.P.C.C., señálese fecha para el 23/12/2021 a las 10:00 hs., haciéndosele saber debidamente a las partes. Notifíquese. Firmado: Dra. Maria Georgina Rodríguez - Jueza; Dr. Germán A. Romero - Secretario. Art. 162 CPCC: Solicitada la absolución de posiciones, se decretará día y hora de audiencia y el apercibimiento de que si el citado no compareciera sin justa causa o no concurriere a la que nuevamente se determine cuando ésta exista o si compareciendo se negare a declarar, será tenido por confeso en la sentencia. La citación del absolvente deberá hacerse con una anticipación no menor de tres días al del acto, en el domicilio real de aquél. Si fueren varios los que hayan de absolver iguales posiciones se las recibirá en el mismo día evitando que se comuniquen. La absolución de posiciones debe prestarse ante el juez de la causa si el absolvente reside dentro de su jurisdicción; en caso contrario, ante el juez del mismo grado y fuero que corresponda al domicilio del absolvente. Lo que se publica a los efectos legales en el BOLETÍN OFICIAL y en Hall de Tribunales. La presente goza del beneficio de gratuidad. Art. 333 C.P.C.C. LEGUIZAMON, CARLOS ALBERTO c/ BARRINUEVO, DOMINGO GERARDO s/Declaratoria de pobreza; (Expte. 732- año 2.010) RES. 56/2012. Santa Fe, 16 de Junio de 2.021. Dr. German A, Romero, secretario.

S/C 453255 Jul. 26 jul. 28

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Por disposición de la Jueza de Trámite, Dra. Mariana Herz, en los autos caratulados SDNAF c/NUÑEZ HUGO CESAR, ECHANIZ, LUCIO MIGUEL ANGEL y FERNANDEZ CLAUDIA MARIANA s/Control de legalidad; (CUIJ Nº 21-10729511-6 ) que tramitan ante el Tribunal Colegiado de Familia N° 5, Segunda Secretaría de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, a los fines de notificar al Sr. Lucio Miguel Angel Echaniz, D.N.I. Nº 23.539.874; con domicilio real desconocido, que se ha dispuesto lo siguiente: Santa Fe, 29 de Junio de 2.021. Autos y vistos: Los caratulados del acápite, que se tramitan por ante este Tribunal Colegiado de Familia N° 5, Secretaría 2, y, Considerando: Que la Sra. Directora Provincial de Promoción de los Derechos de la Aez, Adolescencia y Familia peticiona control de legalidad de la Medida de Protección Excepcional adoptada mediante Disposición Nº 000013 de fecha 15 de Enero de 2.021, respecto del adolescente Santino Juan Ignacio Nuñez, nacido en fecha 27 de Junio de 2.008, y de la niña Luciana Ludmila Jazmín Echaniz, nacida en fecha 16 de Enero de 2.010; y que fuera notificada a los progenitores de los mismos (ts. 8 vto. 114), por lo que se encuentra firme. Que acompaña copia de la disposición administrativa pertinente y su notificación, así como de todos los informes y actuaciones administrativas en que se funda. Que a fs. 18 la Defensora General manifiesta que no tiene observaciones que formular al pedido de control de legalidad. Que de los antecedentes obrantes en autos, surge que la medida se ha adoptado cumplimentando los requisitos formales que impone la Ley 12.967 modificada por Ley 13.237. Que de las constancias de autos surge que el día 04 de Noviembre del año 2.020 se recibe un llamado telefónico de la trabajadora social del Servicio Local de Niñez, quien pone en conocimiento que se encontraba interviniendo en la situación de los niños Echaniz y Nuñez. Relata que ambos se encontraban bajo M.P.E. en la localidad de Villaguay, Provincia de Entre Ríos, conviviendo con su abuelo materno, el Sr. Jorge Fernández hasta el mes de Julio del año 2.020 que éste decide traerlos a la ciudad de Santa Fe y entrégaselos a su progenitora. Que a pesar de haberse realizado un informe socio ambiental en la vivienda de la progenitora con resultado negativo se decidió cesar la M.P.E. Que se intentó realizar un seguimiento de la situación en conjunto con el Centro de Salud de B° San Lorenzo, Área de la Mujer ya que la Sra. Fernández había realizado en fecha 14 de Octubre de 2.020 una denuncia por violencia de género a su pareja, el Sr. Juan Manuel Candioti. Que se toma conocimiento de que luego de la denuncia efectuada por la progenitora los niños se encontraban alojados por una amiga de la madre, la Sra. Karen Stefanía López. Que el Último suceso fue una pelea entre la progenitora y la Sra. López que derivó a una nueva M.P.E. debido a que en espacio de una entrevista, tanto Luciana como Santino relatan que en la casa de la Sra. Karen López, la madre de ellos los maltrata; que ambas se retiran del domicilio durante toda la noche y que amanecen hombres en dicha vivienda, sumado a que también consumen drogas, alcohol y se encuentran armadas. Que de las intervenciones realizadas en el grupo familiar se desprende que han sido reiteradas las situaciones de vulneración de derechos provocadas por la figura materna, ejerciendo la Sra. Claudia Mariana Fernández violencia física y maltrato hacia sus hijos a lo largo del tiempo. Que por lo expuesto se concluye que la familia de origen de Santiio Juan Ignacio Nuñez, compuesta por sus progenitores, Sres. Claudia Mariana Fernández y Hugo César Nuñez, y la familia de origen de Luciana Ludmila Jazmín Echaniz compuesta por sus progenitores, Sres. Claudia Marina Fernández y Lucio Miguel Angel Echaniz, no esta en condiciones de brindarle la maxima satisfacción de sus derechos y garantías, según lo establece el artículo N° 4 de la Ley Provincial Nº 12.967 Promoción y Protección Integral de los Derechos de las Niñas, niños y Adolescentes. Que en autos, la autoridad administrativa de protección y promoción de derechos de la niñez ha adoptado la Medida de Protección Excepcional que aquí se ratifica en virtud de las graves vulneraciones acreditadas y de conformidad con lo dispuesto en una ley especial, como lo es la Ley 12.967. Atento que la Medida se adoptó por el término de 60 días, que los niños han sido expuestos por largo tiempo a situaciones de vulneración de derechos por parte de su progenitora, su abuelo materno y su madrina, que se encuentran alojados en el sistema de cuidados alternativos institucionales y que desde la primeras intervenciones que han implicado la separación de los mismos de su ámbito convivencial ha transcurrido en exceso el término previsto en el art. 607 inc. c) del CCC, sin que ello sea imputable a la SDNAF puesto que con anterioridad habrían intervenido las autoridades de niñez de la provincia de Entre Ríos, requiérase a la presentante para que en el término de 10 días informe el cese o la resolución definitiva de la medida. Que en mérito a lo precedentemente expuesto, lo dictaminado por la Sra. Defensora General y teniendo en miras el interés superior de Santino Juan Ignacio Nuñez y Luciana Ludmila Jazmín Echaniz, la señora jueza de tramite del tribunal colegiado de familia N° 5, circunscripción judicial N° 1, distrito N° 1 Resuelve: 1) Tener por efectuado el control de legalidad de la medida de protección excepcional adoptada por Disposición N° 000013 do fecha 15 de Enero de 2.021, respecto de Santino Juan Ignacio Nuñez y Luciana Ludmila Jazmin Echaniz. 2) Requiérase a la presentante para que en el término de 10 días informe el cese o la resolución definitiva de la medida. 3) Notifíquese por Secretaría a la peticionante, a los progenitores, y a la Defensora General, habilitándose días y horas. Protocolícese, agréguese copia, notifíquese en los términos del art. 66 de la Ley 12.967. Oportunamente archívese. Fdo: Dra. Mariana Herz (Jueza) - Dra. Natalia Berardo (Secretaría). Saluda Atentamente. Santa Fe, Julio de 2.021.

S/C 453497 Jul. 26 Jul. 28

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Por disposición de la Jueza de Trámite, Dra. Mariana Herz, en los autos caratulados SDNAF c/NUÑEZ HUGO CESAR, ECHANIZ, LUCIO MIGUEL ANGEL y FERNANDEZ CLAUDIA MARIANA s/Control de legalidad; (CUIJ Nº 21-10729511-6) que tramitan ante el Tribunal Colegiado de Familia N° 5, Segunda Secretaría de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, a los fines de notificar al Sr. Hugo Cesar Nuñez, D.N.I. 26,083,622; con domicilio real desconocido, que se ha dispuesto lo siguiente: Santa Fe, 29 de Junio de 2.021. Autos y vistos. Los caratulados del acápite, que se tramitan por ante este Tribunal Colegiado de Familia Nº 5, Secretaría 2; y; Considerando: Que la Sra. Directora Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia peticiona control de legalidad de la Medida de Protección Excepcional adoptada mediante Disposición N° 000013 de fecha 15 de Enero de 2.021, respecto del adolescente Santino Juan Ignacio Nuñez, nacido en fecha 27 de Junio de 2.008, y de la niña Luciana Ludmila Jazmín Echaniz, nacida en fecha 16 de Enero de 2.010; y que fuera notificada a los progenitores de los mismos (8 vto. 114), por lo que se encuentra firme. Que acompaña copia de la disposición administrativa pertinente y su notificación, así como de todos los informes y actuaciones administrativas en que se funda. Que a fs. 18 la Defensora General manifiesta que no tiene observaciones que formular al pedido de control de legalidad. Que de los antecedentes obrantes en autos, surge que la medida se ha adoptado cumplimentando los requisitos formales que impone la Ley 12.967 modificada por Ley 13.237. Que de las constancias de autos surge que el día 04 de Noviembre del año 2.020 se recibe un llamado telefónico de la trabajadora social del Servicio Local de Niñez, quien pone en conocimiento que se encontraba interviniendo en la situación de los niños Echaniz y Nuñez. Relata que ambos se encontraban bajo M.P.E. en la localidad de Villaguay, Provincia de Entre Ríos, conviviendo con su abuelo materno, el Sr. Jorge Fernández hasta el mes de Julio del año 2.020 que éste decide traerlos a la ciudad de Santa Fe y entregárselos a su progenitora. Que a pesar de haberse realizado un informe socio ambiental en la vivienda de la progenitora con resultado negativo se decidió cesar la M.P.E. Que se intentó realizar un seguimiento de la situación en conjunto con el Centro de Salud de B° San Lorenzo, Área de la Mujer ya que la Sra. Fernández había realizado en fecha 14 de Octubre de 2.020 una denuncia por violencia de género a su pareja, el Sr. Juan Manuel Candioti. Que se toma conocimiento de que luego de la denuncia efectuada por la progenitora los niños se encontraban alojados por una amiga de la madre, la Sra. Karen Stefanía López. Que el último suceso fue una pelea entre la progenitora y la Sra. López que derivó a una nueva M.P.E. debido a que en espacio de una entrevista, tanto Luciana como Santino relatan que en la casa de la Sra. Karen López, la madre de ellos los maltrata; que ambas se retiran del domicilio durante toda la noche y que amanecen hombres en dicha vivienda, sumado a que también consumen drogas, alcohol y se encuentran armadas. Que de las intervenciones realizadas en el grupo familiar se desprende que han sido reiteradas las situaciones de vulneración de derechos provocadas por la figura materna, ejerciendo la Sra. Claudia Mariana Fernández violencia física y maltrato hacia sus hijos a lo largo del tiempo. Que por lo expuesto se concluye que la familia de origen de Santino Juan Ignacio Nuñez, compuesta por sus progenitores, Sres. Claudia Mariana Fernández y Hugo César Nuñez; y la familia de origen de Luciana Ludmila Jazmín Echaniz compuesta por sus progenitores, Sres. Claudia Mariana Fernández y Lucio Miguel Ángel Echaniz, no esta en condiciones de brindarle la máxima satisfacción de sus derechos y garantías, según lo establece el artículo N° 4 de la Ley Provincial Nº 12.967 Promoción y Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes. Que en autos, la autoridad administrativa de protección y promoción de derechos de la niñez ha adoptado la Medida de Protección Excepcional que aquí se ratifica en virtud de las graves vulneraciones acreditadas y de conformidad con lo dispuesto en una ley especial, como lo es la Ley 12.967. Atento que la Medida se adoptó por el término de 60 días, que los niños han sido expuestos por largo tiempo a situaciones de vulneración de derechos por parte de su progenitora, su abuelo materno y su madrina, que se encuentran alojados en el sistema de cuidados alternativos institucionales y que desde la primeras intervenciones que han implicado la separación de los mismos de su ámbito convivencial ha transcurrido en exceso el término previsto en el art. 607 inc. c) del CCC, sin que ello sea imputable a la SDNAF puesto que con anterioridad habrían intervenido las autoridades de niñez de la provincia de Entre Ríos, requiérase a la presentante para que en el término de 10 días informe el cese o la resolución definitiva de la Medida. Que en mérito a lo precedentemente expuesto, lo dictaminado por la Sra. Defensora General y teniendo en miras el interés superior de Santino Juan Ignacio Nuñez y Luciana Ludmila Jazmín Echaniz la señora jueza de tramite del tribunal colegiado de familia N° 5, circunscripción judicial N° 1, distrito N° 1 Resuelve. 1) Tener por efectuado el control de legalidad de la medida de protección excepcional adoptada por Disposición N° 000013 de fecha 15 de Enero de 2.021, respecto de Santino Juan Ignacío Nuñez y Luciana Ludmila Jazmín Echaniz. 2) Requiérase a la presentante para que en el término de 10 días informe el cese o la resolución definitiva de la Medida. 3) Notifíquese por Secretaría a la peticionante, a los progenitores, y a la Defensora General, habilitándose días y horas. Protocolícese, agréguese copia, notifíquese en los términos del art. 66 de la Ley 12.967. Oportunamente archívese. Fdo: Dra. Mariana Herz (Jueza) - Dra. Natalia Berardo (Secretaría). Saluda Atentamente. Santa Fe, Julio de 2.021.

