AUCAM AUTOMOTORES S.A.
DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES
Por estar así dispuesto en los autos caratulados “AUCAM AUTOMOTORES S.A. S/DESIGNACION DE AUTORIDADES” CUIJ 21-05204745-2 que se tramitan por ante el Registro Público del Juzgado de 1ra. Instancia en lo Civil y Comercial de la 1ra Nominación de Santa Fe, se hace saber que la firma renovó su directorio por un nuevo periodo de tres ejercicios, según Acta de Asamblea de 12 de Diciembre de 2019, quedando el mismo conformado de la siguiente manera:
Presidente: Carlos Alberto Macua,DNI.N°. 17.284.814, con domicilio en calle López y Planes 4250 de la ciudad de Santa Fe
Vicepresidente Estela Guadalupe Macua, DNI.N°. 14.823.952, con domicilio en calle Saavedra 3444 de la ciudad de Santa Fe,
Director titular: Pablo Martín Macua, DNI.N°. 26.189.939, con domicilio en calle Juan del Campillo 2554 de la ciudad de Santa Fe,
Director suplente: Germán Miguel Rossi, DNI N° 14.415.717, con domicilio en calle Saavedra 3444 de la ciudad de Santa Fe
Síndico titular: Ricardo Enrique Rivera, DNI N° 20.149.910, con domicilio en calle 9 de Julio 1464 de la ciudad de Santa Fe,
Síndico suplente: Carlos Alberto Annichini, DNI N° 14.538.444, con domicilio en calle Gutierrez 2673 de la ciudad de Santa Fe
Santa Fe, 08 de Marzo de 2021. Jorge E. Freyre, secretario.
$ 70 440458 Mar. 23
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METALURGUICA FIO-VIC S.R.L.
CESIÓN DE CUOTAS
En Pavon, Departamento Constitución, Provincia de Santa Fe, el 8 Marzo del año 2021, entre la Sr. MARIO FACUNDO JESUS CUCCILETTA, Argentino, nacido el 8 de Abril de 1979, D.N.I. N° 23.816.938. casado, y el Sra. FIORELA MARIA CUCCILETTA, Argentino, nacido el 19 de Marzo de 2001, D.N.I. N° 42.926.788, soltero, ambos domiciliado en calle Buenos Aires 140 Pavon, Departamento Constitución; han solicitado la inscripción del presente contrato de cesion de cuotas de MARIA DEL MILAGRO CUCCILETTA a favor de FIORELA MARIA CUCCILETTA de la sociedad denominación "METALURGUICA FIO-VIC S.R.L.", la cuál tendrá su domicilio legal en la calle Belgrano y Corrientes de la Localidad de Pavon, Departamento Constitución, Provincia de Santa Fe, pudiendo establecer sucursales o agencias en cualquier punto del país y/o del exterior.-
El capital social se fija en la suma de $ 50.000 (pesos cincuenta mil); dividido en 500 cuotas sociales de $ 100 (pesos cien) cada una, que integran de la siguiente manera:
MARIO FACUNDO CUCCILETTA: 450 cuotas sociales de $ 100 (pesos cien) cada una, representativas de $ 45.000 (pesos cuarenta cinco mil Y FIORELA MARIA CUCCILETTA: 50 cuotas sociales de $ 100 cada una, representativas de $ 5.000 (pesos cinco mil). La administración y dirección de la sociedad estaráa cargo del socio MARIO FACUNDO JESUS CUCCILETTA, designado como socio gerente, con la facultad para obligar a la sociedad con la firma del los socios, precedida de la denominación social METALURGUICA FIO - VIC S.R.L. y el aditamento Socio Gerente".
Anualmente, al 31 de diciembre de cada año, se confeccionará un Balance General de los negocios sociales, conforme a las prescripciones de las leyes en vigencia.
$ 70 440259 Mar. 22
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MAGUI S.R.L.
MODIFICACIÓN DE CONTRATO
Por estar así dispuesto en los autos caratulados: MAGUI SRL S/MODIFICACIÓN AL CONTRATO SOCIAL (Expte. N° 21-05204425-9), de trámite por ante el Registro Público se hace saber que se ha dispuesto publicar el siguiente edicto: MAGUI S.R.L.
Cesión de cuotas: Por instrumento privado de fecha 14 de Diciembre de 2020 los sres. MARIA NATALIA DELLACQUA, D.N.I. Nro. 23.738.677, CUIT/CUIL 27-23738677-4, casada con Guillermo Juan Chillemi (D.N.I. Nro. 23.640.068), con domicilio en club de campo El Paso de la ciudad de Santo Tomé, provincia de Santa Fe y GUILLERMO JUAN CHILLEMI, D.N.I. Nro. 23.640.068, CUIT: 23-23640068-9, casado con Maria Natalia Dellacqua (D.N.I. Nro. 23.738.677), con domicilio en club de campo El Paso de la ciudad de Santo Tomé, provincia de Santa Fe, cedieron por la suma de Pesos Trescientos Mil ($ 300.000) a los Sres. RAMIRO OSCAR DALL'AGLIO, DNI N° 22.961.083, CUIT/CUIL nro. 20-22961083-0, casado en primera nupcias con Carolina Ayelen García Gastaldo (DNI nro. 26.871.282), con domicilio en la calle Las Heras N° 3976 de la ciudad de Santa Fe, provincia homónimay MARIANO GABRIEL CEJAS, DNI nro. 22.876.118, CUIT/CUIL nro. 20- 22876118-5, casado en primeras nupcias con Katya Marcela Zuska Zurbriggen (DNI nro. 25.015.645), con domicilio en la calle Primera Junta N° 2667, Piso Tercera Departamento "A" de la ciudad de Santa Fe, provincia homónima, la cantidad de Un Mil Quinientas cuotas sociales representativas de $ 15.000 que tenían en la sociedad "MAGUI S.R.L.", CUIT N° 30-71122046-8, con domicilio en la calle San Jerónimo 2363 de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe, inscripta en el Registro Público de Comercio de la ciudad de Santa Fe, bajo el N° 267 folio 54 Libro 17 de SRL (L7058) de Fecha 23/12/2009. La cesión se realiza en las siguientes proporciones: María Natalia Dellacqua cede a favor de Ramiro Oscar Dall'Aglio (cesionario) la cantidad de 600 cuotas de valor nominal $ 10.