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TRIBUNAL COLEGIADO


Por disposición del señor Juez Dr. Fabio Della Siega, Juez del Trámite del Tribunal Colegiado de Familia Nº 3, Primera Secretaría, en autos caratulados: PARÉ AZUL CAMILA s/Resolución definitiva de medida de protección excepcional; Expediente Nº 21-10526089-7, se notifica por edicto al señor Ezequiel Adrián Paré, DNI Nº 34.474,826, con domicilio actual desconocido de lo ordenado en autos: Santa Fe, 11 de Diciembre de 2.017. Con todos los autos conexos a disposición del Tribunal y a la vista, se provee escrito cargo Nº 5.645 (fs. 91/93 vto.). Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado, acuérdasele la participación legal correspondiente. Téngase por interpuesta demanda de formal notificación de resolución definitiva de medida de protección excepcional de derechos y control de legalidad dictada por la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de Santa Fe, mediante Disposición Administrativa Nº 000057 de fecha 26.03.2015 (v. fs. 81/89) respecto de la niña Azul Camila Paré. Cítase y emplázase a los progenitores de la menor de edad mencionada, Sres. Noelia Fani Benítez y Ezequiel Adrián Paré, a comparecer a estar a Derecho, expedirse sobre la medida definitiva propuesta por la autoridad de aplicación y ofrecer prueba en el término de diez días, bajo apercibimiento de resolver sin más en caso de falta de contestación. Agréguese la documental acompañada y procédase al foliado Integro de las actuaciones. Téngase presente la autorización efectuada. Hágase saber que en virtud de no haberse instrumentado hasta la fecha lo dispuesto en el último párrafo del art. 65 Ley 12.967 (ref. por ley 13.237), por el presente se dispone que el diligenciamiento, notificación y la realización de todos los actos impulsorios y procedimentales estarán a cargo del organismo compareciente. Téngase presente la sugerencia efectuada en el punto 5º), la que será oportunamente evaluada priorizando el interés superior de la niña. Córrase vista a la Defensoría General Civil a fin de que se expida en relación a la medida adoptada por la Subsecretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de Santa Fe. Téngase presente la conexidad invocada. A la acumulación, no ha lugar. Al escrito cargo Nº 30.458 (fs. 99/99 vto.), se provee: Téngase presente lo manifestado. Estése a la presentación efectuada por la Subsecretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia a fs. 311/378 de autos conexos: Paré, Zamira Tiziana; Benitéz, Azul Camila s/Prorroga de Medida de Protección Excepcional; (Expte. 738/2014 - CUIJ Nº 21-10524780-7). Notifíquese. Dr. Adolfo José María Drewanz, Secretario. Dr. Fabio M. Della Siega, Juez; Santa Fe, 23 de Octubre de 2019. Téngase presente. Autorizase a la notificación en los términos del artículo 67 del CPCC. Proveyendo el escrito de fs. 138: Por recibido. Agréguese. Hágase saber. Notifíquese. Dra. Claudia Brown, Secretaria, Dr. Fabio M. Della Siega, Juez. Santa Fe, 04 de Noviembre de 2020.

S/C 31998 Nov. 24 Nov. 26

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe (SF), se hace saber que en los autos caratulados “BORTOLI JUAN JOSE Y OTROS C/ MARQUEZ TOMAS ROSARIO S/ USUCAPIÓN”, CUIJ 21-02021333-4, el Señor Juez ha ordenado lo siguiente: “SANTA FE, 01 de Octubre de 2020 Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por iniciada DEMANDA ORDINARIA DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA contra TOMÁS ROSARIO MÁRQUEZ y/o quien resulte propietario y/o quienes se consideren con derechos sobre el inmueble objeto de autos, a quienes se cita y emplaza para que, dentro del término y bajo apercibimientos de ley, comparezcan a estar a derecho. Dése intervención a la Provincia de Santa Fe y a la Municipalidad de la localidad de Nelson para que tomen intervención en caso de existir un interés fiscal comprometido. Publíquense edictos en el Boletín Oficial. Ofíciese al Registro de Procesos Universales a fin de que informe si existe sucesorio iniciado a nombre del demandado. En los términos del art. 1905 del CCCN procédase a la anotación de litis en relación al objeto del presente, oficiándose a sus efectos. Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos Civiles, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación recomendado por Acuerdo Ordinario - Acta 48/2017 de fecha 5 de diciembre de 2017 de la Excma. Suprema Corte de la Provincia de Santa Fe. Por tanto, se hace saber que las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor. Notifíquese por cédula, debiendo el Sr. Oficial notificador observar el estricto cumplimiento del art. 63 CPCC. Notifiquen: Borsotti, Lorenz, Zanuttini, Osenda, Gimenez, Funes o Mesny. Notifíquese. Firmado. WALTER EDUARDO HRYCUK SECRETARIO ANA ROSA ALVAREZ JUEZA.”. El inmueble se describe de la siguiente manera: De acuerdo al Plano de Mensura para Adquisición de Dominio confeccionado por la Ingeniera Agrimensora Ilse Filipina Lehn, inscripto en la Dirección Topocartográfica del Servicio de Catastro e Información Territorial de la Provincia de Santa Fe bajo el N° 213507 en fecha 04/09/2018, el lote se identifica como Lote N° 1, y es el polígono “ABCDA” de la Manzana n° 135 (manzana N° 75 según título antecedente) con una superficie de 249,94 m2., y sus dimensiones y linderos, son las siguientes: diez metros (10,00 mts.) en el lado Este, lindando calle Lisandro de la Torre; e igual medida en el lado Oeste, lindando con propiedad de Luis Andrés Poliani; veinticinco metros (25,00 mts.) en su costado Sur, por donde linda con propiedades de Sixto S. Velázquez y Alba C. Altamirano y ot.: y veinticinco metros (25,00 mts.) en su lado Norte, por donde linda con propiedad de Tomás Rosario Márquez.- Le corresponde la Partida Inmobiliaria Nº 10-06-00-137555/0003-8 (sin desglose del lote objeto del presente). El inmueble se encuentra ubicado en Lisandro de la Torre 1453 de la localidad de Nelson (Pcia. de Santa Fe). Se encuentra inscripto en el Registro General de la Propiedad Inmueble de la ciudad de Santa Fe a nombre de Tomás Rosario Márquez. La inscripción de Dominio consta al Tomo 218 Impar, Folio 1568, Nº 37875, Dpto. La Capital (Año 1959), como parte de superficie mayor.

SANTA FE, 05 de noviembre de 2020. Firmado. Dr. Walter Eduardo Hrycuk. Secretario.

$ 33 431915 Nov. 24 Nov. 26

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Por disposición del Sr. Juez de primera Instancia de Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en autos caratulados SAAVEDRA, LUIS ALBERTO s/Solicitud propia quiebra; (Expte. N° 21-02010562-0) se han presentado el informe final y proyecto de distribución y regulado los honorarios de los profesionales actuantes; Smndica Ileana Fasano: $ 98.106.79, y Dr. Diego Danelone: $ 42.405.77, y que se ha ordenado la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de dos días. Fdo: Dra. María Nazaret Canale, Prosecretaria. Dr. Lucio Alfredo Palacios, Juez.

S/C 431396 Nov. 24 Nov. 25

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación con asiento en la ciudad de Santa Fe, a cargo del Dr. Carlos Federico Marcolin, en autos caratulados: LOGROS SOCIEDAD DE HECHO s/Concurso preventivo; CUIJ 21-00714980-5, se ha dictado la siguiente resolución registrada al Tomo 51 Folio 398 Nº 475: Santa Fe, 07 de Octubre de 2020. Y Vistos: Estos caratulados LOGROS SOCIEDAD DE HECHO s/Concurso preventivo; (Expte. CUIJ 21-00714980-5), tramitados por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Santa Fe, de los que; Resulta: Considerando: Resuelvo: 1) Hacer lugar a la impugnación efectuada, en los términos del Considerando precedente. 2) Declarar concluido el concurso preventivo de logros sociedad de hecho tramitado en la presente causa; 3) Publíquense edictos por el término de un día en el BOLETÍN OFICIAL y diario El Litoral, habiendo saber la presente resolución. Insértese el original, agréguese copia, hágase saber 'y oportunamente archívese. Fdo. Dr. Pablo C. Silvestrini, Secretario. Dr. Carlos Federico Marcolin, Juez. 03 de Noviembre 2020.

