picture_as_pdf 2021-06-30

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición de la Sra. Jueza de 1ª Instancia de Distrito N° 1, en lo civil y Comercial, de la Tercera Nominación de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe, y en los autos caratulados: CORONEL FLORA ALICIA s/Quiebra; (C.U.I.J. N° 21-02024486-8), se ha dispuesto la publicación de edictos por 5 días en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe, a los efectos de hacer saber que el Síndico Héctor González, con domicilio constituido en calle 25 de Mayo N° 3.407 de esta ciudad de Santa Fe, Tel: 03424522064, fijando horarios de atención a los señores acreedores para la verificación de sus créditos de lunes a viernes de 14:00 a 20:00 horas optando la modalidad de atención presencial en los pedidos de verificación de créditos, debiendo hacerse las mismas por escrito, en duplicado, acompañando los títulos justificativos, con dos (2) copias firmadas y debe expresar el domicilio que constituya a todos los efectos del juicio, en los términos del art. 32 de la Ley 24.522, fijándose el arancel previsto en la ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles, haciéndose saber que podrán formular los pedidos de verificación de sus créditos hasta el 05/07/2021. Para mayor recaudo se transcribe la parte pertinente de la Resolución que dispone dicha medida, que dice. Santa Fe, 23 de Marzo de 2.021. Autos y vistos:... Considerando:... Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Verónica del Carmen Machado, apellido materno Medina, argentina, D.N.I. N° 33.496 2 78, CUIL Nº 23-33496278-4, mayor de edad, empleada, domiciliada realmente en calle J. P. López Nº 3.419 y legal en calle Rgto. 12 de Infantería 970, ambos de ciudad de Santa Fe ... 12) Fijar el día 5/7/21, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, facúltase a la Sindicatura a recibir los pedidos de verificación mediante correo electrónico, el cual habrá de ser consignado al aceptar el cargo, junto a un número telefónico directo de contacto y CBU para un eventual depósito de los aranceles de ley. Deberá, en tal caso, establecer claramente en los edictos a publicarse conforme al art. 89 LCQ, cuál será la modalidad de dicha recepción (a distancia, virtual o en forma presencial), así como el mecanismo a adoptar para la presentación de los títulos justificativos (en caso de requerimiento expreso por la sindicatura), firma (ológrafa o digital) del presentante, constitución de domicilio procesal y la fecha de presentación. Puede igualmente disponer un entorno virtual a los fines de publicar los pedidos de verificación al que podrán acceder los demás acreedores, posibilitando la visualización y control de los créditos insinuados para, en su caso, formular las observaciones pertinentes. Se fija el arancel previsto en la ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. El mismo, deberá hacerse efectivo directamente ante el órgano sindical, en efectivo o mediante transferencia bancaria del importe a la CBU indicada por el mismo, que bastará como recibo correspondiente. Firmado Dra. Viviana Naveda Marco, (Secretaria); Dra. Beatriz Forno (Jueza). Dra. Marisa Wagner, prosecretaria.

S/C 451827 Jun. 30

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Por estar así dispuesto en los autos caratulados QUINTANA, ELSA GUADALUPE s/Quiebra - CUIJ Nº 21-01963220-9, que se tramitan ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la Ciudad de Santa Fe se hace saber que se han regulado los honorarios de los profesionales intervinientes: de la Dra. Claudia Verónica Martínez en la suma de $ 4.031,68 (1 jus) y del Dr. Esteban Nicolás Cattaneo en la suma de $ 4.031,68 (1 jus) por su labor desarrollada en autos. Santa Fe, 11 de Febrero de 2.020. Fdo. Dr. van Gustavo Di Chiazza (Juez) - Dra. Mariana Nelli (Secretaria); y del CPN Jorge Raúl Cicarilli en la suma de $ 4.434,84. Santa Fe, 28 de Agosto de 2.020. Fdo. Dr. van Gustavo Di Chiazza (Juez) - Dra. Mariana Nelli (Secretaria). A su vez se ha puesto de manifiesto el proyecto de distribución complementario (art. 218 de la LCQ), practicado por el síndico actuante. Santa Fe, 30 de Abril de 2.021. Fdo. Dra. Mariana Nelli (Secretaria). Santa Fe, 16 de Junio de 2.021. Dra. Maria José Lusardi, prosecretaria.

S/C 451939 Jun. 30 Jul. 01

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 1 de la Primera nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos: RONDINA DOMINGO c/FONTANARROSA DE COSTA, ANA MARIA s/Prescripción adquisitiva; (Expte. Nº 21-02022897-8) se hace saber a Ana Maria Fontanarrosa De Costa y/o aquél que resulte titular dominial y/o todo aquél que se crea con derechos sobre el inmueble ubicado sobre calle N° 10 S/N, entre las calles: Calle N° 63 y Calle N° 65, con frente al Sur, de la localidad de Sauce Viejo, Provincia de Santa Fe, individualizado con partida N° 10-13-00 742384/3352, que son citados y emplazados para comparecer en estos autos; lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL por el término de tres días. 18 de Febrero de 2.021. Maria Romina Botto, secretaria.

$ 33 451890 Jun. 30 Jun. 02

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 1 de la Sexta nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos: RONDINA, CARLA MARIA ALEJANDRA Y OTROS c/ZORATTI, OLGA RAMONA y otros s/Usucapión; (Expte. Nº 21-01989864-1), se hace saber a Zoratti Gladis Irma; Zoratti Atilio Rubén; Zoratti Mirta Alba; Mangold, Roque Antonio; Zoratti, Horacio Pedro; Zoratti , Héctor Hugo; Zoratti, Dionisia; Zoratti, Irene y Zoratti, Alcides Pelegrin, que son citados para que en el término de ley comparezcan a estar a derecho bajo apercibimientos de rebeldía; lo que publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y se exhibe en el Hall de Tribunales de conformidad con lo dispuesto en la Ley 11.287 y lo resuelto en el Acuerdo Ordinario celebrado el 7/2/96, Acta N° 3. Dra. Natalia Gerard, prosecretaria.

$ 33 451891 Jun. 30 Jul. 02

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos: COMUNA DE SAUCE VIEJO c/MILESI , RODOLFO HUGO s/Apremios fiscales municipales; CUIJ N° 21-02003111-2, se cita a los herederos de Rodolfo Hugo Milesi a comparecer a estar a derecho y para que en el término de dieciséis (16) días opongan excepciones bajo apercibimiento de llevar adelante la ejecución por el capital reclamado, sus intereses y costas; lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL por el término de tres días. 11 de Junio de 2.021. Maria Romina Botto, Secretaria.

S/C 451892 Jun. 30 Jul. 02

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos: COMUNA DE SAUCE VIEJO c/COSTA IGNACIO J. y otros s/Apremios fiscales municipales; CUIJ N°: 21020159659-3, se hace saber a Costa, Ignacio J. y/o Ana María Fontanarrosa de Costa y/o propietario actual y/o poseedor a título de dueño y/o quien resulte jurídicamente responsable de los inmuebles sitos en la localidad de Sauce Viejo, Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe, identificados con partida inmobiliaria N° 10-13-00-911076/0000-1; que son citados para comparecer a estar a derecho y para que en el término de dieciséis (16) días opongan excepciones bajo apercibimiento de llevar adelante la ejecución por el capital reclamado, sus intereses y costas; lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL por el término de tres días. 09 de Junio de 2.021. Dr. Jorge Alberto Gómez, secretario.

S/C 451894 Jun. 30 Jul. 02

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos: COMUNA DE SAUCE VIEJO c/COSTA IGNACIO J. y otros s/Apremios fiscales municipales; CUIJ N° 21-020159654-2, se hace saber a Costa, Ignacio J. y/o Ana María Fontanarrosa de Costa y/o propietario actual y/o poseedor a título de dueño y/o quien resulte jurídicamente responsable de los inmuebles sitos en la localidad de Sauce Viejo, Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe, identificados con partida inmobiliaria N° 10-13-00-742384/0525-7; que son citados para comparecer a estar a derecho y para que en el término de dieciséis (16) días opongan excepciones bajo apercibimiento de llevar adelante la ejecución por el capital reclamado, sus intereses y costas; lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL por el término de tres días. 31 de Mayo de 2.021. Dr. Jorge Alberto Gómez, secretario.

S/C 451896 Jun. 30 Jul. 02

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial déj la Séptima Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos: COMUNA DE SAUCE VIEJO C/ COSTA IGNACIO J. y otros s/Apremios fiscales municipales; CUIJ N°: 21-02015919-4 se hace saber a Costa, Ignacio J. y/o Ana María Fontanarrosa de Costa y/o propietario actual y/o poseedor a título de dueño y/o quien resulte jurídicamente responsable de los inmuebles sitos en la localidad de Sauce Viejo, Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe, identificados con partida inmobiliaria N° 10-13-00-742384/2726-4; que son citados para comparecer a estar a derecho y para que en el término de dieciséis (16) días opongan excepciones bajo apercibimiento de llevar adelante la ejecución por el capital reclamado, sus intereses y costas; lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL por el término de tres días. 10 de Mayo de 2.021. Dr. Jorge Alberto Gómez, secretario.

S/C 451895 Jun. 30 Jul. 02

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos: COMUNA DE SAUCE VIEJO C/ COSTA IGNACIO J. y otros s/Apremios fiscales municipales; CUIJ N°: 21-02015953-4 se hace saber a Costa, Ignacio J. y/o Ana María Fontanarrosa de Costa y/o propietario actual y/o poseedor a título de dueño y/o quien resulte jurídicamente responsable de los inmuebles sitos en la localidad de Sauce Viejo, Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe, identificados con partida inmobiliaria N° 10-13-00-742384/3228-8; que son citados para comparecer a estar a derecho y para que en el término de dieciséis (16) días opongan excepciones bajo apercibimiento de llevar adelante la ejecución por el capital reclamado, sus intereses y costas; lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL por el término de tres días. 02 de Junio de 2.021. Dr. Jorge Alberto Gómez, secretario.

S/C 451897 Jun. 30 Jul. 02

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos: COMUNA DE SAUCE VIEJO C/ Costa Ignacio J. y otros s/Apremios fiscales municipales; CUIJ N°: 21-02015955-0 se hace saber a Costa, Ignacio J. y/o Ana María Fontanarrosa de Costa y/o propietario actual y/o poseedor a título de dueño y/o quien resulte jurídicamente responsable de los inmuebles sitos en la localidad de Sauce Viejo, Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe, identificados con partida inmobiliaria N° 10-13-00-742384/2221-4; que son citados para comparecer a estar a derecho y para que en el término de dieciséis (16) días opongan excepciones bajo apercibimiento de llevar adelante la ejecución por el capital reclamado, sus intereses y costas; lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL p r el término de tres días. 02 de Junio de 2.021. Dr. Jorge Alberto Gómez, secretario.

S/C 451898 Jun. 30 Jul. 02

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nº 1, se hace saber que en los autos: MARTINEZ RUBEN DARIO s/Solicitud propia quiebra; CUIJ Nº 21-02022058-6, 18 de Junio de 2.021 se ha dispuesto: 1) Prorrogar los plazos establecidos en la resolución de fecha 02 de Diciembre de 2.021 y fijar el día 3 de Septiembre de 2.021 para la presentación de las solicitudes de verificación de créditos y los títulos pertinentes a la Sindicatura, el día 05/10/2021 las observaciones a los créditos, los informes individual y general, los días 19/11/2021 y 15/02/2022, respectivamente. 2) Hacer saber que el CPN Aldo Alfredo Maydana ha sido designado Síndico en autos y fija su domicilio a los efectos legales en calle Pasaje Quiroga 1.458 y atenderá a los Sres. Acreedores de lunes a viernes en el horario de 8:00 a 12:00 y de 16:00 a 20:00 hs. siendo su correo electrónico cpnaldomaydana@gmail.com Asimismo, se informa que, haciendo uso de los beneficios que nos brinda la incorporación de las TICs, las solicitudes de verificación de créditos y la documentación respaldatoria que la LCQ ordena se presenten por escrito puedan ser enviados y presentados en soporte digital -correo electrónico-, quedando el remitente con los originales a título de depositario judicial y con cargo de presentación ante requerimiento de la Sindicatura o del órgano jurisdiccional (...). Firmado: Gabriel O. Abad, juez - Dra. Verónica G. Toloza- secretaria. Dra. Natalia Gerard, prosecretaria.

