picture_as_pdf 2021-03-22

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 6ª Nominación, de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en autos: “ALZUGARAY CARLOS ALBERTO S/ SOLICITUD PROPIA QUIEBRA”, Expte. CUIJ N° 21-02021128-5, por Resolución de fecha 11.12.2020, se ha dispuesto declarar la Quiebra de Quiebra de Carlos Alberto Alzugaray, de apellido materno Galeano, argentino, mayor de edad, jubilado, DNI 11.740.761, con domicilio real en calle Estanislao Zeballos N° 5075 y constituyendo domicilio legal en calle 1° Junta N° 2507, Piso 3, Oficina 4, ambos de esta ciudad de Santa Fe.- Se ordeno: al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes del fallido;  al deudor para que cumpla los requisitos a los que se refiere el art. 86 si no lo hubiera efectuado hasta entonces y para que entregue al síndico dentro de las veinticuatro horas los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad; La prohibición de hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. Se ha fijado  el día 10.03.2021 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico sus peticiones de verificación de sus acreencias; el día 05.05.2021 para la presentación del Informe Individual; y el día 18.06.2021 para la presentación del Informe General. Se deja constancia que el Síndico  sorteado es la C.P.N.  Susana Vázquez, con domicilio en Necochea 5383, de la ciudad de Santa Fe (Santa. Fe), hora de atención: 8 a 16 horas (días hábiles).-

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorio (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 4º Nominación de Santa Fe) en autos caratulados: “MARTINEZ, DINA HERMINIA s/PROTOCOLIZACIÓN TESTAMENTO” CUIJ. Nro. 21-02019510-7, año 2020, Se ha ordenado lo siguiente: “SANTA FE, 24 de Junio de 2020. Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado, acuérdasele la participación legal correspondiente, en mérito al poder acompañado. Por promovida la presente gestión de Protocolización de Testamento Ológrafo de la causante DINA HERMINIA MARTINEZ. Cítase a los herederos ab intestados y/o a quienes se consideren con derecho a herencia, a la audiencia del día 16/07/2020 a las 10.00 hs. A tales efectos publíquense edictos en Boletín oficial por el término de ley. Certifíquese copia acompañada de testamento, cuyo original se encuentra rubricado y reservado en sobre cerrado en Secretaría... Notifiquese”. “ SANTA FE, 23 de Febrero de 2021. Téngase presente. Señálase nueva fecha de audiencia para el día 06/04/2021, a las 10.00 hs., cítase a los herederos ab intestados y/o a quienes se consideren con derecho a herencia, quienes deberá concurrir munidos de su D.N. I y con las medidas de protección sanitarias, ante ésta Oficina de Procesos Sucesorios, sito en calle San Gerónimo 1551 P. B. de ésta ciudad de Santa Fe. A tales fines y atento a las disposiciones emanadas por la Excma. Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, como así también por el protocolo del Covid-19, hágase saber que deberán ABSTENERSE DE CONCURRIR a esta audiencia en el caso de presentar algunos de los síntomas del COVID - 19 ( tos seca, dolor de gargante, dificultad respiratoria, falta de olfato o gusto u otro enfermedad que afecte el cuadro clínico), en los últimos 14 días, o haber estado en contacto con personas que padezcan COVID-19 o hayan viajado, o con personas que hayan estado en zona con transmisión comunitaria. Ínstase al profesional representante, a fin de que remita por la vía que corresponda el presente decreto... Notifíquese.-” Fdo. Dra. Sanchez - Secretaria. Dr. Bermudez - Juez. Santa Fe, 19 de marzo de 2021.-

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados JOBSON, MARÍA BELEN s/Solicitud Propia Quiebra; (Expte. N° CUIJ 21-0202116-1), se ha declarado la quiebra en fecha 11/03/2.021 de María Belén Jobson, DNI N° 32.327.179, argentina, mayor de edad, empleado, de apellido materno "Ramirez", domiciliado realmente en calle 1º de Mayo N° 1.021 de la ciudad de Santo Tome, y legalmente en Monseñor Zaspe N° 2.476, Piso 2 Of. 22 de la ciudad de Santa Fe. Se dispuso el día 31/03/2.021 como fecha en la que se realizará el sorteo del Síndico que intervendrá en la quiebra. Se estableció que los acreedores pueden requerir la verificación de sus créditos al Síndico hasta el día 04/05/2.021. Se ordenó a la fallida y, en su caso, a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél que estuvieren en su poder. Prohibir hacer pagos a la fallida, bajo apercibimientos de resultar éstos ineficaces. Disponer la liquidación de los bienes de la fallida en la forma que se determinará, una vez que el Síndico realice el inventario de los bienes de la fallida. Disponer que la fallida no pueda ausentarse del país sin autorización judicial en los casos y términos del art. 103 de la ley N° 24.522, oficiándose a sus efectos. Ordenar la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de cinco días (art 89 L.C.Q.). Fdo. Dr. Lucio A Palacios (Juez) - Dra. María Nazaret Canale (Prosecretaria).

S/C 440833 Mar. 22 Mar.29

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Por disposición del Sr. Juez de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de Santa Fe, en los autos caratulados MOLINA ELIANA EUGENIA s/Solicitud propia quiebra; (Expte. CUIJ N° 21-02023751-9 Año 2.021) de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación, se ha ordenado: Santa Fe, 11 de Marzo de 2.021. 1) Declarar la Quiebra de Eliana Eugenia Molina, apellido materno Morinigo, argentina, mayor de edad, empleada, DNI 37.802.171, con domicilio real en calle Lamadrid N° 3.949, B° Barranquitas Sur y constituyendo domicilio legal en calle Ituzaingó N° 1.108, de esta ciudad de Santa Fe. 5) Prohibir hacer pagos a la fallida, bajo apercibimientos de ser ineficaces. 8) Designar al síndico a sortearse para que realice el inventario de los bienes de la fallida en el término de 30 días. 10) Fijar el día 10 de Mayo de 2.021 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. Fdo. Dr. Lizasoain (Juez) - Dra. Gómez (Prosecretaria). Santa Fe, 11 de Marzo de 2.021. Dra. Lorena B. Gómez, Prosecretaria.

S/C 440845 Mar. 22 Mar. 29

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Por disposición del Sr. Juez de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de Santa Fe, en los autos caratulados MOLINA ELIANA EUGENIA s/Solicitud propia quiebra; (Expte. CUIJ N° 21-02023751-9 Año 2.021) de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación, se ha ordenado: Santa Fe, 11 de Marzo de 2.021. 1) Declarar la Quiebra de Eliana Eugenia Molina, apellido materno Morinigo, argentina, mayor de edad, empleada, DNI 37.802.171, con domicilio real en calle Lamadrid N° 3.949, B° Barranquitas Sur y constituyendo domicilio legal en calle Ituzaingó N° 1.108, de esta ciudad de Santa Fe. 5) Prohibir hacer pagos a la fallida, bajo apercibimientos de ser ineficaces. 8) Designar al síndico a sortearse para que realice el inventario de los bienes de la fallida en el término de 30 días. 10) Fijar el día 10 de Mayo de 2.021 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. Fdo. Dr. Lizasoain (Juez) - Dra. Gómez (Prosecretaria). Dra. Santa Fe, 11 de Marzo de 2.021. Dra. Lorena B. Gómez, Prosecretaria.

S/C 440849 Mar. 22 Mar. 29

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El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo de la Dra. María Romina Kilgelmann, Secretaría a cargo de la Ena. María Ester Noé de Ferro, sito en calle San Jerónimo 1.551, hace saber que en los autos: RODRIGUEZ, SILVIO MARCOS s/Quiebra; (Expte. N° 21-02023588-5), en fecha 15/03/2.021 se ha procedido a la declaración de quiebra de Silvio Marcos Rodriguez, DNI Nº 30.786.663, argentino, mayor de edad, empleado, domiciliado realmente en calle Azopardo N° 9.089 y con domicilio ad litem constituido en calle Gobernador Crespo Nº 3.350, Piso Cuarto, Departamento B, ambos de la ciudad de Santa Fe. Asimismo se ha dispuesto la incautación de la totalidad de los bienes y papeles en poder del deudor y terceros; prohibir a los terceros hacer pagos al fallido bajo apercibimiento de resultar ineficaces; intimar al fallido para que haga entrega de toda la documental que obrare en su poder y establecer que los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes hasta el 17 de Mayo de 2.021. Secretaría, 15 de Marzo de 2.021. Dra. Delfina Machado, Prosecretaria.

S/C 440820 Mar. 22 Mar. 29

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Por disposición del Sr. Juez de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de Santa Fe, en los autos caratulados LOPEZ MAIRA DAIANA s/Solicitud propia quiebra; (Expte. CUIJ N° 21-02023549-4 Año 2.021) de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación, se ha ordenado: Santa Fe, 04/03/21: 1) Declarar la Quiebra de Maira Daiana López, apellido materno Lucero argentina, mayor de edad, empleada, DNI 37.451.200, con domicilio real en calle Pasaje Primero N° 4.626, entre Azopardo y Europa B° Punta Norte y constituyendo domicilio legal en calle Monseñor Zaspe N° 2.670, ambos de esta ciudad de Santa Fe. 5) Prohibir hacer pagos a la fallida, bajo apercibimientos de ser ineficaces. 8) Designar al síndico a sortearse para que realice el inventario de los bienes de la fallida en el término de 30 días. 10) Fijar el día 4 de Mayo de 2.021 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. Fdo. Dr. Lizasoain (Juez) - Dra. Gomez (Prosecretaria). Santa Fe, 9 de Marzo de 2.021. Dr. Nestor A. Tosolini, Secretario.

