picture_as_pdf 2020-08-28

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por estar así dispuesto en los autos caratulados VARALDO, JESICA MARIEL s/Solicitud propia quiebra, Expte. CUIJ N° 21-02008018-0, que se tramita por ante el Juzgado Civil y Comercial de la 9na. Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que por Resolución de fecha 15/03/2019, se ha declarado la quiebra de Jesica Mariel Varaldo, domiciliada en calle 9 de Julio 1462, Piso 4, Dpto. 2 A de esta ciudad de Santa Fe, habiéndose dispuesto hasta el día 18/09/2020 para que los acreedores presenten sus pedidos de verificación al Síndico designado en autos, la CPN María Cecilia Arietti, domiciliada en calle San Jerónimo 1661 de la ciudad de Santa Fe, siendo el horario de atención de 8.00 a 14.00 hs. Notifíquese. Firmado: Dr. Tosolini, Secretario.

S/C 423617 Ag. 28 Set. 3

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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación con asiento en la ciudad de Santa Fe, de conformidad a lo previsto en el art. 597 del C.P.C.yC., de la Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados ELLISON, ARIEL OSCAR c/ZOCCOLA, DELPIDIO AGUSTÍN s/Daños y perjuicios; (CUIJ N° 21-01964844-0), se ha dispuesto publicar el Siguiente decreto Santa Fe, 24 de Junio de 2020. Atento a las Constancias de autos (fs. 205), a lo solicitado no ha lugar. Haciendo efectivos los apercibimientos de ley oportunamente ordenados, declárese rebelde al heredero del demandado Delpidio Agustín Zoccola. Notifíquese en el domicilio real y a tales fines publíquense edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y Hall de Tribunales. Notifíquese. Fdo. Dr. Lucio Alfredo Palacios juez; Dra. María Nazaret Canale, secretaria.

$ 33 423577 Ag. 28 Set. 1

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Por disposición de la Jueza de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados PEREZ, MARIA LUJAN s/Solicitud propia quiebra; (Expte. N° 21-02019880-7 año 2020) se ha resuelto lo siguiente: Santa Fe, 10 de Agosto de 2020. Vistos:..., Considerando:... Resuelvo: 1) Declarar, a su propio pedido, la quiebra de María Lujan Perez, DNI 30.163.802, argentina, mayor de edad, soltera, empleada, domiciliada realmente en calle Frutos Nro 3333 de la ciudad de Santo Tomé y legal en Amenabar Nro 3066 Depto 1 de esta ciudad de Santa Fe. 3) Disponer como fecha para que tenga lugar el sorteo de un Contador Público Nacional que actuará como Síndico el día 12 de Agosto de 2020 a las 10:00 horas. 5) Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de ser éstos ineficaces. 10) Fijar el día 17 de Septiembre de 2020 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. 11) Fijar el día 6 de Noviembre de 2020 como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el informe individual de los créditos y el 28 de Diciembre de 2020 para que presente el informe general. 13) Disponer la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL, dentro de las veinticuatro horas y en la forma prevista por el art. 89 de la Ley 24.522, computándose el plazo que tiene la deudora para ello desde el día de notificación posterior a la aceptación del cargo por el Síndico, dado que los edictos deberán contener su nombre y domicilio. Fdo. Ana Rosa Alvarez, Jueza; Walter E. Hrycuk, Secretario. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y de acuerdo a la Ley 11827, en el lugar habilitado por la CSR en el Palacio de Tribunales. Santa Fe, 11 de Agosto de 2020. Dr. Walter E. Hrycuk, Secretario.

S/C 423585 Ag. 28 Set. 3

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Por disposición de la Jueza de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados OSTI NAIARA s/Pedido de quiebra; (21-02019666-9), se ha resuelto lo siguiente: Santa Fe, 10 de Agosto de 2020: 1) Declarar, a su propio pedido, la quiebra de Naiara Osti, DNI 36.750,303, argentina, mayor de edad, empleada, domiciliado realmente en Juan B. Justo N° 2655, Laguna Paiva, Prov. de Santa Fe y legal en calle Juan de Garay 2448 de esta ciudad de Santa Fe. 3) Disponer como fecha para tenga lugar el sorteo de un Contador Público Nacional que actuará como Síndico el día miércoles 12 de Agosto de 2020 a las 10 horas. 5) Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de ser éstos ineficaces. 10) Fijar el día 29 de Septiembre de 2020 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. 11) Fijar el día 11 de Noviembre 2020 como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el informe individual de los créditos y el 23 de Diciembre de 2020 para que presente el informe general. 13) Disponer la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL, dentro de las veinticuatro horas y en la forma prevista por el art. 89 de la Ley 24.522, computándose el plazo que tiene la deudora para ello desde el día de notificación posterior a la aceptación del cargo por el Síndico, dado que los edictos deberán contener su nombre y domicilio. Fdo. Dra. Ana Rosa Alvarez, Jueza. Walter E. Hrycuk, Secretario. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y de acuerdo a la Ley 11827, en el lugar habilitado por la CSJP en el Palacio de Tribunales. Santa Fe, 10 de Agosto de 2020. Dr. Walter E. Hrycuk, Secretario.

S/C 423584 Ag. 28 Set. 3

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Por disposición de la Jueza de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados PAGLIARICCI, JOSE ALBERTO s/Concurso; CUIJ 21-02018939-5, se ha resuelto lo siguiente: Santa Fe, 10 de Agosto de 2020. Declarar abierto el concurso preventivo de José Alberto Pagliaricci, DNI N° 18.495.016, argentino, casado, prestados de servicio agropecuarios, con domicilio en calle Paraná 280 de la localidad de Bernardo de Irigoyen, provincia de Santa Fe, y con domicilio ad litem constituido en calle Juan de Garay 3836 de esta ciudad y provincia de Santa Fe. 2.- Señalar el día 12/08/2020 a las 10 hs. para que tenga lugar el sorteo de un Síndico a los fines de desempeñar las tareas de la Sindicatura, debiendo efectuarse las comunicaciones correspondientes. 3.- Fijar hasta el día 28/09/20 inclusive o el día hábil inmediato posterior si resultare feriado para que los acreedores presenten sus pedidos de verificación de créditos y los títulos pertinentes a la Sindicatura. 4.- Señalar el 09/11/20 como fecha para que la Sindicatura presente su Informe Individual; el 21/12/20 o el día hábil inmediato siguiente como fecha para que la Sindicatura presente el informe general. 5.- Señalar como fecha para que tenga lugar la audiencia informativa que prevé el inciso 10 del artículo 14, el día 01/07/21; a las 9:00 hs. o el día hábil inmediato siguiente a la misma hora si aquel resultare feriado a los fines previstos por el artículo 45. 10.- Hacer saber a la concursada que deberá publicar los edictos previstos en el artículo 27 y 28 de la Ley 24.522 en el término de ley, y que el plazo que tiene la deudora para su cumplimiento se computa desde el día de notificación posterior a la aceptación del cargo por la Sindicatura dado que los edictos deberán contener su nombre, domicilio y horarios de atención. Todo ello bajo apercibimiento del art. 30 de la LCQ. Fdo. Ana Rosa Alvarez, Jueza; Walter Hrycuk, Secretario. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y de acuerdo a la Ley 11827, en el lugar habilitado por la CSJP en el Palacio de Tribunales. Santa Fe, 10 de Agosto de 2020. Dr. Walter E. Hrycuk, Secretario.

