picture_as_pdf 2021-03-10


CÓRDOBA

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA,

EN LO CIVIL Y COMERCIAL

DE LA 49ª NOMINACIÓN


El Sr. Juez de Primera Instancia y 49ª Nominación en lo Civil y Comercial de la Ciudad de Córdoba, en los autos caratulados: Expte. 5707462 - Cuerpo 1 “PINO, Patricio Romulo Jesús - Usucapión - Medidas preparatorias para usucapión; se ha dictado la siguiente Resolución: Córdoba, 26/09/2.018. Téngase presente lo manifestado. Proveyendo a fs. 108/112 y 140/143: Admítase. Dése al presente el trámite de juicio ordinario. Téngase presente la documental acompañada. Cítese y emplácese al demandado para que en el término de tres días comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía. Notifíquese. Cítese en la calidad de terceros interesados a la Provincia, a la Municipalidad y a los colindante Sres. Eduardo Francisco Pons, Dante Cavaglia, Jimena Mariel Campani y Pablo German Menne para que comparezcan en un plazo de tres días, haciendo saber que su incomparecencia hará presumir que la demanda no afecta sus derechos. Notifíquese a los domicilios que constan en autos. Para aquellos que en forma indeterminada se consideren con derechos sobre el inmueble, publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL, por diez veces y a intervalos regulares dentro de un periodo de treinta días. Exhíbanse los edictos en la Municipalidad correspondiente a cuyo fin ofíciese. Ofíciese al Sr. Oficial de Justicia a los fines de colocar el cartel indicativo (art. 786 del C.P.C.). Fdo. Montes, Ana Eloisa - Juez de 1ª Instancia - Ruiz Orrico, Agustín - Secretario Juzgado 1ª Instancia. Otro decreto: Córdoba, 14/12/2.018. Téngase presente la aclaración formulada. Téngase por ampliada la demanda en contra de los Sucesores del Sr. Eduardo Francisco Pons... Fdo. Ruiz Orrico, Agustín. Secretario/a Juzgado 1ª Instancia. Otro decreto: Córdoba, 28/03/2.019. Agreguense... A lo demás, atento que el domicilio del codemandado fallecido, Sr. Eduardo pons, se encontraba en la Provincia de Santa Fe, con el objeto de evitar eventuales nulidades y garantizar el ejercicio de su derecho de defensa, previo a proveer lo que por derecho corresponda cítese a los sucesores de Eduardo Francisco Pons, DNI Nº 2.432.518, para que comparezcan a estar a derecho dentro del plazo de 20 días bajo apercibimiento de rebeldía a cuyo fin publíquense edictos en el diario de mayor circulación en la Provincia de Santa Fe de conformidad a los previsiones del art. 165 del CPCC. Notifíquese. Fdo. Montes, Ana Eloisa - Juez de 1ª Instancia - Ruiz Orrico, Agustín - Secretario Juzgado 1ª Instancia. El inmueble de referencia se encuentra ubicado en el Departamento Colon, Pedanía Rio Ceballos, Municipio de Rio Ceballos, Barrio Los Nogales sobre calle Castelli s/n, y afecta parcialmente parcela 11 Mat. 885.207 en la D.G.R. lleva el Nº 1304-0302021/5 designación oficial 53, titular registral Cavaglia Dante. A su vez el lote 53 tiene como antecedente dominial una anotación registral como Dº 8528, Fº 11.265, Año 1.967; las parcela 10, Mat- 885.678 en la D.G.R. lleva el Nº 13-04-0302020/7 designación oficial 52, titular registral Eduardo Francisco Pons. A su vez el lote 52 tiene como antecedente Dominial una anotación registral bajo Dº 8.302, Fº 10.982, Año 1.967; y parcela 17, Mat. 885.206 en la D.G.R. lleva el Nº 13-04-0302018/5 designación oficial 50 a nombre de Jimena Mariel Campani, Pablo German Menne. A su vez el Lote 50 registra como antecedente dominial una anotación registral bajo el Dº 8.528, Fº 11.265, Año 1.967, y tiene las siguientes colindancias. Su contrafrente al Oeste está compuesto por los lados M-L, L-K, K-J, J-I, I-H, H-G. El lado M-L mide 6,60 m, lindando con el resto de la Parcela 17 de Jimena Mariel Campani y Pablo German Menne (Mat. 885.206); desde el punto L, con ángulo de 138º54’ y rumbo al sudeste, línea L-K, mide 4,91 m lindando con resto de Parcela 17 de los titulares registrales mencionados, desde el punto K, con ángulo de 136º11’ y rumbo al sudeste, línea K-J, mide 6,53 m lindando con el resto de la parcela 17, desde el punto J, con ángulo de 208º31’ y rumbo al sudeste, línea J-I, mide 8,40 m lindando con resto de Parcela 17, desde el punto I, con ángulo de 166º19’rumbo al sudeste, línea I-H, mide 1,79 m lindando con resto de la Parcela 17 desde el punto H, con ángulo de 151º20’ y rumbo al sudeste, línea H-G, mide 1,20 m lindando con resto de la parcela 17. A los efectos de este anexo, el frente Sur del polígono de Posesión, se lo considera compuesto por los lados G-F, F-E y E-D. Desde el punto G, con ángulo de195º04’ y rumbo al noreste, línea G-F, mide 23,50 m lindando con resto de parcela 17 y con parcela 11 de Dante Cavaglia (Mat. 885.207), desde el punto F, con ángulo de 195º58’ y rumbo al sudeste, línea F-E, mide 13,73 m lindando con resto de la parcela 11 de Dante Cavaglia, desde el punto E, con ángulo de 184º23’ y rumbo al sudeste, línea E-D, mide 11,26 m lindando con resto de la parcela 11. A los efectos de este anexo, el frente Este del polígono de posesión se lo considera compuesto por los lados D-C, C-B, B-A y A-P. Desde el punto D, con ángulo 96º44’ y rumbo al noreste, línea C-D, mide 6,78 m lindando con resto de la parcela 11 y desde el punto C con ángulo de 178º44’ y rumbo al noreste línea C-B mide 9,85 m lindando con resto de la parcela 11 y con Parcela 10 de Eduardo Pons (Mat. 885.678), desde el punto B, con ángulo de 176º24’ y rumbo al noreste, línea B-A, mide 20,85 m lindando con resto de la parcela 10, desde el punto A, con ángulo de 191º56’ y rumbo al noreste, línea A-P. mide 16,94 m lindando con resto de Parcela 10 y calle Pública. El frente norte del polígono, de posesión está compuesto por los lados P-O, O-N y N-M. Desde el punto P con ángulo de 44º18’ y rumbo al suroeste, línea P-O, mide 51,90 m lindando con resto de Parcela 10 y con Parcela 17 de Jimena Mariel Campani y Pablo German Menne (Mat. 885.206), desde el punto O, con ángulo de 182º07’ y rumbo al Suroeste, línea O-N, mide 19,62 m, lindando con Parcela 17 y desde el Punto N con ángulo de 168º42’ y rumbo al Suroeste, línea N-M, mide 5,32 m, lindando con Parcela 17, cerrando el polígono de posesión con una superficie de 2.153,60 m2 (cuadrados). Domicilios reales de los demandados y colindantes: Eduardo Francisco Pons - (hoy su sucesión - herederos de Pons Eduardo Francisco) con domicilio real en la Loc. Carlos Pellegrini - Departamento San Martín - Provincia de Santa Fe; Cavaglia Dante con domicilios en Moreno 451, Loc. de Las Rosas, Provincia de Santa Fe; Belgrano y 1º de Mayo 3.125, PB Dpto. 3, Provincia de Santa Fe; Campani Jimena Mariel con domicilios en Gral. Roca 1.699, Rio Tercero, Provincia de Córdoba y Lote 15 Manzana 22, Barrio Villa Catalina, Localidad de Rio Ceballos, y Menne Pablo German domiciliado en Camino a Pajas Blancas, Provincia de Córdoba y Lote 15 Manzana 22, Barrio Villa Catalina, Localidad de Rio Ceballos; Córdoba 02 de Marzo de 2.020.

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JUZGADO LABORAL


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia Laboral 3ª Nominación Santa Fe, en autos caratulados FEDERACIÓN PATRONAL S.A. c/AMESA EZEQUIEL y otros s/Consignación; (CUIJ 21-04785955-4), se cita y emplaza por el término de ley a todas aquellas personas que se consideren con derecho a percibir sumas de dinero derivadas de la muerte de Amesa Ezequiel Antonio, DNI 42.482.883, en los términos del art. 2.340 C.C. y C. aplicable analógicamente. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Firma: Dr. Carlos J. G. Garibay, Juez. Dra. Mariana P. Ramonera, Secretaria. Dra. Carolina Noeli Helver, Prosecretaria.

