FIDEICOMISO LOS BROTOLAS
CONTRATO DE FIDEICOMISO
En cumplimiento de las disposiciones del Código Civil y Comercial referente a la inscripción del contrato de fideicomiso hace saber que en los autos FIDEICOMISO LOS BROTOLAS S/ INSCRIPCIÓN EXPEDIENTE 453/2020 CUIJ 21-05393507-6 se ha iniciado la inscripción del contrato de Fideicomiso Los Brotolas de fecha 20 de Octubre de 2020 en ésta ciudad de Rafaela siendo partes del mismo Agustín Carlos Tita apellido materno Gonzalez , nacido el 21 de Octubre de 1981, DNI 29176513, CUIT 20-29176513-1, médico cirujano, soltero, argentino, domiciliado en calle Av. Santa Fe 3089 de la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe; Inwinkelried Ezequiel Jose, apellido materno Fernandez , nacido el 12 de noviembre de 1982, DNI 29804075, CUIT 20-29804075-2, contador público nacional, soltero, argentino, domiciliado en Av. Pucara 1850 de la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe; como los Fiduciantes; y Manera Carolina apellido materno Quatrocchi DNI 30881974 CUIT 23-30881974-4, nacida el 22 de Marzo de 1984, soltera, argentina, domiciliado en calle Las Violetas 174 de la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe como Fiduciaria.-
Esquema funcional del fideicomiso: 1) Los Fiduciantes Originarios aportan dinero en efectivo para la compra de terrenos; y constitución y construcción de un Club de Padel. 2) El Fiduciario otorga los beneficios obtenidos del Club de Padel a los beneficiarios los cuales podrán 3) optar por explotarlo en forma personal y/o por medio de éste.- El Fiduciario contrata el Proyecto. 4) El Fiduciario contrata las obras y a los profesionales y realiza todas las actividades y trámites que correspondan para que el Club de Padel se encuentre en pleno funcionamiento. 5) El Fiduciario transfiere la propiedad plena del Club de Padel a los fideicomisarios una vez concluido el fideicomiso por cualquier de sus causales.-
Plazo: El Contrato tendrá vigencia desde la fecha de su firma y hasta la finalización de las obras proyectadas con la habilitación municipal, y de los organismos públicos que corresponda, en un plazo máximo que no podrá exceder de treinta (30) años contados a partir de la fecha en que el Contrato de Fideicomiso sea operativo de acuerdo a lo previsto en la cláusula Segunda, puntos 2.3. Cláusula 2.3- Operatividad del Contrato: Con el aporte real del dinero, sea vía deposito o transferencia, a partir de ese momento adquirirá operatividad y vigencia plena el presente contrato, el cual se instrumenta la constitución del “Fideicomiso Los Brótolas”, y consecuentemente, tendrán plena eficacia de los siguientes actos: a) la creación del Patrimonio Fiduciario y sobre el cual el Fiduciario tendrá derecho real de dominio Fiduciario o propiedad Fiduciaria; b) la manda o fiducia como derecho personal e irrevocable que los Fiduciantes otorgan al Fiduciario para que este lleve adelante y cumpla con el desarrollo, realización y concreción del Emprendimiento, debiendo encargarse entre otras cosas de: (I) afrontar con el Patrimonio Fiduciario los costos de transferencia Fiduciario del o los “terrenos”, y todos los honorarios y gastos de escrituración, (II) presentar a la Asamblea de Fiduciantes Originarios el proyecto para que ésta lo analice, introduzca los cambios que considere oportunos y finalmente los apruebe (III) cumplir con el Cronograma de Obra ejecutando y contratando la misma en base a las instrucciones impartidas por los Fiduciantes Originarios, y (IIII) y posteriormente finalizar y habilitar el Club de Pádel según las exigencias de los organismos correspondientes y transferir el dominio pleno de este a los Fiduciantes Beneficiarios.
Lo que se publica a sus efectos y por el término de ley. Rafaela, Octubre de 2020.- Fdo: Dra. Julia Fascendini, Secretaria –
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RAIES MADERAS S.A.
REFORMA DE ESTATUTO
Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Primera Nominación de Venado Tuerto, a cargo del Juez, Dr. Gabriel Carlini en suplencia, Secretaría, a cargo de la Dra. María Julia Petracco, conforme decreto de fecha 27 de Octubre de 2020 en autos caratulados RAIES MADERAS SA S/ REFORMA DE ESTATUTO Expte. Nº 311/20 se ha dispuesto la publicación de la reforma de estatuto de la sociedad RAIES MADERAS S.A.