S/C 423583 Ag. 28 Set. 3

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados MOJETTA EMILIO JULIAN s/Quiebra; (CUIJ N° 21-02004035-9) se ha ordenado la publicación del presente a efectos de poner en conocimiento de los interesados que en los autos de referencia la Sindicatura ha presentado el informe final y proyecto de distribución de conformidad con lo dispuesto por el art. 218 de la L.C.Q. y se han regulado honorarios a los funcionarios y profesionales intervinientes en la suma de $ 140.152,56, correspondiendo la suma de $ 98.106,79, a la C.P.N. Nancy Cristina Ortiz y la suma de $ 42.045,77, al Dr. Gastón Nicolás Redondo. Deberán publicarse edictos por el plazo de dos días (art. 218 L.C.Q.). Santa Fe, 8 de Julio de 2020. Dra. Viviana Naveda Marcó, secretaria.

S/C 423788 Ag. 28 Ag. 31

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Por disposición del señor Juez del Tribunal de Primera Instancia de Distrito de la Tercera Nominación en lo Civil y Comercial de la ciudad de Santa Fe en los autos caratulados: SANCHEZ DANIEL OMAR s/Quiebra; (CUIJ 21-02003979-2), se hace saber que el Sr. Síndico ha presentado el informe final y proyecto de distribución previstos en el art. 218 de la Ley 24.522 y se han regulado los honorarios profesionales, lo que se publica a sus efectos legales. Santa Fe, de Julio de 2020. Y Vistos:...; y Considerando:...; Resuelvo: 1) Regular los honorarios del C.P.N. Roberto Eduardo Mangini en la suma de $ 98.106,80. 2) Regular los honorarios del Dr. Nicolas Rubens Tartufoli en la suma de $ 42.045,77. 3) Vista al Consejo de Profesionales en Ciencias Económicas y a la Caja Forense. 4) Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL haciendo saber la presente regulación de honorarios y la presentación del Informe Final y Proyecto de Distribución, conforme la exigencia del art. 218 de la Ley Concursal (...) Insértese, agréguese copia y hágase saber. Fdo. Dra. Viviana Naveda Marcó (Secretaria); Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena (Jueza).

S/C 423456 Ag. 28 Ag. 31

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la 4ª Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: CAMINOS, GRACIELA INÉS s/Quiebra; (CUIJ 21-02019519-0); Que el Síndico Actuante en este Proceso es el C.P.N. Roberto Eduardo Mangini, quien atenderá la verificación de los créditos hasta el día 02 de Septiembre del año 2.020 en su domicilio procesal de Talcahuano 7675 de Santa Fe los días hábiles de 16 a 20 hs. Firmado: Dra: María Alfonsina Pacor Alonso: Secretaria; Dr. Claudio Alejandro Bermúdez, Juez. Publicación en BOLETIN OFICIAL, 5 días: Art. 89 Ley 24.522.

S/C 423455 Ag. 28 Set. 3

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación, Dra. Viviana Marín Secretaría a cargo de la Dra. Romina Botto, se ha dispuesto publicar el siguiente edicto en los autos: BORTOLI, RUBEN DARIO s/Quiebra; (CUIJ N° 21-01986797-5), haciendo saber que se ha presentado por la Sindicatura el informe final y proyecto de distribución que prescribe el art. 218 de la Ley Concursal. Asimismo se deja constancia que se han regulado los honorarios profesionales del Síndico CPN Raúl R. Tallano en la suma de $ 47.921,03, y del Dr. Jorge Ariel Morel en la suma de $ 20.537,58. Santa Fe, 16 de Julio de 2020. Dra. Ma. Romina Botto, secretaria.

S/C 423430 Ag. 28 Set. 3

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Por encontrarse dispuesto en los autos caratulados: PEDRONI, ALEJANDRA PATRICIA s/Pedido de quiebra, CUIJ 21-01983918-1 que se tramita por ante Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe a cargo de la Sra. Jueza Dra. Viviana E. Marín y Secretaria Dra. Ma. Romina Botto, se hace saber a usted por 02 (Dos) días publicándose en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe, que se ha presentado el Informe Final y Proyecto de Distribución de Fondos, de acuerdo a lo establecido en el Art. 218 de la ley 24.522. Asimismo que se han regulados los honorarios para el C.P.N. Jose Ernesto Pedro (Síndico), en la suma de $ 98.106,80 con mas aportes de Ley (10%) y del Dr. Norberto F. J. Berlanga (apoderado de la fallida) por la suma de $ 42.045,77, con mas aportes de Ley (13%). Se trascribe la parte del decreto que así lo ordena: Santa Fe, 26 de Junio de 2020. Agréguese el informe de saldo bancario actualizado. Habiéndose cumplimentado con el proveído de fecha 22/06/2020, póngase de manifiesto por el término de ley el proyecto de distribución efectuado por Sindicatura. Atento a lo provisto por el art. 218 LCQ, publíquense edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y Hall de Tribunales. Notifíquese. Fdo: Dra. Vivian E. Marín, Jueza; Dra. Ma. Romina Botto, Secretaria.

S/C 423468 Ag. 28 Ag. 31

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados LUNA, LUIS ALEJANDRO s/Solicitud propia quiebra; CUIJ 21-02002424-8, se ha presentado el Proyecto de Distribución e Informe Final y se han regulado los honorarios a los profesionales intervinientes. La providencia que así lo dispone expresa: Santa Fe, 07 de Febrero de 2019; Y Vistos:... Considerando:... Resuelvo: Fijar los honorarios totales en la suma de $ 140.152,57, equivalente a un sueldo de Secretario de primera instancia, a distribuir en la siguiente proporción: 1º) $ 98.106,80 (pesos noventa y ocho mil ciento seis con ochenta centavos) para el CPN Fernando M. Altare y 2°) $ 42.045,77 (pesos cuarenta y dos mil cuarenta y cinco con setenta y siete centavos) (10,4288460 Jus), para la Dra. Strina Silvina. Expídase copia, insértese y hágase saber. Fdo.: Dr. Iván Gustavo Di Chiazza (Juez) - Dra. Mariana Nelli (Secretaria). Otro decreto dice: Santa Fe, 30 de Julio de 2020. Por presentado informe final y proyecto de distribución. De manifiesto por el término de ley. Publíquense edictos de conformidad con lo dispuesto por el art. 218 de la LCQ. Notifíquese. Fdo.: Dr. Iván Gustavo Di Chiazza (Juez) – Dra. María José Lusardi (Prosecretaria). Santa Fe, 4 de Agosto de 2020.

S/C 423545 Ag. 28 Ag. 31

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados YOSEN EXEQUIEL ANDRES s/Quiebra; C.U.I.J. 21-01998407-6, se ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 8 de Junlio de 2020; Resuelvo: 1) Regular los honorarios de la C.P.N. María Lucia Adur en la suma de $ 98.106,80. 2) Regular los honorarios de la Dra. Crespo Magali Soledad en la suma de $ 37.610,93; y regular los honorarios de la Dra. Jesica Anahi Sola en la suma de $ 4434,84. 3) Vista al Consejo de Profesionales en Ciencias Económicas y a la Caja Forense. 4) Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL haciendo saber la presente regulación de honorarios y la presentación del Informe Final y Proyecto de Distribución, conforme la exigencia del art. 218 de la Ley Concursal. A los fines de hacer efectiva la vista a Caja Forense ordenada se pone a disposición de las partes la clave de acceso de terceros de las presentes actuaciones: 3092. Fdo. Dra. Beatriz Forno – Jueza; Dra. Viviana Naveda Marcó, Secretaria. Santa Fe, 23 de Julio de 2020.