S/C 431450 Nov. 24 Nov. 30

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Por encontrarse dispuesto, en los autos caratuiados RIOS, DARIO DANIEL s/Pedido de Quiebra; (CUIJ N° 21-02017625-0), en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación del Distrito Judicial N° 1 de la ciudad de Santa Fe, a cargo de la Jueza Dra. Viviana E. Marin, y Secretaria Dra. Ma. Romina Botto, se hace saber por cinco (05) días, publicándose en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe, que ha sido designado como Síndico en autos el C.P.N. Oscar Luis Vassoler, con domicilio en calle Francia N° 1978 de Santa Fe, con atención al público de lunes a viernes en el horario de 10hs a 12hs y de 15:30hs a 19:30hs. Fdo: Dra. Ma. Romina Botto. Santa Fe, de Octubre de 2020.

$ 515 431520 Nov. 24 Nov. 30

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Por así estar dispuesto en los autos RECIO, DANIEL SEBASTIAN s/Quiebra (Expte. CUIJ N° 21-02020442-4), la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 9 de Noviembre de 2020. Autos y Vistos:...; Considerando:...; Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Daniel Sebastián Recio, argentino, de apellido materno Bustamante, D.N.I. N° 30.452.361; CUIL N° 20-30452361-2, mayor de edad, empleado, con domicilio real en calle Larrechea 8143, y legal en calle Juan de Garay 2448, ambos de esta ciudad de Santa Fe; 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. 6) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia del fallido y su entrega al Síndico. 7) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. 8) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bien al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 9) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría "B", para el día 11/11/2020 a las 10.00hs. A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 11) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallida por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe la misma, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos (códigos de descuentos) correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 12) Fijar el día 30/12/20, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, facúltase a la Sindicatura a recibir los pedidos de verificación mediante correo electrónico, el cual habrá de ser consignado al aceptar el cargo, junto a un número telefónico directo de contacto y CBU para un eventual depósito de los aranceles de ley. Deberá, en tal caso, establecer claramente en los edictos a publicarse conforme al art. 28 LCQ, cuál será la modalidad de dicha recepción (a distancia, virtual o en forma presencial), así como el mecanismo a adoptar para la presentación de los títulos justificativos (en caso de requerimiento expreso por la sindicatura), firma (ológrafa o digital) del presentante, constitución de domicilio procesal y la fecha de presentación. Puede igualmente disponer un entorno virtual a los fines de publicar los pedidos de verificación al que podrán acceder los demás acreedores, posibilitando la visualización y control de los créditos insinuados para, en su caso, formular las observaciones pertinentes. Se fija el arancel previsto en la ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. El mismo, deberá hacerse efectivo directamente ante el órgano sindical, en efectivo o mediante transferencia bancaria del importe a la CBU indicada por el mismo, que bastará como recibo correspondiente. 13) Fijar el día 17/02/2021 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 14) Señalar el día 19/03/2021 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 7/5/2021 para la presentación del Informe General. 15) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos, se librarán oficios y/u oficio ley 22.172. Fecho, exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la persona fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 -y por su remisión el art. 21- ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 16) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 17) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 18) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Fdo: Beatriz Forno, Jueza. Viviana Naveda Marcó, Secretaria. Conste: Que en el sorteo realizado el día 11 de Noviembre de 2020 para sorteo de Síndico, en estos autos resultó sorteado Síndico el C.P.N. Ricardo Pedro Melini cuyo domicilio legal es calle Urquiza 2295 y domicilio electónico denunciado rmelini@hotmail.com; Dra. Viviana E. Naveda Marcó, Secretaria.

S/C 431536 Nov. 24 Nov. 30

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados PRESSER, MARCELO AMADEO s/Quiebra; (CUIJ 21-02003729-3), se ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 09/11/20. Y Vistos ... Resulta ... Considerando ... Resuelvo: 1- 1.- Fijar el día 09/12/2020 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 ley 24.522) 2. Fijar el día 09/02/2021 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán impugnar las solicitudes formuladas. 3. Señalar el día 09/03/2021 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos, (art. 35 ley 24.522) y designar el día 09/04/2021 como fecha para que el Síndico presente el informe general (art. 39 de la ley concursal). Regístrese, hágase saber y agréguese. Fdo. Bermudez (Juez). Pacor Alonso (Secretaria).

S/C 431523 Nov. 24 Nov. 30

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de Santa Fe, se hace saber que dentro de los autos caratulados: KUBERLING, SERGIO MAXIMILIANO s/Solicitud propia quiebra; CUIJ N° 21-01961561-5, se ha dispuesto lo siguiente: Santa Fe, 09 de Octubre de 2020. De manifiesto el proyecto final readecuado. Publíquense edictos. Notifíquese. Fdo: Dr. Claudio Alejandro Bermudez (Juez); Dra. María Alfonsina Pacor Alonso (Secretaria). Santa Fe, 17 de Noviembre de 2020.

S/C 431525 Nov. 24 Nov. 25

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Por disposición de la Sra. Jueza de 1ª Instancia de Distrito N° 1, en lo Civil y Comercial, de la Cuarta Nominación de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe, y en los autos caratulados: FERREYRA, ROCIO s/Solicitud propia quiebra; (C.U.I.J. N° 21-02014457-9) se ha presentado Reformulación del Proyecto de Distribución; disponiéndose la publicación de edictos por dos días en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe (Art. 218 de la Ley 24.522). Para mayor recaudo se transcribe la providencia que así lo ordena que dice: Santa Fe, 11 de Noviembre de 2020. Proveyendo escrito cargo Nº 9.276: Por presentado proyecto de distribución. Póngase de manifiesto por el término de ley. Publíquense edictos. Al cargo N° 9.286: Agréguese. Firmado. Dra. Maria Alfonsina Pacor Alonso (Secretaria); Dr. Claudio Alejandro Bermúdez (Juez). María de los Ángeles Ramos, prosecretaria.

S/C 431524 Nov. 24 Nov. 25

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Por disposición del Sr. Jueza de 1ª Instancia de Distrito N° 1, en lo Civil y Comercial, de la Cuarta Nominación de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe, y en los autos caratulados: HOLOWSKI, ALICIA LAURA s/Quiebra; (C.U.I.J. N° 21-02004834-1) se ha presentado el Informe Final y Proyecto de Distribución; disponiéndose la publicación de edictos por dos días en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe (Art. 218 de la Ley 24.522). Para mayor recaudo se transcribe la providencia que así lo ordena que dice: Santa Fe, 03 de Noviembre de 2020. Por presentado informe final y proyecto distribución. De manifiesto por el término de ley. Publíquense edictos. Notifíquese. Firmado: Dra. Maria Alfonsina Pacor Alonso (Secretaria); Dr. Claudio Alejandro Bermúdez (Juez).

S/C 431526 Nov. 24 Nov. 14

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Por estar dispuesto en los autos caratulados: DIAZ, MARIA SOLEDAD s/Quiebra; (CUIJ Nº 21-01986544-1), de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, se comunica por dos días que se ha presentado el informe final y proyecto de distribución previsto por el artículo 218 de la ley 24.522 y se regularon los honorarios de los profesionales intervinientes. Santa Fe, 10 de noviembre de 2.020. Dr. Walter Eduardo Hrycuk, secretario.