S/C 453499 Jul. 26 Jul. 28

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Por disposición del Juez de Trámite, Dr. Rubén Ángel Cottet, en los autos caratulados SUBSECRETARIA DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA C/ZENOVICH, GERARDO CARLOS Y VEGA, MIRTA GUADALUPE s/Medida de protección excepcional; Expte. CUIJ N° 21-00280890-8 y su acumulado SUBSECRETARIA DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA c/ZENOVICH, GERARDO Y VEGA, MIRTA GUADALUPE s/Resolución definitiva de medida de protección excepcional; Expte. Nº 21-00283388-0 que tramitan ante el Tribunal Colegiado de Familia N° 2, Secretaría Segunda de Vulnerabilidad de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, a los fines de notificar al Sr. Gerardo Carlos Zenovich, D.N.I. N° 17.009.736, con domicilio desconocido, que se ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 24 de Noviembre de 2.020. Y vistos: Estos caratulados SUBSECRETARIA DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA c/ZENOVICH, GERARDO CARLOS Y VEGA, MIRTA GUADALUPE s/Medida de protección excepcional; (21-00280890-8) tramitados por ante este Tribunal Colegiado de Familia N° 2, Segunda Secretaria, de la ciudad de Santa Fe;”… “…y, Considerando…“ “… Resuelve: 1) Tener por efectuado el control de legalidad de la Disposición Administrativa N° 000109 de fecha 02 de Julio de 2.015, en relación a la adolescente Melany Nahiara Graciela Zenovich, DNI N° 46.137.642; 2) Designar a Maira Eliana Vega, DNI N° 34.267.023, tutora de la adolescente Melany Nahiara Graciela Zenovich, con los deberes y facultades inherentes al cargo, debiendo comparecer ante éste Tribunal en cualquier día de audiencia, a las 08:00 hs, a los fines de la aceptación y discernimiento de dicho cargo. 3) Disponer el cese de la medida de protección excepciona oportunamente adoptada en relación a José Antonio Zenovich (DNI Nº 41.941.758) y Emili María Eva Zenovich (DNI Nº 44.289.243), por haber alcanzado ambos la mayoría de edad. 4) Comuníquese a la Defensoría Provincial de Niñas, Niños y Adolescentes a los fines del art. 38 de la ley 12.967. Protocolícese el original, agréguese copia, notifíquese a la Defensoría General Civil N° 2. Notifíquese y oportunamente archívese. Dra. Maria Marcela Romagnoli. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe.

S/C 33881 Jul. 26 Jul. 28

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados “LA ROSA, VANESA MARIA S/ SOLICITUD PROPIA QUIEBRA” CUIJ 21-02010515-9, se ha dispuesto publicar el presente a fin de hacer saber lo decretado por V.S. Para mayor recaudo se transcribe el decreto que así lo ordena. Santa Fe 7 de Julio de 2021 Téngase por presentado el proyecto de distribución de fondos readecuado. Póngaselo de manifiesto por el término de ley. Publíquense edictos. Notifíquese. Sandra Romero - Secretaria. Dr. Gabriel Abad

Santa Fe, Julio de 2021

S/C 454047 Jul. 26 Jul. 27

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 6º Nominación de Santa Fe, en cumplimiento del artículo 218 de LCQ, se hace saber que: en los autos caratulados “ESTORNI, LEANDRO ARIEL S/ SOLICITUD PROPIA QUIEBRA” EXPTE. CUIJ 21-02002161-3”, se ha presentado el Informe Final, el Proyecto de Distribución, regulándose los honorarios de los profesionales: SUSANA DEL CARMEN VAZQUEZ en la suma de $127.612,43.- y los honorarios del DR. JORGE ARIEL MOREL, en la suma de $54.691,04.

S/C 454098 Jul. 26 Jul. 27

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 6º Nominación de Santa Fe, a cargo del Dr. Grabriel Abad, comunica por dos días que en los autos caratulados “Vera, Mercedes del Carmen S/ QUIEBRA” EXPTE. CUIJ 21-02016592-5”, se ha presentado el Informe Final, el Proyecto de Distribución de fondos y se  regularon los honorarios de los profesionales intervinientes: SUSANA DEL CARMEN VAZQUEZ en la suma de $127.612,43.- y los honorarios de la DRa.María Clara Talamé, en la suma de $54.691,04.

S/C 454097 Jul. 26 Jul. 27

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Por disposición del Sr. Juez de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de Santa Fe, en los autos caratulados VILLANUEVA EZEQUIEL EDUARDO s/Quiebras; (Expte. CUIJ N° 21-02025638-6, Año: 2.021) de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación, se ha ordenado: Santa Fe, 10/06/21. 1) Declarar la Quiebra de Ezequiel Eduardo Villanueva, argentino, mayor de edad, empleado, apellido materno García, DNI Nº 34.729.931, con domicilio real en calle Juan de Garay 1.419 de la ciudad de Coronda y constituyendo domicilio legal en Av. General López 3.156 de esta ciudad de Santa Fe. 5) Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de ser ineficaces. 8) Designar al síndico a sortearse para que realice el inventario de los bienes del fallido en el término de 30 días. 10) Fijar el día 11 de Agosto de 2.021 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. Fdo. Dr. Lizasoain (Juez) - Dr. Tosolini (Secretario). Santa Fe, 10 de Junio de 2.021.

S/C 453266 Jul. 26 Jul. 30

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Por disposición del Sr. Juez de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de Santa Fe, en los autos caratulados SUAREZ DIEGO MARTIN s/Solicitud propia quiebra; (CUIJ N° 21-02025764-1 Año: 2.021) de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación, se ha ordenado: Santa Fe, 30/06/21. 1) Declarar la quiebra de Diego Martín Suarez, argentino, mayor de edad, empleado, DNI Nº 27.761.213, con domicilio real en calle Colono 1.562 de la localidad de Laguna Paiva y constituyendo domicilio legal en calle 1 de mayo 2.798 de esta ciudad de Santa Fe. 4) Ordenar a la fallida y a los terceros que tengan bienes de aquel para que los entreguen al Síndico, quien tomará posesión de los mismos. 5) Prohibir hacer pagos a la fallida, bajo apercibimientos de ser ineficaces. 6) Ordenar interceptar la correspondencia de la fallida y disponer su entrega al Síndico, librándose los correspondientes oficios. 8) Designar al Síndico a sortearse para que realice el inventario de los bienes del fallido en el término de 30 días. 9) Disponer la inmediata incautación de los bienes. A tal fin se librará mandamiento al Sr. Oficial de Justicia debiendo intervenir, de haber aceptado el cargo, el Síndico que se designe. 10) Fijar el día 17 de Agosto de 2.021 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. 12) Disponer la realización de los bienes del fallido en la forma que se determinará una vez realizado el inventario ordenado en el punto 8°). Fdo. (Juez - José Ignacio Lizasoain) - (Secretaria A/C). Santa Fe. 30/06/21. Néstor A. Tosolini, secretario.

S/C 453262 Jul. 26 Jul. 30

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Por disposición del Sr. Juez de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de Santa Fe, en los autos caratulados VISCOLUNGO VIRGILIO s/Quiebra; (Expte. CUIJ N° 21-02026011-1 Año: 2.021) de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación, se ha ordenado: Santa Fe, 23/06/21. 1) Declarar la Quiebra de Virgilio Viscolungo, apellido materno Verge, argentino, mayor de edad, empleado, DNI Nº 21.563 .856, con domicilio real en calle Larrea 6.350 y constituyendo domicilio legal en calle Av. Freyre N° 1.757, 1º Piso, Depto. 1, ambos de esta ciudad de Santa Fe. 5) Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de ser ineficaces. 8) Designar al síndico a sortearse para que realice el inventario de los bienes del fallido en el término de 30 días. 10) Fijar el día 31 de Agosto de 2.021 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. Fdo. Dr. Lizasoain (Juez) - Dr. Tosolini (Secretario). Santa Fe, 25 de Junio de 2.021.

