picture_as_pdf 2020-11-05

DECRETO N° 1214


SANTA FE, "Cuna de la Constitución Nacional",

29 de Octubre de 2020;


VISTO:

El Expediente N° 02101-0023322-6 del registro del Sistema de Información de Expedientes, y;


CONSIDERANDO:

Que la provincia de Santa Fe como única y precursora en nuestro país cuenta con la Ley de Movilidad Sustentable registrada bajo el Nº 13.857;

Que por esta Ley tiene por objeto ...promover el desarrollo de una política de movilidad sustentable que propenda a facilitar la accesibilidad y transitabilidad urbana e interurbana con el menor perjuicio ambiental y social posible;

Que en virtud del Objeto mencionado de tal norma, y las facultades delegadas a este Ministerio de Ambiente y Cambio Climático por la Ley N° 13.920, específicamente en el Artículo 21º, inc. 1, 2 y 5, todo en conjunción con el Artículo 7º de dicha ley se entiende que esta jurisdicción es la autoridad de aplicación de Ley N° 13.857;

Que actualmente asistimos a una emergencia climática a nivel global, que exige establecer hábitos de menor consumo y mayor eficiencia;

Que reconocemos al Cambio Climático como uno de los mayores retos globales para la humanidad, sus consecuencias ya son evidentes, con Impactos severos en los ecosistemas del mundo que sostienen los sistemas humanos, resultando necesario actuar de inmediato para limitar el incremento promedio de la temperatura global muy por debajo de los 2°C y aunar incluso esfuerzos para mantener la variación por debajo de los 1.5°C. Lograrlo requiere reducir a la mitad las emisiones netas de gases de efecto invernadero para el año 2030;

Que el transporte se ha convertido en el sector con mayor crecimiento en términos de emisiones mundiales, aportando cerca de una cuarta parte de los Gases de Efecto Invernadero. (GEI) relacionados con la energía. En el caso de Latinoamérica, las emisiones de este sector crecieron en un 46% del año 2000 al 2017, llegando a un total de 578 millones de toneladas de CO2. En la Argentina, el sector fue responsable de la emisión de 54,2 millones de toneladas de dióxido de carbono equivalente (MtCO,2eq) en 2014, lo que representa aproximadamente el 15% de la emisión total de GEI de ese año;

Que en este contexto las ciudades se toman como el eje de las acciones de mitigación puesto allí se genera la mayor parte de las emisiones de gases de efecto invernadero y donde se viven más drásticamente los impactos del cambio climático;

Que en este marco, desde la Subsecretaría de Cambio Climático del Ministerio de Ambiente y Cambio Climático se propone la creación de la "Semana de la Movilidad Urbana Sustentable en Santa Fe", como acción concreta de mitigación contra el cambio climático. Esta idea surge de la convicción que es necesario promover políticas ambientales que prioricen modos de movilidad menos contaminantes y con menor coste energético, baja en emisiones y fundamentalmente motivar a las personas de todo el territorio provincial la posibilidad de mejorar su calidad de vida, a través de espacios seguros, limpios y saludables;

Que esta "Semana de la Movilidad Urbana Sustentable en Santa Fe" se realizara desde el día 16 al 22 de Septiembre de cada año, y comprenderá una diversidad de actividades que promocionara e impulsaran el desarrollo acciones concretas tendientes a promover la movilidad, sustentable en el territorio provincial;

Que esta semana en particular cobrara relevancia porque implica garantizar el denominado derecho a la ciudad de las infancias, el cual busca brindar entre otros aspectos: a los niños y niñas la posibilidad de crecer en lugares aptos para su desarrollo, puesto que una ciudad segura para niños y niñas es una ciudad segura para todas las personas; contemplar las necesidades de los adultos mayores en el uso de la ciudad; planificar y diseñar de manera tal que nadie, por alguna condición física, se sienta excluido o excluida, sin necesidad hablar de diseño inclusivo cuando se diseña pensando en todas las personas y cada una;

Que vale mencionar que la misma se diseñara contemplando el derecho a la movilidad desde la óptica de la perspectiva de género;

Que la Sra. Ministra de Ambiente y Cambio Climático ha prestado su conformidad e impulsado la presente gestión;

Que ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Despacho del Ministerio de Ambiente y Cambio Climático de la provincia de Santa Fe;

Que el presente acto se dicta en uso de las atribuciones conferidas al Poder Ejecutivo en base a lo dispuesto por el Artículo 72 de la Constitución de la Provincia de Santa Fe;


POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:


ARTICULO 1º Desígnase al Ministerio de Ambiente y Cambio Climático como la autoridad de aplicación de la Ley N° 13.857.

ARTICULO 2º Créase la "Semana de la Movilidad Urbana Sustentable en Santa Fe", que tendrá por objeto una diversidad de actividades que promocionarán e impulsarán el desarrollo de acciones concretas tendientes a promover la movilidad sustentable en el territorio provincial. Esta semana se realizará desde el día 16 al 22 de Septiembre de cada año.

ARTICULO 3° Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

PEROTTI

ERIKA MARIA DE LUJAN GOMEZ

31887

__________________________________________