picture_as_pdf 2021-01-27

COLEGIO DE BIOQUÍMICOS DE SANTA FE 2ª CIRCUSCRIPCIÓN


RESOLUCIÓN DE COMISIÓN DIRECTIVA N° 07/2020


Y VISTO:

El requerimiento realizado por diversos profesionales y representantes de diversas Asociaciones de Bioquímicos del sur de la Provincia, por el cual se solicita la existencia de aranceles éticos mínimos para el ejercicio de la profesión.


Y CONSIDERANDO:

Que este Colegio tiene facultades para establecer los aranceles profesionales y las condiciones generales de trabajo conforme fueran conferidas en la Ley de creación 3.950 Art. 8 inc. g) y h) y art. 4 inciso g) y h) de los Estatutos.

Que la determinación de estos de valores arancelarios implica garantizar no sólo la retribución mínima ética de la actividad profesional, sino también el control superior de la calidad técnico-científica de la prestación de salud brindada.

Que ello prioriza el concepto de Salud integral como así también los derechos de los consumidores beneficiando al tomador de las prestaciones bioquímicas por sobre las leyes de mercado.

Por ello, la MESA DIRECTIVA DEL COLEGIO DE BIOQUIMICOS DE LA

PROVINCIA DE SANTA FE 2da. Circunscripción

RESUELVE:

1.- Establecer el Arancel de la Unidad Bioquímica Ética Mínima, que se denominará U.B.E.M., de las prácticas profesionales de la bioquímica a partir del día 1 de Diciembre de 2.020 en la suma de $ 65.

2.- Facúltese a la Mesa Directiva a actualizar cuatrimestralmente los valores conforme a las siguientes variables, con una ponderación del 50% cada una de ellas:

a) Coeficiente I.P.C. (Índice de Precio al Consumidor Final Nacional).

b) Coeficiente ATSA Rosario Categoría Bioquímico CCT 609/2010 - Asociación de Clínicas, Sanatorios y Hospitales Privados de la ciudad de Rosario y su zona (sin internación).

3.- A tales efectos créase una Comisión Permanente de Asesoramiento, la que estará integrada por representantes de las Asociaciones Bioquímicas y dos profesionales elegidos por la Mesa Directiva de la Institución.

4.- Elévese al Consejo Asesor para su posterior ratificación, la que deberá ser tratada en la primera convocatoria que se realice.

5.- Notifíquese a las entidades profesionales y entidades prestadoras de salud.

6.- Publíquese en BOLETÍN OFICIAL de la Provincia y en la página web del Colegio, archívese.

Rosario, 4 de Diciembre de 2.020.

$ 75 435737 En. 27

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MUNICIPALIDAD DE

VILLA OCAMPO


AVISO


La Municipalidad de la Ciudad de Villa Ocampo lleva adelante el trámite correspondiente para declarar la adquisición del derecho real de dominio por prescripción administrativa y escriturar en su favor a través de una Usucapión Administrativa de la fracción de terreno ubicada en la ciudad de Villa Ocampo, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe, que es parte de los Lotes A y B y Calle Pública delimitados según plano duplicado N° 447 archivado en el Departamento Topográfico de la Provincia de Santa Fe, que según plano de mensura suscripto por el agrimensor Mario A. Borsani, I.Co.P.A.: 1-0129 está delimitada por el polígono A.B.C.D.E.F.G.A., o Lote 1, que mide: Su Costado Norte, está formado por una línea quebrada de cuatro tramos, A-B, B-C, C-D, D-E, que mide: tramo A-B: Ciento cincuenta y seis metros con treinta centímetros; el segundo tramo B-C forma con el anterior ángulo interior igual a 175º 21´45” y mide con dirección hacia el Este, nueve metros con treinta y un centímetros; el tercer tramo C-D, forma con el tramo anterior, ángulo interior igual a 94° 38´ 15” y con dirección hacia el Sur, mide Siete metros con noventa y ocho centímetros, y el cuarto tramo D-E, forma con el tramo anterior ángulo interior igual a 268º 25´ 25” y con dirección hacia el Este mide Treinta y siete metros con veinticuatro centímetros; el lado Este, E-F, con dirección hacia el Sur, forma con el tramo anterior ángulo interior igual a 90° 58´ 45”, mide Dieciséis metros; su costado Sur F-G, forma ángulo interior con el lado Este igual a 90º 13´ 30” y con dirección hacia el Oeste mide Doscientos dos metros con noventa centímetros; y el costado Oeste G-A, forma con el costado Sur ángulo interior igual a 89º 46´ 30” y con dirección hacia el Norte, mide Veinticuatro metros con cuarenta y tres centímetros y forma con el primer tramo del costado Norte ángulo interior igual a 90º 35´ 50”, cerrando de esta forma el Polígono A.B.C.D.E.F.G.A., o Lote 1, que encierra una superficie igual a Cuatro mil setecientos cuarenta y tres metros con doce decímetros cuadrados, que linda; por su costado Norte, o sea en los tramos A-B, B-C, C-D, D-E, con Calle independencia Nacional, por su costado Este con Boulevard Sarmiento, por su costado Sur, con terreno de Cooperativa Agroindustrial Arno Limitada (en Quiebra) y por su costado Oeste, con Calle 2 de Abril. Por esto el Sr. intendente Municipal cita, llama y emplaza, por el término de 5 días hábiles, a herederos, acreedores, legatarios y en general todo tercero que se crea con mejor derecho a que comparezcan a estar a derechos, bajo apercibimiento de continuar con el trámite. Para hacer valer dicho derecho deberán deducir oposición, acompañando toda documental y/o instrumento legal pertinente y acreditante en sede de la Municipalidad de la Ciudad de Villa Ocampo, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe, sita en calle Padre Angel Tibaldo N° 1.578, días hábiles de lunes a viernes, en horario de 8:00 a 12:00 hs.

S/C 435725 En. 27 Feb. 2

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PILAY S.A.


AVISO


Por la presente se comunica e informa a los efectos legales que pudieran corresponder, que el contrato de incorporación al sistema de esfuerzo individual y ayuda común, N° 974 del grupo N° PJ1 suscripto en fecha 03/03/2010 entre Pilay S.A. y la Sra. Alfonsina Haquin, DNI N° 29.069.453, respecto de la unidad ubicada en el edificio San Jerónimo 64 – 15º piso - Dpto.”A”, ha sido extraviado por parte de la Sra. Alfonsina Haquin.

$ 50 435777 En. 27

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