S/C 431511 Nov. 24 Nov. 25

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 3ª Nominación de la Ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados CABRERA, ARIEL VICENTE y otros c/BONATTI JUAN CARLOS y otros s/Ordinario; (CUIJ Nº 21-00833573-4), se notifica a los herederos de doña Teresita Matilde Vega, que se los ha declarado rebeldes. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 9 de Septiembre de 2.020. Dra. Viviana Naveda Marcó, secretaria.

$ 33 431454 Nov. 24 Nov. 26

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Por estar dispuesto en los autos caratulados: ALDERETE, HUGO RICARDO s/Solicitud propia quiebra; (CUIJ Nº 21-02009282-0), de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, se comunica por dos días que se ha presentado el informe final y proyecto de distribución previsto por el artículo 218 de la ley 24.522 y se regularon los honorarios de los profesionales intervinientes. Santa Fe, 9 de noviembre de 2.020. Dr. Walter Eduardo Hrycuk, secretario.

S/C 431510 Nov. 24 Nov. 25

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Decimoprimera Nominación de la ciudad de Santa Fe, Secretaría a cargo del Dr. Walter Eduardo Hrycuk, sito en calle San Jerónimo 1.551, planta baja de la ciudad de Santa Fe, hace saber que en los autos: NIZ ISABELINO s/Solicitud Propia Quiebra; Expte. CUIJ Nº 21-01999542-2, se han regulado los honorarios de los profesionales y presentado el proyecto de distribución ordenándose en fecha 06 de Octubre de 2.020 su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia. Para mayor recaudo se transcribe la parte pertinente de las Resoluciones que dicen: Santa Fe, 06 de Octubre de 2.020. Vistos: ... Considerando: ... Resuelvo: 1. Regular en la suma de $ 98.106,79, los honorarios profesionales del Síndico interviniente en autos Juan Carlos D´Andrea, en la suma de $ 42.045,78, equivalentes a 9,48 unidades jus los correspondientes a la abogada del fallida Dra. Silvina Strina. Córrase vista a la Caja Forense y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas. Publíquense edictos. Fdo. Dra. Ana Rosa Álvarez (Jueza), Dr. Walter Eduardo Hrycuk (Secretario).

S/C 431455 Nov. 24 Nov. 25

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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito Judicial Nº 1, en lo Civil y Comercial de la 3ª Nominación de Santa Fe y Secretaría a cargo de la Dra. Viviana Naveda Marcó, se hace saber que en autos caratulados: MORENO, JORGE ANTONIO s/Concurso preventivo - hoy quiebra; (Expte. C.U.I.J. Nº 21-01996659-0), se han regulado los honorarios de la Síndica, C.P.N. Judit Kofman, en la suma de $ 98.106,80, los de la Dra. Silvina Strina en la suma de $ 37.610,93 y los de la Dra. María Candela Galán en la suma de $ 4.434,84, lo que se publica a sus efectos, por dos días, conforme lo ordenado por el art. 218 de la Ley de Concursos y Quiebras Nº 24.522 y sus modificatorias. Santa Fe, 12 de noviembre de 2.020. Dra. Viviana Naveda Marcó. Secretaria.

S/C 431419 Nov. 24 Nov. 25

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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito N° 28 de la ciudad de Santo Tome pcia. de Santa Fe (Alvear N° 2.553), en los autos VANNEY, CEZAR LUIS c/GIOMBI, MARIA TERESA s/Usucapión; CUIJ Nº 21-02015579-2, se cita y emplaza a la señora Maria Teresa Giombi y/o a sus herederos y/o a quiénes se crean con algún derecho sobre el inmueble identificado como Parcela 2 de la Manzana 3528-0 en el plano de mensura N° 217938 (P.I.I. 10-12-00 142859/0111), sito en calle Lisandro de la Torre N° 2.881 de la ciudad de Santo Tomé (Sta. Fe), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Como recaudo legal se transcribe el decreto que expresa: Santo Tome, 04 de Septiembre de 2.020... provee la demanda, a la que se imprimirá el trámite ordinario: Por entablada demanda de Prescripción Adquisitiva contra la Sra. Maria Teresa Giombi y/o contra sus herederos y/o contra quiénes se crean con algún derecho del inmueble identificado como Parcela 2 de la Manzana 3528-0 en el plano de mensura 217938 (P.I.I. 10-12-00 142859/0111), a quiénes se citará por el término y bajo apercibimientos de ley mediante edictos que se publicarán en legal forma en el BOLETÍN OFICIAL y en el periódico local... Notifíquese. Fdo.: Dra. María Alejandra Serrano, Secretaria; Dr. Hernán G. Gálvez, Juez. Santa Tome, 23 de octubre de 2.020.

$ 33 431362 Nov. 24 Nov. 26

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Por así estar dispuesto en los autos MUGA, MARIEL EDIT s/Quiebra; (Expte. CUIJ N° 21-02020769-5) la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 9 de Noviembre de 2020. Autos y vistos:...; Considerando:...; Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Mariel Edit Muga, argentina, de apellido materno Pasquini, D.N.I. N° 27.889.689; CUIL N° 27-27889689-2, mayor de edad, empleada, con domicilio real en calle Javier de la Rosa 845 Interno Planta Alta N° 3, y legal en calle Monseñor Zaspe 2.670, ambos de esta ciudad de Santa Fe; 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. 6) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia del fallido y su entrega al Síndico. 7) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. 8) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 9) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría "B", para el día 11/11/2020 a las 10.00 hs. A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 11) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallida por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe la misma, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos (códigos de descuentos) correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado el partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 12) Fijar el día 30/12/20, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, facúltase a la Sindicatura a recibir los pedidos de verificación mediante correo electrónico, el cual habrá de ser consignado al aceptar el cargo, junto a un número telefónico directo de contacto y CBU para un eventual depósito de los aranceles de ley. Deberá, en tal caso, establecer claramente en los edictos a publicarse conforme al art. 28 LCQ, cuál será la modalidad de dicha recepción (a distancia, virtual o en forma presencial), así como el mecanismo a adoptar para la presentación de los títulos justificativos (en caso de requerimiento expreso por la sindicatura), firma (ológrafa o digital) del presentante, constitución de domicilio procesal y la fecha de presentación. Puede igualmente disponer un entorno virtual a los fines de publicar los pedidos de verificación al que podrán acceder los demás acreedores, posibilitando la visualización y control de los créditos insinuados para, en su caso, formular las observaciones pertinentes. Se fija el arancel previsto en la ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. El mismo, deberá hacerse efectivo directamente ante el órgano sindical, en efectivo o mediante transferencia bancaria del importe a la CBU indicada por el mismo, que bastará como recibo correspondiente. 13) Fijar el día 17/02/2021 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 14) Señalar el día 19/03/2021 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 7/5/2021 para la presentación del Informe General. 15) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos, se librarán oficios y/u oficio ley 22.172. Fecho, exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la persona fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 -y por su remisión el art. 21- ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 16) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 17) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 18) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Fdo: Beatriz Forno: Jueza - Viviana Naveda Marcó: Secretaria. Conste: Que en el sorteo realizado el día 11 de Noviembre de 2.020 para sorteo de Síndico, en estos autos resultó sorteado Síndico el C.P.N. Juan Luis Tomat cuyo domicilio legal es calle San Jerónimo 2.542 Oficina 3 y domicilio electrónico denunciado jltomat@estudiotomat.com. Dra. Viviana E, Naveda Marcó, secretaria.

S/C 431535 Nov. 24 Nov. 30

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: RETAMAR FEDERICO ENRIQUE y otro c/BRUSSINI BEATRIZ LILIA CARMEN y otros s/usucapión; CUIJ Nº 21-01987326-6 / 2007, el Sr. Juez ordenado lo siguiente: Santa Fe, 19 de agosto de 2020. Cítese a los herederos de Regina Maria Piavano a comparecer a estar a derecho en los términos y bajo los apercibimientos establecidos en el art. 597 del C.P.C.C. Notifíquese por cédula en el último domicilio del causante y por edictos a publicarse en el BOLETÍN OFICIAL y Hall de Tribunales, sin perjuicio de la notificación por cédula a los presuntos herederos que prima facie tuvieren domicilio conocido. Notifíquese. Firmado: Palacios, Juez; Canale, Prosecretaria.