En Asamblea General Extraordinaria de fecha 13 de Julio de 2020 se aprobó la reforma de estatuto con los siguientes cambios: adecuar el Objeto Social a la normativa vigente, aumento de capital y cambio del valor nominal de las acciones y aumento de la garantía de los directores de la sociedad RAIES MADERAS S.A., quedando los siguientes artículos redactados de la siguiente manera:
ARTÍCULO IV: La sociedad se dedicará por cuenta propia y de terceros, y/o asociada a terceros, a las siguientes actividades:
a) Transformación de madera en muebles, molduras, machimbre y tirantes.
b) Compra, venta, permuta, arrendamiento, loteo, subdivisión, construcción en inmuebles propios. Locación y administración de inmuebles propios, sean urbanos o rurales.
La sociedad no realizará actividades de las previstas en el inciso 4 del artículo 299 de la Ley 19.550.-
A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por leyes o por este estatuto.
ARTÍCULO V: El capital social es de pesos treinta y ocho millones ($38.000.000), divididos en Trescientas ochenta mil acciones (380.000) acciones de un valor nominal de pesos cien ($100) cada una. Podrán extenderse títulos representativos de más de una acción.
ARTÍCULO XII: La administración de la sociedad está a cargo de un Directorio compuesto del número que fije la asamblea entre un mínimo de uno y un máximo de cinco directores, quienes durarán en sus funciones tres (3) ejercicios, siendo reelegibles indefinidamente. La asamblea debe designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo, con el fin de llenar las vacantes que se produjeran en el orden de la elección. Los directores en su primera reunión, deben designar un Presidente y un Vicepresidente, el que reemplazará al primero en caso de ser más de uno. El vicepresidente reemplazará al Presidente en caso de ausencia o impedimento. En garantía de sus funciones los directores depositarán en la Caja social la suma de VEINTE MIL ($20.000), o su equivalente en títulos valores oficiales, cada uno de ellos. El directorio funciona con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve con la mayoría de votos presentes; en caso de igualdad el presidente o su reemplazante tendrá voto de desempate. La asamblea fija la remuneración del Directorio.
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CASEL S.A.
MODIFICACION DE CONTRATO
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo civil y Comercial, Primera Nominación, a cargo del Registro Público, se hace saber que en los autos caratulados: CASEL S.A. S/ MODIFICACION AL CONTRATO SOCIAL Expte. Nº 1177/2020 y su acumulado Expte. Nº1179/2020, se ha ordenado la siguiente publicación:
INSTRUMENTOS: Acta de Directorio de fecha 02 de mayo de 2020, Acta de Asambleas de fechas 28 de mayo y 28 de junio de 2020
DOMICILIO SOCIAL: Güemes 696, San Carlos Sud, Santa Fe
ARTÍCULO PRIMERO: La sociedad se denomina CASEL S.A. como continuadora por reconducción social de CASEL S.A, .y tiene su domicilio legal en la localidad de San Carlos Sur, departamento Las Colonias, provincia de Santa Fe. Por decisión de los socios se pueden establecer sucursales, agencias, delegaciones, representaciones, o cualquier otra clase de filiales o locales en cualquier parte del país o del exterior.
ARTÍCULO SEGUNDO: Su duración será de noventa y nueve años, contados a partir de la inscripción en el Registro Público de la presente reconducción. Este plazo podrá ser prorrogado con el voto unánime de los socios.
ARTÍCULO CUARTO: El capital social es de pesos CIENTO VEINTE MIL ($120.000) representado en un mil (1.000) ACCIONES de CIENTO VEINTE PESOS ($120,-) valor nominal de cada una. El capital puede ser aumentado por decisión de la Asamblea ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, pudiendo delegar en el Directorio la época de la emisión, forma y condiciones de pago, conforme lo dispone el artículo 188 de la Ley 19.550.
ARTÍCULO NOVENO: Los Directores deben prestar la siguiente garantía: depositar cada uno en la Sociedad la suma de pesos diez mil ($ 10.000).
ARTÍCULO DECIMO PRIMERO: El Directorio tiene todas las facultades para administrar y disponer de los bienes, incluso aquellas para las cuales la ley requiere poderes especiales conforme al artículo 375 del Código Civil y Comercial Ley 26.994, y artículo 9 del Decreto 5965/63. Pueden en consecuencia, celebrar en nombre de la Sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimento del objeto social; entre ellos operar con Bancos extranjeros, nacionales, provinciales, públicos y/o privados; otorgar a una o más personas poderes judiciales, inclusive para querellar criminalmente o extrajudiciales con el objeto y extensión que juzgue conveniente. La representación legal de la Sociedad corresponde al Presidente del Directorio.
Designación del nuevo directorio para el periodo 2020-2023, o hasta que una nueva asamblea designe nuevo directorio, conformado de la siguiente forma:
PRESIDENTE: GAMINARA RICARDO, CUIT 20-13762483-5, nacido el día 05 de julio de 1963, argentino, estado civil casado, ocupación comerciante, domicilio Sarmiento 1478, San Carlos Centro, Santa Fe.