S/C 423530 Ag. 28 Ag. 31

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados RUIZ JONATHAN MAXIMILIANO – s/Quiebra; Expediente CUIJ N° 21-02001184-7, se ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 8 de Julio de 2020. Resuelvo: 1) Regular los honorarios de la C.P.N. María Lucia Adur en la suma de $ 98.106,80. 2) Regular los honorarios del Dr. Walter Pedro Danelone en la suma de $ 42.045,77. 3) Vista al Consejo de Profesionales en Ciencias Económicas y a la Caja Forense. 4) Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL haciendo saber la presente regulación de honorarios y la presentación del Informe Final y Proyecto de Distribución, conforme la exigencia del art. 218 de la Ley Concursal. A los fines de hacer efectivas las vistas ordenadas se pone a disposición de las partes la clave de acceso de terceros de las presentes actuaciones: 1009. Fdo. Dra. Beatriz Forno, Jueza; Dra. Viviana Naveda Marcó, Secretaria. Santa Fe, 24 de Julio de 2020.

S/C 423531 Ag. 28 Ag. 31

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil Comercial de la Tercera Nominación de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados RAMIREZ, RUPERTO JOSE s/Quiebra; Expte. N° CUIJ 21-01985156-4 se ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 15 de Julio de 2020: Resuelvo: 1) Regular los honorarios de la C.P.N. Maria Lucia Adur en la suma de $ 98.106,79. 2) Regular los honorarios de la Dra. Pignata Victoria en la suma de $ 42.045,77. 3) Vista al Consejo de Profesionales en Ciencias Económicas y a la Caja Forense. A cuyo fin se hace,saber que la clave de terceros es 3433. 4) Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL haciendo saber la presente regulación de honorarios y la presentación del Informe Final y Proyecto de Distribución, conforme la exigencia del art. 218 de la Ley Concursal. Fdo. Dra. Beatriz Forno Jueza; Dra. Viviana Naveda Marcó, Secretaria. Santa Fe, 5 de Agosto de 2020.

S/C 423532 Ag. 28 Ag. 31

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados COFFI, NILDA MARGARITA s/Quiebra; CUIJ 21-01995782-6, se ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 01 de Julio de 2019: Resuelvo: 1) Regular los honorarios de la CPN Maria Lucia Adur en la suma de $ 98.106,79. 2) Regular los honorarios de la Dra. Sejas Silvia Patricia en la suma de $ 42.045,77. 3) Vista al Consejo de Profesionales en Ciencias Económicas y a la Caja Forense. 4) Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL haciendo saber la presente regulación de honorarios y la presentación del Informe Final y Proyecto de Distribución, conforme la exigencia del art. 218 de la Ley Concursal. Santa Fe, 28 de Julio de 2020 Ampliando el decreto que antecede y proveyendo escrito cargo 3736/2020: De manifiesto el proyecto de distribución de fondos readecuado por el término de ley. Públiquense edictos de conformidad con lo dispuesto por el art. 218 de la LCQ. Notifíquese. Fdo. Dra. Beatriz Forno, Jueza; Dra. Viviana Naveda Marcó, Secretaria. Santa Fe, 5 de Agosto de 2020.

S/C 423533 Ag. 28 Ag. 31

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado en lo Civil y Comercial y de la Octava Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados CHANTIRI, CRISTIAN ADRIÁN s/Quiebra; 21-01965306-1, se ha dispuesto publicar el presente a fin de hacer saber que se han regulados honorarios al CPN Carlos Alberto Sara en la suma de $ 41.490,06 y al Dr. Fernando Enrique Berlanga en la suma de $ 17.781,46 y se ha presentado informe y proyecto de distribución de fondos, el cual será aprobado si no se formula oposición dentro del plazo de diez días a que se refiere el art. 218 de la Ley 24.522. Publíquense edictos por el término de ley. Fdo Dr. Ivan Gustavo Di Chiazza Juez; Dra. María José Lusardi, Prosecretaria. Santa Fe, 7 de Agosto de 2020.

S/C 423535 Ag. 28 Ag. 31

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El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 9ª Nominación de esta ciudad de Santa Fe, hace saber que en los autos RAFFALDI, DAIANA MARILIN s/Quiebra; CUIJ 21-02018360-5, con fecha 12 de Mayo de 2020 se ha declarado la quiebra de Daiana Marilin Raffaldi, argentina, mayor de edad, empleada, DNI 34.591.442, con domicilio real en calle Florencio Sánchez 2241 de la localidad de Laguna Paiva, Provincia de Santa Fe y que por resolución del 31 de Julio de 2020 se han establecido las siguientes fechas: 1) 02 de Octubre de 2020: fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar sus pedidos de verificación al síndico; 2) 04 de Noviembre de 2020: Presentación de informes individuales por la Sindicatura; 03 de Febrero de 2021: Presentación del informe general (art. 39 LCyQ). Asimismo, se hace saber que el síndico designado CPN Alejandro R. Monti ha constituido domicilio en calle Uruguay 3150 de esta ciudad, donde atenderá a los acreedores de martes a jueves, de 16 a 19 horas. Santa Fe, 11 de Agosto de 2020.

S/C 423548 Ag. 28 Set. 3

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El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 9ª Nominación de esta ciudad de Santa Fe, hace saber que en los autos NORIEGA, EVELINA VERONICA s/Concurso preventivo; Expte. CUIJ 21-01973700-1), se han establecido nuevas fechas para los actos procesales a cumplirse en autos: 18 de Agosto de 2020. Presentación de la propuesta de categorización por la concursada; 14 de Septiembre de 2020: presentación del Informe (art. 39 LCyQ); 30 de Marzo de 2021 o el día hábil siguiente si aquel resultare feriado a las 15 horas: audiencia informativa y 7 de Abril de 2021 vencimiento del periodo de exclusividad. Fdo. Lizasoain, Juez; Gómez, Prosecretaria.

S/C 423549 Ag. 28 Set. 3

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación, se hace saber que en los autos MONTENEGRO, ANGEL GABRIEL s/Solicitud propia quiebra; (CUIJ 21-02015790-6), se ha dispuesto: Santa Fe, 7 de Agosto de 2020; Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Angel Gabriel Montenegro, argentino, D.N.I. 34.166.569 apellido materno Gutiérrez, soltero, con domicilio real en calle Santa Cruz 5833 de la ciudad de Santa Fe y legal en calle 25 de Mayo 2126 piso 2°, Depto B de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 11) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales, para el día 02 de Septiembre de 2020 a las 10.00 hs. 13) Fijar el día 29 de Septiembre de 2020 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. 14) Fijar el día 15 de Octubre de 2020 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 15) Señalar el día 12 de Noviembre de 2020 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito acompañando legajos en soporte papel y en archivo PDF para su publicación en el sistema informático; y el día 31 de Diciembre de 2020 para la presentación del Informe General- Sin previo pago (art. 24522). Fdo. Dr. Pablo Cristián Silvestrini; Dr. Carlos F. Marcolín, Juez.

S/C 423569 Ag. 28 Set. 3

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Por disposición de la Jueza de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados OLAVE, JUAN RAMON s/Quiebra; (Expte. N° 21-02019385-6), se ha resuelto lo siguiente: Santa Fe, 10 de Agosto de 2020. 1) Declarar, a su propio pedido, la quiebra de Juan Ramón Olave, DNI 17.556.020, argentino, mayor de edad, empleado, domiciliado realmente en Domingo Figueroa y Alasio sin- La Guardia de la ciudad de Santa Fe y legal en calle Junin 2883 de esta ciudad de Santa Fe. 3) Disponer como fecha para que tenga lugar el sorteo de un Contador Público Nacional que actuará como Síndico el día miércoles 19 de Agosto de 2020 a las 10 horas. 5) Prohibir hacer pagos a la fallida, bajo apercibimientos de ser éstos ineficaces. 10) Fijar el día 28 de Septiembre de 2020 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. 11) Fijar el día 9 de Noviembre de 2020 como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el informe individual de los créditos y el 21 de Diciembre de 2020 para que presente el informe general. 13) Disponer la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL, dentro de las veinticuatro horas y en la forma prevista por el art. 89 de la Ley 24.522, computándose el plazo que tiene la deudora para ello desde el día de notificación posterior a la aceptación del cargo por el Síndico, dado que los edictos deberán contener su nombre y domicilio. Fdo. Ana Rosa Alvarez, Jueza; Walter E. Hrycuk, Secretario. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y de acuerdo a la Ley 11827, en el lugar habilitado por la CSJP en el Palacio de Tribunales. Santa Fe, 10 de Agosto de 2020. Dr. Walter E. Hrycuk, Secretario.