$ 33 431364 Nov. 24 Nov. 26

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Distrito Judicial N° 1 Octava Nominación de la ciudad de Santa Fe en autos BANCO PATAGONIA S.A. c/NUÑEZ, LUIS s/Ejecutivo; (Expte. Nº 21-01959152-9) se notifica al Luis Reinaldo Nuñez (DNI N° 24.264.028), la siguiente resolución: Santa Fe, 28 de agosto de 2.020. Autos y Vistos:... Resulta:... Considerando:... Resuelvo: 1. Mandar llevar adelante la ejecución hasta que la parte actora se haga íntegro cobro del capital reclamado con más los intereses calculados conforme se dispone en los considerandos, desde la mora y hasta el efectivo pago, e IVA si correspondiere. 2. Costas a la parte demandada (art. 251 CPCC). 3. La regulación de los honorarios se difiere al momento de practicar liquidación y previa acreditación de la situación fiscal de los letrados intervinientes. Insértese, expídase copia y hágase saber. Fdo: Dr. Di Chiazza (Juez) - Dra. Nelli (Secretaria). Lo que se publica a sus efectos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 02 de septiembre de 2.020. Secretaría. Dra. Mariana Nelli, secretaria.

$ 33 431557 Nov. 24 Nov. 26

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Por disposición de la Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial Y Laboral de la Ciudad de Esperanza, Provincia de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del Sr. HINZ, CARLOS ALBERTO, D.N.I. N° 13.884.372; Expte. CUIJ N° 21-26299800-9, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el lugar habilitado por la Corte Suprema de Justicia (Acordada vigente 07/02/96). Santa Fe, 05 de Noviembre de 2020. Corina Matiller, prosecretaria.

$ 45 431386 Nov. 24 Nov. 30

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral N° 18, en los autos caratulados BARONI, GLADYS LUISA y otros s/Sucesorio; Expte. N° 980/2017 - CUIJ N° 21-26183492-5, se cita, llama y emplaza a herederos, legatarios y terceros interesados de la Sra. Gladys Luisa Baroni, L.C. N° 3.568.008, fallecida en la ciudad de San Justo, Provincia de Santa Fe, el día 20 de Septiembre de 2.009; y del Sr. Héctor Daniel Zanutigh, DNI N° 6.343.874 fallecido en la localidad de Videla, Provincia de Santa Fe, el día 8 de Mayo de 2.015; ambos con último domicilio en calle Avenida San Martín N° 606 de la localidad de Videla, Provincia de Santa Fe; para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el plazo y bajo apercibimiento de ley. (Fdo.: Dra. Laura M. Alessio, Jueza). San Justo, 12 de Noviembre de 2020. Cintia D. Lo Presti, prosecretaria subrogante.

$ 45 431407 Nov. 24 Nov. 30

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito N° 19 en lo Civil, Comercial y Laboral, Primera Nominación de la Ciudad de Esperanza, Santa Fe; en los autos caratulados; CHACON ARTURO ANTONIO s/Sucesorio; Expte. N° CUIJ Nº 21-26299661-9 Año 2.020, se llama, cita y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios y a todos los que se consideren con derecho a los bienes de la herencia dejados por el causante; Arturo Antonio Cachón DNI Nº 8.033.969 para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley comparezcan a hacerlos valer. Fdo. Dra. Gisela Gatti (Secretaria), Dra. Virginia Ingaramo (Jueza). Esperanza; 15 de Septiembre de 2020. Dra. Gisela V. Gatti, secretaria.

$ 45 431478 Nov. 24 Nov. 30

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 1ª Nominación de Santa Fe) en autos caratulados MOLINA, NANCY BEATRIZ s/Sucesorio; (CUIJ Nº 21-02020623-0), se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Nancy Beatriz Molina, DNI Nº 12.591.933, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo. Dra. Marín (juez), Dra. Sánchez (secretaria). Santa Fe, 12 de noviembre de 2.020. Dra. Claudia B. Sánchez, secretaria.

$ 33 431640 Nov. 24 Nov. 30

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia Civil, Comercial y Laboral N° 20 de la ciudad de San Javier, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Greco, Clara Angela DNI N° 10.933.347 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales, en los autos caratulados GRECO CLARA ANGELA s/Juicio sucesorio; CUIJ Nº 21-26169073-7. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y se fija en el lugar designado por la Corte Suprema de Santa Fe. Fdo. Dra. Liliana Insauralde, Jueza - Dra. Silvina Demboryniski, Secretaria.

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe), en autos caratulados MONTECHESI, OSVALDO NAZARENO y otros s/Sucesorio; CUIJ N° 21-01979576-1, se cita llama y emplaza a todos los herederos acreedores y legatarios de Montechesi, Osvaldo Nazareno D.N.I. Nº 6.308.960 y Estela Maris Salomón y/o Salamon D.N.I. Nº 11.679.642, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Dr. Daniel R. Maurutto - Secretario; Viviana E. Marín - Jueza. Santa Fe, 21 de Junio de 20l7. María Romina Botto, secretaria.

$ 33 431639 Nov. 24 Nov. 30

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios Juzgado de 1ª Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: ASSANDRI, CLAUDIA MARCELA s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-02017930-6 se cita, se llama y emplaza a los herederos, legatarios y/o acreedores del causante doña Claudia Marcela Assandri DNI N° 14.113.723, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Dra. Claudia Sánchez. Secretaria. Santa Fe, 27 de Octubre de 2020. Laura Luciana Perotti, prosecretaria.

$ 45 431384 Nov. 24 Nov. 30

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación, ciudad de Santa Fe), se cita, llama y emplaza a los, herederos, acreedores y legatarios del causante don: Roberto Hugo Ferrero, D.N.I. N° M 5.068.935, para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley, comparezca a hacer valer sus derechos en los autos: FERRERO, ROBERTO HUGO s/Sucesorio; CUIJ N° 21-02021357-1. Publíquense edictos de conformidad con lo dispuesto en la Ley 11.287 y cumpliméntese con lo resuelto en el Acuerdo Ordinario celebrado el 7/2/96 Acta N° 3. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y exhibiéndose en el hall de planta baja de Tribunales. Fdo: Dra. Claudia Bibiana Sánchez, Secretaria. Santa Fe, 12 de Noviembre de 2020. Secretaría. Laura Luciana Perotti, prosecretaria.

$ 45 431424 Nov. 24 Nov. 30

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Por disposición del Juez a cargo de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Origen: Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe), en autos caratulados BORGNA, JUAN HUGO s/Sucesorio; Expte. N° CUIJ: 21-02010386-5, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante: don Borgna, Juan Hugo, Argentino, mayor de edad, con D.N.I. M N° 6.255.910, nacido en la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, el 15 de Agosto de 1.944, con último domicilio en calle Ruta 168 Km. 477 s/n de la localidad de la Guardia, Provincia de Santa Fe, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publicará a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el Hall de Tribunales. Iniciado 09/05/2019, por el Dr. Gervasio J. Operto, Secretaria: Dra. Claudia B. Sánchez. 03 de Noviembre de 2.020.

$ 45 431438 Nov. 24 Nov. 30

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Séptima Nominación) en autos caratulados OTAMENDI MARIA ANGÉLICA s/Declaratoria de herederos; CUIJ Nº 21-02014751-9, se cita, se llama y emplaza a todos los herederos acreedores y legatarios de Maria Angélica Otamendi, DNI Nº 03.007.958, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del termino y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Fdo. Dra. Claudia Sánchez (Secretaria). 27 de Octubre de 2.020. Laura Luciana Perotti, prosecretaria.