S/C 440852 Mar. 22 Mar. 29

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados TUNINETTI, FABIAN ALEJANDRO s/Solicitud propia quiebra; (21-02023467-6), se ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 09/03/2.021. Autos y Vistos ... Resulta ... Cosiderando ... Resuelvo: 1- Declarar la quiebra de Fabian Alejandro Tuninetti, apellido materno Ance, argentino, DNI N° 35.290.506, conviviente, mayor de edad, empleado en el Servicio Penitenciario de la Provincia de Santa Fe, domiciliado realmente en calle Bartolomé Mitre N° 3.273 de la localidad de Laguna Paiva, Provincia de Santa Fe y constituyendo domicilio legal en calle Monseñor Zaspe N° 2.670 de esta ciudad. 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose. 3- Decretar la inhibición general de bienes del fallido, oficiándose a sus efectos para la toma de razón a los Registros pertinentes. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido los entreguen al Síndico. 5- Intimar al fallido para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6- Prohibir al fallido la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8- Hacer saber al fallido que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9- Designar al Oficial de Justicia en turno para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles del fallido con los alcances previstos en el art. 177 de la ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de L.C.Q. 10- Ordénase el cese de las retenciones de los códigos de descuento, con excepción de los de ley y los de Seguridad Social, de causa anterior a la declaración de la quiebra. Procédase a oficiar a sus fines y trábese embargo, en proporción de ley, sobre los haberes de la falida, debiendo depositarse las sumas retenidas en una cuenta a abrirse a la orden del Juzgado y para estos autos en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Agencia Tribunales-. Oficiese a la empleadora. 11 - Designar el día 10/03/21 a las 10:00 hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese a la Excma Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe. 12- Fijar el día 12/04/21 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 ley 24.522). 13- Fijar el día 12/05/21 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (art. 35 ley 24.522). 14- Designar el día 14/06/21 como fecha para que el Síndico presente los informes individuales de los créditos (art. 35 de la ley concursal) y designar el día 08/07/21 como fecha para que el Síndico presente el informe general ( art. 39 de la ley concursal). 15- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra el fallido a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la ley 24.522. 16- Disponer la publicación de Edictos durante cinco días en el BOLETÍN OFICIAL de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el art. 89 de la L.C.Q. Hágase saber, insértese, expídase copia. Oficiese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. (Art. 23 ley 3.456) y al Concejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos. Otro Decreto: Santa Fe, 12 de Marzo de 2.021. Habiendo resultado sorteado el síndico Roberto Eduardo Mangini, con domicilio en calle Talcahuano N° 7.675 para intervenir en autos TUNINETTI, FABIÁN ALEJANDRO s/Solicitud propia quiebra; (CUIJ 21-02023467-6) desígnaselo en tal carácter. Comparezca a aceptar el cargo cualquier día y hora de audiencia con las formalidades y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese. Fdo. Bermudez (Juez) - Ramos (Pro-Secretaria). Dra. María de los Angeles Ramos, Prosecretaria.

S/C 440806 Mar. 22 Mar. 29

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados GODOY, BRIAN ALEXIS s/Solicitud Propia Quiebra; (CUIJ 21-02021824-7), se ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 09 de Marzo de 2.021. Autos y Vistos ... Resulta ... Considerando ... Resuelvo: 1- Declarar la quiebra de Brian Alexis Godoy, de apellido materno Madero, argentino, mayor de edad, casado, DNI N° 38.449.934, empleado en la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe, domiciliado realmente según dice en calle Lamadrid 4.425 de la ciudad de Santa Fe - Provincia de Santa Fe y constituyendo domicilio legal en calle Francia 2.123, 4° A, de esta ciudad de Santa Fe. 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose. 3- Decretar la inhibición general de bienes del fallido, oficiándose a sus efectos para la toma de razón al Registro General de la Propiedad, Registro Nacional de la Propiedad Automotor y Registro de Créditos Prendarios. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido los entreguen al Síndico. 5- Intimar al fallido para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6- Prohibir al fallido la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8- Hacer saber al fallido que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9- Ordénase el cese de las retenciones de los códigos de descuento, con excepción delos de ley y los de Seguridad Social, de causa anterior a la declaración de la quiebra. Procédasea oficiar a sus fines y trábese embargo, en proporción de ley, sobre los haberes de la fallida, debiendo depositarse las sumas retenidas en una cuenta a abrirse a al orden del Juzgado y para estos autos en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Agencia Tribunales-. Ofíciese a la empleadora. 10- Designar al Oficial de Justicia en turno para que efectúe el inventario e incautaciónde los bienes y papeles del fallido con los alcances previstos en el art. 177 de la ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de L.C.Q. 11- Designar el día 10/03/2.021 a las 10:00 hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales oficiales existentes en la Excma. Presidencia de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial. Ofíciese. Comuníquese al Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas. 12- Fijar el día 12/04/2.021 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes(art. 32 ley 24.522). 13- Fijar el día 12/05/2.021 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán impugnar las solicitudes formuladas. 14- Señalar el día 14/06/2.021 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (art. 35 ley 24.522) y designar el día 08/07/2.021 como fecha para que el Síndico presente el informe general (art. 39 de la ley concursal). 15- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra el fallido a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la ley 24.522. 16- Disponer la publicación de Edictos durante cinco días en el BOLETÍN OFICIAL de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el art. 89 de la L.C.Q. 17- Aceptado el cargo por parte de la Sindicatura designada, córrase vista, en su caso,a los fines dispuestos en los incisos 11 y 12 del artículo 14 de la L.C.Q.- Hágase saber, insértese, expídase copia. Ofíciese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. (Art. 23 ley 3.456) y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos. Dra. María de los Angeles Ramos (Prosecretaria) Dr. Claudio Alejandro Bermudez (Juez) Otro Decreto: Santa Fe, 12 de Marzo de 2.021. Habiendo resultado sorteado el síndico CPN Miguel Ángel Cassettai, con domicilio en calle Calchines 1.725, para intervenir en autos GODOY, BRIAN ALEXIS s/Solicitud Propia Quiebra; (CUIJ 21-02021824-7) desígnaselo en tal carácter. Comparezca a aceptar el cargo cualquier día y hora de audiencia con las formalidades y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese. Dra. María de los Angeles Ramos- Prosecretaria; Dr. Claudio Alejandro Bermúdez- Juez.

S/C 440811 Mar. 22 Mar. 29

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil Comercial de la Sexta Nominación, se ha dispuesto en los autos caratulados INSAURRALDE, KARINA MARIELA s/Quiebra; (CUIJ Nº: 21-01988186-2) de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo civil y comercial de la Sexta Nominación, secretaría a cargo de la autorizante, mediante decreto de fecha 3 de Agosto de 2020.- Consecuentemente, dispongo considerar como monto total de honorarios profesionales el importe de $ 140.152,57 equivalente a un sueldo de secretario de primera instancia. En cuanto a la proporción que dentro de dicha suma corresponde asignar al Síndico que intervino y al apoderado de la fallida, teniendo en cuenta la labor realizada, estimo equitativo y arreglado a derecho la siguiente distribución: 70% de dicho monto para la Sindicatura y el 30% restante para los apoderados de la fallida, en conjunto y proporción de ley. Atento las consideraciones precedentes, regulo los honorarios del Síndico Eduardo P. Diedic en la suma de $ 98.106,80 (pesos noventa y ocho mil ciento seis con ochenta centavos) y los honorarios de la Dra. María Carolina Bertona, en la suma de $ 42.045,77 (pesos cuarenta y dos mil cuarenta y cinco con setenta y siete centavos), en conjunto y proporción de ley. Vista a la Caja Forense y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas. Se hace saber al profesional que a fin de que Caja Forense tome intervención y efectivice la vista oportunamente ordenada, ud. deberá enviar un correo electrónico a la casilla fiscalización@cajaforensesantafe.org.ar … Al punto 4: Publíquense Edictos… Fdo. Dra. Verónica Gisela Toloza- Secretario; Dr. Gabriel Abad- Juez. 11 de Diciembre de 2.020. Natalia Gerard, prosecretaria.

S/C 440861 Mar. 22 Mar. 23

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados GAUNA, MARIA FLORENCIA s/Solicitud propia quiebra; (CUIJ Nº: 21-02023644-9) se ha declarado en fecha 10/03/2021 la quiebra de María Florencia Gauna, DNI Nº 34.950.818, mayor de edad, empleada, apellido materno Charras, domiciliada realmente en calle Ocampo 1.275 de la localidad de San José del Rincón, provincia de Santa Fe, y con domicilio ad litem constituido en calle 25 de Mayo 2.126, Piso 2, Dpto. B de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe. Se dispuso el día 14/04/2021 como fecha en la que se realizará el sorteo del Síndico que intervendrá en la quiebra. Se estableció que los acreedores pueden requerir la verificación de sus créditos al Síndico hasta el día 19/05/2021. Se ordenó a la fallida y, en su caso, a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquella que estuvieren en su poder. Prohibir hacer pagos a la fallida, bajo apercibimientos de resultar éstos ineficaces. Disponer la liquidación de los bienes de la fallida en la forma que se determinará, una vez que el Síndico realice el inventario de los bienes de la fallida. Disponer que la fallida no pueda ausentarse del país sin autorización judicial en los casos y términos del art. 103 de la ley 24.522, oficiándose a sus efectos. Ordenar la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de cinco días (art. 89 L.C.Q.). Fdo. Dr. Palacio (Juez), Dra. Canale (Prosecretaria).

S/C 440862 Mar. 22 Mar. 29

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El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo de la Dra. María Romina Kilgelmann, Secretaría a cargo de la Ena. María Ester Noé de Ferro, sito en calle San Jerónimo 1.551, hace saber que en los autos: BRUNO, ATILIO RAMÓN ARNOLDO s/Quiebra; (Expte. N° 21-02023698-9), en fecha 15/03/2021 se ha procedido a la declaración de quiebra de Atilio Ramón Arnoldo Bruno, DNI Nº 27.237.499, argentino, mayor de edad, empleado, domiciliado realmente en calle Pasaje Almafuerte Nº 7.661 -Barrio Transporte- y con domicilio ad litem constituido en calle 25 de Mayo Nº 2.589, Piso II, Oficina III, ambos de la ciudad de Santa Fe. Asimismo se ha dispuesto la incautación de la totalidad de los bienes y papeles en poder del deudor y terceros; prohibir a los terceros hacer pagos al fallido bajo apercibimiento de resultar ineficaces; intimar al fallido para que haga entrega de toda la documental que obrare en su poder y establecer que los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes hasta el 13 de Mayo de 2.021. Secretaría, 15 de Marzo de 2.021. Delfina Machado, prosecretaria.

S/C 440815 Mar. 22 Mar. 29

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: MINOTTI FANY c/CRABBE EMILIO JUAN y/u otros s/Usucapión; (CUIJ Nº 21-00865506-2), el Sr. Juez ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 14 de Julio de 2.020. Haciendo efectivos los apercibimientos decretados, declárase rebelde al demandado. Notifíquese. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y Hall de Tribunales. Santa Fe, de Marzo de 2.021. Fdo.: Dr. Claudio Bermúdez (Juez); Dra. María Alfonsina Pacor Alonso (Secretaria).

$ 33 440769 Mar. 22 Mar. 25

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 8va. Nominación de Santa Fe) en autos caratulados GOGGI MARGARITA s/Declaratoria de herederos; CUIJ Nº 21-02021604- 9 se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Goggi Margarita, DNI N°: 13.333.617, fallecida en la ciudad de Santa Fe el día 10 de Abril de 2.020, con ultimo domicilio en calle Regimiento 12 de Infantería Nº 2.290, Santa Fe para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo. Dra. Claudia B. Sánchez. (Secretaria Oficina de Procésos Sucesorios), Dr. Iván G. Di Chiazza (Juez). 08 de Marzo de 2.021.