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral de la Quinta Nominación - Ciudad, se cita y emplaza a todos aquellos que se consideren con derecho a percibir las indemnizaciones del art. 248 LCT y demás rubros laborales pendientes de pago derivados de la muerte del Sr. Oscar Rodolfo Peralta, (DNI...), a comparecer a estar a derecho dentro del término de tres días desde la última publicación en el boletín a los autos PIRAMIDE S.R.L. c/SUCESORES DE PERALTA, OSCAR ADOLFO s/Consignación; CUIJ 21-04789156-3, de trámite ante el Juzgado Laboral de la 5ª (Quinta) Nom - Ciudad, bajo apercibimientos de ley. A continuación, se transcribe el decreto pertinente: Santa Fe, 11 de Septiembre de 2.020. ... Cítese y emplácese por Edicto a todos aquellos que se crean con derecho a percibir las indemnizaciones previstas en el art. 248 de la LCT y demás rubros laborales pendientes de pago, derivados de la muerte de Peralta Oscar Rodolfo, que se publicarán por tres (3) días consecutivos en el BOLETÍN OFICIAL y se exhibirán en el lugar que al efecto ha habilitado la Corte Suprema de Justicia de la Provincia en esos Juzgados, para que dentro del término de tres (3) días después de la última publicación comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimientos ... Notifíquese. Fdo: Dra. Patricia De Petre (Jueza). Dra. Cintia Porreca (Secretaria).

S/C 439424 Mar. 10 Mar. 12

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 6ª Nominación de Santa Fe, hace saber que en los autos caratulados HIDALGO, FERNANDO ANTONIO s/Quiebra; Expte. CUIJ N° 21-02014781-1, se ha presentado el informe final y proyecto de distribución previstos por el art. 218 de la LCyQ N° 24.522, re-guiándose los honorarios a la Sindicatura CPN Eduardo P. Diedic en la suma de $ 98.106,80 y apoderada del fallido, Dra. Marcela Wuethri8ch en $ 41.045,77. Lo que se publica a los efectos previstos por la norma mencionada. Santa Fe, 03 de Marzo de 2.021. Dra. Natalia Gerard, Prosecretaria.

S/C 439429 Mar. 10 Mar. 11

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Por estar así dispuesto en los autos caratulados GOMEZ, YOLANDA ELVIRA s/Quiebra; (CUIJ 21-02012178-2), que se tramitan ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 5ª Nominación de la ciudad de Santa Fe, el Sr.Juez a resuelto lo siguiente: Santa Fe, 05 de Febrero de 2.021 ... Proveyendo escrito cargo N° 346: Agréguese el informe de saldo bancario adjunto. Por presentado informe final y proyecto de distribución. De manifiesto el mismo por el término de ley. Procédase a notificar conforme lo establecen los arts. 218 y 219 de la Ley 24.522. Notifíquese. Firmado: Dr.Diego Aldao (Juez) - Dra. Mercedes Dellamonica (Secretaria). Santa Fe, 24 de Febrero de 2.021.

S/C 439318 Mar. 10 Mar. 11

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Por disposición de la Dra. Lilian M.T. Insaurralde, Jueza de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 20 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe, se hace saber que en autos caratulados: FORT, RUBÉN DARÍO s/Quiebra; (CUIJ 21-26169329-9), por resolución de fecha 27 de Octubre de 2.020, se ha resuelto: (...) 1) Declarar la quiebra (arts. 288 y 289, ley 24.522) del Señor Rubén Darío Fort, DNI N° 17.823.199, CUIL/CUIT N° 20178231996, argentino, soltero, mayor de edad, empleado dependiente del Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe; con domicilio real en calle Río Quiloazas N° 1.541 y constituyendo procesal en calles Avda. Gral. López 790, ambos domicilios en la ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe. (...) 3) Ordenar al fallido, como así también a terceros, para que en el término de 48 horas de su designación, entreguen al Síndico todos los bienes de pertenencia del primero. Intimar a la deudora para: a) que entregue a la Sindicatura dentro de las 24 hs de que aquél acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad (Art. 88 inc. 4 L.C.Q.); b) Intimar al fallido para que en el término de diez días contados a partir de la presente resolución, de cumplimento a lo dispuesto por el art. 86 de la Ley 24.522. 4) Prohibir hacer pagos al fallido, los que de realizarse se reputarán ineficaces; excepto los que se realicen en concepto de salarios con las especificaciones del párrafo 16) de la presente (Art. 88 inc. 5 L.C.Q.). (...) 9) Fijar hasta el ... inclusive (o el día hábil inmediato posterior) como plazo dentro del cual los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes al Sindico, en la forma establecida en los arts. 32 y 200 L.C.Q. Otra resolución: San Javier, 03/02/2.021. Autos y Vistos: Resulta: ... Considerando: ... Resuelvo: 1) Fijar hasta el día jueves 22 de Abril de 2.021 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado) como plazo dentro del cual los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma esta establecida en el art. 200 y 32 de la L.C.Q. II) Señalar entre los días viernes 23 de Abril y el lunes 10 de Mayo de 2.021 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare deriado), el Periodo de Observación e Impugnaciones (Art. 34 y 200). III) Para que el Síndico presente al Juzgado un Informe Individual (Art. 35 L.C.Q.) de cada solicitud de verificación en particular, señálese el día viernes 25 de Junio de 2.021 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado) y para que presente el Informe General (Art. 39 L.C.Q.), el día viernes 06 de Agosto de 2.021 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado), haciéndole saber explícitamente que antes de la fecha de presentación de los informes individuales deberán estar debidamente diligenciados todos los oficios requeridos. IV) Ordenar las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento de lo dispuesto por el art. 103 de la Ley 24.522, haciéndose saber que conforme dicha disposición el fallido no podrá ausentarse del país hasta la presentación del informe general, el cual deberá cumplimentarse el día viernes 06 de Agosto de 2.021 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado). Sin perjuicio de ello, la suscripta se reserva la facultad que le confiere el mencionado artículo, de extender tal prohibición hasta seis meses más. A tales fines, ofíciese a la Policía Federal, Oficinas de Migraciones del Ministerio del Interior y autoridades de control de fronteras (Gendarmería Nacional y Prefectura Naval Argentina), cuyo diigenciamiento deberá acreditarse dentro del plazo de diez días a contar desde la notificación de la presente, sin excepción. V) Publíquense los edictos de ley con las nuevas fechas, en la forma dispuesta. Hágase saber que dentro del plazo de cinco días a contar desde la notificación de la presente, acredite la publicación de edictos por el término de ley, en el BOLETÍN OFICIAL y Hall de este Juzgado y proceda a publicarlos en un medio gráfico (acompañando ejemplar de la publicación en idénticas condiciones que el BOLETÍN OFICIAL) y radial (con factura detallando fechas y horarios de publicación) debiendo optar por los de mayor difusión en el ámbito local (art. 89 L.C.Q.). Asimismo y como forma complementaria de la publicación de edictos la Sindicatura deberá acreditar la notificación por cédulas a los acreedores denunciados por el fallido cuyo domicilio se encuentre dentro de la jurisdicción del juzgado. En relación a los acreedores con domicilio fuera de la jurisdicción del juzgado, la Sindicatura deberá acreditar la notificación por medio fehaciente a su elección; ello a los fines de morigerar el peligro de la notificación automática y compatibilizar una más acelerada y económica tramitación de la causa con el Derecho de Defensa. (“Algunos Principios Procesales Concursales” por Ricardo Prono). La publicación de edictos contemplada por el artículo 89 de la ley concursal es necesaria a los fines de oponer la quiebra erga omnes y tiene carácter de emplazamiento, para que los acreedores se presenten a verificar sus créditos. VI) ... VII) Insértese el original, agréguese copia y hágase saber. Fdo: Insaurralde, Lilian - Jueza; Demboryniski, Silvina - Secretaria. El Síndico designado en autos es el CPN Ignacio Martín Pacheco Huber, con domicilio constituido en calle Costanera Echagüe y Andía (Moreno y Sargento Cabral) de la ciudad de San Javier, fijando horario de atención al público los días lunes a viernes en el horario de 8:00 a 12:00 hs y de 16:30 a 20:30 hs con turno previo a los teléfonos 0342- 154236748 ó 0342-154424883; correo electrónico: estudio.pacheco.talame.amador@gmail.com - Lo que se publica a los efectos legales y por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y espacio destinado a tal fin.

S/C 439397 Mar. 10 Mar. 16

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Por disposición de la Dra. Lilian M.T. Insaurralde, Jueza de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 20 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe, se hace saber que en autos caratulados: OCAMPO JUAN GABRIEL s/Quiebras; (CUIJ 21-26169275-6), por resolución de fecha 28 de Diciembre de 2.020, se ha resuelto: (...) 1) Declarar la quiebra (arts. 288 y 289, ley 24.522) del Señor Juan Gabriel Ocampo, DNI N° 32.644.778, CUIL N° 20-32644778-2, argentina, mayor de edad, empelado del Ministerio de Educación de la Provincia de Santa Fe; con domicilio real en calle Alvear N° 1.464, ciudad de San Javier y constituyendo procesal en calles Libertad N° 1.707, de la ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe. (...) 3) Ordenar a la fallida, como así también a terceros, para que en el término de 48 horas de su designación, entreguen al Síndico todos los bienes de pertenencia del primero. Intimar a la deudora para: a) que entregue a la Sindicatura dentro de las 24 hs de que aquél acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad (Art. 88 inc. 4 L.C.Q.); b) Intimar a la fallida para que en el término de diez días contados a partir de la presente resolución, de cumplimento a lo dispuesto por el art. 86 de la Ley 24.522. 4) Prohibir hacer pagos a la fallida, los que de realizarse se reputarán ineficaces; excepto los que se realicen en concepto de salarios con las especificaciones del párrafo 16) de la presente (Art. 88 inc. 5 L.C.Q.). (...) 9) Fijar hasta el 8 de Abril de 2.021 inclusive (o el día hábil inmediato posterior) como plazo dentro del cual los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes al Sindico, en la forma establecida en los arts. 32 y 200 L.C.Q. El Síndico designado en autos es el CPN Rossi, Martín Marcos con domicilio constituido en calle Nicasio Oroño 1.750 de la ciudad de San Javier, fijando horario de atención al público los días lunes a viernes de 9 a 12 y de 17 a 19 hs. Lo que se publica a los efectos legales y por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL espacio destinado a tal fin. Dra. Silvina Demboryniski, Secretaria.