$ 135 431617 Nov. 24 Nov. 26

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe (radicado en el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Santa Fe), en autos caratulados: IBARRA, CARMEN RAMONA s/Sucesorio; (CUIJ Nº 21-02019689-8, año 2.020), se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Carmen Ramona Ibarra, L.C. N° 9.288.883, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. (Fdo.) Dra. Claudia B. Sánchez, Secretaria. Santa Fe, 13 de Noviembre de 2.020.

$ 45 431484 Nov. 24

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios, (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación), en los autos: IZQUIERDO MABEL MARIA GENEROSA s/Sucesorio; Expte. N° 21-02020479-3/20, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de doña Mabel Maria Generosa Izquierdo, D.N.I. Nº 4.823.978, para que comparezcan hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo. Dr. Bermúdez (Juez), Dra. Sánchez (Secretaria). Santa Fe, 09 de Octubre de 2.020.Laura Luciana Perotti, prosecretaria.

$ 45 431522 Nov. 24

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios, (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación), en los autos: LELLI RAQUEL MARINA s/Sucesorio; Expte N° 21-02019941-2/20, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de doña Raquel Marina Lelli, D.N.I. Nº 3.555.116, para que comparezcan hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo. Dra. Kigelmann (Juez) Dra. Sánchez (Secretaria). 09 de Octubre de 2.020.

$ 45 431521 Nov. 24

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios de Santa Fe, en los autos caratulados QUAINO, RODOLFO OSVALDO s/Sucesorio (OPS); CUIJ Nº 21-02016289-6, correspondiente al Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios del causante Rodolfo Osvaldo Quaino, argentino, de apellido materno Pantanali, D.N.I. N° 6.264.277, CUIL N° 20-06264277-8, para que comparezcan a hacer valer sus derechos por el término y bajo apercibimiento de ley, lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL y en Hall de Tribunales, a sus efectos. Fdo.: Dra. Claudia Sánchez, Secretaria; Dr. José I. Lizasoain, Juez. Santa Fe, 12 de Noviembre de 2.020.

$ 45 431354 Nov. 24

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 10ª Nominación de Santa Fe, secretaria a cargo de la autorizante, en los autos caratulados GARCIA, MARÍA LAURA s/Sucesorio; (Expte CUIJ Nº 21-02021103-9), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la señora María Laura García, DNI Nº F 1.527.585, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y Hall de Tribunales. Santa Fe, 11 de Noviembre de 2020.Firmado: Dra. Claudia Sánchez (Secretaria), Dra. María Romina Kilgelmann (Jueza).

$ 45 431283 Nov. 24

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de la ciudad de Santa Fe), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Guadalupe Haydee Ferrero, D.N.I. N° 1.476.339, para que comparezcan en el Expte. N° 21-02020971-9 Año 2020 FERRERO, GUADALUPE HAYDEE s/Sucesorio; a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 10 de Noviembre de 2020. Santa Fe, 11 de Septiembre de 2020... Fecho, publíquense edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y exhíbanse en el Hall de Tribunales... Notifíquese. Fdo. Dr. Lizasoain, Juez - Dra. Sánchez, Secretaria.

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial de la Sexta Nominación de la ciudad de Santa Fe), en autos caratulados RITACCA, FRANCISCO s/Sucesorio; (Exp. CUIJ Nº 21-02020466-1), se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Francisco Ritacca, D.N.I. Nº 6.239.028, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. (Dr. Gabriel Abad, Juez; Dra. Claudia Sánchez, Secretaria). Santa Fe, 05 de Noviembre de 2.020.

$ 45 431543 Nov. 24

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TOSTADO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de distrito N° 15, en lo Civil, Comercial y Laboral, secretaría única, de Tostado, en autos LEDESMA JESUS PILAR s/Sucesorio; CUIJ N° 21-26211549-3, se cita, llama y emplaza a los herederos y/o legatarios del Sr. Ledesma Jesús Pilar D.N.I. N° 08.125.762, para que comparezcan a este juzgado dentro del término y bajo los apercibimientos de ley a hacer valer sus derechos. Lo que se publicara en el BOLETÍN OFICIAL y espacio destinado a tal fin. Fdo. Hayde M. Regonat (Jueza), Marcela Barrera (Secretaría). Tostado, 09 de Noviembre de 2.020.

$ 45 431475 Nov. 24 Nov. 30

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 10 en lo Civil, Comercial y Laboral de San Cristóbal, en autos caratulados MASCOTTO RUBÉN s/Declaratoria de herederos; CUIJ Nº 21-26139499-2, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don Rubén Mascotto, D.N.I. N° 11.482.227, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales, por estar ordenado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y Puertas del Juzgado, conforme Ley N° 11.287. San Cristóbal, 6 de Noviembre de 2.020. Dra. Cecilia Verónica Tovar, secretaria.

$ 45 431320 Nov. 24

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VERA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Distrito Judicial N° 13 en lo Civil, Comercial y Laboral 2ª Nominación de Vera, en autos caratulados BOYERAS, ROBERTO JAIME s/Sucesorio; CUIT Nº 21-25276333-0; se cita, llama y emplaza a herederos, legatarios y acreedores de Roberto Jaime Boyeras, DNI Nº 16.682.539, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del plazo de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL, y se exhibe en los Estrados de éste Tribunal. Secretaría, Vera. A mayor recaudo se transcribe en lo pertinente el decreto que así lo ordena: Vera, 01 de Octubre de 2020. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial acompañado, désele la intervención legal correspondiente. Estando justificado el fallecimiento del causante, Sr. Roberto Jaime Boyeras, con la ir partida de defunción acompañada y que se agrega a autos, téngase por iniciada esta gestión tendiente a lograr su declaratoria de herederos. Cítese y emplácese a todos los que se creyeren con derecho a los bienes de la herencia del de cujus, para que dentro del término legal comparezcan a hacerlos valer. Publíquense edictos de ley en el BOLETÍN OFICIAL y Puertas del Juzgado por el término de un día (art. 2340 CCyC). Dese intervención a los Ministerios Públicos. Cumpliméntese los informes previstos por las Leyes 8.744 y 5.110. A lo demás, oportunamente. Notifiquen los empleados Villar, Louteiro, Mehauod y/o Tourn. Notifíquese. Dra. Valeria Lorena Tourn - Prosecretaria, Dr. Juan Manuel Rodrigo - Juez. Dra. Beatriz Deiber de Fabbro, secretaria.

$ 45 431282 Nov. 24 Nov. 30

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RAFAELA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


El Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de la ciudad de Rafaela, de la Provincia, de Santa Fe, en los autos caratulados AMAE Y A CLUB DEPORTIVO LIBERTAD c/ BUSSI, RENE ALBERTO y otros s/Ejecución hipotecaria; (CUIJ N° 21-24191865-0), ha ordenado se publiquen edictos por cinco veces en 5 días, citando a los deudores y terceros adquirentes, si los hubiere, a sus sucesores o administrador en caso de concurso, quiebra o incapacidad, o representante legítimo, a fin de que dentro del término de 5 días contados a partir de la última publicación, paguen el importe del crédito, intereses y costas u opongan excepción legítima y ofrezcan prueba, bajo apercibimientos de dictarse sentencia en rebeldía sin más trámite y de darlos por notificados de cualquier resolución o providencia posterior desde su fecha, en razón de la demanda de ejecución hipotecaria contra Rene Alberto Bussi, contra Ana Maria González y contra Maria Belén Durbano, por cobro de la suma de pesos un millón trescientos sesenta mil ochocientos cuatro con treinta y tres centavos ($ 1.360.804,33) con más sus correspondientes intereses acumulativos mensuales, compensatorios de 4,8% y punitorios de 50% de dicho interés compensatorio, ambos desde la mora y hasta su efectivo pago y las costas del juicio. Además, se hace saber a los demás acreedores hipotecarios, si los hubiere, de la iniciación de esta ejecución hipotecaria por medio del presente. Notifíquese. Fdo. Dr. José Alvarez Tremea, Juez. Dra. Carina Gerbaldo, Secretaria. Lo que se publica a sus efectos únicamente en el BOLETÍN OFICIAL por cinco días. Santa Fe, 04 de Noviembre de 2.020. Agostina Silvestre, prosecretaria.