$ 45 440828 Mar. 22

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Por disposición del Sr. Juez de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de Santa Fe, en los autos caratulados BISGARRA BETIANA SOLEDAD s/Solicitud propia quiebra; Expte. CUIJ N° 21-02022999-0) de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación, se ha ordenado: Santa Fe, 26 de Febrero de 2.021. 1) Declarar la Quiebra de Betiana Soledad Bisgarra, argentina, mayor de edad, empleada, DNI Nº 28.332.903, con domicilio real en calle Neuquén 6.897 y constituyendo domicilio legal en calle Alvear 6.963, ambos de esta ciudad de Santa Fe. 5) Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de ser ineficaces. 8) Designar al síndico a sortearse para que realice el inventario de los bienes del fallido en el término de 30 días. 10) Fijar el día 16 de Abril de 2.020 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. Fdo. Dr. Lizasoain (Juez), Dra. Gómez (Prosecretaria). Santa Fe, 26 de Febrero de 2.021.

S/C 440894 Mar. 22 Mar. 29

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Por disposición del Sr. Juez de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de Santa Fe, en los autos caratulados OCAMPO ADRIÁN ESTEBAN s/Solicitud propia quiebra; (Expte. CUIJ N° 21-02019092-9 Año: 2.020) de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación, se ha ordenado: Santa Fe, 24 de Febrero de 2.021. 1) Declarar la Quiebra de Adrián Esteban Ocampo, argentino, soltero, mayor de edad, empleado, DNI Nº 28.568.970, con domicilio real en calle Córdoba N° 1.564 de la Ciudad de Recreo Sur Barrio Hipotecario y constituyendo domicilio legal en calle Monseñor Zaspe N° 2.476, Piso 2°, Oficina 20, de esta ciudad de Santa Fe. 5) Prohibir hacer pagos a la fallida, bajo apercibimientos de ser ineficaces. 8) Designar al síndico a sortearse para que realice el inventario de los bienes de la fallida en el término de 30 días. 10) Fijar el día 26 de Abril de 2.021 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. Fdo. Dr. Lizasoain (Juez) - Dra. Gómez (Prosecretaria). Santa Fe, 24 de Febrero de 2.021.

S/C 440897 Mar. 22 Mar. 29

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Por disposición del Sr. Juez de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de Santa Fe, en los autos caratulados ONZARI VILLADA ANDREA BEATRIZ s/Pedido de quiebra; (Expte, CUIJ N° 21-02022206-6 Año: 2.020) de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación, se ha ordenado: Santa Fe, 12 de Febrero de 2.021. 1) Declarar la Quiebra de Andrea Beatriz Onzari Villada, argentina, mayor de edad, empleada, DNI Nº 29.367.649, con domicilio real en calle Martín Zapata N° 1.956 y constituyendo domicilio legal en calle Saavedra N° 1.680 ambos de esta ciudad de Santa Fe. 5) Prohibir hacer pagos a la fallida, bajo apercibimientos de ser ineficaces. 8) Designar al síndico a sortearse para que realice el inventario de los bienes de la fallida en el término de 30 días. 10) Fijar el día 12 de Abril de 2.021 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. Fdo. Dr. Lizasoain (Juez) - Dra. Gómez (Prosecretaria). Santa Fe, 12 de Febrero de 2.021.

S/C 440896 Mar. 22 Mar. 29

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 9° Nominación), sito en calle San Jerónimo 1.551 de la ciudad de Santa Fe (Capital), en los autos caratulados: PERASSI, ROGELIO ALCIDES s/Sucesorio; (CUIJ Nº 21-02023286-9), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios y/o quienes se consideren con algún derecho a la herencia de Rogelio Alcides Perassi, de nacionalidad argentina, DNI Nº M 6.237.744, hijo de Miguel Ángel Perassi y Esther Teresa Albani, nacido el 19/02/1940, de estado civil casado, con último domicilio radicado en Pasaje Valentín Alsina 2.532 de la ciudad de Santo Tomé (Santa Fe), cuyo fallecimiento acaeció el 19/12/2019; para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y Hall de Tribunales. Santa Fe, Capital de la Provincia, a los 04 de Marzo de 2.021. Firmado: Dra. Claudia Sánchez (Secretaria).

$ 45 440916 Mar. 22

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios - Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de Santa Fe), en autos caratulados: SAID, DE PACHECO, LATIFI y otros s/Sucesorio (O.P.S); CUIJ N° 21-02022045-4, se cita, llama, y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de don Francisco David Pacheco, DNI M. 2.446.439 y de doña Said De Pacheco, Latifi, L.C. N° 2.400.877, para que comparezcan a hacer valer sus derechos legales dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo. Dra. Claudia Sánchez (Secretaria). Santa Fe, 01 de Marzo de 2.021.

$ 45 440922 Mar. 22

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En los autos caratutados: MOYANO MÓNICA ALEJANDRA s/Quiebra; CUIJ 21-01978463-8, que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, se ha dispuesto la publicación de edictos para comunicar lo siguiente: Resolución N° 587 - Folio N° 345 - Año 2.020. Santa Fe, 23 de Diciembre de 2.020. Vistos: Los autos caratulados MOYANO MÓNICA ALEJANDRA s/Quiebra; CUIJ 21-01978463-8 y Considerando: Que siendo el pago total uno de los modos de conclusión de la quiebra, cabe señalar que ta nueva Ley 24.522, nada ha modificado en cuanto a su procedimiento como lo establecía la Ley 19.551. La citada norma legal disponía la conclusión de la quiebra por pago total en sus artículos 228 y 229, correspondiendo en consecuencia analizar si el sub-examen y con la vigencia del nuevo cuerpo legal, se dan los supuestos allí contemplados. Que se han satisfecho los honorarios regulados y los aportes correspondientes; La Caja Forense ha prestado su conformidad con los mismos; encontrándose repuestos sellados de Ley, se ha aprobado el proyecto de distribución de fondos, por lo que en consecuencia corresponde disponer la conclusión del proceso falencial de acuerdo a lo dispuesto por el art. 228 de la Ley 24.522. Por lo expuesto y disposiciones legales citadas ; Resuelvo: 1) Dar por concluido el proceso falencial de doña Mónica Alejandra Moyano, DNI N° 18.163.970, argentina, domiciliada realmente en calle San Lorenzo 7.431, y legalmente en calle Regimiento 12 de Infantería Nº 970 ambos de esta ciudad, ordenando el levantamiento de las interdicciones personales y patrimoniales que pesan sobre el fallido, oficiándose a sus efectos a las distintas reparticiones. 2) Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL, debiendo exhibirse en el hall central de estos Tribunales. Insértese. Hágase saber. Expídase copia a los fines de su agregación al legajo que prescribe el art. 279 L.C.Q. Fdo. Dra María Romina Kilgelmann (Jueza) y Dra. María Ester Noé de Ferro (Secretaria). Santa Fe, 17 de Febrero de 2.021. Dra. Delfina Machado, Prosecretaria.

S/C 440931 Mar. 22 Mar. 23

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorio (Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial 9ª Nominación de Santa Fe) en Autos caratulados RETAMOZO, RAMONA RAQUEL y otros s/Sucesorio; 21-02019203-5, año 2.020, se ha dispuesto, se cite y emplace a los herederos, acreedores y legatarios de 1) Retamozo Ramona Raquel, de nacionalidad Argentina, estado civil casada, de profesión jubilada, L.C. N° 1.792.347, fallecida el día 15 de Noviembre de 2.009 y 2) Meres Elbio, estado civil viudo, de profesión jubilado, L.E. N° 6.191.209, fallecido el día 04 de Abril de 2.012, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Los que se publicarán a sus efectos legales en el BOLETIN OFICIAL. Santa Fe, a los 05 días, del mes de Marzo 2.021. Fdo. Dra. Claudia B. Sánchez (Secretaria).

$ 45 441116 Mar. 22

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 5ª Nominación de la ciudad de Santa Fe, hace saber que en autos caratulados: MARQUEZ, MERCEDES LILIANA s/Quiebra; CUIJ 21-02010450-0, a los fines previstos por el art. 218 L.C.Q. se ha presentado el Informe Final y Proyecto de Distribución final y se han regulado los honorarios profesionales. C.P.N. Horacio Raúl Germano: $ 107.917,48 - Dra. Marcela Claus (9,48 jus) $ 46.250,35. Fdo. Dra. Mercedes Dellamónica (Secretario). Santa Fe, 08 de Marzo 2.021.

S/C 440964 Mar. 22 Mar. 23

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11ª Nominación de la ciudad de Santa Fe, hace saber que en autos caratulados: FERNANDEZ, GENARO EUGENIO s/Solicitud de propia quiebra; CUIJ 21-002008041-5, a los fines previstos por el art. 218 L.C.Q. se ha presentado el Informe Final y Proyecto de Distribución final y se han regulado los honorarios profesionales. C.P.N Luis Antonio Malanchino $ 118.709,23 Dra. Catalina Ponce Aragón $ 25.416,09 - Dr. José Luis Romero Aguirre $ 25.416,09. Fdo: Dr. Walter Eduardo Hrycuk (Secretario). Santa Fe, 12 de Marzo de 2.021.

S/C 440963 Mar. 22 Mar. 23

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios - Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe - Juzgado de primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de 2ª Nominación de esta ciudad, en autos caratulados YFRAN LUIS RAMON s/Declaratoria de herederos; CUIJ N° 21-02022883-8, año 2.020, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Yfran Luis Ramón, D.N.I. Nº 10.427.513, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Fdo. Dra. Claudia Sanchez (Abogada), Dr Carlos Federico Marcolin (Juez). Santa Fe, 01 de Febrero de 2.021. ... estando acreditado el fallecimiento de Yfran Luis Ramón con la partida de defunción acompañada, declarese abierta su declaratoria de herederos. Publiquense los edictos por el termino de ley en el BOLETIN OFICIAL y exhíbanse en el Hall de Tribunales. Fdo. Dra. Claudia Sanchez (Secretaria) - Dr. Carlos Federico Marcolin (Juez). 05 de Marzo de 2.021.