S/C 439400 Mar. 10 Mar. 16

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/GEZMET, JAVIER CEFERINO y otros s/Apremio fiscal; (CUIT 21-24393486-6), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 20 de Febrero de 2.020. Proveyendo escrito cargo N° 387: Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al Poder General que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida Demanda de Apremio (Ley N° 5.066) contra Javier Ceferino Gezmet, y/o quien resulte propietario del vehículo descripto, por el cobro de la suma de $ 42.000,13 en concepto de Impuesto de Patente Única Vehicular Morosa, con más el 50% presupuestado provisoriamente para intereses y costas. Cítese de remate a la ejecutada, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución e intímase al accionado para que abone dicha suma con más la de $ 21.000,065 - que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución, a tales efectos, publíquese edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley N° 5.066. Trábese embargo sobre el automotor denunciado propiedad del demandado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro Nacional de la Propiedad Automotor, Registro Seccional 21020 - San Jorge N° 1, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese a autos la documental acompañada. A lo demás: Oportunamente, en su caso. Notifiquen Mussano y/o Vecchioni. Notifíquese. Firmado: María Laura Savignano, Secretaria. Celia Patricia Gonzalez Broin, Jueza. Por lo que deberá comparecer en el plazo de ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al Automotor Marca: Audi; Tipo: Sedan 4 puertas; Modelo: A4 1.9 TDI; Dominio: EPP324. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. María Laura Savignano, Secretaria. Sastre, 13 de Julio de 2.020.

S/C 439307 Mar. 10 Mar. 12

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/RIOS, MARCELO ALEJANDRO y otros s/Apremio fiscal; (CUIJ 21-24393491-2), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 26 de Febrero de 2.020. Proveyendo escrito cargo N° 400: Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al Poder General que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida Demanda de Apremio (Ley N° 5.066) contra Marcelo Alejandro Rios, y/o quien resulte propietario del vehículo descripto, por el cobro de la suma de $ 46.893,51 - en concepto de Impuesto de Patente Única Vehicular Morosa, con más el 50% presupuestado provisoriamente para intereses y costas. Cítese de remate a la ejecutada, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución e intímase al accionado para que abone dicha suma con más la de $ 23.446,75 - que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución; a tales efectos, publíquese edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley N° 5.066. Trábese embargo sobre el automotor denunciado propiedad del demandado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro Nacional de la Propiedad Automotor, Registro Seccional 21020 - San Jorge N° 1, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese a autos la documental acompañada. A lo demás. Oportunamente, en su caso. Notifiquen Mussano y/o Vecchioni. Notifíquese. Firmado: María Laura Savignano, Secretaria - Dra. Celia Patricia Gonzalez Broin, Jueza. Por lo que deberá comparecer en el plazo de ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al Vehículo Marca: Ford; Tipo: Chasis c/Cabina; Modelo: Cargo 1.722; Dominio: ENO301. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. María Laura Savignano, Secretaria. Sastre, 13 de Julio de 2.020.

S/C 439306 Mar. 10 Mar. 12

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/RODRIGUEZ, DANIEL IGNACIO y otros s/Apremio fiscal; (CUIJ 21-24393490-4), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 26 de Febrero de 2020. Proveyendo escrito cargo N° 399: Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al Poder General que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida Demanda de Apremio (Ley N° 5.066) contra Daniel Ignacio Rodriguez, y/o quien resulte propietario del vehículo descripto, por el cobro de la suma de $ 41.571,05 - en concepto de Impuesto de Patente Única Vehicular Morosa, con más el 50% presupuestado provisoriamente para intereses y costas. Cítese de remate a la ejecutada, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución e intímase al accionado para que abone dicha suma con más la de $ 20.785,52 - que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución; a tales efectos, publíquese edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley N° 5.066. Trábese embargo sobre el automotor denunciado propiedad del demandado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro Nacional de la Propiedad Automotor, Registro Seccional 21064 - San Jorge N° 2, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese a autos la documental acompañada. A lo demás: Oportunamente, en su caso. Notifiquen Mussano y/o Vecchioni. Notifíquese. Firmado: María Laura Savignano, Secretaria - Dra. Celia Patricia Gonzalez Broin, Jueza. Por que deberá comparecer en el plazo de ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al Vehículo Marca: Toyota; Tipo: Pick-Up; Modelo: Hilux 4X2 Cabina Doble SRV 3.0; Domino: EII459. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. María Laura Savignano, Secretaria. Sastre, 12 de Julio de 2.020.

S/C 439305 Mar. 10 Mar. 12

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/TRANSPORTE ENRI NEGRO S.A. y otros s/Apremio Fiscal; (CUIJ 21-24393454-8), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 17 de Febrero de 2.020. Proveyendo escrito cargo N° 259: Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al Poder General que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida Demanda de Apremio (Ley N° 5.066) contra Transporte Enri Negro S.A., y/o quien resulte propietario del vehículo denunciado, por el cobro de la suma de $ 11.284,71 - en concepto de Impuesto de Patente Única Vehicular Morosa, con más el 50% presupuestado provisoriamente para intereses y costas. Cítese de remate a la ejecutada, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución e intímase al accionado para que abone dicha suma con más la de $ 5.642,35 - que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución, a tales efectos, publíquese edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley N° 5.066. Trábese embargo sobre el automotor denunciado propiedad del demandado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro Nacional de la Propiedad Automotor, Registro Seccional 21064 - San Jorge N° 2, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese a autos la documental acompañada. A lo demás: Oportunamente, en su caso. Notifiquen Mussano y/o Vecchioni. Notifíquese. Firmado: María Laura Savignano, Secretaria - Dra. Celia Patricia Gonzalez Broin, Jueza. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al Vehículo Marca: Lambert, Tipo: Semirremolque; Modelo: S12IP/2009; Dominio: HMT567. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. María Laura Savignano, Secretaria. Sastre, 13 de Julio de 2.020.

S/C 439302 Mar. 10 Mar. 12

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/TRANSPORTE ENRI NEGRO S.A. y otros s/Apremio fiscal; (CUIJ 21-24393447-5) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 17 de Febrero de 2.020. Proveyendo escrito cargo N° 230: Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al Poder General que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida Demanda de Apremio (Ley N° 5.066) contra Transporte Enri Negro S.A., y/o quien resulte propietario del vehículo denunciado, por el cobro de la suma de $ 21.288,52 - en concepto de Impuesto de Patente Única Vehicular Morosa, con más el 50% presupuestado provisoriamente para intereses y costas. Cítese de remate a la ejecutada, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución e intímase al accionado para que abone dicha suma con más la de $ 10.644,26 - que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución; a tales efectos, publíquese edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley N° 5.066. Trábese embargo sobre el automotor denunciado propiedad del demandado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro Nacional de la Propiedad Automotor, Registro Seccional 21064 - San Jorge N° 2, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese a autos la documental acompañada. A lo demás. Oportunamente, en su caso. Notifiquen Mussano y/o Vecchioni. Notifíquese. Firmado: María Laura Savignano, Secretaria, Dra. Celia Patricia Gonzalez Broin, Jueza. Por lo que deberá comparecer en el plazo de ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al Vehículo Marca: Lambert, Tipo: Semirremolque; Modelo: S12IP; Dominio: IZK678. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de Ley. Dra. María Laura Savingnano, Secretaria. Sastre, 13 de Julio de 2.020.

S/C 439298 Mar. 10 Mar. 12

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/TRANSPORTE ENRI NEGRO S.A. y otros s/Apremio fiscal; (CUIJ 21-24393455-6) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 17 de Febrero de 2.020. Proveyendo escrito cargo N° 260: Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al Poder General que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida Demanda de Apremio (Ley N° 5.066) contra Transporte Enri Negro S.A., y/o quien resulte propietario del vehículo descripto, por el cobro de la suma de $ 10.496,54 - en concepto de Impuesto de Patente Única Vehicular Morosa, con más el 50% presupuestado provisoriamente para intereses y costas. Cítese de remate a la ejecutada, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución e intímase al accionado para que abone dicha suma con más la de $ 5.248,27 - que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución; a tales efectos, publíquese edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley N° 5.066. Trábese embargo sobre el automotor denunciado propiedad del demandado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro Nacional de la Propiedad Automotor, Registro Seccional 21064 - San Jorge N° 2, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese a autos la documental acompañada. A lo demás: Oportunamente, en su caso. Notifíquen Mussano y/o Vecchioni. Notifíquese. Firmado: María Laura Savignano, Secretaria - Dra. Celia Patricia Gonzalez Broin, Jueza. Por lo que deberá comparecer en el plazo de ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al Vehículo Marca: Lambert; Tipo: Semirremolque; Modelo: S12IP/2007 de 14,50 mts.; Dominio: GKP808. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de Ley. Dra. María Laura Savignano, Secretaria. Sastre, 13 de Julio de 2.020.

