RECONQUISTA
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Sr. Juez, Dr. José M. Zarza del Juzgado de 1º Instancia en lo Civil y Comercial del Distrito Nº 4, 1ª Nominación de Reconquista (Santa Fe), se hace saber que en los autos: LORENZON VALERIA ANGELICA s/concurso preventivo. CUIJ N° 21-25024638-9, que se tramitan por ante el Juzgado mencionado, se ha dispuesto lo siguiente: Reconquista, 24 de Agosto de 2020. Autos y vistos: Estos caratulados: Lorenzon Valeria Angélica s/concurso preventivo CUIJ Nº 21-25024638-9, que se tramitan ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 4, en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación, de esta ciudad de Reconquista, de los que: Resulta:… Considerando… Resuelvo: 1º) Declarar abierto el concurso preventivo de Valeria Angélica Lorenzon, argentina, soltera, empleada del Ministerio de Salud (le la Provincia de Santa Fe, de apellido materno Acevedo, DNI Nº 24.194.913, CUIJ Nº 27-24194913-9, con domicilio real en Pasaje 48/50 Nº 1950 de Reconquista(SF), y con domicilio legal en calle Roca Nº 2015 de Reconquista (SF). 2°) Fijar el día 09 de septiembre de 2020 a las 08:00 horas para que tenga lugar el sorteo de Síndico, por ante la Oficina de Sorteos de Peritos, Martilleros y Síndicos de estos Tribunales (Circular N° 123/2017), notifíquese al Consejo de Ciencias Económicas. 3°) Fijar el día 15 de diciembre de 2020, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar pedidos de verificación al Síndico. 4°) Publíquense edictos en la forma prescripta en los arts. 27 y 28 de la Ley de Concursos y Quiebras en el BOLETÍN OFICIAL y diario Edición 4 de esta ciudad, una vez efectuada la designación del Síndico. 5°) Fijase el 16 de febrero de 2021, como fecha hasta la cual el Síndico hade poder presentar los informes individuales, y el 16 de marzo de 2021, para la presentación del informe general, y fijase para el 18 de marzo de 2021 la audiencia informativa (art. 45 párrafo 5º Ley 24522) audiencia que se ha de celebrar en este Juzgado a las 11:00 horas. 6°) Ofíciese al Registro de Procesos Universales los fines de la inscripción de la apertura del concurso y asimismo para que informe la existencia de procesos universales correspondientes al concursado. 7º) Ordenar se comunique la apertura de este concurso a la Policía Federal, a la Administración Provincial de Impuestos, a los fines del art. 23 del Cód. Fiscal. 8°) Ordenar la inhibición general de la concursada para disponer y gravar bienes registrables, a sus efectos ofíciese al Registro General de la Provincia de Santa Fe y al Registro Nacional de la Propiedad del Automotor. 9°) Requerir de los Jueces ante quienes se tramitan juicios de contenido patrimonial contra la concursada, con las excepciones legales, su remisión a este Juzgado, y declarar que en virtud de lo preceptuado en el art. 21 de la Ley 24522 la suspensión del trámite de los juicios de contenido patrimonial contra el concursado por causa o título anterior a su presentación. 10°) Intimar al deudor para que deposite dentro de los tres días de notificada la resolución la suma de Pesos cuatro mil ($ 4.000), para gastos de correspondencia. 11º) Ofíciese a las entidades bancarias donde tenga cuenta corriente la deudora a los fines de que se abstengan de pagar cheques librados por ésta antes de la presentación del concurso. Insértese el original, agréguese copia y hágase saber. Fdo. Dr. José M. Zarza, Juez; Dr. Juan Manuel Astesiano, secretario. Otro decreto. Reconquista, 10 de Septiembre de 2020.Por recibida Acta de Sorteo, agréguese. Desígnase al C.P.N. García Ernesto Norberto, domiciliado en calle Alvear N° 832 de Reconquista, para actuar en la presente causa como Síndico. Comparezca el mismo a aceptar y/o excusarse, dentro del término y con las formalidades de ley. Requiérase que al momento de su comparendo, denuncie dirección de correo electrónico. Notifíquese. Fdo. Dr. José M. Zarza, Juez; Dr. Juan Manuel Astesiano, secretario.
$ 750 428443 Oct. 26 Oct. 30
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