POR
RAQUEL ALICIA BARATTI
Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito N º 1, en lo Civil y Comercial de la 7ª Nominación de la ciudad de Santa Fe; se ha ordenado que en los autos caratulados: “CUIJ 21-02015417-6 KIEFFER, Juan Manuel c/ OTRA (L.C. Nº 4.102.586) y OTROS s/ EJECUCIÓN DE SENTENCIAS”; la Martillera Pública y Corredor de Comercio Raquel Alicia BARATTI Matrícula N º 823 (CUIT N º27-06728672-9); proceda a vender en pública subasta el día jueves 08/04/2021 a las 10:00 horas. Para que tenga lugar la Subasta del inmueble inscripto bajo el Nº 56939, Tº 567 Impar, Fº 3123 y Nº 18176, Fº 1131, Tº 777 Par del Dpto. La Capital de la Provincia de Santa Fe, la que se realizará por ante el Juzgado Comunitario de las Pequeñas Causas de la ciudad de Recreo. La subasta del inmueble se realizará sobre la Base de $ 549.495,25 (coeficiente de convergencia, Ley 13.875 de Santa Fe) y de no haber postores con una retasa del 25%; y en caso de persistir la ausencia, sin base y al mejor postor. El inmueble ubicado en calle Ricardo Aldo Nº 546 de la ciudad de Recreo, Plano Topográfico Nº 033150/1961 Lote Número “B” Partida Impuesto Inmobiliario: 10-10-00 139245/0005-5, zona urbana con la Base de Pesos Quinientos cuarenta y nueve mil cuatrocientos noventa y cinco con veinticinco centavos ($ 549.495,25) Avalúo Fiscal. De no existir postores seguidamente con la retasa del 25%, es decir: Pesos Cuatrocientos doce mil ciento veintiuno con cuarenta y cuatro centavos ($ 412.121,44) Base retasada Avalúo Fiscal; y de persistir la falta de oferentes, a continuación sin base y al mejor postor; que según la descripción de los títulos es la siguiente: Nº 56939, Tº 567 Impar, Fº 3123 “…La nuda propiedad de un lote de terreno ubicado en el pueblo de Recreo, Dpto. La Capital de esta Provincia, que es parte del lote número seis de la manzana E-2 según título, y según Plano de mensura practicado por el Agrimensor Amílcar J. S. Cova, en octubre de 1961 e inscripto en la Dirección Gral. de Catastro el 16 de noviembre del citado año 1961 bajo el Número 33150, se designa como lote letra “B” de la ya indicada manzana E-dos, y se compone de las siguientes medidas, linderos y superficies a saber: ocho metros cincuenta centímetros de frente al Este, lindando calle Pública sin nombre de veinte metros de ancho de por medio, con la manzana F-dos; igual contrafrente al Oeste, lindando con José Luis Osti, por cincuenta metros de fondo en su lado Norte, lindando con el lote letra “A”, e igual medida en su lado Sur, lindando con el lote letra “C”, representando una superficie de cuatrocientos veinticinco metros cuadrados. El lote deslindado se empieza a ubicar a los treinta y tres metros veinticinco centímetros rumbo al Sur de la esquina Noreste de la manzana en que se encuentra ubicado.” Nº 18176, Fº 1131, Tº 777 Par “…1/3 Parte indivisa que le corresponde sobre el siguiente inmueble: Una fracción de terreno, con todo lo en ella clavado, plantado, edificado y adherido al suelo, ubicada en la localidad de Recreo, Dpto. La Capital, de ésta Provincia, la que siendo parte del Lote Nº 6 DE LA Manzana E-2, de acuerdo al Plano Nº 33.150, confeccionado por el Agrimensor Amílcar J. S. Cova, inscripto el 16 de noviembre de 1961 y citado en su título antecedente, se designa como lote letra “B” y mide: Ocho metros, cincuenta centímetros de frente al Este, lindando calle Pública sin nombre de 20,00 metros de ancho de por medio, con la Manzana F-2; igual contrafrente al Oeste, lindando con José Luis Osti por cincuenta metros de fondo en su lado Norte, lindando con el lote letra “A” e igual medida en su lado Sur, lindando con el lote letra “C”, encerrando una superficie total de: CUATROCIENTOS VEINTICINCO METROS CUADRADOS. El lote deslindado se empieza a contar de los 33,25 metros rumbo al Sur de la esquina Nor-Este de la Manzana en que se encuentra ubicado.” El Registro Gral. de la Propiedad informa F -103 AFORO Nº 112059 de fecha 25/06/2020: inscripción dominial Tº 567 Impar; Fº 3123; Nº 56.939 Dpto. La Capital; que el titular registral posee