picture_as_pdf 2021-02-22

POR

GUSTAVO R LASCURAIN


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación, de la ciudad de Santa Fe, en autos: “Pérez Rosa s/Declaratoria de herederos” CUIJ: 21-00992851-8 se ha ordenado que el Martillero Corredor Público Gustavo R Lascurain, Mat. 736, CUIT 20-33945285-5. Para que tenga lugar la subasta del inmueble inscripto al Tomo 395 Impar, Folio 1161, N° 24367 Departamento La Capital del Registro General (Partida inmobiliaria nro. 101106134017/ 00289) Lote 28 ubicado en calle Santiago de Chile 7748 de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe, por el Martillero designado en autos Gustavo Rubén Lascurain Matrícula 736, designase el día 04 de marzo de 2021 a las 17 horas o el día siguiente hábil si aquél resultare inhábil en el mismo horario, la que se realizará en el Anexo del Colegio de Martilleros y Corredores Públicos de Santa Fe sito en calle 9 de Julio 1426 de ésta ciudad. El bien saldrá a la venta con la base del avalúo fiscal equivalente a $ 20.825,26. y se adjudicará al mejor postor; en caso de no haber postores se ofrecerá nuevamente con la retasa del 25%; y de no existir nuevamente postores, se ofrecerá sin base y al mejor postor con la siguiente descripción (fojas 276 y vta.): Una fracción de terreno con todo lo en ella clavado, plantado, edificado y adherido al suelo, ubicada al Norte de esta ciudad, en el Paraje denominado "Barrio Nueva Pompeya" y que en el plano de mensura y subdivisión confeccionado por el Agrimensor Felipe J Argento inscripto en la Sección Topografía y Catastro del departamento de Obras Públicas de la Municipalidad de esta ciudad bajo el número 1613, se individualiza como lote VEINTIOCHO de la manzana 7738 y se sitúa sobre calle Santiago de Chile, entre las de Pavón y Ayacucho, a los veintitrés metros treinta centímetros de la primer entrecalle y mide: DIEZ metros en su lado Este y Oeste por TREINTA y SEIS metros VEINTICINCO centímetros en su lados Norte y Sud, encerrando una superficie total de TRESCIENTOS SESENTA Y DOS metros CINCUENTA decímetros cuadrados lindando: al Oeste, calle Santiago de Chile; al Este, fondos del lote cuatro; al Norte, con los lotes uno, dos y tres y al Sud, con el lote veintisiete, todos del mismo plano y manzana citados. Pre Certificado Catastral N° 1182 del 09/11/20 (fojas 280/281) informa: “No existe estado parcelario vigente. Esto implica que no podrá inscribirse título en el Registro de la Propiedad. Debe presentar Plano de Mensura o Acta de Verificación”, “La vigencia del estado parcelario del plano de mensura n° 1613MU/1952 ha caducado según resolución n° 108/17 AP. Se deberá realizar la correspondiente verificación… Se verifican Avalúos Rectificados por mejora con fecha 01.01.1970 Posibilidad de deuda…” Registro General informa en fecha 02/10/20 (fojas 277/279 vta.) que la causante es titular dominial. No se registran Hipotecas ni Embargos ni Inhibiciones. API informa que le corresponde la partida inmobiliaria 10-11-06-134017/0028-9 adeuda $ 10.147,56 al 24/11/20. Municipalidad de Santa Fe Padrón 74502 informa el 11/11/2020 (fojas 282) que registra deudas Administrativas y Judiciales por un monto de $ 53.622,05.-. De la constatación: realizada el 09/09/2020 (fojas 272 y vta.) la Sra. Oficial de Justicia expresa: “… me constituí en el día de la fecha en el domicilio de calle Santiago de Chile - hoy Presbítero Luis V. Dusso 7748 conjuntamente con el Martillero Público Gustavo Lascurain, autorizado para el diligenciamiento. Fui atendida por quien dijo llamarse Mariel Verónica González y poseer DNI N° 22.087.484 quien impuesta de mi cometido accedió a la medida. Manifestó que ella vive allí con su hijo … y su nieta … (menor de edad). Agregó que ocupa el inmueble en carácter de propietaria en virtud de sus derechos hereditarios sobre la finca. Seguidamente constaté que es una vivienda de una planta al frente, ubicado sobre calle de tierra entre calles Ayacucho y Pavón. Al frente existe un portón de chapa, una puerta de madera y una ventana con rejas. Ingresamos por el portón donde observamos una cochera techada sin cielorraso y un jardín amplio con asador con parte de piso de cemento y otra de tierra. A la derecha del garaje antes mencionado existen dos ambientes" contiguos de mampostería de ladrillo y techo de zinc de aproximadamente 2 x 5 metros y 5 x 2,20 metros respectivamente. Contiguo a éstos obra otro ambiente que oficia de estacionamiento de aproximadamente 6 x 5 metros, luego una construcción semi techada de aproximadamente 4 x 5. Todos estos ambientes descriptos se encuentran en estado de abandono, sin aberturas, con basura y material de construcción en su interior. Seguidamente y hacia el fondo del terreno existe una galería de mampostería de ladrillo de aproximadamente 7 x 5 metros. A la derecha del mismo, obra una puerta ventana de madera donde se ingresa a la vivienda donde habita quien nos atiende. Está construida de mampostería de ladrillo con cielorraso de machimbre, algunas paredes revocadas y pintadas, otras sin revocar y pisos de cerámico. Cuenta con una cocina-comedor de aproximadamente 6 x 4 metros, tres habitaciones de 3 x 3 metros cada una aproximadamente y un baño (con azulejos, inodoro y bañera). Manifestó la Sra. González que cuenta con servicios de agua corriente' y luz. El inmueble se encuentra en regular estado de conservación, con