IGB S.R.L.
CESIÓN DE CUOTAS
Por estar así dispuestos en los autos caratulados ¨ IGB S.R.L s/Cesión de Cuotas, Designación de Gerente y Modificación al Contrato Social ¨ (CUIJ 21-05205485-8 ), se hace saber lo siguiente:
1) Cesión de Cuotas: Mauro Andrés Rimolo, D.N.I. Nº 21.490.590, CUIT 20-21490590-7, domiciliado en Laprida 5451 de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, cede la totalidad de su participación, 275 cuotas y Alejandro Miguel Massafra, D.N.I. Nº 20.166.786, CUIT 20-20166786-1, domiciliado en Pavón 340 de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, cede la totalidad de su participación, 225 cuotas a los Señores: Milton Cesar Catinot, DNI 32.246.490, CUIL 20-32246490-9, domiciliado en calle Buenos Aires 603 de la ciudad de Laguna Paiva, Provincia de Santa Fe, 167 cuotas; Mauricio Fabian Justet, D.N.I. 30.554.565, CUIL 20-30554565-2, domiciliado en calle La Rioja 1233 de la ciudad de Santo Tome, Provincia de Santa Fe, 167 cuotas y Guillermo Ariel Taborda, D.N.I. 27.761.237, CUIT 20-27761237-3, domiciliado en calle Pasaje Koch 3317 –Bº Belgrano – de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, 166 cuotas.-
2) Designación de Socio Gerente: a Mauricio Fabian Justet y Gerente Suplente a Milton Cesar Catinot.-
3) Modificación del Contrato Social: Cláusulas Segunda, Cuarta y Quinta de la siguiente forma:
SEGUNDA: La sociedad se constituye por el término de treinta años, a ser contados desde la fecha de inscripción del presente contrato en el Registro Público, el 03.03.2008.- -
CUARTA: El capital lo constituye la suma de PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000,00) representado en quinientas cuotas de PESOS CIEN cada una, que son suscriptas por los socios de la siguiente forma: El Señor Milton Cesar Catinot suscribe ciento sesenta y siete cuotas ( 167) por pesos dieciséis mil setecientos ($ 16.700,00), el Señor Mauricio Fabian Justet suscribe ciento sesenta y siete cuotas (167) por pesos dieciséis mil setecientos ($ 16.700,00) y el Señor Guillermo Ariel Taborda suscribe ciento sesenta y seis cuotas (166) por pesos dieciséis mil seiscientos ($ 16.600,00) . Los socios integran la totalidad del capital social en efectivo.-
QUINTA: La administración y representación de la sociedad estará a cargo de una o mas personas humanas socias o no, en calidad de Gerentes. Duran en el cargo un plazo indeterminado hasta que sean revocados por la designación de otro Gerente elegido por simple mayoría de capital . Mientras la sociedad carezca de órgano de fiscalización deberá designarse por lo menos un (1) gerente suplente. El Gerente podrá hacer uso de la firma social con amplias facultades de acuerdo a lo previsto en el Art. 157 de la Ley 19.550, pudiendo a tal efecto, conceder poderes generales o especiales, nombrar y remover empleados, fijar los sueldos de los mismos con designación de los cargos, representar a la sociedad en todos los contratos para los cuales la Ley requiera poderes especiales, cobrar y percibir cuanto se le adeude ahora y en adelante a la sociedad, solicitar créditos o prestamos, emitir cheques, girar en descubierto, operar con los Bancos: Central de la Republica Argentina, Nación Argentina, Hipotecario Nacional, de Santa Fe S.A., y con los Bancos e Instituciones oficiales, particulares y/o mixtos, nacionales y/o extranjeros, creados o a crearse, inscribir a la sociedad como importadora y exportadora, dar fianzas cuando fuera necesario a los fines sociales, solicitar y acordar cartas de créditos, formular facturas, celebrar contratos de seguros, asegurando bienes de la sociedad, endosar pólizas, celebrar contratos de consignación y aceptar representaciones de terceros, hacer novaciones, remisiones y quitas de deuda, estar en juicio como actor o demandado en cualquier fuero; prorrogar jurisdicciones, promover querellas y retirarles, y celebrar todos los demás actos que reputen necesarios, pues la enumeración que antecede no es limitativa, sino meramente enunciativa.- Santa Fe, 18 de Junio de 2021.-
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