NOEPLAST S.A.
CONTINUADORA DE NOEPLAST
SOCIEDAD DE HECHO DE: NOE VALERIA SOLEDAD Y NOE SEBASTIAN ARIEL
SUBSANACIÓN
Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 4, en lo Civil y Comercial, a cargo del Registro Público de Reconquista, Santa Fe, Dr. José María Zarza.Dra. Mirian Graciela David. Secretaria, hace saber que en autos caratulados NOEPLAST S.A. CONTINUADORA DE NOEPLAST SOCIEDAD DE HECHO DE: NOE VALERIA SOLEDAD Y NOE SEBASTIAN ARIEL ARIEL S/ SUBSANACIÓN – ART. 25 LEY 19550 - ESTATUTO, Y DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES- (Expte Nº 300, año 2020; CUIJ Nº 21-05291381-8 se ha ordenado la siguiente publicación: señores: Valeria Soledad Noe, apellido Materno Albrecht, D.N.I. Nº 30.156.539, CUIT Nº 27-30156539-4, con domicilio en calle Bv. Lovatto, Nº 1.199 de la ciudad de Reconquista, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe, nacionalidad argentina, fecha de nacimiento:26/03/1983, estado civil soltera, Contadora Pública y Sebastián Ariel Noe, apellido Materno Albrecht, D.N.I. Nº 31.850.002, CUIT Nº 23-31850002-9, con domicilio en calle Bv. Lovatto, Nº 1.199 de la ciudad de Reconquista, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe, Nacionalidad argentina, fecha de nacimiento: 03/12/1985, comerciante, estado civil soltero.- - - -
FECHA DE CONSTITUCION: 29 días del mes de Octubre de dos mil veinte. DENOMINACION: Artículo Primero: La Sociedad se denomina “NOEPLAST SOCIEDAD ANONIMA” continuadora de “NOEPLAST SOCIEDAD DE HECHO DE NOE VALERIA SOLEDAD Y NOE SEBASTIAN ARIEL” y se regirá por el presente Estatuto. DOMICILIO: Artículo Segundo: La Sociedad tiene su domicilio legal en la jurisdicción de la ciudad de Reconquista, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe, pudiendo establecer sucursales, representaciones o agencias dentro o fuera de la República por resolución de su directorio.- DURACION: Artículo Tercero: La duración de la Sociedad será de noventa y nueve años, contados desde la inscripción en el Registro Público, pudiendo prorrogar dicho plazo por resolución de la Asamblea General Extraordinaria. La prórroga debe resolverse y la inscripción solicitarse antes del vencimiento del plazo de duración de la sociedad. OBJETO: Artículo Cuarto: La sociedad tiene por objeto realizar, por cuenta propia, de terceros y/o asociada a otras personas, físicas o jurídicas, las siguientes actividades: A- INDUSTRIALES: 1) mediante el proceso de transformación y reciclado de los siguientes materiales inorgánicos: 1.1. Plásticos: Polietileno: a) tereftalato-(PET), b) de alta densidad (PEAD) c) Policioruro de vinilo (PVC); d) Polietileno de baja densidad (PEBD), e) Polipropileno (PP), f) Poliestireno (PS); 1.2. Metales: ferrosos y no ferrosos.- 1.3. Vidrio, 1.4 Tetra Brik, 1.5. Cartón, papel, convirtiendo los desechos en nuevos productos o en materia prima para su posterior utilización. 2) mediante la fabricación de productos de plástico reciclado como ser: a) botellas, baldes, y embases de plástico. b) bolsas de basura de plástico reciclado y c) fibra hilada de poliéster, hilo industrial reciclado. B-TRANSPORTE: terrestre de mercaderías sean o no a granel, realizando cargas provinciales, interprovinciales, nacionales e internacionales; fletes, acarreos, encomiendas, su depósito y su distribución; C- COMERCIALIZACIÓN: mediante la adquisición de desperdicios y desechos mencionados en el punto A- para su industrialización. Ventas especializada de polipropileno – PEBD – PEAD –policarbonato – poliestireno de alto impacto – PVC; desperdicios y desechos metálicos (incluye chatarra, viruta de metales diversos, desechos de papel y cartón; venta al por mayor y menor de artículos de plástico, bolsas. D- REPRESENTACIÓN Y MANDATOS: mediante representaciones y mandatos, relacionados con las actividades descriptas en los puntos precedentes, a través del desarrollo de toda clase de representaciones, distribución, comisión, consignación y mandatos.