$ 266,40 440734 Mar. 22 Abr. 21

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de esta ciudad de Santa fe, dentro de los autos caratulados: LEONARDI, ZUNILDA EMMA c/LOPEZ, AGUSTÍN ROMULO - HOY SUCESORES s/Prescripción adquisitiva; Exte. N° 122/2.014, CUIJ N° 21-00963400-9. Y en relación a una fracción de terreno interno ubicado en calle 3 de Febrero 3.859. Santa Fe, 09 de Noviembre de 2.020. Sin perjuicio que resulta indubitable que el sucesorio que se tramita por ante el Juzgado Civil y Comercial de la 8ª Nominación corresponde al demandado en autos-conforme que coincide el número de documento con el informe del Registro de Procesos Sucesorios, corríjase la carátula, dejando se asentado que el único demandado en autos es AGUSTIN ROMULO LOPEZ -HOY SUS SUCESORES- y provéase el escrito inicial de demanda: Por iniciada formal demanda de prescripción que tramitará según las normas del proceso ordinario (arts. 398 del CPCC). Cítese y emplácese a AGUSTIN ROMULO LOPEZ -HOY SUS SUCESORES- por el plazo de ley para que dentro del mismo comparezca a estar a derecho por edictos que se publicarán tres veces en el BOLETÍN OFICIAL y tomar la intervención que le corresponda bajo apercibimiento de rebeldía (arts. 72, 76 y ss., CPCC).Notifíquese la promoción de la presente acción a la Provincia y a la Municipalidad de Santa Fe para que, en el plazo de 10 días manifiesten -en los términos del art. 24 de la ley 14.159- si existe interés fiscal comprometido, y en su caso, las razones del mismo. Ello, bajo apercibimientos de continuar el proceso sin su intervención. Anótese el bien como litigioso. A sus fines, ofíciese al Registro General, autorizándose al peticionante (art. 1.905 ult. Párrafo). Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos Civiles, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación recomendado por Acuerdo Ordinario - Acta 48/2.017 de fecha 5 de Diciembre de 2.017 de la Excma. Suprema Corte de la Provincia de Santa Fe. Por tanto, se hace saber que las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor y la comparencia a las audiencias será valorada en orden al art. 4 de la ley 1.285. Notifíquese por cédula, debiendo el Sr. Oficial notificador observar el estricto cumplimiento del art. 63 CPCC. Fdo. Dra. María Nazaret Canale, Prosecretaria; Dr. Lucio Alfredo Palacios, Juez. Otro Decreto: Santa Fe, 04 de Marzo de 2.021... advertido en este estado, hágase saber que la presente demanda se entabla contra Agustin Lopez -Hoy Sus Sucesores- y no contra Agustin Romulo Lopez, como erróneamente se consignó en el proveído de fecha 09/11/2.020. Por tanto, publíquense nuevamente los edictos en el BOLETÍN OFICIAL allí ordenados por el término de tres días. Notifíquese. Fdo. Dra. María Nazaret Canale, Secretaria; Dr. Lucio Alfredo Palacios, Juez. 08 de Marzo de 2.021. Dr. Jorge Alberto Gómez, Secretario.

$ 100 441006 Mar. 22 Mar. 25

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El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo de Juez Dr. Lucio Alfredo Palacios, Prosecretaria a cargo de la Dra. María Nazaret Canale, sito en calle San Jerónimo 1.551, hace saber que en los autos caratulados: GONZÁLEZ JUAN OSCAR s/Solicitud propia Quiebra; (CUIJ N° 21-02019256-6), en Santa Fe, 9 de Marzo de 2.021: Atento a las constancias de autos, a fin de proteger los derechos de los eventuales acreedores y evitar futuras nulidades, corresponde regularizar la situación procesal procediendo en consecuencia a reprogramar las fechas que la ley dispone para este proceso falencial. Consecuentemente, prorrógase la fecha en la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de crédito al Síndico hasta el día 28/04/2021. Fíjese nueva fecha para que la Sindicatura presente el Informe Individual de los créditos para el 11/06/2021 y la del 10/08/2021 o el día hábil inmediato posterior si resultare feriado para que presente el Informe General. Sindica designada C.P.N. María del Pilar Piva, domicilio de atención Salvador Del Carril 1.412- Planta Alta. Días de atención de lunes a viernes horarios de atención de mañana 8.30 a 10.30 hs, por la tarde de 17.00 a 20.00 hs o las nuevas fechas reprogramada. Notifíquese. Firmado (Juez) Dr. Lucio Alfredo Palacios, (Prosecretaria) Dra. María Nazaret Canale. 11 de Marzo de 2.021. Dr. Jorge Alberto Gómez, secretario.

$ 1 440995 Mar. 22 Mar. 29

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Por estar dispuesto en los autos caratulados: ESPINDOLA, NORBERTO JOSE s/Quiebra; CUIJ Nº 21-02013569-4, de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, se pone en conocimiento de todos los interesados que se ha procedido a la presentación del informe final y proyecto de distribución readecuado previsto por el artículo 218 de la ley 24.522. Asimismo, se hace saber que se regularon los honorarios de los profesionales intervinientes. Lo que se publica es a los efectos legales. Publíquense edictos por el término de dos días en el BOLETÍN OFICIAL, sin cargo (art. 2.180 Ley 24.522).Santa Fe, 03 de Marzo de 2.021. Fdo.: Walter Eduardo Hrycuk, secretario.

S/C 441060 Mar. 22 Mar. 23

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Por disposición de la Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe; se hace saber que en los autos caratulados: ORELLANO, ROBERTO PABLO s/Solicitud propia quiebra; CUIJ Nº: 21-02021366-0 ha resultado sorteado Síndico de autos el C.P.N. Tallano, Raúl Rogelio, con domicilio legal en calle San Martín N° 3.464 de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe. Con beneficio de gratuidad" - Ley 24.522. Santa Fe, 6 de Febrero de 2.021. Delfina Machado, prosecretaria.

S/C 441095 Mar. 22 Mar. 29

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civ. y Com. de la 5ª Nominación de esta ciudad de Santa Fe), en autos caratulados: LARROSA, CRISTINA ESTER s/Sucesorio; CUIJ N° 21-02022023-3, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Cristina Ester Larrosa, D.N.I. N° 5.802.797, de apellido materno Bregant, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL, conforme lo dispuesto por la Ley 11.287. Como recaudo se transcribe el decreto que así lo ordena y que en su parte pertinente dice: Santa Fe, 13 de Noviembre de 2.020. (…) Publíquense los edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y exhíbanse en el Hall de Tribunales (…). Fdo.: Dra. Claudia Sánchez (Secretaria); Dr. Diego Raúl Aldao (Juez). 25 de Febrero de 2.021.

$ 45 441080 Mar. 22 Mar. 29

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Por disposición de la Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Villa Ocampo; se ha dictado en los autos caratulados: RAMIREZ, ROXANA JIMENA s/Quiebra; (CUIJ N° 21-26322412-1), la siguiente resolución: Villa Ocampo, 09 de Marzo de 2.021. Autos y vistos:… Considerando:… Resuelvo: 1) Disponer la apertura de la quiebra de Roxana Jimena Ramírez, D.N.I. N° 36.405.874, con domicilio en Calle 16 b/33 y 35, Nº 966, de la ciudad de Villa Ocampo, Provincia de Santa Fe, y a los efectos legales en calle Rivadavia N° 1.448, de esta ciudad. 2) Ordenar la anotación de la quiebra, la inhabilitación del fallido en el Registro de Procesos Universales y la inhibición general de bienes al Registro General de la Propiedad, y demás registros que correspondan. Comunicar la presente declaración en quiebra a la Administración Provincial de Impuestos (art. 29 Código Fiscal - texto ordenado decreto 2350/97). 3) Ordenar al fallido y a terceros la entrega al Síndico de los bienes de pertenencia del primero. Intimar al deudor para: a) que entregue a la Sindicatura, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad; b) que cumpla con los requisitos del artículo 86 Ley 24.522 en el plazo de ley. 4) Ordenar la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo el apercibimiento de ser ineficaces, excepto salario con las especificaciones del párrafo 12º). 5) Disponer la prohibición al fallido de ausentarse del país hasta la presentación del informe general (Art. 103, Ley 24. 522), salvo autorización judicial concedida en cada caso. A sus efectos, se librarán de inmediato los oficios pertinentes a las autoridades de control de fronteras que corresponda, comunicando la fecha fijada para la presentación del informe general y haciéndoseles saber que, en caso de disponerse prórroga para la presentación de dicho informe o extensión de la interdicción de salida del país del fallido, se comunicará en cada caso mediante oficio. Disponer la intercepción de la correspondencia, la que será entregada al Síndico a los efectos del artículo 114 de la Ley 24.522, oficiándose a tal fin. 6) Designar audiencia a los efectos del sorteo del Síndico, la que se realizará en la Secretaría del Juzgado, para el día 30 de Marzo de 2.021 a las 11.30 horas, lo que se comunicará al Consejo Profesional de Ciencias Económicas. 7) Previo a ordenar la realización de los bienes, deberá proceder la Sindicatura conforme a los arts. 177 y sgtes de la ley 24.522 a los efectos de que determine el patrimonio del fallido. A sus fines, la Sindicatura conjuntamente con el Sr. Oficial de Justicia o el Funcionario que por jurisdicción corresponda al domicilio del fallido y de ubicación de los bienes, procederá de inmediato a la realización de inventario de los bienes, con el desapoderamiento previsto en los art. 88 inc. 10, 106, 107, siguientes y concordantes de la ley 24.522. A sus efectos se habilitarán días y horas que fueren menester para tal cometido. Ofíciese a tales fines, facultando a/funcionario interviniente a allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública de ser necesario y con la debida moderación. 8) Fijar hasta el día 13 de Mayo de 2.021 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el artículo 200. El día siguiente hábil al vencimiento del plazo, la Sindicatura presentará la lista de los peticionantes, y copia simple de la demanda verificatoria. 9) Fijar los días 25 de Junio de 2.021 para la presentación de los informes individuales; y el 27 de Julio de 2.021 para la presentación del informe general. 10) Ordenar la publicación de edictos, conforme lo prescribe el art. 89 de la ley 24.522. 11) Ofíciese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra el fallido a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el art. 21, ambos de la ley de Concursos y Quiebras. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 12) Disponer el cese de todo descuento del haber del fallido -con excepción de los descuentos de ley, de Obra Social, impositivos, cuota alimentaria, y embargos generados en procesos exceptuados del fuero de atracción, art. 132 Ley 24.522-; simultáneamente, ordenar la retención de la porción embargable del haber de la fallida, la que deberá efectuarse hasta tanto se disponga lo contrario, y se depositará a nombre de este proceso y a la orden de este Juzgado, en cuenta judicial del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. sucursal Villa Ocampo. A sus efectos se librará oficio al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe. 13) Hágase saber, insértese y resérvese original. Fdo: Dra. María Isabel Arroyo – Jueza; Dra. Marta Migueletto - Secretaria. Villa Ocampo, 16 de Marzo de 2.021.