DIRECTOR SUPLENTE: GAMINARA ALBERTO, CUIT 20-12698456-2, nacido el día 19 de diciembre de 1958, argentino, estado civil casado, ocupación medico, domicilio Juan M. Lheritier 209, San Carlos Centro, Santa Fe.
Lo que se publica a sus efectos y por el término de Ley.
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SIMIENTE S.A.
DESIGNACION DE AUTORIDADES
Por estar asi dispuesto en autos caratulados SIMIENTE.A.S/ DESIGNACION DE AUTORIDADES –EXCLUSIVAMENTE- Expte. N° 1373 se hace saber a fin de su inscripción que en fecha 13 de agosto de 2020 en asamblea General Extraordinaria Unánime se ha ratificado el directorio en funciones el cual está formado de la siguiente manera: Presidente: MAURO FABRICIO BUDACI, D.N.I. 27.055.436, argentino, divorciado , CUIT N° 23-27055436-9, Ingeniero Agrónomo, nacido el 06/11/1978, con domicilio en Avda. Libertad 396 12-2. Rosario, Pcia. De Santa Fe y Director Suplente: ARIEL PABLO LAVATELLI, D.N.I. 25.329.277, argentino, casado, CUIT. N° 20-25329277-7, de profesión Ingeniero Agrónomo, nacido el 24/08/1976 con domicilio en calle Corrientes 730 de la ciudad de Las Rosas, Dto. Belgrano, Pcia. De Santa Fe
SANTA FE, 26 de octubre de 2020
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PLASTICART S.R.L.
CONTRATO
Por estar así dispuesto en autos caratulados PLASTICART S.R.L. S/ CONTRATO (Expte. nº 1406 Año 2020) que se tramitan ante el Registro Público de la ciudad de Santa Fe, se hace saber : 1.-SOCIOS: GARCIA OSVALDO JAVIER, DNI 29.053.531, CUIT. N° 20-29053531-0 de nacionalidad argentino, soltero, de apellido materno Baez, nacido el 29 de agosto de 1981, comerciante, con domicilio en Puesto del Marquez 845 –San Pedrito-San Salvador de Jujuy-Dr. Manuel Belgrano Jujuy quien lo hace mediante poder especial Nº 82 con fecha 06 de Octubre de 2020 y CIARDOLA HORACIO ALEJANDRO, DNI 33.010.905 , CUIT. N° 20-33010905-0, de nacionalidad argentino, soltero, de apellido materno Frontera; nacido el 21 de agosto de 1987, comerciante, con domicilio en calle Alfonsina Storni 1940 de la ciudad de San Jorge, Dto. San Martin, Pcia. De Santa Fe. 2,- LUGAR Y FECHA DEL INSTRUMENTO: San Jorge, 14/10/2020. 3,- DENOMINACION . PLASTICART S.R.L. 4,-DURACION: 30 años contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público 5,-OBJETO. 1.- INDUSTRIALES: fabricación, producción, elaboración, transformación y procesamiento de todo tipo de productos y artículos de polipropileno con o sin impresión, con adhesivo replegable o permanente con solapa y/ o fuelle tanto para la industria como para el comercio y polietileno de alta o baja densidad impresas con o sin manija para los comercios, fabricación de film con o sin aditivo biodegradable. Fabricación de bolsas ecológicas con material reciclable o no. Fabricación y/o impresión de cintas autoadhesivas. Fabricación de cartón y/o cajas de cartón corrugado y de todos los productos derivados del mismo.2.- COMERCIALIZACION: Compra-venta de los productos industrializados, como así también envases flexibles descartables y todo otro tipo de mercaderías, envases y afines para packaging relacionados con la industria del plástico y el cartón.3.- IMPORTACION Y EXPORTACION. 6,- CAPITAL. El capital social es de DOSCIENTOS MIL PESOS ($ 200.000) dividido en VEINTE MIL (20000) cuotas de DIEZ PESOS ($ 10) valor nominal cada una, suscripto e integrado por los socios como sigue: GARCIA OSVALDO JAVIER, 10000 cuotas de $10 valor nominal cada una o sea la suma de $ 100.000 y CIARDOLA HORACIO ALEJANDRO,10000 cuotas de $ 10 valor nominal cada una o sea la suma de $ 100.000.integrado en efectivo y en este acto el 25%. Los socios se obligan a completar la integración total de sus suscripciones en un plazo no mayor de 2 años de la inscripción del contrato. 7.-AMINISTRACION: La administración y representación está a cargo de uno de los socios en calidad de Gerente permanente e irrevocable, el cual no podrá ser removido salvo justa causa. Se designa gerente a CIARDOLA HORACIO ALEJANDRO. 8.- FISCALIZACION. A cargo de los socios. 9. FECHA CIERRE EJERCICIO. 31 de marzo de cada año.10 -SEDE SOCIAL. Sargento Cabral Nº 962 de la Ciudad de San Jorge, Dto. San Martin, Pcia. de Santa Fe.
SANTA FE, 28 de octubre de 2020
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