S/C 423581 Ag. 28 Set. 3

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Por disposición de la Jueza de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados SANCHEZ, MARIO RAMON s/Quiebra; (Expte. N° 21-02018582-9), se ha resuelto lo siguiente: Santa Fe, 10 de Agosto de 2020. 1) Declarar, a su propio pedido, la quiebra de Mario Ramón Sanchez, DNI 12.023.337, argentino, mayor de edad, jubilado, domiciliado realmente en Europa 7059 de Santa Fe y legal en calle 1ra. Junta 2507, Piso 3, Oficina 4 de esta ciudad de Santa Fe. 3) Disponer como fecha para que tenga lugar el sorteo de un Contador Público Nacional que actuará como Síndico el día miércoles 19 de Agosto de 2020 a las 10 horas. 5) Prohibir hacer pagos a la fallida, bajo apercibimientos de ser éstos ineficaces. 10) Fijar el día 28 de Septiembre de 2020 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. 11) Fijar el día 9 de Noviembre de 2020 como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el informe individual de los créditos y el 21 de Diciembre de 2020 para que presente el informe general. 13) Disponer la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL, dentro de las veinticuatro horas y en la forma prevista por el art. 89 de la Ley 24.522, computándose el plazo que tiene la deudora para ello desde el día de notificación posterior a la aceptación del cargo por el Síndico, dado que los edictos deberán contener su nombre y domicilio. Fdo. Ana Rosa Alvarez, Jueza; Walter E. Hrycuk, Secretario. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y de acuerdo a la Ley 11827, en el lugar habilitado por la CSJP en el Palacio de Tribunales. Santa Fe, 10 de Agosto de 2020. Dr. Walter E. Hrycuk, Secretario.

S/C 423582 Ag. 28 Set. 3

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral de Distrito Nº 20 de San Javier, a cargo de la Dra. Lilian Insaurralde (Juez) y Secretaría a cargo de la Dra. Silvina D. Demoboryniski (Secretaria), de la localidad de San Javier, conforme a lo dispuesto en el Art. N° 218 de la Ley 24.522 (L.C.Q.) se hace saber, que en los autos caratulados: GOMA, PEDRO s/Quiebra; CUIJ N° 21-26167786-2, se ha puesto de manifiesto el Informe Final y Proyecto de Distribución presentado por la Sindicatura habiéndose regulado en concepto de honorarios al Dra. Beatriz Giordani la suma de $ 42045,78 (Pesos Cuarenta y dos mil cuarenta y cinco con setena y ocho centavos) y a la CPN Alicia Valiente, en su carácter de Síndica, en la suma de $ 98106,79 (Pesos Noventa y ocho mil ciento seis con setenta y nueve centavos) y conforme está ordenado en la Resolución de fecha 19/12/2019, el que en la parte pertinente dice: San Javier, 20 de Abril de 2020. Visto... Considerando... Resuelvo: 1) Fijar los honorarios profesionales totales en la suma de $ 140.152,57 equivalente a un sueldo de Secretario de Primera Instancia, y en consecuencia; II) Regular los honorarios de la Síndica, CPN Alicia Nélida Valiente, en la suma de $ 89.106,79, equivalente al 70%. Córrase vista al Consejo Profesional de Ciencias Económicas. III) Regular los honorarios del Dra. Beatriz Giordanil, en la suma de $ 42.045,78, equivalente al 30%. Córrase vista a la Caja Forense. Fdo. Dra. Lilian Insaurralde (Juez); Dra. Silvina D. Demboryniski (Secretaria). A continuación se transcribe otro decreto de fecha 16 de Julio de 2020: ... III Autorizase a la publicación de edictos correspondientes. Notifíquese. Fdo. Dra. Lilian Insaurralde (Juez); Dra. Silvina D. Demboryniski (Secretaria). 7 de Agosto de 2020.

S/C 423669 Ag. 28 Ag. 31

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El Juzgado de 1ª Instancia de Circuito N° 27 de San Justo, Secretaría a Cargo del Dr. Julio José Henares, notifica a José Luis Veron, D.N.I. 39.456.692 demandado en autos FAST CRED SA c/VERON JOSE LUIS s/Ejecutivo; 546/2016 la siguiente resolución: San Justo, 07 de Mayo de 2020. Y Vistos:... Resulta... y Considerando:... Resuelvo: 1) Declarar la nulidad de los intereses capitalizados en los pagares objeto del presente proceso. 2) Hacer lugar parcialmente a la demanda y mandar llevar adelante la ejecución contra José Luis Veron, por el capital efectivamente adeudado, con más los intereses calculados del modo en como lo tengo dicho en los Considerandos precedentes. 3) Imponer las costas en un 70% a cargo del demandado y el 30% a cargo de la actora, en virtud del resultado parcial para cada una de ellas. 4) Diferir la regulación de honorarios hasta tanto se practique liquidación definitiva en autos. 5) Insértese el original, agréguese el duplicado y hágase saber. Firmado: Dr. Julio José Henares, Secretario; Dra. Celia Graciela Bornia, Jueza. San Justo, 12 de Junio de 2020.

$ 33 423486 Ag. 28 Set. 1

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Por disposición del Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 18 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Justo, en autos caratulados CASTAÑO EULOGIA c/NUÑEZ RAMONA y otros s/Usucapión; Expte. N° 620/2018. Proveyendo cargo N° 9533 (fs. 39 vto.): Agréguese. Téngase presente y por cumplimentado proveído de fecha 8/10/2019 (fs. 39). Haciendo efectivos los apercibimientos oportunamente decretados, declarase rebelde a los herederos de Ramona Nuñez y quien resulte jurídicamente responsable o se considere con derechos sobre el inmueble que obra inscripto en el Registro General al T° 87, F° 597, N° 57423, A 1954, Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL (art. 73 CPCC). y en el Hall del Juzgado. San Justo, 30 de Junio de 2020. Leandro C. Buzzani, secretario.