S/C 441203 Mar. 22 Mar. 29

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Por disposición de la Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Villa Ocampo; se ha dictado en los autos caratulados: SOSA, ANDREA FABIANA s/Quiebra; (CUIJ N° 21-26322381-8), la siguiente resolución: Villa Ocampo, 09 de Marzo de 2.021. Autos y vistos:… Considerando:… Resuelvo: 1) Disponer la apertura de la quiebra de Andrea Fabiana Sosa, D.N.I. N° 26.378.070, con domicilio en Calle 2 de Abril 726, de la ciudad de Villa Ocampo, Provincia de Santa Fe, y a los efectos legales en calle Rivadavia 1.448, de esta ciudad. 2) Ordenar la anotación de la quiebra, la inhabilitación del fallido en el Registro de Procesos Universales y la inhibición general de bienes al Registro General de la Propiedad, y demás registros que correspondan. Comunicar la presente declaración en quiebra a la Administración Provincial de Impuestos (art. 29 Código Fiscal - texto ordenado decreto 2350/97). 3) Ordenar al fallido y a terceros la entrega al Síndico de los bienes de pertenencia del primero. Intimar al deudor para: a) que entregue a la Sindicatura, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad; b) que cumpla con los requisitos del artículo 86 Ley 24.522 en el plazo de ley. 4) Ordenar la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo el apercibimiento de ser ineficaces, excepto salario con las especificaciones del párrafo 12°). 5) Disponer la prohibición al fallido de ausentarse del país hasta la presentación del informe general (Art. 103, Ley 24.522), salvo autorización judicial concedida en cada caso. A sus efectos, se librarán de inmediato los oficios pertinentes a las autoridades de control de fronteras que corresponda, comunicando la fecha fijada para la presentación del informe general y haciéndoseles saber que, en caso de disponerse prórroga para la presentación de dicho informe o extensión de la interdicción de salida del país del fallido, se comunicará en cada caso mediante oficio. Disponer la intercepción de la correspondencia, la que será entregada al Síndico a los efectos del artículo 114 de la Ley 24.522, oficiándose a tal fin. 6) Designar audiencia a los efectos del sorteo del Síndico, la que se realizará en la Secretaría del Juzgado, para el día 25 de Marzo de 2.021 a las 11:00 horas, lo que se comunicará al Consejo Profesional de Ciencias Económicas. 7) Previo a ordenar la realización de los bienes, deberá proceder la Sindicatura conforme a los arts. 177 y sgtes de la ley 24.522 a los efectos de que determine el patrimonio del fallido. A sus fines, la Sindicatura conjuntamente con el Sr. Oficial de Justicia o el Funcionario que por jurisdicción corresponda al domicilio del fallido y de ubicación de los bienes, procederá de inmediato a la realización de inventario de los bienes, con el desapoderamiento previsto en los art. 88 inc. 10, 106, 107, siguientes y concordantes de la ley 24.522. A sus efectos se habilitarán días y horas que fueren menester para tal cometido. Ofíciese a tales fines, facultando a/funcionario interviniente a allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública de ser necesario y con la debida moderación. 8) Fijar hasta el día 4 de Mayo de 2.021 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el artículo 200. El día siguiente hábil al vencimiento del plazo, la Sindicatura presentará la lista de los peticionantes, y copia simple de la demanda verificatoria. 9) Fijar los días 15 de Junio de 2.021 para la presentación de los informes individuales; y el 6 de Julio de 2.021 para la presentación del informe general. 10) Ordenar la publicación de edictos, conforme lo prescribe el art. 89 de la ley 24.522. 11) Ofíciese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra el fallido a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el art. 21, ambos de la ley de Concursos y Quiebras. Ordenar que, por la Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 12) Disponer el cese de todo descuento del haber del fallido -con excepción de los descuentos de ley, de Obra Social, impositivos, cuota alimentaria, y embargos generados en procesos exceptuados del fuero de atracción, art. 132 Ley 24.522-; simultáneamente, ordenar la retención de la porción embargable del haber de la fallida, la que deberá efectuarse hasta tanto se disponga lo contrario, y se depositará a nombre de este proceso y a la orden de este Juzgado, en cuenta judicial del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. sucursal Villa Ocampo. A sus efectos se librará oficio al Ministerio de Educación de la Provincia de Santa Fe. 13) Hágase saber, insértese y resérvese el original. Fdo: Dra. María Isabel Arroyo - Jueza; Dra. Marta Migueletto - Secretaria. Villa Ocampo, 16 de Marzo de 2.021.

S/C 441200 Mar. 22 Mar. 29

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Por disposición de la Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Villa Ocampo; se ha dictado en los autos caratulados: NAVARRO, ALBERTO DAMIÁN s/Quiebra; (CUIJ N° 21-26322413-9), la siguiente resolución: Villa Ocampo, 09 de Marzo de 2.021. Autos y vistos:… Considerando:… Resuelvo: 1) Disponer la apertura de la quiebra del Sr. Alberto Damián Navarro, D.N.I. N° 33.365.613, con domicilio en zona urbana de San Antonio de Obligado, Provincia de Santa Fe, y a los efectos legales en calle Rivadavia N° 1.448, de esta ciudad. 2) Ordenar la anotación de la quiebra, la inhabilitación del fallido en el Registro de Procesos Universales y la inhibición general de bienes al Registro General de la Propiedad, y demás registros que correspondan. Comunicar la presente declaración en quiebra a la Administración Provincial de Impuestos (art. 29 Código Fiscal - texto ordenado decreto 2350/97). 3) Ordenar al fallido y a terceros la entrega al Síndico de los bienes de pertenencia del primero. Intimar al deudor para: a) que entregue a la Sindicatura, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad, b) que cumpla con los requisitos del artículo 86 Ley 24.522 en el plazo de ley. 4) Ordenar la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo el apercibimiento de ser ineficaces, excepto salario con las especificaciones del párrafo 12º). 5) Disponer la prohibición al fallido de ausentarse del país hasta la presentación del informe general (Art. 103, Ley 24. 522), salvo autorización judicial concedida en cada caso. A sus efectos, se librarán de inmediato los oficios pertinentes a las autoridades de control de fronteras que corresponda, comunicando la fecha fijada para la presentación del informe general y haciéndoseles saber que, en caso de disponerse prórroga para la presentación de dicho informe o extensión de la interdicción de salida del país del fallido, se comunicará en cada caso mediante oficio. Disponer la intercepción de la correspondencia, la que será entregada al Síndico a los efectos del artículo 114 de la Ley 24.522, oficiándose a tal fin. 6) Designar audiencia a los efectos del sorteo del Síndico, la que se realizará en la Secretaría del Juzgado, para el día 30 de Marzo de 2.021 a las 11.00 horas, lo que se comunicará al Consejo Profesional de Ciencias Económicas. 7) Previo a ordenar la realización de los bienes, deberá proceder la Sindicatura conforme a los arts. 177 y sgtes de la ley 24.522 a los efectos de que determine el patrimonio del fallido. A sus fines, la Sindicatura conjuntamente con el Sr. Oficial de Justicia o el Funcionario que por jurisdicción corresponda al domicilio del fallido y de ubicación de los bienes, procederá de inmediato a la realización de inventario de los bienes, con el desapoderamiento previsto en los art. 88 inc. 10, 106, 107, siguientes y concordantes de la ley 24.522. A sus efectos se habilitarán días y horas que fueren menester para tal cometido. Ofíciese a tales fines, facultando al funcionario interviniente a allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública de ser necesario y con la debida moderación. 8) Fijar hasta el día 13 de Mayo de 2.021 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el artículo 200. El día siguiente hábil al vencimiento del plazo, la Sindicatura presentará la lista de los peticionantes, y copia simple de la demanda verificatoria. 9) Fijar los días 25 de Junio de 2.021 para la presentación de los informes individuales; y el 27 de Julio de 2.021 para la presentación del informe general. 10) Ordenar la publicación de edictos, conforme lo prescribe el art. 89 de la ley 24.522. 11) Ofíciese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra el fallido a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el art. 21, ambos de la ley de Concursos y Quiebras. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 12) Disponer el cese de todo descuento del haber del fallido -con excepción de los descuentos de ley, de Obra Social, impositivos, cuota alimentaria, y embargos generados en procesos exceptuados del fuero de atracción, art. 132 Ley 24.522-; simultáneamente, ordenar la retención de la porción embargable del haber de la fallida, la que deberá efectuarse hasta tanto se disponga lo contrario, y se depositará a nombre de este proceso y a la orden de este Juzgado, en cuenta judicial del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. sucursal Villa Ocampo. A sus efectos se librará oficio a la Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe, 13) Hágase saber, insértese y resérvese original. Fdo: Dra. María Isabel Arroyo – Jueza; Dra. Marta Migueletto - Secretaria. Villa Ocampo, 15 de Marzo de 2021.

S/C 441205 Mar. 22 Mar. 29

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Por disposición de la Dra. Lilian Insaurralde, Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial en lo Civil, Comercia, Laboral y de Familia N° 20 de la ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe, se hace saber que en autos caratulados: VAZQUEZ RODOLFO CARLOS s/Quiebras; CUIJ 21-26169384-1, por resolución de fecha 31 de Mayo de 2.018, se ha resuelto: (...) 1) Declarar la Quiebra (arts. 288 y 289, ley 24.522) de la señora Rodolfo Carlos Vazquez, D.N.I. N° 12.850.366, argentino, mayor de edad, jubilado beneficiario de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Santa Fe; con domicilio real en Avda. Gral. López N° 1.711 y constituyendo domicilio procesal en calle Nicasio Oroño Nº 2.354, ambos de esta ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe (...), 3) Ordenar al fallido, como así también a terceros, para que en el término de 48 horas de su designación, entreguen al Síndico todos los bienes de pertenencia del primero. Intimar a la deudora para: a) que entregue a la Sindicatura, dentro de las 24 hs de que aquél acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad (Art. 88 inc 4 L.C.Q.); b) Intimar al fallido para que en el término de diez días contados a partir de la presente resolución, de cumplimiento a lo dispuesto por el art. 86 de la Ley 24.522; 4) Prohibir hacer pagos a la fallida, los que de realizarse se reputarán ineficaces; excepto los que se realicen en concepto de salarios con las especificaciones del párrafo 16) de la presente. (Art. 88 inc. 5 L.C.Q.) (...), 9) Fijar hasta el día 30 de Marzo de 2.021 inclusive (o el día hábil inmediato posterior) como plazo dentro del cual los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el art. 200 y 32 de la L.C.Q. La Síndica designada en autos es la CPN Ileana Mónica Fasano, con domicilio constituido en calle San Martín 1.561 de la ciudad de San Javier (pcia. S.Fe), con horario de atención al público los días lunes a viernes de 9:00 a 12:00 y de 16:00 a 20:00 hs. Lo que se publica a los efectos legales y por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL, medio gráfico, radial y espacio destinado a tal fin. Dra. Silvina Bemboryniski, Secretaria.

S/C 441123 Mar. 22 Mar. 29

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Por disposición del Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Justo, Provincia de Santa Fe, y en los autos caratulados: SCURATI, DANTE CARLOS s/Sucesorio; (Expte. CUIJ N° 21-26186919-2 - Año 2.020), se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del señor Dante Carlos Scurati, D.N.I. Nº 6.309.290, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y Hall del Juzgado. San Justo (Santa Fe), a los días 1 del mes de Marzo 2.021. Firmado: Cintia D. Lo Presti, Prosecretaria Subrogante.