manchas de humedades y rajaduras en las paredes y con falta de mantenimiento en general. Expresó quien me atendió que la vivienda del fondo y sus mejoras fueron realizadas por ella y sus padres...” Se hace expresa mención de que el inmueble se encuentra habitado por persona menor de edad. CONDICIONES: Adjudicado el bien, en el acto se abonará sin excepción el 10% del precio obtenido, la comisión del martillero 3%, con más los impuestos nacionales y provinciales que correspondan. El saldo del precio se abonará a la primera oportunidad de: A al aprobarse la subasta, o B a los 40 días corridos desde la fecha del remate. En caso que no se ingrese el saldo en los momentos indicados, se apercibe al comprador de lo siguiente: a) si no deposita a los 40 días, el saldo devengará intereses con la aplicación de una vez y media la tasa que aplica el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuento de documentos a 30 días; y b) si no deposita a su intimación por aprobación del acta de subasta, se dará por decaído el derecho a su adjudicación, siendo responsable de los perjuicios que provoque, con pérdida de lo abonado a cuenta del precio. Se hace saber a los compradores que deberán conformarse con los títulos y demás constancias de autos, y que luego del remate no serán admisibles reclamación alguna por insuficiencia de ellos. Serán a cargo del comprador los impuestos, tasas y contribución de mejoras del inmueble a partir de la fecha del remate. No se brinda información respecto a deudas por servicios de luz, agua, gas, etc. Que pudiere registrar el inmueble, en virtud de no ser necesario a los fines de la realización del remate. Sin perjuicio de ello, en el caso de existir tales deudas por servicios correspondientes a luz, agua, gas, etc., corresponderá al acreedor efectuar el reclamo a quien estime corresponder. Si el adjudicado compra en comisión, deberá denunciar su comitente para su constancia en el acta de la subasta; y el comitente deberá aceptar la compra formalmente bajo apercibimiento de tener al comisionado como adquirente. Se hace saber al que resulte adquirente que estará a su cargo los trámites inherentes a la inscripción del dominio, y se le podrá exigir la intervención de un letrado, de estimarlo pertinente o si así lo exige la índole del asunto (art. 323 de la ley 10.160). Asimismo, se hace saber al mismo que respecto al inmueble a subastarse el Servicio de Catastro e Información Territorial emitió Pre-certificado Catastral con las siguientes observaciones: “No existe estado parcelario vigente. Esto implica que no podrá inscribirse título en el Registro de la Propiedad. Debe presentar Plano de Mensura o Acto de Verificación”, “La vigencia del estado parcelario del plano de mensura n°1613MU/1952 ha caducado según resolución n° 108/17 AP. Se deberá realizar la correspondiente verificación… Se verifican Avalúos Rectificados por mejora con fecha 01.01.1970 Posibilidad de deuda…” (v. fs. 280/281). Por lo que se deberá regularizar la situación parcelaria a los fines de inscribir dominio, estando a cargo del adquirente los gastos que demande la gestión. Hágase saber lo expuesto en los edictos y volantes a publicarse. Publíquense edictos por el término de ley en el Boletín Oficial y Hall de estos Tribunales. Las constancias de publicación se acreditarán por Secretaría dos días antes de la fecha prevista para la subasta. Autorizase la publicidad solicitada en el escrito cargo 9379/20 (fojas 284) con cargo de oportuna rendición de cuentas. Se recuerda al Martillero la responsabilidad emergente del art. 497 del C. P. C. C.. Cumpliméntese lo dictaminado por la Defensora General Civil nro. 2 a fojas 264. Acorde ello, en la publicación de edictos y volantes se hará expresa mención de que el inmueble se encuentra habitado por persona menor de edad. Asimismo, ofíciese a los organismos del Estado con competencia en Niñez y Adolescencia (Subsecretaría de la Niñez, Adolescencia y Familia), así también a la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo, Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Santa Fe, Secretaría de Estado de Hábitat y Secretaría de Desarrollo Social de la Municipalidad de Santa Fe, a efectos de anoticiar la fecha de la subasta a fin de que lleven a cabo medidas preventivas ante la posible situación de calle de la persona menor de edad aludida en el párrafo precedente. La constancia de recepción de tales oficios por las dependencias aludidas se acreditará en autos, bajo apercibimiento de no suscribirse los edictos. Se hace saber que para la realización del acto de subasta atento la situación de emergencia sanitaria por la pandemia coronavirus (COVID19) deberá darse estricta observancia a las medidas dispuestas por el Colegio de Martilleros y Corredores Públicos de Santa Fe en el Protocolo de Higiene para la Realización de Subastas. Notifíquese por cédula al domicilio real y legal de las herederas de la causante Rosa Pérez (…) y a las herederas de la coheredera fallecida Gladis Cristina Arias (…), a la API, Municipalidad de Santa Fe y a la Defensoría General Civil N° 2. Las notificaciones aludidas deberán acreditarse en autos, bajo apercibimientos de no autorizarse los edictos. Mayores informes por Secretaría del Juzgado y/o al Martillero a los TE 0342-156129707 – 0342-156135320.- Santa Fe, 12 de Febrero de 2021. Fdo. Dra. Mariana Nelli Secretaria.-

