picture_as_pdf 2020-11-26

REGISTRADA BAJO EL Nº 14006


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:


Artículo 1. Apruébase en todos sus términos el Convenio Marco de Vinculación y Cooperación Institucional suscripto entre la provincia de Santa Fe, representada por el señor Ministro de la Producción, y la Asociación para la Promoción de la Producción Algodonera APPA, el día 16 de Agosto de 2017, con el fin de optimiza la producción algodonera santafesina a través del mejoramiento de los factores productivos, tecnológicos, sanitarios, económicos, financieros, científicos, entre otros.

Dicho Convenio fue aprobado por Decreto Nº 3403/17 de fecha 10 de Noviembre de 2.017 e Inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contrato Interjurisdiccionales el 23/08/17, bajo el Nº 7.884, Folio 149, Tomo XIV, el que se agrega y forma parte integrante de la presente ley.

Artículo 2. Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, EL DÍA VEINTIDÓS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE.

ING. MIGUEL LIFSCHITZ

Presidente

Cámara de Diputados

DRA. ALEJANDRA S. RODENAS

Presidenta

Cámara de Senadores

LIC. HORACIO GHIRARDI

Subsecretario

Cámara de Diputados

DR. RAFAEL E. GUTIÉRREZ

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional

26 NOV. 2020


De conformidad a lo prescripto e el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el BOLETÍN OFICIAL.

CPN Rubén Michlig

Ministro de Gestión Pública


La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa Ministerio de Gobierno, Justicia, Derechos Humanos y Diversidad 3 de Febrero 2.649 2º Piso, oficina N° 227 - email: tecnicalegislativa@santafe.gov.ar

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