- cada una, lo que hace un total de Pesos Seis Mil ($ 6.000). Asimismo, Guillernmo Juan Chillemi cede a favor de Ramiro Oscar Dall'Aglio (cesionario) la cantidad de 150 cuotas de valor nominal $ 10.- cada una, lo que hace un total de Pesos Un Mil Quinientos ($ 1.500). Asimismo, Guillermo Juan Chillemi cede a favor de Mariano Gabriel Cejas (cesionario) la cantidad de 750 cuotas de valor nominal $ 10.- cada una, lo que hace un total de Pesos Siete Mil Quinientos ($7.500).En virtud de la presente cesión, se resuelve: modificar la cláusula Cuarta del contrato social a fin de adecuar el mismo a la cesión de cuotas sociales, estableciéndose la redacción definitiva de la misma, en los siguientes términos: "CUARTA: "CUARTA: El capital social se fija en la suma de $ 15.000 (pesos quince mil) divido en 1500 cuota de valor nominal $ 10 (pesos diez), cada una totalmente suscriptas por los socios en la siguiente forma:
Ramiro Oscar Dall'Aglio suscribe 750 (setecientos cincuenta) cuotas y Mariano Gabriel Cejas suscribe 750 (setecientos cincuenta) cuotas. Cada socio integra el 25% de las cuotas suscriptas, y se compromete a integrar el porcentaje restante en las condiciones y dentro de los plazos legales. El capital social podrá aumentarse por decisión de la Asamblea respectiva, resolviéndose en cada oportunidad el monto, forma naturaleza, modalidad y demás condiciones conforme lo expuesto en la parte pertinente del art. 160 de la Ley 19.550.
Designación de Gerente: Por instrumento privado de fecha 14 de Diciembre de 2020 los socios, titulares de la totalidad de las cuotas sociales que representan el 100% del capital social, de la entidad MAGUI S.R.L., CUIT N° 30-71122046-8, con domicilio en la calle San Jerónimo 2363 de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe, inscripta en el Registro Público de Comercio de la ciudad de Santa Fe, bajo el N° 267 folio 54 Libro 17 de SRL (L7058), resuelven por unanimidad designar como gerentes a los socios RAMIRO OSCAR DALL'AGLIO, DNI nro. 22.961.083, CUIT/CUIL nro. 20-22961083-0 y MARIANO GABRIEL CEJAS, DNI nro. 22.876.118, CUIT/CUIL nro. 20- 22876118-5, quienes tendrán a su cargo la administración de la sociedad por un nuevo período, dando continuidad a la gestión anterior, convalidándola en todos sus términos hasta la fecha, y por el término e tres años contados a partir del 1° de Diciembre de 2020; tal lo establecido en el contrato social oportunamente inscripto por ante el Registro Público en fecha 23/12/2009. Lo que se publica a los efectos legales.- Santa Fe, 19 de Febrero de 2021. Dr. Jorge E. Freyre, Secretario.
$ 130 440120 Mar. 23
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MIN S.R.L.
CONTRATO
En Empalme Villa Constitución, Departamento Constitución, Provincia de Santa Fe, el 8 de Marzo del año 2021, entre la Sra. DANIELA VERONICA VIDAL, Argentina, nacida el 21 de Abril de 1968, D.N.I. N° 20.175.845, casada, y el Sr. DANIEL HUGO VIGOUROUX, Argentino, nacido el 2 de Febrero de 1964, D.N.I. N° 16.585.052, casado, ambos domiciliado en San Luis 83 de Empalme Villa Constitución, Departamento Constitución; han resuelto constituir la sociedad que girará bajo la denominación "MIN S.R.L.", la cuál tendrá su domicilio legal en la Localidad de Empalme Villa Constitución, Departamento Constitución, Provincia de Santa Fe, sito en la calle San Martin Av. 293, pudiendo establecer sucursales o agencias en cualquier punto del país y/o del exterior.
La sociedad tendrá por objeto: FABRICACION Y REPARACION DE MAQUINAS AGRICOLAS Y A FINES
El término de duración de la sociedad se fija de 30 años a partir de la inscripción del Contrato Social en el Registro Público de Comercio.
El capital social se fija en la suma de $ 500.000; dividido en quinientas mil cuotas sociales de $ 1 valor nominal cada una que integran de la siguiente manera: DANIEL HUGO VIGOUROUX: 250.000 cuotas sociales de $ 1 valor nominal cada una, representativas de $ 250.000 y DANIELA VERONICA VIDAL: 250.000 cuotas sociales de $ 1 valor nominal cada una, representativas de $ 250.000. La administración y dirección de la sociedad estará a cargo de los socios Daniela Veronica Vidal, designado como socio gerente, con la facultad para obligar a la sociedad con la firma, precedida de la denominación social MIN S.R.L. y el aditamento “Socio Gerente"-
Anualmente, al 31 de diciembre de cada año, se confeccionará un Balance General de los negocios sociales, conforme a las prescripciones de las leyes en vigencia.-
$ 70 440261 Mar. 23
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NEURONIC S.R.L.
CONTRATO
En la ciudad de Rosario, a los 26 días del mes de febrero de 2021, entre Germán Rampo, nacido el 21/8/1975, DNI 24.457.467, CUIT 20-24457467-0, argentino, divorciado, con domicilio en Bv. Avellaneda 335 bis de Rosario, comerciante; y María Elena Tumino, nacida el 5/2/1976, DNI 24.975.046, CUIT 27-24975046-3, argentina, soltera, con domicilio en Bv. Avellaneda 335 bis de Rosario, comerciante; ambos mayores y hábiles para contratar, convienen la constitución de una Sociedad de Responsabilidad Limitada que se regirá por las siguientes cláusulas, con arreglo a las disposiciones de la Ley 19550:
1) Razón social: NEURONIC S.R.L.
