picture_as_pdf 2021-03-15


TRANSFLUVIAL DEL LITORAL S.R.L.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial, a cargo del Registro Público de Comercio, y de acuerdo a lo establecido en el art. 10 de la L.S.C., se hace saber que la firma "Transfluvial del Litoral S.R.L.", C.U.I.T. 30-71490423-6, con domicilio en calle San Martín N° 974, Planta Alta, de la ciudad de Villa Constitución, inscripta en el Registro Público de Comercio en fecha 19 de Febrero 2.015 en Contratos, al Tomo 166, Folio 3206, N° 2061 aprobó la renovación de su gerencia, según consta en el acta de asamblea general ordinaria del 16 de Diciembre de 2.020, para el próximo período de 3 años de los cargos de Gerentes a Gastón Gabriel Lojda, argentino, comerciante, nacido el 22-12-1972, D.N.I. N° 22.842.340, C.U.I.T. 2022842340-9, casado en primeras nupcias con Graciela Carolina Dekimpe, con domicilio en la calle Comelli N° 194 de la ciudad de Campana, Provincia de Buenos Aires, Andrés Javier Lojda, argentino, comerciante, nacido el 29-06-1978, D.N.I. 26.619.234, C.U.I.T. 20-26619234-8, soltero, con domicilio en la calle Las Heras N° 369 de la ciudad de Campana, Provincia de Buenos Aires, y Román Martín Covelli, argentino, comerciante, nacido el 03-10-1975, D.N.I. N° 24.872.103, C.U.I.T. 20-24872103-1, soltero, con domicilio en la calle Independencia N° 342 de la ciudad de Villa Constitución, Provincia de Santa Fe, transcripta en fojas 28 del Libro de Actas de Asambleas N° 1 rubricado ante el Registro Público de Comercio en fecha 20 de Febrero de 2015.

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VRA CONSULTING S.A.S.


CAMBIO DE DOMICILIO


A los efectos legales, con motivo del cambio de domicilio social de la sociedad "VRA CONSULTING S.A.S.", se ha dispuesto publicar el siguiente edicto:

a) Fecha de acta: Veintinueve (29) de Enero del año 2021.

b) En reunión de socios la sociedad "VRA CONSULTING S.A.S." resolvió fijar el nuevo domicilio de la sede social de la empresa en calle Av. Cándido Carballo 183 Piso 3 oficinas 1 y 2 de Rosario (SF).

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XEO MED S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


De conformidad a lo dispuesto en los Incs. b).2ya).4 del Art. 10 de la LGS, se comunica que en fecha 10/12/2020, XEO MED S.R.L., inscripta en el Registro Público de la ciudad de Rosario, Sta. Fe, en la Secc. Contratos, el 16/03/16, al T° 167, F° 5326, N° 3271 y sus modific. 28/10/16, al T° 1671 F° 30282, N° 1815 y del 03/08/18, al T° 169, F° 5450, N° 1317, por acta de reunión de reunión de socios, ha decidido modificar la cláusula tercera redactada de la siguiente manera: Clausula Tercera: Plazo: La sociedad tendrá duración hasta el 28 de febrero de 2031.".- El capital social, que asciende a pesos doscientos cincuenta mil ($ 250.000.-), está representado por cien (100) cuotas de capital, de pesos dos mil quinientos ($ 2500.-) cada una de ellas, y corresponde: a Oscar Roberto Soland, setenta (70) cuotas sociales, de pesos dos mil quinientos ($ 2500.-), cada una, que representan un capital de pesos ciento setenta y cinco mil ($ 175000.-); a Alfredo Soland, treinta (30) cuotas sociales, de pesos dos mil quinientos ($ 2500.-), cada una, que representan un capital de pesos setenta y cinco mil ($ 75000.-). Que, por acta de asamblea de fecha 01/02/2021 conforme los términos y con los alcances del Art. 152 y concs. de la LS., el socio Oscar Roberto Soland cede al socio Alfredo Soland, por su valor nominal y en idéntica proporción, la cantidad de sesenta y cinco (65) cuotas de capital, de pesos dos mil quinientos ($ 2500.-) cada una, que representan un capital de pesos ciento sesenta y dos mil quinientos ($ 162500.-). Asimismo, se resuelve en dicha asamblea el aumento de capital a la suma de pesos quinientos mil ($ 500.000.-); de modo que se divida en cien (100) cuotas iguales de pesos cinco mil ($ 5000.-), cada una. Quedando la cláusula quinta redactada de la siguiente manera: "Clausula Quinta: Capital: El capital social se fija en la suma de pesos quinientos mil ($ 500000.-) que se divide en cien (100) cuotas iguales de pesos cinco mil ($ 5000.-), cada una. Al socio Alfredo Soland, le corresponde el noventa y cinco por ciento (95%), del capital social, es decir, noventa y cinco (95) acciones de pesos cinco mil ($ 5000.-), cada una y al socio Oscar Roberto Soland, le corresponde el cinco por ciento (5%) del capital social, es decir, cinco (5) acciones de pesos cinco mil ($ 5000.-), cada una. Se conviene que el capital se podrá incrementar cuando el giro comercial así lo requiera, mediante cuotas suplementarias. La reunión de socios, con las mayorías previstas en el segundo y tercer párrafo del Art. 160 de la LGS, aprobará las condiciones de monto y plazos para su integración, guardando la misma proporción de cuotas que cada socio sea titular al momento de la decisión." (Autos: XEO MED S.R.L. s/Prorroga cesión de cuotas -Texto ordenado - Aumento de capital 500.000. Expte. Nº 3796/2020 CUIJ Nº 21- 05519207-0).

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ALFA SERVICIOS S.R.L.


CONTRATO


Fecha del Instrumento: 3 de febrero de 2021.

Socios: Carlos Enrique Delmonte, nacido el 15 de noviembre de 1951, argentino, comerciante, viudo, domiciliado en avenida Villa La Ribera 5383 de la localidad de Pueblo Andino, quien acredita su identidad personal mediante documento nacional de identidad N° 8.617.515, CUIT N° 20-08617515-1; Natalia Delmonte, nacida el 07 de marzo de de 1984, argentina, comerciante, casada en primeras nupcias con Esteban Jesús Ercole, domiciliada en Bolívar 529 de la localidad de Timbúes, quien acredita su identidad personal mediante documento nacional de identidad N° 30.685.159, CUIT N° 23-30685159-4; y Marina Delmonte, nacida el 06 de junio de 1985, argentina, comerciante, soltera, domiciliada en Moreno 1463, Piso 7 C de la ciudad de Rosario, quien acredita su identidad personal mediante documento nacional de identidad N° 31.681.854, CUIT 23-31681854-4.

Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio en Ruta 11 km 334 de la ciudad de Puerto General San Martin, Provincia de Santa Fe pudiendo establecer sucursales, agencias y todo tipo de representación en cualquier lugar del país.

Razón social: La sociedad tendrá la denominación de ALFA SERVICIOS Sociedad de Responsabilidad Limitada.

Plazo: El término de duración de la firma será de noventa y nueve años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

Objeto: La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia o ajena, en forma independiente o asociada a terceros, la venta al por menor de partes, piezas y accesorios de vehículos automotores así como también mantenimiento y reparación de vehículos automotores.

Capital Social: El capital social se fija en la suma de doscientos mil pesos($ 200.000.-), divididos en doscientas (200) cuotas de mil pesos ($ 1000.-) cada una, que han sido suscriptas por los socios en las siguientes proporciones: Carlos Enrique Delmonte suscribe ciento ochenta cuotas de 1000 pesos cada una, que representan ciento ochenta mil pesos de capital social, Natalia Delmonte suscribe diez cuotas de 1000 pesos cada una, que representan diez mil pesos de capital social y Marina Delmonte suscribe diez cuotas de 1000 pesos cada una que representan diez mil pesos de capital social. Los socios integran el capital de la siguiente manera: veinticinco por ciento en efectivo, lo que se acredita con la correspondiente boleta de depósito del Nuevo Banco de Santa Fe y el resto del saldo será integrado en efectivo, en un máximo de dos años, a partir de la fecha del presente contrato.

Administración: La administración y representación estará a cargo del socio Carlos Enrique Delmonte, quien queda designado gerente. Los gerentes harán uso de la firma en forma indistinta.

Fiscalización: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios. Fecha de cierre del Ejercicio: 31 de diciembre de cada año.

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BREAK POINT S.R.L.


CONTRATO


El Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe, a cargo del Registro Público de Comercio, hace saber que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 10º de la Ley 19.550, el Señor: Pablo Alejandro Viso, argentino, comerciante, nacido el 29 de Enero de 1985, mayor de edad, de apellido materno Romero, con DNI 31.393.060, CUIT 20-31393060-3, soltero, domiciliado en calle Fraga 730 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe; Nicolás German Zelante, argentino, comerciante, nacido el 11 de Junio de 1984, mayor de edad, de apellido materno Díaz, con DNI 30.685.490, CUIT 20-30685490-9, de estado civil soltero, domiciliado en calle Alvear 1425 Piso 3º Depto. A de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe; y Damián Félix Himelfarb, Argentino, comerciante, nacido el 19 de Enero de 1988, mayor de edad, de apellido materno Fligman, con DNI 33.301.249, CUIT 20-33301249-9, de estado civil soltero, domiciliado en calle Pueyrredón 30 Depto. 3 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, todos hábiles para contratar han resuelto constituir la sociedad que girará bajo la denominación “BREAK POINT S.R.L.”

Fecha Instrumento de Constitución: 12 de Febrero de 2021.

Domicilio Social: Fraga 744 PB de la ciudad de Rosario, Prov. de Santa Fe.

Objeto Social: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, en cualquier parte del país o del extranjero, a: 1) La Compra, venta, por mayor y menor, comercialización, almacenamiento, fraccionamiento y distribución de toda clase de productos relacionados directa e indirectamente con artículos de la Industria Optica y de la Contactología y Oftalmología en general; 2) La Compra, venta, por mayor y menor, y servicio de asistencia técnica de equipamientos e instrumental óptico y oftalmológico; 3) La Compra, venta y comercialización de productos y/o materiales de audiología y fotografía; 4) La Representación de empresas nacionales y extranjeras a fin de prestar en su nombre la comercialización de artículos de la Industria Optica, Oftalmológica y de la Contactología en general; 5) La comercialización, importación, exportación y distribución de máquinas fotográficas, sus repuestos, complementos y accesorios; equipos, insumos, materias primas, y demás elementos vinculados con dicha actividad. 6) La promoción, administración y representación de productos de la industria óptica, oftalmológica y fotográfica. 7) La compra, venta, importación, exportación, representación, consignación y distribución de ropa e indumentaria, así como también todo tipo de maquinaria textil y sus accesorios; 8) La Compra, venta, importación, exportación, consignación, representación, y distribución de artículos de bazar, ya fueren materias primas o productos elaborados; 9) La importación y exportación de productos, servicios y materiales ópticos, oftalmológicos y fotográficos, herramientas, indumentaria, maquinarias, repuestos para automotores y artículos de bazar; 10) La compra y venta, de repuestos y accesorios para automotores; u) La venta online a través de internet, redes sociales y/o canales de distribución similares al por mayor y menor de productos y servicios y materiales ópticos, oftalmológicos y fotográficos, herramientas, indumentaria, maquinarias, repuestos para automotores y artículos de bazar.

Capital Social: El capital social se fija en la suma de Pesos Trescientos Mil ($ 300.000.-) dividido en tres mil (3000.-) cuotas de pesos cien ($ 100.-) cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: Pablo Alejandro Viso, suscribe mil (1000) cuotas de capital o sea la suma de pesos cien mil ($ 100.000.-), que integra de la siguiente forma: la suma de Pesos Veinticinco Mil ($ 25.000.-) en este acto y en dinero en efectivo y el saldo, o sea la suma de Pesos Setenta y Cinco Mil ($ 75.000.-), también en dinero en efectivo dentro de los Veinticuatro (24) meses de la fecha; Nicolás German Zelante, suscribe Mil (1000) cuotas de capital o sea la suma de pesos cien mil ($ 100.000.-), que integra de la siguiente forma: la suma de pesos veinticinco mil ($ 25.000.-) en este acto y en dinero en efectivo y el saldo, o sea la suma de pesos setenta y cinco mil ($ 75.000.-), también en dinero en efectivo dentro de los veinticuatro (24) meses de la fecha; y Damián Félix Himelfarb suscribe Mil (1000) cuotas de capital o sea la suma de pesos cien mil ($ 100.000.-), que integra de la siguiente forma: la suma de Pesos Veinticinco Mil ($ 25.000.-) en este acto y en dinero en efectivo y el saldo, o sea la suma de Pesos Setenta y Cinco Mil ($ 75.000.), también en dinero en efectivo dentro de los Veinticuatro (24) meses de la fecha.

Plazo de duración: 50 años desde su constitución.

Administración: La Dirección, Administración y Representación estará a cargo de uno (1) a tres (3) gerentes, pudiendo los mismos ser socios o no, quienes duraran en el cargo por tiempo indeterminado. A los fines de ejercer su función usaran sus propias firmas con el aditamento de "socio gerente" o "gerente", según el caso, precedida de la denominación social. En el desempeño de sus funciones, y actuaciones, podrán suscribir y realizar de modo independiente e indistinto, todos los actos y operaciones necesarios a efectos del cumplimiento del objeto social suscribiendo sus firmas debajo del sello de la razón social, con facultad para actuar amplia y libremente, con la única limitación de no comprometer a la sociedad en negociaciones ajenas al giro normal del negocio, o en fianzas, avales o garantías a terceros y en prestaciones a título gratuito. Se encuentra igualmente limitado el otorgamiento de actos de disposición de los bienes sociales o la constitución de derechos reales y prendas sobre los mismos los que solo podrán resolverse por unanimidad de voluntades de los socios.

Fiscalización: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios

Representación Legal: La representación legal estará a cargo de los gerentes Pablo Alejandro Viso, con DNI 31.393.060, domiciliado en calle Fraga 730 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe; Nicolás German Zelante, DNI 30.685.490, domiciliado en calle Alvear 1425 Piso 30 Depto. A de la ciudad de Rosario; y Damián Félix Himelfarb, DNI 33.301.249, domiciliado en calle Pueyrredon 30 Depto. 3 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe

Fecha de cierre de ejercicio: 31 de Diciembre de cada año.

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BROKERS DEL

TRIUNVIRATO S.R.L.


CONTRATO


Por disposición del Sr. Juez a cargo del Registro Público de Comercio se ha ordenado la siguiente publicación:

Denominación: "BROKERS DEL TRIUNVIRATO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA"

Fecha de Constitución: Instrumento privado de fecha 16 días de noviembre del 2020.

Domicilio: Santa Fe N° 1455 Dpto. A, de la ciudad de Rosario (CP 2000), Provincia de Santa Fe.

Socios: Mario Enrique Avellaneda, argentino, nacido el 21 noviembre de 1968, de estado civil divorciado con fecha de sentencia 04 de abril de 2011 en autos caratulados: "Mario Enrique, Avellaneda c/Silvana Alejandra, Sicurrello" s/Divorcio vincular, expediente judicial N° 2382/10, por ante el Tribunal Colegiado de Familia de la 3° Nominación de Rosario, Santa Fe, DNI 20.298.202 y CUIT 20-20298292-7, de profesión abogado, domiciliado en calle Juan Manuel de Rosas 1527 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe; Hernán Cristian Asad, argentino, nacido el 4 de julio de 1972, de estado civil casado en primeras nupcias con Gabriela Erica Granato, DNI 21.941.857, de Profesión Martillero DNI 22.485.913 y CUIT 23-22495913-9, domiciliado en calle Maipú 2153 PB de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y Danilo José Maukos, argentino, nacido el 04 de octubre de 1968, de estado civil soltero, de profesión comerciante, DNI 20.239.324, CUIT 20-20239324-2, domiciliado en calle Los Almendros S/N Zona Rural de la localidad de Ibarlucea, Pcia. de Santa Fe.

Capital: Pesos un millón doscientos ($ 1.500.000.). dividido en 1.500 (mil quinientos) cuotas de $ 1.000.- (pesos mil) valor nominal cada una, el que es suscripto por los socios en las siguientes proporciones: el Señor Mario Enrique Avellaneda, DNI 20.298.202, la cantidad de 500 (quinientas) cuotas de $ 1,000.-(pesos mil) cada una que representa el 33,33% (treinta y tres coma treinta y tres por ciento) del capital, él Señor Hernán Cristian Asad, DNI 22.485.913 , la cantidad de 500 (quinientas) cuotas de $ 1.000.- (pesos mil) cada una que representa el 33,34% (treinta y tres coma treinta y cuatro por ciento) del capital y el Señor Danilo José Maukos, DNI 20.239.324, la cantidad de 500 (quinientas) cuotas de $ 1.000.- (pesos mil) cada una que representa el 33,33% (treinta y tres coma treinta y tres por ciento) del capital.

Administración y representación: A cargo del Socio Gerente al Señor Hernán Cristian Asad, DNI 22.485.913.

Fiscalización: A cargo de todos los socios.

Objeto: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros en cualquier punto del país o del extranjero, las siguientes actividades:

1. Organización, administración, gerenciamiento y comercialización de servicios de salud, médicos asistenciales en todas sus especialidades y en sus tres niveles prestacionales, de obras sociales y empresas de medicina prepaga, organismos públicos y privados, personas físicas y jurídicas.