Parte Indivisa de Dominio Pleno; no registra embargo; y F. 401 –I AFORO Nº 112061 de fecha 25/06/2020: no registra inhibición; y F-103 AFORO Nº 218175 de fecha21/10/2020: inscripción dominial Tº 777 Par; Fº 1131; Nº 18176 Dpto. La Capital; que el titular registral posee Parte Indivisa de Dominio Pleno; no registra embargo; y F-401 I AFORO Nº 218173 de fecha 21/10/2020: no registra inhibición. SCIT Certificado Nº 1012 partida: 10-10-00 139245/0005-5. A.P.I. expte. Nº 13301-0306632-6 y actualización informe de deuda Total es de $ 2.063,70 por períodos: 2019 (1, 2, 3, 4, 5, 6); 2020 (1, 2, 3, 4, 5, 6); 2021 (1). Municipalidad de Recreo Nota Nº 40925 de fecha 22/02/2021 e Informe Nº 60306 del 09/03/2021: Tasa Gral. de Inmueble: Pesos Veintitrés mil trescientos noventa y nueve con cincuenta y cuatro centavos ($ 23.399,54) al 03/03/2021; Contribución de Mejoras: al 25/02/2021 Obra de desagües cloacales: adeuda Pesos Diecisiete mil trescientos cincuenta y uno con veintiún centavos ($ 17.351,21); Obra de Cordón cuneta: adeuda Pesos Ocho mil doscientos sesenta y tres con setenta y seis centavos ($ 8.263,76); Obra de Pavimento Urbano: adeuda Pesos Diecisiete mil veinte con noventa y tres centavos ($ 17.020,93) el monto de esta obra son de cuotas vencidas (6) teniendo a la fecha (9) cuotas sin vencer con el importe de Pesos Dos mil setecientos cuatro con cuarenta y tres centavos ($ 2.704,43); Derecho de Edificación: No registra deuda; Juzgado de: No registra deuda. Cooperativa de Agua Potable, gas Natural, Obras y Servicios Pcos. y Asistencia Ltda. Informa al 25/02/2021 que tiene deuda de agua potable Siete (7) facturas correspondientes a los meses de febrero, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre por Pesos Dos mil setecientos veinticinco ($ 2.725,00). Cooperativa de Agua Potable, gas Natural, Obras y Servicios Pcos. y Asistencia Ltda. Informa al 25/02/2021 que tiene deuda de obra de gas natural que asciende a Pesos Treinta y cuatro mil seiscientos siete con veintidós centavos ($ 34.607,22)- Plano Topográfico por sistema.- De la constatación efectuada a: “…13/08/2020.- Llamo y fui atendida por … DNI Nº 22.716.532 – a quién le informé de mi cometido y no tuvo reparo en la realización de la medida. Así las cosas precedí a constatar: se trata de un inmueble para la vivienda en el que viven ella, y su hija …de 18 años, y lo hacen en carácter de heredera de quien fuera su titular Sra. …, su fallecida madre. Es un inmueble de materiales, techo de chapas, paredes de ladrillos parcialmente revocadas y pintadas, pisos de cerámica y en su frente contrapiso. Consta de cocina: de reciente construcción instalada, comedor, dos dormitorios y ante-baño y baño, éstos últimos de aproximadamente veinte a treinta años de antigüedad, en el fondo patio de gran extensión.- El estado de conservación es bueno. El inmueble está ubicado a dos cuadras del centro cívico y comercial de Recreo. Tiene servicio de luz eléctrica, agua de red, asfalto. No cuenta con numeración en su frente. No siendo para más, a las 13,25 hs di por finalizada la medida indicada. Fdo. Dra. Ana María MAZZIA Jueza (Juzgado Comunitario de las Pequeñas Causas de Monte Vera) Los títulos no fueron presentados y se encuentran agregados copias emitidas por Protocolos Notariales y Eno. actuante, por lo que, el que resulte comprador deberá estarse a las constancias de autos sin reclamo alguno posterior por falta ó insuficiencia de los mismos .- CONDICIONES: Para que tenga lugar la subasta del inmueble inscripto bajo el N° 56939, T° 567 Impar, F° 3123 y N ° 18176, F° 1131, T° 777 Par del Dpto. La Capital de la Provincia de Santa Fe, la que se realizará por ante el Juzgado Comunitario de las pequeñas causas de la Ciudad de Recreo, señálase el día Jueves 08/04/2021 a las 10 horas. Publíquense edictos por el término de ley en el Boletín Oficial y en el lugar que al efecto ha fijado la Corte Suprema de Justicia en el edificio de los Tribunales. La subasta del inmueble se realizará sobre la base de $ 549.495,25 (coeficientes de convergencia, Ley 13.875 de