S/C 439299 Mar. 10 Mar. 12

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/TRANSPORTE ENRI NEGRO S.A. y otros s/Apremio fiscal; (CUIJ 21-24393453-9) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 17 de Febrero de 2.020. Proveyendo escrito cargo N° 237: Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al Poder General que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida Demanda de Apremio (Ley N° 5066) contra Transporte Enri Negro S.A., y/o quien resulte propietario del vehículo descripto, por el cobro de la suma de $ 11.561,31 - en concepto de Impuesto de Patente Única Vehicular Morosa, con más el 50% presupuestado provisoriamente para intereses y costas. Cítese de remate a la ejecutada, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución e intímase al accionado para que abone dicha suma con más la de $ 5.780,65 - que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución, a tales efectos, publíquese edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley N° 5.066. Trábese embargo sobre el automotor denunciado propiedad del demandado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro Nacional de la Propiedad Automotor, Registro Seccional 21064 - San Jorge N° 2, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese a autos la documental acompañada. A lo demás: Oportunamente, en su caso. Notifiquen Mussano y/o Vecchioni. Notifíquese. Firmado: María Laura Savignano, Secretaria - Dra. Celia Patricia Gonzalez Broin, Jueza. Por lo que deberá comparecer en el plazo de ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al Vehículo Marca: Bonano; Tipo: Semirremolque; Modelo: ST; Dominio: EDI574. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley. Dra. María Laura Savignano, Secretaria. Sastre, 13 de Julio de 2.020.

S/C 439301 Mar. 10 Mar. 12

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/TRANSPORTE ENRI NEGRO S.A. y otros s/Apremio fiscal; (CUIJ 21-24393473-4) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 19 de Febrero de 2.020. Proveyendo escrito cargo N° 283: Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al Poder General que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida Demanda de Apremio (Ley N° 5.066) contra Transporte Enri Negro S.A., y/o quien resulte propietario del vehículo descripto, por el cobro de la suma de $ 143.887,92 - en concepto de Impuesto de Patente Única Vehicular Morosa, con más el 50% presupuestado provisoriamente para intereses y costas. Cítese de remate a la ejecutada, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución e intímase al accionado para que abone dicha suma con más la de $ 71.943,96 - que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución; a tales efectos, publíquese edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley N° 5.066. Trábese embargo sobre el automotor denunciado propiedad del demandado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro Nacional de la Propiedad Automotor, Registro Seccional 21064 - San Jorge N° 2, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese a autos la documental acompañada. A lo demás: Oportunamente, en su caso. Notifiquen Mussano y/o Vecchioni. Notifiquese. Firmado: María Laura Savignano, Secretaria - Dra. Celia Patricia Gonzalez Broin, Jueza. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al Vehículo Marca: Renault; Tipo: Tractor c/Cabina Doble; Modelo: Premium 440 DXI; Dominio: MWK420. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. María Laura Savignano, Secretaria. Sastre, 13 de Julio de 2.020.

S/C 439295 Mar. 10 Mar. 12

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/TRANSPORTE ENRI NEGRO S.A. y otros s/Apremio fiscal; (CUIJ 21-24393472-6) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 19 de Febrero de 2.020. Proveyendo escrito cargo N° 282. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al Poder General que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida Demanda de Apremio (Ley N° 5.066) contra Transporte Enri Negro S.A., y/o quien resulte propietario del vehículo descripto, por el cobro de la suma de $ 142.635,10 - en concepto de Impuesto de Patente Única Vehicular Morosa, con más el 50% presupuestado provisoriamente para intereses y costas. Cítese de remate a la ejecutada, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución e intímase al accionado para que abone dicha suma con más la de $ 71.317,55 - que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución; a tales efectos, publíquese edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley N° 5.066. Trábese embargo sobre el automotor denunciado propiedad del demandado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro Nacional de la Propiedad Automotor, Registro Seccional 21064 - San Jorge N° 2, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese a autos la documental acompañada. A lo demás: Oportunamente, en su caso. Notifiquen Mussano y/o Vecchioni. Notifíquese. Firmado: María Laura Savignano, Secretaria - Dra. Celia Patricia Gonzalez Broin, Jueza. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación Vehículo Marca: Renault; Tipo: Tractor c/Cabina Doble; Modelo: Premium 440 DXI; Dominio: LVM820. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. María Laura Savignano, secretaria. Sastre, 13 de Julio de 2.020.

S/C 439294 Mar. 10 Mar.12

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/TRANSPORTE ENRI NEGRO S.A. y otros s/Apremio fiscal; (CUIJ 21-24393469-6) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 26 de Febrero de 2.020. Proveyendo escrito cargo N° 279: Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al Poder General que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida Demanda de Apremio (Ley N° 5.066) contra TRANSPORTE ENRI NEGRO S.A., y/o quien resulte propietario del vehículo descripto, por el cobro de la suma de $ 123.073,15 - en concepto de Impuesto de Patente Única Vehicular Morosa, con más el 50% presupuestado provisoriamente para intereses y costas. Cítese de remate a la ejecutada, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución e intímase al accionado para que abone dicha suma con más la de $ 61.536,57 - que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución; a tales efectos, publíquese edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley N° 5.066. Trábese embargo sobre el automotor denunciado propiedad del demandado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro Nacional de la Propiedad Automotor, Registro Seccional 21064 - San Jorge N° 2, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese a autos la documental acompañada. A lo demás: Oportunamente, en su caso. otfiquen ssano y/o Vecchioni. Notifíquese. Firmado: María Laura Savignano, Secretaria - Dra. Celia Patricia Gonzalez Broin, Jueza. Por lo que deberá comparecer en el plazo de ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al Vehículo Marca: Renault; Tipo: Tractor c/Cabina Doble; Modelo: Premiun 440 DXI; Dominio: KSX662. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. María Laura Savignano, Secretaria. Sastre, 13 de Julio de 2.020.

S/C 439292 Mar. 10 Mar. 12

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/TRANSPORTE ENRI NEGRO S.A. y otros s/Apremio fiscal; (CUIJ 21-24393470-9) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 20 de Febrero de 2020. Proveyendo escrito cargo N° 280. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al Poder General que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida Demanda de Apremio (Ley N° 5.066) contra Transporte Enri Negro S.A., y/o quien resulte propietario del vehículo descripto, por el cobro de la suma de $ 131.445,06 - en concepto de Impuesto de Patente Única Vehicular Morosa, con más el 50% presupuestado provisoriamente para intereses y costas. Cítese de remate a la ejecutada, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución e intímase al accionado para que abone dicha suma con más la de $ 65.722,53 - que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución, a tales efectos, publíquese edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley N° 5.066. Trábese embargo sobre el automotor denunciado propiedad del demandado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro Nacional de la Propiedad Automotor, Registro Seccional 21064 - San Jorge N° 2, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese a autos la documental acompañada. A lo demás: Oportunamente, en su caso. Notifíquen Mussano y/o Vecchioni. Notifíquese. Firmado: María Laura Savignano, Secretaria. Dra. Celia Patricia Gonzalez Broin, Jueza. Por lo que deberá comparecer en el plazo de ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al Vehículo Marca: Renault; Tipo: Tractor Premiun 380 DXI; Dominio: NGE438. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de Ley. Dra. María Laura Savignano, Secretaria. Sastre, 13 de Julio de 2.020.

S/C 439290 Mar. 10 Mar. 12

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/TRANSPORTE ENRI NEGRO S.A. y otros s/Apremio fiscal; (CUIJ 21-24393471-8) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 19 de Febrero de 2.020. Proveyendo escrito cargo N° 281. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al Poder General que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida Demanda de Apremio (Ley N° 5.066) contra Transporte Enri Negro S.A., y/o quien resulte propietario del vehículo descripto, por el cobro de la suma de $ 132.200,35 - en concepto de Impuesto de Patente Única Vehicular Morosa, con más el 50% presupuestado provisoriamente para intereses y costas. Cítese de remate a la ejecutada, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución e intímase al accionado para que abone dicha suma con más la de $ 66.100,17 - que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución; a tales efectos, publíquese edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley N° 5.066. Trábese embargo sobre el automotor denunciado propiedad del demandado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro Nacional de la Propiedad Automotor, Registro Seccional 21064 - San Jorge N° 2, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese a autos la documental acompañada. A lo demás: Oportunamente, en su caso. Notifiquen Mussano y/o Vecchioni. Notifíquese. Firmado: María Laura Savignano, Secretaria - Celia Patricia Gonzalez Broin, Jueza. Por lo que deberá comparecer en el plazo de ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al Vehículo Marca: Renault; Tipo: Tractor c/Cabina Doble; Modelo Premiun 440 DXI; Dominio: JOT820. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de ley. Dra. María Laura Savignano, Secretaria. Sastre, 13 de Julio de 2.020.