2. Prestación de servicios como empresa de Medicina Prepaga y/u Obra Social.

3. Prestación de servicios de emergencias sin internación en materia de salud, prehospitalarias, atención médica, domiciliaria y traslados sanitarios de alta y baja complejidad.

4. Servicio de cuidados enfermos y adultos mayores en sanatorios y en domicilios todas ella por sistema prepago de abono mensual y/o contratación eventual del servicio.

5. Gestión, desarrollo y explotación de los servicios funerarios (Salas de velatorio, suministro de ataúdes o féretros, urnas para restos, para cenizas y cajas de embalaje para traslado), mediante cuantas autorizaciones sean necesarias. Prestación del servicio de coches fúnebres y para coronas. Traslado de cadáveres y restos. Tramitación de las diligencias necesarias para obtener la licencia de entierro y la licencia de traslado dentro de los términos municipales vigentes. Aquellas otras actividades conexas con los servicios funerarios y que la sociedad se encuentre legalmente autorizada para desarrollar, incluido sepelios para mascotas.

6. Explotación de servicios de cremación y cementerio incluyendo su conservación y mantenimiento. Recepción en cementerios de difuntos. La inhumación, exhumación y cremación y entierro de cadáveres o restos, incluidos los de mascotas. El otorgamiento y transmisión de la concesión de derechos funerarios sobre cualquier tipo de sepulturas.

7. La sociedad tendrá plena capacidad jurídica para poder constituirse, organizarse e integrarse como red de prestadores de salud, en jurisdicciones municipales, provinciales, regionales o nacionales y toda clase de agrupaciones de colaboración empresaria A.C.E. y U.T.E. Podrá realizar contratos con personas individuales o establecer sistemas de contratación colectiva con instituciones, empresas o asociaciones de cualquier índole. Asimismo podrá celebrar contratos de organización y ejecución de atención médico asistencial integral, de intermediación, de administración, de concesión, de gerenciamiento y/o mandatos con obras sociales, empresas prestadoras de servicios médicos y prepagas, compañías de aseguradoras de riesgo del trabajo (A.R.T.) y con todos los entes públicos y privados existentes en el país como en el extranjero.

8. Ejercer representaciones, comisiones, distribuciones, intermediaciones, consignaciones y mandatos sobre asuntos vinculados con el objeto social. Las actividades sociales se realizarán con profesionales habilitados según lo establezcan las leyes reguladoras de la materia.

Construcción de edificios y salas de velatorio, con sus elementos complementarios, tales como oratorios, cafeterías, salas de tanatopraxia, cámaras frigoríficas, garajes y aparcamientos - Gestión y explotación de todos los edificios e instalaciones construidas. La construcción de sepulturas; nichos, panteones o cualquier otro elemento destinado a tal fin.

Fecha cierre ejercicio: 31 de diciembre de cada año.

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BUSSINES AND LINKS S.A.S.


ESTATUTO


Se hace saber que por acta constitutiva de fecha 05 días del mes de agosto del año 2019. 1) Max Lucio Solina, DNI 36.657.413, CUIT 20-36657413-2, soltero, argentino, nacido en fecha 29/05/1992, con domicilio en calle Paraná 1138 de Rosario, Provincia de Santa Fe, Argentina; y 2) Martín Américo Atlas, DNI 33.335.924, 20-33335924-4, soltero, nacido el 01/10/87, argentino, con domicilio en calle Av. Carballo 120 Piso 6º, dpto. "E" de Rosario, Provincia de Santa Fe, Argentina; han resuelto constituir una Sociedad por Acciones Simplificada, cuyos datos principales se exponen a continuación:

Denominación: "BUSSINES AND LINKS SAS."

Domicilio: Tiene su domicilio en la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, República Argentina. La sede social está ubicado en Av. Carballo 120 Piso 60, dpto. "E" de Rosario, Provincia de Santa Fe, Argentina.

Plazo: Su duración es de cincuenta (50) años contados desde la inscripción en el Registro Público.

Objeto: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros, o asociada a terceros en el país o en el extranjero, servicios de gestión de dispositivos y su distribución vía aplicación informativa (APP) para servicios de compraventa por mayor y menos de productos agrícolas, alimenticios, descartables, de higiene y productos médicos y metalúrgicos. A tales fines, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y otorgar todos los actos que no estén prohibidos por la ley o por este estatuto.

Capital Social: El capital social es de Pesos Doscientos Mil ($ 200.000.-), representados por Doscientos Mil Acciones escriturales (200.000) de Un peso ($ 1.-) de valor nominal cada acción. El capital social puede ser aumentado por decisión de los socios conforme lo dispone el artículo 44 de la Ley N° 27.349. Se suscribe e íntegra de la siguiente manera: 1) Martín Américo Atlas, suscribe la cantidad de ciento sesenta mil (160.000) acciones ordinarias escriturales de Un peso ($ 1.-) de valor nominal cada acción y de un (1) voto cada una, por un total de Pesos Ciento Sesenta mil ($160.000.-). 2) Max Lucio Solina, suscribe la cantidad de Cuarenta Mil (40.000) acciones ordinarias escriturales de Un peso ($ 1.-) de valor nominal cada acción y de un (1) voto cada una, por un total de Pesos Cuarenta Mil ($40.000.-).

El capital suscripto se integra en dinero en efectivo, el veinticinco por ciento (25%) en este acto, obligándose los socios a integrar el saldo dentro de los dos años desde la firma del presente instrumento.

Composición del órgano de administración: La administración de la

Sociedad está a cargo de una o más personas humanas, socios o no, cuyo número se indicará al tiempo de su designación, entre un mínimo de uno (1) y un máximo de tres (3) miembros. La administración de la sociedad tiene a su cargo la representación de la misma. Se deberá designar por lo menos, un administrador suplente mientras la sociedad carezca de órgano de fiscalización. Si la administración fuera plural, los administradores la administrarán y representarán en forma indistinta. Duran en el cargo por plazo indeterminado. Durante todo el tiempo en el cual la sociedad la integre un único socio, éste podrá ejercer las atribuciones que la ley le confiere a los órganos sociales, en cuanto sean compatibles, incluida la administración y representación legal.

El administrador titular designado por tiempo indeterminado es Martín Américo Atlas, DNI 33.335.924, 20-33335924-4, soltero, nacido el 01/10/87, argentino, con domicilio en calle Av. Carballo 120 Piso 6º, dpto. "E" de Rosario, Provincia de Santa Fe, Argentina, y constituye domicilio especial, conforme lo dispuesto en el art. 51 de la Ley 27.349, en calle Av. Carballo 120 Piso 60, Dpto. "E" de Rosario, Provincia de Santa Fe, Argentina.

El administrador suplente designado por tiempo indeterminado es Max Lucio Solina, DNI 36.657.413, CUIT 20-36657413-2, soltero, argentino, nacido en fecha 29/05/1992, con domicilio en calle Paraná 1138 de Rosario, Provincia de Santa Fe, Argentina y constituye domicilio especial, conforme lo dispuesto en el art. 51 de la Ley 27.349, en Galería Victoria, Local 44, Planta Alta, ubicado en calle Paraná 1138 de Rosario, Provincia de Santa Fe, Argentina.

Cierre de ejercicio: El ejercicio económico cierra 31 de diciembre de cada año. La sociedad prescinde de sindicatura, encontrándose la fiscalización de la misma a cargo del o los señores socios

$ 145 438999 Mar. 15

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5 SENTIDOS S.R.L.


CONTRATO


Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Distrito de la 1ra. Nominación, Registro Público de Comercio, se ha ordenado la publicación del contrato social de la sociedad 5 Sentidos S.R.L y designación de autoridades. Socios: Marcelo Oscar Faini, argentino, nacido el 17 de diciembre de 1976, de apellido materno Valiente, D.N.I. N° 25.750.001, CUIT 20-25750001-3, de profesión Contador Público, domiciliado en calle Bv. Oroño 1455 piso 14 Dpto. 01 de la localidad de Rosario, Provincia de Santa Fe, casado en 1ras nupcias con María Fernanda Martínez, Oscar Guillermo Faini, argentino, nacido el 16 de noviembre de 1980, de apellido materno Valiente, D.N.I. N° 28.565.674, CUIT 20-28565674-6, de profesión "comerciante, domiciliado en Irigoyen N° 4051 de la localidad de Funes, Provincia de Santa Fe, casado en 1 ras nupcias con Catalina Lavista Llanos, Lucas Lamagni, argentino, nacido el 21 de mayo de 1990, de apellido materno Seguer, D.N.I. N° 35.207.125, CUIT 20-35207125-1, de profesión arquitecto, domiciliado en calle Catamarca N° 2669 de la localidad de Rosario, Provincia de Santa Fe, casado en 1ras nupcias con María del Carmen Censabella, Juan Ignacio Torrezán, argentino, nacido el 30 de agosto de 1988, de apellido materno Bercoff, D.N.I. N° 33.807.782, CUIT 20-33807782-4, de profesión arquitecto, domiciliado en calle Alvear N° 671 piso 2 departamento A de la localidad de Rosario, Provincia de Santa Fe, soltero y Andrés Tersse, argentino, nacido el 4 de septiembre de 1980, de apellido materno Sala, D.N.I. N° 28.392.311, CUIT 20-28392311-9, de profesión Contador Público, domiciliado en calle Irigoyen N° 4051 de la localidad de Funes, provincia de Santa Fe, casado en Iras nupcias con María Cecilia Ribes. Fecha de Constitución: 21 de diciembre de 2020. Denominación: 5 Sentidos S.R.L. Domicilio Social: Santa Fe 2557 Oficina 08, de la ciudad de Rosario (Santa Fe). Plazo de Duración: noventa y nueve (99) años contados desde su inscripción en el Registro Público de Comercio. Objeto Social: La sociedad tiene por objeto, dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en el país o en el extranjero a las siguientes actividades: a) Compra, venta, permuta, alquiler, arrendamiento y administración de propiedades inmuebles, inclusive las comprendidas bajo el Régimen de Propiedad Horizontal, así como también toda clase de operaciones inmobiliarias vinculadas a la actividad fiduciaria, se excluye expresamente del objeto la realización de corretaje o intermediación entre la oferta y la demanda en negocios inmobiliarios ajenos en los términos de la Ley 13.154.; b) Gerenciamiento, desarrollo y consultoría de proyectos inmobiliarios propios y/o de terceros; c) Desarrollar proyectos de obras desde el punto de vista técnico; coordinar a los profesionales involucrados -arquitectos, ingenieros, gestores y otros, establecer un presupuesto del proyecto y un plan de trabajos, coordinar el proceso de contratación y construcción desde el punto de vista técnico-económico, efectuando un minucioso control de la calidad, plazos y costos de las obras que se realicen, en función de los objetivos y condiciones iniciales planteadas; d) Construcción y/o refacción de inmuebles urbanos, rurales y la edificación de cualquier naturaleza, inclusive de bienes que se sometan al régimen de Propiedad Horizontal, régimen especial de Propiedad Horizontal, y cualquiera de las tipificaciones incluidas en el Código Civil y Comercial de la Nación, ya sea en inmuebles propios o de terceros; e) Asumir el rol de Fiduciaria en contratos de Fideicomiso, pudiendo en aquellos casos que la ley lo permita, ejercer también el rol de Fiduciante, en los términos del Título IV, Sección 2, Capítulo 30 del Código Civil y Comercial de la Nación, revistiendo también el carácter de titular de dominio fiduciario de los bienes fideicomitidos, que tengan por objeto el desarrollo de proyectos inmobiliarios, créditos o cualquier otro bien o valor relacionado con el negocio inmobiliario en cualquiera de sus modalidades incluyendo sin limitación fideicomisos ordinarios, de garantía o de administración. Para el cumplimiento de su objeto social la Sociedad podrá realizar todo tipo de actos jurídicos relacionados en forma directa o indirecta con el mismo, sin más limitaciones que las provenientes de la normativa aplicable, la Ley General de Sociedades y este contrato. Capital Social: El capital social se fija en la suma de pesos seiscientos mil ($600.000), representado por sesenta mil (60.000) cuotas sociales de pesos diez ($10) valor nominal cada una. Marcelo Oscar Faini: veinticuatro mil (24.000) cuotas; Oscar Guillermo Faini: seis mil (6.000) cuotas; Lucas Lamagni: doce mil (12.000) cuotas; Juan Ignacio Torrezán: doce mil (12.000) cuotas; Andrés Tersse: seis mil (6.000) cuotas. Administración: La administración, representación legal y uso de la firma social estará a cargo de uno o más gerentes en forma individual e indistinta, socios o no, quienes ejercerán el cargo hasta que sean removidos por la reunión de socios. El socio gerente designado es Andrés Tersse, D.N.I. N° 28.392.311 Fiscalización: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios o terceros designados a sus costas. Cierre del ejercicio: el día 30 de septiembre de cada año.

$ 135 438922 Mar. 15

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COLSA S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


Por disposición del Señor Juez de la Primera Nominación del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 4, en lo Civil y Comercial de Reconquista (SF), a cargo del Registro Público Reconquista, Dr. José M. Zarza, Juez - Dra. Mirian Graciela David - Secretaria, hace saber que en los autos caratulados: "COLSA S.R.L. s/Cesión de cuotas - (mod. Cláus. 4ta.: capital) - mod. cláus. 5ta: administración - Cambio sede social)" (Expte. N° 248/2020) CUIJ N° 21-05291329-9, se ha ordenado la siguiente publicación:

1) Cesión de cuotas sociales Colsa S.R.L. de fecha 16/07/2020:

Cedentes: Miguel Angel Sebastián Colombo, argentino, mayor de edad, casado, nacido el 18/04/1951, de profesión comerciante, DNI: 8.485.625, CUIT: 20-08485625-9, con domicilio en Ruta "A" 009 Km. 11 de Reconquista, Dpto. Gral. Obligado (SF); Matías Federico Sartor, argentino, mayor de edad, nacida el 07 de Agosto de 1985, DNI N° 31.769.055, CUIL N° 24-31769055-6, de Profesión comerciante, soltero, domiciliado en Calle 10 N° 635 de Avellaneda, Dpto. Gral. Obligado, Santa Fe.

Cesionario: Agustín Amador Palavecino, argentino, mayor de edad, soltero, nacido el 30/04/1988, de profesión comerciante, DNI: 33.625.235, CUIT 20-33625235-1, con domicilio en calle Arenales N° 850 B° San Miguel, de Formosa (Formosa).

El socio Sr. Miguel Angel Sebastián Colombo le cede al Sr. Agustín Amador Palavecino la cantidad de doscientos cincuenta (250) cuotas sociales de pesos cien ($100) valor nominal cada una, lo que hace un total de pesos veinticinco mil ($25.000,00). Esta cesión se realiza por el precio de pesos veinticinco mil ($ 25.000), importe que es abonado por el cesionario en este mismo acto y en dinero efectivo.

El socio Sr. Matías Federico Sartor le cede al Sr. Agustín Amador Palavecino la cantidad de doscientos cincuenta (250) cuotas sociales de pesos cien ($100) valor nominal cada una, lo que hace un total de pesos veinticinco mil ($25.000,00), importe que es abonado por el cesionario en este mismo acto y en dinero efectivo.

2) Modificación contrato social:

"Cuarta: El capital social se fija en la suma de pesos ciento cincuenta mil ($150.000), dividido en un mil quinientas (1.500) cuotas sociales de pesos cien ($100) valor nominal cada una, las cuales han sido suscriptas e integradas totalmente en efectivo, por los socios en la siguiente proporción: el socio Sr. Agustín Amador Palavecino, la cantidad de quinientas (500) cuotas sociales de pesos cien ($100) valor nominal cada una, por un total de pesos cincuenta mil ($50.000); el socio Sr. Miguel Angel Sebastián Colombo, la cantidad de quinientas (500) cuotas sociales de pesos cien ($100) valor nominal cada una, por un total de pesos cincuenta mil ($50.000); el socio Matías Federico Sartor, la cantidad de quinientas (500) cuotas sociales de pesos cien ($100) valor nominal cada una, por un total de pesos cincuenta mil ($50.000). Dichas cuotas sociales son integradas totalmente en efectivo estableciéndose que el Capital podrá ser incrementado cuando se estime procedente por decisión unánime de los socios.

Quinta: La administración y representación de la sociedad estará a cargo de uno o más gerentes en forma individual o conjunta, socios o no, designados en reunión de socios por el término de cinco (5) ejercicios siendo reelegibles en forma automática mientras los socios no dispongan lo contrario. En tal carácter se comprometen a cumplir las normas que la sociedad adopte, con la prohibición absoluta de comprometer a la sociedad en negociaciones ajenas al giro de la misma; o en prestaciones, garantías o fianzas gratuitas a favor de terceros. En el ejercicio de la administración los administradores tiene todas las facultades para realizar actos y contratos que la buena marcha de los negocios sociales aconseje y que se relaciones con el objeto social; debiendo constituir al momento de ser designados una garantía mínima de Pesos Veinte Mil ($ 20.000), la que será depositada en la sociedad. En caso de discusión sobre el accionar de alguno de los administradores de la sociedad la misma se debatirá en sede judicial, siendo competentes los tribunales de la ciudad de Reconquista, con renuncia a todo otro fuero.

Cambio de sede social: Ruta "A-009" - Km. 11 - de la Ciudad de Reconquista- Dpto. General Obligado- Santa Fe. Reconquista (SF), 22 de Febrero de 2021. Mirian Graciela David, Secretaria.

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COMPAÑÍA GENERAL DE CARRUAJES S.A.


