picture_as_pdf 2020-10-13

REGISTRADA BAJO EL Nº 13993


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY

ARTÍCULO 1- Prorróganse por un año las designaciones de jueces subrogantes que hubiese realizado el Poder Ejecutivo conforme lo dispuesto par el artículo 217 de la ley Nº 10160 a la fecha de la presente ley. Sin perjuicio de ello, el subrogante cesará en el cargo en caso de reintegrarse el subrogado o de asumir un nuevo titular designado para el cargo.

ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo,*

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE


Ing. MIGUEL LIFSCHITZ

PRESIDENTE

CÁMARA DE DIPUTADOS

Dra. ALEJANDRA S. RODENAS

PRESIDENTA

CÁMARA DE SENADORES

Lic. GUSTAVO PUCCINI

SECRETARIO PARLAMENTARIO

CÁMARA DE DIPUTADOS

Dr. RAFAEL E. GUTIÉRREZ

SECRETARIO LEGISLATIVO

CÁMARA DE SENADORES



DECRETO Nº 1044

SANTA FE, "Cuna de la Constitución Nacional"

07 OCT 2020


VISTO:

La aprobación de la Ley que antecede N° 13.993 efectuada por la H. Legislatura;


EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.

PEROTTI

Se. Estebán Raúl Borgonovo

31721


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