S/C 439289 Mar. 10 Mar. 12

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/TRANSPORTE ENRI NEGRO S.A. y otros s/Apremio fiscal; (CUIJ 21-24393448-3) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 17 de Febrero de 2.020. Proveyendo escrito cargo N° 226: Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al Poder General que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida Demanda de Apremio (Ley N° 5.066) contra Transporte Enri Negro S.A., y/o quien resulte propietario del vehículo descripto, por el cobro de la suma de $ 73.375,40 - en concepto de Impuesto de Patente Única Vehicular Morosa, con más el 50% presupuestado provisoriamente para intereses y costas. Cítese de remate a la ejecutada, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución e intímase al accionado para que abone dicha suma con más la de $ 36.687,70 - que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución; a tales efectos, publíquese edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley N° 5.066. Trábese embargo sobre el automotor denunciado propiedad del demandado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro Nacional de la Propiedad Automotor, Registro Seccional 21064 - San Jorge N° 2, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese a autos la documental acompañada. A lo demás: Oportunamente, en su caso. Notifíquesen Mussano y/o Vecchioni. Notifíquese. Firmado: María Laura Savignano, Secretaria - Dra. Celia Patricia Gonzalez Broin, Jueza. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación Vehículo Marca: Volvo; Tipo: Tractor c/Cabina Doble; Modelo: FM 370 4X2 T; Dominio: MBV786. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. María Laura Savignano, Secretaria. Sastre, 13 de Julio de 2.020.

S/C 439287 Mar. 10 Mar. 12

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/TRANSPORTE ENRI NEGRO S.A. y otros s/Apremio fiscal; (CUIJ 21-24393450-5) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 17 de Febrero de 2020. Proveyendo escrito cargo N° 228: Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al Poder General que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida Demanda de Apremio (Ley N° 5066) contra Transporte Enri Negro S.A., y/o quien resulte propietario del vehículo descripto, por el cobro de la suma de $ 23.744,83 - en concepto de Impuesto de Patente Única Vehicular Morosa, con más el 50% presupuestado provisoriamente para intereses y costas. Cítese de remate a la ejecutada, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución e intímase al accionado para que abone dicha suma con más la de $ 11.872,41 - que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución; a tales efectos, publíquese edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley N° 5.066. Trábese embargo sobre el automotor denunciado propiedad del demandado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro Nacional de la Propiedad Automotor, Registro Seccional 21064 - San Jorge N° 2, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese a autos la documental acompañada. A lo demás: Oportunamente, en su caso. Notifíquen Mussano y/o Vecchioni. Notifíquese. Firmado: María Laura Savignano, Secretaria - Dra. Celia Patricia Gonzalez Broin, Jueza. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al Vehículo Marca: Astivia; Tipo: Semirremolque; Modelo: S3 (1+2) - Furgón termico; Dominio: OSH628. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL, por el término de Ley. Dra. María Laura Savignano, Secretaria. Sastre, 13 de Julio de 2.020.

S/C 439285 Mar. 10 Mar. 12

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/TRANSPORTE ENRI NEGRO S.A. y otros s/Apremio fiscal; (CUIJ 21-24393449-1) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 17 de Febrero de 2.020. Proveyendo escrito cargo N° 227: Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al Poder General que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida Demanda de Apremio (Ley N° 5066) contra Transporte Enri Negro S.A., y/o quien resulte propietario del vehículo descripto, por el cobro de la suma de $ 34.933,50 - en concepto de Impuesto de Patente Única Vehicular Morosa, con más el 50% presupuestado provisoriamente para intereses y costas. Cítese de remate a la ejecutada, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución e intímase al accionado para que abone dicha suma con más la de $ 17.466,75 - que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución; a tales efectos, publíquese edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley N° 5.066. Trábese embargo sobre el automotor denunciado propiedad del demandado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro Nacional de la Propiedad Automotor, Registro Seccional 21064 - San Jorge N° 2, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese a autos la documental acompañada. A lo demás: Oportunamente, en su caso. Notifiquen Mussano y/o Vecchioni. Notifíquese. Firmado: María Laura Savignano, Secretaria, Dra. Celia Patricia Gonzalez Broin, Jueza. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al Vehículo Marca: Cormetal; Tipo: Semirremoloue: Modelo: S-2-13500-CH29J21; Dominio: NGE437. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de Ley. Dra. María Laura Savignano, Secretaria. Sastre, 13 de Julio de 2.020.

S/C 439284 Mar. 10 Mar. 12

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/TRANSPORTE ENRI NEGRO S.A. y otros s/Apremio fiscal; (CUIJ 21-24393446-7) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 17 de Febrero de 2.020. Proveyendo escrito cargo N° 231. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al Poder General que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida Demanda de Apremio (Ley N° 5.066) contra Transporte Enri Negro S.A., y/o quien resulte propietario del vehículo descripto, por el cobro de la suma de $ 21.288,52 - en concepto de Impuesto de Patente Única Vehicular Morosa, con más el 50% presupuestado provisoriamente para intereses y costas. Cítese de remate a la ejecutada, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución e intímase al accionado para que abone dicha suma con más la de $ 10.644,26 - que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución; a tales efectos, publíquese edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley N° 5066. Trábese embargo sobre el automotor denunciado propiedad del demandado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro Nacional de la Propiedad Automotor, Registro Seccional 21064 - San Jorge N° 2, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese a autos la documental acompañada. A lo demás: Oportunamente, en su caso. Notifiquen Mussano y/o Vecchioni. Notifiquese. Firmado: María Laura Savignano, Secretaria - Dra. Celia Patricia Gonzalez Broin, Jueza. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al Vehículo Marca: Bonano; Tipo: Semirremolque; Modelo: ST /Año 2.005; Dominio: ETJ747. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. María Laura Savignano, Secretaria. Sastre, 13 de Julio de 2.020.

S/C 439283 Mar. 10 Mar. 12

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/DURANDO, DECIO ANTONIO ELIO ROQUE y otros s/Apremio fiscal; (CUIT 21-24393487-4) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 20 de Febrero de 2.020. Proveyendo escrito cargo N° 388: Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al Poder General que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida Demanda de Apremio (Ley N° 5066) contra Decio Antonio Elio Roque Durando, y/o quien resulte propietario del vehículo descripto, por el cobro de la suma de $ 60.227,79 - en concepto de Impuesto de Patente Única Vehicular Morosa, con más el 50% presupuestado provisoriamente para intereses y costas. Cítese de remate a la ejecutada, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución e intímase al accionado para que abone dicha suma con más la de $ 30.113,89.- que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución; a tales efectos, publíquese edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley N° 5066. Trábese embargo sobre el automotor denunciado propiedad del demandado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro Nacional de la Propiedad Automotor, Registro Seccional 21064 - San Jorge N°2, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese a autos la documental acompañada. A lo demás: Oportunamente, en su caso. Notifiquen Mussano y/o Vecchioni. Notifíquese. Firmado: María Laura Savignano, Secretaria - Dra. Celia Patricia Gonzalez Broin, Jueza. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al Automotor Marca: Ford; Tipo: Sedan 4 Puertas; Modelo: Fiesta 1.6L Titanium; Dominio: NMJ729. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de Ley. Dra. María Laura Savignano, Secretaria. Sastre, 13 de Julio de 2.020.

S/C 439282 Mar. 10 Mar. 12

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/O.S.D. AGROPECUARIA S.A. y otros s/Apremio fiscal; (CUIJ 21-24393492-0) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 26 de Febrero de 2.020. Proveyendo escrito cargo N° 401: Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al Poder General que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida Demanda de Apremio (Ley N° 5.066) contra O.S.D. AGROPECUARIA S.A., y/o quien resulte propietario del vehículo descripto, por el cobro de la suma de $ 83.989,16 - en concepto de Impuesto de Patente Única Vehicular Morosa, con más el 50% presupuestado provisoriamente para intereses y costas. Cítese de remate a la ejecutada, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución e intímase al accionado para que abone dicha suma con más la de $ 41.994,58 - que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución; a tales efectos, publíquese edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley N° 5.066. Trábese embargo sobre el automotor denunciado propiedad del demandado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro Nacional de la Propiedad Automotor, Registro Seccional 21020 - San Jorge N° 1, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese a autos la documental acompañada. A lo demás: Oportunamente, en su caso. Notifiquen Mussano y/o Vecchioni. Notifíquese. Firmado: María Laura Savignano, Secretaria - Dra. Celia Patricia Gonzalez Broin, Jueza. Por lo que deberá comparecer en el plazo de ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al Vehículo Marca: Toyota Tipo: Todo Terreno; Modelo: Land Cruiser Prado VX M/T; Dominio: IXZ472. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. María Laura Savignano, Secretaria. Sastre, 13 de Julio de 2.020.