$ 1100 437746 Feb. 22 Feb. 24

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RAFAELA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


POR

FRANCISCO J. NUÑEZ


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral de la Primera Nominación de la ciudad de Rafaela (Sta. Fe), Secretaría del autorizante, en autos: Expte. N° 848 Año 2.014; GUILLAN, EMILIO PEDRO c/TOMAS, ARIEL ALEJANDRO y/u otro s/Cobro de pesos laboral, se ha dispuesto que el Martillero Público Francisco J. Núñez Mat. 605 CUIT Nº: 20-06254580-2, proceda a vender en publica subasta el día 1 de Marzo de 2.021 a las 11:00 hs., ó el día hábil inmediato posterior si aquel resultare feriado, a la misma hora en los Estrados del Juzgado de Rafaela, sito en Alvear 214 de dicha ciudad, observando las disposiciones vigentes en materia de aspo, sobre los bienes embargados. Hágase saber que 24 hs antes de la fecha ut supra individualizada, deberá ponerse a disposición del Juzgado la lista de inscripciones para la asistencia al acto de subasta, conforme protocolo de higiene para la realización de subastas o remates particulares, oficiales y judiciales de bienes muebles o inmuebles. Asimismo, las planillas o ficha confeccionadas para la registración del público asistente deberán ser mantenidas en custodia por el profesional interviniente, en su caso por la institución organizadora, por el Colegio de Profesionales y/o por la autoridad que corresponda, por el término de 30 días. Cada bien saldrá a la venta, sin base y al mejor postor a saber: una embutidora color rojo marca MS, de aprox. 5 lts. Una cortadora fiambre marca Marani color naranja y blanco. Una cortadora fiambre marca Cibeles color gris inscripción AECO. Un horno de acero inoxidable tipo tostador de pan. Una freidora con horno de acero inoxidable tipo industrial de 40 lts. aprox. Sin nombre visible. Un anafe de 6 hornallas acero inoxidable sin marca visible. Una cortadora de verduras acero inoxidable marca Santini. Una cámara frió aprox. 2.60 de largo x 2.30 alto aprox., por 1.40 profundidad, de una puerta acero inoxidable, marca Tecnofrío. Una balanza reloj color blanca de 25 kg. Marca Volmar Nº 38336. Informes previos: Registro de Créditos Prendarios: Al 29/10/20 certifica que no informa por carecer los bienes de marca, modelo y/o número del mismo. Balanza reloj Marca Volmar Nº 38336 no figura gravada. El Sr. Tomás Ariel Alejandro posee 7 inhibiciones vigentes. Condiciones de venta: El 10% del precio deberá ser abonado en el remate y en efectivo como la comisión del Martillero (10%). El impuesto a la compra venta e IVA y/u otro impuesto Nacional por dicho concepto y si correspondiere, deberán ser abonados dentro del término de cinco días de ejecutoriado el auto probatorio de la subasta, previa notificación por cédulas libradas en legal forma. Publíquense edictos de ley en el BOLETIN OFICIAL atento lo dispuesto por el art. 67 C.P.C. Establézcase dos días antes de la fecha de la subasta, para la exhibición de los muebles a subastarse. Autorízase a la confección de 1.000 volantes de publicidad. Aclárese que los bienes adquiridos se entregarán el día siguiente de la subasta en el horario de 9:00 a 21:00 hs, bajo entera responsabilidad de quien sea adjudicatario. Notifíquese el presente proveído en el domicilio real del demandado, librándose mandamiento a sus efectos al señor oficial de Justicia. Mayores Informes en Secretaría y/o al Martillero al Tel. (03492) 156-44252. No repone laboral. Fdo. Dr. Marcelo Leizza (Secretario). Rafaela, 01 de Febrero de 2.021.