2) Domicilio: Se fija en la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, y establecen su sede social en calle Pasaje Paroissien 4307 de la ciudad de Rosario.
3) Objeto social: La sociedad tendrá por objeto el diseño, desarrollo, producción e implementación y puesta a punto de los sistemas de software desarrollados y su documentación técnica asociada, tanto en su aspecto básico como aplicativo, incluyendo el que se elabore para ser incorporado a procesadores utilizados en benes de diversa índole, tales como consolas, centrales telefónicas, telefonía celular, máquinasy otros dispositivos.
4) Capital: Se fija en la suma de $ 150.000 dividido en 150 CUOTAS de $ 1.000 cada una, que las socias suscriben en la siguiente proporción: Germán Rampo Suscribe la cantidad de 135 cuotas de $ 1.000 cada una que representan un capital de pesos $ 135.000, y María Elena Tumino suscribe la cantidad de 15 cuotas de $ 1.000 cada una que representan un capital de pesos $ 15.000. El capital está integrado en proporción a las cuotas suscriptas, un 25% en efectivo, y el saldo del valor de las cuotas suscriptas deberán integrarlo en el término de dos afños también en efectivo.
5) Duración: 10 años a partir de su inseripción en el Registro Público de Comercio.
6) Dirección y Administración de la sociedad: La dirección administración, repr6esentación legal y uso de la firma social estará a cargo de un gerente designado, quien podrá ser socio o no. Es designado como gerente el Sr. Germán Rampo.
7) Fecha de cierre del ejercicio: 31 de diciembre de cada año.
$ 70 440218 Mar. 23
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NBC ELETTRONICA S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
Se hace saber que en la ciudad de Rosario, a los 15 días del mes de Enero de 2021 se reúnen los señores: ANDRES ROTONDO, D.N.I. N° 14.392.947, CUIT 20-14392947-8, argentino, nacido el 23/02/1962, Ingeniero, casado en primeras nupCias con María de los Angeles Indice, domiciliado en calle Pje. Demarchi n° 2960 de Rosario, provincia de Santa Fe, Argentina, y MARÍA DE LOS ANGELES INDICE, argentina, nacida el 13/04/1963, Docente, casada en 1° nupcias con Andrés Rotondo, domiciliada en calle Pje. Demarchi n° 2960 de Rosario, con D.N.I. N° 16.076.394 CUIT 27-16076394-4, únicos socios de NBC ELETTRONICA S.R.L, CUIT 30-71139340-0, inscripta en el Registro Público de Comercio de la ciudad de Rosario en CONTRATOS el día 17/05/2010 al Tomo 161 Folio 10962 Nro 772 y acuerdan lo siguiente: I- MODIFICACION DE LA CLAUSULA SEXTA DEL CONTRATO SOCIAL: Los socios acuerdan modificar la cláusula sexta del contrato social, resolviendo que quede redactada de la siguiente forma:
SEXTA: Administración, Dirección y Represetación: Estará a cargo de dos gerentes, socios o no. A tal fin usarán su propia firma con el aditamento "socio-gerente" o "gerente" según el caso, precedida de la denominación social, que estampará en sello o de puño y letra, actuando en forma individual e indistinta. Los gerentes serán elegidos por tiempo indeterminado. Si por cualquier causa alguno de los gerentes titulares dejara de ejercer su cargo, se elegirá por unanimidad de votos a un nuevo gerente, quien reemplazará al gerente que se retira. La remoción y nombramiento de gerentes, se efectuará por unanimidad de votos en Asamblea de socios. Los gerentes en cumplimiento de sus funciones podrán efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluidos los especificados en los arts. 375 del Código Civil y Comercial decreto 5965/63, art. 9, con la unica excepción de prestar fianza o garantías a favor de tereeros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad. Sin perjuicio del carácter mercantil de la misma, ésta para Su mejor desenvolvimiento y por intermedio de sus gerentes, en la forma expresada o de sus representantes legales podrá: comprar, vender, dar, recibir en pago o permita toda clase de bienes, muebles o inmuebles, maquinarias o mercaderías, cobrary toda clase de derechos reales, prendarios o fianzas personales y prendas con o sin registro. Celebrar contratos de locación como locadora o locataria por los precios, plazosy condiciones que convengan, así como contratos de locación de servicios tomando o despidiendo al personal que juzgue necesario, fijando sus funCiones y remuneraciones. Efectuar depósitos de dinero y valores, abrir cuentas corrientes, girar sobre dichos de depósitos toda clase de cheques y libranzas. Realizar cualquier clase de gestiones por ante las autoridades y reparticiones nacionales, provinciales y municipales, pudiendo presentar ante ellas toda clase de peticiones y con las mimas realizar cualquier convenio, comparecer en juicio por sí o por medio de apoderados, promover y contestar demandas, poner y absolver posiciones, conferir poderes especiales y generales; todos y cada uno de los actos y operaciones autorizadas por las leyes civiles y comerciales. Todas las facultades enunciadas precedentemente deben entenderse como de carácter enunciativo y no limitativo. Rosario, 2 de marzo.de 2021.
$ 102 440227 Mar. 23
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OIR S.R.L.