MODIFICACION DE ESTATUTO


Se hace saber: por Asamblea de fecha 18/06/19, se resolvió la Reconducción del plazo social por 50 años desde la inscripción de la Reconducción en el Registro Público de Comercio Rosario y se ha reformado el estatuto social. Por Asamblea fecha 18/02/2021, se designó sede social calle Pueyrredón N° 1547 de Rosario.

Los Artículos reformados quedaron redactados de la siguiente forma: Artículo 1: Con la denominación COMPAÑÍA GENERAL DE CARRUAJES S.A. RECONDUCIDA, se reconduce una sociedad anónima con domicilio legal en la jurisdicción de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, República Argentina. El directorio podrá establecer sucursales, representaciones o agencias en cualquier parte del país o del extranjero. Artículo 2º: El término de duración de la sociedad queda fijado en cincuenta años, contados desde la inscripción de la presente reconducción en el Registro Público de Comercio. Artículo 4º: El capital social se fija en un millón doscientos mil pesos ($ 1.200.000) representado por veinte mil acciones de sesenta pesos ($60) valor nominal cada una. El capital social podrá ser aumentado por decisión de la asamblea ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme el Art. 188 de la LSC, la que podrá delegar en el directorio la época de emisión, forma y condiciones de pago. Dicha resolución se publicará e inscribirá en el Registro Público de Comercio. El capital Social anunciado, se compone íntegramente de acciones ordinarias con derecho a un voto por acción. Artículo 11º: La administración de la sociedad está a cargo de un Directorio compuesto del número de miembros que fije la asamblea, entre un mínimo de uno y un máximo de cuatro, quienes durarán en sus funciones tres ejercicios. Pudiendo ser reelegidos. El Director permanecerá en su cargo hasta ser reemplazado. La Asamblea puede designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo, con el fin de llenar las vacantes que se produjeran, en el orden de su elección. Los Directores en su primera sesión, deben designar un Presidente, un vice-presidente que reemplaza al presidente en caso de ausencia o impedimento. Los directores podrán hacerse representar en el directorio por otro director mediante carta poder, sin perjuicio de la responsabilidad del poderdante por las resoluciones adoptadas. El Directorio funciona válidamente con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por la mayoría de votos presentes. Los Directores perciben la remuneración que fija la asamblea, por sí o a propuesta del Directorio, la que se cuenta por el ejercicio económico a que va referida su gestión sin que la extensión del período hasta su reemplazo, pueda crear derechos adicionales. El cargo de Director no es incompatible con el desempeño de otras actividades de cualquier naturaleza, sea ejercida o no en forma permanente, dentro o fuera de la sociedad. El Directorio se reunirá cuando lo convoque el presidente por cualquier medio fehaciente todas las veces que el interés social lo exija, debiendo hacerlo por lo menos una vez por mes o cuando lo requiera cualquiera de los directores, en tal caso, será de aplicación el Artículo 267 de la LSC. Todas las reuniones de Directorio se transcribirán en un libro de Actas llevado en forma legal, con indicación de los presentes, asuntos tratados y resoluciones tomadas por los asistentes a la reunión. Artículo 12º: Los Directores deben depositar en la caja de la sociedad, como garantía de su desempeño, la suma de veinte mil pesos ($ 20.000) cada uno, hasta tres meses después de la terminación de sus funciones. Artículo 130: El Directorio tiene todas las facultades para administrar y disponer de los bienes, incluso aquellas para las cuales la ley requiere poderes especiales conforme el Artículo 375 del Código Civil y Comercial de la Nación, con excepción de lo dispuesto por el artículo 90 del decreto Ley 5965/63. Puede en consecuencia celebrar en nombre de la sociedad, toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social, entre ellos: operar con el Banco de la Nación Argentina, Banco Provincial de Santa Fe, Banco Municipal de Rosario, o cualquier otro Banco oficial, mixto, privado, existente o a crearse en el país o en el extranjero, de acuerdo a sus cartas orgánicas y reglamentos. Otorgar a una o más personas poderes judiciales, - inclusive para querellar criminalmente-, o extrajudiciales con el objeto y extensión que juzgue conveniente. Artículo 150: La sociedad prescinde de la sindicatura conforme lo autoriza el art. 284 de la Ley de sociedades comerciales. Mientras mantenga vigente la prescindencia de la sindicatura, la fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios de acuerdo con el derecho de contralor que les confiere el artículo 55 de la ley de sociedades comerciales. Artículo 16: Toda asamblea debe ser citada simultáneamente en primera y segunda convocatoria, en la forma establecida para la primera por el Artículo 237 de la LSC, sin perjuicio de lo allí dispuesto para el caso de asamblea unánime. La asamblea en segunda convocatoria, ha de celebrarse el mismo día una hora después de la fijada para la primera. Artículo 18: Las asambleas serán presididas por el presidente del directorio y en caso de ausencia o impedimento por el vice-presidente, en ausencia de ambos la presidirá el director o accionista que designe la asamblea. El secretario de las asambleas, será el director o accionista que designe la asamblea. Los accionistas deberán depositar sus acciones en la caja de la sociedad con no menos de tres días hábiles de anticipación al de la asamblea, ese depósito podrá sustituirse por la presentación con igual anterioridad de un certificado expedido por un banco o institución autorizada que acredite su depósito. Los accionistas que no pudieran concurrir a las asambleas, podrán hacerse representar mediante el otorgamiento del mandato por instrumento público o privado en éste último supuesto, con la firma certificada en la forma dispuesta por el artículo 239 de la LSC. Se llevará un libro de actas en el que se registrarán las asambleas que se realicen, que serán firmadas por el presidente y por dos accionistas designados al efecto, dentro de los cinco días de la fecha de su celebración. Artículo 190: El ejercicio económico de la sociedad se cierra el 31 de Diciembre de cada año, a cuya fecha se confeccionarán los estados contables conforme a las disposiciones en vigencia y normas técnicas de la matera. La asamblea puede modificar la fecha de cierre del ejercicio inscribiendo la resolución pertinente en el Registro Público de Comercio y comunicándola a la autoridad de control. Las ganancias realizadas y líquidas se destinarán: a) cinco por ciento hasta alcanzar el 20 por ciento del capital suscripto, para constituir el fondo de reserva legal; b) a remuneración del directorio; c) a dividendo de las acciones preferidas con prioridad los acumulativos impagos, d) al saldo en todo o en parte, a participación adicional de las acciones preferidas y a dividendos de las acciones ordinarias o a fondos de reserva facultativos, o de previsión o a cuenta nueva, o al destino que determine la asamblea. Los dividendos deben ser pagados en proporción a las respectivas integraciones, dentro del año de su aprobación. Los dividendos deben ser pagados en proporción a las respectivas integraciones, dentro del año de su aprobación. Los dividendos no cobrados dentro de los tres años de la fecha en que fueron puestos a disposición de los accionistas prescribirán a favor de la sociedad e ingresarán al fondo de reserva legal. Artículo 20º: Producida por cualquier causa la disolución de la sociedad se procederá a su liquidación, la que puede ser efectuada por el directorio o por el o los liquidadores designados por la asamblea general de accionistas. La gestión del o los liquidadores será remunerada en la forma en que se determine en el momento de sus designaciones. El o los liquidadores deberán observar en su gestión, las normas legales pertinentes de la sección XIII de LSC. Del monto resultante de la liquidación de los bienes y derechos sociales, se procederá al pago de todo el pasivo social y los gastos de la liquidación entre los cuales se contarán las remuneraciones a los liquidadores. El remanente se distribuirá de acuerdo al siguiente orden: a) Pago de dividendos atrasados si los hubiere, de las acciones preferidas. b) Pago de dividendos atrasados si los hubiere, de las acciones ordinarias. c) Reembolso del valor nominal integrado de las acciones privilegiadas, si las hubiere, d) Reembolso del valor nominal integrado de las acciones ordinarias; e) Si hubiera excedente, será distribuido entre las acciones ordinarias en proporción al valor nominal integrado. El Directorio.

$ 240 438994 Mar. 15

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DIGIBOOST S.R.L.


CONTRATO


En la ciudad de Villa Constitución, Provincia de Santa Fe, a los diez días del mes de enero del año dos mil veintiuno, entre: Javier Ernesto Santilli, de nacionalidad argentina, nacido el 9 de febrero de 1984, de profesión Comerciante, soltero, con domicilio en calle Catamarca N° 1620, de la ciudad de Villa Constitución, Provincia de Santa Fe, con documento de identidad DNI N° 30.701.752, C.U.I.T. N° 20-30701752-1; y Juan Pablo Machado, de nacionalidad argentina, nacido el 29 de diciembre de 1982, de profesión Comerciante, soltero, con domicilio en calle Rivadavia N° 1957) Planta Baja, Departamento "A", de la ciudad de Villa Constitución, Provincia de Santa Fe, con documento de identidad DNI N° 30.048.279, C.U.I.T. N° 20-30048279-2; todos hábiles para contratar, convienen en constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada, que se regirá por la Ley 19.550, sus modificatorias y cláusulas siguientes:

Primera: Denominación: La sociedad girará bajo la denominación de "DIGIBOOST S.R.L."

Segunda: Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio legal en calle Entre Ríos N° 382, Piso 61, Departamento "B", de la ciudad de Villa Constitución, Provincia de Santa Fe.

Tercera: Duración: El término de la duración se fija en 50 (cincuenta) años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

Cuarta: Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) Venta de artículos de Informática y artículos gamers; b) Marketing digital.

Quinta: Capital: El capital social se fija en la suma de $ 600.000 (pesos seiscientos mil) dividido en 60.000 (sesenta mil) cuotas de valor nominal $ 10 (pesos diez) cada una, suscripto e integrado por los socios de la siguiente manera: Javier Ernesto Santilli suscribe 30.000 (treinta mil) cuotas de capital de $ 10 (pesos diez) cada una, lo que hace un total de $ 300.000 (pesos trescientos mil); y Juan Pablo Machado suscribe 30.000 (treinta mil) cuotas de capital de $ 10 (pesos diez) cada una, lo que hace un total de $ 300.000 (pesos trescientos mil); integrando cada uno de los nombrados en este acto, el veinticinco por ciento, en efectivo, de acuerdo al certificado de depósito que se acompaña, comprometiéndose a integrar el resto también en efectivo dentro de los 12 (doce) meses de la fecha.

Sexta: Administración, dirección y representación: La administración, dirección y representación de la sociedad estará a cargo de los socios Javier Ernesto Santilli y Juan Pablo Machado, a quienes se les reconoce el cargo de gerente, teniendo cada uno de ellos, el uso de la firma social en forma individual con el aditamento de "socio-gerente" precedida de la denominación "DIGIBOOST S.R.L.", asumiendo así, la representación de la sociedad ante toda institución cualquiera sea su naturaleza.

Séptima: Fiscalización: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios, quienes la ejercerán por sí misma.

Octava: Balance General y Resultados: La sociedad llevará su contabilidad en forma legal, cerrando su ejercicio el día 31 de agosto de cada año.

$ 105 438937 Mar. 15

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DON MARCELO S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


Entre Omar Marcelo Piaggio, D.N.I. 13.413.379, CUIT 20-13413379-2, divorciado según Sentencia Nro. 161 de fecha 19 de marzo de 1987 del Tribunal Colegiado de Juicio Oral Nro. 3 de Rosario, comerciante, argentino, nacido el 24 de agosto de 1957, con domicilio en calle Córdoba 295, General Lagos y Dalila Soledad Piaggio, D.N.I. 30.517.117, CUIT 23-30517117-4, mandataria, soltera, argentina, nacida el 22 de septiembre de 1983, con domicilio en calle General López 135 bis de la localidad de Arroyo Seco, Provincia de Santa Fe, hábiles para contratar y únicos socios de "DON MARCELO S.R.L." e inscripta en el Registro Público de Comercio de Rosario en Contratos al Tomo 162, Folio 22588, Número 1474, con fecha 26/08/2011, modificación inscripta en contratos al Tomo 162, Folio 26491, Número 1752, con fecha 03/10/2011, convienen lo siguiente, a saber: se ratifica la cláusula cuarta del contrato social, quedando el capital social conformado de la siguiente manera:

Cuarta: El capital de la sociedad se fija en la suma de pesos doscientos mil ($ 200.000.-) divididos en veinte mil cuotas de un valor nominal de diez pesos cada una de ellas, las que son suscritas en su totalidad por los socios e integradas según el siguiente detalle: Omar Marcelo Piaggio suscribe catorce mil ochocientas cuotas de un valor nominal de diez pesos cada una de ellas, o sea por un total de pesos ciento cuarenta y ocho mil ($ 148.000), que integra de la siguiente manera la suma de pesos setenta y cuatro mil ($ 74.000), se encuentra totalmente integrada en bienes, y el saldo, ósea pesos setenta y cuatro mil ($ 74.000), en efectivo, el veinticinco por ciento (25%) o sea, ($ 18.500.-) Pesos dieciocho mil quinientos en este acto y el saldo dentro de los dos años a partir de la fecha del presente contrato y Dalila Soledad Piaggio, suscribe cinco mil doscientas cuotas de un valor nominal de diez pesos cada una de ellas, o sea por un total de pesos cincuenta y dos mil ($ 52.000.-), que integra de la siguiente manera: la suma de pesos ciento veintiséis mil ($ 26.000.-), se encuentra totalmente integrada en bienes, y el saldo, ósea pesos veintiséis mil ($ 26.000.-), en efectivo, el veinticinco por ciento (2596) o sea, ($ 6.500.-) pesos seis mil quinientos en este acto y el saldo dentro de los dos años a partir de la fecha del presente contrato.

$ 65 438971 Mar. 15

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2FL S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


Dado el instrumento de fecha 25 de febrero de 2021, se resuelve en modificar la denominación social de 2FL S.R.L. en formación ya que el mismo está utilizado, quedando redactada la cláusula primera de la siguiente forma:

Primera: Denominación: la sociedad girará bajo la denominación de 2FL Construcciones S.R.L.

$ 45 439244 Mar. 15

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GADIERSA S.A.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


Por estar así dispuesto en autos: GADIERSA S.A. s/Designación de autoridades" expediente Nº 1633 Año 2020, en trámite ante el Registro Público del Juzgado de 1° Instancia en lo civil y comercial de la 1° Nominación de Santa Fe, se hace saber:

Por Acta de Asamblea Nº 39 de fecha 10/03/2020 se resolvió por unanimidad la siguiente distribución de los cargos de los miembros del Directorio de la sociedad: Presidente: Mathieur, Armando Diógenes, nacido el 25 de abril de 1946, domiciliado en zona rural de Santa Rosa de Calchines, Santa Fe, argentino, DNI 6.257.846, CUIT Nº 20-06257846-8, casado, agropecuario; Vicepresidente: Mathieur, Ismael Rito: nacido el 8 de diciembre de 1948, domiciliado en zona rural de Santa Rosa de Calchines, Santa Fe, argentino, DNI 5.269.171, CUIT Nº 20-05269171-1, casado, agropecuario; Director suplente: Mathieur, Sergio Luis, nacido el 18 de mayo de 1971, domiciliado en Ayacucho 858, Villaguay, Entre Ríos, DNI 21.991.235, CUIT Nº 20-21991235-9, casado, agropecuario. Este Directorio durará en sus funciones por el término de dos ejercicios y hasta la celebración de la Asamblea General Ordinaria que trate el 392 ejercicio de la sociedad, es decir hasta el 30 de abril del año 2022. Asimismo, se resolvió por unanimidad la designación como Síndico Titular a la Contadora María Virginia Copello, CUIT Nº 27-23926973-2, domiciliada en Tucumán 3348 y como Síndico Suplente al Contador Franco Copello, CUIT 20-35468499-4, domiciliado en Tucumán 3348, por el término de un ejercicio y hasta la finalización y celebración de la Asamblea General Ordinaria que trate el ejercicio Nº 38 finalizado el 31 de diciembre de 2020. Santa Fe, 04 de Febrero de 2021. Fdo. Dr. Jorge E. Freyre, Secretario.

$ 60 438921 Mar. 15

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GRANJAS CARNAVE S.A.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


Por estar así dispuesto en los autos caratulados: Expte. Nro.1889, Folio ---, Año 2020, GRANJAS CARNAVE S.A. s/Designación de Autoridades, de trámite por ante el Registro Público de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, se hace saber que por Acta de Asamblea General Ordinaria de Accionistas Nro. 28°, de fecha 21 de Septiembre de 2020, se aprobó, por unanimidad, la nueva integración del Directorio, designándose como Presidente: Sr. Roberto Carlos Muller, argentino, casado, empleado, nacido el día 24 de agosto de 1980, D.N.I. N° 28.383.358, CUIT N° 20-28383358-6, con domicilio en Almirante Brown 1843 de la Localidad de Esperanza, Pcia. de Santa Fe y como Director Suplente al Sr. Sebastián Maximiliano Galiana, argentino, casado, empleado, D.N.I. N°26.669.269, C.U.I.L. N° 20-26669269-3, nacido el 21/07/1978, con domicilio en calle Saavedra Lamas Nº 2578 de la ciudad de Esperanza, Pcia. de Santa Fe. Santa Fe, 1 de Febrero de 2021. Dr. Freyre, Secretario.

$ 45 438956 Mar. 15

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HC S.R.L.


RECONDUCCION


Por disposición de la secretaria a cargo del Registro Público de Comercio de Rosario, se publica el presente edicto, haciendo saber que los socios por unanimidad han resuelto que el plazo de duración de la sociedad sea de Diez (10) años contados a partir de la inscripción de la presente reconducción en el Registro Público de Comercio, según documento Acta de Reconducción de fecha 03 de noviembre de 2020; lo que se publica a sus efectos en el BOLEFÍN OFICIAL.