S/C 451936 Jun. 30 Jul. 06

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Autos: RODRIGUEZ, HUGO LUIS s/Quiebra; (CUIJ Nº 21-01985292-7), de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la ciudad de Santa Fe, provincia homónima. Con relación a lo dispuesto por el artículo 218 de la ley 24.522, por medio del presente se pone en conocimiento de todos los interesados que se ha procedido a la presentación de la readecuación del Proyecto de Distribución final en los autos de referencia. Asimismo, se hace saber la regulación de honorarios: Honorarios Sindicatura: pesos cincuenta y dos mil setecientos trece con trece centavos ($ 52.713,13) (más 10% aportes); Honorarios abogado del fallido: pesos veintidós mil quinientos noventa y uno con treinta y cuatro centavos ($ 22.591,34) (más 13 % de aportes). Santa Fe, 18 de Junio de 2.021. Dra. Mariana Nelli, secretaria.

S/C 451941 Jun. 30 Jul. 01

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Por estar así dispuesto en los autos caratulados CORDERO, RODRIGO JAVIER s/Quiebra; CUIJ N° 21-02019493-3, de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia, de Distrito, en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de la ciudad de Santa Fe, se ha dispuesto 1) Declarar la quiebra de Rodrigo Javier Cordero D.N.I. N° 23.738.150, argentino, domiciliado realmente en calle Pasaje 20570 N° 3.954, Barrio Rene Favaloro y legalmente en calle Gobernador Crespo N° 3.350, Piso Cuarto, Departamento B: ambos de la ciudad de Santa Fe. 2) La Sindicatura designada para intervenir en el presente proceso, se halla a cargo del CPN Aldo Alfredo Maydana. Se hace saber que el Síndico ha fijado su domicilio en Pasaje Quiroga N° 1.458. Horario de atención: de lunes a viernes de 8:00 a 12:00 y de 16:00 a 20:00 hs. Y que denuncia teléfono de contacto: 0342 155448950 - celular y 4596091. Se pone a disposición la clave del expediente para su consulta digital: CONTRASEÑA: correspondiendo a la Sindicatura dar a conocer la misma en el caso de que los acreedores insinuantes así lo soliciten. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquella (...) 5) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces (...) 11) Disponer la inmediata incautación de los bienes de la fallida por medio del Sr. Oficial de Justicia, a cuyo fin se librará el mandamiento respectivo, quién deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q (...) Fijar el día 27/07/2021 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. Fijar el 26/08/2021 como fecha hasta la cual se pueden presentar las observaciones a los créditos. Señalar el día 08/10/2021 como la fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito. Señalar el día 09/12/2021 para la presentación del Informe General (...). Firmado: Dr. Gabriel Abad: Juez - Dra. O. Verónica G. Toloza: Secretaria. Dra. Natalia Gerard, prosecretaria.

S/C 451937 Jun. 30 Jul. 05

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De acuerdo a lo dispuesto en Decreto de fecha 26 de Marzo de 2.021 y en Decreto de fecha 10 de Junio de 2.021 por el Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de Santa Fe del Distrito Judicial Nº 1, se hace saber que en autos caratulados KOMINEK, CESAR ARIEL s/Solicitud de propia quiebra; (CUIJ Nº 21-02009930-2), se ha presentado el Informe Final y Proyecto de Distribución Final, y se regularon los honorarios de primera instancia, ordenándose la publicación de edictos por dos días conforme lo exige el art. 218 de la L.C.Q. El Decreto que regula los honorarios, en lo pertinente dice: Santa Fe, 26 de Marzo de 2.021. Conforme lo normado por los Arts. 218, 265 inc. 4°, 266 y 267, fíjense los honorarios totales en la suma de $ 169.584,62, equivalente a un sueldo de Secretario de primera instancia, a distribuir en la siguiente proporción: 1°) $ 118.709,23 (pesos ciento dieciocho mil setecientos nueve con veintitrés centavos) para el CPN Daniel Francisco Piumetti y 2°) $ 50.875,38 (pesos cincuenta mil ochocientos setenta y cinco con treinta y ocho centavos) (10,4288516 Jus), para el Dr. Galetto Diego Enzo. Córrase vista a Caja Forense y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas, encomendándose a los profesionales intervinientes su diligenciamiento a tales fines la clave es 9392. Fdo. Dr. Iván Di Chiazza - Juez; Dra. Mariana Nelli - Secretaria. El Decreto que ordena la publicación expresa: Santa Fe, 10 de Junio de 2.021. Proveyendo escrito cargo N° 7.316: Téngase presente lo manifestado. Por formulado proyecto de distribución acompañado a fs. 89/90. De manifiesto por el termino de ley. Publíquense edictos de conformidad con lo dispuesto por el art. 218 de la LCQ. Notifíquese. Fdo. Dr. Iván Di Chiazza - Juez; Dra. Maria José Lusardi - Prosecretaria. Si no se formulan observaciones dentro de los diez días siguientes, se darán por aprobados. Santa Fe, 16 de Junio de 2.021.

S/C 451940 Jun. 30 Jul. 01

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Por disposición de la Dra. Virginia Ingaramo, Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 19 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Esperanza, Provincia de Santa Fe, se hace saber que en autos caratulados: MEYER MILTON HECTOR s/Quiebras; CUIJ Nº 21-26300461-9; por resolución de fecha 15 de Junio de 2.021 se ha resuelto: (...) Resuelvo: 1. Declarar la quiebra del Sr. Milton Héctor Meyer, argentino, mayor de edad, apellido materno Romero, D.N.I. N° 27.044.495, CUIT Nº 20-27044495-2, con domicilio real en calle Av. Libertad Nº 2.176 de la localidad de Humboldt, Dpto. Las Colonias y con domicilio legal en calle Belgrano 2.008 de la ciudad de Esperanza. 4. Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél, quienes quedarán obligados a ponerlos a disposición del Juzgado en forma apta para que los funcionarios de la Quiebra puedan proceder a la incautación, previa descripción a inventario de los bienes con arreglo a lo dispuesto por el art. 88, inc. 10° y 177 L.C.Q. 5. Declarar la prohibición de hacer pagos al fallido, so pena de ser considerados ineficaces. 8. Ordenar la publicación de edictos por el término de cinco días, en el BOLETÍN OFICIAL, en los términos y alcances del art. 89 L.C.Q. 9. Fijar el día 13 de Agosto de 2.021 como último plazo para que los acreedores por causa o título anterior a la presentación y sus garantes, formulen al Síndico los pedidos de verificación de sus créditos con arreglo a lo dispuesto por los art. 88 y 200 L.C.Q. 10. Fijar el 30 de Agosto de 2.021 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán formular por escrito las impugnaciones a las solicitudes formuladas. Habiendo resultado sorteado el síndico CPN Luis Alberto Belluzo con domicilio en calle Castellanos N° 408 de la ciudad de Esperanza y domicilio electrónico en luisbelluzo@gmail.com, se lo designa en tal carácter y aceptado el cargo fija como horarios de atención los días lunes a viernes de Lunes a Viernes (hábiles judiciales) de 08.00 a 14.00 horas, con estricta observancia del Protocolo Sanitario que resulte aplicable en cada instancia y a la modalidad mixta (digital y papel) del trámite de este juicio, Lo que se publica a los efectos legales en el BOLETIN OFICIAL. Esperanza, 18 de Junio de 2.021. Dra. Gisela Gatti, secretaria.

S/C 451817 Jun. 30 Jul. 05

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Por disposición del señor Juez de Distrito N° 18 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Justo, Dra. Laura Maria Alessio, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña Taverne, Hersilia Marta, DNI Nº: 5.894.813, Nacimiento: Santa Fe pcia Sat. Fe País Argentina, Fecha 17/07/1950, Fallecimiento: Gdor. Crespo, pcia. Sta. Fe, País Argentina, Fecha 16/10/2020, apellido y nombre de la madre: Ottogalli, Clara Rosa. Apellido y nombre del padre: Taverne, Alberto. Apellido y nombre del cónyuge: Nefle, Hugo Augusto, con último domicilio conocido en 9 de Julio 886 de la localidad de Gdor. Crespo (Sta. Fe). En los autos caratulados TAVERNE, HERSILIA MARTA s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-26187210-9, tramitados por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 18 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Justo; comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que pública a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el espacio reservado a tal fin por la Corte Suprema Justicia, según acordad del 7 de Febrero de 1.996, acta N° 3. San Justo, 18 de Mayo de 2.021. Cintia D. Lo Presti, prosecretaria subrogante.

$ 45 451708 Jun. 30

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Por disposición de la señora Jueza de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Justo, se ha dispuesto lo siguiente: San Justo, 03 de Marzo de 2.020. Autos y vistos ... Resulta ... Considerando ... Resuelvo: 1) Hacer lugar a la demanda y, en consecuencia, declarar que se ha operado la prescripción adquisitiva del inmueble objeto de la acción -individualizado en plano de mensura y antecedentes obrantes en autos- a favor de la Sra. Noris Mirta Ramayo. 2) Imponer las costas a la actora. 3) Oportunamente, firme la presente y efectuados los aportes de ley, oficiar al Registro General a los fines de la inscripción respectiva. Expídase copia, insértese el original y hágase saber. Fdo. Dra. Adriana Lorena Benítez, Jueza. Dra. Maria Alejandra Gioda, secretaria. Todo conforme lo ordenado en los autos caratulados tramitados por ante el Juzgado de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Justo en autos RAMAYO NORIS MIRTA c/RAMAYO, MERCEDES PORCEL de y ots s/Usucapión; Expte. 615/2015 CUIJ Nº 21-26180603-4. Lo que pública a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el espacio reservado a tal fin por la Corte Suprema de Justicia, según acordada del 7 de Febrero de 1.996, acta N° 3. San Justo, 08 de Junio de 2.021. Cintia D. Lo Presti, prosecretaria subrogante.

$ 33 451709 Jun. 30 Jul. 02

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Por disposición del señor Juez de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Justo, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don Palombo Angel Mario. DNI. Tipo DNI Nº: 7.880.940, Nacimiento: Loc. Santa Fe Pcia Sat. Fe País Argentina Fecha 03/06/1947. Fallecimiento: Loc. San Justo. Pcia. Sta. Fe. País Argentina Fecha 30/06/2020. Apellido y nombre de la madre: se ignora. Apellido y nombre del padre: se ignora. Apellido y nombre del cónyuge: divorciado; con último domicilio conocido en calle Catamarca N° 00 de la localidad de Vera y Pintado (Sta. Fe). En los autos caratulados PALOMBO, ÁNGEL MARIO s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-26187248-7, tramitados por ante el Juzgado de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Justo. Comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que pública a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el espacio reservado a tal fin por la Corte Suprema de Justicia, según acordada del 7 de Febrero de 1.996, acta N° 3. San Justo, 20 de Mayo de 2.021. Cintia D. Lo Presti, prosecretaria subrogante.

$ 45 451710 Jun. 30

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Por disposición del señor Juez de Distrito N° 18 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Justo., Dra. Laura María Alessio, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Giraudo, Danilo Italo, DNI Nº: 6.354.877. Nacimiento: Gdor. Crespo pcia: Sta. Fe país Argentina Fecha 26/04/1943, Fallecimiento: Gdor. Crespo, pcia. Sta. Fe, país Argentina Fecha 10/12/2013, apellido y nombre de la madre: Moras, María Palmira. Apellido y nombre del padre: Giraudo, Francisco, con último domicilio conocido en 25 de Mayo 351 de la localidad de Gdor. Crespo (Sta. Fe). En los autos caratulados GIRAUDO, DANILO ITALO s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-26187011-5, tramitados por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 18 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Justo comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL, y en el espacio reservado a tal fin por la Corte Suprema de Justicia., según acordada del 7 de febrero de 1.996, acta N° 3. San Justo, 17 de Mayo de 2.021. Cintia D. Lo Presti, prosecretaria subrogante.

$ 45 451712 Jun. 30

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios - Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de Santa Fe - en autos caratulados BERTOSSI IDELMO EUSEBIO s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-02021739-9 se cita, se llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del Sr. Bertossi Idelmo Eusebio, D.N.I. N° 6.233.286, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. 17 de Junio de 2.021. Laura Luciana Perotti, prosecretaria.