$ 45 440959 Mar. 22

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y laboral N° 18 de la Ciudad de San Justo, (Sta. Fe) en autos caratulados MONZON BLANCA CRISTINA c/ESPINDOLA HUMBERTO CESAR s/Cobro de pesos - rubros laborales; (Expte. 21-26186580-4), y a los fines de llama, cita y emplaza a los herederos de Mercedes Valacart, DNI 2.086.930, para que comparezcan a estar a derecho en el término y bajo apercibimientos de ley ... Notifíquese. Fdo. Dra. Laura M. Alessio (Jueza), Dr. Leandro Carlos Buzzani (Secretario). Dra. Cintia D. Lo Presti, Prosecretaria Subrogante.

$ 33 440909 Mar. 22 Mar. 29

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, 7ª Nominación de Santa Fe), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la Sra. Evita Edith Pérez, D.N.I. F.Nº 01.233.388; para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley en autos PÉREZ, EVITA EDITH s/Sucesorio; Expte. Nº 21-02021644-9/20. Lo que publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el Hall de Tribunales. Fdo. Palacios (Juez), Sánchez(Secretaria). Santa Fe, 03 de Marzo de 2.021.

$ 45 441079 Mar. 22

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios, Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 9ª Nominación de la Ciudad de Santa Fe, en autos caratulados CUVER, SARA MABEL s/Sucesión testamentaria; CUIJ 21-02021787-9, se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Cuver, Sara Mabel, titular del D.N.I. F4.786.759, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Firma: Dra. Claudia Sánchez, Secretaria. 03 de Marzo de 2.021. Dra. Laura Luciana Perotti, Prosecretaria.

$ 45 441073 Mar. 22

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Santa Fe en autos caratulados: SALINAS MARINA ELSA s/Sucesorio; (CIUJ 21-02023034-4), se cita, llama, y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Marina Elsa Salinas, DNI 4.025.653, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Santa Fe, 11 de Marzo de 2.021. Dra. Claudia B. Sánchez, Secretaria.

$ 45 441065 Mar. 22

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de Santa Fe) en autos caratulados: GERVASONI, ALFREDO MARIO y DALLA COSTA ANGELA s/Sucesorio; CUIJ 21-02022295-3, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Dalla Costa, Angela, L.C. N° 1.116.477, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimiento legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Dra. Claudia B. Sánchez, Secretaria. 10 de Febrero de 2.021.

$ 45 440981 Mar. 22

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Santa Fe), en los autos caratulados MARTINEZ, MARIELA INES s/Sucesorio; (CUIJ 21-02021793-3), se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Martinez, Mariela Inés, D.N.I. Nº 21.973.879, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo. Claudia B. Sanchez (Secretaria). Santa Fe, 02 de Marzo de 2.021.

$ 45 441034 Mar. 22

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorio (Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial 1ª Nominación de Santa Fe) en Autos LEIVA HORACIO MARCELINO s/Sucesorio; CUIJ N° 21-02017497-5, se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios del causante Leiva Horacio Marcelino, L.E. N° 4.575.825, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Los que se publica a sus efectos legales en el BOLETIN OFICIAL. Dra. Claudia B. Sánchez (Secretaria). Santa Fe, 01 de Marzo de 2.021.

$ 45 441115 Mar. 22

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorio (radicado en el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial 3ª Nominación de Santa Fe) en Autos NICOLA MARIO RAMON s/Sucesorio; CUIJ N° 21-02014665-3, año 2.019, se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios del causante Nicola Mario Ramón, DNI 6.238.136, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Los que se publica a sus efectos legales en el BOLETIN OFICIAL. Dra. María Esther Mazzarello. Santa Fe, 25 de Febrero de 2.021. Dra. Claudia B. Sánchez, Secretaria.

$ 45 441117 Mar. 22

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorio (Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial 8ª Nominación de Santa Fe) en Autos LOPEZ CLAUDIA ESTER s/Declaratoria de herederos; CUIJ N° 21-02022249-9, se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios del causante Lopez Claudia Ester, DNI N° 22.361.118, fallecida el 14 de Marzo 2.020, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Los que se publica a sus efectos legales en el BOLETIN OFICIAL. Dra. Claudia B. Sánchez (Secretaria). Santa Fe, 17 de Febrero de 2.021.

$ 45 441119 Mar. 22

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de Santa Fe) en autos caratulados MENENDEZ BELKYS RAQUEL s/Sucesorio; 21-02021498-5, se cita, se llama, y se emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Menendez Belkys Raquel, D.N.I. N° F2.839.977, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Dr. Dra. María Romina Kilgelmann (Juez), Dra. Claudia Sánchez (Secretaria). 22 de Febrero de 2.021.

$ 45 441094 Mar. 22

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (por intervención del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 7ª Nominación de Santa Fe) en los autos caratulados ROSATI, ZUNILDA SANTINA y otros s/Declaratoria de herederos; (CUIJ Nº 21-02020937-9), se cita, se llama, y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Monzon Carlos Reyes, DNI 6.198.001, para que comparezca a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimiento legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo: Dra. Claudia Sánchez (Secretaria), Dr. Lucio Alfredo Palacios, (Juez). 09 de Marzo de 2.021. Dra. Laura Luciana Perotti, Prosecretaria.

$ 45 440986 Mar. 22

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (por intervención del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 7ª Nominación de Santa Fe) en los autos caratulados ROSATI, ZUNILDA SANTINA y otros s/Declaratoria de herederos; (CUIJ Nº 21-02020937-9), se cita, se llama, y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Rosati Zunilda Santina, L.C. 0.909.111, para que comparezca a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimiento legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo: Dra. Claudia Sánchez (Secretaria), Dr. Lucio Alfredo Palacios, (Juez). 09 Marzo de 2.021. Laura Luciana Perotti, Prosecretaria.

$ 45 440985 Mar. 22

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación, de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe), en autos caratulados: MENDEZ, JUAN CARLOS s/Sucesorio; (CUIJ N° 21-02022578-2 - Año 2.020), se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios y/o aquellas personas que se consideren con derecho a los bienes dejados por el fallecimiento del causante: Juan Carlos Mendez, DNI N° 6.239.996, fallecido el 27/03/2.020, en la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, lo que se publica a sus efectos legales, por un (1) día, para que lo acrediten dentro de los treinta (30) días (Art. 2.340 - 2º Párrafo C.C.C.). Santa Fe, 05 de Marzo de 2.021. Fdo. Dra. Claudia B. Sánchez (Secretaria).

$ 45 440936 Mar. 22

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de los Tribunales de Santa Fe) en autos caratulados: OLIVA, EDUARDO ALBERTO s/Sucesorio; (Expte. CUIJ 21-02022033-0), se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios del, señor Eduardo Alberto Oliva, DNI N° 6.217.472, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Dra. Claudia Bibiana Sánchez, Secretaría. Santa Fe, 09 de Marzo de 2.021.

$ 45 440884 Mar. 22

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios - Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 5ª Nominación) en autos caratulados GOMEZ MARCELO RAMON s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-02021118-8, Año 2.020, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Marcelo Ramón Gomez, DNI N° 6.236.557, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro de término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo. Dra. Claudia Sanchez (Secretaria), Dr. Diego Aldao (Juez).

$ 45 440823 Mar. 22

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Por disposicón de la Oficina de Procesos Sucesorios - Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de esta ciudad); en autos caratulados: VALLEJOS, MARIA DEL LUJAN s/Sucesorio; CUIJ N° 21-02021454-3; se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de María del Luján Vallejos, L.C. N° 6.287.273, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. 05 de Marzo de 2.021. Dra. Claudia B. Sánchez, Secretaria.

$ 45 440753 Mar. 22

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Por disposición de la oficina de Procesos Sucesorios Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe (Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de esta ciudad), en autos caratulados JUAREZ, ORLANDO ALBERTO s/Sucesorio; (CUIJ 21-02021297-4), se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios de Juarez Orlando Alberto, D.N.I. 8.502.286, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del termino y bajo apercibimiento de ley. Lo que se publican a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Notifíquese. Fdo. Dra. Claudia Sanchez (Juez) - Dra. Beatriz Forno (Secretaria). Santa Fe, 09 de Marzo de 2.021.

$ 45 440860 Mar. 22

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TOSTADO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 15 en lo Civil, Comercial y Laboral, de Tostado, en los autos caratulados SERRANO GUSTAVO ARIEL c/sucesores de FERNANDEZ MARA NOELI s/Consignación judicial; CUIJ Nº 21-26211303-2, se hace, saber que no habiendo comparecido herederos citados por edictos, decretase su rebeldía y fijase audiencia el día 15.03.2021 a las 8:00 horas para la designación de Defensor Ad hoc de la lista correspondiente. Notifíquese la rebeldía por edictos. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y espacio destinado a tal fin. Tostado, 12 de Febrero del 2.021. Fdo.: Dra. Barrera Marcela (Secretaria).

$ 33 440804 Mar. 22 Mar. 25

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de distrito N° 15, en lo Civil, Comercial y Laboral, secretaría única, de Tostado, en autos SOSA MARIA INES s/sucesorio; CUIJ N° 21-26211761-5 se cita, llama y emplaza a los herederos y/o legatarios de la Sra. Sosa María Inés DNI N° 13.145.083, para que comparezcan a este juzgado dentro del término y bajo los apercibimientos de ley a hacer valer sus derechos. Lo que se publicara en el Boletín Oficial y espacio destinado a tal fin.- Fdo. Hayde M. Regonat (Jueza), Marcela Barrera (Secretaría). Tostado, 10 de Marzo de 2.021. Marcela A. Barrera, secretaria.

$ 45 440810 Mar. 22 Mar. 29

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Por disposición de la Señora Jueza de Primera Instancia de Distrito N° 15 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Tostado (Sta. Fe) Secretaría Única a cargo de la Dra. Marcela A. Barrera, hace saber que en los autos caratulados: Expte. CUIJ Nº 21-21-26211770-4; TOLOSA, MIGUEL ANGEL s/Sucesorio, se cita llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante Miguel Angel Tolosa para que dentro término y bajo apercibimientos de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos. Lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL y espacio destinado a tal fin. Tostado, 10 de Marzo de 2.021. Marcela A. Barrera, secretaria.

$ 45 440912 Mar. 22 Mar. 29

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SAN JORGE

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial Nº 11 en lo Civil, Comercial y del Trabajo de la ciudad de San Jorge, Primera Circunscripción de la Provincia de Santa Fe, en autos caratulados: CALDO, MIGUEL ANGEL s/Sucesorio; tramitados bajo el Expte. CUIJ Nº 21-26260608-9, Año 2.020, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios del Sr. Miguel Angel Caldo, DNI Nº 6.301.311, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y se exhiben en los estrados Judiciales. San Jorge, 20 de Noviembre de 2.020. Fdo.: Dra. Marta Elisa Bürgi –Secretaria. Marta Burgi de Oregioni, secretaria.