$ 45 438939 Mar. 15

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INDCOM S.C.A.


MODIFICACION DE CONTRATO


Por disposición del Registro Público de la ciudad de Santa Fe a cargo de la Jueza Dra. Viviana Edit del Corazón de Jesús María, Secretario Dr. Jorge Eduardo Freyre, en autos caratulados: "INDCOM Sociedad en Comandita por Acciones s/Modificación al Contrato Social" (Expte. CUIJ 21-05203823-2), se ha ordenado la siguiente publicación, según decreto de fecha 02 de Diciembre de 2020: dando a conocer que la sociedad IndCom Sociedad en Comandita por Acciones, mediante acta de Asamblea General Ordinaria, de fecha 27.01.20, resolvió en uno de sus puntos el aumento del capital social en la suma de $3.244.400 (Pesos Tres millones doscientos cuarenta y cuatro mil cuatrocientos) dividido en trescientas veinticuatro mil cuatrocientas cuarenta cuotas de diez pesos cada una, con derecho a un voto por acción, y las partes sociales del capital comanditado se aumentan en cuatrocientos pesos, dividido en cuarenta cuotas de capital comanditado de pesos diez cada una, con derecho a un voto cada una de las cuotas; resultando en consecuencia un capital social ahora aumentado a un quíntuplo, quedando el capital comanditario en la suma de pesos cuatro millones cincuenta y cinco mil dividido en cuatrocientos cinco mil quinientas acciones de diez pesos cada una, con derecho a un voto por acción, y el capital comanditado en pesos quinientos, divididas en cincuenta cuotas de capital comanditado de diez pesos cada una, con derecho a un voto por cuota. Santa Fe, 9 de Febrero de 2021. Dr. Freyre, Secretario.

$ 45 439196 Mar. 15

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INSTITUTO LATINOAMERICANO DE YOGA S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO.


Por disposición del Registro Público, se hace saber:

En reunión de Asamblea se decidió por unanimidad anexar actividad a la sociedad relacionada a la venta de alimentos naturales, básicamente anexar en la sede social una dietética con atención al público en general. Como así también poder instalar otros Institutos de yoga en el país a través de la explotación y venta de franquicias. Y aumentar el capital en pesos cien mil ($100.000,00) como consecuencia del anexo de actividad. Quedando en consecuencia las cláusulas del contrato social a los que se hace referencia redactados de la siguiente manera:

Cuarta: Objeto: La sociedad tendrá por objeto realizar dentro del territorio de la República argentina o fuera de él por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros: a) Constitución, organización, explotación y administración de institutos y establecimientos de enseñanza, formación e investigación en los campos de yoga, meditación y ayurveda. b) Organización, asesoramiento y realización de seminarios, simposios, jornadas, mesas redondas, encuentros de reflexión, talleres, cursos de formación y especialización en los capos enunciados anteriormente. c) Venta de artículos relacionados para la realización de las actividades descriptas. d) Compra-venta al por menor, importación, exportación de productos comestibles, tales como galletitas, masitas, chocolates, cereales integrales, dulces, golosinas, productos para repostería, sal y especias, panificación integral, alimentos dietéticos, café, azúcar, bebidas y otros productos alimenticios naturales. e) Explotar, operar, otorgar y comercializar franquicias relacionados con su objeto social.

Su operatoria se desarrollará de acuerdo a las disposiciones legales y contractuales. La sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejecutar actos que no sean prohibidos por las leyes, reglamentos y por el presente Contrato.

Quinta: Capital: El capital social se fija en la suma de pesos trescientos mil ($300.000,00) divididos en treinta mil (30.000) cuotas de valor nominal pesos diez ($10) cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera:

Lucas Daniel Bruno Zamojski suscribe veintiún mil (21 .000) cuotas de capital o sea la suma de pesos doscientos diez mil ($210.000,00) que se encuentra integrada la suma de pesos ciento cuarenta mil ($140.000,00) en efectivo y se integra en este momento la suma de pesos diecisiete mil quinientos ($17.500,00) en efectivo y el saldo, o sea la suma de PESOS cincuenta y dos mil quinientos ($52.500,00), también en dinero en efectivo dentro de los veinticuatro (24) meses de la fecha.

Gonzalo Carreras suscribe tres mil (3.000) cuotas de capital o sea la suma de pesos treinta mil ($30.000,00) que se encuentra integrada la suma de pesos veinte mil ($20.000,00) en efectivo y se integra en este momento la suma de pesos dos mil quinientos ($2.500,00) en efectivo y el saldo, o sea la suma de pesos siete mil quinientos ($7.500,00), también en dinero en efectivo dentro de los veinticuatro (24) meses de la fecha.

María Victoria Villalba Cappello suscribe tres mil (3.000) cuotas de capital o sea la suma de pesos treinta mil ($30.000,00) que se encuentra integrada la suma de pesos veinte mil ($20.000,00) en efectivo y se integra en este momento la suma de pesos dos mil quinientos ($2.500,00) en efectivo y el saldo, o sea la suma de pesos siete mil quinientos ($7.500,00), también en dinero en efectivo dentro de los veinticuatro (24) meses de la fecha.

Analía Lorena Reyna suscribe tres mil (3.000) cuotas de capital o sea la suma de pesos treinta mil ($30.000,00) que se encuentra integrada la suma de pesos veinte mil ($20.000,00) en efectivo y se integra en este momento

la suma de pesos dos mil quinientos ($2.500,00) en efectivo y el saldo, o sea la suma de pesos siete mil quinientos ($7.500,00), también en dinero en efectivo dentro de los veinticuatro (24) meses de la fecha.

Fecha del instrumento: 24 de febrero de 2021.

$ 105 438995 Mar. 15

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ISLUANAY S.A.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


Por disposición de la Señora Jueza en lo Civil y Comercial a cargo del Registro Público de Comercio de Venado Tuerto, Dra. María Celeste Rosso, Secretaría de la Dra. María Julia Petracco, se ha ordenado la publicación del presente Edicto a los efectos legales que puedan corresponder, conforme Resolución de fecha 18 de Febrero de 2.021.-

Directorio de "ISLUANAY S.A.", con domicilio en Funes N2 198, de la localidad de Carreras, Departamento General López, Provincia de Santa Fe, cuyo mandato tendrá vigencia hasta que la Asamblea General Ordinaria que se reúna para considerar el Balance General cerrado el 31 de Diciembre de 2.022, proceda a su renovación, a saber:

Presidente: Anabela Angelini, D.N.I. N2 32.290.319, C.U.I.T. Nº 27-32290319-2, apellido materno Benavídez, argentina, estudiante, nacida el 29 de Octubre de 1.986, soltera, domiciliada en Funes N2 198 de la localidad de Carreras, Santa Fe; Directora Suplente: Ayelén Eliana Angelini, D.N.I. Nº 35.648.340, C.U.I.L. Nº 27-35648340-0, apellido materno Benavidez, argentina, Estudiante, nacida el 6 de Junio de 1991, soltera, domiciliada en calle Funes N° 198 de la localidad de Carreras, Santa Fe. Venado Tuerto, 01 de marzo de 2.021.

$ 63,69 439075 Mar. 15

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Dr. JORGE E. BERTA Y

ASOCIADOS S.R.L.


CESION DE CUOTAS


Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación a cargo del Registro Público de Comercio, ha ordenado la siguiente publicación: de la modificación del Contrato Social, Cesión de cuotas de la firma Dr. Jorge E. Berta y Asociados S.R.L. Inscripta en el Registro Público de Comercio al Tomo 163, Folio 26707 N° 1851, de Contratos el día 02 de Octubre de 2012, según el siguiente detalle: Primero: La Señorita Soledad María del Lujan Giaccomini, DNI Nro. 32.129.309, cede y transfiere la totalidad de sus cuotas sociales, 50 (cincuenta) cuotas de capital, a la Señora Norma Beatriz Amadio, de nacionalidad argentina, de profesión comerciante, fecha de nacimiento 06 de Enero de 1952, DNI Nro. 10.060.809, casada en primeras nupcias con Jorge Enrique Berta, con DNI 6.185.200, en la suma de $50.000,00 (Pesos cincuenta mil) quien la acepta de conformidad. Por lo detallado el Capital Social quedaría de la siguiente manera: Como consecuencia de la cesión efectuada según la cláusula Primera del presente, la cláusula cuarta del contrato social queda redactada de la siguiente manera: " El capital social se fija en la suma de pesos cien mil ($ 100.000,00) dividido en mil (1.000) cuotas de capital de Pesos Cien ($100,00) cada una, que han sido suscriptas por los socios en las siguientes proporciones: Don Jorge Enrique Berta suscribe Novecientas cincuenta (950) cuotas de capital de Pesos Cien ($100,00) cada una, que representan Noventa y cinco mil pesos ($95.000,00) del capital; Doña Norma Beatriz Amadio suscribe Cincuenta (50) cuotas de capital de Pesos Cien ($100,00) cada una, que representan cinco mil pesos ($5.000,00) del capital.

Segunda: El CUIT de los socios son. Jorge Enrique Berta, Nro.

20-06185200-0, y Norma Beatriz Amadio Nro. 27-10060809-5.

Las demás cláusulas no modificadas por el presente quedan ratificadas.

Fecha del Contrato: 11 de Diciembre de 2020.

$ 90 439204 Mar. 15

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LOGISTICA VALETTO S.R.L.


CESION DE CUOTAS


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, a cargo del Registro Público de Comercio de Rosario, secretaria a cargo de la Dra. Mónica L. Gesualdo, se hace saber que en los autos: "LOGISTICA VALETTO S.R.L. s/Cesión de cuotas" (Expte. N° II 4) se hace saber la Cesión de las cuotas de capital operada entre Sr. Rubén Fabián Sandoval, argentino, de profesión emp1ado nacido el 18 de Octubre de 19725 DNI N° 22.908 4039 CUIT N° 20-22908403-9 de estado civil casado en primeras nupcias con Rodríguez Silvia Adriana, con domicilio en Pasaje Asunción 6146; (CEDENTE) , y el Sr. Diego Mauro Valetto, argentino, Comerciante, nacido el 13 de noviembre de 1986, DNI N° 32.651.618, CUIT N° 20-32651618-0, con domicilio en Méjico 782 de la ciudad de Rosario, casado en primeras nupcias con la Sra. Reschini Carla Alejandra (CESIONARIO). El cedente transfieren a Diego Mauro Valetto, un mil cuatrocientas (1400) cuotas de su participación social. En virtud de la presente, cesión de cuotas, queda modificado la Cláusula Tercera: Capital del Contrato Social como sigue el capital social se fija en la suma de Pesos Trescientos cincuenta Mil ($ 350.000.-) divididos en Tres mil Quinientas (3500) cuotas de valor nominal peso cien ($ 100.-) cada una, correspondiéndole a los socios en la siguiente proporción: Al socio Marisa Delma Valetto dos mil cien (2100) cuotas de $ 100, es decir $ 210.000,- y el Socio Diego Mauro Valetto Un mil Cuatrocientos (1.400.-) cuotas de $ 100, es decir $ 140.000. El capital se encuentra integrado en su totalidad a la fecha.

Los socios compradores ratifican todas las cláusulas, condiciones y especificaciones del Contrato Social, con la única excepción de la Cláusula Tercera: Capital, modificado según quedó expresado anteriormente.

Administración: Designar como Gerente a la Sra. Marisa Delma Valetto, DNI N° 18.312.916, CUIL N° 27-18312916, por tres ejercicios a partir de la inscripción ante el Registro Público de Comercio, quien acepta el cargo en este acto.

$ 70 438943 Mar. 15

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LAVENIA S.R.L.


AUMENTO DE CAPITAL


En la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, a los 7 días del mes de setiembre de 2020 , los señores Daniel Alfredo Caminos CUIT 20-14758759-8, argentino, nacido el 23 de octubre de 1962 , DNI 14758759 , soltero, comerciante , domiciliado en calle Larrea 2873 de la ciudad de Rosario; Héctor Manuel Velilla, CUIT 20-06035552-6, argentino, nacido el 17 de diciembre de 1939, comerciante, DNI 6035552, casado en primeras nupcias con Martha Susana Díaz domiciliado en calle Rodríguez 1120 de la ciudad de Rosario, Jorge Raúl Velilla, CUIT 20-06064666-0, argentino, nacido el 21 de octubre de 1945, comerciante, domiciliado en calle San Juan 2598 primer piso, DNI 6064666, casado en primeras nupcias con María Azucena Suarez, manifiestan:

1- que son los actuales socios de Lavenia SRL según contrato suscripto en el Registro Público de Comercio en Tomo 122, Folio 654, Número 2080, reactivación en Tomo 132 Folio 3188 Número 947 del 17/07/1981, cesión de cuotas del 16/03/1984 inscripta en Tomo 135, Folio 769 Numero 268 reactivación inscripta en Contrato el 09/03/2010 en Tomo 161 Folio 5422 Numero 376 y cesión inscripta en Contratos el 07/04/2011 en Tomo 162, Folio 6533 numero 442.

2- que han decidido aumentar el capital social de LAVENIA SRL de $ 10000,00 (pesos diez mil) a $ 300000,00 ( pesos trescientos mil ) o sea un aumento de $ 290000,00( pesos doscientos noventa mil) que se llevara a cabo mediante la capitalización de aporte socios de $ 60000 ,OO realizado el 3 de junio de 2016 de la siguiente forma Héctor Manuel Velilla 150 cuotas de 100 pesos cada una sea un total de $ 15.000100 (pesos quince mil ); Jorge Raúl Velilla 150 cuotas de 100 pesos cada una o, sea un total de $ 15000,00 ( pesos quince mil ) y Daniel Alfredo Caminos 300 cuotas de $ 100 cada una o sea $ 30000,00 ( pesos treinta mil ) y $ 60000 realizados el 31/12/2019 de la siguiente forma Héctor Manuel Velilla 150 cuotas de $100 cada una o sea $ 15000,00 (pesos quince mil ); Jorge Raulvelilla 150 cuotas de $ 100 cada una o sea un total de $ 15000,00 y Daniel Alfredo Caminos 300 cuotas de $ 100 cada una o sea un total de $ 30000,00 (pesos treinta mil), el ajuste por inflación de dichos aportes de $ 91600,00 de la siguiente forma: Daniel Alfredo Caminos 458 cuotas de $ 100 cada una o sea un total de $ 45800,00 ( pesos cuarenta y cinco mil ochocientos), Héctor Manuel Velilla 229 cuotas de $ 100 cada una o sea un total de $ 22900,00 (pesos veintidós mil novecientos) y Jorge Raúl Velilla 229 cuotas de $100 cada una o sea un total de $ 22900,00 (pesos veintidós mil novecientos) y una parte del ajuste por inflación del capital inscripto a la fecha de $ 78400,00 (pesos setenta y ocho mil cuatrocientos) de la siguiente forma: Daniel Alfredo Caminos 392 cuotas de $ 100 cada una o sea un total de $ 39200,00 (pesos treinta y nueve mil doscientos), Héctor Manuel Velilla 196 cuotas de $ 100 cada una o sea un total de $19600,00 (diecinueve mil seiscientos), Jorge Raúl Velilla 196 cuotas de $ 100 cada una o sea un total de $ 19600,00 ( pesos diecinueve mil seiscientos). Los valores expresados de dichos aumentos se encuentran reflejados en el Balance de la sociedad al 31 de diciembre de 2019

Por lo tanto la cláusula Cuarta del contrato queda redactada de la siguiente forma : El capital social desde $ 300000,00 (pesos trecientos mil) dividido en 3000 (tres mil) cuotas de $ 100 (pesos cien) de una suscripto e integrado por los socios en la siguiente proporción: el socio Daniel Alfredo Camino $ 1500 mil quinientas) cuotas de $ 100 cada una que representan $ 150000,00 (pesos ciento cincuenta mil), el socio Héctor Manuel Velilla 750 (setecientas cincuenta ) cuotas de $ 100 cada una que representan $ 75000,00 ( pesos setenta y cinco mil ) y el socio Jorge Raúl Velilla 750 (setecientas cincuenta,) cuotas de $ 100 cada una que representan $ 75000,00 (pesos setenta y cinco mil). Todos están de acuerdo por unanimidad.

$ 125 439084 Mar. 15

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LOS COLOMBO S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 4, en lo Civil y Comercial, a cargo del Registro Público de Reconquista, Santa Fe, Dr. José María Zarza-Dra. Minan Graciela David- Secretaria; hace saber que en autos caratulados: EDICTO - LOS COLOMBO S.R.L. S/CESION DE CUOTAS (MOD. CLÁUS 4TA: MOD. CLÁUS. 5TA: ADMINISTRACIÓN - CAMBIO SEDE SOCIAL) - (MOD. CLAUS. ADIC.) (Expte N° 249- Año 2020); CUIJ N° 21-05291330-3, se ha ordenado la siguiente publicación:

1) Cesión de cuotas sociales

2) Fecha del Instrumento 15/07/2020:

1) Cedentes: Miguel Angel Sebastián Colombo, argentino, mayor de edad, casado, nacido el 18/04/1951, de profesión comerciante, DNI: 8.485.625, CUIT: 20-08485625-9, con domicilio en Ruta "A" 009 Km. 11 de Reconquista, Dpto. Gral. Obligado (SF);

II) Micaela Colombo Obregon, argentina, mayor de edad, soltera, nacida el 05/03/1992, de profesión psicóloga, DNI: 36.326.491, CUIT: 27-36326491-9, con domicilio en Ruta "A" 009 Km. 11 de Reconquista, Dpto. Gral. Obligado (SF).