$ 35 451889 Jun. 30

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación) en autos caratulados: CÓRDOBA, JULIA ELBA s/Sucesorio; (CUIJ N° 21-02024608-9) cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Julia Elba Córdoba, D.N.I. N° 5.270.850, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo. Dra. Claudia Sánchez (Secretaria). Santa Fe, 15-06-2021. Estela López Bustos, secretaria.

$ 45 451853 Jun. 30

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de la ciudad de Santa Fe), se cita y emplaza, por el término de cinco (5) días (art. 73 del C.P.C. y C.) a los herederos de la Sra. Ana Maria Guadalupe García, DNI Nº F 2.401.994, para que comparezcan a estar a derecho en los autos: GARCIA, ANA MARIA GUADALUPE s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-02024277-6, lo que se publica a los efectos legales. Fdo.: Dra. Claudia Sánchez - Secretaria. Santa Fe, 21 de Mayo de 2.021.

$ 45 451844 Jun. 30

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de Santa Fe), en los autos caratulados ZILLI, MIRTA INÉS s/Sucesorio; Expte. CUIJ N° 21-02024058-7; se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la Sra. Mirta Inés Zilli, apellido materno Gasparotti, DNI N° 11.284.604, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Dra. Claudia Bibiana Sánchez, Secretaria. Santa Fe, 15-06-2021. Estela López Bustos, secretaria.

$ 45 451854 Jun. 30

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Santa Fe), en autos caratulados: GARCÍA JOSE MARIA s/Declaratoria de herederos; (CUIJ Nº 21-00730354-5), se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de García José Maria (LE N° 6.199.068) para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Dra. Claudia Sánchez. Secretaria. Santa Fe, 14 de Junio de 2.021. Estela López Bustos, secretaria.

$ 45 451900 Jun. 30

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios - Primera Circunscripción Judicial (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 10ª Nominación) en los autos caratulados OLIVA ANGELA ESTELA s/Sucesorio; CUIJ Nº: 21-02023466-8 se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña Oliva Angela Estela D.N.I Nº F. 6.089.917, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Fdo: Dra. María R. Kilgelmann (Jueza), Dra. Claudia B. Sánchez (Secretaria). Santa Fe, 04 de Mayo de 2.021.

$ 45 451915 Jun. 30 Jul. 06

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios - Primera Circunscripción Judicial (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 6ª Nominación) en los autos caratulados AZZARO FRANCISCA s/Sucesorio; CUIJ Nº: 21-02023346-7 se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña Azzaro Francisca D.N.I. Nº F. 6.105.373, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término bajo los apercibimientos de ley. Fdo. Dra. Claudia Sánchez (Secretaria). Santa Fe, 29 de Abril de 2.021.

$ 45 451914 Jun. 30 Jul. 06

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Por disposición de la Oficina de Trámites Sucesorios de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados BATALLA, JUAN CARLOS s/Sucesorio; CUIJ 21-02023459-5, de trámite ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de esta ciudad de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Juan Carlos Batalla, DNI Nº 6.225.259, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 02 de Junio de 2021. Dra. Claudia B. Sánchez, Secretaria. Dra. Estela Lopez Bustos, Secretaria.

$ 45 451925 Jun. 30 Jul. 06

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios - Primera Circunscripción Judicial (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 10ª Nominación) en los autos caratulados GIMENEZ OLGA BEATRIZ s/Sucesorio; CUIJ 21-02021763-1, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña Gimenez Olga Beatriz, D.N.I. 6.030.116, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Fdo. Dra. María Romina Kilgermann (Jueza). Dra. Claudia B. Sánchez (Secretaria). Santa Fe, 27 de Abril de 2021.

$ 45 451913 Jun. 30 Jul. 06

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 4ª Nominación de Santa Fe) en autos caratulados PODADERA, EMILIO MIGUEL s/Sucesorio; (CUIJ 21-02022795-5); se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Emilio Miguel Podadera, DNI 6.330.026, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo. Dra. Sánchez (Secretaria). Santa Fe, 14 de Junio de 2021. Dra. Estela Lopez Bustos, Secretaria.

$ 45 452103 Jun. 30 Jul. 02

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 5ª Nominación de Santa Fe en autos caratulados KUCHEN, ELIDA IDA s/Sucesorio; (CUIJ 21-02015159-2), se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Elida Ida Kuchen, DNI 1.120.089, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo prcibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Dr. Aldao (Juez). Dra. Dellamonica (Secretaria). Santa Fe, 15 de Junio de 2021.

$ 45 452102 Jun. 30 Jul. 02

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios de la ciudad de Santa Fe (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación), en los autos caratulados LEIVA, LUIS JAVIER s/Sucesorio; (CUIJ 21-02013507-4), se llama, cita y emplaza a herederos, acreedores, legatarios y a todos los que se consideran con derecho a los bienes de la herencia de don Luis Javier Leiva, DNI Nº 20.984.574, fallecida en la ciudad de Santa Fe, el día 30 de Junio de 2019; para que comparezcan a hacerlo valer, dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Como recaudo se transcribe el decreto que ordena la medida en su parte pertinente: Santa Fe, 24 de Septiembre de 2019... Fecho, publíquense edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL... Notifíquese. Fdo. Dra. María Esther Mazzarello. Santa Fe, 11 de Junio de 2021. Dra. Estela Lopez Bustos, Secretaria.

$ 45 452092 Jun. 30

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios, Primera Circunscripción Judicial (Juzgado de 1ª Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de la ciudad de Santa Fe) en autos BERTOSSI IDELMO EUSEBIO s/Sucesorio; CUIJ 21-02021739-9, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante don Idelmo Eusebio Bertossi, argentino, mayor de edad, DNI 6.233.286, fallecido en la ciudad de Santa Fe, con último domicilio en la localidad de Gessler, provincia de Santa Fe, el día 16 de Septiembre de 2020, para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos: BERTOSSI IDELMO EUSEBIO s/Sucesorio; CUIJ 21-02021739-9. Fdo: Dra. Sánchez Claudia, Secretaria de la Oficina de Procesos Sucesorios. Santa Fe, 09 de Junio de 2021. Dra. Luara Luciana Perotti, Prosecretaria.

$ 45 452087 Jun. 30

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SAN JORGE

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 11, en lo Civil, Comercial y Laboral, de la ciudad de San Jorge, en autos BARRIOS, ALEJO s/Sucesorio; (CUIJ 21-26260674-8 - Año 2020), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante Alejo Barrios, L.E. Nº 6.266.738, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, en el término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y exhibición en los Estrados Judiciales. San Jorge, 14 de Diciembre de 2020. Dra. Araceli Pilar Alberto, Prosecretaria.

$ 45 451515 Jun. 30 Jul. 06

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 11 Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Jorge - Provincia de Santa Fe, en los autos LESTA ALCARDO HECTOR s/Sucesorio; (CUIJ 21-26261859-2), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante Alcardo Hector Lesta, Documento Nacional de Identidad Nº 6.289.598, domiciliado calle Garay 458 de la ciudad de San Jorge, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales.

$ 69,30 451658 Jun. 30 Jul. 06

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 11, en lo Civil, Comercial y Laboral, de la Ciudad de San Jorge, en autos CHÁVEZ JONATAN ALEJANDRO s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-26261802-9, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante Jonatan Alejandro Chavez, DNI Nº 37.331.844, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, en el término y bajo apercibimiento de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. San Jorge, de Junio de 2021.

$ 82,80 451884 Jun. 30 Jul. 05

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VERA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia Civil, Comercial y del Trabajo del Distrito Judicial Nº 13 de Vera, Segunda Nominación, se cita, llama y emplaza a todos los que se crean con derecho a la sucesión de don Carlos Alberto Alfonso y doña Rosa Ramos, sean herederos, acreedores y/o legatarios, para que, en el plazo y bajo apercibimientos de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos caratulados: ALFONSO, CARLOS ALBERTO y otros s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-25276305-5. Fdo.: Dra. Valeria Lorena Tourn, Prosecretaria. Dr. Juan Manuel Rodrigo, Juez. Vera. Dra. Beatriz, Deiber de Fabbro, Secretaria.

$ 45 451683 Jun. 30 Jul. 05

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia Civil, Comercial y del Trabajo del Distrito Judicial Nº 13 de Vera, Segunda Nominación, se cita, llama y emplaza a todos los que se crean con derecho a la sucesión de don Elvio Oscar Lopez, sean herederos, acreedores y/o legatarios, para que, en el plazo y bajo apercibimientos de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos caratulados: LOPEZ ELVIO OSCAR s/Declaratoria de herederos; CUIJ Nº 21-25276497-3. Fdo. Dra. Valeria Lorena Tourn, Prosecretaria. Dr. Juan Manuel Rodrigo, Juez. Vera, 05 de Abril de 2021. Dra. Beatriz Deiber de Fabbro, Secretaria.

$ 45 451684 Jun. 30 Jul. 05

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SAN CRISTOBAL

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Sra. Jueza, Dra. Graciela V. Gutscher, titular del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 10, Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Cristóbal, Provincia de Santa Fe, Secretaría única a cargo del firmante, en autos caratulados: SPOSITO ALCIDES JUAN s/Declaratoria de herederos; (CUIJ Nº 21-26139588-3), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios y a todos aquellos que se creyeran con derechos sobre los bienes del causante don Alcides Juan Sposito, argentino, mayor de edad, estado civil casado, fallecido el día 31 de Mayo de 2010 en la ciudad de Coronda, Provincia de Santa Fe, titular del D.N.I. Nº 11.795.892, para que comparezcan a éste Juzgado a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimiento de ley. San Cristobal, 09/04/2021. Dra. Cecilia Verónica Tovar, Secretaria.

$ 45 451908 Jun. 30 Jul. 02

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RAFAELA

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CÁMARA DE APELACIÓN


Por disposición del Señor Juez de Trámite de esta Cámara de Apelación Civil, Comercial y Laboral de la Quinta Circunscripción Judicial en los autos caratulados Expte. CUIJ 21-24062454-8 - MOTTIER RICARDO LUIS c/BERTELLO SANTIAGO PEDRO OCTAVIO y otros s/Prescripción veintenial, se ha dispuesto notificar la siguiente resolución: En la Provincia de Santa Fe, a los nueve días del mes de Junio del año dos mil veintiuno ... En mérito a los fundamentos del acuerdo que antecede, con la abstención del Dr. Santiago A. Dalla Fontana (art. 26, Ley 10.160), la Cámara de Apelación Civil, Comercial y Laboral de Rafaela, Resolvió: 1) No hacer lugar al recurso de apelación y confirmar en todos sus términos la sentencia venida a revisión. 2) Imponer las costas de la Alzada a la parte demandada. 3) Fijar los honorarios en el 50% de los que en definitiva se regulen en la instancia anterior. Regístrese, hágase saber y oportunamente remítanse al tribunal de origen. Fdo.: Abele, Román, Dalla Fontana (se abstiene), Jueces de Cámara - Albera, Secretario. No Repone: Cód. Fiscal de la Pcia. de Santa Fe - Ley N° 3456 y sus modificatorias. Publicar en el BOLETÍN OFICIAL por 2 días (Art. 77 C.P.C.C.). Rafaela, 11 de Junio de 2.021. Dr. Juan José Albera, Secretario.

S/C 451344 Jun. 30 Jul. 01

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Por disposición del Sr. Juez de Trámite de esta Cámara de Apelación Civil, Comercial y Laboral de la Quinta Circunscripción Judicial en los autos caratulados Expte. CUIJ 21-23966801-9 - LITVACK SARA c/ARMENTA MARIA LUISA s/Ordinario; se ha dispuesto notificar la siguiente resolución: Rafaela, 19 de Junio de 2.020. Y Vistos:... Considerando:... Por ello, la Cámara de Apelación Civil, Comercial y Laboral de Rafaela, Resuelve: Tener por operada la deserción del recurso de apelación referido. Regístrese, notifíquese y bajen los autos. Fdo. Román, Abele, Chapero, Jueces de Cámara - Albrecht, Secretario. En consecuencia queda Ud. debidamente notificado. Salúdale atentamente. No repone: Cód. Fiscal de la Pcia. de Santa Fe - Ley N° 3.456 y sus modificatorias. Publicar en el BOLETÍN OFICIAL por 2 días (Art. 77 C.P.C.C.).Rafaela, 11 de Junio del 2.021. Dr. Juan José Albera, Secretario.