$ 165 423502 Ag. 28 Set. 3

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Por disposición de la Dra. Lilian M.T. Insaurralde, Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 20 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe, se hace saber que en autos caratulados: COLMAN DAIANA MARILIN s/Quiebras, (CUIJ 21-26169088-5), por resolución de fecha 9 de Marzo de 2020 se ha ordenado: (...) 1) Declarar la quiebra (arts. 288 y 289, ley 24.522) de la Señora Colman, Daiana Marilin DNI N° 36.710.991, CUIL N° 27-36740991-8, argentina, mayor de edad, dependiente del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe, con domicilio real en calle San MartÍn 1255 y procesal constituido en Libertad 1707, ambos de la ciudad de San Javier. (...) 3) Ordenar a la fallida, como así también a terceros, para que en el término de 48 horas de su designación, entreguen al Síndico todos los bienes de pertenencia del primero. Intimar a la deudora para: a) que entregue a la Sindicatura dentro de las 24 horas de que aquél acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad (Art. 88 inc. 4 LCQ); b) Intimar a la fallida para que en el término de diez días contados a partir de la presente resolución, de cumplimento a lo dispuesto por el art. 86 de la Ley 24.522. 4) Prohibir hacer pagos a la fallida, los que de realizarse se reputarán ineficaces; excepto los que se realicen en concepto de salarios con las especificaciones del párrafo 16) de la presente (Art. 88 inc 5 LCQ). (...) 9) Fijar hasta el ... inclusive (o el día hábil inmediato posterior) como plazo dentro del cual los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en los arts. 32 y 200 L.C.Q. Otra Resolución: San Javier, 4 de Agosto de 2020. Autos y Vistos: estos caratulados Colman Daiana Marilin s/quiebras; CUIJ 21-26169088-5 que se tramitan por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial, Laboral y de Familia N° 20 de esta ciudad, de los que Resulta: Que las fechas establecidas originalmente en la Sentencia de declaración de quiebra dictada en autos, en fecha 9/03/2020 (fs. 23 a 26) se encuentran ampliamente vencidas, sin que se haya dado cumplimiento a la publicación de edictos conforme lo ordenado mediante apartado 14) de dicha Sentencia. Que mediante proveído del 16/03/2020 (fs. 81) se ordena la reprogramación de los plazos; y Considerando: Que a los fines de continuar con el trámite de la presente causa, la suscripta entiende que corresponde reprogramar las fechas originariamente fijadas en la resolución dictada el día 05 de Junio de 2019 (Auto N° 129, F° 334 a 337; T° 5, fs. 35 a 38), reprogramadas mediante resolución dictada el día 20 de Agosto de 2019 (Auto N° 169, F° 440 a 441, T° 5, fs. 51 y 52). Por ello; Resuelvo: 1) Fijar hasta el día jueves 10 de Septiembre de 2020 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado) como plazo dentro del cual los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el art. 200 y 32 de la L.C.Q. II) Señalar entre los días viernes 11 de Septiembre de 2020 y el viernes 25 de Septiembre de 2020 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resulté feriado), el Periodo de Observación e Impugnaciones (Art. 34 y 200). III) Para que el Síndico presente al Juzgado un Informe Individual (Art. 35 L.C.Q.) de cada solicitud de verificación en particular, señálese el día viernes 30 de Octubre de 2020 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado) y para que presente el Informe General (Art. 39 L.C.Q.), el día lunes 30 de Noviembre de 2020 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado), haciéndole saber explícitamente que antes de la fecha de presentación de los informes individuales deberán estar debidamente diligenciados todos los oficios requeridos. IV) Ordenar las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento de lo dispuesto por el art. 103 de la Ley 24.522, haciéndose saber que conforme dicha disposición la fallida no podrá ausentarse del país hasta la presentación del informe general, el cual deberá cumplimentarse el día lunes 30 de Noviembre de 2020 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado). Sin perjuicio de ello, la suscripta se reserva la facultad que le confiere el mencionado artículo, de extender tal prohibición hasta seis meses más. A tales fines, ofíciese a la Policía Federal, Oficinas de Migraciones del Ministerio del Interior y autoridades de control de fronteras (Gendarmería Nacional y Prefectura Naval Argentina). V) Publíquense los edictos de ley, con las nuevas fechas. Dentro del plazo de cinco días a contar desde la notificación de la presente, deberá acreditarse la publicación de edictos por el término de ley, en el BOLETÍN OFICIAL y Hall de este Juzgado y se procederá a publicarlos en un medio gráfico (acompañando ejemplar de la publicación en idénticas condiciones que el BOLETÍN OFICIAL) y radial (con factura detallando fechas y horarios de publicación) debiendo optar por los de mayor difusión en el ámbito local (art. 89 LCQ.). Asimismo y como forma complementaria de la publicación de edictos el Síndico deberá acreditar la notificación por medio fehaciente a los acreedores denunciados por la fallida, en los domicilios que corresponda; ello a los fines de morigerar el peligro de la notificación automática y compatibilizar una más acelerada y económica tramitación de la causa con el Derecho de Defensa. (Algunos Principios Procesales Concursales, por Ricardo Prono). La publicación de edictos contemplada por el artículo 89 de la ley concursal es necesaria a los fines de oponer la quiebra erga omnes y tiene carácter de emplazamiento, para que los acreedores se presenten a verificar sus créditos. VI) Insértese el original, agréguese copia y hágase saber. El Síndico designado en autos es el CPN Martín Mateo, con domicilio constituido en calle Nicasio Oroño 1750 de la ciudad de San Javier, fijando horario de atención al público los días lunes a viernes de 9.00 a 12.00 horas y de 17.00 a 19.00 horas. Lo que se publica a los efectos legales y por el término de ley, en el BOLETÍN OFICIAL y espacios destinados a tal fin. San Javier, 7 de Agosto 2020. Dra. Silvina Demboryniski, secretaria.