$ 45 441106 Mar. 22

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Por disposición del Sr. Juez de Distrito de Primera Instancia en lo Civil Comercial y del Trabajo de la ciudad de San Jorge, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante: Acosta, Omar Abel (DNI Nº 6.301.654) Autos: ACOSTA, OMAR ABEL s/Sucesorio; 21-26260900-3 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. 08 de Febrero de 2.021. Marta Burgi de Oregioni, secretaria.

$ 45 440831 Mar. 22 Mar. 29

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Por disposición del Sr. Juez de Distrito de Primera Instancia en lo Civil Comercial y del Trabajo de la ciudad de San Jorge, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante: Roberto Raúl Conquini (DNI Nº 14.485.510) Autos: CINQUINI, ROBERTO RAÚL S/Sucesorio; 21-26260396-9 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. 05 de Febrero de 2.021. Marta Burgi de Oregioni, secretaria.

$ 45 440837 Mar. 22 Mar. 29

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Se hace saber que en los autos caratulados: Expte. 342 - Año 2018 – CUIJ Nº 21-26256746-7; PIED S.A. s/Concurso Preventivo, de trámite por ante el Juzgado Civil y Comercial y del Trabajo de Distrito Judicial N° 11 de la ciudad de San Jorge (Pcia. de Santa Fe), por auto de fecha 05 de Marzo de 2.021, se ha dispuesto prorrogar los plazos fijándose como nuevas fechas las siguientes: el día 11 de Agosto de 2.021 a las 8:00 horas para la celebración de la audiencia informativa (Art. 45 LCQ), venciendo el período de exclusividad el día 18 de Agosto de 2.021. Firmado: Dr. Daniel Marcelo Zoso (Juez) - Dra. María de los Milagros de la Torre (Secretaria). San Jorge, 12 de Marzo de 2.021.

$ 85,50 441087 Mar. 22 Mar. 29

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 11 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Jorge, en autos: FINELLO, EVELMA RITA s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-26260413-3, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante doña Evelma Rita Finello, DNI Nº 4.625.528, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo apercibimiento de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y exhibición en los Estrados Judiciales. San Jorge, 20 de Agosto de 2.020. Marta Burgi de Oregioni, secretaria.

$ 45 440935 Mar. 22

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 11, en lo Civil, Comercial y Laboral, de la ciudad de San Jorge, en autos MINETTI ANTONIO MIGUEL ANGEL s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-26260741-8 se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante Minetti Antonio Miguel Angel, DNI Nº 10.397.191 para que comparezcan a hacer valer sus derechos, en el término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y exhibición en los Estrados Judiciales. San Jorge, 15 de Marzo de 2.021.

$ 45 441013 Mar. 22 Abr. 07

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CERES

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 10 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Ceres, provincia de Santa Fe, en autos: SCHINNER, STELLA MARIS s/Sucesorio; (C.U.I.J. N° 21-17428831-0 - Año 2.020), se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y/o aquellas personas que se consideren con derecho a los bienes dejados por el fallecimiento de la causante: Stella Maris Schinner, DNI N° 6.431.527, fallecida el 22/11/2.020, en la ciudad de Brinkmann, Dpto. San Justo, provincia de Córdoba, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, lo que se publica a sus efectos legales, por un (1) día, para que lo acrediten dentro de los treinta (30) días (Art. 2.340, 2º Párrafo C.C.C.; art. 592 CPCC). Ceres, 09 de Marzo de 2.021. Fdo. Dra. Viviana Gorosito Palacios, Secretaria.

$ 45 440938 Mar. 22

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SAN CRISTOBAL

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Jueza de Primera Instancia de Distrito N° 10 en lo Civil, Comercial y Laboral; Secretaría Única de la ciudad de San Cristóbal, se cita y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios y a todos aquellos que se creyeran con derechos sobre los bienes de Eduardo Ricardo Jeanneret, D.N.I. N° 6.299.991 y de Ester Martir Mazzucco, DNI N° 5.924.970, por su fallecimiento, para que los hagan valer dentro del término y bajo apercibimientos de ley, en los autos caratulados: Expte. CUIJ N° 21-26139326-0 - Año 2.019 - JEANNERET, EDUARDO RICARDO CARLOS y otra s/Declaratoria de herederos; Sleandro e publica a esos efectos en el BOLETÍN OFICIAL y Puertas del Juzgado. Fdo: Dra. Cecilia Tovar, Secretaria. San Cristobal, 19 de Febrero de 2.021.

$ 45 440790 Mar. 22 Mar. 29

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VERA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 13 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Vera, Segunda Nominación, se cita y emplaza a todos los herederos y/o a todos los que se creyeren con derecho a la Sucesión de doña Fabiana Irma Graziano, en el juicio caratulado: GRAZIANO, FABIANA IRMA s/Sucesorio; (CUIJ 21-25276417-5), que se tramita por ante el Juzgado antes mencionado, a comparecer a hacer valer sus derechos, sean herederos, acreedores y/o legatarios, en el plazo y bajo los apercibimientos de ley, lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y Puertas del Juzgado. Vera, 05 de Febrero de 2.021. Dra. Beatriz Deiber de Fabbro, Secretaria.

$ 45 440844 Mar. 22 Mar. 29

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia del Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la Segunda Nominación de Vera, provincia de Santa Fe, en autos caratulados: MONTIEL, ALBA ELENA s/Declaratoria de herederos; CUIJ N° 21-25275943-0, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Montiel, Alba Elena, DNI Nº 2.085.427; para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo. Dra. Fabbro, Secretaria. Vera, 01 de Julio de 2.020. Dra. Beatriz Deiber de Febbro, Secretario.

$ 33 441066 Mar. 22

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito N° 13 en lo Civil, Comercial y Laboral de Vera, Segunda Nominación, cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de Peregrina Angelica Villasboas, D.N.I. N° 6.464.792, para que en el término de ley comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos nombrados: VILLASBOAS PEREGRINA ANGELICA s/Sucesorio; CUIJ 21-25276470-1. Fdo. Dr. Rodrigo, Juez; Dra. Deiber, Secretaria. Vera, 08 de Marzo de 2.021. Dra. Beatriz Deiber de Fabbro, Secretaria.

$ 33 440732 Mar. 22

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito N° 13 en lo Civil, Comercial y Laboral de Vera, Segunda Nominación, cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de Arnoldo Fabian Buyatti, D.N.I. N° 6.316.523, para que en el término de ley comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos nombrados: BUYATTI, ARNOLDO FABIAN s/Sucesorio; CUIJ 21-25242487-0. Fdo. Dr. Rodrigo, Juez; Dra. Deiber, Secretaria. Vera, 01 de Marzo de 2.021. Dra. Beatriz Deiber de Fabbro, Secretaria.

$ 33 440731 Mar. 22

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RAFAELA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 5 en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de la ciudad de Rafaela, provincia de Santa Fe, en autos: (CUIJ N° 21-24198158-1 - Año 2.020), BERTOLINI, JUAN CAMILO s/Declaratoria de herederos, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante: Juan Camilo Bertolini, DNI N° 6.277.605, con último domicilio en Bv. Guillermo Lehmann N° 1.273 de la ciudad de Rafaela, provincia de Santa Fe, fallecido en fecha 02/08/2.020, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días bajo apercibimientos de ley, lo que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL y en el Hall de Tribunales, a sus efectos. Fdo. Dra. Ana Laura Mendoza (Juez); Dra. Carolina Castellano (Secretaria). Rafaela, 26 de Febrero de 2.021. Fdo. Dra. Carolina Castellano (Secretaria).

$ 45 440937 Mar. 22

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito N° 5 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Rafaela, en los autos caratulados MONTENEGRO, RAMÓN ALFREDO s/Declaratoria de herederos; Expte. CUIJ N° 21-24198265-0, se ha ordenado citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Ramón Alfredo Montenegro, (DNI N° 14.727.181), por el término de ley, para que acrediten dicho carácter dentro de los treinta días corridos. A tales fines, publíquense edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y en Sede Judicial. Fdo. Dra. Sandra Inés Cerliani (Secretaria). Rafaela, 16/03/2.021.

$ 165 441099 Mar. 22 Mar. 29

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Por disposición del Juzgado Civil y Comercial de la Primera Nominación de la Ciudad de Rafaela, en autos caratulados: CROCE, MIRTHA MARIA s/Sucesorio; CUIJ 21-24198312-6, se llama, cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante: Mirtha María Croce, (DNI 5.219.660), con último domicilio en calle J. B. Alberdi Nº 793 de la Ciudad de Sunchales, fallecida en Sunchales, el día 22/07/2.020, para que comparezcan y hagan valer sus derechos dentro del término de 30 días bajo apercibimientos de ley, lo que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL y en el Hall de Tribunales, a sus efectos. Sucesorio iniciado por la Abogada Malvina Scarafia. Fdo. Sandra Inés Cerliani (Secretaria), Ana Laura Mendoza (Juez a/c). Rafaela, 30 de Diciembre de 2.020. Dr. Nicolas A. Pasero, Prosecretario.

$ 225 440951 Mar. 22 Mar. 29

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Rafaela, en autos: MAZZUCCO, JOSÉ FRANCISCO s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-24198762-8, se cita y emplaza a acreedores, legatarios y herederos de don José Francisco Mazzucco, DNI N° M5.848.001, y a todos los que se consideren con derecho sobre los bienes dejados por el causante, para que dentro del término de 30 días y bajo apercibimientos de ley, acrediten su carácter y comparezcan a hacer valer sus derechos. Se publica a todos los efectos legales por edictos en BOLETÍN OFICIAL y Sede Judicial. Fdo. Dr. Diulio M. Francisco Hail (Juez) - Dra. Natalia Carinelli (Abogada - Secretaria). Rafaela, de Marzo de 2.021.