CESIÓN DE CUOTAS
Por estar así dispuesto en los autos caratulados "OIR SRL" s/Cesión de Cuotas Sociales, Modificación del Capital y Desiganción Socios Gerentes; Expte. N° 21-05204527-1, de trámite ante el Registro Público de la ciudad de Santa Fe. Se hace saber que se modifican las claúsulas 4° y 5° de la mencionada sociedad, quedado redactada de la siguiente manera: "CUARTA: CAPITAL SOCIAL-INTEGRACION: El capital social limitadamente responsable se fija en la suma de PESOS CIEN MIL ($ 100.000) representada en mil cuotas de capital de un valor nominal de pesos cien ($ 100,00) cada una, suscriptas e integradas en su totoalidad por los socios y en las siguientes proporciones: EMILIANO BERRAZ MONTYN doscientos cincuenta (250) cuotas de capital, o sea pesos veinticinco mil ($ 25.000,00), la Srta. MARIA ALEJANDRA RODRIGUEZ doscientas cincuenta (250) cuotas de capital o sea pesos veinticinco mil ($ 25.000,00), NATALIA GISELA RODRIGUEZ, doscientas cincuenta (250) cuotas de capital o sea pesos veinticinco mil ($ 25.000,00), y MARIA VICTORIA SIGAUDO doscientas cincuenta (250) cuotas de capital o sea pesos veinticinco mil ($ 25.000,00). En prevención de futuros aportes de cuotas suplementarias del capital así establecido, el presente autoriza las mismas, las que serán exigibles solamente por el voto favorable de todos los socios". "QUINTA: ADMINISTRACIÓN: La administración y representación legal de la sociedad estará a cargo de los socios Emiliano Gastón Berraz Montyn, y/o María Victoria Sigaudo, en caracter de gerentes y quienes actuarán en forma conjunta o indistinta y usarán su firma precedida del sello de la razón Social, quedando prohibida comprometerla en especulaciones extrañas a su objeto social. Desempeñaran sus funciones en ente hasta tanto se designen otras autoridades, pudiendo ser reemplazados en cualquier momento por las tres cuartas partes del capital presente en la reunión de socios o reelectos por el mismo régimen cuantas veces se crea necesario. Para los fines sociales los gerentes en forma indicada precedentemente podrás: a) Operar con toda clase de bancos, sean oficiales, mixtos o privados y/lo cualquier otra clase de entidad o institución crediticia o financiera o cualquier indole; b) Otorgar poderes generales y especiales a favor de cualquiera de los socios o terceras personas para representarla en todos los asuntos judiciales y/o administrativos de cualquier fuero o jurisdicción que ellos fueren; c) Tomar dinero en préstamo garantizadoo no con derechos reales, aceptar prendas agrarias o sustituirlas y cancelarlas, adquirir o ceder créditos, comprar y vender mercaderias y productos, derechos y acciones. permutar, dar y recibir en pago, cobrar y recibir, efectuar pagos, transacciones y celebrar contratos de locación y rescindirlos y cualquier otro contrato de cualquier naturaleza; d), haciéndose constar que la precedente reseña no es limitativa de la capacidad de la sociedad; sino meramente enunciativa. La sociedad podrá ser representada por los socios gerentes en forma individual y/o conjunta ante las reparticiones nacionales, provinciales o municipales, incluso Administración Federal de Ingresos Publicos, Registro de Créditos Prendarios, Ministerios, Ministerios, Secretarías de Estado y Tribunales de toda indole y ante cualquier repartición creada o a crearse."
$ 345 440244 Mar. 23
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PALSA S.A.
DESIGNACIÓN DE DIRECTORIO
Se hace saber, con relación a "PALSA" S.A., que en Asamblea General Ordinaria de fecha 12 de enero de 2021, se ha resuelto fijar en uno (1) el número de Directores Titulares y en uno (1) el número de Directores Suplentes, designándose como Director Titular y Presidente al Sr. Feser Diego, argentino, nacido el 13.03.1975, D.N.I. N° 34.322.504, CUIT 20-24322504-4, de estado civil casado, de apellido materno Muñoz, de profesión abogado, con domicilio en calle Córdoba 1654 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe; y como Director suplente al Sr. Weitemeier Alexis Walter, argentino, nacido el 4.07.1979, D.N.I. N° 27.114.953, CUIT 20-27114953-1, de estado civil casado, de apellido materno Mahy, de profesión abogado, con domicilio en calle Pje. Gould 942 P. 5° B de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe; quienes fijaron como domicilio especial el de la sede social, de acuerdo a lo normado en el art. 256 de la ley 19.950, aceptand o expresamente todos ellos el cargo para el que fueran designados.
$ 45 440229 Mar. 23
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PUERTO POLLENSA S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
Por estar así dispuesto en Autos Caratulados PUERTO POLLENSA S.R.L. s/Modificación estatutaria, Administración y Representación, Expte N° 21-05204647-2, se ha ordenado la siguiente publicación: Por resolución de Reunión de Socios N° 23 de fecha 04/01/2021, se ha decidido la modificación de la cláusula de Administración y Representación de PUERTO POLLENSA S.R.L., administración, representación y uso de la firma social será ejercida en forma indistinta por Bartolomé Enrique Bauza, María Milagros Bauza, María Rosario Bauza y María Esther Zenclussen; quienes investirán el cargo de socios gerentes. Sin perjuicio de ello, cuando se adquieran, enajenen o graven bienes inmuebles o bienes muebles registrables, o se pretenda obligar a la sociedad ante terceros; deberá necesariamente actuar y suscribir Bartolomé Enrique Bauza, individualmente o en forma conjunta con alguno de los otros administradores. Representarán a la sociedad en todas las actividades y negocios, sin otras limitaciones a sus facultades que las de circunscribirse al objeto de la misma, quedándoles estrictamente prohibido comprometer a la firma en actos extraños a dicho objeto, como así también en prestaciones gratuitas o constituirla en garante de terceros. Pueden en nombre de la misma celebrar toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimento del objeto social, entre ellos, operar con toda especie de instituciones de crédito y con bancos oficiales, privados o mixtos; comprar, vender, ceder, permutar, gravar y enajenar bienes muebles y fondos de comercio; por los precios, formas de quedando redactada de la siguiente manera: "SEXTA: La pago y demás condiciones que libremente convengan, otorgar poderes generales o especiales, inclusive para querellar criminalmente con el objeto y extensión que juzguen convenientes; revocar esa clase de mandatos, otorgar y suscribir toda clase de instrumentos, públicos o privados que fueren menester para el cumplimiento del objeto social."
Lo que se publica a sus efectos y por término de ley. Santa Fe, 02/03/2021.
$ 90 440242 Mar. 23
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QUIMICA DEL CAUCHO S.A.