S/C 439280 Mar. 10 Mar. 12

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/LA DOCTA S.R.L. y otros s/Apremio fiscal; (CUIT 21-24393485-8), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 20 de Febrero de 2.020. Proveyendo escrito cargo N° 386. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al Poder General que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida Demanda de Apremio (Ley N° 5.066) contra LA DOCTA S.R.L. y/o quien resulte propietario del vehículo descripto, por el cobro de la suma de $ 70.099,60 - en concepto de Impuesto de Patente Única Vehicular Morosa, con más el 50% presupuestado provisoriamente para intereses y costas. Cítese de remate a la ejecutada, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución e intímase al accionado para que abone dicha suma con más la de $ 35.049,80 - que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución, a tales efectos, publíquese edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley N° 5.066. Trábese embargo sobre el automotor denunciado propiedad del demandado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro Nacional de la Propiedad Automotor, Registro Seccional 21020 - San Jorge N° 1, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese a autos la documental acompañada. A lo demás: Oportunamente, en su caso. Notifiquen Mussano y/o Vecchioni. Notifíquese. Firmado: María Laura Savignano, Secretaria - Dra. Celia Patricia Gonzalez, Broin, Jueza. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al Automotor Marca: Volkswagen; Tipo: Chasis con cabina; Modelo: 13.180; Dominio: ECG650. Lo que se publica a su efectos en el BOLELÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. María Laura Savignano, Secretaria. Sastre, 13 de Julio de 2.020.

S/C 439277 Mar. 10 Mar. 12

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/BUSTAMANTE, MARCELA ELVIRA s/Apremio fiscal; (CUIJ 21-24393467-9) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 20 de Febrero de 2.020. Proveyendo escrito cargo N° 277. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al Poder General que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida Demanda de Apremio (Ley N° 5.066) contra Marcela Elvira Bustamante, por el cobro de la suma de $ 33.466,72 - en concepto de Impuesto de Patente Única Vehicular Morosa, con más el 50% presupuestado provisoriamente para intereses y costas. Cítese de remate a la ejecutada, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución e intímase al accionado para que abone dicha suma con más la de $ 16.733,36 - que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución; a tales efectos, publíquese edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley N° 5.066. Trábese embargo sobre el automotor denunciado propiedad del demandado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro Nacional de la Propiedad Automotor, Registro Seccional 21064 - San Jorge N° 2, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese a autos la documental acompañada. A lo demás: Oportunamente, en su caso. Notifiquen Mussano y/o Vecchioni. Notifiquese. Firmado: María Laura Savignano, Secretaria - Dra. Celia Patricia Gonzalez Broin, Jueza. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al Automotor Marca: Iveco, Tipo: Furgon, Modelo: DAILY 55C16 Paso 3300, Dominio: OTZ169. Lo que se publica a s s efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. María Laura Savignano, Secretaria. Sastre, 13 de Julio de 2.020.

S/C 439276 Mar. 10 Mar. 12

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/TITO DOVIO S.A. y otros s/Apremio fiscal; (CUIT 21-24393464-5) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 20 de Febrero de 2.020. Proveyendo escrito cargo N° 274: Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al Poder General que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida Demanda de Apremio (Ley N° 5.066) contra Tito Dovio S.A., y/o quien resulte propietario del vehículo descripto, por el cobro de la suma de $ 30.183,46 - en concepto de Impuesto de Patente Única Vehicular Morosa, con más el 50% presupuestado provisoriamente para intereses y costas. Cítese de remate a la ejecutada, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución e intímase al accionado para que abone dicha suma con más la de $ 15.091,73 - que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución; a tales efectos, publíquese edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley N° 5.066. Trábese embargo sobre el automotor denunciado propiedad del demandado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro Nacional de la Propiedad Automotor, Registro Seccional 21064 - San Jorge N° 2, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese a autos la documental acompañada. A lo demás: Oportunamente, en su caso. Notifiquen Mussano y/o Vecchioni. Notifíquese. Firmado: María Laura Savignano, Secretaria - Dra. Celia Patricia Gonzalez Broin, Jueza. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al Automotor Marca: Toyota; Tipo: Todo Terreno; Modelo: RAV4 4 4X4 A/T; Dominio: JMV756. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de Ley. Dra. María Laura Savignano, Secretaria. Sastre, 13 de Julio de 2.020.

S/C 439309 Mar. 10 Mar. 12

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/CRESPO, MARTIN SEGUNDO y otros s/Apremio fiscal; (CUIJ 21-24393479-3) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 18 de Febrero de 2.020. Proveyendo escrito cargo N° 294: Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al Poder General que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida Demanda de Apremio (Ley N° 5.066) contra Martin Segundo Crespo, por el cobro de la suma de $ 109.886,41 - en concepto de Impuesto de Patente Única Vehicular Morosa, con más el 50% presupuestado provisoriamente para intereses y costas. Cítese de remate a la ejecutada, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución e intímase al accionado para que abone dicha suma con más la de $ 54.943,20 - que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución; a tales efectos, publíquese edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley N° 5.066. Trábese embargo sobre el automotor denunciado propiedad del demandado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro Nacional de la Propiedad Automotor, Registro Seccional 21064 - San Jorge N° 2, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese a autos la documental acompañada. A lo demás: Oportunamente, en su caso. Notifiquen Mussano y/o Vecchioni. Notifíquese. Firmado: María Laura Savignano, Secretaria - Dra. Celia Patricia Gonzalez Broin, Jueza. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al Automotor Marca: Iveco; Fabrica: Iveco Argentina S.A.; Tipo: Tractor c/Cabina Doble, Modelo: CH - 450C33T MLL, Dominio: AA863PL. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley. Dra. María Laura Savignano, Secretaria. Sastre, 13 de Julio de 2.020.

S/C 439308 Mar. 10 Mar. 12

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/CRESPO, MARTIN SEGUNDO y otros s/Apremio fiscal; (CUIJ 21-24393478-5) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 18 de Febrero de 2.020. Proveyendo escrito cargo N° 293: Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al Poder General que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida Demanda de Apremio (Ley N° 5.066) contra Martin Segundo Crespo, por el cobro de la suma de $ 72.927,75 - en concepto de Impuesto de Patente Única Vehicular Morosa, con más el 50% presupuestado provisoriamente para intereses y costas. Cítese de remate a la ejecutada, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución e intímase al accionado para que abone dicha suma con más la de $ 36.463,87 - que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución; a tales efectos, publíquese edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley N° 5.066. Trábese embargo sobre el automotor denunciado propiedad del demandado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro Nacional de la Propiedad Automotor, Registro Seccional 21064 - San Jorge N° 2, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese a autos la documental acompañada. A lo demás: Oportunamente, en su caso. Notifiquen Mussano y/o Vecchioni. Notifíquese. Firmado: María Laura Savignano, Secretaria - Dra. Celia Patricia Gonzalez Broin, Jueza. Por lo e deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer vale sus derechos en relación al Automotor Marca: Toyota; Fábrica: Toyota Argentina S.A.; Tipo: Todo Terreno; Modelo: AL -SW4 4X4 SR 2.8 TDI 6M/T 5A; Dominio: AA863QD. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el térino ley. Dra. María Laura Savignano, Secretaria. Sastre, 13 de Julio de 2.020.

S/C 439312 Mar. 10 Mar. 12

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/CRESPO, MARTIN SEGUNDO y otros s/Apremio fiscal; (CUIJ 21-24393475-0) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 20 de Febrero de 2.020. Proveyendo escrito cargo N° 286: Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al Poder General que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida Demanda de Apremio (Ley Nº 5.066) contra Martin Segundo Crespo, por el cobro de la suma de $ 39.702,78 - en concepto de Impuesto de Patente Única Vehicular Morosa, con más el 50% presupuestado provisoriamente para intereses y costas. Cítese de remate a la ejecutada, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución e intímase al accionado para que abone dicha suma con más la de $ 19.851,39 - que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución; a tales efectos, publíquese edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley N° 5.066. Trábese embargo sobre el automotor denunciado propiedad del demandado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro Nacional de la Propiedad Automotor, Registro Seccional 21064 - San Jorge N° 2, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese a autos la documental acompañada. A lo demás: Oportunamente, en su caso. Notifiquen Mussano y/o Vecchioni. Notifíquese. Firmado: María Laura Savignano, Secretaria - Dra. Celia Patricia Gonzalez Broin, Jueza. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hace valer sus derechos en relación al Automotor Marca: AF - HERMANN; Fábrica: Metalurgica Hermann S.R.L.; Tipo: Semirremolque: Modelo: BV - Ganadero S.GP.3E.92 2+1; Dominio: AA983TB. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. María Laura Savignano, Secreetaria. Sastre, 13 de Julio de 2.020.

S/C 439313 Mar. 10 Mar. 12

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/CRESPO, JOSE LUIS s/Apremio fiscal; (CUIJ 21-24393482-3) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 20 de Febrero de 2.020. Proveyendo escrito cargo N° 302: Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al Poder General que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida Demanda de Apremio (Ley N° 5.066) contra José Luis Ignacio Crespo, por el cobro de la suma de $ 69.365,76 - en concepto de Impuesto de Patente Única Vehicular Morosa, con más el 50% presupuestado provisoriamente para intereses y costas. Cítese de remate a la ejecutada, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución e intímase al accionado para que abone dicha suma con más la de $ 34.682, 88 - que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución; a tales efectos, publíquese edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley N° 5.066. Trábese embargo sobre el automotor denunciado propiedad del demandado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro Nacional de la Propiedad Automotor, Registro Seccional 21020 - San Jorge N° 1, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese a autos la documental acompañada. A lo demás: Oportunamente, en su caso. Notifiquen Mussano y/o Vecchioni. Notifíquese. Firmado: María Laura Savignano, Secretaria - Dra. Celia Patricia Gonzalez Broin, Jueza. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al Automotor Marca: Iveco; Fábrica: Iveco Argentina S.A.; Tipo: Chasis con Cabina; Modelo: 170E22; Dominio: JCW082. Lo que publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. María Laura Savignano, Secretaria. Sastre, 13 de Julio de 2.020.