III) Cesionario: Agustín Amador Palavecino, argentino, mayor de edad, soltero, nacido el 30/04/1988, de profesión comerciante, DNI: 33.625.235, CUIT 20-33625235-1, con domicilio en calle Arenales N° 850 B° San Miguel, de Formosa (Formosa).

El socio Sr. Miguel Angel Sebastián Colombo le cede al Sr. Agustín Amador Palavecino la cantidad de Un Mil Cincuenta (1050) cuotas sociales de PESOS CIEN ($100) valor nominal cada una, lo que hace un total de Pesos Ciento Cinco Mil ($105.000). Esta cesión se realiza por el precio de Ciento Cinco Mil ($ 105.000), importe que es abonado por el cesionario en este mismo acto y en dinero efectivo.

La socia Sra. Micaela Colombo Obregón le cede al Sr. Agustín Amador Palavecino la cantidad de setenta y cinco (75) cuotas sociales de pesos cien ($100) valor nominal cada una, lo que hace un total de pesos siete mil quinientos ($ 7.500). Esta cesión se realiza por el precio de siete mil quinientos ($ 7.500), importe que es abonado por el cesionario en este mismo acto y en dinero efectivo.

2) Modificación contrato social:

"Cuarta: El capital social se fija en la suma de pesos ciento cincuenta mil ($150.000), dividido en un mil quinientas (1.500) cuotas sociales de pesos cien ($100) valor nominal cada una, las cuales han sido suscriptas e integradas totalmente en efectivo, por los socios en la siguiente proporción: el socio Sr. Agustín Amador Palavecino, la cantidad de un mil ciento veinticinco (1.125) cuotas sociales de pesos cien ($100) valor nominal cada una, por un total de pesos ciento doce mil quinientos ($112.500); el socio Sr. Miguel Angel Sebastián Colombo, la cantidad de trescientas (300) cuotas sociales de pesos cien ($100) valor nominal cada una, por un total de pesos treinta mil ($30.000); la socia Sra. Micaela Colombo Obrego, la cantidad de setenta y cinco (75) cuotas sociales de pesos cien ($100) valor nominal cada una, por un total de pesos siete mil quinientos ($7.500). Dichas cuotas sociales son integradas totalmente en efectivo estableciéndose que el Capital podrá ser incrementado cuando se estime procedente por decisión unánime de los socios.

Quinta: La administración y representación de la sociedad estará a cargo de uno o más gerentes en forma individual o conjunta, socios o no, designados en reunión de socios por el término de cinco (5) ejercicios siendo reelegibles en forma automática mientras los socios no dispongan lo contrario. En tal carácter se comprometen a cumplir las normas que la sociedad adopte, con la prohibición absoluta de comprometer a la sociedad en negociaciones ajenas al giro de la misma; o en prestaciones, garantías o fianzas gratuitas a favor de terceros. En el ejercicio de la administración los administradores tiene todas las facultades para realizar actos y contratos que la buena marcha de los negocios sociales aconseje y que se relaciones con el objeto social; debiendo constituir al momento de ser designados una garantía mínima de Pesos Veinte Mil ($ 20.000), la que será depositada en la sociedad. En caso de discusión sobre el accionar de alguno de los administradores de la sociedad la misma se debatirá en sede judicial, siendo competentes los tribunales de la ciudad de Reconquista, con renuncia a todo otro fuero.

Mod. Cláusula Adicional:

Cambio de sede social: Ruta "A" 009- Km. 11 - de la Ciudad de Reconquista Dpto. Gral. Obligado - Santa Fe.

Reconquista (SF), 23 de Febrero de 2021. Mirian Graciela David, Secretaria.

$ 250 439238 Mar. 15

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MAFED S.R.L.


CAMBIO DE SEDE


Por disposición del Registro Público de Comercio, se ha ordenado la siguiente publicación:

1) Socios: Héctor Patricio Peca, argentino, comerciante, DNI 13.509.8357 CUIT 20-13509835-4, nacido el 28 de Noviembre de 1959, casado en primeras nupcias con Nora Graciela de Rosa, domiciliado en calle Olivé 975 de la ciudad de Rosario, Jorge Juan Bautista Ceratto, argentino, comerciante, DNI 21.011.785, CUIT 20-21011785-8, nacido el 30 de Noviembre de 1968, casado en primeras nupcias con Marcela Carmena, domiciliado en calle Gutiérrez 1184 de la ciudad de Rosario, y la señora Nélida Luisa Sargenti, argentina, contadora pública, DNI 6.434.660, CUIT 27-06434660-7, casada en primeras nupcias con Mario Omar Gorosito, domiciliada en calle La Paz 1126, departamento 3º.

2) Denominación: MAFED S.R.L.

3) Domicilio Legal: Tucumán 7027 de Rosario, Provincia de Santa Fe

4) Cambio domicilio de la sociedad. Traslado de la sede social a calle Laprida 3868 de la ciudad de Rosario. Cambio de Objeto social. La sociedad tendrá por objeto la "Distribución de medicamentos y especialidades medicinales". Aumento de Capital: Incremento del capital social a la suma de $ 300.000,00 (pesos trescientos mil).

5) Fecha del instrumento: 19 de enero de 2021. Rosario, 26 de Febrero de 2020. Expte. N° 566/2021.

$ 45 438912 Mar. 15

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MANARIE S.R.L.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 47 - Dr. José M. Zarza - Dra. Mirian Graciela David - Secretaria, a cargo del Registro Público de Reconquista - hacen saber que en los autos caratulados: MANARIE S.R.L. s/Designación de autoridades (Expte. N° 285 - Año 2020) - CUIJ. N° 21-05291287-0, se ha ordenado la siguiente publicación:

Por Acta de la Asamblea General Ordinaria N° 65, de fecha 20 de Octubre de 2020 y Acta N° 66- de fecha 29-12-2020, se reúnen en la sede social los socios, a los fines de designar las autoridades de la entidad societaria: MANARIE S.R.L., según lo siguiente:

Gerente a: Sr. Osvaldo Eduardo Braidot, D.N.I. 21.419.604, CUIT: 20-21419604-3, Mayor de edad de 51 años nacido el 20/02/1970, nacionalidad Argentino, profesión Avicultor, estado civil Casado, domiciliado en calle 102 N° 334 de la ciudad de Avellaneda Provincia de Santa Fe, por el término de 3 (tres) años más; como lo especifica el contrato social y cuyo vencimiento se produce el 30 de abril de 2023.

Reconquista, 24 de Febrero de 2021. Secretaria: Mirian Graciela David.

$ 100 439183 Mar. 15

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MONCADA S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por disposición del Sr. Juez del Registro Público del Comercio de la ciudad de Santa Fe, se ha ordenado la publicación en los autos caratulados: MONCADA SOCIEDAD ANÓNIMA s/Designación de Autoridades, Expte. N° 83 Año 2020. Se hace saber que por Acta de Asamblea General Ordinaria N° 9 de fecha 04/12/2020, se procedió a la designación de un nuevo directorio compuesto de la siguiente manera:

Presidente: Luis Carlos Chávez, DNI 22.383.390 con domicilio en calle La Paz N° 62 de Oberá, Provincia de Misiones.

Vicepresidente: Carlos Alberto Ramírez, DNI 8.501.599, con domicilio en calle San Luis N° 3192 de Santa Fe, Provincia de Santa Fe.

Director Suplente: Iria Sueli Chávez, DNI $352.401, con domicilio en calle San Luis N° 3192 de Santa Fe, Provincia de Santa Fe. /

Aceptan el cargo para el que fueron designados por el término de tres ejercicios. Santa Fe, 25 de Febrero de 2021.

Dr. Freyre, Secretario.

$ 50 439250 Mar. 15

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NUEVA CHEVALLIER S.A.


CAMBIO DE SEDE


Se hace saber que por Asamblea General Extraordinaria de fecha 24 de Septiembre de 2019, se ha resuelto nueva jurisdicción de la sociedad; Provincia de Santa Fe, sede social en calle Santa Fe N° 2557, Piso 1 Oficina 1 de la ciudad de Rosario.

Se ha modificado el Artículo Primero del Estatuto quedando redactado de la siguiente forma: La sociedad se denominará "Nueva Chevallier S.A." y tiene su domicilio legal en la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, pudiendo asimismo abrir e instalar sucursales, oficinas y representaciones en cualquier lugar de la República y en el extranjero.

$ 45 438991 Mar. 15

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NOVALUX S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


Por ante el Registro Público de la ciudad de Santa Fe se ha solicitado la reconducción de la I y modificación del artículo tercero de la sociedad Novalux S.R.L., dando origen a los autos caratulados: NOVALUX S.R.L. s/Modificación al contrato social - CUIJ 21-05204596-4, lo que se redactó mediante acta, a saber: "Tercero: El plazo de duración es de cuarenta (40) años contados a partir de la inscripción de la reconducción en el Registro Público de Comercio. Dicho plazo podrá ser prorrogado por decisión de los socios que representen la mayoría de capital". Santa Fe, a los días 22 del mes de Febrero del 2021. Dr. Freyre, Secretario.

$ 45 439090 Mar. 15

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NUTRIAR S.A.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


Por estar así dispuesto en los autos caratulados: Expte. Nro. 1888, Folio ---, Año 2020, NUTRIAR S.A. s/Designación de autoridades, de trámite por ante el Registro Público de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, se hace saber que por Acta de Asamblea General Ordinaria de Accionistas Nro. 130, de fecha 23 de Octubre de 2020, se aprobó, por unanimidad, la nueva integración del Directorio, designándose:

Sr. Jorge Alberto Lovato, argentino, casado, nacido el día 19 de Septiembre de 1969 DNI N° 20.527.333, CUIT N° 20-20.527.333-7 con domicilio en Mitre 2782 de la Ciudad de Esperanza, Pcia. de Santa Fe, como Presidente del Directorio y , es designado también por unanimidad el señor: Betina Emilia Capelino, casada, argentina, nacida el 10 de Septiembre de 1975, con domicilio en Mitre 2782 de la ciudad de Esperanza, Pcia. de Santa Fe, DNI 24.850.052, CUIT 27-24.850.052-8, como Director Suplente. Santa Fe, 1 de Febrero de 2021. Dr. Freyre, Secretario.

$ 45 438962 Mar. 15

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OLCAMP S.A.S.


ESTATUTO


Se hace saber que por acta constitutiva de fecha 18 días del mes de junio del año 2020, Charles Santiago Saint - Mleux, argentino, nacido el 17/04/1962, DNI 19.007.858, CUIT 20-19007858-3, divorciado, administrador agropecuario, con domicilio en calle Castelli 1024, Piso 11, Dpto. C, de la ciudad de Venado Tuerto, Prov. de Santa Fe, Argentina; resolvió constituir una Sociedad por Acciones Simplificada, cuyos datos principales se exponen a continuación:

Denominación: "OLCAMP SAS"

Domicilio: su domicilio legal en la ciudad de Venado Tuerto, Provincia de Santa Fe, República Argentina, la sede social está ubicado en Balcarce 1154, en la localidad de Venado Tuerto, Provincia de Santa Fe, Argentina.

Plazo: Su duración es de 30 años contados desde la inscripción en el Registro Público.

Objeto: tiene por objeto dedicarse, por sí, por intermedio de terceros, con terceros o asociada a terceros, por cuenta propia o de terceros, a las siguientes actividades en el país y/o en el exterior, de: A) Explotación Agrícola: Producción y comercialización de semillas, cereales, oleaginosas, y granos en general, en forma directa o indirecta, mediante la explotación, arrendamiento y administración de campos propios y/o de terceros, bajo cualquier título, en todas sus etapas desde la siembra hasta la cosecha, sus depósitos, traslado y comercialización. B) Explotación Ganadera: Cría, invernada, reproducción, mestización y cruza de ganado y hacienda bovina, ovina, porcina, y animales de granjas, explotación de cabañas, criaderos, explotación de tambos, mediante la explotación, arrendamiento y administración de campos propios y/o terceros. C) Comerciales: Comercialización, acopio, distribución, compra, venta, consignación, importación y exportación de semovientes, cereales, semillas, oleaginosas, y granos de todo tipo y en general todos los productos, subproductos y materias primas derivados de la explotación agrícola y ganadera. Compra, venta y cría de caballos. Compra, venta de terrenos rurales o urbanos, las que se realizarán con bienes propios de la sociedad, pudiendo realizar inversiones y edificaciones. Realizando además todas las operaciones complementarias a estos fines. D) Turismo: Explotación de establecimientos propios y/o cabañas, con fines turísticos y terapéuticos para personas humanas. Para el cumplimiento del objeto social, la sociedad podrá efectuar cualquier tipo de operaciones y/o actos que tengan relación directa o indirecta con su objeto social, en el país o en el exterior, sean estos antecedente, consecuencia o estén relacionados con la explotación de sus negocios, en cuyos casos gozará de plena capacidad jurídica para todos ellos como asimismo para el ejercicio de todas las acciones a que hubiere lugar sin otra limitación que la surgida de las leyes o de estos estatutos.

Capital Social: El capital social es de Pesos Un Millón ($ 1000.000.-)7 representados por Un Millón de Acciones ordinarias escriturales (1.000.000) de Un peso ($ 1.-) de valor nominal cada acción. El capital social puede dividirse en acciones de clase A y acciones de clase B. El capital social puede ser aumentado por decisión de los socios conforme lo dispone el artículo 44 de la Ley N° 27.349. Se suscribe e integra de la siguiente manera: Charles Santiago Saint - Mleux, argentino, nacido el 17/04/1962, DNI 19.007.858, CUIT 20-19007858-3, Casado, Licenciado en Administración de Empresas, con domicilio en calle Castelli 1024, Piso 11, Dpto. C, de la ciudad de Venado Tuerto, Prov. de Santa Fe, Argentina, suscribe la cantidad de Un Millón (1.000.000) acciones ordinarias escriturales Clase A, de Un peso ($1.-) de valor nominal cada acción por un total de pesos Un Millón ($1.000.000.-). El capital suscripto se integra en dinero en efectivo, el veinticinco por ciento (25%) en este acto, obligándose los socios a integrar el saldo dentro de los dos años desde la firma del presente instrumento.

Composición del órgano de administración: La administración de la Sociedad está a cargo de una o más personas humanas, socios o no, cuyo número se indicará al tiempo de su designación, entre un mínimo de uno (1) y un máximo de cinco (5) miembros. La administración de la sociedad tiene a su cargo la representación de la misma. Se deberá designar por lo menos, un administrador suplente mientras la sociedad carezca de órgano de fiscalización. Si la administración fuera plural, los administradores la administrarán y representarán en forma indistinta. Duran en el cargo por plazo indeterminado.

El administrador titular designado por tiempo indeterminado es Charles Santiago Saint - Mleux, argentino, nacido el 17/04/1962, DNI 19.007.858, CUIT 20-19007858-3, divorciado, administrador agropecuario, con domicilio en calle Castelli 1024, Piso 10, Dpto. C, de la ciudad de Venado Tuerto, Prov. de Santa Fe, Argentina, y constituye domicilio especial, conforme lo dispuesto en el art. 51 de la Ley 27.349, en calle Castelli 1024, Piso 10, Dpto. C, de la ciudad de Venado Tuerto, Prov. de Santa Fe, Argentina.

El administrador suplente designado por tiempo indeterminado es Diego Ignacio Mejer, argentino, nacido el 09/12/1986, DNI 32.500.875, CUIT 20-32500875-0, Soltero, abogado, con domicilio en calle Sabin 1334, de la ciudad de Venado Tuerto, Prov. de Santa Fe, Argentina, conforme lo dispuesto en el art. 51 de la Ley 27.349, en calle Sabin 1334, de la ciudad de Venado Tuerto, Prov. de Santa Fe, Argentina.

Cierre de ejercicio: El ejercicio económico cierra 31 de diciembre de cada año. La sociedad prescinde de sindicatura, encontrándose la fiscalización de la misma a cargo del o los señores socios.

$ 180 439000 Mar. 15

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PARKING BULEVAR S.R.L.


CESION DE CUOTAS


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial a cargo del Registro Público de Comercio de Rosario, se hace saber que en fecha 20 de Noviembre de 2020 se ha convenido entre los socios de PARKING BULEVAR S.R.L., con Contrato Social constitutivo inscripto en el Registro Público de Comercio de Rosario el 6 de Junio de 2012, al Tomo 163, Folio 14364, N° 896, lo siguiente: 1) La socia Bibiana Mónica Zuchiatti cede y transfiere en este acto 250 cuotas de capital de $ 10,00 cada una, que representan un capital de $ 2.500,00 que posee en la Sociedad, a favor de Ignacio Gorosito Saieva, quedando la señorita Bibiana Mónica Zuchiatti desvinculada totalmente y en todo sentido de la sociedad. 2) Como consecuencia de esta cesión y transferencia de cuotas, y a contar desde la fecha de su inscripción en el Registro Público de Comercio, la Sociedad Parking Bulevar S.R.L. queda integrada con los socios José Clemente Sateva e Ignacio Gorosito Saieva, quedando el Capital Social de $ 50.000,00 representado de la siguiente manera: a) El 95% el socio José Clemente Saieva, o sea 4.750 cuotas de $ 10,00 cada una que representan un capital social de $ 47.500,00 y b) El 5% el socio Ignacio Gorosito Saieva, o sea 250 cuotas de $ 10,00 cada una que representan un capital social de $ 2.500,00. El capital social de $ 50.000,00 se encuentra totalmente suscripto e integrado. 3) Se ratifican las demás cláusulas del Contrato Social no modificadas por el presente.