DESIGANCIÓN DE AUTORIDADES
Se hace saber que en la A samblea General Ordinaria N° 72 de fecha 15 de Octubre de 2020 se resolvió la designación de los integrantes del Directorio de QUIMICA DEL CAUCHO S.A. y que por Reunión de Directorio N° 456 de fecha 16 de Octubre de 2020 se han distribuido y aceptado los cargos, quedando integrado el Directotio de QUIMICA DEL CAUCHO S.A. De la siguiente manera:
PRESIDENTE: GUILLERMO RUBEN LAINO, DNI 13.509.810, CUIT N° 20-13509810-9, argentino, empresario, nacido en Rosario el 01 de Octubre de 1959, casado con Mónica Raquel Micheletti y domiciliado en la calle De los Cipreses 350 ubicada en el Country del Carlos Pellegrini de Rosario.-
VICEPRESIDENTE: NESTOR HUGO LAINO, DNI 11.271.279, CUIT N° 20-11271279-9, argentino, empresario, nacido en Rosario el 03 de mayo de 1954, casado con Susana Reato y domiciliado en Ruta 34S 4444, Funes.-
DIRECTORES TITULARES: MONICA RAQUEL MICHELETTI DE LAINO, DNI 14.287.230, CUIT 27-14287230-2, argentina, odontóloga, nacida el 10 de Octubre de 1960, casada y domiciliada en la calle De los Cipreses 350 ubicada en el Country del Carlos Pellegrini de Rosario.- SUSANA ELENA REATO DE LAINO, DNI 11.505.410, CUIT 23-11505410-4, argentina, comerciante, nacida el 1 de Noviembre de 1954, casada y domiciliada en Ruta 34S 4444, Funes.-
DIRECTORES SUPLENTES: FELIPE LAINO, DNI 34.100.137, CUIT 20-34100137-5, argentino, nacido el 20 de septiembre de 1988, empresario, soltero y domiciliado en la calle De los Cipreses 350 ubicada en el Country del Carlos Pellegrini de Rosario.-
LISANDRO LAINO, DNI 29.402.724, CUIT 20-29402724-7, argentino, nacido el 24 de marzo de 1982, casado, empresario y domiciliado en Av. Real 9191 -Lote 192- de Rosario.
Por último, se hace saber que todos los directores designados han constituido domicilio a los fines del art. 256 de la Ley General de Sociedades N° 19.550 en Ruta Provincial 21, Km 7, Parque Industrial Alvear, Alvear (CP 2126), provincia de Santa Fe, Argentina
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ROAGRO S.A.
DESIGNACIÓN DE DIRECTORIO
Por disposición del Sr. Juez a cargo del Registro Público de Comercio, se hace saber por el término de un dia la composición del directorio y de la sindicatura de ROAGRO S.A. designada por asamblea de fecha 20 de enero de 2021 para tres ejercicios
Presidente: Joaquin Amuchastegui, de nacionalidad argentino, comerciante, nacido el 21 de febrero de 1969, D.N.I. 20.298.430, C.U.I.T. 20-20298430-5, casado, con domicilio en la calle Enesto Palacios N° 9266 de la ciudad de Rosario.
Vicepresidente: Patricio Jorge Richards, de nacionalidad argentino, abogado, nacido el 28 de marzo de 1981, D.N.I. 28.803.617, C.U.I.T. 23-28803617-9, casado, con domicilio en la calle Av. L.N. Alem N° 619 Piso 3 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Director Titular: Pedro Amuchastegui, de nacionalidad argentino, Lic. en Ciencias Empresariales, nacido el 2 de octubre de 1972, D.N.I. 22.896.387, C.U.I.T. 23-2289638 7-9, casado, con domicilio en calle Bv. Oroño 542 Piso 10 de la ciudad de Rosario
Director Titular: Andrés Leonardo Vittone, de nacionalidad argentino, abogado, nacido el 14 de septiembre de 1972, D.N.I. 22.860.852, C.U.I.T. 20-22860852-2, casado, con domicilio en la calle Av. L.N. Alem N° 619 Piso 3 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Director Suplente: Alfonso Amuchástegui, de nacionalidad argentino, Lic. en Ciencias Empresariales, nacido el 31 de julio de 1974, D.N.I. 23.792.236, C.U.I.T. 20-23792236-1, casado, con domicilio en la calle Montevideo N° 2448 Piso 12 "A" de la ciudad de Rosario.
Síndico Titular: Fernando Andrés Candia, de nacionalidad argentino, abogado, D.N.I. 32.103.407, C.U.I.T. 20-32103407-2, nacido el 30 de marzo de 1986, soltero, con domicilio en la calle Güemes N° 2012 de la ciudad de Rosario.
Síndica Suplente: Julia Zanchi, de nacionalidad argentina, abogada, D.N.I. 35.463.580, C.U.I.T. 27-35463580-7, nacida el 25 de junio de 1991, soltera, con domicilio en la calle Rodriguez N° 527 Piso 3 "A" de la ciudad de Rosario.
Se fija además el domicilio de los señores Síndico Titular y Suplente en la calle Urquiza N° 893 Piso 7 de la ciudad de Rosario.