S/C 451346 Jun. 30 Jul. 01

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: Expte. N° 475/2016 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/HERNANDEZ DANIEL ALCIDES s/Apremio. Rafaela 13 de Mayo de 2016. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, acuerdesele participación de ley, en merito al poder general que en fotocopias se adjunta. Certifíquense por Secretaria las mencionadas copias previo cotejo con el ejemplar autenticado que obra reservado en la Oficina. Por iniciada demanda de apremio por tramite de la Ley Nº 5066 y modificatorias contra Hernandez Daniel Alcides por cobro de la suma $ 9.844,40 con mas intereses y costas. Cítese de remate a la parte accionada para que en el término de ocho días oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de llevar adelante la ejecución. Aplíquese la duplicidad de terminos previstas en el art. 5º de la ley provincial 7234. Líbrese mandamiento de intimación de pago y trabese embargo sobre bienes libres de propiedad de la parte demandada en cantidad suficiente a cubrir el monto reclamado con mas un 50% de dicho monto que se estimada para intereses y costas futuras. El funcionario encargado de diligenciar la medida actuara con facultades de ley, pudiendo allanar domicilio y hacer uso de la fuerza publica en caso de ser necesario y con la debida moderación. A tenor de lo dispuesto en los arts. 10 y 27 de la ley 5066 designase oficiales de justicia y notificadores ad-hoc a los propuestos en el escrito de la semanda. A los fines de la traba de embargo sobre bien inmueble debera previamente denunciarse los datos dominiales del bien cautelar y se proveera lo que correspondiere. A lo demás, oportunamente y en su caso. Se indica al profesional actuante que se encuentra autorizado en los terminos del art. 25 C.P.C.C. a suscribir cedulas. Notifíquen indistintamente ademas de los oficiales notificadores, los empleados de este Juzgado. Notifíquese. Fdo: Dra. Carolina Castellano (Secretaria) - Dra. Ana Laura Mendoza (Jueza). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial Nº 3456. Rafaela, 09 de Diciembre de 2020. Dra. Carolina Castellano, Secretaria.

S/C 451341 Jun. 30 Jul. 02

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Por disposición de la Sra. Juez -a cargo- de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de esta ciudad de Rafaela, provincia de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: RIVAS, FABIÁN ALBERTO s/Solicitud quiebra propia; (Expte. CUIJ Nº 21-24197468-2), se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 17 de Junio de 2021. Autos y Vistos:... Resulta:... y, Considerando:... Resuelvo: 1) Declarar la quiebra directa de Fabian Alberto Rivas, DNI Nº 21.412.880, domiciliado realmente en calle Saavedra Nº 1330 de la ciudad de Pilar y legalmente en calle Champagnat Nº 960 de Rafaela. 2) Ordenar que dentro del término de veinticuatro horas se publiquen edictos por el término de cinco días en el BOLETÍN OFICIAL y Sede Judicial, debiéndose luego, a las veinticuatro horas de la aceptación del cargo por el Síndico, por igual medio y término hacerse conocer el nombre, domicilio procesal y hora de atención del Síndico que intervendrá en autos. 3) Comunicar el inicio del proceso falencial al Registro de Procesos Universales, oficiándose a tales fines. 4) Ordenar la inhibición general del fallido para disponer y/o gravar sus bienes registrables, a cuyo fin líbrense los correspondientes oficios al Registros de la Propiedad Inmueble de Santa Fe y al Registro Nacional de la Propiedad Automotor. Ofíciese asimismo, al Banco Central de la República Argentina, haciéndole saber la declaración de quiebra del fallido, ello a fin de que curse las respectivas comunicaciones a todas las instituciones de crédito del país, las que deberán trabar embargo sobre todas las sumas de dinero, plazos fijos y otros valores que se encuentran a nombre del fallido a excepción de la cuenta sueldo, las que serán transferidas a una cuenta a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe -Sucursal Rafaela- a la orden de este Juzgado y para estos caratulados. 5) Ordenar la suspensión de los juicios de contenido patrimonial contra el fallido y su radicación ante este tribunal, salvo los procesos de expropiación, los que se funden en relaciones de familia, los procesos de conocimiento en trámite, los juicios laborales y los procesos en que el fallido sea parte de un litis-consorcio pasivo necesario (cfr. art. 132 de la ley 24.522). A tales efectos, líbrense los correspondientes exhortos u oficios - en su caso, conforme ley 22.172 - a los juzgados donde tramitan acciones comprendidas en el presente, haciéndose saber la declaración de quiebra de el fallido y requiriéndose la suspensión de las medidas de ejecución forzada, (art. 21 ley 24.522 aplicable por remisión art. 132 de la ley 24.522). Requiérase, asimismo, la transferencia de las sumas que pudieron haberse retenido al deudor a una cuenta a abrirse a nombre de este tribunal y como perteneciente a estas actuaciones en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. Sucursal Rafaela. 6) Ordenar al fallido y a terceros para que entreguen a la Sindicatura la totalidad de los bienes de aquel. 7) Hacer saber la prohibición de hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces (art. 109, 2º párrafo Ley 24.522). 8) Ordenar se intercepte la correspondencia en los términos del art. 114 de la ley 24.522 y se entregue a la Sindicatura, oficiándose a la Oficina de Correo Argentino S.A. y correos privados de la ciudad de Rafaela (Santa Fe). 9) Hacer saber al fallido que hasta la presentación del informe general sólo podrá ausentarse del país con autorización de este Tribunal debiendo efectuarse las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del Art. 103 L.C. a la Jefatura de Policía de Santa Fe, a la Policía Federal Argentina, a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior. 10) Fijar fecha para el día 18 de Junio de 2021 a las 10 hs. para que tenga lugar el sorteo del Síndico. 11) Fijar el día 20 de Julio de 2021 como fecha hasta la cual se pueden presentar las solicitudes de verificación de los créditos ante la Sindicatura, quedando establecidas como fechas para la presentación de la Sindicatura de los Informes Individuales el día 01 de Septiembre 2021, y presentación del Informe General el día 14 de Octubre de 2021. 12) Intimar al fallido a entregar a la Sindicatura -dentro de las 24 hs.- los bienes que tuvieren en su poder o informen el lugar de su ubicación como así también los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad que llevare si existieren. Asimismo, intímase a los terceros que tuviesen bienes o documentos del fallido para que -en el plazo de cinco días- los entreguen a la Sindicatura. 13) Librar oficio al Sr. Juez Comunitario de Pequeñas Causas de la localidad de Pilar a fin de que concrete la constatación, embargo y toma de posesión por la Sindicatura de los bienes muebles de propiedad del fallido ubicados en su domicilio y que fueren suceptible de embargo. La Sindicatura deberá realizar en el plazo de 30 días de aceptado el cargo un inventario de los bienes, el que comprenderá sólo rubros generales, encontrándose autorizados a hacer uso de la fuerza pública en caso necesario y con la debida moderación, allanar domicilios y requerir los servicios de un cerrajero si resultare indispensable. 14) Realizar los bienes del fallido que se hallaren, difiriéndose la designación de los enajenadores y la modalidad de venta hasta tanto se detecte la real existencia de los mismos y sus características. 15) Comunicar la presente declaración de quiebra a la Administración Provincial de Impuestos y a la Administración Federal de Ingresos Públicos. 16) Disponer la comunicación de la declaración de quiebra a la empleadora, a los fines de que de conformidad a lo dispuesto por los art. 107 y 108 de la ley 24.522 proceda a retener y hacer entrega a la Sindicatura, de la proporción de ley, debiendo dicho importe depositarse en una cuenta judicial a abrirse en este Juzgado y para estos autos. Asimismo se le informará que se ordena el levantamiento de toda medida cautelar y/o descuento voluntario que afecte la remuneración del fallido a partir de la fecha, a excepción de las correspondientes a cuotas alimentarias, si las hubiere. Ofíciese a tales fines. Archívese el original, expídase copia y hágase saber. Fdo: Sandra Ines Cerliani - María José Alvarez Tremea Juez a/c. Publicación del edicto por cinco veces en cinco días, sin cargo de reposición (art. 89 L.C.Q). Rafaela, 14 de Junio de 2.021. Dra. Sandra Cerliani, Secretaria.

S/C 451632 Jun. 30 Jul. 06

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados Expte. N° 4543 - Año 2.016; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/ROMERO WALTER JESUS s/Apremio; por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 01 de Julio de 2.019. Y vistos:..., Resulta:..., Y considerando:..., Resuelvo: Rechazar la ejecución por la suma de $ 2968.40 (intereses y gastos administrativos liquidados) y mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro de la suma de $ 3.668,00 en concepto de capital (multa resolución administrativa), con más el interés fijado en los considerandos precedentes. Costas a cargo de la ejecutada. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se dé cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución AFIP 689/99 y, en la liquidación respectiva, se determinen capital e intereses adeudados. Protocolícese el original, agréguese copia y notifíquese. Firmado: Gustavo Mié (Secretario) - Diego M. Genesio (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5.066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3.456. Rafaela, 22 de Abril de 2.021. Gustavo Mié, secretario.

S/C 451289 Jun. 30 Jul. 02

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados Expte. N° 1.163 - Año 2.017; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/ULMAN GRACIELA MABEL s/Apremio; por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 12 de Diciembre de 2.018. Y vistos:..., Resulta:..., Considerando:..., Resuelvo: Mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro del capital reclamado con más un interés equivalente al Dos por Ciento (2%) mensual desde la fecha de la liquidación y hasta el efectivo pago. Con costas a cargo de la ejecutada. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se dé cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución AFIP 689/99 y, en la liquidación respectiva, se determinen capital e intereses adeudados. Protocolícese el original, agréguese copia y notifíquese. Firmado: Gustavo Mié (Secretario) - Diego M. Genesio (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5.066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3.456. Rafaela, 22 de Abril de 2.021. Gustavo Mié, secretario.

S/C 451229 Jun. 30 Jul. 02

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados Expte. N° 1.271 - Año 2.014; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/ALGARBE MARIA DEL ROSARIO y ALFONSO DEALGARBE HORTENSIA s/Apremio; por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 22 de Diciembre de 2.015. Y vistos:..., Resulta:..., Y considerando:..., Resuelvo: Mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro del capital reclamado con más un interés equivalente al interés de la tasa activa promedio mensual para operaciones de descuento de documentos comerciales que percibe el Banco de la Nación Argentina, Sucursal Rafaela, no acumulativos, desde la fecha de la liquidación y hasta el efectivo pago. Con costas a cargo de la demandada perdidosa. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto en la liquidación respectiva se determinen capital e intereses adeudados. Archívese el original, agréguese copia y notifíquese. Firmado: Gustavo Mié (Secretario) - Juan C. Márchese (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5.066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3.456. Rafaela, 22 de Abril de 2.021. Gustavo Mié, secretario.

S/C 451228 Jun. 30 Jul. 02

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Por disposición de! Señor Juez de Primera instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados Expte. N° 3822 - Año 2016; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/SABELLOTTI SILVIO ALBERTO s/Apremio; por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 25 de Abril de 2.019. Y vistos:..., Resulta:..., Considerando:..., Resuelvo: Rechazar la ejecución por la suma de $ 3.069,30 (intereses y gastos administrativos liquidados) y mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro de la suma de $ 4.056,00 en concepto de capital (multa resolución administrativa), con más el interés fijado en los considerandos precedentes. Costas a cargo de la ejecutada. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se dé cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución AFIP 689/99 y, en la liquidación respectiva, se determinen capital e intereses adeudados. Protocolícese el original, agréguese copia y notifíquese. Firmado: Gustavo Mié (Secretario) - Diego M. Genesio (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5.066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3.456. Rafaela, 22 de Abril de 2.021. Gustavo Mié, secretario.

S/C 451222 Jun. 30 Jul. 02

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: Expte. N° 1496/2015; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/SOSA ALEJANDRA BEATRIZ s/Apremio. Por el presente se le hace saber a la demandada Sosa Alejandra Beatriz que se ha dictado la siguiente resolución: Folio: 256 - Tomo: 34 - Nº: 693 - Año: 2.017. Rafaela 09 de Junio de 2.017. Y vistos..., Resulta:..., Y considerando:..., Resuelvo: Mandar llevar adelante la ejecución hasta que la Municipalidad acreedora se cobre íntegramente el capital reclamado con más el interés que se fija a la tasa mensual activa en pesos, no acumulativa, que establece el Banco de la Nación Argentina para operaciones de descuento de documentos, desde la fecha de la liquidación y hasta la del efectivo pago. Y costas. Diferir la regulación de honorarios hasta que se liquide el capital y los intereses. Archívese el original, expídase copia y hágase saber. Fdo: Natalia Carinelli (Secretaria) - Duilio M. Francisco Hail (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5.066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3.456. Rafaela, 17 de Septiembre de 2.020. Mauro García, prosecretario.