$ 55 439108 Mar. 15

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PONTICELLI HERMANOS S.A.


TRANSFORMACION


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 4° Circunscripción Judicial, a cargo del Registro Público, Dr. José María Zarza - Dra. Mirian Graciela David – Secretaria - hace saben que en los autos caratulados: "PONTICELLI HERMANOS S.A. CONTINUADORA DE PONTICELLI HERMANOS S.R.L. s/Transformación- (Expte. N° 243 - Año 2020), se ha ordenado la siguiente publicación:

Por Acta Acuerdo de Transformación de fecha 28/01/2020, se reúnen en la sede social los accionistas por unanimidad, a fin de proceder a la Transformación del ente societario, conforme al Balance Especial de Transformación correspondientes al período especial de 3 meses, cerrado el 31/12/2019: (1) aprobar la transformación de la Sociedad en una sociedad anónima; (2) modificación de su denominación social de "PONTICELLI HERMANOS S.A. CONTINUADORA DE PONTICELLI HERMANOS S.R.L.."- (3) Se deja constancia que no existen socios recedentes, debido a que la transformación ha sido resuelta por unanimidad de los socios titulares de la totalidad del capital social y votos de la Sociedad. Se aprueba la redacción de un Nuevo Texto Ordenado del Estatuto Social, según lo siguiente:

Artículo Primero: Denominación-Domicilio-

La Sociedad se denomina "PONTICELLI HERMANOS S.A. CONTINUADORA DE PONTICELLI HERMANOS S.R.L., y tiene su domicilio legal en Jurisdicción de la Ciudad de Avellaneda, Dpto. General Obligado- Provincia de Santa Fe- República Argentina, pudiendo establecer sucursales, agencias y/o representaciones en cualquier punto del País y/o del Extranjero.-

Artículo Segundo- Plazo:

El plazo de duración se fija en Cincuenta Años (50), contados a partir de la inscripción de Ponticelli Hermanos S.R.L. En el Registro Público de Santa Fe, bajo el N° 303- Folio n° 74- Libro 12 de S.R.L.- Legajo N° 4.753, en fecha 01 de agosto de 1.995, extendiéndose en consecuencia hasta el 01 de agosto de 2.045-

Artículo Tercero- Objeto:

La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia o de terceros, al por mayor y menor, las siguientes actividades: 1- Comercial: Mediante la comercialización de materiales para la construcción, maderas, muebles de madera, máquinas y herramientas, productos siderúrgicos como ser: aceros, laminados y trefilados en sus variadas formas, calidades y tipos, chapas de hierro, acero y zinc, en todas sus formas, y productos de corralón. 2-Servicios: Mediante: a) el transporte terrestre de cargas, provinciales, nacionales e internacionales, mediante la explotación de vehículos propios o de terceros y de concesión; b) la prestación del servicio de grúas para distintas aplicaciones. 3- Agropecuarias: Mediante la explotación de establecimientos ganaderos para la cría, engorde e invernada de ganado vacuno, y de la producción de especies cerealeras, oleaginosas, graníferas, forrajeras, algodoneras y fibrosas. 4- Representación y Mandatos: mediante representaciones y mandatos en todos sus tipos relacionados con su objeto social. 5- Importación y Exportación: de los bienes y servicios que se comercializan y utilizan en el cumplimiento de este objeto social.

Artículo Cuarto- Capital:

El capital social es de pesos tres millones ($ 3.000.000,00.-), representado por treinta mil (30.000) acciones de pesos cien ($ 100,00.-), valor nominal cada una. El capital social puede ser aumentado por decisión de la Asamblea Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme el Artículo 188 de la Ley 19.550.-

Artículo Noveno- Administración y Representación -

La Administración de la sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto del número de miembros titulares que fije la Asamblea, entre un mínimo de uno (1) y un máximo de tres (3). El término de su mandato es de tres (3) ejercicios. La Asamblea, mientras la sociedad prescinda de la Sindicatura, debe elegir igual o menor número de Directores Suplentes, a fin de llenar las vacantes que se produjesen, incorporándose en el orden de su designación. Cuando la Asamblea designe un Director Titular, éste será el Presidente. Cuando la Asamblea designe dos o más Directores Titulares, el Directorio, en su primera sesión, deberá distribuir de entre sus miembros los cargos de Presidente y Vicepresidente. El Directorio funcionará con la presencia de la mayoría absoluta de sus integrantes, y resolverá por mayoría de votos presentes. En caso de empate, el Presidente debe volver a votar para desempatar. La Asamblea fijará la remuneración del Directorio.

Articulo Decimo- Deposito En Garantía-

En garantía de sus funciones, los Directores depositarán en la Empresa, en efectivo, la suma de pesos: veinte mil ($ 20.000,00) cada uno.-

Articulo Décimo Segundo- Fiscalización:

La sociedad prescinde de la Sindicatura (art. 284, Ley 19.550), teniendo los socios el derecho de contralor individual que confiere el artículo 55 de la misma ley. Si en el futuro la sociedad quedare comprendida en el supuesto del inciso 21 del artículo 299 del citado texto legal, la Asamblea que así lo resolviera, deberá designar un síndico titular, que durará en sus funciones tres (3) ejercicios, conjuntamente con un síndico suplente, por igual período. El Síndico Suplente reemplazará al Titular en caso de renuncia, ausencia o impedimento de éste.-

Artículo Décimo Quinto- Ejercicio Social El ejercicio social cierra el 31 de marzo de cada año.

Otras Disposiciones-

Domicilio: La sede social se encuentra ubicada en la Calle 15 N° 1367 de la ciudad de Avellaneda- Dpto. General Obligado- Provincia de Santa Fe.

Suscripción e integración:

El capital se suscribe e integra según lo siguiente:

a: Néstor Angel Ponticelli tiene suscriptas e integradas 15.000 Acciones Ordinarias, nominativas no endosables de $100.- valor nominal cada y 1 voto por acción por un total de $1.500.000, naturaleza del aporte: Cuotas provenientes de la transformación de PONTICELLI HERMANOS SRL;

Pablo Pedro Lovey tiene suscriptas e integradas 15.000 Acciones Ordinarias, nominativas no endosables de $100.- valor nominal cada y 1 voto por acción por un total de $1.500.000, naturaleza del aporte: Cuotas provenientes de la transformación de Ponticelli Hermanos SRL.

Designación de los titulares de los organos de administración:

Presidente: Daniela Vanesa Ponticelli- Argentina- Soltera- Nacida: 29-05-1985-Comerciante- DNI. N° 31.486.985- CUIT. 27-31486985-6- domiciliada en calle 22 N° 244 - Avellaneda- Santa Fe.-

Vicepresidente: Sr. Diego Francisco Lovey- Argentino- Soltero- Nacida: 12-081981-Comerciante- DNI. N° 28.581.097- CUIT. 20-28581097-4- domiciliado en calle 301 N° 1.068-Avellaneda- Santa Fe.-

Director Suplente: Vanina Danisa Ponticelli -Argentina- Casada- Nacida: 20-03-1976-Comerciante- DNI. N° 23.751.836- CUIT. 27-23751836-0- domiciliada en Club de Campo La Rural- Reconquista- Santa Fe.-

Reconquista, 18 de Febrero de 2.021. Secretaria: Mirian Graciela David.

$ 300 439191 Mar. 15

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PRANAR QUIMICA S.R.L.


CONTRATO


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial a cargo del Registro Público de Comercio de Rosario, se hace saber que en fecha 20 de Noviembre de 2020 se ha convenido la incorporación de nuevos socios y aumento de capital de la sociedad Pranar Química SRL, con contrato social constitutivo inscripto en el Registro Público de Comercio de Rosario, en Contratos, en fecha 21 de agosto de 2014, al Tomo 165, Folio 20274, N° 1273, en los siguientes términos: 1) Se incorporan a la sociedad los señores Florencia Paula Pascar, argentina, comerciante, D.N.I. N° 38.596.155, CUIT N° 27-38596155-, soltera, nacida el 21 de Abril de 1995, domiciliada en calle Sánchez de Bustamante 486 de Rosario, Provincia de Santa Fe; y Franco Emanuel Pascar, argentino, comerciante, D.N.I. N° 37.450.537, CUIT N° 2037450537-9, soltero, nacido el 10 de agosto de 1993, domiciliado en calle Sánchez de Bustamante 486 de Rosario, quienes aportan la suma de $ 100.000,00 cada uno a los fines de aumentar el Capital Social. 2) Se aumenta el Capital Social de la suma de $ 200.000,00 a la suma de $ 400.000,00 dividido en 4.000 cuotas de $ 100,00 cada una, quedando el mismo suscripto de la siguiente manera: a) el 25% por la socia Antonella Carla Pascar, o sea 1.000 cuotas que representan un capital de $ 100.000,00; b) el 25% por la socia Vanesa Alexis Pascar, o sea 1.000 cuotas que representan un capital de $ 100.000,00; c) el 25% por la socia Florencia Paula Pascar, o sea 1.000 cuotas que representan un capital de $ 100.000,00; y d) el 25% por el socio Franco Emanuel Pascar, o sea 1.000 cuotas que representan un capital de $ 100.000,00. 3) El aumento de capital social de $ 200.000,00 es integrado en dinero en efectivo y de la siguiente manera: el 25% o sea $ 50.000,00 en este acto, y el 75% restante o sea $ 150.000,00 en el término de dos años contados a partir de la fecha de la presente y en efectivo. La integración en efectivo es realizada en proporción a la suscripción efectuada de cuotas, es decir $ 100.000,00 la socia Florencia Paula Pascar y $ 100.000,00 el socio Franco Emanuel Pascar. 4) Se ratifican las demás cláusulas del contrato social no modificadas por el presente, incluyendo la fijación de la sede social y la designación del gerente de la sociedad.

$ 85 439110 Mar. 15

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PRAXYS S.A.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


Se hace saber, que por Asamblea General Ordinaria, del 28 de Octubre del 2020, se ha resuelto renovar por un período más, al Directorio vigente, quedando en consecuencia conformado el mismo de la siguiente forma:

Presidente:

Héctor Sebastián Paladini, argentino, nacido el 11 de abril de 1964, titular del DNI n° 16.515.147, CUIT 20-16515147-0, casado, comerciante, domiciliado en Juan José Paso 1244, Rosario, Provincia de Santa Fe.

Directores Titulares:

Carlos Alberto Stizza, argentino, nacido el 16 de septiembre de 1962, titular del DNI n° 16.066.091, CUIT 20-16066091-1, casado, comerciante, domiciliado en Zelaya 2040, Rosario, Provincia de Santa Fe.

Damián Ceferino Sudano, argentino, nacido el 25 de octubre de 1970, titular del DNI n° 21.556.877, CUIT 20-21556877-7, casado, domiciliado en Colón 54, Rafaela, Provincia de Santa Fe.

Directores Suplentes:

Myriam Liliana Sabio, argentina, nacida el 24 de octubre de 1959, titular del DNI n° 13.563.906, CUIT 27-13563906-6, casada, domiciliada en Hernandarias 604, Santa Fe, Provincia de Santa Fe

Viviana María Passerini, argentina, nacida el 28 de febrero de 1965, titular del DNI n° 17.280.773, CUIL 27-17280773-3, casada, domiciliada en Zelaya 2040, Rosario, Provincia de Santa Fe.

Todos las personas mencionadas para integrar el Directorio, aceptan expresamente los cargos para los cuales han sido designadas y a los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 256 del a Ley N° 19.550 en lo referente al establecimiento de un domicilio en la República Argentina, unánimemente deciden fijar domicilio en Tucumán 1463, Piso 2, de la ciudad de Rosario.

$ 45 439022 Mar. 15

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PREMOLDEADOS ALFE S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Primera Nominación de Rosario, en autos caratulados: PREMOLDEADOS ALFE S.R.L. Expte. 27/2021, se ha dispuesto aprobar la Cesión de Cuotas Sociales de acuerdo a los términos que a continuación se resume: 1. Cesión de Cuotas: La señora Jorgelina Gabriela Verona, de nacionalidad argentina, de estado civil casada, nacida el 6 de julio de 1969, DNI N° 20.704.693, CUIT 27-20704693-6, de actividad comerciante, con domicilio en calle Sgto. Cabral N° 110, Piso 6, de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe vende, cede y transfiere al señor Federico Carlos Verona, de nacionalidad argentina, de estado civil casado, nacido el 10 de mayo de 1974, DNI N° 23.978.071, CUIT 20-23978071-8, de actividad comerciante, con domicilio en calle 16 de Enero N° 8784, de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, la cantidad de Treinta (30) cuotas sociales de cuotas sociales de Pesos Un Mil ($ 1.000,00) cada una que totalizan un capital de Pesos Treinta Mil ($ 30.000,00); vende, cede y transfiere al señor Guillermo Elio Verona, de nacionalidad argentina, de estado civil casado, nacido el 12 de junio de 1968, DNI N° 20.175.497, CUIT 20-20175497-7, de actividad comerciante, con domicilio en calle Amenábar N° 391, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, la cantidad de Treinta (30) cuotas sociales de Pesos Un Mil ($ 1.000,00) cada una , que totalizan un capital de Pesos Treinta Mil ($ 30.000,00) y vende, cede y transfiere al señor Alejandro Mario Verona, de nacionalidad argentina, de estado civil casado, nacido el 23 de Noviembre de 1971, DNI N° 22.244.988, CUIT 20-22244988-0, de actividad comerciante, con domicilio en calle 16 de Enero N° 8748, de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, la cantidad de treinta (30) cuotas sociales de Pesos Un Mil ($ 1.000,00) cada una , que totalizan un capital de Pesos Treinta Mil ($ 30.000,00). 2. Retiro de Socios: De esta manera queda concretado el retiro de la señora Jorgelina Gabriela Verona como socia de Premoldeados Alfe S.R.L. Rosario, 25-02-2021.

$ 50 439064 Mar. 15

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SEMATEC S.A.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


Por estar así dispuesto en los autos caratulados: "SEMATEC S.A. s/Designación de autoridades" (Expte. 41, Folio ---, Año 2020) de trámite por ante el Registro Público de Santa Fe, se hace saber que: los integrantes de la firma SEMATEC S.A. han solicitado la inscripción del Acta de Asamblea General Ordinaria N° 3 de fecha 09 de Noviembre de 2020, en la que se ha designado como Presidente al Sr Destéfanis Carlos Lorenzo, Argentino, casado, nacido el 4 de Abril de 1967, D.N.I.: 18.111.004, de profesión Ingeniero, domiciliado en San Jerónimo 1105, piso 9, Departamento A, de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe; y como Vicepresidente al Sr. Gabriel Valentín Costa, Argentino, casado, nacido el 15 de Agosto de 1963, D.N.I. 16.435.499, de profesión Ingeniero, domiciliado en Provincias Unidas 1640 de la ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos; y como Director Suplente al Sr. Rubén Armando Saravia, Argentino, casado, nacido el 25 de Enero de 1965, D.N.I.: 16.817.613, de profesión Ingeniero, domiciliado en San Lorenzo 1747 de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe; y como Director Suplente al Sr. José Luis Villagra, Argentino, casado, nacido el 12 de Febrero de 1996, D.N.I.: 17.655.952, de profesión Electrotécnico, domiciliado en Zona Rural, de la localidad de Colonia Crespo, Provincia de Entre Ríos. Santa Fe, 5 de Febrero de 2021. Dr. Freyre, Secretario.

$ 45 439080 Mar. 15

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SERVICIOS TURISTICOS DE SANTA FE Y ENTRE RIOS S.R.L.


CONTRATO


1.- Integrantes de la sociedad: Sr. José Juan Miguel Monfort, DNI 16.646.182, argentino, comerciante, CUIT 20-16646182-1, casado en primeras nupcias con Alejandra Gorria, nacido el 30 de setiembre de 1964, domiciliado en calle Jujuy 830 de la ciudad de Maciel, provincia de Santa Fe y el Sr. Joel Norberto Leonardi, DNI 28.258.884, argentino, CUIT 20-28258884-7, soltero, nacido el 23 de setiembre de 1981, domiciliado en calle Moreno 1127 de Pueblo Andino, Provincia de Santa Fe.

2.- Fecha de instrumento de Constitución: 03 de Febrero de 2021.

3.- Razón social: SERVICIOS TURISTICOS DE SANTA FE Y ENTRE RIOS S.R.L.

4.- Domicilio: calle Montevideo 2447 1°A, Rosario, Provincia de Santa Fe.

5.- Objeto social: El objeto social será la intermediación en las prestaciones de servicios turísticos dentro del territorio nacional, pudiendo prestar además, asesoramiento, dirección técnica y toda otra prestación de servicio que se requiera en relación con la actividad expuesta. Pudiendo establecer sucursales en cualquier parte del país.

6.- Plazo de duración: El término de duración de la sociedad se fija en diez (10) años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

7.- Capital social: El capital social se fija en la suma de pesos doscientos mil ($200.000.-) dividido en dos mil quinientas (2.000) cuotas de pesos cien ($100.-) cada una.

8.- Administración y fiscalización: La Dirección y Administración de los negocios sociales estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no, designándose como gerentes a los señores José Juan Miguel Monfort y Joel Norberto Leonardi. La fiscalización podrá ser ejercida por todos los socios, conforme lo dispuesto por la Ley 19.550.

