picture_as_pdf 2021-02-10

TRIBUNAL COLEGIADO


Por disposición de la Dra. Liliana Lourdes Michelassi, Jueza de Trámite del Tribunal Colegiado N° 2, Primera Secretaria, sito en calle Tucumán N° 2.846 de la ciudad de Santa Fe, en autos caratulados SUBSECRETARIA DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA c/ FERNANDEZ, ELIZABET; FRANCO, OMAR ANTONIO Y ESCOBAR, ENCARNACION s/Control de legalidad de resolución definitiva de medida excepcional; CUIJ N° 21-10727006-7, se notifica por edictos a Sra. Elisabet Fernández, con DNI N° 26.378.053, que se ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 09 de Noviembre de 2.020. Atento la integración subjetiva del Tribunal Colegiado de Familia N° 2, designase como Jueza de Trámite a Liliana Lourdes Michelassi (art 543 CPCC). Proveyendo escrito cargo N° 22.260: Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado, acuérdesele la participación legal que por derecho corresponda. Al punto 2: Por promovida Formal Notificación de Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional y Solicitud de Control de Legalidad, ordenada por Disposición N° 000071 de fecha 20 de Julio de 2.020, respecto de los niños Abril Anabel Franco, DNI Nº 53.778.271, y Sebastián Gabriel Fernández, DNI Nº 49.509.188, la que se regirá por el trámite específico previsto en el artículo 66 bis, siguientes y concordantes de la Ley N° 12.967. Cítese a los Sres. Elizabet Fernández, DNI Nº 26.378.053, Omar Antonio Franco, DNI Nº 25.015.286, y Encarnación Escobar, DNI Nº 5.309.5 19, para que comparezcan a estar a derecho, se expidan sobre las medidas definitivas propuestas por la Subsecretaria de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de Santa Fe, y en su caso, para que ofrezcan pruebas en el término de diez días, bajo apercibimiento de resolver sin más en caso de falta de contestación. Al punto 3: Téngase presente la prueba ofrecida y agréguese la documental acompañada a autos. Al punto 4), téngase presente la autorización efectuada a favor de los profesionales abogados a tenor del apartado IV) de la presente demanda, a fin de efectuar la procuración en las presentes actuaciones y proceder al retiro de los autos en los casos que corresponda. Al punto 5: Atento la conexidad invocada en la foja 0, y en la presente demanda, y dado la identidad objetiva y subjetiva, procédase a la acumulación material de las presentes actuaciones al expediente tramitado por ante este mismo Tribunal, caratulado SUBSECRETARIA DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA c/FERNANDEZ, ELISABET Y FRANCO, OMAR ANTONIO s/Medida de protección excepcional. Solicitud de control de legalidad; CUIJ Nº 21-10698607-7. Dese intervención a la Defensoria General. Hágase saber que en virtud de no haberse instrumentado hasta la fecha lo dispuesto en el último párrafo del artículo 65 de la Ley 12.967 (ref. Por Ley 13.237), por el presente se dispone que el diligenciamiento, notificación y la realización de todos los actos impulsorios y procedimentales estarán a cargo del organismo compareciente. Notifíquese Dra. Liliana Lourdes Michelassi -Jueza; Dra. Silvana Carolina Fertonani -Secretaria. Queda Ud. debidamente notificada del decreto que antecede.

S/C 32614 Feb. 10 Feb.12

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios de la Primera Circunscripción Judicial (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial 4ª Nominación de Santa Fe) en autos: PINASCO NELIDA s/Sucesorio; 21-02021425-9, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Nelida Pinasco, D.N.I. F3.608.737, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL. Santa Fe, 11 de Noviembre de 2020. Fdo. Dr. Claudio Bermudez (Juez). Dra. Claudia Sánchez (Secretaria). Santa Fe, 03 de Febrero de 2021.

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Por disposición de la Dra. Lilian M. T. Insaurralde, Jueza de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 20 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe, se hace saber que en autos caratulados: GOROSITO, MARCOS ANTONIO s/Quiebras; (CUIJ 21-26169366-3), por resolución de fecha 13 de Noviembre de 2020, se ha resuelto: (…) 1) Declarar la Quiebra (arts. 288 y 289, ley 24.522) del Señor Marcos Antonio Gorosito, DNI N° 31.021.696; CUIL N° 20-31021696-9, argentino, soltero con Unión Convivencial registrada, mayor de edad, empleado dependiente de la Municipalidad de San Javier (Provincia de Santa Fe), domiciliado realmente en calle Antonino Alzugaray N° 1.752 y constituyendo domicilio procesal en Libertad N° 1.707, ambos en esta ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe. (…) 3) Ordenar al fallido, como así también a terceros, para que en el término de 48 horas de su designación, entreguen al Síndico todos los bienes de pertenencia del primero. Intimar a la deudora para: a) que entregue a la Sindicatura dentro de las 24 hs de que aquél acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad (Art. 88 inc. 4 L.C.Q.); b) Intimar al fallido para que en el término de diez días contados a partir de la presente resolución, de cumplimento a lo dispuesto por el art. 86 de la Ley 24.522. 4) Prohibir hacer pagos al fallido, los que de realizarse se reputarán ineficaces; excepto los que se realicen en concepto de salarios con las especificaciones del párrafo 16) de la presente (Art. 88 inc. 5 LCQ). (…) 9) Fijar hasta el lunes 01 de Marzo de 2021 inclusive (o el día hábil inmediato posterior) como plazo dentro del cual los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes al Sindico, en la forma establecida en los arts. 32 y 200 L.C.Q. La Sindica designada en autos es la CPN Mónica González con domicilio constituido en calle 25 de Mayo 1.231 de la ciudad de San Javier, fijando horario de atención al público los días lunes a viernes de 16 a 20 hs. Lo que se publica a los efectos legales y por el término de ley en el BOLETIN OFICIAL y espacio destinado tal fin. Dra. Silvina Demboryniski, Secretaria. 01/02/21.

S/C 436240 Feb. 10 Feb. 18


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SAN JORGE

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y del Trabajo, Distrito N° 11 de la ciudad de San Jorge, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: ROVERE, ROSARIO OMAR s/Sucesorio; CUIJ 21-26259765-9, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del Sr. Rosario Omar Rovere, L.E. 6.287.968, fallecido en fecha 07 de Julio de 2006; para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimiento de ley. San Jorge, 24 de Julio de 2020. Marta Burgi Oregioni, secretaria.

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