$ 55 440192 Mar. 23
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RN COMPOSITES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
MODIFICACIÓN DE CONTRATO
En la ciudad de San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, a los 31 días del mes de Julio de 2020 los Sres. RAMIRO EXEQUIEL NANNI, de apellido materno TOLEDO, de 44 años de edad, argentino, comerciante, DNI N° 25.378.914, nacido el 11/07/76, de estado civil divorciado en primeras nupcias de Laura Perez, con domicilio en calle Hipólito Irigoyen N° 1021 de la ciudad de San Lorenzo, provincia de Santa Fe y MARIA BERNARDETTE NANNI, de apellido materno TOLEDO, de 40 años de edad, argentina, ama de casa, DNI N° 27.781.769, nacida el 24/01/80, casada en primeras nupcias con Maximiliano Néstor Almirón, con domicilio en calle Hipólito Irigoyen N° 1021 de la ciudad de San Lorenzo, provincia de Santa Fe, hábiles para este acto, resuelven en su carácter se socios de RN COMPOSITES MODIFICAR la cláusula SEGUNDA del contrato social inscripto en CONTRATOS al Tomo 157 Folio 898 N° 63, de fecha 17 de Enero de 2006; en tal sentido la misma queda redactada de la siguiente forma: SEGUNDA: Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio en calle Islas Malvinas N° 757, de la localidad de Ricardone, CP 2201, Provincia de Santa Fe, pudiendo establecer sucursales, representaciones, agencias, locales de ventas y deposito, en cualquier lugar del país o del exterior.-
Asimismo, resuelven MODIFICAR la cláusula CUARTA; en tal sentido la misma queda redactada e la siguiente forma: CUARTA: Objeto: La sociedad tendrá por objeto: Dedicarse por cuenta propia o ajena, o asociados a terceros, dentro o fuera del país, a las siguientes actividades: A) INDUSTRIALES: A la fabricación de paletas de paddle, ping pong, raquetas de tenis y todo otro tipo de artículos deportivos e indumentaria creados o a crearse. Fabricación, instalación y puesta a punto de Canchas de Padel, futbol, Tenis, y Hockey. B) COMERCIALES: Mediante la Compra, venta, permuta, operación, locación, comodato, comisión, consignación, representación, servicios técnicos, distribución, exportación, importación, promoción, gestión, cogestión, asociación, operación de asociación, que se relacione directamente con el objeto social, pudiendo adquirir y/o vender licencias y royalties. Provisión de materiales y mano de obra necesarios para la adecuación y reforma de las canchas nuevas y existentes C) FINANCIERAS: Mediante el aporte de capitales propios, con o sin garantías a sociedades y/o particulares, para la realización de negocios y operaciones conexas. No podrán efectuarse operaciones comprendidas en la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso público de capitales. D) IMPORTACION Y EXPORTACION: Mediante la importación y/o exportación de maquinas, equipos, y de productos, repuestos de cualquier tipo, que tengan relación con el objeto social. A tal fin la Sociedad tiene plena capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer todos los actos y contratos que se relacionen con el objeto, que no sean prohibidos por las leyes o por este Contrato Social.-
Asimismo resuelven modificar la cláusula QUINTA; en tal sentido la misma queda redactada de la siguiente forma: QUINTA: El capital social se fija en la suma de $ 250.000.- (pesos doscientos cincuenta mil), dividido en 25.000 (veinticinco mil) cuotas de $ 10.00 (pesos diez) cada una.-
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LA FLIA S.R.L.
CONTRATO
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, a cargo del Registro Público, se ha dispuesto ordenar la publicación por el término de ley del siguiente edicto:
1) SOCIOS: CROSETTI MARCELO ALBERTO, argentino, D.N.I. N° 14.535.961, C.U.I.T. N° 23-14535961-9, casado, nacido el 1 de abril de 1963, con domicilio en calle Italia N° 945 9 A de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, agropecuario y GAVOTTI EGLE MARTA MARIA, argentina, D.N.I. N° 6.480.5 19, C.U.I.T. N° 27-06480519-9, viuda, nacida el 16 de mayo de 1941, con domicilio en calle Dr. Carlos Dose N° 170 de la localidad de Cañada Rosquín, provincia de Santa Fe, agropecuaria.
2) Fecha del Instrumento Constitutivo: 25 de enero de 2021.
3) Denominación Social: LA FLIA S.R.L.
4) Domicilio Social: Doctor Carlos Dose N° 170 de la localidad de Cañada Rosquín, provincia de Santa Fe.
5) Objeto social: dedicarse por cuenta propia o de terceros y/o asociadas a terceros, en el país o en el exterior, a la realización de las siguientes actividades: A. AGROPECUARIAS: Emprender actividades agrícolas y ganaderas, comprendiendo toda clase de actividad agropecuaria, explotando campos, cría y engorde de ganado, agricultura. Almacenamiento y acopio de cereales propios y de terceros. Comercializar cereales y demás productos agrícolas y ganaderos por mandato y/o consignación. Adquirir por cuenta propia y/o de terceros productos, maquinas, repuestos y otros insumos necesarios para la explotación agrícola ganadera. Establecer fabricas para el manipuleo o producción de abonos, maquinas, semillas y todo insumo necesario a la actividad agrícola ganadera, como así también para la transformación, conservación de los productos de esta ysus derivados. B. SERVICIOS AGROPECUARIOS: La prestación de servicios agropecuarios productivos para las explotaciones agropecuarias cosecha de todo tipo de semillas y/o oleaginosas, roturación de tierras, aradas, sembrado, aplicación de herbicidas, con máquinas propias, alquiladas yio suministradas para la ejecución de la actividad. C. TRANSPORTE TERRESTRE: Transporte de carga, mercaderías generales, fletes, acarreos, mudanzas, caudales, correspondencia, encomiendas, muebles y semovientes, materias primas y elaboradas, alimenticias, equipajes, cargas en general de cualquier tipo, cumpliendo con las respectivas reglamentaciones, nacionales, provinciales, interprovinciales o internacionales, su distribución, almacenamiento, depósito y embalaje, contratar auxilios, reparaciones y remolques. Realizar operaciones de contenedores y despachos de aduanas por intermedio de funcionarios autorizados. D. COMERCIO: compra venta al por mayor y/o menor de artículos de ferretería, juguetería y artículos de hobby.
6) Plazo de duración: 99 (noventa y nueve) años contados a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público.
7) Capital Social: El capital social es de PESOS: QUINIENTOS MIL ($ 500.000) representados por (500.000) QUINIENTAS MIL CUOTAS de valor nominal de pesos: UNO ($1), cada una de ellas.
8) Administración: La administración de la sociedad, representación legal y uso de la firma social estará a cargo, en forma indistinta de uno o más gerentes, socios o no, quienes detentarán el cargo de gerentes y ejercerán en tal carácter, y con uso de la firma individual e indistinta la representación legal de la sociedad. Quedan designados Gerentes Marcelo Alberto Crosetti y Egle Marta María Gavotti.
9) Fiscalización: es facultativa para cualquiera de los socios, quienes podrán ejercerla por sí o mediante poder entregado a otra persona.
10) Representación legal: Quedan autorizados conforme artículo 157 de la ley 19.550 los gerentes designados en este contrato y los que se designaren en el futuro a realizar en su actividad privada independiente de la sociedad actos que importen competir con la misma.
11) Fecha del cierre del ejercicio: 30 de septiembre de cada año.