S/C 453259 Jul. 26 Jul. 30

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Por disposición de la Sra. Jueza de 1ª Instancia de Distrito N° 1, en lo civil y Comercial, de la Cuarta Nominación de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe, y en los autos caratulados: MARION, MARIA LAURA s/Pedido de quiebra; (CUIJ N° 21-02014676-9) se ha presentado Reformulación del Proyecto de Distribución; disponiéndose la Publicación de Edictos por dos días en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe (Art. 218 de la Ley 24.522). Para mayor recaudo se transcriben las providencias que así lo ordena que dicen: Santa Fe, 11 de Junio de 2.021. Por presentado proyecto de distribución reformulado. De manifiesto por el término de ley. Notifíquese. Firmado. Dra. Maria Alfonsina Pacor Alonso (Secretaria), Dr. Claudio Alejandro Bermúdez (Juez). Santa Fe, 29 de Junio de 2.021. Previamente, publíquense edictos por el término de ley. Notifíquese. Firmado: Dra. Maria Alfonsina Pacor Alonso (Secretaria); Dr. Claudio Alejandro Bermúdez (Juez). Maria de los Ángeles Ramos, prosecretaria.

S/C 453270 Jul. 26 Jul. 27

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de Santa Fe, se hace saber que en los autos CUIJ 21-01976637-0; SOSA, MARIA LAURA S/Solicitud Propia Quiebra; se ha dispuesto publicar edictos (por dos -2- días, conforme a las normas vigentes), informando que se ha presentado el Proyecto de Distribución previsto en el art. 218 de la Ley N° 24.522 y que se han regulados los honorarios del Síndico C.P.N. Néstor Eduardo Amut en la suma de $ 127.612,73 y del Dr. Diego Martini Guido en la suma de $ 36.460,69. Santa Fe, 29 de Junio de 2.021. Maria de los Ángeles Ramos, prosecretaria.

S/C 453263 Jul. 26 Jul. 27

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Autos: CASCO, JULIAN JOAQUIN s/Solicitud propia quiebra; (Expte. N° 21-01999128-5), de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de la ciudad de Santa Fe, provincia homónima. Con relación a lo dispuesto por el artículo 218 de la ley 24.522, por medio del presente se pone en conocimiento de todos los interesados que se ha procedido a la presentación del Informe y Proyecto de Distribución complementario en los autos de referencia. (Art. 222 Ley N° 24.522). Santa Fe, 29 de Junio de 2.021. Maria de los Ángeles Ramos, prosecretaria.

S/C 453268 Jul. 26 Jul. 27

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados BRANCA MARIA GRACIELA s/Concurso preventivo; (CUIJ Nº 21-02012119-7) tramitados por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, de los que: Santa Fe, 28 de Junio de 2.021. ...Autos y vistos ... Resulta ... Considerando ... Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Maria Graciela Branca, argentina, mayor de edad, casada, jubilada, D.N.I. N° 11.085.913, CUIL Nº: 27-11285913-4, domiciliado realmente en calle Diagonal Goyena Nº 947 4 15 y legalmente en calle Juan de Garay Nº 2.448, de esta ciudad. 2) Mandar a anotar la presente sentencia de quiebra en los Registros correspondientes, oficiándose. 3) Decretar la inhibición general de bienes de la fallida, oficiándose a sus efectos para la toma de razón al Registro General de la Propiedad, Registro Nacional de la Propiedad Automotor y Registro de Créditos Prendarios. 4) Intimar a la fallida para que dentro del término de dos días presente estado detallado del activo y pasivo actualizado, nómina de acreedores, con indicación de domicilios, montos de los créditos, vencimientos, etc., así como detalle de procesos judiciales administrativos en trámite precisando su radicación. 5) Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido para que los entreguen al Síndico. 6) Intimar al fallido para que, dentro de las 24 hs., ponga sus bienes a disposición de la Sindicatura. Prohibir a la fallida la realización de pagos, reputándose ineficaces los que hiciera. 7) Ordenar interceptar la correspondencia y las comunicaciones dirigidas al fallido, deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos ofíciese. 8) Hacer saber al fallido que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la Ley N° 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9) Designar al Oficial de Justicia en turno para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles del fallido con los alcances previstos en los arts. 177 de la ley N° 24.522, sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realice el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de la L.C.Q. 10) Fijar hasta el día 18/05/2021 -inclusive- como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes. Fijar el día 03/09/2021 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán impugnar las solicitudes formuladas. 11) Señalar el día 06/10/2021 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los Informes Individuales de los créditos y designar el día 26/11/2021 como fecha para que el Síndico presente el Informe General. 12) Exhortar a los Juzgados en los que se tramiten juicios de contenido patrimonial contra el fallido, a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la ley N° 24.522. 13) Disponer se proceda a la inmediata realización de los bienes, que se efectuará por el martillero a sortear de la lista respectiva a cuyos efectos se señala la audiencia del 29.08.02, oficiándose. Disponer la publicación de edictos durante cinco días en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe, de acuerdo a lo normado por el art. 89 de la L.C.Q. 14) Hágase saber, insértese, expídase copia. Ofíciese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. (Art. 23 Ley 3456) y al Consejo Profesional de Ciencia Económicas (Acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte de Justicia de la Provincia del 19 de noviembre de 1986). Fdo. Bermúdez (Juez) - Pacor Alonso (Secretaria).

S/C 453269 Jul. 26 Jul. 30

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados AIRALDO MARCELO JAVIER s/Solicitud propia quiebra; (CUIJ 21-02025522-3) tramitados por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, de los que: Santa Fe, 14 de Junio de 2021. ... Autos y Vistos ... Resuelta ... Considerando ... Resuelvo: 1- Declarar la quiebra de Marcelo Javier Airaldo argentino, DNI Nº 23.860.814, casado, empelado en la Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe, CUIL 20-23860814-8, apellido materno Bertorello, domiciliado según dice en Angel Casanello Nº 2590 de Santa Fe y constituyendo domicilio legal en calle Francia Nº 1351 PB 1 de esta ciudad de Santa Fe. 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose. 3- Decretar la inhibición general de bienes del fallido, oficiándose a sus efectos para la toma de razón a los Registros pertinentes. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido los entreguen al Síndico. 5- Intimar al fallido para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6- Prohibir al fallido la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8- Hacer saber al fallido que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9- Ordénase el cese de las retenciones de los códigos de descuento, con excepción de los de ley y los de Seguridad Social, de causa anterior a la declaración de la quiebra. Procédase a oficiar a sus fines y trábese embargo, en proporción de ley, sobre los haberes de la fallida, debiendo depositarse las sumas retenidas en una cuenta a abrirse a al orden del Juzgado y para estos autos en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Agencia Tribunales-. Ofíciese a la empleadora. 10- Designar al Oficial de Justicia en turno para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles del fallido con los alcances previstos en el art. 177 de la ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de LCQ. 11- Designar el día miércoles 16 de Abril de 2021 a las 10:00 hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese a la Excma Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe. 12- Fijar el día viernes 06 de Agosto de 2021 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 ley 24.522). 13- Señalar el día lunes 20 de Septiemre de 2021 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (art. 35 ley 24.522) y designar el día jueves 03 de Noviembre de 2021 como fecha para que el Síndico presente el informe general (art. 39 de la ley concursal). 14- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra el fallido a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la ley 24.521. 15- Disponer la publicación de Edictos durante cinco días en el BOLETÍN OFICIAL de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el art. 89 de la LCQ. Hágase saber, insértese, expídase copia. Oficiese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. (Art. 23 ley 3.456) y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos. Fdo. Bermudez (Juez) - Pacor Alonso (Secretaria). Otro Decreto: Santa Fe, 18 de Junio de 2021. Habiéndose realizado el sorteo correspondiente a un Sindico que intervendrá en autos, ha sido sorteado la Síndico CPN Malanchino, Luis Antonio, domiciliado en calle 4 de Enero Nº 1742 -planta alta-, a quien se designa en tal carácter, debiendo comparecer a aceptar el cargo en cualquier día y hora de audiencia con las formalidades y bajo los apercibimientos de ley...- Fdo. Bermudez (Juez) - Pacor Alonso (Secretaria).

S/C 453267 Jul. 26 Jul. 30

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados CASCO, CARLOS MARTINIANO s/Solicitud propia quiebra; (CUIJ 21-02025894-9) tramitados por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, de los que: Santa Fe, 14 de Junio de 2021. ... Autos y Vistos ... Resulta ... Considerando ... Resuelvo: 1- Declarar la quiebra de Carlos Martiniano Casco, argentino, DNI Nº 21.488.085, casado, empelado en la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe, CUIL 20-21488085-8, apellido materno Monzon, domiciliado según dice en 4º Pasaje Nº 2461 de Santa Fe y constituyendo domicilio legal en calle 25 de Mayo Nº 2126 Piso 2 oficina A y B de esta ciudad de Santa Fe. 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose. 3- Decretar la inhibición general de bienes del fallido, oficiándose a sus efectos para la toma de razón a los Registros pertinentes. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido los entreguen al Síndico. 5- Intimar al fallido para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6- Prohibir al fallido la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8- Hacer saber al fallido que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9- Ordénase el cese de las retenciones de los códigos de descuento, con excepción de los de ley y los de Seguridad Social, de causa anterior a la declaración de la quiebra. Procédase a oficiar a sus fines y trábese embargo, en proporción de ley, sobre los haberes de la fallida, debiendo depositarse las sumas retenidas en una cuenta a abrirse a al orden del Juzgado y para estos autos en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Agencia Tribunales-. Oficiese a la empleadora. 10- Designar al Oficial de Justicia en turno para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles del fallido con los alcances previstos en el art. 177 de la ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de LCQ. 11- Designar el día miércoles 16 de Abril de 2021 a las 10:00 hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese a la Excma Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe. 12- Fijar el día viernes 06 de Agosto de 2021 inclusive, como fecha basta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 ley 24.522). 13- Señalar el día lunes 20 de Septiemre de 2021 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (art. 35 ley 24.522) y designar el día jueves 03 de Noviembre de 2021 como fecha para que el Síndico presente el informe general (art. 39 de la ley concursal). 14- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra el fallido a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la ley 24.522. 15- Disponer la publicación de Edictos durante cinco días en el BOLETÍN OFICIAL de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el art. 89 de la LCQ. Hágase saber, insértese, expídase copia. Ofíciese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. (Art. 23 ley 3.456) y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1 .986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos. Fdo. Bermudez (Juez) - Pacar Alonso (Secretaria). Otro Decreto: Santa Fe, 18 de Junio de 2021. Habiéndose realizado el sorteo correspondiente a un Sindico que intervendrá en autos, ha sido sorteado la Síndico CPN Fasano Ileana Monica domiciliada en calle piedras Nº 6344, a quien se designa en tal carácter, debiendo comparecer a aceptar el cargo en cualquier día y hora de audiencia con las formalidades y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese. Fdo. Bermudez (Juez) - Pacor Alonso (Secretaria).