S/C 423491 Ag. 28 Set. 3

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Por disposición de la Dra. Lilian M.T. Insaurralde, Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 20 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe, se hace saber que en autos caratulados: GOROSITO, WALTER ARIEL s/Quiebra; (CUIJ 21-26168444-3; Expte. N° 536, Año: 2018), por resolución de fecha 30 de Noviembre de 2018 se ha resuelto: (...) 1) Declarar la quiebra (arts. 288 y 289, ley 24.522) del Señor Walter Ariel Gorosito; D.N.I. N° 34.845.911, CUIL 20348459113, argentino, mayor de edad, empleado del Ministerio de Seguridad Policía Capital y Rosario, de la Provincia de Santa Fe; con domicilio real en calle Barrio San Francisco s/n y procesal en calle Sarmiento 977, ambos de la ciudad de San Javier (...) 3) Ordenar al fallido, como así también a terceros para que en el término de 48 horas de su designación, entreguen al Síndico todos los bienes de pertenencia del primero. Intimar al deudor para: a) que entregue a la Sindicatura, dentro de las 24 horas de que aquél acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad (Art. 88 inc. 4 LCQ); b) Intimar al fallido para que en el término de diez días contados a partir de la, presente resolución, de cumplimiento a lo dispuesto por el art. 88, inc 10º y 177 L.C.Q.; 4) Prohibir hacer pagos al fallido, los que de tralizarse se reputarán ineficaces: (…); 9) Fijar hasta el día ... inclusive (o el día hábil inmediato posterior) como último plazo para que todos los acreedores por causa o título anterior a la presentación y sus garantes, formulen al Síndico los pedidos de verificación de sus créditos con arreglo a lo dispuesto por los art. 32 y 200 L.C.Q. Otra Resolución: por resolución de 5 de Agosto de 2020, se ha resuelto: Autos y Vistos: estos caratulados Gorosito, Walter Ariel s/quiebras; (CUIJ 21-26168444-3; Expte. 536, Año: 2018), que se tramitan por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial, Laboral y de Familia N° 20 de esta ciudad, de los que Resulta: Que en fecha 03/07/2020 (fs. 102), el Señor Síndico CPN Mario Rostagno, solicita reprogramación de fechas alegando que con motivo de la Pandemia no se ha podido dar continuidad al proceso. Cabe destacar que estas actuaciones fueron iniciadas en fecha 19/10/2018 y, es de público conocimiento que la Feria Judicial Extraordinaria dispuesta por la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, en consonancia con lo decretado a nivel nacional con motivo de la cuarentena dispuesta en el contexto de Pandemia mundial producida por el COVID-19; con la consecuente suspensión de plazos procesales, se dispuso en Marzo de 2020. Que mediante proveído del 15 de Julio de 2020 (se ordena la reprogramación de los plazos; y Considerando: Que es tarea de la suscripta, impedir que estos procesos se desvirtúen con el consecuente descrédito de una disciplina que reconoce fundamentos genuinos como instrumento de protección y reorganización de empresas y patrimonios en crisis y de ordenamiento en la vida social. Mal puede pretender la Sindicatura justificar su inacción invocando la actual crisis sanitaria por la que la atraviesa la comunidad mundial. No obstante ello y a los fines de continuar con el tiámite de la presente causa, la suscripta entiende que corresponde reprogramar las fechas originariamente fijadas en la resolución dictada en fecha 30/11/2018 (A° 298, F° 493 a 495, T° 4, Fs. 30 a 32), reprogramadas en fecha 29/03/2019 (A° 057, F° 180, T° 5, Fs. 53 y 53 vta.,); apelando al cumplimiento diligente y oportuno de los deberes de la Sindicatura (cfr. art. 275 de la LCQ). Por ello; Resuelvo: 1) Fijar hasta el día jueves 10 de Septiembre de 2020 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado) como plazo dentro del cual los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el art. 200 y 32 de la L.C.Q. II) Señalar entre los días viernes 11 de Septiembre de 2020 y el viernes 25 de Septiembre de 2020 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado), el Período de Observación e Impugnaciones (Art. 34 y 200). III) Para que el Síndico presente al Juzgado un Informe Individual (Art. 35 L.C.Q.) de cada solicitud de verificación en particular, señálese el día viernes 30 de Octubre de 2020 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado) y para que presente el Informe General (Art. 39 L.C.Q.), el día lunes 30 de Noviembre de 2020 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado), haciéndole saber explícitamente que antes de la fecha de presentación de los informes individuales deberán estar debidamente diligenciados todos los oficios requeridos. IV) Ordenar las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento de lo dispuesto por el art. 103 de la Ley 24.522, haciéndose saber que conforme dicha disposición el fallido no podrá ausentarse del país hasta la presentación del informe general, el cual deberá cumplimentarse el día lunes 30 de Noviembre de 2020 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado) Sin perjuicio de ello, la suscripta se reserva la facultad que le confiere el mencionado artículo, de extender tal prohibición hasta seis meses más. A tales fines, ofíciese a la Policía Federal, Oficinas de Migraciones del Ministerio del Interior y autoridades de control de fronteras (Gendarmería Nacional y Prefectura Naval Argentina), cuyo diligenciamiento deberá acreditarse dentro del plazo de cinco días a contar desde la notificación de la presente. V) Publíquense los edictos de ley con las nuevas fechas, en la forma dispuesta. Hágase saber que dentro del plazo de cinco días a contar desde la notificación de la presente, deberá acreditarse la publicación de edictos por el término de ley, en el BOLETÍN OFICIAL y Hall de este Juzgado y se procederá a publicarlos en un medio gráfico (acompañando ejemplar de la publicación en idénticas condiciones que el BOLETÍN OFICIAL) y radial (con factura detallando fechas y horarios de publicación) debiendo optar por los de mayor difusión en el ámbito local (art. 89 LCQ.). Asimismo y como forma complementaria de la publicación de edictos el Síndico deberá acreditar la notificación por medio fehaciente a los acreedores denunciados por el fallido, en los domicilios que corresponda; ello a los fines de morigerar el peligro de la notificación automática y compatibilizar una más acelerada y económica tramitación de la causa con el Derecho de Defensa. (Algunos Principios Procesales Concursales, por Ricardo Prono). La publicación de edictos contemplada por el artículo 89 de la ley concursal es necesaria a los fines de oponer la quiebra erga omnes y tiene carácter de emplazamiento, para que los acreedores se presenten a verificar sus créditos. VI) Insértese el original, agréguese copia y hágase saber. El Síndico designado en autos es el CPN Mario Alberto Rostagno, con domicilio constituido en calle Santiago Cabral 1078 de San Javier, fijando horario de atención los días lunes a viernes de 9:00 a 12:00 hs., y de 17:00 a 19:00 hs. Lo que se publica a los efectos legales y por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y espacio destinado a tal fin. San Javier, 76de Agosto 2020. Dra. Silvina Demboryniski, secretaria.

S/C 423472 Ag. 28 Set. 3

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Por disposición de la Dra. Lilian Insaurralde, Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial en lo Civil, Comercia, Laboral y de Familia N° 20 de la ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe, se hace saber que en autos caratulados: FERNANDEZ, EDGARDO DANIEL s/Quiebra; (CUIJ 21-26169137-7), por resolución de fecha 09 de Marzo de 2020 se ha resuelto: (...) 1) Declarar la Quiebra (arts. 288 y 289, ley 24.522) del señor Fernández, Edgardo Daniel, D.N.I. N° 26.509.655, argentino, mayor de edad, empleado de la Municipalidad de San Javier; con domicilio real en calle Sarmiento 1610 y constituyendo domicilio procesal en calle Sarmiento 977, ambos de esta ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe (...), 3) Ordenar al fallido, como así también a terceros, para que en el término de 48 horas de su designación, entreguen al Síndico lodos los bienes de pertenencia del primero. Intimar a la deudora para: a) que entregue a la Sindicatura, dentro de las 24 hs de que aquél acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad (Art. 88 inc 4 LCQ); b) Intimar al fallido para que en el término de diez días contados a partir de la presente resolución, de cumplimiento a lo dispuesto por el art. 86 de la Ley 24.522; 4) Prohibir hacer pagos a la fallida, los que de realizarse se reputarán ineficaces; excepto los que se realicen en concepto de salarios con las especificaciones del párrafo 16) de la presente. (An 88 inc 5 LCQ) (...), 9) Fijar hasta el día 23 de abril de 2.020 inclusive (o el día hábil inmediato posterior) como plazo dentro del cual los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el art. 200 y 32 de la LCQ. Otra Resolución: por resolución de fecha 05 de Agosto de 2020 se ha resuelto reprogramar las fechas: Autos y Vistos:... Resulta:... Considerando:... Resuelvo: 1) Fijar hasta el día jueves 10 de Septiembre de 2020 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado) como plazo dentro del cual los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el art. 200 y 32 de la LCQ. II) Señalar entre los días viernes 11 de Septiembre de 2020 y viernes 25 de Septiembre de 2020 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado) el Período de Observación e Impugnaciones (Art. 34 y 200) III) Para que el Síndico presente al Juzgado un Informe Individual (Art. 35 LCQ) de cada solicitud dr verificación en particular, señálese el día viernes 30 de Octubre de 2020 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado) y para que presente el Informe General (Art. 39 L.C.Q.), el día lunes 30 de Noviembre de 2020 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado), haciéndole saber explícitamente que antes de la fecha de presentación de los informes individuales deberán estar debidamente diligenciados todos los oficios requeridos. IV) Ordenar las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento de lo dispuesto por el art. 103 de la Ley 24.522, haciéndose saber que conforme dicha disposición el fallido no podrá ausentarse del país hasta la presentación del informe general, el cual deberá cumplimentarse lunes 30 de Noviembre de 2020 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado). Sin perjuicio de ello, la suscripta se reserva la facultad que le confiere el mencionado artículo, de extender tal prohibición hasta seis meses más. A tales fines, ofíciese a la Policía Federal, Oficinas de Migraciones del Ministerio del Interior y autoridades de control de fronteras (Gendarmería Nacional y Prefectura Naval Argentina). V) Publíquense los edictos de ley, en la forma y condiciones establecidas en la resolución que declara la quiebra. VI) Insértese el original, agréguese copia y hágase saber. La Síndica designada en autos es la CPN Mabel Cecilia Toniutti, con domicilio constituido en calle Santiago Cabral 1078 de la ciudad de San Javier (pcia. S.Fe), con horario de atención al público los días lunes a viernes de 16:00 a 20:00hs. Lo que se publica a los efectos legales y por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL, medio gráfico, radial y espacio destinado a tal fin. San Javier, 6 de Agosto 2020. Dra. Silvina Demboryniski, secretaria.