Santa Fe, 04 de marzo de 2020.
$ 45 440361 Mar. 23
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DEL CORSA S.A.
ESTATUTO
A efectos de su inscripción en el Registro Público de Comercio de Rosario, se publica por el término legal:
Socios: Juan Carlos GILI, argentino, nacido el 09 de mayo de 1980, D.N.I.: 27.978.705, casado en primeras nupcias con María Ana Digrazia, domiciliado en avenida San Martín 2958 de la ciudad de Villa Constitución, provincia de Santa Fe, de profesión comerciante, CUIT: 20-27978705-7.-
Pablo Jesús SANTONI, argentino, nacido el 08 de noviembre de 1979, D.N.I.: 27.415.928, soltero, domiciliado en calle Formosa 1498, de la ciudad de Villa Constitución, provincia de Santa Fe, de profesión comerciante, CUIT: 20-27415928-7.-
Fecha instrumento constitución: 26 de Noviembre de 2.020. -
Denominación: DEL CORSA S.A.
Domicilio Legal: Avda. San Martín 2958 de la ciudad de Villa Constitución, Departamento Constitución, provincia de Santa Fe.-
Objeto Social: Tiene por objeto las siguientes actividades: Actividades gastronómicas, en alguna de sus ramas: a) Heladería, fabricación, elaboración, comercialización, en todas sus formas, de helados ; b) En general, cualquier actividad afín, relacionada con el rubro gastronómico, tales como restaurante, cantina, bar, cafetería, pastelería, confitería, resto bar, wine bar, parrilla, pizzería, ventas de bebidas; c) Fabricación, elaboración, comercialización, en todas sus formas, de panificados, y/o productos alimenticios para consumo humano, envasados o no; d) en todos los casos citados en los ítems a), b), y c), se prevé la comercialización tanto en locales habilitados al efecto, como el servicio de entrega a domicilio denominado “delivery”, y/o el servicio para llevar denominado “take away”; e) Explotación de concesiones gastronómicas, compra y venta de fondos de comercio, y de inmuebles relacionados; f) Compra, y/o venta de bienes muebles, máquinas y equipamiento, semovientes, todos correspondientes al rubro gastronómico, ya descrito; g) Representaciones, franchising, y, cualquier otra forma de contrataciones, también relacionadas con la actividad gastronómica; h) Intervención y participación en contrataciones directas, concursos de precios, licitaciones públicas y privadas, municipales, provinciales y nacionales, todas relacionadas con la gastronomía; i) Organización, y, prestación de servicios gastronómicos para toda clase de eventos y acontecimientos, sea en lugares públicos o privados, incluida la contratación tanto de artistas nacionales como internacionales, la publicidad, y/o la musicalización de los mismos, siempre en relación con la actividad gastronómica, descrita
Duración: Noventa (90) años, contados a partir de su inscripción en el Registro Publico de Comercio.
Capital: CIEN MIL ($ 100.000,00), representado por MIL (1.000) acciones ordinarias de pesos: CIEN ($ 100,00) valor nominal cada una.-
Administración y Fiscalización: Son designados por un período de tres (3) años: Presidente: Juan Carlos GILI; y, Director Suplente: al señor Pablo Jesús SANTONI. En cumplimiento del Art. 256 de la Ley 19.550, ambos fijan como domicilio el determinado en sus datos de identidad personales. Se prescinde de la Sindicatura.-
Organización de la Representación Legal: A cargo del Presidente del Directorio.-
Fecha cierre del ejercicio: 31 de Diciembre de cada año.-
Fiscalización: A cargo de los accionistas.-
Rosario, 12 de Marzo de 2.021
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EA FUSION S.A.
ESTATUTO
A efectos de su inscripción en el Registro Público de Comercio de Rosario, se publica por el término legal:
Socios: Analía Fabiana GALVALIZ, argentina, nacida el 06 de mayo de 1967, D.N.I.: 18.341.270, divorciada, domiciliada en calle Santiago del Estero 570 de la ciudad de Villa Constitución, provincia de Santa Fe, de profesión comerciante, CUIT: 27-18341270-7.-
Estebán Andrés SAN PEDRO, argentino, nacido el 28 de abril de 1980, D.N.I.: 28.144.716, soltero, domiciliado en calle Madrid 1602, B° Jardín, de la ciudad de Villa Constitución, provincia de Santa Fe, de profesión comerciante, CUIT: 20-28144716-6.-
Fecha instrumento constitución: 26 de Noviembre de 2.020. -
Denominación: EA FUSION S.A.
Domicilio Legal: Santiago del Estero 570 de la ciudad de Villa Constitución, Departamento Constitución, provincia de Santa Fe
Objeto Social: Tiene por objeto las siguientes actividades: Actividades gastronómicas, en alguna de sus ramas: a) Heladería, fabricación, elaboración, comercialización, en todas sus formas, de helados ; b) En general, cualquier actividad afín, relacionada con el rubro gastronómico, tales como restaurante, cantina, bar, cafetería, pastelería, confitería, resto bar, wine bar, parrilla, pizzería, ventas de bebidas; c) Fabricación, elaboración, comercialización, en todas sus formas, de panificados, y/o productos alimenticios para consumo humano, envasados o no; d) en todos los casos citados en los ítems a), b), y c), se prevé la comercialización tanto en locales habilitados al efecto, como el servicio de entrega a domicilio denominado “delivery”, y/o el servicio para llevar denominado “take away”; e) Explotación de concesiones gastronómicas, compra y venta de fondos de comercio, y de inmuebles relacionados; f) Compra, y/o venta de bienes muebles, máquinas y equipamiento, semovientes, todos correspondientes al rubro gastronómico, ya descrito; g) Representaciones, franchising, y, cualquier otra forma de contrataciones, también relacionadas con la actividad gastronómica; h) Intervención y participación en contrataciones directas, concursos de precios, licitaciones públicas y privadas, municipales, provinciales y nacionales, todas relacionadas con la gastronomía; i) Organización, y, prestación de servicios gastronómicos para toda clase de eventos y acontecimientos, sea en lugares públicos o privados, incluida la contratación tanto de artistas nacionales como internacionales, la publicidad, y/o la musicalización de los mismos, siempre en relación con la actividad gastronómica, descrita
Duración: Noventa (90) años, contados a partir de su inscripción en el Registro Publico de Comercio.