S/C 451218 Jun. 30 Jul. 02

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados Expte. N° 21-16502702-4 - Año 2.018; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/PIRIS CARLOS ALBERTO s/Apremio; por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 06 de Mayo de 2.019. Y vistos:..., Resulta:..., Considerando:..., Resuelvo: Mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro del capital reclamado con más un interés equivalente al Dos por Ciento (2%) mensual desde la fecha de la liquidación y hasta el efectivo pago. Con costas a cargo de la ejecutada. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se dé cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución AFIP 689/99 y, en la liquidación respectiva, se determinen capital e intereses adeudados. Protocolícese el original, agréguese copia y notifíquese. Firmado: Gustavo Mié (Secretario) - Diego M. Genesio (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5.066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3.456. Rafaela, 29 de Abril de 2.021. Gustavo Mié, secretario.

S/C 451221 Jun. 30 Jul. 02

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia del Juzgado Civil y Comercial de la Tercera Nominación de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados Expte. N° 655/2014; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/OJEDA MARISEL DEL VALLE s/Apremio; por el presente se hace saber a la demandada Sra. Ojeda Marisel Del Valle, DNI Nº 28.186.212, que se ha dictado la siguiente resolución: Folio 405/406 - Tomo: 47 - Nº: 455. Rafaela, 15 de Mayo de 2.017. Vistos:...; Resulta:...; Y Considerando:...; Resuelvo: Ordenar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte actora se haga íntegro cobro de la suma de pesos tres mil novecientos veinticinco con 00/100 ($ 3.925,00), con mas los intereses, todo conforme con los considerando que anteceden. Las costas se imponen a la accionada de conformidad con el principio objetivo de vencimiento que surge del art. 251 del CPCC. Diferir la regulación de los honorarios de los profesionales intervinientes hasta el momento de practicar liquidación conforme art. 8 de la ley 12.851. Archívese el original, agréguese copia y hágase saber. Notifíquese. Firmado: Dra. Carolina Castellano (Secretaria) - Dra. Ana Laura Mendoza (Jueza). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5.066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3.456. Rafaela, 10 de Febrero de 2.021. Carolina Castellano, secretaria.

S/C 451216 Jun. 30 Jul. 02

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: Expte. N° 163/2015 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/ENRICO MARCOS s/Apremio. Rafaela, 14 de Abril de 2.015. Advirtiendo el proveyente que se ha dictado por error el decreto que antecede, déjese sin efecto y en su lugar dispóngase: Por presentados, domiciliados y en el carácter invocado, acuérdeseles participación de ley. Otórgasele a los comparecientes un plazo de treinta días a los fines de acompañar el poder general en copia oficio y su original para su cotejo y su posterior certificación por el actuario, bajo apercibimientos de ley. Téngase por promovida formal demanda de Apremio por el trámite de la Ley Provincial N° 5.066 y modificatorias contra Marcos Guido Enrico por el cobro de pesos $ 11.903,40 con mas intereses y costas. Citase de remate al demandado para que dentro del término de ocho días oponga excepción legítima., bajo apercibimientos de ley. Líbrese mandamiento de intimación de pago y trábese embargo sobre bienes muebles libres de propiedad de la parte demandada en cantidad suficientes a cubrir el monto reclamado con mas la suma de $ 5.951,70 estimada provisoriamente para intereses y costas futuras, librándose el pertinente mandamiento al Sr. Oficial de Justicia quien actuar con facultades de ley y en especial las de allanar domicilios y hacer uso de la fuerza publica en caso de ser necesario y con la debida moderación. A los fines de la traba de embargo sobre bienes inmuebles, previamente denuncie los datos dominiales del mismo. A lo demás, oportunamente. Notifiquen indistintamente el Sr. Oficial de Justicia y/o los oficiales notificadores y/o los empleados Fioramonti. Meneghetti. Benítez, Burnier y/o Regis. Notifíquese. Fdo: Dra. Carolina Castellano (Secretaria) - Dra. Ana Laura Mendoza (Jueza). Otro decreto: Rafaela, 04 de Julio de 2.019. Agréguese el oficio diligenciado acompañado. Téngase presente lo manifestado. Notifíquese al demandado por edictos que se publicarán por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL. Notifíquese. Fdo: Dra. Carolina Castellano (Secretaria) - Dra. Ana Laura Mendoza (Jueza). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5.066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3.456. Rafaela, 28 de Octubre de 2.020. Carolina Castellano, secretaria.

S/C 451336 Jun. 30 Jul. 02

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El juzgado de la instancia de distrito en lo civil y comercial de la 2º Nom., a cargo de la Dra. Natalia Carinelli Secretaria; Dr. Duilio M. Francisco Hail, Juez, de la ciudad de Rafaela, Pcia. de Santa Fe. En los autos caratulados BAZAR AVENIDA S.A. c/DULCE ALBERTO JOSE s/Ordinario; 488/2011, se notifica al demandado Dulce Alberto José (DNI N°: 14.427.370) de la siguiente resolución: Rafaela, 02/10/2015. Y vistos: ... Y considerando: ... Resuelvo: Hacer lugar a la demanda, condenando al demandado a pagar a la actora dentro del término de 10 días la suma de $ 1.179,32 con más los intereses conforme lo expresado en los considerandos, desde que la suma es debida y hasta la fecha del efectivo pago, I.V.A. sobre los intereses y costas.-Diferir la regulación de honorarios hasta que se liquide el capital y los intereses. Archívese el original, expídase copia y hágase saber. Notifíquese. Firmado: Dra. Natalia Carinelli, Secretaria; Dr. Duilio Maximiliano Francisco Hall, Juez. Publíquese en BOLETÍN OFICIAL y en sede judicial por tres (3) días. art. 77 CPCC. de Santa Fe. Rafaela, 21 de Mayo de 2.021. Mauro García, prosecretario.

$ 52,50 451722 Jun. 30 Jul. 01

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El juzgado de 1ª instancia de distrito en lo civil y comercial de la 2ª Nom., a cargo de la Dra. Natalia Carinelli, Secretaria; Dr. Duilio M. Francisco Hail, Juez, ciudad de Rafaela, Pcia. de Santa Fe. En. los autos caratulados BAZAR AVENIDA S.A. c/ALVAREZ DANIEL ANGEL s/Ordinario; Expte. 363/2011, se notifica al demandado Alvarez Daniel Angel (DNI N°: 18.419.969) de la siguiente resolución: Rafaela, 15 Junio de 2.015. Y vistos: ... Y considerando:... Resuelvo: Hacer lugar a la demanda, condenando al demandado a pagar a la actora dentro del término de 10 días la suma de $ 6.528,96 con más los intereses conforme lo expresado en los considerandos, desde que la suma es debida y hasta la fecha del efectivo pago, I.V.A. sobre los intereses y costas. Diferir la regulación de honorarios hasta que se liquide el capital y los intereses. Archívese el original, expídase copia y hágase saber. Notifíquese. Firmado: Mauro García, Prosecretario; Dr. Duilio Maximiliano Francisco Hail, Juez. Publíquese en BOLETÍN OFICIAL y en sede judicial por dos (2) días. art. CPCC. de Santa Fe. 21 de Mayo de 2.021. Mauro García, prosecretario.

$ 52,50 451721 Jun. 30 Jul. 01

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El juzgado de 1ª instancia de distrito en lo civil y comercial de la 2ª nom., a cargo de la Dra. Natalia Carinelli Secretaria; Dr. Duilio M. Francisco Hail, Juez, de la ciudad de Rafaela (Pcia. de Santa Fe). En los autos caratulados BAZAR AVENIDA S.A. c/CEJAS RODOLFO HORACIO s/ Apremio; Expte N° 525/2014, se notifica al demandado Cejas Rodolfo Horacio (DNI N°:25.774.596) de la siguiente resolución: Y vistos: ... Y considerando:... Resuelvo: 1- Mandar llevar adelante la ejecución hasta que a los acreedores se les haga íntegro pago del capital reclamado, con más los intereses conforme lo tengo dicho en los considerandos, desde la mora y hasta la fecha del efectivo pago y costas. 2- Regular los honorarios del Dr. Silvio Héctor Fontanini, teniendo en cuenta que, conforme a lo dispuesto por los arts. 4, 69 7 inc. 2°-b) y 8 de la ley 6767 -t.o. ley 12.851- resulta aplicable la cantidad de 1,80 unidades jus en la estimación de los aranceles en cuestión, equivalentes a la fecha a la suma de $ 7.982,71 ...Córrase vista a la Caja Forense, formúlense aportes de ley... Archívese el original, expídase copia y hágase saber. Notifíquese. Firmado: Dra. Natalia Carinelli, Secretaria; Dr. Duilio M. Francisco Hail, Juez. Publíquese en BOLETÍN OFICIAL y en sede judicial por dos (2) días. art. 77 CPCC. de Santa Fe. 21 de Mayo de 2.021. Mauro García, prosecretario.

$ 52,50 451720 Jun. 30 Jul. 01

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El juzgado de 1ª instancia de distrito en lo civil y comercial, 1ª Nom., a cargo de la Dra. Sandra Inés Cerliani Secretaria; Dr. Duilio M. Francisco Hail, Juez a/c de la ciudad de Rafaela, Pcia. de Santa Fe. En los autos caratulados CONSUMO S.A. c/GONZALEZ ILDA PATRICIA s/Ordinario 65/2011, se notifica al demandado González Ilda Patricia (DNI N°: 20.714.004) de la siguiente resolución: Rafaela, 31 de Octubre de 2.016. Haciendo efectivos los apercibimientos de ley, declárese rebelde a la demandada por su no comparendo en autos. Notifíquese. Firmado: Dr. Nicolás A Pasero, Prosecretario; Dr. Elido Ercole, Juez. Publíquese en BOLETÍN OFICIAL y en sede judicial por dos (2) días. art. 77 CPCC. de Santa Fe. Rafaela, 08 de Octubre de 2.020. Nicolás A. Pasero, prosecretario.

$ 33 451718 Jun. 30 Jul. 01

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El juzgado de 1ª instancia de distrito en lo civil y comercial, 3ª Nom., a cargo de la Dra. Carolina Castellano, Secretaria; Dra. Ana Laura Mendoza, Jueza, de la ciudad de Rafaela (Pcia. de Santa Fe) En los autos caratulados CONSUMO S.A. c/RUVIRA ALICIA NORMA s/Apremio; Expte. 300/2018, se notifica a la demandada Ruvira Alicia Norma (DNI N°: 21.738.193) de la siguiente resolución: Rafaela, 02/08/2018. Y vistos: ... Y considerando: ... Resuelvo: Ordenar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte actora se haga íntegro cobro de la suma de pesos treinta y ocho mil trescientos diecinueve con cuarenta centavos ($ 38.319,40), la que se discrimina de la siguiente forma: a)- ($ 31.574,96) en concepto de capital, intereses e IVA si intereses; ($ 3.804,00) en concepto de gastos; b)- y el Dr. Cristian Canello se haga íntegro cobro de la suma ($2.940,44) en concepto de honorarios, IVA s/ honorarios y aportes a cargo del demandado, conforme liquidación aprobada en el principal con más el interés tasa activa promedio mensual, no acumulativa que cobra el Banco de la Nación Argentina para las operaciones de descuento de documentos a treinta días, desde que cada suma es debida y hasta su efectivo pago, mas el IVA que correspondiere sobre intereses y honorarios. II) Imponer las costas a la parte demandada vencida. III) Teniendo en cuenta que las presentes actuaciones se encuentra contemplada en el art. 7 de la ley 12.851, y tomando como base el capital reclamado más los intereses al día de la fecha, según sentencia, se regulan en la suma de $ 8.794,89 equivalente a 4,06 unidades jus los honorarios del Dr. Crisitan Cancho, por la labor desarrollada en autos. Los honorarios devengarán un interés moratorio equivalente al que cobra el Banco de la Nación Argentina en sus operaciones de descuentos de documentos a treinta días, lo que se aprecia en conformidad a lo dispuesto por el art. 768 inc. c) del CCC; y se aplican desde la fecha en que adquiera firmeza el presente proveído, mediante la notificación por cédula de los honorarios al obligado al pago. Córrase vista a Caja Forense. Notifíquese. Archívese el original, expídase copia y hágase saber. Firmado: Dra. Carolina Castellano, Secretaria; Dra. Ana Laura Mendoza, Juez. Publíquese en BOLETÍN OFICIAL y en sede judicial por tres (3) días. art. 77 CPCC. de Santa Fe. Rafaela, 22/12/20. Carolina Castellano, secretaria.