S/C 453264 Jul. 26 Jul. 30

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados MENDOZA RUBEN EDILIO s/Solicitud propia quiebra; (CUIJ 21-02025359-9), se ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 24/06/2021. Autos y Vistos ... Resulta ... Considerando ... Resuelvo: 1- Declarar la quiebra de Ruben Edilio Mendoza, apellido materno Chaves, argentino, DNI Nº 10.065.081, casado, mayor de edad, jubilado de la ANSES, domiciliado realmente en MB 6 PB S/N 297 B° Las Flores 2 de Santa Fe y constituyendo domicilio legal en calle Gobernador Crespo 3350, piso cuarto, dpto. B de esta ciudad. 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose. 3- Decretar la inhibición general de bienes del fallido, oficiándose a sus efectos para la toma de razón a los Registros pertinentes. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido los entreguen al Síndico. 5- Intimar al fallido para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6- Prohibir al fallido la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8- Hacer saber al fallido que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9- Designar al Oficial de Justicia en turno para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles del fallido con los alcances previstos en el art. 177 de la ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. lo del art. 88 de LCQ. 10- Ordénase el cese de las retenciones de los códigos de descuento, con excepción de los de ley y los de Seguridad Social, de causa anterior a la declaración de la quiebra. Procédase a oficiar a sus fines y trábese embargo, en proporción de ley, sobre los haberes de la falida, debiendo depositarse las sumas retenidas en una cuenta a abrirse a la orden del Juzgado y para estos autos en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Agencia Tribunales-. Oficiese a la empleadora. 11- Designar el día 30/06/21 a las 10:00 hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese a la Excma Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe. 12- Fijar el día 05/08/21 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 ley 24.522). 13- Fijar el día 20/08/21 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán impugnar las solicitudes formuladas. 14- Señalar el día 17/09/21 como fecha para que el Síndico presente los informes individuales de los créditos (art. 35 ley 24.522) y designar el día 1/11/21 como fecha para que el Síndico presente el informe general (art. 39 de la ley concursal). 15- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra el fallido a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la ley 24.522. 16- Disponer la publicación de edictos durante cinco días en el BOLETÍN OFICIAL de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el art. 89 de la LCQ. Hágase saber, insértese, expídase copia. Oficiese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. (Art. 23 ley 3.456) y al Concejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos. Otro Decreto: Santa Fe, 01 de Julio de 2021. Habiendo resultado sorteado el síndico lleana Monica Fasano, con domicilio en calle Piedras 6344 para intervenir en autos MENDOZA RUBEN EDILIO s/Solicitud propia quiebra; (CUIJ 21-02025359-9) desígnaselo en tal carácter. Comparezca a aceptar el cargo cualquier día y hora de audiencia con las formalidades y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese. Fdo. Bermudez (Juez) - Pacor Alonso (Secretaria).

S/C 453260 Jul. 26 Jul. 30

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados NAVA ANA ARMINDA s/Solicitud propia quiebra; (CUIJ 21-02025802-8), se ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 25/06/2021. Autos y Vistos ... Resulta ... Considerando ... Resuelvo: 1- Declarar la quiebra de Ana Arminda Nava, apellido materno Yunes, argentina, DNI Nº 5.699.452, viuda, mayor de edad, jubilada de la ANSES y pensionada de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Santa Fe, domiciliado realmente en calle Pedro Díaz Colodrero 2417 de Santa Fe y constituyendo domicilio legal en calle San jerónimo 2118, Piso 2, Oficina 3 de esta ciudad. 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose. 3- Decretar la inhibición general de bienes del fallido, oficiándose a sus efectos para la toma de razón a los Registros pertinentes. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido los entreguen al Síndico. 5- Intimar al fallido para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6- Prohibir al fallido la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8- Hacer saber al fallido que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9- Designar al Oficial de Justicia en turno para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles del fallido con los alcances previstos en el art. 177 de la ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de LCQ. 10- Ordénase el cese de las retenciones de los códigos de descuento, con excepción de los de ley y los de Seguridad Social, de causa anterior a la declaración de la quiebra. Procédase a oficiar a sus fines y trábese embargo, en proporción de ley, sobre los haberes de la falida, debiendo depositarse las sumas retenidas en una cuenta a abrire a la orden del Juzgado y para estos autos en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Agencia Tribunales-. Oficiese a la empleadora. 11- Designar el día 30/06/21 a las 10:00 hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese a la Excma Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe. 12- Fijar el día 05/08/21 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 ley 24.522). 13- Fijar el día 20/08/21 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán impugnar las solicitudes formuladas. 14- Señalar el día 17/09/21 como fecha para que el Síndico presente los informes individuales de los créditos (art. 35 ley 24.522) y designar el día 1/11/21 como fecha para que el Síndico presente el informe general (art. 39 de la ley concursal). 15- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra el fallido a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la ley 24.522. 16- Disponer la publicación de edictos durante cinco días en el BOLETÍN OFICIAL de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el art. 89 de la LCQ. Hágase saber, insértese, expídase copia. Oficiese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. (Art. 23 ley 3.456) y al Concejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos. Otro Decreto: Santa Fe, 01 de Julio de 2021. Habiendo resultado sorteado el síndico Marcela V Maldonado, con domicilio en calle Vieytes 2231 para intervenir en autos NAVA, ANA ARMINDA s/Solicitud propia quiebra; (CUIJ 21-02025802-8) desígnaselo en tal carácter Comparezca a aceptar el cargo cualquier día y hora de audiencia con las formalidades y bajo los apercibimientos de ley. Notifiquese. Fdo. Bermudez (Juez) - Pacor Alonso (Secretaria).

S/C 453257 Jul. 26 Jul. 30

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Por disposición de la Juez a cargo de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados BARCELO, MONICA CRISTINA s/Solicitud propia quiebra; (Expte. CUIJ Nº 21-02025725-0, se ha resuelto lo siguiente: Santa Fe, 2 de Julio de 2021. Vistos: ... y Considerando: ..., Resuelvo: 1) Declarar, a su propio pedido, la quiebra de Monica Cristina Barcelo, DNI 13.982.526, argentina, mayor de edad, docente, domiciliada realmente en calle Lombardi Nº 229 y legal en calle Primera Junta Nº 2507- Piso 8- Oficina 1 de esta ciudad de Santa Fe. 3) Disponer como fecha para que tenga lugar el sorteo de un Contador Público Nacional que actuará como Síndico el día 7 de Julio de 2021 a las 10:00 horas. 5) Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de ser éstos ineficaces. 10) Fijar el día 26 de Agosto de 2021 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. 11) Fijar el día 12 de Octubre de 2021 como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el informe individual de los créditos y el 29 de Noviembre de 2021 para que presente el informe general. 13) Disponer la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL, dentro de las veinticuatro horas y en la forma prevista por el art. 89 de la Ley 24.522, computándose el plazo que tiene la deudora para ello desde el día de notificación posterior a la aceptación del cargo por el Síndico, dado que los edictos deberán contener su nombre y domicilio... Fdo. Dr. Diego Aldao, Juez a cargo. Sandra S. Romero, Secretaria. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y de acuerdo a la Ley 11.827, en el lugar habilitado por la CSJP en el Palacio de Tribunales. Santa Fe, 2 de Julio de 2021. Secretaria. Sandra Silvina Romero, Secretaria.

S/C 453265 Jul. 26 Jul. 30

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Por disposición de la Juez a cargo de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados CORREA MARIO ALBERTO s/Solicitud propia quiebra; (Expte. CUIJ Nº 21-02022554-5 año 2020), se ha resuelto lo siguiente: Santa Fe, 2 de Julio de 2021. Vistos: ... Considerando: ..., Resuelvo: 1) Declarar, a su propio pedido, la quiebra de Mario Alberto Correa, DNI 24.232.645, argentino, mayor de edad, de apellido materno Rivoira, empleado, domiciliado realmente en San Martín Nº 3.506 y legal en calle 4 de Enero 1.753 de esta ciudad de Santa Fe. 3) Disponer como fecha para que tenga lugar el sorteo de un Contador Público Nacional que actuará como Síndico el día 7 de Julio de 2021 a las 10:00 horas. 5) Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de ser éstos ineficaces. 10) Fijar el día 26 de Agosto de 2021 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. 11) Fijar el día 12 de Octubre de 2021 como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el informe individual de los créditos y el 29 de Noviembre de 2021 para que presente el informe general. 13) Disponer la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL, dentro de las veinticuatro horas y en la forma prevista por el art. 89 de la Ley 24.522, computándose el plazo que tiene la deudora para ello desde el día de notificación posterior a la aceptación del cargo por el Síndico, dado que los edictos deberán contener su nombre y domicilio... Fdo. Dr. Diego Aldao, Juez a cargo. Sandra S. Romero, Secretaria. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y de acuerdo a la Ley 11.827, en el lugar habilitado por la CSJP en el Palacio de Tribunales. Santa Fe, 2 de Julio de 2021. Secretaria. Dra. Sandra Silvina Romero, Secretaria.

S/C 453261 Jul. 26 Jul. 30

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Por estar así ordenado en los autos caratulados: MERETTA, MÓNICA ADRIANA s/Solicitud Propia Quiebra; C.U.I.J. Nº 21-02016608-5, Año 2019, que se tramitan ante el Juzgado de 1ª Instancia del Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de Santa Fe, y conforme lo prescripto por el Art. 89 de la Ley Nº 24.522, se hace saber que en los autos de referencia ha sido designada en el carácter de Síndico titular en este proceso falencial, la C.P.N. Adriana Raquel Bonaparte, D.N.I. Nº 17.009.746, con domicilio constituido en calle Urquiza Nº 1.591 1º “A” (3000) Santa Fe, Tel-Cont: (0342)455-7209, E-mail: abona-par@fce.unl.edu.ar, quién recibirá las solicitudes de verificación de créditos (art. 200 L.C.Q.) en ese domicilio, en soporte papel y en archivo PDF para su publicación en el sistema informático, hasta el día 01 de Septiembre de 2.021 inclusive, en el horario de 9 a 12 hs. y de 17 a 20 hs. Asimismo, se informa que la fallida posee C.U.I.L. N° 27-14681338-6. Santa Fe, 09 de Junio de 2021. Dr. Pablo C. Silvestrini, Secretario.

S/C 453211 Jul. 26 Jul. 30

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Por estar así dispuesto en los autos caratulados BONATTI IRMA ESTHER /Solicitud propia quiebra; Expte. CUIJ N° 21-02023789-6, que se tramita por ante el Juzgado Civil y Comercial de la 2ª Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que por Resolución de fecha 14/05/2021 se ha declarado la quiebra de Irma Esther Bonatti, D.N.I. Nº 10.874.104 apellido materno Ramos, Jubilada, Viuda, con domicilio real en calle Callejón Funes 5.530 habiéndose dispuesto hasta el día 04/08/2021 para que los acreedores presenten sus pedidos d verificación al Síndico designado en autos, la CPN Carolina Benítez, domiciliada en calle Moreno 2.308- 6º Piso B de la ciudad de Santa Fe, siendo el horario de atención de lunes viernes de 8.00 a 14.00 hs. Notifíquese. Firmado: Dr. Pablo Silvestrini, Secretario.