S/C 439314 Mar. 10 Mar. 12

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/TITO DOVIO S.A. y otros s/Apremio fiscal; (CUIT 21-24393465-3) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 20 de Febrero de 2.020. Proveyendo escrito cargo N° 275. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al Poder General que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida Demanda de Apremio (Ley N° 5.066) contra Tito Dovio S.A., y/o quien resulte propietario del vehículo descripto, por el cobro de la suma de $ 34.515,79 - en concepto de Impuesto de Patente Única Vehicular Morosa, con más el 50% presupuestado provisoriamente para intereses y costas. Cítese de remate a la ejecutada, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución e intimase al accionado para que abone dicha suma con más la de $ 17.257,89 - que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución; a tales efectos, publíquese edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley N° 5.066. Trábese embargo sobre el automotor denunciado propiedad del demandado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro Nacional de la Propiedad Automotor, Registro Seccional 21064 - San Jorge N° 2, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese a autos la documental acompañada. A lo demás. Oportunamente, en su caso. Notifiquen Mussano y Vecchioni. Notifíquese. Firmado: María Laura Savignano, Secretaria. Dra. Celia Patricia Gonzalez Broin, Jueza. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al Automotor Marca: Toyota; Tipo: Pick-Up; Modelo: Hilux 4X4 C/D SRV 3.0 TDI 5AT Cuero A4; Dominio: NYC022. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. María Laura Savignano, Secretaria. Sastre, 13 de Julio de 2.020.

S/C 439315 Mar. 10 Mar. 12

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral Nº 19 de Esperanza, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don JULIO CESAR MELGRATTI, D.N.I. Nº 17.776.237, Expte. CUIJ 21-26298930-2, para que comparezcan a haces valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales. Esperanza, 21 de Febrero de 2.020.

$ 45 439485 Mar. 10

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Justo, en autos caratulados: HERNANDEZ TERESA MARIA s/Sucesiones - Insc. Tardias - Sumarias - Volunt.; Expte. CUIJ 21-26186742-4 - Año 2.020, se llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don Hernandez Teresa María, DNI 2.414.830, a que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimiento de ley; a los efectos de ser publicado en el BOLETÍN OFICIAL. San Justo, 24 de Febrero de 2.021. Dr. Leandro C. Buzzani, secretario.

$ 45 439489 Mar. 10 Mar. 12

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios - Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 4ª Nominación de esta ciudad, en autos caratulados GIECCO HECTOR JACINTO s/Declaratoria de herederos; CUIJ 21-02021205-2, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios del Sr. Giecco Hector Jacinto, D.N.I. N° 8.501.727, para que comparezcan hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo. Dra. Dra. Claudia B. Sanchez (Secretaria) Dr. Claudio Alejandro Bermudez (Juez). Santa Fe, (S.F.), 22 de Febrero de 2.021. Dra. Claudia B. Sánchez, Secretaria.

$ 120,60 439310 Mar. 10 Mar. 16

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de la ciudad de Santa Fe); en los autos caratulados: TROSSERO, CLAUDIO HORACIO s/Sucesorio; (CUIJ N° 21-020211052-1). Año 2.020; se cita, se llama, y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Claudio Horacio Trossero, D.N.I. Nº 21.578.204, argentino, domiciliado realmente en zona rural de la ciudad de Gálvez, Departamento San Jerónimo, Provincia de Santa Fe, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo. Dra. Claudia B. Sánchez, Secretada. Santa Fe, 25 de Febrero de 2.020.

$ 45 439402 Mar. 10

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe), en autos caratulados LOSIZA, MIRTA AMELIA s/Sucesorio; (Expte. N° 21-02022137-9 - Año 2.020), se cita, se llama, y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Mirta Amelia Losiza, D.N.I. F5.072.079, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Santa Fe, 25 de Febrero de 2.021. Dra. Laura Luciana Perotti, Prosecretaria.

$ 45 439349 Mar. 10

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios Juzgado de 1ª Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Novena Nominación de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: NOSENZO, ROMILDO JUAN s/Sucesorio; 21-01026923-4, se cita, se llama y emplaza a los herederos, legatarios y/o acreedores del causante don Romildo Juan Nosenzo, DNI N° M 6.264.249, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Dra. Claudia Sanchez. Secretaria. Santa Fe, 08 de Febrero de 2.021.

$ 45 439344 Mar. 10

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TOSTADO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de Distrito N° 15 de la ciudad de Tostado, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña Karina Alejandra Rodriguez, Documento Nacional de Identidad N° 26.110.869, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales, en autos RODRIGUEZ KARINA ALEJANDRA s/Sucesorio; CUIJ N° 21-26211682-1 - Año 2.020. Lo que se publica a los efectos en el BOLETÍN OFICIAL y espacio destinado a tal fin. Tostado, 28 de Diciembre de 2020. Jueza: Dra. Hayde María Regonat, Secretaria: Dra. Marcela Barrera.

$ 45 439326 Mar. 10 Mar. 16

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Por disposición de la Señora Jueza de Primera Instancia de Distrito N° 15 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Tostado (Sta. Fe) Secretaría Única a cargo de la Dra. Marcela A. Barrera, hace saber que en los autos caratulados: Expte. CUIJ Nº 21-26211686-4 - BALDI, AVELINO MARIO s/Sucesorio; se cita llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante Avelino Mario Baldi, para que dentro término y bajo apercibimientos de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos. Lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL y espacio destinado a tal fin. Tostado, 10 de Marzo de 2.021. Dra. Marcela A. Barrera, Secretaria.

$ 45 439481 Mar. 10 Mar. 16

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SAN JORGE

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 11, en lo Civil, Comercial y Laboral, de la ciudad de San Jorge, en autos SANABRIA, LUIS MARIO s/Sucesorio; (Expte. N° 271 - Año 2004 / CUIJ 21-26260806-6) y su acumulado SANABRIA, LUIS MARIO s/Sucesorio; (Expte. N° 400 - Año 2018), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante Luis Mario Sanabria, Doc. Ident. N° 8.281.357, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, en el término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y exhibición en los Estrados Judiciales. San Jorge, 28 de Diciembre de 2.020. Dra. Araceli Pilar Alberto, Prosecretaria.

$ 158,40 439300 Mar. 10 Mar. 16

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CERES

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Distrito N° 10 de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de esta ciudad de Ceres, Dr. Jorge A. Da Silva Catela -Secretaría a cargo de la Dra. Viviana Gorosito Palacios, en los autos caratulados DANNA, MARCELO EDGARDO c/BOLATTI, AMADO FELIPE y otros s/Laboral; CUIJ 21-17426463-2; se ha dispuesto publicar lo ordenado por el decreto que a continuación se transcribe: Ceres, 17 de Febrero de 2.021. Téngase presente lo manifestado. Por contestado el traslado en los términos y en la forma que expresa. Atento a lo solicitado, emplácese por edictos a los herederos de Amado Felipe Bolatti, para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley, comparezcan a estar a derecho. Notifiquese. Fdo. Dr. Jorge A. Da Silva Catela, Juez. Dra. Viviana Gorosito Palacios, Secretaria. Ceres, 22 de Febrero de 2.020.

$ 1 439321 Mar. 10

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SAN CRISTOBAL

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por estar así dispuesto por la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito N° 10 en lo Civil, Comercial y Laboral de San Cristóbal, se hace saber lo ordenado en los autos caratulados GIOVINO, ALEX MIGUEL s/Propia quiebra; Expte. N° 535 Año 2.018: San Cristóbal, 22 de Febrero de 2.021... A los fines de ordenar el proceso, reprográmense las fechas ordenadas por resolución de fecha 26/07/2.019 de la siguiente manera: 1) Fijar el día 07/04/2.021 como último plazo para que los acreedores presenten la verificación de sus créditos y títulos pertinentes al Síndico actuante, con arreglo a lo dispuesto por el art. 32 de la Ley 24.522. 2) Fijar el día 20/05/2.021 a fin de que el Síndico acompañe el Informe Individual previsto por el art. 88 último párrafo de la citada ley. 3) Designar el día 07/07/2.021 en que el Síndico debe presentar el informe General. Notifíquese mediante edictos que se publicarán por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL, en Sede Judicial y de existir fondos suficientes, en otros medios periodísticos (art. 89 Ley 24.522). Publíquense edictos con el nombre del síndico, domicilio fijado y horarios de atención... Fdo. Graciela V. Gutscher, Jueza, Cecilia V. Tovar, Secretaria. Se hace saber que el Síndico designado es el CPN Aldo Alfredo Maydana, con domicilio fijado en calle San Martín y Belgrano de San Cristóbal, con horarios de atención a los pretensos acreedores de lunes a viernes de 9:00 hs. a 12:00 hs y de 16:00 a 20:00 hs. San Cristóbal, 22 de Febrero de 2.021. Dra. Cecilia V. Tovar, Secretaria.