S/C 423467 Ag. 28 Set. 3

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Por disposición de la Dra. Lilian M.T. Insaurralde, Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 20 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe, se hace saber que en autos caratulados: FERREIRA, JONATAN EDUARDO s/Quiebras; (CUIJ 21-26169076-1), por resolución de fecha 09 de Marzo de 2020 se ha resuelto: (...) 1) Declarar la quiebra (arts. 288 y 289, ley 24.522) del Señor Jonatan Eduardo Ferreira; DNI N° 34.379.370, CUIL N° 20-34379370-8, argentino, mayor de edad, empleado del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe, domiciliado realmente en calle Santiago Cabral N° 1745 y constituyendo domicilio procesal en calle Independencia N° 2037, ambos en esta ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe. (...) 3) Ordenar al fallido, como así también a terceros, para que en el término de 48 horas de su designación, entreguen al Síndico todos los bienes de pertenencia del primero. Intimar al deudor para: a) que entregue a la Sindicatura dentro de las 24 horas de que aquél acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad (Art. 88 inc. 4 LCQ); b) Intimar al fallido para que en el término de diez días contados a partir de la presente resolución, de cumplimento a lo dispuesto por el art. 86 de la Ley 24.522. 4) Prohibir hacer pagos al fallido, los que de realizarse se reputarán ineficaces; excepto los que se realicen en concepto de salarios con la especificaciones del párrafo 16) de la presente (Art. 88 inc. 5 LCQ). (…) 9) Fijar hasta el … inclusive (o el día hábil inmediato posterior) como plazo dentro del cual los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en los arts. 32 y 200 L.C.Q. Otra Resolución: San Javier, 5 de Agosto de 2020. Autos y Vistos: estos caratulados Ferreira, Jonatan Eduardo s/Quiebras; (CUIJ 21-26169076-1), que se tramitan por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial, Laboral y de Familia N° 20 de esta ciudad, de los que Resulta: Que el vencimiento de los plazos establecidos en la Sentencia de declaración de quiebra dictada en autos, en fecha 09/03/2020 (ha comenzado a producirse, sin que haya existido la posibilidad de dar cumplimiento a lo ordenado. Ello, en virtud de la Feria Judicial Extraordinaria dispuesta por la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, en consonancia con lo decretado a nivel nacional con motivo de la cuarentena dispuesta en el contexto de Pandemia mundial producida por el COVID-19; con la consecuente suspensión de plazos procesales. Que mediante proveído del 07/07/2020 (fs. 68) se ordena la reprogramación de los plazos; y Considerando: Que a los fines de continuar con el trámite de la presente causa, la suscripta entiende que corresponde reprogramar las fechas originariamente fijadas en la Sentencia dictada el día 09 de Marzo de 2020 (Auto N° 033, F° 445 a 449; T° 6, fs. 49 a 53). Por ello; Resuelvo: 1) Fijar hasta el día jueves 10 de Septiembre de 2020 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado) como plazo dentro del cual los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el art. 200 y 32 de la L.C.Q. II) Señalar entre los días viernes 11 de Septiembre de 2020 y el viernes 25 de Septiembre de 2020 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado), el Período de Observación e Impugnaciones (Art. 34 y 200). III) Para que el Síndico presente al Juzgado un Informe Individual (Art. 35 L.C.Q.) de cada solicitud de verificación en particular, señálese el día viernes 30 de Octubre de 2020 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado) y para que presente el Informe General (Art. 39 L.C.Q.), el día lunes 30 de Noviembre de 2020 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado), haciéndole saber explícitamente que antes de la fecha de presentación de los informes individuales deberán estar debidamente diligenciados todos los oficios requeridos. IV) Ordenar las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento de lo dispuesto por el art. 103 de la Ley 24.522, haciéndose saber que conforme dicha disposición el fallido no podrá ausentarse del país hasta la presentación del informe general, el cual deberá cumplimentarse el día lunes 30 de Noviembre de 2020 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado). Sin perjuicio de ello, la suscripta se reserva la facultad que le confiere el mencionado artículo, de extender tal prohibición hasta seis meses más. A tales fines, ofíciese a la Policía Federal, Oficinas de Migraciones del Ministerio del Interior y autoridades de control de fronteras (Gendarmería Nacional y Prefectura Naval Argentina), cuyo diligenciamiento deberá acreditarse dentro del plazo de cinco días a contar desde la notificación de la presente. V) Publíquense los edictos de ley con las nuevas fechas, en la forma dispuesta. Hágase saber que dentro del plazo de cinco días a contar desde la notificación de la presente, deberá acreditarse la publicación de edictos por el término de ley, en el BOLETÍN OFICIAL y Hall de este Juzgado y se procederá a publicarlos en un medio gráfico (acompañando ejemplar de la publicación en idénticas condiciones que el BOLETÍN OFICIAL) y radial (con factura detallando fechas y horario de publicación) debiendo optar por los de mayor difusión en el ámbito local (art. 89 LCQ.). Asimismo y como forma complementaria de la publicación de edictos el Síndico deberá acreditar la notificación por medio fehaciente a los acreedores denunciados por el fallido, en los domicilios que corresponda; ello a los fines de morigerar el peligro de la notificación automática y compatibilizar una más acelerada y económica tramitación de la causa con el Derecho de Defensa. (Algunos Principios Procesales Concursales, por Ricardo Prono). La publicación de edictos contemplada por el artículo 89 de la ley concursal es necesaria a los fines de oponer la quiebra erga omnes y tiene carácter de emplazamiento, para que los acreedores se presenten a verificar sus créditos. VI) Insértese el original, agréguese copia y hágase saber. El Síndico designado en autos es el CPN José Ocatvio Cibils con domicilio constituido en calle Libertad 1707 de la ciudad de San Javier, fijando horario de atención al público los días lunes a viernes de 9.00 a 12.00 horas y de 17.00 a 20.00 horas. Lo que se publica a los efectos legales y por el término de ley, en el BOLETÍN OFICIAL y espacios destinados a tal fin. San Javier, 6 de Agosto 2020. Dra. Silvina Demboryniski, secretaria.

S/C 423470 Ag. 28 Set. 3

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral N° 20 de la ciudad de San Javier, en autos caratulados JORGE LUIS CESAR s/Declaratoria de herederos; (CUIJ 21-26169252-7), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Luis Cesar Jorge, documento DNI N° M7.876.859 a que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y se fija en la puerta de Juzgado, asimismo se publica en un medio gráfico y radial de los de mayor difusión de San Javier. Fdo. Dra. Lilian Insaurralde (Jueza), Dra. Silvina D. Demboryniski (Secretaria).

$ 45 423750 Ag. 28 Set. 3

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios - Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de esta ciudad); en autos caratulados GODOY, FERMINA s/Sucesorio - CUIJ N° 21-02018920-4; se cita, llama, y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Fermina Gogoy, D.N.I. N° 1.118.842, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 6 de Agosto de 2020. (Fdo: Dra. Claudia Sánchez, Secretaria).

$ 45 423670 Ag. 28

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios - Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de esta ciudad); en autos caratulados MANSILLA, ANA GERTRUDIS s/Sucesorio; CUIJ N° 21-02019213-2; se cita, llama, y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Ana Gertrudis Mansilla, D.N.I. N° F6.582.857, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. (Fdo: Dra. Claudia Sánchez, Secretaria. Santa Fe, 5 de Agosto de 2020. Laura Luciana Perotti, prosecretaria.