S/C 454229 Jul. 26 Jul. 30

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Por disposición del Sr. Juez de ira Instancia en lo Civil y Comercial de la 2ª Nom, en autos DIAZ, LETICIA VERONICA s/Concurso preventivo; Expte. Nº 21-02023143-9, Santa Fe, 28 de Abril de 2.021… Autos y vistos… Considerando… Resuelvo: 1).- Declarar abierto el concurso preventivo de Leticia Verónica Díaz, argentina, casada, apellido materno Corvalan, D.N.I. Nº 23.676.442, con domicilio real en Manzana 3 casa 31 S/N Las Flores 2 de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe, y legal en calle Fray Cayetano Rodríguez 3.881 de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe. 16/06/2021. .Atento lo solicitado, corresponde reprogramar las fechas establecidas en el auto de apertura de quiebra. En consecuencia, fíjase el día 31/08/2021 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar los pedidos de verificación de créditos y los títulos pertinentes, y el día 14/09/2021 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. Asimismo, desígnase el día 13/10/2021 como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el Informe Individual, y 26/11/2021 para que presente el Informe General. Fíjase el día 24/05/2022 para la audiencia informativa a las 11:00 horas, a los fines previstos por el art. 45 de la L.C.Q. Juez: Marcolin – Secretario: Silvestrini. Noelia Romina Druetta, prosecretaria.

S/C 454231 Jul. 26 Jul. 30

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Por disposición de la Señora Jueza de Primera Instancia de Circuito N° 30 de la ciudad de Sastre (Provincia de Santa Fe) en autos: OCCELLI, HECTOR JUAN c/VEGA, CRISTIAN s/Ejecutivo; (CUIJ Nº 21-24391607-8) se ha ordenado: 1) Mandar llevar adelante la ejecución contra Cristian Vega por el capital reclamado ($ 1.056) con más los intereses establecidos en el considerando precedente. 2) Imponer las costas a la parte demandada. 3) Diferir la regulación de honorarios hasta el momento de practicar liquidación. 4) Protocolícese, agréguese copia, notifíquese. Archívese. A continuación, se transcribe la parte pertinente de la sentencia que ordena la medida: Sastre, 09 de Marzo de 2.021 - Y vistos... Resulta... Y considerando... Resuelvo: 1) Mandar llevar adelante la ejecución contra Cristian Vega por el capital reclamado ($ 1.056) con más los intereses establecidos en el considerando precedente. 2) Imponer las costas a la parte demandada. 3) Diferir la regulación de honorarios hasta el momento de practicar liquidación. 4) Protocolícese, agréguese copia, notifíquese. Archívese. Firmado: Dra. Celia Patricia González Broin, Juez; Dra. María Laura Savignano, Secretaria. Sastre, 11 de Junio de 2.021.

$ 33 453206 Jul. 26 Jul. 30

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito N° 34 de la Localidad de Villa Ocampo, Santa Fe, en autos caratulados: CANO, CECILIA c/COSTA GENARO s/Otras diligencias - Circuito; CUIJ N° 21-23326030-1; se ha dictado la siguiente providencia: Villa Ocampo, 24 de Junio de 2.021. Por presentados, domiciliados y en el carácter invocado, en mérito al poder acompañado, acuérdaseles la participación que por derecho corresponda. Por promovida medida de aseguramiento de pruebas contra Genaro Costa y/o propietario y/o sus herederos y/o Q.R.J.R., domiciliado donde se expresa. Con citación contraria, mediante edictos que se publicarán por tres (03) días en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Tribunales (art. 73 C.P.CyC.). Téngase presente la documentación recibida por el sistema SISFE. A los fines de la informativa: líbrese oficio a la Comuna de Villa Ana. Autorízase a los peticionantes a intervenir en el diligenciamiento con facultades de ley. Constatación judicial: líbrese oficio al Juzgado Comunitario y de las Pequeñas Causas de la localidad de Villa Ana, autorizándose a los peticionantes y/o a quien estos designen a intervenir en el diligenciamiento con facultades de ley. Testimoniales: A los fines de recepcionar las audiencias de los propuestos, señálase fecha para el día 07 de Diciembre de 2.021 a las 09:00 hs. Hágase saber que las audiencias se celebrarán en la sede del Colegio de Abogados, Delegación Zona Norte, sita en calle Rivadavia N° 1.448 de la ciudad de Villa Ocampo (de conformidad con las disposiciones emanadas de las Acordadas Nº 14 de fecha 13/05/2020, Circular N° 55 del 13/05/2020 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de Santa Fe y la Resolución de la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de la Ciudad de Reconquista Nº 04/2020, y 05/2020), pudiendo disponerse su celebración de manera remota, mediante la utilización de tecnologías disponibles, lo que se hará saber con la debida antelación. Cíteselos bajo apercibimientos de ley. Impónganse las partes de las disposiciones emanadas por la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, como así también el Protocolo para la prevención del COVID-19, contenidas en el siguiente link: http//www.justiciasantafe.gov.ar/ckfinder/userfiles/files/prensaydifusion/comunicados-deprensa/6381.pdf. Asimismo, hágase saber que deberá de abstenerse de concurrir a esta audiencia en caso de presentar al menos uno de los síntomas asociados a la infección COVID-19 (tos seca, dolor de garganta, dificultad respiratoria, falta de olfato o gusto, sin otra enfermedad que explique completamente el cuadro clínico) y en los últimos 14 días haya estado en contacto con casos confirmados de COVID-19, o tenga un historial de viaje fuera del país, o tenga un historial de viaje o residencia en zonas de transmisión local (ya sea comunitaria o por conglomerados) de COVID 19 en Argentina. En caso de que fa parte invoque la imposibilidad de concurrir por cualquiera de los supuestos antes referidos, deberá darse inmediata intervención a las autoridades sanitarias pertinentes a los efectos de la adopción de las medidas que fueren menester. Notifíquese. Fdo.: Dra.: Luisina Inés Zarza - Secretaria; Dr.: Miguel E Juárez - Juez.

$ 45 453323 Jul. 26 Jul. 17

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Por disposición de la Dra. Lilian M. T. Insaurralde, Jueza de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 20 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe, se hace saber que en autos caratulados: GONZÁLEZ, Susana Noemí s/Quiebras; (CUIJ Nº 21-26169362-0), por resolución de fecha 30 de Junio de 2.021 se ha resuelto: (...) 1) Declarar la quiebra (arts. 288 y 289, ley 24.522) de la Señora Susana Noemí González, DNI N° 25.113.997, CUIL/CUIT N° 27-25113997-65 argentina, soltera, mayor de edad, empleada del Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe; con domicilio real en Barrio Santa Rosa s/n y constituyendo procesal en calle Libertad N° 1.707, ambos domicilios en la ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe. (...) 3) Ordenar a la fallida, como así también a terceros para que, en el término de 48 horas de su designación, entreguen al Síndico todos los bienes de pertenencia del primero. Intimar a la deudora para: a) que entregue a la Sindicatura dentro de las 24 hs de que aquél acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad (Art.88 inc.4 LCQ); b) Intimar a la fallida para que, en el término de diez días contados a partir de la presente resolución, de cumplimento a lo dispuesto por el art. 86 de la Ley 24.522. 4) Prohibir hacer pagos a la fallida, los que de realizarse se reputarán ineficaces; excepto los que se realicen en concepto de salarios con las especificaciones del párrafo 16) de la presente (Art.88 inc 5 LCQ). (...) 9) Fijar hasta el lunes 02 de Agosto de 2.021 inclusive (o el día hábil inmediato posterior) como plazo dentro del cual los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes al Sindico, en la forma establecida en los arts. 32 y 200 L.C.Q. Fdo: Insaurralde, Lilian - jueza; Demboryniski, Silvina - secretaria.

S/C 453209 Jul. 26 Jul. 30

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y laboral N° 18 de la Ciudad de San Justo, (Sta. Fe) en autos caratulados MEDINA GABRIEL ANGEL c/VIGHETTO CARLOS ATILIO y otros s/Daños y perjuicios; (Expte. N° 69/2015), y a los fines de la notificación de los demandados, se hacer saber a los Sres. Carlos Atilio Vighetto y Calcaterra Adrián Erardo el siguiente proveído: San Justo, 27 de Diciembre de 2.019. Agréguese. Téngase presente y por cumplimentado con lo ordenado en proveído de fs. 108. Proveyendo escritos cargos N° 345 (fs. 10 vto.), N° 346 (fs. 12) y N° 1.411 (fs. 20 vto.): Por promovida Demanda de Indemnización de Daños y Perjuicios contra Carlos Atilio Vighetto y contra el titular registral y/o tenedor y/o poseedor y/o guardador del camión marca Ford, modelo Cargo 1.722, dominio CDD-622 al día 31/8/2014, a quienes se cita y emplaza para que comparezcan a estar a derecho en el término y bajo apercibimientos de ley. Cítese en garantía a “La Segunda Cooperativa Limitada de Seguros Generales S.A.”, con los alcances del art. 118 de la ley 17.418. Téngase presente la reserva efectuada. Téngase presente la prueba ofrecida para su oportunidad. Notifiquen: Alessio, Furlani, German, Lo Presti, Rivas y/o el Sr. Oficial Notificador. Otro Decreto: San Justo, 11 de Noviembre de 2.020. Al punto 1: Téngase presente lo manifestado. Atento las constancias de autos, como lo solicita, téngase por ampliada la demanda contra el Sr. Adrián Erardo Calcaterra. Al punto 2: Estese a lo ordenado en la última parte del proveído de fecha 13/10/2015 (fs. 47) Notifíquese. Fdo. Dra. Laura M. Alessio (Jueza), Dra. María Itatí Göhringer (Secretaria). 24/06/21. Leandro C. Buzzani, secretario.

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Por disposición del Sr. Juez de trámite del Juzgado de 1ª Inst. Civil, Com. y Lab. de Distrito N° 19 de la ciudad de Esperanza (Sta. Fe), Secretaría a mi cargo, se cita, se llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Doña BROSSIO, Elvira Inés, DNI N° 0.907.343, fallecida en Esperanza (Santa Fe) el 19/03/2021, a los efectos de que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales en autos caratulados: BROSSIO, ELVIRA INÉS s/Sucesorio; (CUIJ N° 21-26300890-9). El decreto en su parte pertinente ordena: A tales fines, publíquense Edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y espacio destinado a tal fin en Sede Judicial (art. 67 CPCC.). Esperanza, 30 de Abril de 2.021. Fdo.: Dra. Gisela Gatti, Secretaria y Dra. Virginia Ingaramo, Jueza. 22 de Junio de 2.021. Corina Matiller, prosecretaria.

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Por disposición del Sr. Juez de Juzgado Distrito Nº 19 en lo Civil, Comercial y Laboral, de la ciudad de Esperanza, provincia de Santa Fe en los autos caratulados RAMIREZ, RITA MARIA y otros c/SPICHER, EDUARDO ALBERTO s/Daños y perjuicios; (CUIJ Nº 21-26298809-8) se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don Spicher Eduardo Alberto, DNI Nº 12.517.524, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo. Dra. Virginia Ingaramo (Jueza), Fdo. Dra. Gisela Gatti (Secretaria). Esperanza, 20 de Abril de 2.021. Corina Matiller, prosecretaria.

$ 50 453240 Jul. 26 Jul. 30

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de la ciudad de Santa Fe) en autos caratulados: HUBER, RICARDO ENRIQUE s/Declaratoria de herederos; CUIJ N° 21-02024942-8, se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Ricardo Enrique Huber, D.N.I. Nº 11.733.639, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimiento legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y hall de tribunales. Fdo. Dra. Claudia Sánchez, Secretaria. Santa Fe, 29 de Junio de 2.021. Melina Nair Ayala, prosecretaria.