$ 350 431447 Nov. 24 Nov. 30

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Cuarta Nominación de la ciudad de Rafaela, se hace saber que en los autos caratulados AMAEAYA CLUB D LIBERTAD c/LEGUIZAMÓN, LEANDRO RICARDO s/Juicio ejecutivo; (CUIJ Nº 21-24536413-7), se ha resuelto lo siguiente: Sunchales, 13 de Febrero de 2.020. Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado. Por deducida demanda por cobro de $ 21.691,57 sus intereses y costas contra Leandro Ricardo Leguizamón domiciliado/s en Sunchales, a quien se citará y emplazará para que dentro del término de tres días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Trábese embargo sobre los haberes conforme lo solicitado en el escrito de demanda, en proporción de ley, como dependiente de la Caja De Jubilaciones y Pensiones de la provincia De Santa Fe en cantidad suficiente hasta cubrir el capital, intereses y costas. Hágase saber al profesional interviniente que previo a la suscripción del oficio de embargo deberá acreditar en autos la apertura de cuenta bancaria por ante la Sucursal Sunchales del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., a nombre de este Juzgado y para estos autos. Líbrese oficio al empleador indicándose número de cuenta bancaria, C.B.U. y entidad financiera, con las autorizaciones y facultades peticionadas, dejándose constancia en el mismo que las sumas a retener deberán depositarse en la cuenta abierta al efecto. Habiéndose cotejado la similitud entre la documental existente en sobre abierto acompañado con la copia obrante en autos; procédase a constituir al profesional interviniente como depositario judicial de la misma, con las formalidades y obligaciones de ley (art. 261 y 263, Código Penal), la cual deberá ser presentada ante requerimiento. Constitúyase domicilio de depósito en el legal denunciado en autos o en el que a futuro así se denuncie. Procédase a la entrega al mencionado profesional o al autorizado para realizar la procuración en autos, dejándose debida constancia en autos de su retiro, previa intervención de la documental por Secretaría bajo la leyenda "Documento intervenido por presentación en juicio". Notifiquen los empleados Judith Centurión, Verónica Ferrero y/o Oficial de Justicia. Notifíquese. Fdo: Dr. José Ignacio Pastore (Juez) - Fdo: Dra. Juliana Foti (Secretaria). Otro decreto: Sunchales, 08 de Julio de 2020. En atención al domicilio del demandado (art. 36 último párrafo Ley 24.240) declaro la incompetencia del suscripto para entender en autos, debiendo ocurrir por ante quien corresponda. Tómese nota en el Sistema de Gestión del Juzgado. Notifíquese. Documental consta entregada a fs. 9 vto. Notifíquese. Fdo: Dr. José Ignacio Pastore (Juez) - Fdo: Dra. Juliana Foti (Secretaria). Otro decreto: Rafaela, 03 de Agosto de 2.020. Por recibido. Téngase por radicada la presente causa por ante este Juzgado. Por presentada, domiciliada, en el carácter invocado, en mérito al poder especial obrante a fs. 06 de autos, acuérdasele participación de ley. Intímese a la compareciente a presentar la boleta colegial correspondiente, dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Prosiga la causa según su estado. Notifiquen indistintamente además de los Oficiales Notificadores, los empleados, Silvestre, Frana, Berga Jusco, Saucedo y/o Abbá. Notifíquese. Fdo: Dra. María José Álvarez Tremea (Jueza) - Fdo: Dra. Carina Gerbaldo (Secretaria). Otro decreto: Rafaela, 11 de Agosto de 2.020. Téngase presente la notificación efectuada en los términos expresados. Agréguense las constancias acompañadas. Notifíquese. Fdo: Dra. María José Álvarez Tremea (Jueza) - Dra. Carina Gerbaldo (Secretaria). Otro decreto: Rafaela, 23 de Septiembre de 2.020. Agréguese la cédula sin diligenciar acompañada. Téngase presente lo manifestado. Como lo solicita y atento el domicilio inexistente del demandado, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 73 del C.P.C. cítese y emplácese a Leandro Ricardo Leguizamón por edictos que se publicarán 3 veces en el BOLETÍN OFICIAL y en los Estrados de estos tribunales, bajo apercibimientos de que, si dentro del término de 5 días, contados a partir de la última publicación, no lo hiciere, será declarado rebelde. Notifíquese. Dra. María José Álvarez Tremea (Jueza) - Fdo: Dra. Carina Gerbaldo (Secretaria). Rafaela, 01 de Octubre de 2.020. Agostina Silvestre, prosecretaria.

$ 420 431385 Nov. 24 Nov. 26

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 5 en lo Civil y Comercial Primera Nominación de la ciudad de Rafaela, provincia de Santa Fe, Secretaría a cargo de la Dra. Sandra Inés Cerliani, se hace saber que en los autos caratulados: ASOCIACIÓN MUTUAL ENTRE ASOCIADOS Y ADHERENTES AL CLUB DEPORTIVO LIBERTAD el DUARTE, YANINA GUADALUPE, CALIGARIS CRISTIÁN ROBERTO s/Ejecutivo; (Expte. 900/2018 CUIJ Nº 21-23923054-4), se notifica a los demandados, Sres. Duarte, Yanina Guadalupe (DNI Nº 32.430.107) y Caligaris, Cristián Roberto (D.N.I. Nº 27.891.119), de la siguiente Resolución: Rafaela, 25 de Junio de 2.019. Y vistos: Estos caratulados Exp. Nº 900 -Año 2018- Asociación Mutual entre asociados y adherentes al Club Deportivo Libertad c/Duarte Yanina Guadalupe, Caligaris Cristian Roberto s/Ejecutivo de los que:... Resulta: ... Considerando: ... Resuelvo: Mandar llevar adelante la ejecución hasta que el actor se haga íntegro cobro del capital reclamado, con más los intereses descriptos y las costas del proceso. Teniendo en cuenta que las presentes actuaciones se encuentran contempladas en el art. 7 de la Ley 12.851, y tomando como base el capital reclamado más los intereses al día de la fecha, según sentencia, se regulan en la suma de pesos veinte mil novecientos noventa y uno c/35/100 ($ 20.991,35) equivalente a 6,3 unidades jus a los honorarios de las abogadas Mariela Stessens y Melisa Maltagliatti en conjunto y proporción de ley por la labor desarrollada en autos. Los honorarios devengarán un interés moratorio equivalente al que cobra el Banco de la Nación Argentina en sus operaciones de descuento de documentos a 30 días, lo que se aprecia en conformidad a lo dispuesto en el art. 768 inc. c) del C. C.y C. y se aplican desde la fecha que adquiera firmeza el presente proveído, mediante la notificación por cédula de los honorarios al obligado al pago. Córrase vista a la Caja Forense. Hágase saber, archívese el original, expídase copia. Notifíquese. Firmado: Dra. Ana Laura Mendoza (Jueza a/c) - Dra. Sandra Inés Cerliani (Secretaria). Otro decreto: Rafaela, 06 de Octubre de 2020. Proveyendo escrito cargo N° 10172/2020. Téngase presente lo manifestado. Como se pide, publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL y en Sede Judicial a los fines indicados conforme lo previsto en el Art. 73 del C. P. C. C. Notifíquese. Dr. Duilio M. Francisco Hail (Juez a/c) - Dra. Sandra Inés Cerliani (Secretaria). Rafaela, 4 Noviembre de 2.020.