Santa Fe) y de no haber postores con una retasa del 25%; y en caso de persistir la ausencia, sin base y al mejor postor. Autorízase los gastos de propaganda solicitados con cargo de oportuna rendición de cuentas. Hágase saber al comprador que al momento de la subasta deberá abonar el 3% -en concepto de comisión del martillero- y el 10% a cuenta del precio del inmueble, y que al aprobarse la subasta deberá abonar el saldo del precio de la misma. Correrán a cargo del adquirente los impuestos nacionales, provinciales y municipales a partir de que la fecha de la subasta. Asimismo infórmese a los eventuales compradores que deberán conformarse con las constancias de autos y que en el acto de subasta deberán acreditar su condición frente a la AFIP. En los edictos a publicarse deberá consignarse el Nro. de CUIT o CUIL del martillero. ComunÍquese a la Presidencia de la Excma. Cámara Civil y Comercial. Hágase saber que la subasta se realizará conforme el Protocolo de Higiene para realización de Subasta aprobado por el Colegio de Martilleros. A los fines de notificar al Juzgado Comunitario de las Pequeñas Causas de la Ciudad de Recreo, ofíciese. Notifíquese.- Fdo. Dr. Lucio Alfredo PALACIOS, Juez. Dra. María Nazaret CANALE, Prosecretaria.” Protocolo sanitario: Medidas de Protección Individuales y Colectivas: - Modalidad de registración previa (wsp, e-mail, teléfono, etc), a los efectos de garantizar el debido distanciamiento social y personal entre los presentes al acto, los cuales deberán concurrir por sus propios medios. La capacidad de los lugares cerrados será limitada al 50% de la misma. Aplicar las medidas necesarias y recomendables para la desinfección de los asistentes, profesionales y empleados intervinientes, y la limpieza y desinfección de las superficies y objetos de uso frecuente, antes del inicio de la actividad, durante el tiempo que insuma y al cierre de la misma. Uso obligatorio y de manera correcta por parte del personal, profesionales, y del público asistente de los elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón. Ubicar al público asistente en el espacio respetando un distanciamiento físico mínimo de 1,5 metros entre ellos. Para el caso que las subastas se realicen en lugares cerrados deberán permanecer puertas y ventanas abiertas, a fin de garantizar la renovación del aire. La distancia entre las personas y asientos (sillas individuales) en su caso, será de 2 metros como mínimo. Señalizar los sectores de atención de público asistente, identificándolos mediante su D.N.I., registrándolos en planillas o fichas destinadas al efecto, debiéndose indicar además el día y la hora, domicilio, teléfono, e-mail. La inscripción para la asistencia al acto, que deberá hacerse hasta 24 hs antes de su realización, servirá como comprobante de autorización para circulación. Las planillas o ficha confeccionadas para la registración del público asistente deberán ser mantenidas en custodia por el profesional interviniente, en su caso por la institución organizadora, por el Colegio de Profesionales y/o por la autoridad que corresponda, por el término de 30 días. La disposición de los asientos (sillas individuales) deberá ser de tal forma que el respaldo de una a otra sea superior a 1 metro (recomendación de OMS). Será obligatorio disponer de alcohol en gel, alcohol diluido (70/30) o soluciones sanitizantes, en el ingreso del público y durante el tiempo que dure dicho acto. Exhibir cartelería referida a las principales medidas preventivas (aseo de manos, distanciamiento social o físico, estornudar y toser en el pliegue del codo cubriendo nariz y boca, etc.). Mantener los espacios debidamente ventilados y sanitizados. En subastas judiciales la autoridad pertinente será la que determine las acciones tendientes al cumplimiento del protocolo, como así también adoptar medidas complementarias que entienda corresponder.- Mayores informes: en Secretaría del Juzgado y/ó teléfono: 0342-156-312708. Firmado Dra. María Nazaret CANALE, Prosecretaria. Santa Fe, 12 de Marzo de 2.021.-
$ 1395 441296 Mar. 18 Mar. 22