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios Juzgado de Primera instancia de Distrito Judicial Nº Uno en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la Ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe), en autos caratulados: JULLIER, JOSÉ LUIS s. Sucesorio; (Expte. CUIJ Nº 21-02022972-9) se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de José Luis Jullier: D.N.I. N° 16.550.27 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo.: Dr. Carlos F. Marcolin (Juez), Dra. Claudia Sánchez (Secretaria). 18 de Junio de 2.021.

$ 45 453175 Jul. 26 Jul. 30

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorio Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe, (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de esta ciudad), en autos caratulados: AGUIAR, ESTELVINA s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-02024965-7, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Estelvina Aguiar DNI N° 2.061.024, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus fines en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo: Dra. Claudia Sánchez, secretaria. Santa Fe, 02 de Julio de 2.021.

$ 45 453208 Jul. 26

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios - Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 6ª Nominación de esta ciudad) en autos caratulados: TOBARES, DANTE CARLOS s/Declaratoria de herederos; CUIJ Nº 21-02025116-3; se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Dante Carlos Tobares, D.N.I. Nº: 11.790.732 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo. Dra. Claudia Bibiana Sánchez, secretaria. Santa Fe, 18 de Junio de 2.021.

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe (radicado en el Juzgado de Primera instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de Santa Fe), en autos caratulados: SENN, MARIO RAMON s/Declaratoria de herederos; (CUIJ Nº: 21-02023523-0, año 2.021), se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Mario Ramón Senn, DNI N° 10.944.132, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. (Fdo.) Dr. Lucio Alfredo Palacios, Juez; Dra. Claudia B. Sánchez, Secretaria. Santa Fe, 18 de Junio de 2.021.

$ 45 453199 Jul. 26

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios - Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 4° Nominación), en autos caratulados: ORDINAS SUSANA GUADALUPE s/Sucesorio; CUJJ Nº 21-02025253-4, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de la Sra. Susana Guadalupe Ordinas, DNI N° 16.444.911, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que publica a sus efectos el BOLETÍN OFICIAL. Fdo.: Dra. Claudia Sánchez. Secretaria. Santa Fe, 29 de Junio de 2.021.

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Por disposición de la oficina de Procesos Sucesorios -primera Circunscripción Judicial de Santa Fe Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 6º Nom. de esta ciudad; Santa Fe, en loS autos caratulados: MENDOZA, BELISARIO RAMÓN y otros s/Sucesorio - Reconstrucción; CUIJ: Nº 21-01955321-0, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios que se consideren con algún derecho sobre los bienes de la sucesión de don Belisario Ramón Mendoza, LE: Nº 2.347.257 y de doña Agustina Gabriela Bronsini, DNI: Nº 6.114.087, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del termino y bajo apercibimiento legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. (Fdo. Dr. Pablo Cristian Silvestrini, Secretario). Santa Fe, 08 de Junio de 2.021. Estela López Bustos, secretaria.

$ 45 453148 Jul. 26

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios -Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe (Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 6ª Nom. de ésta ciudad; Santa Fe, en los autos caratulados: CUIJ: Nº 21-02003889-3; MENDOZA, JUAN LUIS s/Sucesorio, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios que se consideren con algún derecho sobre los bienes de la sucesión de don Juan Luis Mendoza, LE: Nº 6.246.487, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del termino y bajo apercibimiento legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y exhíbanse en el Hall de Tribunales. (Fdo. Dra. Claudia Sánchez, Secretaria). Santa Fe, 16 de Junio de 2.021. Estela López Bustos, secretaria.

$ 45 453151 Jul. 26

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial 4ª Nominación de Santa Fe), en los autos caratulados: COIANTZ, GRACIELA BEATRIZ s/Sucesorio; CUIJ N° 21-02008688-9, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la Sra. Coianiz, Graciela Beatriz, D.N.I. N°: 22.097.023, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo.: Dra. Claudia Sánchez (Secretaria), Dr. Claudio Alejandro Bermúdez (Juez). 02 de Julio de 2.021.

$ 45 453153 Jul. 26

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación) en autos caratulados: CORNIER, ADRIAN EVARISTO s/Sucesorio; Expte. CUIJ Nº 21-02025250-9 del Año 2.021, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Cornier, Adrián Evaristo D.N.I. Nº 16.629.459, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo. Dra. Claudia B. Sánchez (Secretaria de la OPS). 23 de Junio de 2.021.

$ 45 453185 Jul. 26 Jul. 30

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación) en autos caratulados: SABELLA ROSA ALEJANDRO GABRIEL s/Sucesorio; (CUIJ 21-02024305-5), se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Sabella Rosa, Alejandro Gabriel, D.N.I. Nº 14.681.372, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Firmado: Dra. Claudia B. Sánchez, Secretaria.

$ 45 453587 Jul. 26

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación) en autos caratulados: SIERRO, NELI DORI MARGARITA s/Sucesorio; (CUIJ 21-02020123-9), se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Sierro, Neli Dori Margarita, L.C. Nº 06.099.807, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Firmado: Dra. Claudia B. Sánchez, Secretaria.

$ 45 453590 Jul. 26

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Por Disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios - Primera Circunscripción Judicial (Juzgado Civil y Comercial de la 2ª Nominación), en autos STORNI MIGUEL ANGEL s/Sucesorio; (CUIJ Nº 21-02022916-8), se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios que se consideren con algún derecho sobre los bienes de la sucesión de don Storni Miguel Angel, DNI. N° M 6.239.580, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Se Publica Edicto en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo. Dra. Claudia Sánchez (secretaria). Santa Fe, 29 de Junio de 2.021. Melina Nair Ayala, prosecretaria.

$ 45 453149 Jul. 26

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Por Disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios - Primera Circunscripción Judicial (Juzgado Civil y Comercial de la 1ª Nominación), en autos ARZADUM CATALINA GUADALUPE s/Sucesorio; (CUIJ Nº 21-02024676-3) se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios que se consideren con algún derecho sobre los bienes de la Sucesión de doña Arzadum Catalina Guadalupe, DNI Nº F 3.893.525, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Se Publica Edicto en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo. Dra. Claudia Sánchez (secretaria). Santa Fe, 30 de Junio de 2.021. Melina Nair Ayala, prosecretaria.

$ 45 453150 Jul. 26

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios - Primera Circunscripción judicial de Santa Fe (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de Santa Fe) en autos caratulados: GONZALEZ, IRIS s/Declaratoria de herederos; (CUIJ Nº 21-02024370-5) se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Iris Carmen González, DNI Nº 4.238.064 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Dra. Claudia Sánchez - Secretaria. Santa Fe, 02 de Julio de 2.021. Laura Luciana Perotti, prosecretaria.

$ 45 453198 Jul. 26

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito N° 19 de la Ciudad de Esperanza, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la Sra. MARIA EUGENIA BARONI, DNI N°: 13.911.280 para que comparezcan en autos. Expte: CUIJ Nº 21-26300864-9 - Año 2.021 y acrediten su carácter dentro del término de 30 días. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Esperanza, 28 de Junio de 2.021. Dra. Gisela V. Gatti. Secretaria. Corina Matiller, prosecretaria.

$ 50 453927 Jul. 28

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TOSTADO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 15, en lo Civil, Comercial y Laboral, secretaría única, de Tostado, Dpto. 9 de Julio, Pcia. de Santa Fe, en los autos: AMWEG DIEGO JAVIER c/CARNEIRO JAVIER ENRIQUE s/Juicio ejecutivo; CUIJ Nº 21-26211931-6. Tostado, 20 de Abril de 2021. Por presentado, domiciliado, en el carácter invocado, en mérito al poder general acompañado, acuérdasele la participación legal correspondiente. Por promovido juicio ejecutivo contra el Sr. Javier Enrique Carneiro, por el cobro de la suma de pesos doscientos veintitrés mil ($ 223.000) con mas intereses, costos y costas. Cítese y emplácese al demandado para que comparezca a estar a derecho dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Resérvese en Secretaría la documental acompañada y glósese copia a autos. Ténganse presentes las reservas efectuadas. Notifíquese. Dra. Hayde M. Regonat (jueza). Marcela A. Barrera (Secretaria).

$ 33 453179 Jul. 26 Jul. 28

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 15, en lo Civil, Comercial y Laboral, secretaría única, de Tostado, en autos DIAZ MAIRA CARINA PSHM c/GONZALEZ HECTOR MARTIN s/Alimentos y Litis expensas; CUIJ Nº 21-26210378-9, se cita, llama y emplaza al Sr. González Héctor Martin, D.N.I. Nº 37.539.576, para que comparezca a este juzgado dentro del término y bajo los apercibimientos de ley a estar a derechos. Lo que se publicara en el BOLETÍN OFICIAL y espacio destinado a tal fin. Fdo. Hayde M. Regonat (Jueza), Marcela Barrera (Secretaría). Tostado, 22 de Junio de 2021.

$ 45 453182 Jul. 26 Jul. 30

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SAN JORGE

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia Civil, Comercial y del Trabajo de la ciudad de San Jorge, dentro de los autos caratulados: BEARZOTTI, NELKI AGUSTIN c/BEARZOTTI, SONIA BINIANA s/Ordinario; CUIJ 21-26250020-6, se ha dictado lo siguiente: San Jorge, 12 de Febrero de 2021. Proveyendo escrito Cargo Nº 19261/2020: Téngase presente lo manifestado. Por denunciado el fallecimiento del Sr. Nelki Agustín Bearzotti. Atento como surge de la partida de defunción acompañada, se ha producido el deceso del Sr. Nelki Agustín Bearzotti y sin perjuicio que se deberá oficiar al RPU, cítese y empl{acese a sus herederos por edictos a publicarse de conformidad a lo dispuesto en el Art. 597 CPCC para que comparezcan a estar a derecho en el término y bajo apercibimientos de ley. Suspéndase el trámite del presente. Agréguese a autos la documentación acompañada. Notifíquese. Fdo: Dra. Ma. de los Milagros de la Torre (Secretaria) - Dr. Daniel M. Zoso (Juez). San Jorge, 10 de Marzo de 2021.

$ 99 453115 Jul. 26 Jul. 28

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y del Trabajo de Distrito Nº 11 de la ciudad de San Jorge (Sta. Fe), en los autos caratulados TOSCANO, JOVENAL ANTONIO s/Sucesorio; (CUIJ 21-26261048-6, Año 2020) se cita y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores y en definitiva a todos los que se consideren con derecho a los bienes de la herencia dejada por don Jovenal Antonio Toscano, DNI M6.275.545, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL.

$ 45 453184 Jul. 26 Jul. 30

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Por disposición del Señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y del Trabajo de Distrito Judicial Nº 11 de la ciudad de San Jorge (Sta. Fe), en los autos caratulados: RADONICH, ANTONIO JUAN s/Sucesorio; (Expte. CUIJ 21-26261571-2 - Año 2021), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del Sr. Antonio Juan Radonich, D.N.I. Nº 6.287.434, fallecido en la ciudad de San Jorge (Sta. Fe) el día 12 de Agosto de 2019, a fin de que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. San Jorge, de Julio de 2021.