$ 135 431387 Nov. 24 Nov. 25

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia Civil y Comercial -Primera Nominación- de la ciudad de Rafaela, y en los autos caratulados MIGLIORE, ORLANDO DANIEL s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-24197538-7, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don Orlando Daniel Migliore, D.N.I. Nº 13.191.704, fallecido el 15 de Mayo de 2.020, con último domicilio en calle Pte. Illia N° 528 de la ciudad de Sunchales, pcia de Santa Fe, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, dentro del término de ley y bajo apercibimientos respectivos. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL de la ciudad de Santa Fe y en sede judicial Fdo. Dra. Cerliani (Secretaria), Dra. Ana Laura Mendoza (Jueza a/c). Rafaela, 6 de Noviembre e 2.020. Nicolás A. Pasero, prosecretario.

$ 225 431414 Nov. 24 Nov. 30

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Por disposición del Señor Juez de 1ª Instancia en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de la ciudad de Rafaela (Prov. de Santa Fe), en los autos caratulados: SCHRETER RICARDO JUAN y otros s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-24197644-8, se cita y emplaza a los herederos del Sr. Ricardo Juan Schreter, D.N.I. Nº 11.709.555, y de la Sra. Graciela Rosa Burgi, D.N.I. Nº 13.939.302, que se consideren con algún derecho sobre los bienes dejados por los causantes a su fallecimiento, ya sea como herederos, acreedores o legatarios, para que comparezcan a hacerlo valer dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Dra. Carina Gerbaldo (Secretaria) - Dra. Ma. José Alvarez Tremea Abogada (Jueza). Rafaela (Prov. de Santa Fe), 10 de Noviembre de 2.020. Agostina Silvestre, prosecretaria.

$ 45 431380 Nov. 24 Nov.30

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Rafaela, en los autos CUIJ N° 21-24198058-5; MAROZZI, DANTE OSCAR s/Sucesorio; se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante DANTE OSCAR MAROZZI, D.N.I. 13.046.522, con último domicilio en calle Pueyrredón N° 855 de Rafaela, fallecido en fecha 01 de Septiembre de 2.014 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días bajo apercibimientos de ley, lo que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL a sus efectos. Fdo.: Dr. Duilio M. Francisco Hail (Juez) - Dra. Natalia Carinelli (Secretaria).

Rafaela, 16 de Noviembre de 2.020.

$ 145 431379 Nov. 24

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RECONQUISTA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 4 Civil y Comercial Segunda Nominación de Reconquista, Santa Fe, en los autos caratulados: GIULIANI EDGARDO RENE y otros c/NARDELLI JUSTO y otros s/Usucapión; CUIJ N° 21-25022838-4, se ha ordenado notificar a Justo Nardelli; Federico Fontana; Ángel Fontana; Orlando Oscar Fontana; René Osmar Fontana; Celina Dolores Fontana; Jorge Daniel Fontana; Ricardo Mario Nardelli; Juan Santiago Nardelli; Horacio Ernesto Nardelli; Armando Raul Nardelli, la parte pertinente del siguiente decreto dictado en autos: Reconquista, 17 de Septiembre de 2019. Por promovida demanda de usucapión contra Justo Nardelli; Federico Fontana; Ángel Fontana; Orlando Oscar Fontana; René Osmar Fontana; Celina Dolores Fontana; Jorge Daniel Fontana; Ricardo Mario Nardelli; Juan Santiago Nardelli; Horacio Ernesto Nardelli; Armando Raul Nardelli; Javier Ceferino Nardelli; Hector Daniel Nardelli; Gustavo Gabriel Nardelli; Juan Carlos Nardelli; Rodolfo Adrián Nardelli; Beatriz Maria Nardelli; María Del Carmen Nardelli; María Elisa Nardelli; Omar Fabian Nardelli; Dora Alicia Nardelli; Julio Nelson Nardelli; Claudio Fidel Nardelli; Sandra Fabiana Nardelli; Leonel Gastón Nardelli; Ivana Belén Nardelli; Lisandro José Nardelli; Cintia Norali Nardelli; y/o QRJR. Cítese y emplacese a los demandados y a quienes se consideren con derecho al bien a usucapir, para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley comparezcan a estar a derecho. Notifíquese en los domicilios denunciados y publíquense edictos de ley conforme art. 67 C.P.C. Notifíquese. Notifiquen: Empleados del Juzgado. Fdo: Dr. Fabian Lorenzini, Juez; Dr. Jose Boaglio, Secretario. Otro Decreto: Reconquista, 03 de Junio de 2020. Asistiendo razón al peticionante, déjase sin efecto la citación a la Municipalidad de Reconquista. En su lugar: cítese a la Comuna de La Santa (SF) para que dentro del término de ley tome intervención que le pudiere corresponder y manifieste legitimo en esta causa. Fdo Dr. Fabian Lorenzini, Juez, Dr. José Boaglio, Secretario. Reconquista, 26 de Octubre de 2020. Fdo Dr. José Boaglio, Secretario.

$ 497,25 431451 Nov. 24 Nov. 26

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Por disposición del Sr. Juez de 1° Instancia en lo Civil y Comercial de la 3ª Nominación de Reconquista Dra. Margarita A. Cismondi, se hace saber que en los autos FOSCHIATTI NESTOR PABLO s/Concurso preventivo; CUIJ N° 21-25020909-3, que se tramitan por ante el Juzgado mencionado, se ha dispuesto lo siguiente: Reconquista, 26/10/2020 Y Vistos: Estos caratulados FOSCHIATTI NESTOR PABLO s/Concurso preventivo - hoy quiebra; Expte. Nº 21-25020909-3, que se tramitan por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 4 en lo Civil y Comercial de la 3º Nominación, de los que; Y Considerando: que, el concursado ha manifestado la imposibilidad de poder efectuar una propuesta para alcanzar un acuerdo con los acreedores verificados (fs. 325 expediente original). Que se ha corrida vista al síndico (fs. 326) y éste ha dictaminado que la falta de las conformidades de los acreedores acarrea la declaración de la quiebra del deudor, lo cual motiva que así se proceda (fs.333). Que, de tal modo y siendo que el presente concurso queda aprehendido en las previsiones del art. 288 LCQ corresponde, en mérito a las prescripciones de los arts. 46 y 77 inc. 1ro. de la ley 24522, decretar la quiebra del hasta aquí concursado, por lo que, Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Nestor Pablo Foschiatti, C.U.I.T. N° 20-18533516-0, con domicilio en Calle 7 N° 976 de la ciudad de Avellaneda (SF) y domicilio procesal en calle Roca N° 2015 de Reconquista (SF). 2) Hacer saber que el Síndico liquidador será el mismo funcionario designado en el proceso concursal preventivo, CPN Fernando Miguel Altare con domiciliado constituido en Alvear N° 759, Reconquista, Santa Fe quien deberá cumplimentar con el art. 275 inc. 7 LCQ 3) Cítese a todos los acreedores posteriores a la presentación del concurso para que hasta el día 12 de Febrero de 2021 presenten a la Sindicatura sus pedidos de verificación de créditos. 4) Fíjase el día 7 de Abril de 2021 para la presentación de los informes individuales. 5) Decrétese la prohibición de efectuar pagos al fallido, y en el caso de incumplirse tal prohibición serán considerados ineficaces. 6) Hacer saber a la fallida que solo podrán salir del país previa autorización de éste Juzgado y en las condiciones previstas por el art. 103 de la ley 24.522, efectuándose a tales fines las comunicaciones pertinentes a la Policía Federal Argentina, a la Secretaría de Migraciones, a la Gendrmería Nacional. 7) Desapoderar al fallido de los bienes de su propiedad existentes a la fecha de declaración de ésta quiebra y de los que adquiera hasta su rehabilitación (arts. 107 ss y concds de la L.C.Q.). 8) Proceder a la incautación de los bienes y papeles de la fallida poniéndose en posesión de los mismos al Síndico, librándose los despachos pertinentes (Art. 177/79 y conc. L.C.Q). 9) Ordenar la intercepción de la correspondencia epistolar, oficiándose a esos efectos, haciéndole saber al Síndico que debe cumplimentar lo dispuesto en el art. 114 L.C.Q. 10) Notificar al A.P.I. (a los fines del art. 29 del Código Fiscal). 11) Oficiar al Registro de Procesos Concursales y demás registros pertinentes. 12) Procédase a la realización de la totalidad de los bienes que componen el activo de la fallida, a través del procedimiento que oportunamente informará la sindicatura. 13) Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL de conformidad con lo preceptuado en el art. 89 de la Ley 24522. 14) Líbrense oficios a los Juzgados en los que se tramitan causas en contra del fallido a los fines de solicitar su remisión a este tribunal. 15) Recaratulese la presente causa tomando razón Mesa de entradas y registros informáticos. Insértese el original, agréguese copia y hágase saber. Fdo: Dra. Margarita Cismondi, Jueza. Dra. Susana Carletti, Secretaria. Reconquista, 26 Octubre de 2020.