S/C 437514 Feb. 22 Feb. 26

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RECONQUISTA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


POR

MIGUEL ANGEL CIGNETTI


Por estar así dispuesto en los autos: NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A. c/Otro s/Ejecutivo; Expte. N° 476/2009, que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 4, en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Reconquista (SF), se hace saber que el Martillero Publico Miguel Angel Cignetti, Matricula N° 664, CUIT. Nº 20-08323688-5, con domicilio en calle Gdor. Iriondo N° 141, de la ciudad de Reconquista (SF), procederá a vender en publica subasta, en las puertas del Juzgado Comunitario de la localidad de Calchaquí (SF), el día 03 de Marzo de 2.021, a las 11:00 horas o el día hábil inmediato posterior si aquel resultare feriado y a la misma hora, con la base del Avaluó Fiscal, la suma de $90,05, en primera subasta, si no hubiera postores, con la base retasada en un 25% o sea la suma de $ 67,53, en segunda subasta, y, si tampoco hubiere postores, seguidamente en tercera subasta, sin base y al mejor postor (Art. 496 C.P.C.C.): Una Fracción de Terreno, con todas sus adherencia, ubicado en la parte Este del Lote N° 5, parte a su vez de la Quinta N° 3 de la ciudad de Calchaquí, Departamento Vera, Provincia de Santa Fe, y que de acuerdo al plano N° 8.576, confeccionado por el Ingeniero Milia, mide: quince metros de frente al Norte a contar desde el extremo Este, hacia el Oeste, por donde linda con calle Publica, e igual contrafrente al Sud, medido de igual manera, por donde linda con parte del lote seis, vendido a Sebastián Monzón y Gloria Irma Cáceres, por veintiún metros en su lado este, por donde linda con el Lote catorce, vendido a Erminia Marcelina Di Martino e igual medida en su lado Oeste, por donde linda con más terreno del mismo plano, propiedad de doña Elidia Leguizamón de Escobar, totalizando una superficie de Trescientos Quince Metros Cuadrados. Todo según título. De la constatación realizada por el Sr. Juez Comunal de la localidad de Calchaquí, en donde dice: Calchaquí, a los 14 días del mes de Noviembre de 2.019. Dando cumplimiento a lo ordenado en el presente mandamiento, me constituí en compañía del Martillero Publico, habilitado para intervenir en el diligenciamiento del presente, en un domicilio de calle Los Inmigrantes, entre calles Pueyrredón y San Martín de esta ciudad, domicilio denunciado por el martillero interviniente, donde fuimos atendido por una persona que dijo llamarse, Secundino Angel Trincheri y poseer el D.N.I. Nº 10.850.844, aclara el atendiente que el domicilio es el de calle Los Inmigrantes Nº 563 de esta ciudad, a quien dimos integra y fiel lectura del presente oficio de constatación. Seguidamente e invitados a ingresar a la vivienda se consta: Se trata de un lote de terreno (frente al norte sobre calle Los Inmigrantes, sobre el cual se encuentra asentada una casa habitación. El terreno tiene 15 mts. de frente por unos 33 mts. de fondo. La misma posee una cocina-comedor de unos 3,50 mts., por 4 mts., dos habitaciones chicas de unos 3 mts. por 3 mts. y baño. Las paredes son de material tradicional de unos 15 cmts., revocadas y pintadas, las ventanas y puertas son de madera. Se observa en el interior de la vivienda un deterioro importante; denota falta de mantenimiento, la calle ubicación del inmueble (calle Los Inmigrantes) esta en una zona inundable; la antigüedad será de unos 70 años; la vivienda posee luz eléctrica y agua potable, no así cloacas, ni agua caliente. Preguntando al atendiente quien vive allí, nos manifiesta que lo hace el mismo y