S/C 439347 Mar. 10 Mar. 16

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Por estar así dispuesto por la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito N° 10 en lo Civil Comercial y Laboral de San Cristóbal, se hace saber que en los autos VILLALBA, CRISTINA ELISABET s/Quiebra; CUIJ 21-26139363-5, se ha ordenado: San Cristóbal, 23 de Febrero de 2021. ... 1) Fijar el día 26 de Mayo de 2.021 como último plazo para que los acreedores presenten la verificación de sus créditos y títulos pertinentes al Síndico actuante, con arreglo a lo dispuesto por el art. 32 de la Ley 24.522. 2) Fijar el día 8 de Julio de 2.021 a fin de que el Síndico acompañe el Informe Individual previsto por el art. 88 último párrafo de la citada ley. 3) Designar el día 6 de Septiembre de 2.021 en que el Síndico debe presentar el informe General. Notifíquese mediante edictos que se publicarán por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL, en Sede Judicial y de existir fondos suficientes, en otros medios periodísticos (art. 89, Ley 24.522). Notifíquese. Fdo. Cecilia Tovar. Secretaria, Graciela Gutscher. Jueza. Asimismo, se hace saber que ha sido designado Síndico del proceso el CPN José Ernesto Pedro, quien constituyó domicilio legal en calle Falucho N° 986 de esta ciudad de San Cristóbal, fijando como horario de atención los días lunes a viernes, de 9 a 12 horas y de 17 a 20 horas. San Cristóbal, 23 de Febrero de 2.021. Dra. Cecilia Veronica Tovar, Secretaria.

S/C 439346 Mar. 10 Mar. 16

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VERA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 13, en lo Civil, Comercial y Labora - Primera Nominación de la ciudad de Vera (Sta. Fe), se cita, llama y emplaza, a todas las personas que se consideren con derecho a los bienes quedados por fallecimiento de Nestor Florito por el término y bajo apercibimientos legales en autos FLORITO, NESTOR s/Sucesorio; CUIJ 21-25276411-6. Vera, 17 de Febrero de 2.021. Dra. Margarita Savant, Secretaria.

$ 45 439591 Mar. 10 Mar. 16

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 13, en lo Civil, Comercial y del Trabajo - Segunda Nominacion de la ciudad de Vera (Sta Fe), se cita, llama y emplaza a todos los que se consideren con derecho a los bienes quedados por fallecimiento de Eduardo Alberto Zilli, por el término y bajo apercibimientos de ley, en autos ZILLI, EDUARDO ALBERTO s/Sucesorio; Expte. Nº 21-25276410-8. Vera, 18 de Febrero de 2.021. Dra. Beatriz Deiber de Fabbro, secretaria.

$ 45 439596 Mar. 10 Mar. 16

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 13, en lo Civil, Comercial y Laboral - 1ª Nominación de Vera (Sta. Fe), se cita llama y emplaza a todos los que se consideren con derecho a los bienes quedados por fallecimiento de Raúl José Ekerman, por el termino y bajo apercibimientos de ley en autos: EKERMAN RAUL JOSE s/Sucesorio; CUIJ 21-25275492-7. Vera, 21 de Diciembre de 2.020. Dra. Margarita Savant, Secretaria.

$ 45 439593 Mar. 10 Mar. 16

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RAFAELA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Señora Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 5 en lo Civil y Comercial - Cuarta Nominación, Rafaela (Santa Fe) en los autos Expte. CUIJ Nº 21-24195350-2; VISCONTI, RENÉ LUIS s/Declaratoria de herederos, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante René Luis Visconti, DNI Nº 06.292.041, con último domicilio en la localidad de Ataliva, fallecida el 08/06/1986, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días bajo apercibimientos de ley, lo que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL y en el Hall de Tribunales, a sus efectos. Fdo. Ma. José Alvarez Tremea (Juez) - Carina Gerbaldo (Secretaria). Rafaela, 19 de Noviembre de 2.020. Agostina Silvestre, prosecretaria.

$ 33 432287 Mar. 10 Mar. 16

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Por disposición del Juzgado de 1ª Instancia Civil y Comercial de la 1ª Nominación de la ciudad de Rafaela, en autos: Expte. CUIJ 21-24191590-2 - COMUNA DE HUMBERTO Iº c/BONHOMME JOSEFA y otros s/Otros apremios fiscales; se hace saber que a los fines de la prosecución de la causa, imprimiéndosele el trámite previsto por el art. 597 del CPCC, emplácese por edictos a los herederos de Bonhomme, Josefa, en la forma ordinaria para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley, comparezcan a estar a derecho. Notifíquese. Fdo; Sandra Ines Cerliani, Secretaria. Rafaela, Febrero 22 de 2.021. Dr. Nicolas A. Pasero, Prosecretario.

$ 33 439628 Mar. 10 Mar. 16

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Por disposición del Sr Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe, en autos CUIJ N° 21-24197519-0 - RIVERO, RAUL RAMON s/Sucesorio; se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante don Raúl Ramón Rivero, DNI 7.891.108, con último domicilio en calle Campoamor 549 de la ciudad de Rafaela, fallecido el día 8 de Enero de 2.020, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días bajo apercibimientos de ley, lo que se publicara en el BOLETIN OFICIAL, en el Hall de Tribunales, a sus efectos. Dra. Ana Laura Mendoza (Juez A/C) - Dra. Sandra Cerliani (Secretaria). Rafaela, 26 de Febrero de 2.021. Dr. Nicolas A. Pasero, Prosecretario.

$ 205 439446 Mar. 10 Mar. 16

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 5 en lo Civil, Comercial y Laboral de Primera Nominación de Rafaela (Pcia. de Santa Fe), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don Martin Marcelo Bocco, DNI 31.336.141, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Exp. N° 585 - Año 2.018 - BOCCO, MARTÍN MARCELO s/Sucesorio. A sus efectos se publica en el BOLETÍN OFICIAL y en sede judicial por el término de ley. Dra. Laura Mendoza -Juez a/c- Dra. Sandra Inés Cerliani -Secretaria. Rafaela, 26 de Febrero de 2.021. Dr. Nicolas A. Pasero, Prosecretario.

$ 126 439568 Mar. 10 Mar. 16

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RECONQUISTA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito de la Primera Nominación de Reconquista, en autos: GOMEZ FRANCISCO ANDRES c/HERRERA ANA MARIA y otros s/Impugnación de filiación y reclamación de filiación; CUIJ Nº 21-23540425-4, se ha dispuesto publicar el presente a fin de declarar rebelde a los Sucesores y/o herederos de Gomez Manuel Vicente. Publíquense edictos de ley. Fdo. Dr. Juan Manuel Astesiano. Secretario. Dr. José María Zarza. Juez. Reconquista, 02 de Marzo de 2.021.

$ 60 439471 Mar. 10 Mar. 16

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de Reconquista, en los autos caratulados PIRIS GISELA ELIANA s/Quiebra; 21-25023407-1, se ha ordenado lo siguiente: Reconquista, 02 de Marzo de 2.021. ... Autos y Vistos: ... Considerando: ... Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de la Sra. Gisela Eliana Piris, DNI N° 35.769.602, con domicilio en calle Belgrano N° 1.074 de la localidad de Romang (SF). 2) Para que tenga lugar el sorteo de un síndico que actuará en la presente causa, fijase la audiencia del día 03 de Marzo de 2.021 a las 8 hs. A tal efecto, oficiese a la Oficina de Sorteo de Peritos Martilleros y Síndicos. 3) Difiérase la fijación de las fechas para la presentación de los pedidos de verificación de créditos, informe individual, informe general, período de exclusividad y aaudiencia informativa hasta que el Síndico designado acepte el cargo. 4) Intímese a la fallida y a los terceros para que entreguen al Síndico los bienes de aquellos, procédase al desapoderamiento de los bienes conforme lo dispone el art. 106 de la L.C. 7) decretar la prohibición de hacer pago al fallido bajo apercibimientos de tenerlos por ineficaces. (...) 11) Disponer la Inhibición General del fallido oficiándose a los Registros correspondientes. Fdo. Dr. Fabian Lorenzini, Juez; Dr. José Boaglio, Secretario. Reconquista, 02/03/2.021.

S/C 439303 Mar. 10 Mar. 16

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El Sr. Juez de Primera instancia en lo Civil, Comercial, de Distrito Nº 14, de la Primera Nominación de Reconquista, Provincia de Santa Fe, ha dispuesto en los autos VILLAN, DIEGO LUIS y otros s/Declaratoria de herederos; 21-25025185-5, que se cite y emplace a todos los que se consideren con derecho a los bienes de la herencia de Diego Luis Villan, DNI 8.434.406 y de Ana María Pujol, DNI 5.424.530, para que dentro del término legal comparezcan a estos autos a hacerlos valer. Lo que se publica a los efectos de ley. Reconquista, 04 de Febrero de 2.021. Secretario Autorizante Dr. Juan Manuel Astesiano, Secretario.

$ 45 439420 Mar. 10 Mar. 16

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Reconquista (Pcia. de Santa Fe), en autos caratulados: RADOSEVICH, OSMAR LUIS s/Sucesorio; (Expte. CUIJ N° 21-25025231.2 - Año 2.020), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Osmar Luis Radosevich, DNI N° 11.821.574, para que comparezcan a hacer valer sus derecho dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL, de conformidad con lo dispuesto en la ley N° 11.287 y conforme al acuerdo ordinario del 07/02/96, acta N° 3. Dr. Juan Manuel Astesiano, Secretario.

$ 45 439368 Mar. 10

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