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DECRETO N° 2152


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,

30 DIC 2020


VISTO:

El Expediente N° 00701-0120791-4, del registro del Sistema de Información de Expedientes, mediante el Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología gestiona la creación de la Mesa Provincial de Gestión Integral de los Riesgos Agropecuarios; y


CONSIDERANDO:

Que la conformación de espacios de participación público-privado propicia el diseño y la promoción de determinadas políticas públicas, fomentando el diálogo entre diversos actores públicos y privados;

Que el sector agropecuario local constituye uno de los principales generadores de recursos económicos, empleo y desarrollo a nivel provincial y nacional;

Que los pequeños y medianos productores en la Provincia de Santa Fe, cumplen una función crucial en el desarrollo de las economías regionales, siendo los más vulnerables ante la materialización de los riesgos agropecuarios, por lo que resulta necesario una atención integral para garantizar su permanencia en la actividad productiva;

Que actualmente se presenta la necesidad de implementar nuevas pautas de gestión de los riesgos agropecuarios, que contemplen la realidad de la producción agraria y el avance de las ciencias relacionadas, a la par de los adelantos tecnológicos que permiten contar con nuevos instrumentos de trabajo;

Que la gestión del riesgo agropecuario compone un proceso sistemático que involucra la utilización de distintas directrices administrativas, organizacionales y de capacidades técnicas y operativas para ejecutar políticas públicas, con el fin de reducir los riesgos agropecuarios;

Que existen iniciativas a nivel nacional e internacional tendientes a la prevención y mitigación de los riesgos agropecuarios a los fines de preservar la sostenibilidad del sector económico;

Que el diálogo y la participación plural de múltiples actores resultan necesarias al efecto de generar y garantizar políticas públicas desde una perspectiva integral, tendientes a desarrollar proyectos colectivos basados en compromisos de acción;

Que ello requiere de la conformación de un espacio de diálogo, amplio, plural e institucionalizado de participación a fin de desarrollar la concertación y promoción de políticas orientadas a la prevención y mitigación de eventuales riesgos agropecuarios;

Que se procura conformar un espacio integrado por múltiples actores, sin implicar variaciones en materia de organización administrativa ni efectos hacendales, a los efectos de consensuar proyectos sustentables que tiendan a apuntalar y fortalecer la actividad del sector agropecuario, como centro de ideas para buscar consensos y fomentar el ordenamiento territorial en pos de optimizar el potencial de los sistemas productivos procurando un uso racional y sustentable de los recursos naturales locales;

Que la Mesa de Gestión Integral de los Riesgos Agropecuarios estará integrada por diferentes actores, en consonancia con la temática específica a abordar, teniendo en consideración que el territorio de la Provincia de Santa Fe reviste el carácter de complejo y en evolución permanente;

Que la gestión cuenta con dictamen favorable de la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Despacho del Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología;

Que el Poder Ejecutivo se encuentra facultado conforme lo establecido por el artículo 72 inciso 1) de la Constitución Provincial;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Créase en el ámbito del Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología, una Mesa de Gestión Integral de los Riesgos Agropecuarios, que constituirá un espacio de articulación institucional, de participación consultiva para fomentar el diseño en materia de proyectos y acciones orientadas al fortalecimiento de la actividad agropecuaria y a la gestión de los riesgos en el ámbito provincial, sin implicar variaciones en materia de organización administrativa.-

ARTÍCULO 2°.- Establézcase que la Mesa de Gestión Integral de los Riesgos Agropecuarios estará integrada por tres representantes del Ministerio de Producción Ciencia y Tecnología, uno del Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos y Hábitat, uno del Ministerio de Gobierno, Justicia, Derechos Humanos y Diversidad, uno del Ministerio de Gestión Pública, uno del Ministerio de Ambiente y Cambio Climático, uno del Ministerio de Economía, uno de la Universidad Nacional del Litoral, uno de la Universidad Nacional de Rosario, uno del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), uno de la Asociación de Aseguradoras del Interior del País (ADIRA), uno del Colegio de Ingenieros Agrónomos de la Provincia de Santa Fe (CIASFE), uno del Colegio de Veterinarios de la Provincia de Santa Fe, uno por las Comisiones de Agricultura y Ganadería de ambas Cámaras Legislativas, uno del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA), uno de la Federación Agraria Argentina (F.A.A), uno de la Confederación Intercooperativa Agropecuaria (CONINAGRO), uno de la Sociedad Rural Argentina (S.R.A), uno de la Confederación de Asociaciones Rurales de Santa Fe (CARSFE) y uno de la Junta Intercooperativa de Productores de Leche. La participación en la Mesa es en carácter ad honorem.-

ARTÍCULO 3°.- Desígnese al Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología como autoridad de aplicación de la Mesa creada en el artículo 1°, dotándolo de facultades para incluir a otros entes u órganos que tengan relación con los contenidos abordados mediante el presente decreto y emitir demás normas operativas que se estimen corresponder en cuanto a convocatorias para constitución de la Mesa y temario de asuntos a tratar en cada encuentro.-

ARTÍCULO 4°.- Determínese que la Mesa Provincial de Gestión Integral de los Riesgos Agropecuarios tendrá como objetivos:

a) Brindar asesoramiento al Poder Ejecutivo en materia de políticas públicas y estrategias para la implementación del proceso de gestión de riesgos en el sector agropecuario.

b) Consolidar un espacio de diálogo y concertación de políticas públicas orientadas a la gestión de riesgos del sector agropecuario con énfasis en el ordenamiento territorial de los sistemas productivos procurando un uso racional y sustentable de los recursos naturales de la Provincia.-

ARTÍCULO 5°.- Dispóngase a la Mesa Provincial de Gestión Integral de los Riesgos Agropecuarios las siguientes funciones:

a) Asesorar al Poder Ejecutivo en materia de riesgos de mercado y de producción.

b) Articular acciones con organismos públicos-privados en relación a la gestión integral del riesgo agropecuario.

c) Fortalecer los sistemas de información de riesgos agropecuarios para la Provincia de Santa Fe.

d) Diseñar e implementar una metodología que permita realizar el monitoreo y la evaluación de eventos adversos que afectan la actividad productiva.

e) Elaborar mapas y matrices sobre los distintos riesgos agropecuarios.

f) Promover y diseñar estrategias de reducción y transferencia de los riesgos agropecuarios.

g) Diseñar e implementar pruebas piloto de cobertura de seguros para las distintas actividades productivas y de riesgos que las afectan.

h) Consensuar una metodología que permita cuantificar el impacto (daños y pérdidas) ocasionado por la concreción de eventos adversos.

i) Diseñar planes de contingencias frente a situaciones de emergencias y/o desastres agropecuarios.

j) Promover la investigación científica y técnica tendiente a la formulación de políticas públicas en gestión del riesgo agropecuario.

k) Promover la celebración de convenios y acuerdos de cooperación técnica con organismos públicos y privados, nacionales e internacionales, en materia de gestión del riesgo agropecuario, para el diseño de proyectos específicos y planes de trabajo que las partes acuerden.-

ARTÍCULO 6°.- Regístrese, comuníquese y archívese.-

PEROTTI

Med. Vet. Daniel Aníbal Costamagna

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