$ 176,50 451717 Jun. 30 Jul. 01

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El juzgado de 1ª instancia de distrito en lo civil y comercial, 3ª Nom., a cargo de la Dra. Carolina Castellano Secretaria; Dr. Ana Laura Mendoza, Juez, de la ciudad de Rafaela, Pcia. de Santa Fe. En los autos caratulados CONSUMO S.A. c/PAUL CARLOS ADAN s/Apremio; 1042/2016, se notifica al demandado Paul Carlos Adan (DNI Nº 26.242.171) de la siguiente resolución: Rafaela, 27 de Agosto de 2.020. Ordenar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte actora se haga íntegro cobro de la suma de pesos cuarenta y dos mil setecientos doce con 17/100 ($42.712,17) la que se discrimina de la siguiente forma: a) ($28.578,63) en concepto de capital, intereses e IVA s/intereses; ($3.020,15) en concepto de gastos; b) y el Dr. Silvio Fontanini se haga íntegro cobro de la suma ($11.113,39) en concepto de honorarios, IVA s/honorarios y aportes a cargo del demandado, conforme liquidación aprobada en el principal, con más el interés tasa activa promedio mensual, no acumulativa que cobra el Banco de la Nación Argentina para las operaciones de descuento de documentos a treinta días, desde que cada suma es debida y hasta su efectivo pago, más el IVA que correspondiere sobre intereses y honorarios. II) Imponer las costas a la parte demandada vencida. III) Teniendo en cuenta que las presentes actuaciones se encuentra contemplada en el art. 7 de la ley 12.851, y tomando como base el capital reclamado más los intereses al día de la fecha, según sentencia, se regulan en la suma de $ 26.165,55 equivalente a 5,9 unidades jus los honorarios del Dr. Silvio Fontanini, por la labor desarrollada en autos. Los honorarios devengarán un interés moratorio equivalente al que cobra el Banco de la Nación Argentina en sus operaciones de descuentos de documentos a treinta días, lo que se aprecia en conformidad a lo dispuesto por el art. 768 inc. c) del CCC, y se aplican desde la fecha en que adquiera firmeza el presente proveído, mediante la notificación por cédula de los honorarios al obligado al pago. Córrase vista a Caja Forense. Notifíquese. Archívese el original, expídase copia y hágase saber. Clave acceso Caja Forense: 5030. Publíquese en BOLETÍN OFICIAL y en sede judicial por dos (2) días. art. 77 CPCC. de Santa Fe. Otro Decreto: Rafaela, 10 de Noviembre de 2.020. ... Notifíquese al demandado por edictos que se publicarán por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y en Sede Judicial. Notifíquese. Firmado: Dr. Carolina Castellano; Secretaria, Dr. Ana Laura Mendoza, Juez. Publíquese en BOLETÍN OFICIAL y en sede judicial por dos (2) días. art. 77 CPCC. de Santa Fe. Rafaela, 04 de Diciembre de 2.020.

$ 238,50 451716 Jun. 30 Jul. 01

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El juzgado de 1ª instancia de distrito en lo civil y comercial, 3ª Nom., a cargo de la Dra. Carolina Castellano Secretaria; Dra. Ana Laura Mendoza, Juez, de la ciudad de Rafaela, Pcia. de Santa Fe. En los autos caratulados CONSUMO S.A. c/PEREZ GABRIELA VERONICA s/Apremio; 763/2016, se notifica al demandado Pérez Gabriela Verónica (DNI N°: 24.773.889) de la siguiente resolución: Rafaela, 21 de Septiembre de 2.020. Téngase presente lo manifestado y teniendo en cuenta que las presentes actuaciones se encuentra contemplada en el art. 7 de la ley 12.851, se regulan en la suma de $ 15.521,94 equivalente a 3,5 unidades jus los honorarios del Dr. Cristian Canello, por la labor desarrollada en autos. Los honorarios devengarán un interés moratorio equivalente al que cobra el Banco de la Nación Argentina en sus operaciones de descuentos de documentos a treinta días, lo que se aprecia en conformidad a lo dispuesto por el art. 768 inc. c) del CCC, y se aplican desde la fecha en que adquiera firmeza el presente proveído, mediante la notificación por cédula de los honorarios al obligado al pago. Córrase vista a Caja Forense (Clave 6397). por cédula. Notifíquese. Firmado Carolina Castellano, Secretaria; Ana Laura Mendoza. Otro decreto. Rafaela, 12 de Febrero de 2.021. A lo solicitado, notifíquese al demandado por edictos que se publicarán por el término de ley. Notifíquese. Firmado: Carolina Castellano Secretaria. Publíquese en BOLETÍN OFICIAL y en sede judicial por dos (2) días. art. 77 CPCC. de Santa Fe. Rafaela, 11/03/21. Carolina Castellano, secretaria.

$ 52,50 451715 Jun. 30 Jul. 01

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El juzgado de 1ª instancia de distrito en lo civil y comercial, 3ª Nom., a cargo de la Dra. Carolina Castellano Secretaria; Dr. Ana Laura Mendoza, Juez, de la ciudad de Rafaela, Pcia. de Santa Fe. En los autos caratulados CONSUMO S.A. c/CABRAL HECTOR ROBERTO s/Apremio; 1325/2015, se notifica al demandado Cabral Héctor Roberto (DNI N°: 23.771.286) de la siguiente resolución: Rafaela, 05 de Octubre de 2.020. No habiendo sido observada la liquidación practicada a fs. 77 de autos, apruébase la misma en cuanto por derecho corresponda. Asimismo y teniendo en cuenta que las presentes actuaciones se encuentra contemplada en los art. 7 de la ley 12.851, se regulan en la suma de $ 8.869,68 equivalente a 2 unidades jus los honorarios del Dr. Silvio Fontanini por la labor desarrollada en autos. Los honorarios devengarán un interés moratorio equivalente al que cobra el Banco de la Nación Argentina en sus operaciones de descuentos de documentos a treinta días, lo que se aprecia en conformidad a lo dispuesto por el art. 768 inc. e) del CCC, y se aplican desde la fecha en que adquiera firmeza el, presente proveído, mediante la notificación por cédula de los honorarios al obligado al pago. Córrase vista a Caja Forense. Notifíquese por cédula. Notifíquese. Firmado: Dra. Carolina Castellano, Secretaria; Dra. Ana Laura Mendoza, Juez. Otro Decreto: Rafaela, 27 de Octubre de 2.020. Téngase presente lo manifestado. Notifíquese al demandado por edictos que se publicarán por el término de ley en el Boletín Oficial y en Sede Judicial. Notifíquese. Firmado: Dra. Marcela Olivera; Prosecretario, Dra. Ana Laura Mendoza, Juez. Publíquese en BOLETÍN OFICIAL y en sede judicial por dos (2) días. art. 77 CPCC. de Santa Fe. Rafaela, 12/02/21. Carolina Castellano, secretaria.

$ 52,50 451713 Jun. 30 Jul. 01

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El juzgado de 1ª instancia de distrito en lo civil y comercial, 4ª Nom., a cargo de la Dra. Carina Gerbaldo Secretaria; Dr. Ma. José Alvarez Tremea, Juez, de la ciudad de Rafaela, Pcia. de Santa Fe. En los autos caratulados CONSUMO S.A.; GABIANI, Juan Carlos c/VIGAS, CELIA ESTER s/Apremio; 568/2017, se notifica al demandado Vigas Celia Ester (DNI N°: 6.370.139) de la siguiente resolución: Rafaela, 03 de Noviembre de dos mil veinte. Y vistos:... Y considerando:... Resuelvo: Mandar llevar adelante la ejecución hasta que la parte acreedora se le haga íntegro pago del capital reclamado, con más los intereses ya dispuestos en los autos principales, I.V.A. sobre los intereses desde la fecha de la mora y hasta el efectivo pago, con más las costas del juicio. Practicada liquidación se regularan honorarios. Archívese el original, hágase saber y expídase copia. Firmado: Dra. Carina Gerbaldo, Secretaria; Dra. Maria José Alvarez Tremea, Juez. Publíquese en BOLETÍN OFICIAL y en sede judicial por dos (2) días. art. 77 CPCC . de Santa Fe. Otro Decreto: Rafaela, 18 de Febrero de 2.021. Téngase presente lo manifestado. Atento las constancias de autos, procédase a notificar a la parte demandada la resolución recaída en autos por edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL, por el término y apercibimientos de ley. Notifíquese. Firmado: Dra. Sandra Cerliani; Secretaria A/C. 30 de Marzo de 2.021. Frana Guillermina, prosecretaria.

$ 52,50 451707 Jun. 30 Jul. 01

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El Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, 3ª Nom., a cargo de la Dra. Carolina Castelano Secretaria; Dra. Ana Laura Mendoza, Jueza, de la ciudad de Rafaela (Pcia. de Santa Fe). En los autos caratulados CONSUMO S.A. c/PONCE DOMINGO SIXTO s/Apremio; CUIJ Nº 21-24192892-3, se notifica al demandado Ponce Domingo Sixto, (DNI Nº 10.591.769), de la siguiente resolución: Rafaela, 27 de Agosto de 2020... Resuelvo: I) Ordenar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte actora se haga íntegro cobro de la suma de pesos veintidós mil trescientos sesenta y uno con 38/100 ($ 22.361,38) la que se discrimina de la siguiente forma: a)($ 14.151,11) en concepto de capital, intereses e IVA s/intereses; ($ 4.056,21) en concepto de gastos; b) y el Dr. Cristian Canello se haga íntegro cobro de la suma ($ 4.154,06) en concepto de honorarios, IVA s/honorarios y aportes a cargo del demandado, conforme liquidación aprobada en el principal, con más el interés tasa activa promedio mensual, no acumulativa que cobra el Banco de la Nación Argentina para las operaciones de descuento de documentos a treinta días, desde que cada suma es debida y hasta su efectivo pago, más el IVA que correspondiere sobre intereses y honorarios.- II)- Imponer las costas a la parte demandada vencida. III) Teniendo en cuenta que las presentes actuaciones se encuentra contemplada en el art. 7 de la ley 12.851, y tomando como base el capital reclamado más los intereses al día de la fecha, según sentencia, se regulan en la suma de $ 11.974,06 equivalente a 2,7 unidades jus los honorarios del Dr. Cristian Canello, por la labor desarrollada en autos. Los honorarios devengarán un interés moratorio equivalente al que cobra el Banco de la Nación Argentina en sus operaciones de descuentos de documentos a treinta días, lo que se aprecia en conformidad a lo dispuesto por el art. 768 inc. c) del CCC, y se aplican desde la fecha en que adquiera firmeza el presente proveído, mediante la notificación por cédula de los honorarios al obligado al pago. Córrase vista a Caja Forense. Notifíquese. Archívese el original, expídase copia y hágase saber.- Clave acceso Caja Forense: 5047.-"

Publíquese en BOLETÍN OFICIAL y en sede judicial por dos (2) días. art. 77 CPCC. de Santa Fe. Rafaela, 08/03/21. Dra. Carolina Castellano, Secretaria.