$ 126 453204 Jul. 26 Jul. 30

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Por disposición del Señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y del Trabajo de Distrito Judicial Nº 11 de la ciudad de San Jorge (Sta. Fe), en los autos caratulados: GIORDANO, SILVIA NORA s/Sucesorio; (Expte. CUIJ 21-26261381-7 / Año 2020), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la Sra. Silvia Nora Giordano, D.N.I. Nº 6.427.657, fallecida en la ciudad de San Jorge (Sta. Fe) el día 02 de Noviembre de 2020, a fin de que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. San Jorge, de Julio de 2021.

$ 126 453197 Jul. 26 Jul. 30

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CERES

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez del juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 10 en lo Civil, Comercial y Laboral, Secretaría única de la ciudad de Ceres, en autos caratulados: IÑIGUEZ MARCOS ROSARIO s/Sucesorio; CUIJ 21-17429050-1, se cita, llama y emplaza, a los herederos, acreedores, legatarios y a todos aquellos que se creyeran con derechos sobre los bienes del causante, señor Iñiguez Marcos Rosario, DNI Nº 12.388.263, para que comparezcan a este juzgado a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimiento de ley. Ceres, 03 de Junio de 2021. Dra. Viviana Gorosito Palacios, Secretaria.

$ 45 452952 Jul. 26 Jul. 30

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SAN CRISTOBAL

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


La Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 10 en lo Civil, Comercial y Laboral, Secretaría a cargo de la Dra. Cecilia V. Tovar, de la Ciudad de San Cristóbal, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: BOERIS, ATILIO NATALIO y otros s/Declaratoria de herederos; (CUIJ Nº 21-24198689-3), cita y emplaza a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes don Boeris, Atilio Natalio, D.N.I. M6.271.176, fallecido en fecha 25/10/2017, con último domicilio sito en calle Estado de Israel Nº 576, Localidad de Moisés Ville, Provincia de Santa Fe y doña Graff, Rosa, D.N.I. Nº 1.539.574, fallecida en fecha 20/08/2020, con último domicilio sito en calle Estado de Israel Nº 576, Localidad de Moisés Ville, Provincia de Santa Fe; para que comparezcan por ante éste Juzgado a hacer valer sus derechos, dentro de los treinta días de su publicación. Se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y Puertas del Juzgado. San Cristóbal, 30 de Junio de 2021. Fdo. Dra. Cecilia V. Tovar, Secretaria.

$ 45 452948 Jul. 26 Jul. 30

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Por disposición de la Sra. Juez de 1ª Instancia de Distrito Nº 10 en lo Civil, Comercial y Laboral Dra. Graciela V. Gutscher, Secretaria Única a cargo de la Dra. Cecilia V. Tovar, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y a todos quienes se consideren con derecho sobre los bienes dejados por el causante Sra. María Rosa de Lutüs, DNI F Nº 5.270.883, por su fallecimiento para que comparezca/n a hacerlos valer dentro del término y bajo apercibimientos de ley, en los autos en autos CUIJ 21-26139784-3 - DE LUTÜS, MARIA ROSA s/Declaratoria de herederos. San Cristóbal, 19 de Mayo de 2021. Dra. Cecilia V. Tovar, Secretaria.

$ 45 452945 Jul. 26 Jul. 30

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Por disposición de la Sra. Juez de 1ª Instancia de Distrito Nº 10 en lo Civil, Comercial y Laboral Dra. Graciela V. Gutscher, Secretaria Única a cargo de la Dra. Cecilia V. Tovar, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y a todos quienes se consideren con derecho sobre los bienes dejados por el causante Sr. Oscar Marcelo Eyvastre, DNI M Nº 6.302.987, por su fallecimiento para que comparezca/n a hacerlos valer dentro del término y bajo apercibimientos de ley, en los autos en autos CUIJ 21-26139802-5 - EYVASTRE, OSCAR MARCELO s/Declaratoria de herederos. San Cristóbal, 17 de Junio de 2021. Dra. Cecilia V. Tovar, Secretaria.

$ 45 452947 Jul. 26 Jul. 30

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VERA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 13 en lo Civil Comercial y Laboral de Vera, 1ª Nominación, BENITEZ, ADELQUIS ARGENTINO s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-25276608-9; se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios y/o quienes se consideren con derecho a los bienes de la herencia, de Adelquis Argentino Benitez, DNI Nº 07.675.505, para que dentro del término de ley, comparezcan a hacerlos valer. Fdo. Dra. Jorgelina Yedro, Jueza - Dra. Margarita Savant, Secretaria. Vera, 10 de Junio de 2021.

$ 33 453174 Jul. 26

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RAFAELA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº Cinco, en lo Laboral de la Primera Nominación de Rafaela (Sta. Fe), se cita y emplaza a los herederos, de la Sra. Orfelina Adela Mansilla, D.N.I. 1.539.496, para que comparezcan a tomar intervención que por derecho le corresponda en los autos Expte. CUIJ Nº 21-16384131-9 - OLIVA, JACINTA PALMIRA c/AGUIRRE MÓNICA GRISELDA DE LOS MILAGROS y otros s/Cobro de Pesos Laboral; dentro del término de 3 días a contar de la última publicación del presente. Rafaela, 21 de Agosto de 2020. Fdo.: Dr. Marcelo Leizza, Secretario. Dr. Lucas Marin, Juez.

$ 33 452972 Jul. 26 Jul. 30

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Por disposición del Sr. Juez de 1ª Instancia C y C de la 1ª Nominación de Rafaela, en autos: CUIJ 21-24191590-2 - COMUNA DE HUMBERTO Iº c/BONHOMME JOSEFA y otros s/Otros apremios fiscales; y conforme lo dispuesto por el Art. 77 del C.P.C. y C., se ordena notificar por edictos que, no habiendo comparecido los pretensos herederos dentro del término de ley se los declara rebelde... Fdo: Dr. Hail, Juez - Dra. Cerliani, Secretaria. Rafaela, 14 de Junio de 2021. Dr. Nicolas A. Pasero, Prosecretario.

$ 165 452967 Jul. 26 Jul. 30

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación con asiento en Rafaela, en la causa: Expte. CUIJ Nº 21-24195431-2 - MANSILLA, SABRINA RITA s/Quiebra; tramitada por ante éste, S.S. ha ordenado la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL por el término de cinco días haciendo saber, en cumplimiento del art. 89 de la ley 24.522, que en fecha 02 de Junio de 2021, se estableció: Atento a la suspensión de términos dispuesta por la resolución Nº 720 de fecha 22/05/2021 dictada por la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, y los fines de asegurar a los acreedores la posibilidad de insinuar tempestivamente sus acreencias, se impone la necesidad de reprogramar las fechas fijadas en el punto 11) de la parte resolutiva de la sentencia de declaración de quiebra dictada en fecha 21/02/2020. En consecuencia, fíjese el día 10/08/2021 como fecha hasta la cual los acreedores pueden presentar las solicitudes de verificación de los créditos ante la Sindicatura, quedando establecidas como fechas para la presentación de los Informes Individuales para el día 09/09/2021 y el Informe General para el día 11/10/2021. Publíquense edictos de ley. Notifíquese. Firmado: Dra. María José Alvarez Tremea, Juez - Dra. Agostina Silvestre, Secretaria. Rafaela. Secretaría, 04 de Junio de dos mil veintiuno. No repone (art. 89 - 3er. párrafo Ley 24.522). Dra. Agostina Silvestre, Secretaria.

S/C 453243 Jul. 26 Jul. 30

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 5 en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Rafaela (SF), en los autos caratulados (CUIJ Nº 21-24199531-0 / Año 2021), MINOTTI, ALFREDO JOSÉ s/Sucesorio; se cita, llama y emplaza a todos los que se consideren con derechos a los bienes de la herencia de Alfredo José Minotti, D.N.I. Nº 7.876.957, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días y bajo apercibimientos de ley, los que se publican en el BOLETÍN OFICIAL y en el Hall de Tribunales, a sus efectos. Dr. Duilio M. Francisco Hail (Juez). Dra. Natalia Carinelli (Abogada-Secretaria). Rafaela (SF).

$ 135 453221 Jul. 26 Jul. 30

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito Nº 5 en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de la ciudad de Rafaela, provincia de Santa Fe, en los autos caratulados CUIJ Nº 21-24199535-3 - BARAL, BELKYS MARIA s/Sucesorio; se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante: doña Belkys María Baral, L.C. Nº 5.693.832, fallecida en fecha 14 de Marzo de 2012, con último domicilio en calle Moreno Oeste 644 de la localidad de Humberto Primo, provincia de Santa Fe, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días y bajo apercibimientos de ley, los que se publican en el BOLETÍN OFICIAL y en el Hall de Tribunales. Fdo.: Dra. Agostina Silvestre (Secretaria); Dra. María José Álvarez Tremea (Jueza). Rafaela, 28 de Junio de 2021. Dra. Guillermina Frana, Prosecretaria.

$ 235 453254 Jul. 26 Jul. 30

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Por disposición de la Sr. Juez de la Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de Rafaela; en los autos: Expte. SCHAFFNER, ALBERTO y otros s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-24199397-0, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante: el Sr. María Marta Alvarez, DNI F. Nº 3.965.726, para que comparezcan a hacer valer sus derechos por el término bajo apercibimientos de ley (art. 67 CPC y C), fallecido el día 5 de Mayo del 2018, con último domicilio en calle Av. Santa Fe Nº 141 de la localidad de Angélica. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en Sede Judicial por el término de ley. Fdo.: Juez Dr. Duilio M. Francisco Hail. Secretaría Abog. Natalia Carinelli. Rafaela, 01 de Julio de 2021. Firmado: Abog. Patrocinante Raúl Arduino.

$ 185 453143 Jul. 26 Jul. 30

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Por disposición de la Sr. Juez de la Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de Rafaela; en los autos: Expte. SCHAFFNER, ALBERTO y otros s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-24199397-0, se cita, llama y emplaza a los herederos; acreedores, y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante: el Sr. Alberto Schaffner, DNI M. Nº 6.283.571, para que comparezcan a hacer valer sus derechos por el término bajo apercibimientos de ley (art. 67 CPC y C), fallecido el día 5 de Septiembre del 2006, con último domicilio en calle Av. Santa Fe s/n de la localidad de Angélica. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en Sede Judicial por el término de ley. Fdo.: Juez Dr. Duilio M. Francisco Hail. Secretaría Abog. Natalia Carinelli. Rafaela, 01 de Julio de 2021. Firmado: Abog. Patrocinante Raúl Arduino.

$ 185 453144 Jul. 26 Jul. 30

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Por disposición de la señora Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación (Distrito Nº 5) de Rafaela, se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores de doña Liliana Beatriz Moreno (D.N.I. Nº 11.784.630), para que dentro del término y con los apercibimientos de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos, en los autos caratulados: Expte. CUIJ Nº 21-24199702-9 - MORENO, LILIANA BEATRIZ s/Sucesorio; sucesorio iniciado por la Dra. Gabriela Capponi Fiorillo, debiendo publicarse cinco veces en diez días. Firmado: Dra. María José Alvarez Tremea, Juez. Dra. Agostina Silvestre, Secretaria. Rafaela, 23 de Junio de 2021. Dra. Frana Guillermina, Prosecretaria.