S/C 431534 Nov. 24 Nov. 30

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 4 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Reconquista, Santa Fe, a cargo del Dr. José María Zarza, Secretaría a cargo del Dr. Juan Manuel Astesiano, en los autos caratulados: YORIS HERNAN GASTON s/Solicitud propia quiebra; CUIJ 21-25024920-6, ha dispuesto lo siguiente: Reconquista, 17 de Septiembre de 2020. Autos y Vistos:... Considerando... Resuelvo: 1ro. Declarar la Quiebra de Hernán Gastón Yoris, argentino, empleado del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe, D.N.I. 26.513.797, CUIL 20-26513797-1, nacido 25 de Mayo de 1978, con domicilio real en Calle 44 N° 2230, Barrio Lanceros del Sauce de Reconquista (SF) y con domicilio legal en calle Iriondo N° 716 de Reconquista (SF). 2do. Líbrese oficio al Registro de Procesos Universales, al Registro General de la Propiedad de Santa Fe y al Registro del Automotor, a los fines de que tome conocimiento de la quiebra, y de la inhibición de la fallida para disponer de sus bienes. 3ro. Hacer saber al fallido que deberá hacer entrega de los bienes al Síndico, quien deberá inventariarlos, instrumentando acta de toda la actuación. 4to. Hágase saber la prohibición de efectuar pagos al fallido y que en el caso de incumplirse tal prohibición serán considerados ineficaces. 5to. Hágase saber al Síndico que deberá interceptar y retener la correspondencia. 6to. Oficiar a la Policía Federal Argentina, a la Secretaría de Migraciones, a la Gendarmería Nacional, a los fines de comunicar la prohibición del fallido de abandonar el país sin autorización judicial. 7mo. Fijar el día 07 de Octubre de 2020 a las 08:00 horas, a los fines del sorteo de Síndico por ante la Oficina de Sorteos de Peritos, Martilleros y Síndicos de estos Tribunales (Circular Nº 123/2017), notifíquese al Consejo de Ciencias Económicas; fijar el 22 de Febrero de 2021 como fecha hasta la cuál los acreedores deberán presentar pedidos de verificación al Síndico. Fijase el 07 de Abril de 2021 la fecha hasta la cual el Síndico ha de poder presentar los informes individuales, y 07 de Mayo de 2021 el informe General. 8vo. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL de conformidad con lo preceptuado en el art. 89 de la Ley 24.522. 9no. Líbrese oficio a los Juzgados en los que se tramitan causas en contra del fallido (salvo juicios de expropiación y los fundados en relaciones de familia) a los fines de solicitar su remisión a este Tribunal, se oficiará a la empleadora de la fallida -Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe- que liquida los haberes del deudor para que se abstenga de efectuar descuentos o retenciones a sus haberes, salvo los dispuestos por la ley, especialmente la retención por alimentos que deberá subsistir, y un veinte por ciento de sus remuneraciones deducidos los descuentos de ley que se han de depositar en una cuenta para estos autosya la orden del Tribunal. Insértese el original, agréguese copia y hágase saber. Firmado: Dr. Juan M Astesiano (Secretario); Dr. José María Zarza (Juez). Beneficio de gratuidad Ley C. y Q. Reconquista, 21 de Septiembre de 2020. Dr. Juan Manuel Astesiano, Secretario.

S/C 431423 Nov. 24 Nov. 30

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Por disposición de la Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral de la ciudad de Reconquista; se ha dictado en los autos caratulados: GUZMAN MIRIAM GRACIELA y otros s/Homologación; CUIJ 21-16742557-4, la siguiente resolución: Reconquista, 26 de Diciembre de 2019. Advertido en este acto, previo a todo deberá acreditarse el vínculo de la Sra. Miriam Graciela Guzman en relación al difunto Sr. Baez conforme lo manifestado en el convenio presentado en autos. Atento al fallecimiento del Sr. Ramon Valentin Baez DNI N° 11.156.103, ocurrido el 20 de Noviembre de 2019 a las 11:22hs, conforme el Acta de Defunción que tengo a la vista y atento a lo dispuesto por los Arts. 47, 597 y concordantes del C.P.C. y C., emplácese por edictos a los herederos a hacer valer sus legítimos derechos en el término y bajo apercibimientos de ley, en el BOLETÍN OFICIAL y en el Hall Central del Edificio de Tribunales. Recábese informe al Registro de Procesos Universales. Conforme lo ordenado en la Circular N° 56/2013 de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, libre la actuaria oficio vía correo electrócnico con firma digital ante el Registro de Procesos Universales de Santa Fe (rpusucesoriosfe@justiciasantafe.gov.ar) a los fines de que informe si existen trámites sucesorios correspondiente al causante Señor Ramón Valentin Baez DNI N° 11.156.103. A lo demás oportunamente y si correspondiere. Notifíquese. Fdo. Leonardo Martín Cristófoli, Secretario; María Luz Cracogna, Jueza. Reconquista, 13 de Octubre de 2020. Dra. Janina E. Yoris, Prosecretario.

$ 60 431422 Nov. 24 Nov. 30

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Por disposicion del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 4 en lo Civil y Comercial de la 1ª Nominación de esta ciudad de Reconquista (Santa Fe) en los autos caratulados VON BERGEN, ELDA ALICIA s/Declaratoria de herederos; CUIJ N° 21-25025066-2, se cita, llama y emplaza a todos los que se crean con derechos sobre los bienes dejados por doña Elda Alicia Von Bergen, D.N.I. N° 5.562.930, ya sean herederos, legatarios, acreedores, para que dentro del término de ley comparezcan a hacer valer sus derechos. Reconquista, 22 de Octubre de 2020. Juan Manuel Astesiano, Secretario.

$ 45 431467 Nov. 24 Nov. 30

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El Señor Juez de Primera Instancia de Distrito N° 4 Civil y Comercial, primera nominación de Reconquista, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados COUVERT IVES MARIA LUISA s/Sucesorio; (CUIJ 21-25024744-0) llama, cita y emplaza a los herederos, legatarios acreedores y/o todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes de la herencia dejados por doña Ives María Luisa Couvert, para que dentro del término de ley se presenten a hacerlo valer. Publicación por un (1) día conforme artículo 2340 del CCC. Reconquista, 07 de Octubre de 2020.

$ 45 431531 Nov. 24

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito N° 4, Civil y Comercial, de la 1ª Nominación de la ciudad de Reconquista (Santa Fe), en los autos caratulados: LEIVA, EUSEBIO ESTEBAN s/Declaratoria de herederos; (CUIJ Nº 21-25025127-8), se cita, llama emplaza a los herederos, legatarios, acreedores, y/o todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes dejados por don Eusebio Esteban Leiva, DNI N° 6.350.266, para que dentro del término de ley comparezcan a hacerlos valer. Reconquista, 10 de Noviembre de 2020. Dr. Juan Manuel Astesiano, Secretario.

$ 45 431529 Nov. 24 Nov. 30

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