$ 160 451711 Jun. 30 Jul. 01

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El Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2ª Nom., a cargo de la Dra. Natalia Carinelli Secretaria; Dr. Duilio M. Francisco Hail, Juez, de la ciudad de Rafaela, Pcia. de Santa Fe. En los autos caratulados CONSUMO S.A. c/PAIS JORGE ARMANDO s/Apremio 114/2017; (21-23967804-9), se notifica al demandado Pais Jorge Armando, (DNI Nº 5.530.413), de la siguiente resolución: Rafaela, 10/10/2018. Y Vistos... y Considerando:... Resuelvo: 1- Mandar llevar adelante la ejecución hasta que a los acreedores se les haga íntegro pago del capital reclamado, con más los intereses conforme lo tengo dicho en los considerandos, desde la mora y hasta la fecha del efectivo pago, IVA y costas. 2- Regular los honorarios del Dr. Juan Carlos Gabiani, teniendo en cuenta que, conforme a lo dispuesto por los arts. 4, 6, 7 inc. 2º -b) y 8 de la ley 6767 - t.o. ley 12.851- resulta aplicable la cantidad de 4,98 unidades Jus en la estimación de los aranceles en cuestión, equivalentes a la fecha a la suma de $ 10.787,58 los que en caso de mora y, a tenor de lo normado por el art. 32 del mismo cuerpo legal, devengarán un interés equivalente a la tasa activa que publica el Banco de la Nación Argentina para operaciones de descuento de documentos a treinta días... Notifíquese. Firmado: Dra. Natalia Carinelli, Abogada - Secretaria; Dr. Duilio M. Francisco Hail, Juez. Publíquese en BOLETÍN OFICIAL y en sede judicial por dos (2) días. art. 77 CPCC. de Santa Fe. Rafaela, 20/04/21. Dr. Mauro García, Prosecretario.

$ 52,50 451704 Jun. 30 Jul. 01

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El Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, 4ª Nom., a cargo de la Dra. Agostina Silvestre Secretaria; Dr. Ma. José Alvarez Tremea, Juez, de la ciudad de Rafaela, Pcia. de Santa Fe. En los autos caratulados BAZAR AVENIDA S.A; CANELLO, CRISTIAN CÉSAR c/CARRISO, FABIANA EVE s/Apremio 564/2017; se notifica al demandado Carriso Fabiana Eve, (DNI Nº 17.875.325), de la siguiente resolución: Rafaela, 30 de Noviembre de dos mil veinte: Y Vistos: Y Considerando: Resuelvo: Mandar llevar adelante la ejecución hasta que a la parte acreedora se le haga íntegro pago del capital reclamado, con más los intereses ya dispuestos en los autos principales, I.V.A. sobre los intereses, desde la fecha de la mora y hasta el efectivo pago, con más las costas del juicio. Practicada liquidación se regularán honorarios. Archívese el original, hágase saber, expídase copia. Notifíquese. Firmado: Dra. Carina Gerbaldo, Secretaria; Dra. Ma. José Alvarez Tremea, Juez. Publíquese en BOLETÍN OFICIAL y en sede judicial por dos (2) días. art. 77 CPCC. de Santa Fe. Otro Decreto: Rafaela, 18 de Febreo de 2021. ... Atento las constancias de autos, procédase a notificar a la parte demandada la resolución recaída en autos por edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL, por el término y apercibimientos de ley. Notifíquese. Firmado: Dra. Sandra Cerliani, Secretaria a/c. Dra. Frana Guillermina, Prosecretaria. 12 de Mayo de 2021.

$ 52,50 451700 Jun. 30 Jul. 01

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El Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, 4ª Nom., a cargo de la Dra. Carina Gerbaldo Secretaria; Dr. Ma. José Alvarez Tremea, Juez, de la ciudad de Rafaela, Pcia. de Santa Fe. En los autos caratulados BAZAR AVENIDA S.A; CANELLO, CRISTIAN CESAR c/BALDATTA, LORENA PAOLA s/Apremio 292/2018; se notifica al demandado Baldatta Lorena Paola, (DNI Nº 26.428.509) de la siguiente resolución: Rafaela, 30 de Noviembre de dos mil veinte. Y Vistos... y Considerando:... Resuelvo: Mandar llevar adelante la ejecución hasta que a la parte acreedora se le haga íntegro pago del capital reclamado, con más los intereses ya dispuestos en los autos principales, I.V.A. sobre los intereses, desde la fecha de la mora y hasta el efectivo pago, con más las costas del juicio. Practicada liquidación se regularán honorarios. Archívese el original, hágase saber, expídase copia. Notifíquese. Dra. Carina Gerbaldo, Secretaria; Dra. Ma. José Alvarez Tremea, Juez. Publíquese en BOLETÍN OFICIAL y en sede judicial por dos (2) días. art. 77 CPCC. de Santa Fe. Rafaela, 30 de Noviembre de dos mil veinte. ... Procédase a notificar a la parte demandada la resolución recaída en autos por edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL, por el término y apercibimientos de ley. Notifíquese. Firmado: Dra. Sandra Cerliani, Secretaria a/c. Dra. Frana Guillermina, Prosecretaria.

$ 52,50 451695 Jun. 30 Jun. 01

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El Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, 4ª Nom., a cargo de la Dra. Agostina Silvestre Secretaria; Dr. Ma. José Alvarez Tremea, Juez, de la ciudad de Rafaela, Pcia. de Santa Fe. En los autos caratulados CONSUMO S.A.; FONTANINI, SILVIO HECTOR c/GONZALEZ, MAXIMILIANO JOAQUIN s/Apremio 306/2016; se notifica al demandado Gonzalez Maximiliano Joaquin, (DNI Nº 33.828.237), de la siguiente resolución: Rafaela, 23 de Marzo de dos mil veintiuno. Y Vistos:... Considerando:... Resuelvo: Mandar llevar adelante la ejecución hasta que a la parte acreedora se le haga íntegro pago del capital reclamado, con más los intereses ya dispuestos en los autos principales, I.V.A. sobre los intereses, desde la fecha de la mora y hasta el efectivo pago, con más las costas del juicio. Practicada liquidación se regularán honorarios. Archívese el original, hágase saber, expídase copia. Publíquese en BOLETÍN OFICIAL y en sede judicial por dos (2) días. art. 77 CPCC. de Santa Fe. Rafaela, 03 de Mayo de 2021. ... Procédase a notificar a la parte demandada la resolución recaída en autos, por edictos, que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL y en Sede Judicial, por el término y apercibimientos de ley. Notifiquese. Firmado: Dr. Agostina Silvestre Secretario; Dr. Ma. José Alvarez Tremea, Juez. Dra. Frana Guillermina, Prosecretaria.

$ 52,50 451694 Jun. 30 Jul. 01

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El Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2ª Nom., a cargo de la Dra. Natalia Carinelli Secretaria; Dr. Duilio M. Francisco Hail, Juez, de la ciudad de Rafaela (Pcia. de Santa Fe). En los autos caratulados CONSUMO S.A. c/PROS PABLO ENRIQUE s/Apremio 960/2017, se notifica al demandado Pros Pablo Enrique, (DNI Nº 8.472.340), de la siguiente resolución: ... Resuelvo: 1- Mandar llevar adelante la ejecución hasta que a los acreedores se les haga íntegro pago del capital reclamado, con más los intereses conforme lo tengo dicho en los considerandos, desde la fecha de la liquidación base del presente fechada el 05/10/17 y hasta la fecha del efectivo pago, IVA y costas. 2. Regular los honorarios del Dr. Cristian Cesar Canello, teniendo en cuenta que, conforme a lo dispuesto por los arts. 4, 6, 7 inc. 2º -b) y 8 de la ley 6767 -t.o. ley 12.851 - resulta aplicable la cantidad de 7,30 unidades jus en la estimación de los aranceles en cuestión, equivalentes a la fecha a la suma de $ 32.374,33 los que en caso de mora y, a tenor de lo normado por el art. 32 del mismo cuerpo legal, devengarán un interés equivalente a la tasa activa que publica el Banco de la Nación Argentina para operaciones de descuento de documentos a treinta días. Córrase vista a la Caja Forense, formúlense aportes de ley. Acredite en autos situación ante la A.F.I.P. A los efectos de facilitar la vista ordenada se suministra la clave de acceso N° 1065. 3- Mandar agregar la documental a los autos principales. Archívese el original, expídase copia y hágase saber. Notifiquese. Firmado: Dra. Natalia Carinelli, Secretaria; Dr. Duilio M. Francisco Hail, Juez. Publíquese en BOLETÍN OFICIAL y en sede judicial por dos (2) días. art. 77 CPCC. de Santa Fe. Dr. Mauro García, Prosecretario.

$ 52,50 451692 Jun. 30 Jul. 01

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera nominación de la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe, en autos: Expte. CUIJ 21-24199415-2 - LOZANO ARIEL JORGE s/Sucesorio; se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Ariel Jorge Lozano, DNI 25.398.209, con último domicilio en Zona Rural de Nuevo Torino, fallecido en fecha 14/01/2021 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días bajo apercibimientos de ley, lo que se publicará en el BOLETIN OFICIAL, y en el hall de Tribunales, a sus efectos. Rafaela, 14 de Junio de 2021. Sandra Ines Cerliani, Secretaria; Duilio M. Francisco Hail Juez a cargo. Dr. Nicolas A. Pasero, Prosecretario.

$ 199 451919 Jun. 30 Jul. 06

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La Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Rafaela, Dra. Ana Laura Mendoza, en autos ASOCIACION MUTUAL AYUDA SUSANENSE s/Concurso preventivo; (Expte. Nº 992 Año 2003), mediante resolución de fecha 19 de Abril de 2021, se ha ordenado la conclusión del concurso preventivo de Asociacion Mutual Ayuda Susanense, domiciliada en Belgrano Nº 107 de la localidad de Susana, con los alcances y efectos del art. 59 de la ley 24.522, ordenándose levantar las inhibiciones concursales y dar por concluida la intervención de la sindicatura. Fdo. Dra. Carolina Castellano, Secretaria. Rafaela, 17 de Mayo de 2021.

$ 33 451729 Jun. 30 Jul. 06

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 5 en lo Civil y Comercial de la 1ª Nominación de la Ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: BELLO JORGE LUIS s/Declaratoria de herederos; CUIJ Nº 21-24198337-1, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Bello Jorge Luis, DNI 11.903.143, con último domicilio en calle Tucumán 874 de Rafaela, fallecido el día 14/10/2020, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días y bajo apercibimiento de ley, lo que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL y en el Hall de Tribunales a sus efectos. Dra. Ana Laura Mendoza (Jueza a/c) - Dra. Sandra Inés Cerliani (Secretaria). Rafaela, 11 de Junio de 2021. Dr. Nicolas A. Pasero, Prosecretario.

$ 195 451893 Jun. 30 Jun. 06

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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 5 en lo Civil y Comercial - Tercera Nominación de Rafaela, Departamento Castellanos, Provincia de Santa Fe, Secretaría única a cargo de la que suscribe, se hace saber que en los autos: BANCO HIPOTECARIO S.A. c/OSORIO, JORGE ENRIQUE s/Demanda ejecutiva; CUIJ 21-24190072-7, se ha dispuesto que se cite y emplace al Jorge Enrique Osorio, DNI 12.742.024, para que, en el término de diez días, comparezca a estar a derecho, bajo apercibimientos de ley. Fdo: Carolina Castellano, Secretaria - Ana Laura Mendoza, Jueza. Se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en Sede Judicial. Rafaela, 17 de Mayo de 2021. Dra. Carolina Castellano, Secretaria.

$ 33 451924 Jun. 30

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Por disposición del juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 5 en lo Civil y Comercial de Tercera Nominación de la ciudad de Rafaela (Prov. de Santa Fe), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho sobre los bienes dejados por Norma Lucía Tschieder, DNI 12.519.039, para que acrediten su carácter dentro del término de treinta días y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en Sede Judicial (TSCHIEDER,, NORMA LUCÍA s/Declaratoria de herederos; CUIJ 21-24199271-0). Rafaela, 01 de Junio de 2021. Fdo.: Carolina Castellano Abogada - Secretaria - Ana Laura Mendoza Abogada - Jueza.

$ 200 451922 Jun. 30 Jul. 06

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Por disposición del juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 5 en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de la ciudad de Rafaela (Prov. de Santa Fe), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho sobre los bienes dejados por Romeo Pascual Monay, DNI Nº 6.276.397 y Zulma Rita Fornasiero, DNI Nº 3.561.903, para que acrediten su carácter dentro del término de treinta días y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en Sede Judicial (MONAY, ROMEO PASCUAL y otros s/Sucesorio; CUIJ 21-24199135-8). Rafaela, 20 de Mayo de 2021. Fdo. : Agostina Silvestre Abogada - Secretaria; María José Alvarez Tremea Abogada - Jueza. Dra. Guillermina Frana, Prosecretaria.