$ 120 452951 Jul. 26 Jul. 30

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Rafaela, provincia de Santa Fe en autos: INGARAMO PATRICIA MARIA DEL VALLE s/Sucesorio; CUIJ 21-24197453-4, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y todos lo que se consideren con derecho sobre los bienes dejados por la causante doña Patricia María del Valle, DNI Nº 12.304.098, con último domicilio registrado en Ituzaingó Nº 27 de Rafaela, fallecida el día 22/03/2019 para que comparezcan dentro del término de 30 días bajo apercibimientos de ley, lo que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL y en el Hall de Tribunales, a sus efectos. Rafaela, 08 de Junio de 2021. Fdo: Dra. Alvarez Tremea (Juez a/c). Dr. Pasero (Pro-Srio.).

$ 142 452895 Jul. 26 Jul. 30

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El Sr. Juez de 1ª Instancia de Distrito C y C 2ª Nominación de Rafaela, en autos: Expte. GIORGIS NILO RAMON s/Sucesorio; CUIJ 21-24199292-3, cita y emplaza a estar a derecho a herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho sobre los bienes del causante Nilo Ramón Giorgis, DNI 10.501.910, por el término de treinta días para que comparezcan a hacer valer sus derechos. Sucesorio iniciado por los Dres. Hugo M. Berrone y Luján Landa. Publicaciones de ley. Dr. Hail, Juez - Dra. Carinelli, Secretaria. Rafaela, Junio de 2021.

$ 90 452965 Jul. 26 Jul. 30

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ª Instancia Civil y Comercial de Distrito, de la 3ª Nominación de la ciudad de Rafaela, pcia. de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a todos los que se consideren con derechos, a los bienes dejados por el fallecimiento del causante, doña Hildelbeis Cecilia López, argentina, DNI Nº 4.292.530, para que comparezcan a hacer valer sus derechos. Lo que se publica a sus efectos legales. Rafaela, 28 de Abril de 2021. Dra. Carolina Castellano (Secretaria).

$ 100 453001 Jul. 26 Jul. 30

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de Rafaela, en autos caratulados: DRUETTA, CARLOS ALBERTO s/Sucesorio; 21-24199518-3, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y todos quienes se consideren con derecho sobre los bienes dejados por el causante Druetta, Carlos Alberto, D.N.I. 12.190.324, mediante edictos que se publican por el término de ley, en el BOLETÍN OFICIAL y se fijan en sede Judicial de los tribunales de Rafaela, conforme al art. 67 del C.P.C.C. Sta. Fe, para que dentro del término de 30 días, comparezcan a estar y a hacer valer sus derechos y acrediten su carácter, bajo apercibimientos legales. Rafaela, 30 de Junio de 2021. Firmado Natalia Carinelli Abogada - Secretaria Duilio M. Hail.

$ 183 452986 Jul. 26 Jul. 30

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado Civil y Comercial de la 2ª Nominación de la ciudad de Rafaela, Sta. Fe, en los autos caratulados GALEANO, AURELIO RUFINO s/Sucesorio; (Expte. CUIJ Nº 21-23967126-5), se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del Sr. Aurelio Rufino Galeano, DNI 6.297.001, para que comparezcan hacer valer sus derechos por el término y bajo apercibimiento de ley (art. 592 CPCyC). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETN OFICIAL y Sede Judicial por el término de ley. Fdo. Dra. Natalia Carinelli (Secretaria). Rafaela, 10 de Marzo de 2020. Rafaela, 10 de Marzo de 2020.

$ 105 452968 Jul. 26

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La Sra. Juez de 1ª Instancia de Distrito C y C 4ª Nominación de Rafaela, en autos: Expte. QUIROGA RODOLFO JOSÉ s/Sucesorio; CUIJ 21-24198523-4, cita y emplaza a estar a derecho a herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho sobre los bienes del causante Rodolfo José Quiroga, DNI 06.288.067, por el término de treinta días para que comparezcan a hacer valer sus derechos. Sucesorio iniciado por los Dres. Hugo M. Berrone y Lilián Landa. Publicaciones de ley. Dra. Alvarez Tremea, Juez - Dra. Gerbaldo, Secretaria. Rafaela, 09 de Junio de 2021. Dra. Frana Guillermina, Prosecretaria.

$ 95 452969 Jul. 26 Jul. 30

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RECONQUISTA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez/a a/c de 1ª Instancia en lo Civil y Comercial de la 3ª Nominación de Reconquista se hace saber que en los autos: ORREGO VERONICA GRACIELA s/Solicitud propia quiebra; 21-25024406-9, que se tramitan por ante el Juzgado mencionado, se ha dispuesto lo siguiente: Reconquista, 22/06/2021. Autos y Vistos: Estos caratulados: ORREGO VERONICA GRACIELA s/Solicitud propia quiebra; CUIJ Nº 21-25024406-9, de trámite por ante este Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial, Tercera Nominación, Distrito Nº 4, y; Y Considerando: Que ha aceptado el cargo el sindico designado CPN Fernando Miguel Altare (fs. 40), por lo que corresponde proceder conforme lo dispuesto en el auto de apertura del 14/09/2020 cumplimentando con los recaudos exigidos por el Art. 14, incisos 3 y 9 de la L.C.Q. Por ello, Resuelvo: 1- Cítese a todos los acreedores para que hasta el día 03 de septiembre próximo presenten sus pedidos de verificación de créditos al Síndico, CPN Fernando Miguel Altare, con domicilio en calle Alvear Nº 759 de Reconquista (SF). 2- Fijase el día 26 de Octubre próximo para la presentación de los informes individuales. 3- Fijase el día 10 de Diciembre próximo para la presentación del informe general. 4- Ordenar publicar edictos haciendo conocer lo aquí decidido en el BOLETÍN OFICIAL. Hágase saber, insértese el original y agréguese copia. Fdo: Dra. María Luz Cracogna, Juez a/c - Dra. Susana Carletti, Secretaria Subrogante. Reconquista, 22/06/2021.

S/C 453222 Jul. 26 Jul. 30

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Por disposición del Juzgado de 1ª Instancia en lo Civil y Comercial de la 3ª Nominación de Reconquista, se hace saber que en los autos SOSA IGNACIO RAMON s/Quiebras; 21-25022854-3, que se tramitan por ante el Juzgado mencionado, se ha dispuesto lo siguiente: Reconquista, 25/06/2021. Autos y Vistos: Estos caratulados: SOSA IGNACIO RAMON s/Quiebras; 21-25022854-3, de trámite por ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación - Distrito Nº 4, de los que: Considerando: Que, siendo que el síndico designado en autos, C.P.N. Horacio Raúl Germano, ha comparecido a aceptar el cargo (fs. 58) corresponde cumplimentar con los recaudos exigidos en el art. 14 incisos 3, 9 y 10 LCQ. Por todo ello, es que: Resuelvo: 1) Fijar el 10 de Setiembre de 2021 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar sus pedidos de verificación al Síndico CPN. Horacio Raúl Germano con domicilio en en calle Alvear Nº 759, horario de atención de lunes a viernes de 17 hs. a 20 hs. 2) Fíjar el 02 de Noviembre de 2021 para la presentación por el Síndico de los Informes Individuales. 3) Fijar el 21 de Diciembre de 2021 para la presentación del Informe General por el Sindico. 5) Ordenar publicar edictos haciendo conocer lo aquí decidido en el BOLETÍN OFICIAL y un diario local. Hágase saber, insértese el original y agréguese copia. Fdo. Dr. Fabian Lorenzini, Juez a/c - Dra. Susana Carletti, Secretaria Subrogante. Reconquista, 25/06/2021.

S/C 453224 Jul. 26 Jul. 30

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Por encontrarse dispuesto en los autos caratulados: ALVAREZ, JOSE DANIEL s/Quiebra; (CUIJ 21-25023426-8), que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Distrito Nº 4 de la Primera Nominación de Reconquista (Santa Fe), Secretaria del autorizante Dr. Juan Manuel Astesiano, se hace saber por 2 (dos) días, publicándose en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe, que se ha presentado el Informe Final y Proyecto de Distribución de Fondos, de acuerdo a lo establecido por el art. 218 de la Ley 24.522. A continuación se transcribe la parte pertinente del decreto que así lo ordena: Reconquista, 11 de Marzo de 2021. Proveyendo: Cargo Nº 2018/21: Por presentado informe final y proyecto de distribución. Pónganse los mismos de manifiesto por el término de ley. Publíquense edictos conforme lo normado en el art. 218 de la L.C.Q... Notifíquese. Fdo. Dr. José María Zarza, Juez. Dr. Juan Manuel Astesiano, Secretario. Reconquista (Santa Fe), 16 de Marzo de 2021.

S/C 453226 Jul. 26 Jul. 30

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Por encontrarse dispuesto en los autos caratulados: MOLINA, NORA BEATRIZ s/Quiebra; (CUIJ 21-25020425-3), que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Distrito Nº 4 de la Primera Nominación de Reconquista (Santa Fe), Secretaria del autorizante Dr. Juan Manuel Astesiano, se hace saber por 2 (dos) días, publicándose en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe, que se ha presentado el Informe Final y Proyecto de Distribución de Fondos, de acuerdo a lo establecido por el art. 218 de la Ley 24.522. A continuación se transcribe la parte pertinente del decreto que así lo ordena: Reconquista, 15 de Marzo de 2021. Proveyendo: Cargo 2328/21: Téngase presente el informe final y proyecto de distribución. De manifiesto por el término de ley. Publíquense edictos por el término de ley (2 días) conforme lo normado en el art. 218 de la L.C.Q. ... Notifíquese. Fdo. Dr. José María Zarza, Juez. Dr. Juan Manuel Astesiano, Secretario. Reconquista (Santa Fe), 17 de Marzo de 2021.

S/C 453225 Jul. 26 Jul. 30

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 4 Civil y Comercial de la Primera Nominación de Reconquista, Santa Fe, en los autos caratulados AGUSTINI NELCY CLARA c/PROPIETARIOS DESCONOCIDOS Y/O TERCEROS INTERESADOS s/Usucapión; (CUIJ 21-25021687-1), que se tramita por ante dicho tribunal, se ha dictado la siguiente providencia: Reconquista, 07 de Abril de 2021. Agréguese, téngase presente. Haciendo efectivos los apercibimientos decretados, declárase rebelde al demandado. Notifíquese por edictos. Firmado: Dr. Juan Manuel Astesiano, Secretario - Dr. José María Zarza, Juez. Reconquista, 31 de Mayo de 2021.

$ 300 453258 Jul. 26 Jul. 30

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El Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 4 Civil y Comercial, Primera Nominación de Reconquista, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados VOEGELI RAÚL ENRIQUE s/Sucesorio; (CUIJ 21-25026367-5), llama, cita y emplaza a los herederos, legatarios acreedores y/o todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes de la herencia dejados por don Raúl Enrique Voegeli, para que dentro del término de ley se presenten a hacerlo valer. Publicación por un (1) día conforme artículo 2340 del CCC. Reconquista, 08 de Junio de 2021. Dr. Juan Manuel Astesiano, Secretario.

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