REGISTRADA BAJO EL Nº 14008
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1: Adhesión. Adhiérese la provincia de Santa Fe a las disposiciones del Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia N° 320/2020.
Artículo 2: Mediación optativa. Suspéndese por el plazo de un año la aplicación del artículo 6 de la ley N° 13.151 a juicios de desalojos y cobro de alquileres alcanzados por el Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia N° 320/2020, disponiéndose para los mismos el procedimiento de mediación prejudicial obligatoria, con carácter gratuito.
Artículo 3: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTIDOS DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE.
ING. MIGUEL LIFSCHITZ
Presidente
Cámara de diputados
DRA. ALEJANDRA S. RODENAS
Presidenta
Cámara de Senadores
LIC. HORACIO GHIRARDI
Subsecretario
Cámara de Diputados
DR. RAFAEL E. GUTIÉRREZ
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional
25 Nov. 2020.
De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el BOLETIN OFICIAL.
CPN Rubén Michlig
Ministro de Gestión Pública
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