9.- Organización de la representación: Los gerentes obligarán a la Sociedad, actuando indistintamente y firmando en cada caso con su firma particular, precedida por la denominación social "SERVICIOS TURISTICOS DE SANTA FE Y ENTRE RIOS S.R.L." que estamparán de su puño y letra o en sello.

10.- Fecha de cierre de ejercicio: 31 de Diciembre de cada año.

$ 75 439100 Mar. 15

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STOREROOM S.R.L.


SUBSANACION


El Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe, a cargo del Registro Público de Comercio, hace saber que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 100 de la Ley 19.550, el Señor: Pablo Alejandro Viso, argentino, Comerciante, nacido el 29 de Enero de 1985, mayor de edad, de apellido materno Romero, con DNI 31.393.060, CUIT 20-31393060-3, soltero, domiciliado en calle Fraga 730 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe; y Damián Félix Himelfarb, Argentino, comerciante, nacido el 19 de Enero de 1988, mayor de edad, de apellido materno Fligman, con DNI 33.301.249, CUIT 20-33301249-9, de estado civil soltero, domiciliado en calle Pueyrredón 30 Depto. 3 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, todos hábiles para contratar han resuelto subsanar la sociedad no constituida según los tipos del capítulo II de la Ley de Sociedades, y en consecuencia adoptar el tipo social Sociedad de Responsabilidad Limitada.

Fecha Instrumento de Constitución: 12 de Febrero de 20 21.-

Denominación social: STOREROOM S.R.L

Domicilio Social: Av. Provincias Unidas 1642 de la ciudad de Rosario, Prov. de Santa Fe.

Objeto Social: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, en cualquier parte del país o del extranjero, a: 1) La Compra, venta, por mayor y menor, comercialización, almacenamiento, fraccionamiento y distribución de toda clase de productos relacionados directa e indirectamente con artículos de la Industria Óptica y de la Contactología y Oftalmología en general; 2) La Compra, venta, por mayor y menor, y servicio de asistencia técnica de equipamientos e instrumental óptico y oftalmológico; 3) La Compra, venta y comercialización de productos y/o materiales de audiología, fotografía y perfumería; 4) La Representación de empresas nacionales y extranjeras a fin de prestar en su nombre la comercialización de artículos de la Industria Óptica, Oftalmológica y de la Contactología en general; 5) La comercialización, importación, exportación y distribución de máquinas fotográficas, sus repuestos, complementos y accesorios; equipos, insumos, materias primas, y demás elementos vinculados con dicha actividad. 6) La promoción, administración y representación de productos de la industria óptica, oftalmológica y fotográfica. 7) La compra, venta, importación, exportación, representación, consignación y distribución de ropa e indumentaria, así como también todo tipo de maquinaria textil y sus accesorios; 8) La Compra, venta, importación, exportación, consignación, representación, y distribución de artículos de bazar, ya fueren materias primas o productos elaborados; 9) La compra, venta, representación y distribución de herramientas y materiales en general; 10) La compra, venta, representación y distribución de perfumes; 11) La importación y exportación de productos, servicios y materiales ópticos, oftalmológicos y fotográficos, de perfumería, herramientas, indumentaria, maquinarias, repuestos para automotores y artículos de bazar; 12) La compra y venta, de repuestos y accesorios para automotores; 13) La venta online a través de internet, redes sociales y/o canales de distribución similares al por mayor y menor de productos y servicios y materiales ópticos, oftalmológicos y fotográficos, perfumes, herramientas, indumentaria, maquinarias, repuestos para automotores y artículos de bazar.

Capital Social: El capital social se fija en la suma de pesos ciento noventa mil ($ 190.000.-) dividido en mil novecientas (1900.-) cuotas de pesos cien ($ 100.-) cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: Pablo Alejandro Viso, suscribe novecientas cincuenta (950) cuotas de capital o sea la suma de Pesos Noventa y Cinco Mil ($ 95.000.-), que integra de la siguiente forma: la suma de pesos veintitrés mil setecientos cincuenta ($ 23.750.-) en este acto y en dinero en efectivo y el saldo, o sea la suma de pesos setenta y un mil doscientos cincuenta ($ 71.250.-), también en dinero en efectivo dentro de los Veinticuatro (24) meses de la fecha; y Damián Félix Himelfarb suscribe novecientas cincuenta (o) cuotas de capital o sea la suma de pesos noventa y cinco mil (s 95.000.-), que integra de la siguiente forma: la suma de pesos veintitrés mil setecientos cincuenta ($23.750.-) en este acto y en dinero en efectivo y el saldo, o sea la suma de pesos setenta y un mil doscientos cincuenta ($ 71.250.-), también en dinero en efectivo dentro de los Veinticuatro (24) meses de la fecha.

Plazo de duración: 50 años desde su constitución.

Administración: La Dirección, Administración y Representación estará a cargo de uno (1) a tres (3) gerentes, pudiendo los mismos ser socios o no, quienes duraran en el cargo por tiempo indeterminado. A los fines de ejercer su función usaran sus propias firmas con el aditamento de "socio gerente" o "gerente", según el caso, precedida de la denominación social. En el desempeño de sus funciones, y actuaciones, podrán suscribir y realizar de modo independiente e indistinto, todos los actos y operaciones necesarios a efectos del cumplimiento del objeto social suscribiendo sus firmas debajo del sello de la razón social, con facultad para actuar amplia y libremente, con la única limitación de no comprometer a la sociedad en negociaciones ajenas al giro normal del negocio, o en fianzas, avales o garantías a terceros y en prestaciones a título gratuito. Se encuentra igualmente limitado el otorgamiento de actos de disposición de los bienes sociales o la constitución de derechos reales y prendas sobre los mismos los que solo podrán resolverse por unanimidad de voluntades de los socios.

Fiscalización: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios

Representación Legal: La representación legal estará a cargo de los gerentes Pablo Alejandro Viso, con DNI 31.393.060, domiciliado en calle Fraga 730 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe; y Damián Félix Himelfarb, DNI 33.301.249, domiciliado en calle Pueyrredon 30 Depto. 3 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe

Fecha de cierre de ejercicio: 31 de Diciembre de cada año.

$ 230 439097 Mar. 15

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STOREROOM S.R.L.


AUMENTO DE CAPITAL


El Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe, a cargo del Registro Público de Comercio, hace saber que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 100 de la Ley 19.550, el Señor: Pablo Alejandro Viso, Argentino, Comerciante, nacido el 29 de Enero de 1985, mayor de edad, de apellido materno Romero, con DNI 31.393.060, CUIT 20-31393060-3, soltero, domiciliado en calle Fraga 730 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe; y Damián Félix Himelfarb, Argentino, comerciante, nacido el 19 de Enero de 1988, mayor de edad, de apellido materno Fligman, con DNI 33.301.249, CUIT 20-33301249-9, de estado civil soltero, domiciliado en calle Pueyrredón 30 Depto. 3 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, todos hábiles para contratar han resuelto aumentar el capital social de STOREROOM SRL, elevándolo en pesos diez mil ($10.000.-) para alcanzar el nuevo capital social de pesos doscientos mil ($200.000.-), que se suscribe mediante la incorporación de un nuevo socio, el Sr. Nicolás German Zelante, Argentino, comerciante, nacido el 11 de Junio de 1984, mayor de edad, de apellido materno Díaz, con DNI 30.685.490, CUIT 20-30685490-9, de estado civil soltero, domiciliado en calle Alvear 1425 Piso 30 Depto. A de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe. La cláusula quinta del contrato Social, queda redactada de la siguiente manera: "Quinta: Capital: El capital social se fija en la suma de pesos doscientos mil ($ 200.000.-) dividido en dos mil (2000.-) cuotas de pesos cien ($ 100.-) cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: Pablo Alejandro Viso, suscribe novecientas cincuenta (950) cuotas de capital o sea la suma de Pesos Noventa y Cinco Mil ($ 95.000.-), que integra de la siguiente forma: la suma de pesos veintitrés mil setecientos cincuenta ($23.750.-) ya se encuentra integrada y el saldo, o sea la suma de pesos setenta y un mil doscientos cincuenta ($ 71.250.-), también en dinero en efectivo dentro de los veinticuatro (24) meses de la fecha; Damián Félix Himelfarb suscribe novecientas cincuenta (950) cuotas de capital o sea la suma de pesos noventa y cinco mil ($ 95.000.-), que integra de la siguiente forma: la suma de pesos veintitrés mil setecientos cincuenta (s 23.750.-) ya se encuentra integrada y en dinero en efectivo y el saldo, o sea la suma de pesos setenta y un mil doscientos cincuenta ($ 71.250.-), también en dinero en efectivo dentro de los Veinticuatro (24) meses de la fecha; y Nicolás German Zelante suscribe cien (100) cuotas de capital o sea la suma de pesos diez mil ($ 10.000.-), que integra de la siguiente forma: la suma de Pesos Dos Mil Quinientos ($2.500.-) que integra en este acto y en dinero en efectivo y el saldo, o sea la suma de pesos siete mil quinientos ($ 7.500.-), también en dinero en efectivo dentro de los veinticuatro (24) meses de la fecha.".

$ 105 439095 Mar. 15

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TRANSPORTAR S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por estar así dispuesto en los autos caratulados: Expte. Nro. 494 Folio ---, Año 2020, TRANSPORTAR S.A. s/Designación de autoridades", de trámite por ante el Registro Público de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, se hace saber que por Acta de Asamblea General Ordinaria de Accionistas Nro. 22°, de fecha 23 de Noviembre de 2020, se aprobó, por unanimidad, la nueva integración del Directorio, designándose como Presidente: Sr. Sebastián Maximiliano Galiana, argentino, casado, empleado, D.N.I. N° 26.669.269, C.U.I.L. N° 20-26669269-3, nacido el 21/07/1978, con domicilio en calle Saavedra Lamas N° 2578 de la ciudad de Esperanza, Pcia. de Santa Fe.

Director Suplente: al Sr. Muller Hernán Alejandro, argentino, casado, empleado, D.N.I. N° 35.289.166, C.U.I.L. N° 20-352891 6; nacido el 01/09/1990, con domicilio en calle Almafuerte N° 657 de la ciudad de Esperanza, Pcia. de Santa Fe. Santa Fe, 1 de Febrero de 2021. Dr. Freyre, Secretario.

$ 45 438964 Mar. 15

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TRANSPORTE ANGELINI S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por disposición de la Señora Jueza en lo Civil y Comercial a cargo del Registro Público de Comercio de Venado Tuerto, Dra. María Celeste Rosso, Secretaría de la Dra. María Julia Petracco, se ha ordenado la publicación del presente Edicto a los efectos legales que puedan corresponder, conforme Resolución de fecha 18 de febrero de 2.021.-

Directorio de "Transporte Angelini S.A.", con domicilio en Funes Nº 198, de la localidad de Carreras, Departamento General López, provincia de Santa Fe, cuyo mandato tendrá vigencia hasta que la Asamblea General Ordinaria que se reúna para considerar el Balance General cerrado el 31 de Diciembre de 2.022, proceda a su renovación, a saber:

Presidente: Miguel Angel Enrique Angelini, D.N.I. Nº 10.309.816, C.U.I.T. Nº 20-10309816-6, apellido materno Di Chiara, argentino, Transportista, nacido el 6 de Mayo de 1952, viudo de primeras nupcias con Ana María Benavidez, domiciliado en calle Funes N° 198 de la localidad de Carreras, Provincia de Santa Fe; Vice-Presidente: Ismael Mauricio Angelini, D.N.I. N° 27.606.700, C.U.I.T. N° 20-27606700-2, apellido materno Benavidez, argentino, comerciante, nacido el 24 de Febrero de 1980, soltero, domiciliado en calle Funes N° 198 de la localidad de Carreras, Santa Fe; Directora Titular: Anabela Angelini, D.N.I. N° 32.290.319, C.U.I.T. N° 27-32290319-2, apellido materno Benavídez, argentina, estudiante, nacida el 29 de Octubre de 1.986, soltera, domiciliada en Funes N2 198 de la localidad de Carreras, Santa Fe: Directora Suplente: Ayelén Eliana Angelini, D.N.I. N° 35.648.340, C.U.I.L. Nº 27-35648340-0, apellido materno Benavidez, argentina, Estudiante, nacida el 6 de Junio de 1991, soltera, domiciliada en calle Funes N° 198 de la localidad de Carreras, Santa Fe. Venado Tuerto, 01 de marzo de 2.021.

$ 92,40 439074 Mar. 15

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URBANO DESARROLLOS

INMOBILIARIOS S.R.L.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


Por Acta de Reunión de Socios N° 5 de fecha 11/09/2020 se realizó el nombramiento del Gerente aceptando por unanimidad la continuidad del Torres Ramiro Agustín, DNI 26.072.885, CUIT 20-26072885-8, soltero, de profesión corredor inmobiliario, fecha de nacimiento 04-09-1977, argentino, con domicilio en Marcial Candioti 3411 de la ciudad de Santa Fe. Autos: URBANO DESARROLLOS INMOBILIARIOS S.R.L. s/Designación de autoridades, Expte. N° 107, año 2021 – Santa Fe, 17 de Febrero de 2021. Dr. Freyre, Secretario.

$ 45 439081 Mar. 15

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URVIG S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


Por estar así dispuesto en autos caratulados: URVIG S.R.L. s/Modificación de contrato" (21-05201785-5) en trámite ante el Registro Público de Santa Fe, se ha dispuesto efectuar la siguiente publicación: en reunión de socios de Urvig S.R.L., de fecha 27/08/2020, se resolvió modificar la redacción de la cláusula de duración , la que ha quedado de la siguiente manera: "Duración: Su duración es de 50 años contados a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio. Fdo.: Dr. Jorge Freyre, Secretario. Santa Fe, 9 de Diciembre de 2020. Dr. Freyre, Secretario.

$ 45 438909 Mar. 15

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VESUVIUS (VEAR) S.A.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


Por disposición de la secretaria a cargo del Registro Público de Comercio de Rosario, se publica el presente edicto, haciendo saber que mediante Asamblea General Ordinaria N° 36 de fecha 30 de Mayo de 9.019 se han designado las nuevas autoridades de la sociedad: Directorio: Presidente: Presidente: Ricardo Luis Baruzzo, argentino, nacido el 15/08/1957, Ingeniero, casado en 1ra. nupcias con Silvia Cristian Venturini, con domicilio en calle Laprida n° 3780 de Rosario DNI 13.167.670 - CUIT 20-13167670-1. Director Suplente: Avelar Thiago Da Costa, Brasilero, casado en 1° nupcias con Julia Perim de Faria, Ingeniero Metalúrgico, portador da cédula de identidad RG n° MG 11.595.960. Inscrito CPF/MF. N° 053.453.826-62, con domicilio real en calle Italia 1607 PB y fiscal calle Urquiza 919 Piso 2 de Rosario, Prov. de Santa Fe, con Documento MG 11.595.960.- Y que mediante Asamblea General Ordinaria N° 37 de fecha 15 de Julio de 2020 ante la renuncia presentada por el Ing. Avelar Thiago Da Costa se designa en el cargo de Director Suplente: Wagner Mariano Sampaio, Brasilero, viudo, nacido en fecha 26/02/1971, Ingeniero Metalúrgico, portador de cédula de identidad RG M5219383 SSP/MG – CPF/MF. N° 960.186.746-53, con domicilio real en calle Italia 1607 PB y fiscal $ calle Urquiza 919 Piso 2 de Rosario, Prov. de Santa Fe.

$ 60 438941 Mar. 15

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VERONA

REVESTIMIENTOS S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Primera Nominación de Rosario, en autos caratulados: VERONA REVESTIMIENTOS S.R.L. Expte. 28/2021, se ha dispuesto aprobar la Cesión de Cuotas Sociales y el aumento del Capital Social de acuerdo a los términos que a continuación se resume: 1. Cesión de Cuotas: La señora Silvia Elisa Crerici, de nacionalidad argentina, de estado civil casada, nacida el 31 de julio de 1946, DNI N° 5.436.484, CUIT 27-05436484-4, de actividad comerciante, con domicilio en calle Sánchez de Loria N° 673,Bis, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe vende, cede y transfiere al señor Federico Carlos Verona, de nacionalidad argentina, de estado civil casado, nacido el 10 de mayo de 1974, DNI N° 23.978.071, CUIT 20-23978071-8, de actividad comerciante, con domicilio en calle 16 de Enero N° 8784, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, la cantidad de Dos (02) cuotas sociales de cuotas sociales de Pesos Diez Mil ($ 10.000,00) cada una, que totalizan un capital de Pesos Veinte Mil ($ 20.000,00); vende, cede y transfiere al señor Guillermo Elio Verona, de nacionalidad argentina, de estado civil casado, nacido el 12 de junio de 1968, DNI N° 20.175.497, CUIT 20-20175497-7, de actividad comerciante, con domicilio en calle Amenábar N° 391, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, la cantidad de Dos (02) cuotas sociales de Pesos Diez Mil ($ 10.000,00) cada una, que totalizan un capital de Pesos Veinte Mil ($ 20.000,00) y vende, cede y transfiere al señor Alejandro Mario Verona, de nacionalidad argentina, de estado civil casado, nacido el 23 de Noviembre de 1971, DNI N° 22.244.988, CUIT 20-22244988-0, de actividad comerciante, con domicilio en calle 16 de Enero N° 8748, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, la cantidad de Dos (02) cuotas sociales de Pesos Diez Mil ($ 10.000,00) cada una, que totalizan un capital de Pesos Veinte Mil ($ 20.000,00) y la señora Jorgelina Gabriela Verona, de nacionalidad argentina, de estado civil casada, nacida el 6 de julio de 1969, DNI N° 20.704.693, CUIT 27-20704693-6, de actividad comerciante, con domicilio en calle Sgto. Cabral N° 110, Piso 6, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe vende, cede y transfiere al señor Guillermo Elio Verona, de nacionalidad argentina, de estado civil casado, nacido el 12 de junio de 1968, DNI N° 20.175.497, CUIT 2020175497-7, de actividad comerciante, con domicilio en calle Amenábar N° 391, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, la cantidad de Una (01) cuota social de pesos diez mil ($ 10.000,00) cada una , que totalizan un capital de pesos diez mil ($ 10.000,00). 2. Retiro de Socios: De esta manera queda concretado el retiro de las señoras Silvia Elisa Crerici y Jorgelina Gabriela Verona como socias de Verona Revestimientos S.R.L. 3. Aumento de Capital: Se conviene en aumentar el capital social, fijado en la suma de pesos cien mil ($ 100.000) dividido en diez (10) cuotas sociales de pesos diez mil ($10.000,00) valor nominal cada una a la suma de pesos trescientos mil ($300.000) dividido en treinta (30) cuotas sociales de pesos diez mil ($10.000) valor nominal cada una, quedando de en consecuencia el Capital Social suscripto en partes iguales entre los socios. La integración del aumento del capital se realiza en un veinticinco por ciento (25%) en efectivo y el resto dentro del plazo de dos (02) años a contar de la fecha del presente instrumento. Rosario, 25-02-2021.