- E- IMPORTACION Y EXPORTACIÓN: de los servicios a que refiere su objeto. Toda actividad que en virtud de la materia haya sido reservado a profesionales con título habilitante, según las respectivas reglamentaciones, será realizada por la Sociedad a través de los mismos debidamente matriculados. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer actos que no sean prohibidos por la ley o por este estatuto y que sean consecuentes con el cumplimiento del objeto social.- CAPITAL: Artículo Quinto: El capital social es de $4.400.000,00, (PESOS CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS MIL) representado por 4.400 (Cuatro mil cuatrocientas) acciones ordinarias nominativas no endosables de $ 1.000,00 (Pesos un mil) valor nominal cada una. El capital puede ser aumentado por decisión de la Asamblea General Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme el artículo 188 de la Ley General de Sociedades Nº 19.550.-
ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACION: Artículo Décimo: La Administración de la Sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto del número de miembros que fije la Asamblea, entre un mínimo de uno (1) y un máximo de cinco (5), quienes durarán en sus funciones tres (3) ejercicios. GARANTIA DE DIRECTORES: Artículo Décimo Cuarto: Los Directores deberán prestar la garantía prevista en el artículo 256, segundo párrafo, de la Ley General de Sociedades Nº 19550, la que podrá consistir en bonos, títulos públicos o suma de moneda nacional o extranjera, depositada en la sociedad; o en fianzas, aval bancario, o seguros de caución. La constitución de esta garantía deberá ser individualizada, con indicación de su otorgante, monto y modalidad de la misma, en el acta de Asamblea que se efectúe el nombramiento o en la de la reunión del directorio en la que se distribuyan los cargos. El monto de la garantía no podrá ser inferior a $25.000,00 (Pesos veinticinco mil) por cada director. REPRESENTACION LEGAL DE LA SOCIEDAD: Artículo Décimo Sexto: La representación legal de la Sociedad será ejercida por el Presidente del Directorio o por el Vice-Presidente en los casos previstos por el artículo décimo primero de este estatuto. FISCALIZACIONES: Artículo Décimo Séptimo: La Sociedad prescindirá de la Sindicatura pudiendo los accionistas ejercer el derecho de contralor que confiere el artículo 55 de la Ley General de Sociedades Nº 19550. BALANCE - DISTRIBUCION DE GANANCIAS Y LIQUIDACION: Artículo Vigésimo: El ejercicio social cierra el 31 de Agosto de cada año. A esa fecha se confeccionarán los estados contables conforme a las disposiciones en vigencia y normas técnicas de la materia. La Asamblea puede modificar la fecha de cierre del ejercicio, inscribiendo la resolución pertinente en el Registro Público y comunicándola a la Autoridad de Control.-
INTEGRACION DEL DIRECTORIO: Presidente: Sebastián Ariel Noe, apellido materno Albrecht, D.N.I. Nº 31.850.002, CUIT Nº 23-31850002-9, con domicilio en calle Bv Lovatto, Nº 1199 de la ciudad de Reconquista, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe, nacionalidad argentina, fecha de nacimiento: 03 de diciembre de 1985, comerciante, estado civil soltero; Vice-Presidente: Valeria Soledad Noe, apellido materno Albrecht, D.N.I. Nº 30.156.539, CUIT Nº 27-30156539-4, con domicilio en calle Bv Lovatto, Nº 1199 de la ciudad de Reconquista, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe, nacionalidad argentina, fecha de nacimiento 26 de marzo de 1983, estado civil soltera, Contadora Pública y Directora Suplente: Elena Alicia Albrecht, apellido materno Eichemberger, D.N.I. Nº 13.116.396, CUIT Nº 27-13116396-2, con domicilio en calle Bv Lovatto, Nº 1.199 de la ciudad de Reconquista, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe, nacionalidad argentina, fecha de nacimiento 05 de Julio de 1959, estado civil viuda, Jubilada.-
DOMICILIO ESPECIAL y SEDE SOCIAL: “Calle 64 Nº 1.646, de la ciudad de Reconquista, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe” - Mirian Graciela David, Secretaria.- Reconquista, 04 de Febrero de 2021.
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