su Sra. Susana Zordan y que alquilan el mismo a la Sra. Mariela Feludero, no teniendo el documento que así acredita. No siendo para mas, previa lectura y ratificación, no firma el Sr. Trinchen, por no considerarlo necesario, si lo hace el Martillero Publico, Miguel Cignetti, por ante mi Juez Comunitario. Inscripto en el Registro General de la Propiedad en el Dominio N° 45.046, Folio 676, Tomo 156, Dpto. Vera, Pcia. Sta. Fe. Empadronado a los fines del Impuesto Inmobiliario bajo la partida N° 02-05-00-006758/0019-3, no adeudándose importe alguno de Impuesto Inmobiliario al 08-07-2020. A la Comuna de Calchaquí, en concepto de Tasa General de Inmueble, la suma de $ 6.804,14, al 14-11-2019. Todas estas deudas están a cargo de esta subasta, y a cargo del comprador, desde el día de la aprobación de la subasta. Según informe del Registro General de la Propiedad el inmueble está inscripto a nombre del demandado, y se registra el siguiente embargo: 1) Fecha 06/06/13, Aforo N° 059529, Juicio: Nuevo Banco de Santa Fe S.A. C/Otro S/Ejecutivo; Expte. N° 476/ 009, Juzg. 1ª Inst. Distrito Nº 4, Civ. y Com. 2ª Nom. Recqta. (SF), por un monto de $ 95.661,68. Los títulos de propiedad no han sido presentados, por lo que el que resulte comprador, deberá conformarse con las fotocopias agregadas en autos y las actuaciones que expida el Juzgado, y tomara a su exclusivo cargo los trámites necesarios para inscribir a su nombre lo adquirido, no admitiéndose reclamo alguno una vez efectuada la subasta. El comprador abonara en el acto del remate el 10% como seña y a cuenta de precio, con mas el 3% por comisión de Ley del Martillero, todo en dinero efectivo (no se aceptan cheques, ni dólares), el pago del saldo de precio será abonado mediante transferencia bancaria a una cuenta judicial a abrirse para estos caratulados y a la orden de este Juzgado en el Nuevo Banco de santa Fe, sucursal Reconquista, indefectiblemente dentro de los 5(cinco) días de aprobada la subasta, una vez ejecutoriada que quede e intimado el o los compradores, mediante deposito en Cuenta Judicial, todo ello sin perjuicio de lo establecido en el Art. 497 del C.P.C.C., debiendo abonar también el impuesto a la compra-venta. Y deberá constituir domicilio legal en jurisdicción del Juzgado interviniente en esta causa (Art. 84 Inc. II de la Ley 7547) exhibir D.N.I. e indicar estado civil y domicilio real, bajo apercibimientos de dar por notificadas las sucesivas providencias en la forma y oportunidad previstas por el art. 37 de C.P.C.C. Conforme a lo que dispone la Ley de IVA, la presente no esta gravada con dicho impuesto. Hágase saber que en el supuesto de compra en comisión, se deberá dejar constancia en el mismo acto de remate, del nombre y domicilio de la persona para la que se adquiere el bien (comitente), debiendo ser ratificado en escrito firmado por ambos, dentro del plazo de cinco días de aprobado el remate, bajo apercibimientos de tenérselo por adjudicatario definitivo. Si se tratare de una sociedad, deberá acompañar estatutos y poder, para comprar. Se hace saber que los impuestos y tasas son a cargo del comprador a partir de la aprobación de la subasta, con más los impuestos que pudieran corresponder en el orden Nacional y/o Provincial y el pago del IVA, si correspondiere Más informes en Secretaria o al Martillero, en su domicilio de Gdor. Iriondo Nº 141, de la ciudad de Reconquista (SF), lo que se publica a sus efectos legales y por el termino de Ley en el BOLETÍN OFICIAL y transparente del Juzgado según Ley N° 11.287 y arts. 67 y 492 del CPCC. Reconquista, 10 de Febrero de 2.021. Dr. José Boaglio - Secretario.

$ 850 437162 Feb. 22 Feb. 24