$ 225 440962 Mar. 22 Mar. 29

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RECONQUISTA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por Disposición de Graciela Beatriz Cereijo, Delegada Regional a cargo de la Secretaría de la Niñez, Adolescencia y Familia, Delegación Reconquista, en los autos caratulados: SUBSECRETARÍA DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y

FAMILIA s/Medida de protección excepcional - Machuca Guzmila - Machuca Juan Cruz y Ian Thiago Blanco; Expediente Administrativo Nº 01503-0005349-8, se notifica a los Sres. Candido Machuca, Jorge Blanco, y Brisa Paola Martinez, que se ha ordenado lo siguiente: Disposición ME-RE Nº 478. Reconquista 8 de Enero de 2.021. Vistos ... Considerando ... Dispone: Artículo 1º: Resolver en forma definitiva la Medida de Protección Excepcional dispuesta respecto de Machuca Guzmila Analía, DNI 55.652.822, nacida el día 25 de Julio de 2.016, de 4 años de edad; Machuca Juan Cruz, DNI 56.622.342, nacido el día 12 de Junio de 2.017, de 3 año de edad; hijos de Brisa Paola Martínez, DNI 41.602.296, nacida el día 20 de Diciembre de 1.998, y de Juan Cándido Machuca, DNI 23.582.834, nacido el día 7 de Agosto de 1.973; domiciliados en Barrio Virgen de Guadalupe Oeste, Manzana 8, lote 2; y Blanco Ian Thiago, DNI 54.340.181, nacido el día 11 de Diciembre de 2.014, de 6 años de edad, hijo de Brisa Paola Martínez y de Jorge Alberto Blanco, DNI 37.453.087, nacido el día 5 de Diciembre de 1.993, domiciliado en Barrio La Cortada, Manzana Z, casa 8, de la Ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe, conforme a la normativa legal establecida en la Ley Provincial N° 12.967 y su correlato en la Ley Nacional N° 26.061. Artículo 2°: Sugerir la Autoridad Jurisdiccional la privación del ejercicio de la responsabilidad de los progenitores de los niños y el discernimiento de tutela dativa de Ian Thiago Blanco, Juan Cruz Machuca y Guzmila Analia Machuca, a favor de los Sres: Claudia Ermelinda Maidana, DNI 21.721.943 y Daniel Alberto Blanco, DNI 21.721.609, MZA Z, Casa 8 S/N, Barrio La cortada, de la ciudad de Reconquista, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe. Artículo 3º: Interín se adopten otros recaudos, continuar con el resguardo de los niños bajo el cuidado y responsabilidad de Claudia Maidana y Daniel Blanco, quienes actualmente los alojan. Artículo 4º: Notificar la presente disposición a los representantes legales de los niños y a las partes interesadas. Artículo 5º: Notificar la resolución definitiva de la medida de protección excepcional y solicitar el control de legalidad de la misma al Juzgado competente, una vez agotado el procedimiento recursivo previsto en el artículo 62 de la Ley 12.967 y su decreto reglamentario N° 619/2.010. Lo que se publica a los efectos legales en el BOLETÍN OFICIAL. Reconquista, Marzo de 2.021.

S/C 440994 Mar. 22 Mar. 25

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En los autos caratulados: FARIAS HUGO ALCIDES s/Declaración de propia quiebra; (Expte. 381/2.018), que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Reconquista, se ha Resuelto lo siguiente: Resolución N° 570, Folio 410, Tomo 47. Reconquista, 25 de Noviembre de 2.020. Autos y Vistos: estos caratulados FARÍAS HUGO ALCIDES s/Declaración de la propia quiebra; (Expte. N° 381/2.018), de trámite por ante este Juzgado en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de esta ciudad, y, Considerando ... Que, a fs. 48 comparece la apoderada del fallido y solicita la rehabilitación del mismo y el cese sobre la cautelar que pesa sobre sus haberes. Que a fs. 49 se ordena correr vista a la Sindicatura de lo peticionado, quien contesta a fs. 50, manifestando que ha transcurrido el plazo del art. 236 L.C.Q., encontrándose el fallido en condiciones de que se dicte su rehabilitación. Agrega que dado que no se encuentran regulados los honorarios de los profesionales actuantes se desconoce el monto acumulado producto de la incautación sobre los haberes y por ende se desconoce si dichos montos son suficientes para cancelar las costas y gastos del presente proceso, por lo que plantea la posibilidad de que continúe el embargo sobre los haberes del fallido, aún cuando se dicte su rehabilitación. Que, en efecto debe darse la rehabilitación del fallido, la cual cesa de pleno derecho al año de la fecha de sentencia de quiebra (art. 236 de la LCQ). Que sin perjuicio de lo peticionado por la Sindicatura, en cuanto a que se continúe con el embargo sobre los haberes del fallido, he de ordenar también el levantamiento de dicha medida, toda vez que, conforme lo prescribe el art. 107 LCQ, el desapoderamiento de los bienes sólo puede extenderse hasta el momento en que cesa la inhabilitación. La rehabilitación produce el cese de las inhabilitaciones personales propias de la quiebra, y también impide que los bines adquiridos por el fallido después de ella sean sometidos a desapoderamiento y liquidación falencial (efecto patrimonial de la rehabilitación) (Rouillon, Adolfo A. N. Régimen de Concursos y Quiebras, Ley 24.522, 15° Edición actualizada y ampliada, Editorial Astrea, Buenos Aires, 2.007, pág. 341). Que así las cosas, también he de ordenar también el levantamiento del embargo que recae sobre los haberes del Sr. Farías...: Por ello es que; Resuelvo: 1) Rehabilitar al Sr. Hugo Alcides Farías, DNI 24.701.857. 2) Proceder al levantamiento de las inhibiciones que pesan sobre Hugo Alcides Farías, a tal efecto, líbrense los respectivos oficios. 3) Procédase al levantamiento de la interdicción para la salida del país, oficiándose a sus efectos. 4) Publíquense edictos. 5) Procédase al levantamiento del embargo que recae sobre los haberes del Sr. Hugo Alcides Farias, oficiándose a tales fines. Hágase saber, insértese y agréguese. Fdo. Fabián Lorenzini (Juez), Dr. José Boaglio (Juez).

S/C 440926 Mar. 22 Mar. 23

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En los autos caratutados: VELÁZQUEZ GUSTAVO JAVIER s/Su quiebra; CUIJ 21-24927643-7, que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Reconquista, se ha Resuelto lo siguiente: Resolución N° 542, Folio Nº 337, Tomo 47, Año 2.020. Reconquista 06 de Noviembre de 2.020; Autos y Vistos: estos caratulados VELAZQUEZ GUSTAVO JAVIER s/Quiebra; (Expte. N° 713/2.017), de trámite por ante este Juzgado en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de esta ciudad, y; Considerando: Que, a fs. 114 comparece la apoderada del fallido y solicita la rehabilitación del mismo, el cese sobre la cautelar que pesa sobre sus haberes y la conclusión de la quiebra por pago total. Que a fs. 115 se ordena correr vista a la Sindicatura de lo peticionado, quien contesta a fs. 116, manifestando que ha transcurrido el plazo del art. 236 LCQ, encontrándose el fallido en condiciones de que se dicte su rehabilitación. En cuanto a la conclusión de la quiebra por pago total, expresa que se ha abonado la totalidad de los gastos de conservación y justicia y no existen acreedores concurrentes, ni incidentes por lo que corresponde declarara la misma. Por último, también aconseja levantar la cautelar que pesa sobre los haberes del fallido. Que, en efecto debe darse la rehabilitación del fallido, la cual cesa de pleno derecho al año de la fecha de sentencia de quiebra (art. 236 de la LCQ). Que asimismo, también corresponde ordenar el levantamiento del embargo sobre los haberes del fallido, toda vez que, conforme lo prescribe el art. 107 LCQ, el desapoderamiento de los bienes sólo puede extenderse hasta el momento en que cesa la inhabilitación. La rehabilitación produce el cese de las inhabilitaciones personales propias de la quiebra, y también impide que los bines adquiridos por el fallido después de ella sean sometidos a desapoderamiento y liquidación falencial (efecto patrimonial de la rehabilitación) (Rouillon, Adolfo A. N. Régimen de Concursos y Quiebras, Ley 24.522, 15° Edición actualizada y ampliada, Editorial Astrea, Buenos Aires, 2007, pág. 341). Por último y habiéndose abonado la totalidad de los gastos de conservación y justicia y no habiendo acreedores concurrentes, corresponde ordenar la conclusión del proceso de quiebra por pago total. Por ello es que; Resuelvo: 1) Decretar la conclusión de la Quiebra de Gustavo Javier Velazquez, DNI 35.752.493, por pago total. 2) Rehabilitar al Sr. Gustavo Javier Velazquez. 3) Proceder al levantamiento de las inhibiciones que pesan sobre Gustavo Javier Velazquez, a tal efecto, líbrense los respectivos oficios. 4) Procédase al levantamiento de la interdicción para la salida del país, oficiándose a sus efectos. 5) Publíquense edictos. 5) Procédase al levantamiento del embargo que recae sobre los haberes del Sr. Gustavo Javier Velazquez, oficiándose a tales fines. Hágase saber, insértese y agréguese. Fdo. Dr. Fabián Lorenzini (Juez). Dr. José Boaglio (Secretario).

S/C 440930 Mar. 22 Mar. 23

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Por disposición del Sr. Juez de 1ª Instancia en lo Civil y Comercial de la 3ª Nominación de Reconquista Dra. Margarita A. Cismondi, se hace saber que en los autos RODRIGUEZ SILVIO ENRIQUE s/Quiebra; 21-25024563-4, que se tramitan por ante el Juzgado mencionado, se ha dispuesto lo siguiente: Reconquista, 30/12/2.020. Autos y Vistos: Estos caratulados: RODRIGUEZ SILVIO ENRIQUE s/Quiebra; CUIJ 21-25024563-4, de trámite por ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación - Distrito N° 4, de los que; Considerando: Que, la Sindica designada en Autos, C.P.N. Mabel Cecilia Toniutti, ha comparecido a aceptar el cargo (fs. 67/68) por lo que corresponde proceder conforme lo dispuesto en el inc. 7) del auto de apertura del 21/08/2.020 cumplimentando con los recaudos exigidos por el Art. 14, incisos 3 y 9 de la L.C.Q. Por todo ello, es que; Resuelvo: 1) Fijar el 10 de Marzo de 2.021 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar sus pedidos de verificación a la Síndica C.P.N. Mabel Cecilia Toniutti, con domicilio en calle Mitre N° 1.035 de esta ciudad, horario de atención de lunes a viernes de 9 hs. a 15 hs. 2) Fijar el 28 de Abril de 2.021 para la presentación por la Sindica de los Informes Individuales. 3) Fijar el 14 de Junio de 2.021 para la presentación del Informe General por el Síndico. 4) Ordenar publicar edictos haciendo conocer lo aquí decidido en el BOLETÍN OFICIAL y un diario local. Hágase saber, insértese el original y agréguese copia. Fdo: Dra. Margarita Cismondi, Jueza; Dra. Susana Carletti, Secretaria.

S/C 440763 Mar. 22 Mar. 29

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito N° 4 en lo Civil y Comercial, Tercera Nominación de la ciudad de Reconquistas (SF), se cita, llama y emplaza, por términos de ley, a todos los que se consideren con derechos hereditarios respecto del fallecimiento de la Flores Gladys Mariel, D.N.I. F. 3.965.235, fallecida el día 05 de Septiembre de 2.020, para que comparezcan a hacer valer los mismos en autos caratulados: FLORES GLADYS MARIEL s/Declaratoria de herederos; (CUIJ 21-25025727-6), de trámite por ante el Juzgado antes mencionado. Lo que se publican a sus efectos legales. Firmado: Dra. Susana C. Carletti, Secretaria Subrogante; Dra. Margarita Cismondi, Jueza. Reconquista, 11 de Marzo de 2.021.

$ 45 441114 Mar. 22