$ 110 439063 Mar. 15

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EL LALO TRANSPORTE Y LOGÍSTICA S.R.L.


CONTRATO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Venado Tuerto, 1ª Nominación, Registro Público de Comercio de Venado Tuerto, Dra. María Celeste Rosso, Secretaría a cargo de Dra. María Julia Petracco, se hace saber en los autos: EL LALO TRANSPORTE Y LOGÍSTICA S.R.L. s/Constitución de Sociedad, Expte. Nº 44/2021, según lo dispuesto en resolución de fecha 25 de Febrero de 2.021, se ha dispuesto la publicación del siguiente edicto:

En la Localidad de Sancti Spiritu Tuerto, Departamento General López, Provincia de Santa Fe, a los 10 (diez) día del mes de Febrero de 2.021, se reúnen los señores: Inocenti Gerardo Pablo, de nacionalidad argentina, nacido el día 19 de Abril de 1.981, DNI N° 27.865.186, apellido materno Pereyra, de profesión transportista, CUIT Nº 20-27865186-0, de estado civil soltero, domiciliado en la calle Nuestros Médicos N° 910, de la Localidad de Sancti Spiritu, Departamento General López, Provincia de Santa Fe y Galván Patricia Noemí, de nacionalidad argentina, nacido el día 17 de Marzo de 1.980, DNI N° 27.865.111, apellido materno Rivoira, de profesión comerciante, CUIT Nº 27-27865111-3, de estado civil soltera, domiciliado en la calle Nuestros Médicos N° 910, de la Localidad de Sancti Spiritu, Departamento General López, Provincia de Santa Fe; se reúnen a fin de convenir la constitución de una Sociedad de Responsabilidad Limitada que se regirá por la Ley General de Sociedades 19.550 y por las siguientes cláusulas en particular:

Denominación: La sociedad girará bajo la denominación de El Lalo Transporte y Logística S.R.L..

Domicilio Social: En calle Nuestros Médicos N° 910 de la Localidad de Sancti Spiritu, Departamento General López, Provincia de Santa Fe.

Duración: El plazo de duración de la Sociedad se fija en 30 (treinta) años contados a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público.

Objeto: La Sociedad tendrá por objeto dedicarse, por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, en el país o el extranjero a la explotación y prestación de servicios relacionado con el transporte automotor de cargas generales, a corta, media y larga distancia, pudiendo asociarse con terceros, tomar representación, comisiones y distribución de toda clase de productos a través de vehículos propios o por contrataciones a terceros.

Capital: El Capital Social se fija en la suma de $ 300.000 (pesos trescientos mil) divididos en 30.000 (treinta mil) cuotas de $ 10 (pesos diez) cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: Inocenti Gerardo Pablo suscribe 15.000 (quince mil) cuotas de $ 10 (pesos diez) cada una, representativa de un Capital Social de $ 150.000 (pesos ciento cincuenta mil) y Galván Patricia Noemí suscribe 15.000 (Quince mil) cuotas de $ 10 (pesos diez) cada una, representativa de un Capital Social de $ 150.000 (pesos ciento cincuenta mil). Los socios integran en el acto el 25% del capital en efectivo y el 75% restante también en efectivo dentro de un plazo de 2 (dos) años a partir de la fecha del presente contrato.

Administración, dirección y representación: Estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no. A tal fin usarán sus propias firmas con el aditamento de "Socio Gerente" o "Gerente", según el caso, precedida de la Denominación Social, actuando en forma individual e indistinta de cualesquiera de ellos. Los socios - gerentes o los gerentes en el cumplimiento de sus funciones, podrán efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluidos los especificados en el Artículo 375 del Código Civil y Comercial de la Nación y Decreto 5965/63 - Art. 9 con la única excepción de prestar fianzas, garantías y/o avales a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la Sociedad.

Fiscalización - Reunión de socios: La fiscalización de la Sociedad estará a cargo de todos los socios. En las deliberaciones por asuntos de la Sociedad, los socios expresarán su voluntad en reuniones cuyas resoluciones se asentarán en un libro especial rubricado, que será el libro de Actas de la Sociedad, detallando los puntos a considerar. Las decisiones se adoptarán según las mayorías establecidas por el Art. 160 de la Ley General de Sociedades 19.550. Podrá decidirse el establecimiento de un órgano de Fiscalización según lo previsto en el Art. 158 de la citada Ley.

Balance General y Resultados: La Sociedad cerrará su Ejercicio el 31 de Diciembre de cada año, fecha en la cual se confeccionará un Balance General, con sujeción a las normas legales y criterios técnicos usuales, en materia administrativa y contable, que exponga la situación patrimonial a ese momento, como así también un estado de resultados del ejercicio. Una vez confeccionado el Balance General, los socios gerentes o los gerentes convocarán a reunión de socios, a fin de ponerlo a disposición de éstos para su conocimiento y consideración, en las condiciones establecidas en la cláusula séptima. Si por circunstancias imprevistas o falta de quórum la reunión no pudiera realizarse, el Balance se considerará automáticamente aprobado si dentro de los 10 (diez) días corridos a contar desde la fecha fijada para la reunión de socios, no fuera objetado por la mayoría del capital social, objeciones que, en tal caso, deben efectuarse por escrito y fundadas. El Balance deberá ser considerado dentro de los 120 (ciento veinte) días de cerrado el Ejercicio y puesto a disposición de los socios con 15 (quince) días de anticipación. Si el ejercicio arrojara ganancias, de éstas se destinará el cinco por ciento (5%) para la constitución de la Reserva Legal, hasta que la misma alcance el veinte por ciento (20%) del Capital Social. Podrán constituirse además otras reservas facultativas que los socios decidan, movilizables, dentro de los términos del Art. 70 de la Ley General de Sociedades 19.550. Salvo lo dispuesto por el Art. 71 de la misma Ley para el caso de existir arrastre de quebrantos de años anteriores, el remanente de ganancias se distribuirá entre los socios a prorrata de importes y tiempos de sus respectivas integraciones de capital, acreditándose en sus cuentas particulares. Si el ejercicio arrojara pérdidas, éstas se cargarán a las reservas especiales y, en su defecto, a la reserva legal, en cuyo caso no se distribuirán ganancias futuras hasta su total reintegro. No contando ésta última con suficiente saldo el remanente se mantendrá en cuenta especial hasta que sea cubierto por futuras utilidades, teniendo presente al respecto, lo dispuesto por el Art. 71 de la Ley General de Sociedades 19.550. Las pérdidas de capital que insuman el capital social no importarán la disolución de la Sociedad si los socios acuerdan su reintegro.

Cesión de cuotas: a) Entre los socios: Las cesiones de cuotas entre los socios podrán celebrarse con la única limitación del mantenimiento de las proporciones de capital existentes entre los socios continuadores. Si algún socio desiste de la compra, los restantes podrán adquirirlas proporcionalmente a su participación social. b) - A terceros: Las que se otorgaren a favor de terceros estarán sujetas a las condiciones establecidas por la Ley General de Sociedades 19.550 en el Art. 152. Las cuotas de capital no podrán ser cedidas o transferidas a terceros, sin el consentimiento unánime de los socios. e) - Procedimiento de cesión o transferencia: El socio que se propone ceder sus cuotas deberá comunicar por medio fehaciente tal circunstancia a la gerencia y a sus consorcios, estos últimos deberán notificar su decisión de compra en un plazo no mayor de treinta (30) días, vencido el cual se tendrá por autorizada la cesión y desistida la preferencia. En la comunicación que el socio cedente haga a la gerencia y a sus consocios deberá indicar el nombre y apellido del interesado, precio y condiciones de la cesión y forma de pago. A iguales condiciones los socios tienen derecho de preferencia de compra. Se deberá dejar constancia en el libro de Actas de la Sociedad sobre la Resolución que se hubiere adoptado y su posterior inscripción en el Registro Público. Los futuros titulares de cuotas de capital por suscripción, cesión u otro concepto cualquiera, no adquirirán por ese solo hecho funciones gerenciales o de administración.

Fallecimiento o incapacidad: En caso de fallecimiento o por cualquier otra causa legal que importe el reintegro o desvinculación de algunos de los socios, sus herederos o sucesores podrán optar a) - Por continuar en la Sociedad en el lugar del socio fallecido, ausente, incapaz o eliminado. En este caso los herederos, sucesores o sus representantes legales deberán unificar su personería y representación en un solo y único representante frente a la Sociedad y en sus relaciones con la misma, quien no tendrá las facultades de los socios gerentes ni de los liquidadores. b) - Por retirarse de la Sociedad percibiendo el valor proporcional de las cuotas del socio fallecido, incapaz, ausente o eliminado, con relación al Balance General que se practicará a la fecha del fallecimiento, declaración de ausencia, incapacidad o exclusión del socio. Este Balance deberá ser confeccionado dentro de los 60 (sesenta) días de acaecida la muerte o declarada la ausencia, incapacidad o eliminación, con citación de los herederos, sucesores o representantes, a cuyo efecto deberán los mismos actuar bajo única y sola representación, unificando su personería. En el caso del apartado b) el importe resultante se le abonará a los herederos o sucesores en 6 (seis) cuotas pagaderas, la primera de inmediato y las cinco restantes bimestralmente debidamente actualizadas y con el interés fijado por el Banco de la Nación Argentina para préstamo de Capital ajustable, no pudiendo pretender los herederos o sucesores participación alguna en las utilidades o beneficios sociales obtenidos con posterioridad al día del fallecimiento, declaración de insana o exclusión. El representante de los herederos no podrán ser socios de la Sociedad, en caso de ser socio quedará sin efecto la prohibición establecida anteriormente de ser gerente o liquidador de la Sociedad. La decisión de los herederos deberá comunicarse por éstos a la Sociedad en el término de 10 (diez) días de ocurrido el fallecimiento, declaración de insana o exclusión, con nombramiento del representante frente a la Sociedad. En defecto de esta comunicación, se entenderá que deciden continuar en la Sociedad en las condiciones fijadas por éste Artículo.

Disolución y liquidación: La Sociedad se disolverá por las causales de derecho establecidas por el Art. 94 de la Ley General de Sociedades 19.550. en tal caso, la liquidación se practicará por socios - gerentes y/o los gerentes en ejercicio en ese momento, salvo que los socios, por las mayorías establecidas en la cláusula séptima de este Contrato, decidan nombrar un liquidador en cuyo caso lo harán dentro de los 30 (treinta) días de haber entrado la Sociedad en este estado. Los liquidadores actuarán de acuerdo con lo establecido en los Art. 101 a 112 de la Ley General de Sociedades 19.550 e instrucciones de los socios. Realizado el activo y cancelado el pasivo, el saldo tendrá el siguiente destino: a)- Se reembolsarán las cuotas de capital según su valor actualizado a moneda constante y b) el remanente se distribuirá entre los socios en proporción a la participación de cada uno en las ganancias.

Prohibiciones de los socios: Queda terminantemente prohibido a los socios intervenir en ningún trabajo o actividad afín al objeto principal de la Sociedad, fuera de la misma; salvo expresa autorización de los demás socios formalmente manifestada. La utilidad proveniente de cualquier negocio realizado en trasgresión a esta cláusula se considerará utilidad de la Sociedad, y habiendo pérdida serán de cuenta exclusiva del socio interviniente. Salvo expresa autorización de los demás socios formalmente manifestada.

Diferencia entre los socios: Cualquier duda o divergencia que se suscitare entre los socios acerca de la interpretación del presente contrato o entre ellos y sus herederos, legatarios y/o representantes legales de un socio fallecido o incapacitado, durante la vigencia del mismo o al tiempo de la disolución, liquidación o partición de la sociedad, será sometida la decisión de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de Venado Tuerto, a cuya competencia se someten los socios, expresamente, renunciando a cualquier fuero de excepción, inclusive el Federal, que pudiere corresponderles en razón de la materia y/o de las personas.

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LOS DOS ALGARROBOS S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por disposición del Señor Juez de 1ª Instancia de Distrito N° 4 C. y C., a cargo del Registro Público de Reconquista, Dr. José Maria Zarza, Secretaría a cargo de la Dra. Mirian Graciela David, en los autos caratulados LOS DOS ALGARROBOS S.R.L. s/Cesión de cuotas sociales (Mod. claus. cuarta: Capital) - Adecuación a la normativa vigente (mod. claus. octava: Atribuciones del gerente - Décima: Deliberación - Décimo quinta: Disolución - Décimo sexta: Liquidación); CUIJ N° 21-05291367-2 Expte. N° 286/2020, se ha ordenado la siguiente publicación:

Cesión de cuotas

La Sra. Teresa Maria Delbón (cedente) cede y transfiere en forma gratuita a los Sres. Víctor Leandro Noe y Rolando Fabricio Noe (cesionarios) cuatrocientas (400) cuotas sociales, por la suma de $ 40.000,00 cada uno, que posee en la sociedad que gira comercialmente bajo la denominación Los Dos Algarrobos S.R.L. La cedente transfiere a los cesionarios todos los derechos y acciones que le pudieren corresponder por la propiedad de las cuotas sociales cedidas en este acto.

Cuarta: Capital Social. Suscripción e integración: El capital social se fija en la suma de pesos un millón con cero centavos ($ 1.000.000,00), dividido en diez mil (10.000) cuotas sociales de valor nominal pesos cien con cero centavos ($ 100,00) cada una, suscriptas e integradas por los socios de acuerdo al siguiente detalle: Noe, Víctor Leandro suscribe cinco mil (5.000) cuotas sociales, es decir la suma de pesos quinientos mil con cero centavos ($ 500.000,00). Noe, Rolando Fabricio suscribe cinco mil (5.000) cuotas sociales, es decir la suma de pesos quinientos mil con cero centavos ($500.000,00).

Adecuación a la normativa vigente

Octava: Atribuciones y Deberes del Gerente: El socio gerente tendrá todas las facultades para administrar y disponer de los bienes, incluso aquellos para los cuáles la ley requiere poderes especiales, pudiendo en consecuencia celebrar en nombre de la Sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social: a) Operar con Instituciones Crediticias o Financieras o de cualquier índole; b) Establecer sucursales y otras especies dentro del país; c) Otorgar poderes a favor de cualquiera de los socios o terceras personas para representarla en todos los asuntos judiciales , inclusive administrativamente, como así también para querellar criminalmente; d) Tomar dinero en préstamo, garantizarlo o no con derechos reales, aceptar prendas o constituirlas y cancelarlas; e) Adquirir o ceder créditos, comprar y vender mercaderías y productos, derechos y acciones, permutar, dar y recibir en pago, cobrar y percibir, efectuar pagos, transacciones y celebrar contratos de locación y rescindirlos y cualquier contrato de cualquier naturaleza. Se hace constar que la precedente reseña es meramente enunciativa.

Décima: Deliberación. Libro de Actas: Las reuniones, deliberaciones y mayorías necesarias se regirán por lo que se establece en los art. 159 a 162 de la Ley General de Sociedades N° 19.550. Se llevará un libro de Actas de todas las Reuniones donde los Socios dejarán constancia de las resoluciones que consideren dejar expresadas de común acuerdo o a pedido de alguno de ellos. Asimismo, se llevarán los demás registros contables a que alude el Art. 320 sgte. y conc. del Código Civil y Comercial de la Nación Ley 26.994, y anualmente deberá practicarse el inventario y se confeccionará un balance general y cuadro demostrativo de pérdidas y ganancias.

Décimo Quinta: Disolución: Las causales de disolución serán las previstas por el Art. 94 de la Ley General de Sociedades N° 19550.

Décimo Sexta: Liquidación: La liquidación será practicada por el administrador que tiene facultades para nombrar un perito profesional. Se realizará de acuerdo a las normas que prescribe la Sección XIII Arts. 101 al 112 de la Ley General de Sociedades N° 19.550. Extinguido el pasivo, el liquidador confeccionará el balance final y el proyecto de distribución. El remanente se distribuirá conforme y en proporción a los aportes efectuados por los socios.

Reconquista; 03 de Marzo de 2.021. Mirian Graciela David – Secretaria.

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