Capital: CIEN MIL ($ 100.000,00), representado por MIL (1.000) acciones ordinarias de pesos: CIEN ($ 100,00) valor nominal cada una.-
Administración y Fiscalización: Son designados por un período de tres (3) años: Presidente: Analía Fabiana GALVALIZ; y, Director Suplente: al señor Estebán Andrés SAN PEDRO. En cumplimiento del Art. 256 de la Ley 19.550, ambos fijan como domicilio el determinado en sus datos de identidad personales. Se prescinde de la Sindicatura.-
Organización de la Representación Legal: A cargo del Presidente del Directorio.-
Fecha cierre del ejercicio: 31 de Diciembre de cada año.-
Fiscalización: A cargo de los accionistas.-
Rosario, 12 de Marzo de 2.021
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LAS TAPERITAS S.A.
REFORMA AL ESTATUTO SOCIAL
Por disposición del Señor Juez a cargo del Registro Público de Comercio de Rafaela, y de acuerdo con lo resuelto por la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas del 19 de noviembre de 2020 (Acta Nº 53) y a lo requerido por el Art. 10° LGS, se modifican y aprueban los siguientes artículos del Estatuto Social: ARTÍCULO PRIMERO (Denominación): Con la denominación de “LAS TAPERITAS” S.A. continuará funcionando por cambio de denominación de EL CARAYÁ S.A., una sociedad anónima cuyo domicilio legal está ubicado en la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe pudiendo, por resolución del Directorio, establecer sucursales y agencias en cualquier lugar del país o del exterior, con o sin capital determinado. ARTÍCULO TERCERO (Objeto): La Sociedad tendrá por objeto la realización de las siguientes actividades por cuenta propia o de terceros y/o asociada a terceros: a) Agropecuarias: mediante la explotación de establecimientos agrícolas, ganaderos y forestales en general, b) Industriales: con la producción, elaboración y transformación de productos lácteos, agrícolas, ganaderos y frutos del país y c) Financieras: mediante el otorgamiento y obtención de préstamos y garantías reales, fiduciarias y/o personales, incluyendo fianzas y avales, y/o cualquier otro tipo de garantías, ya sean gratuitas u onerosas, y respecto de obligaciones propias y/o de terceros, con exclusión de las previstas en la Ley de Entidades Financieras N°21.526 (o la que la reemplace en el futuro) u otras por las que se requiera el concurso del ahorro público. A tal fin, la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que se relacionen con el cumplimiento del objeto social que no sean prohibidos por las leyes o este Estatuto. ARTÍCULO NOVENO (Emisión Obligaciones Negociables): La Sociedad, por resolución de una Asamblea Extraordinaria de Accionistas, podrá emitir obligaciones negociables con o sin oferta pública, sujeta a jurisdicción y ley aplicable local o del exterior, con o sin garantía, en moneda local o extranjera, ajustándose en todos los casos a las disposiciones establecidas para las mismas. ARTÍCULO DÉCIMO (Administración): La administración de la Sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto del número de miembros que fije la Asamblea, entre un mínimo de 3 (tres) y un máximo de 12 (doce), quienes durarán en sus funciones 3 (tres) ejercicios. La Asamblea puede designar suplentes en igual o menor número que los titulares, por el mismo plazo, con el fin de llenar las vacantes que se produjeren, en el orden de su elección. Los Directores en su primera sesión, deben designar un Presidente y un Vicepresidente, éste último reemplaza al primero en caso de ausencia o impedimento. El Directorio funciona con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría de votos. En caso de empate el Presidente tendrá doble voto. La Asamblea fijará la remuneración del Directorio. ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO (Garantía de los Directores): Los Directores deben otorgar, en garantía de su gestión, la suma de VEINTE MIL PESOS ($ 20.000) cada uno, en dinero en efectivo, títulos públicos o acciones de otra sociedad, los que deberán quedar depositados en la caja de la sociedad mientras dure su mandato. ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO (Facultades del Directorio): El Directorio tiene todas las facultades para administrar y disponer de los bienes, incluso aquellas para las cuales la ley requiere poderes especiales, conforme al artículo 375 del Código Civil y Comercial de la Nación y artículo 9°) del decreto 5965/63. Puede, en consecuencia, celebrar en nombre de la Sociedad, toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social, entre ellos: operar con instituciones financieras de cualquier tipo, oficiales o privadas; establecer agencias, sucursales u otra especie de representación, dentro o fuera del país, otorgar a una o más personas poderes judiciales -inclusive para querellar criminalmente- o extrajudiciales con el objeto y extensión que juzgue conveniente. La representación legal de la Sociedad corresponde al Presidente del Directorio o al Vicepresidente, en forma individual; cuyas firmas obligan a la Sociedad, sin perjuicios de los poderes generales o especiales que el Directorio resuelva otorgar incluso para representar en juicio a la Sociedad. El Directorio podrá designar entre sus miembros un Comité Directivo que tendrá a su cargo únicamente la gestión de los negocios bajo su vigilancia. ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO (Fiscalización): La fiscalización de la Sociedad está a cargo de uno (1) o más Síndicos titulares, en número impar y otros tantos suplentes, los que serán designados por la Asamblea Ordinaria. En el caso que la Sindicatura fuese colegiada se denominará Comisión Fiscalizadora y ajustará su funcionamiento a los requisitos exigidos por las disposiciones legales en vigencia. Sus funciones durarán tres (3) ejercicios, pudiendo ser reelectos. ARTÍCULO DÉCIMO SÉPTIMO (Disolución y Liquidación): La liquidación de la Sociedad puede ser efectuada por el Directorio o por el liquidador designado por la asamblea, con la vigilancia del Síndico. Cancelado el pasivo y reembolsado el capital, el remanente se distribuirá entre los accionistas con las preferencias indicadas en el artículo anterior. Lo que se publica a los efectos legales. Rafaela, 10/03/2021
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