$ 200 451917 Jun. 30 Jul. 06

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El Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 5 en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Rafaela, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: Expte. CUIJ 21-24199156-0 - Año 2021 - VARENGO ADELINA s/Declaratoria de herederos; iniciado por las Dras. Melisa L. Morra y Elisa M. Garetto, cita y emplaza a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Varengo Adelina, DNI 6.330.179, para que dentro del término de ley comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo apercibimientos legales. Carolina Castellano Abogada - Secretaria. Ana Laura Mendoza Abogada- Jueza. Rafaela, 03 Junio de 2021.

$ 265,50 451848 Jun. 30 Jul. 06

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de Rafaela, en los autos CUIJ Nº 21-24198986-8 - BRUERA, JUAN CARLOS y otros s/Sucesorio; se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes Juan Carlos Bruera, D.N.I. M 6.295.828, fallecido en fecha 31 de Julio de 2020 y Belkys María Bonetto, D.N.I. F4.974.194, fallecida el 22 de Junio de 2017, ambos con último domicilio en Av. Italia Nº 1208 de Rafaela para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días bajo apercibimientos de ley, lo que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL y en el Hall de Tribunales, a sus efectos. Fdo.: Dra. Alvarez Tremea, Juez; Dra. Silvestre, Secretaria. Rafaela, 06 de Mayo de 2021. Dra. Guillermina Frana, Prosecretaria.

$ 195 451562 Jun. 30 Jul. 06

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Por estar dispuesto por el señor Juez de Distrito Civil y Comercial Segunda A Nominación de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: ORELLANO, JULIO CÉSAR s/Sucesorio; CUIJ 21-24199674-0, se cita, llama, y emplaza a los acreedores, herederos y legatarios del causante don Julio Cesar Orellano, DNI 20.258.925, fallecido en Santa Fe, 22 de Febrero de 2021, con último domicilio en calle San Lorenzo 26 Sunchales, Pcia. de Santa Fe, para que en el término de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en sede Judicial y en BOLETIN OFICIAL. Fdo.: Dra. Natalia Carinelli, Secretaria. Dr. Diulio Hail, Juez. Rafaela, 17 de Junio de 2021.

$ 180 451535 Jun. 30 Jul. 06

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La señora Jueza en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Rafaela emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Olga Noemy Basualdo, DNI Nº 11.923.439, en Expte. 21-24199178-1 - BASUALDO OLGA NOEMY s/Sucesorio; para que en el término de ley comparezcan a hacer valer sus derechos bajo apercibimientos legales. Dra. María Sol Ponce Abogada. Rafaela, 16 de Junio de 2021. Dra. Carolina Castellano (Secretaria). Dra. Ana Laura Mendoza (Jueza).

$ 45 451571 Jun. 30 Jun. 06

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Rafaela, en los autos CUIJ Nº 21-24194749-9 - MONJE, BLANCA ESTHER y otros s/Sucesorio, se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Monje, Blanca Esther y/o Monjes, Blanca, L.C. 6.310.910, con último domicilio en la localidad de Humberto Primo, fallecida en fecha 13 de Diciembre de 2008, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días bajo apercibimientos de ley, lo que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL y en el Hall de Tribunales, a sus efectos. Fdo. Dra. Mendoza, Juez a cargo; Dra. Cerliani, Secretaria. Rafaela, 10 de Maryo de 2021. Dr. Nicolas A. Pasero, Prosecretario.

$ 195 451564 Jun. 30 Jul. 06

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de Rafaela, en los autos "CUIJ N° 21-24199686-4 - ALBIZU, MERCEDES AMAYA s/Sucesorio; se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Mercedes Amaya Albizu, D.N.I. F.2.404.208, con último domicilio en Lavalle Nº 82 de Rafaela, fallecida en fecha 13 de Octubre de 2019, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días bajo apercibimientos de ley, lo que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL y en el Hall de Tribunales, a sus efectos. Fdo. Dra. Alvarez Tremea, Juez; Dra. Silvestre, Secretaria. Rafaela, 14 de Junio de 2021. Dra. Guillermina Frana, Prosecretaria.

$ 190 451559 Jun. 30 Jul. 06

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Rafaela, en los autos CUIJ N° 21-24199403-9; MONTEGROSSO, NESTOR OSVALDO s/Sucesorio, se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Néstor Osvaldo Montegrosso, D.N.I. Nº M.8.323.902, con último domicilio en Francia N° 148 de la ciudad de Rafaela fallecido en fecha 01 de Mayo de 2.020 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días bajo apercibimientos de ley, lo que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL y en el Hall de Tribunales, a sus efectos. Fdo.: Dr. Hail- Juez; Dra. Carinelli- Secretaria. Rafaela, 05 de Mayo de 2.021.

$ 155 451561 Jun. 30 Jul. 06

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Rafaela, en los autos CUIJ N° 21-24199404-7; ALIAS, ARTURO JOSÉ VICTORIANO s/Sucesorio; se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Arturo José Victoriano Alias, D.N.I. Nº 6.292.677 , con último domicilio en calle 1° de Mayo Sur N° 95 de Vila, fallecido en fecha 19 de Enero de 2.021 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días bajo apercibimientos de ley, lo que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL y en el Hall de Tribunales, a sus efectos. Fdo.: Dra. Mendoza- Juez; Dra. Castellano- Secretaria. Rafaela, 05 de Junio de 2.021.

$ 195 451560 Jun. 30 Jul. 06

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la Ciudad de Rafaela (Santa Fe), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Elvio Mateo Vottero, D.N.I. N° 6.292.116, fallecido el día 13 de Febrero de 2.021, con último domicilio en Bv. Santa Fe N° 94 de la localidad de Plaza Clucella (Santa Fe), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Autos: VOTTERO, ELVIO MATEO s/Sucesorio; (CUIJ N° 21-24199167-6). Fdo: Duilio M. Francisco Hail, Juez; Natalia Carinelli, Secretaria. Rafaela, Junio de 2.021.

$ 85 451507 Jun. 30 Jul. 06

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: BONZI CATALINA Y VITTORIROMILDO s/Sucesorio; (CUIJ Nº 21-24021740-3), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, Don VITTORI ROMILDO MIGUEL, DNI N° M 2.453.770, con último domicilio en calle Francia Nº 136 de Rafaela, fallecido en fecha 25 de Junio de 2.014 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del termino de 30 días bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en BOLETIN OFICIAL y en el Hall de Tribunales, a sus efectos (art. 67 C.P.C.C.). Rafaela, 04/05/21. Carolina Castellano, secretaria.

$ 185 451371 Jun. 30 Jul. 06

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de la ciudad de Santa Fe), en los autos caratulados: GIMENEZ, VIRGINIA TERESA s/Sucesorio; (Expte. N° CUIJ Nº 21-02025004-3 Año 2.021), se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de doña Virginia Teresa Giménez, D.N.I. N° F6.671.063, fallecida en fecha 03/02/2021, en la ciudad de Santo Tomé, Pcia. De Santa Fe, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se pública a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Fdo. Dra. Claudia B. Sánchez, Secretaria. Santa Fe, 15 de Junio de 2.021. Estela López Bustos, secretaria.

$ 45 451433 Jun. 30 Jul. 06

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de la Ciudad de Rafaela (Santa Fe), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Erminda Angélica Calderón DNI N° 6.452.996, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en Sede Judicial. Autos: CALDERON, ERMINDA ANGÉLICA s/Sucesorio; (CUIJ N° 21-24191993-2). Fdo.: Ma. José Alvarez Tremea, Juez; Carina Gerbaldo, Secretaria. Rafaela, 22 de Marzo de 2.021. Frana Guillermina, prosecretaria.

$ 45 451510 Jun. 30 Jul. 06

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de la Ciudad de Rafaela (Santa Fe), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Juan Maria Casagrande, DNI N° 6.299.569, fallecido el 10 de Enero de 2.021, con último domicilio en la localidad de Clucellas, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en Sede Judicial. Autos: CASAGRANDE, JUAN MARÍA s/Sucesorio; (CUIJ N° 21-24199349-0). Fdo: Ana Laura Mendoza, Juez; Carolina Castellano, Secretaria. Rafaela, 14 de Junio de 2.021.

$ 85 451521 Jun. 30 Jul. 06

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 5 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados BORGARELLO, JOSÉ MARÍA MIGUEL s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-24198585-4, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante José María Miguel Borgarello, DNI N° 6.288.752, con último domicilio en calle 9 de Julio N° 172 de la localidad de Angélica, Departamento Castellanos (Sta. Fe), fallecido en fecha 17 de Noviembre de 2.020, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley, lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL y en el Sede Judicial. Dra. Sandra Inés Cerliani (Secretaria), Dra. María José Alvarez Tremea (Jueza a/c). Rafaela, 11 de Junio de 2.020.

$ 153 451737 Jun. 30 Jul. 06

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RECONQUISTA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Señora Jueza, Dra. Griselda Noemí Delbón, a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 4 en lo Penal Juvenil de Reconquista, Provincia de Santa Fe, en autos caratulados R., R. N. s/Abigeato; CUIJ Nº 21-16692920-9, en fecha 16 de Junio de 2.021 se ha dispuesto notificar a la víctima Valeriano Juan Rojas el decreto de fecha 25 de Septiembre de 2.019 a los fines de hacerle saber que en un plazo de 10 días hábiles puede formular oposición a la, aplicación de Regla de Disponibilidad planteado por los ministerios públicos en relación al hecho ilícito objeto de la causa precitada, para cual debería comparecer ante el juzgado mencionado. A continuación, se transcribe parte pertinente de la normativa que así lo establece: Artículo 10 II Criterios de oportunidad. El Ministerio Público podrá no promover o prescindir total o parcialmente, de la acción penal, en los siguientes casos: 1) Cuando el Código Penal o las leyes penales especiales lo establezcan o permitan al tribunal prescindir de la pena. 2) Cuando se trate de hechos que por su insignificancia no afecten gravemente el interés público, salvo que fuesen cometidos por un funcionario público en el ejercicio o en razón de su cargo. 3) Cuando las consecuencias del hecho sufridas por el imputado sean de tal gravedad que tornen innecesaria o desproporcionada la aplicación de una pena, salvo que mediaren razones de seguridad o interés público. 4) Cuando la pena en expectativa carezca de importancia con relación a la pena ya impuesta por otros hechos. 5) Cuando exista conciliación entre los interesados, y el imputado haya reparado los daños y perjuicios causados en los hechos delictivos con contenido patrimonial cometidos sin violencia física o intimidación sobre las personas, salvo que existan razones de seguridad, interés público o se encuentre comprometido el interés de un menor de edad. 6) Cuando exista conciliación entre los interesados y el imputado, en los delitos culposos, lesiones leves, amenazas y/o violación de domicilio, salvo que existan razones de seguridad, interés público o se encuentre comprometido el interés de un menor de edad. 7)Cuando el imputado se encuentre afectado por una enfermedad incurable en estado terminal, según dictamen pericial o tenga más de setenta años, y no exista mayor compromiso para el interés público. En los supuestos de los incisos 2), 3) y 6) es necesario que el imputado haya reparado los daños y perjuicios ocasionados, en la medida de lo posible, o firmado un acuerdo con la víctima en ese sentido, o afianzado suficientemente esa reparación. Artículo 10 IV (Artículo 21, Ley 12.734). Trámite. Con fundamento, el fiscal formulará ante el tribunal su posición. El imputado, sin recurso alguno, podrá plantear ante el fiscal la aplicación de un criterio de oportunidad, fundando su pedido. La solicitud de aplicación de un criterio de oportunidad deberá ser comunicada por el tribunal a la víctima, aunque no estuviere constituida como querellante, quien deberá ser oída, pudiendo formular oposición. Artículo 10 V (Artículo 22, Ley 12.734). Resolución. Conversión. Si el tribunal admite el criterio de oportunidad, la acción pública se tramitará conforme lo previsto para el procedimiento de querella, cualquiera fuera el delito de que se tratase. En tal caso la querella deberá presentarse dentro del término de sesenta (60) días hábiles desde la notificación de la resolución. La víctima tendrá el derecho y el Estado el deber de asegurarle el asesoramiento jurídico necesario cuando no pudiese afrontar los gastos en forma particular. Vencido el término, la acción penal quedará extinguida para el autor o partícipe a cuyo favor se aceptó el criterio de oportunidad, salvo el supuesto del inciso 2) del Artículo 19 en que los efectos se extenderán a todos los partícipes. Secretaria, 16 de Junio de 2.021. Dra. Corina Serrichio, secretaria.

S/C 451736 Jun. 30 Jul. 06

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