$ 45 423671 Ag. 28

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de Santa Fe) en autos caratulados PUSSETTO HILARIO CESAR s/Sucesorio; (Expte. CUIJ 21-00996969-9) se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Hilario Cesar Pussetto, DNI M 6.306.216, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos legales. Santa Fe, 14 de Julio de 2020. (Fdo: Dra. Claudia Sánchez, Secretaria).

$ 45 423635 Ag. 28 Set. 3

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios - Primera Circunscripción Judicial (Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de Distrito de la 1ª Nominación), en los autos caratulados PEREZLINDO, SILVIA BEATRIZ s/Sucesorio; CUIJ N° 21-02018809-7, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores, y legatarios de la Sra. Perezlindo Silvia Beatriz, D.N.I. N° 14.760.990, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL.

$ 45 423664 Ag. 28 Set. 3

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 6ª Nominación de Santa Fe), en autos caratulados MELANO GALLOTTI, YOCASTA MARIA ROSA s/Declaratoria de Herederos; Expte. CUIJ N° 21-02014028-0, año 2019, se cita, se llama, y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Melano Gallotti, Yocasta María Rosa, DNI F 6.403.301, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Artículo 2340 CCC: (...) Se notifica … por edicto publicado por un día en el diario de publicaciones oficiales, para que lo acrediten dentro de los treinta días. (Fdo: Dra. Claudia Sánchez, Secretaria). Dr. Gabriel Abad, Juez. Pablo Agustín Cueto, prosecretario.

$ 45 423631 Ag. 28 Set. 3

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios - Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe (Juzgado de Primera instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación), en autos caratulados DIEZ, ALDO JOSE s/Sucesorio, CUIJ 21-02019065-2, se cita y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Aldo José Diez, D.N.I. M6.225.413, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Firmado Dra. María Esther Mazzarello, Secretaria. Santa Fe, 29 de Julio de 2020. (Fdo: Dra. Claudia Sánchez, Secretaria).

$ 45 423621 Ag. 28

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación) de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe, en autos caratulados: POZZO, JOSÉ CARLOS s/Declaratoria de Herederos; (CUIJ N° 21-02019545-9 - Año: 2.020) se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios y/o aquellas personas que se consideren con derecho a los bienes dejados por el fallecimiento del causante: José Carlos Pozzo D.N.I. N° 6.201.208, fallecido el 21-07-2017 en la localidad de Centeno, provincia de Santa Fe, para que comparezcan a hacer valer sus derechos. Lo que se publica por un (1) día, para que lo acrediten dentro de los treinta (30) días (Art. 2340 - 2º Párrafo C.C.C.; art. 592 CPCC) a sus efectos legales. Santa Fe, 30 de Julio de 2020. Fdo. Dra. Claudia B. Sanchez (Secretaria).

$ 45 423614 Ag. 28

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de la ciudad de Santa Fe) en autos caratulados: ARTEAGA, ANTONIO RAMÓN /Sucesorio; (CUIJ 21-02014847-8), se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios de Antonio Ramón Arteaga, D.N.I. N° 6.215.406, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 6 de Agosto de 2020. Laura Luciana Perotti, prosecretaria.

$ 45 423586 Ag. 28

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la Sexta Nominación de esta ciudad, en autos caratulados: OVIEDO JUAN JOSE s/Sucesorio; (Expte. 21-02017963-2), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don Juan José Oviedo, LE N° 6.249.974, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales de Santa Fe. Santa Fe, 5 de Agosto de 2020. Laura Luciana Perotti, prosecretaria.

$ 45 423589 Ag. 28

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios - Primera Circunscripción Judicial (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe), en autos REGUÉ, VICTOR HUGO y Otros s/Sucesorio; Expte. CUIJ N° 21-02019535-2, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del Sr. Victor Hugo Regué, DNI M. Nº 6.195.734, y de la Sra. Nelly Josefa María Dettoni, DNI F. Nº 1.117.417, a que comparezcan a hacer valer sus derechos por el término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el Transparente del Hall de Tribunales. Fdo. Dra. María Esther Mazzarello (Secretaria). Santa Fe, 10 de Agosto de 2020. Laura Luciana Perotti, prosecretaria.

$ 45 423442 Ag. 28 Set. 3

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Por disposición de la oficina de procesos sucesorios - Primera Circunscripcion Judicial de Santa Fe (Juzgado de Octava Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nomincación en autos caratulados SCALZO LUIS OSCAR s/declaratoria de herederos (CUIJ 21-02018827-5), se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Luis Oscar Scalzo DNI M 6.218.035, para que comparezcan a hacer valer sus derechos por el término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Dra. María Esther Mazzarello (secretaria). Santa Fe, 10 de Agosto de 2020. Laura Luciana Perotti, prosecretaria.

$ 45 423424 Ag. 28

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Por disposición de la oficina de Procesos Sucesorios - Primera Circunscripción Judicial (Juzgados Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la cuarta Nominación) en los autos caratulados MAZZETTI, FRANCISCO ANTONIO s/Sucesorio; (CUIJ 21-02016855-9) Año 2019, se cita, se llama, y se emplaza a los herederos, acreedores, legatarios y todos los que se consideren con derechos a los bienes dejados por el causante, por edicto que se publica por un día en el diario de publicaciones oficiales para que acrediten su derecho dentro de los treinta días, en relación a la Sucesión de señor Mazzetti Francisco Antonio, argentino, nacido en Buenos Aires Pcia. Buenos Aires, el día 09 de Mayo de 1949, estado civil casado con D.N.I. N° M7.635.489 y fallecido en Santa Fe, el 29 de Junio de 2019 cuyo último domicilio radicaba en calle La Paz N° 3955 Piso 6 Dpto. 21, de la ciudad de Santa Fe, Pcia. Santa Fe. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo. Dra. María Esther Mazzarello (secretaria). Santa Fe, 11 de Marzo de 2020.

$ 45 423417 Ag. 28

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de Santa Fe) en los autos caratulados ANTILLE AMPARO ARGENTINA s/Sucesorio; CUIJ 21-02018892-5 Año 2020, se cita, se llama y se emplaza, a todos los herederos, acreedores y legatarios de Amparo Argentina Antille; DNI N° 3.277.324, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo. Dra. Claudia Sánchez (Secretaria), Dr. Gabriel Abad (Juez). Santa Fe, 3 de Agosto de 2020. Pablo Agustín Cueto, prosecretario.

$ 45 423427 Ag. 28 Set. 3

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 8ª Nominación de Santa Fe) en los autos caratulados PEREZLINDO ELENA MARÍA s/Declaratoria de herederos; CUIJ 21-02018891-7 Año 2020, se cita, se llama y se emplaza, a todos los herederos, acreedores y legatarios de Elena María Perezlindo, DNI N° 5.678.858, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo.: Dra. Claudia Sánchez (Secretaria), Dr. Iván Di Chiazza (Juez). Santa Fe, 4 de Agosto de 2020. Dra. Claudia B. Sánchez, secretaria.

$ 45 423428 Ag. 28 Set. 3

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 5ª Nominación de la ciudad de Santa Fe), en autos GIUSTINI, ROSA NELIDA s/Sucesorio; CUIJ 21-02018061-4, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la señora Rosa Nélida Giustini, D.N.I. 3.989.586, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL de conformidad con lo dispuesto en la ley 11.287. Santa Fe, 16 de Julio de 2020. Dra. Claudia B. Sánchez, secretaria.

$ 45 423510 Ag. 28

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Por disposicion de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominacion) en autos caratulados: LEIVA MARIA DE LOS MILAGROS ELSA MARTINA s/Sucesorio; (CUIJ Nº 21-02015670-5), se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acredores y legatarios de María de los Milagros Elsa Martina Leiva, D.N.I. Nº F 6731218, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo aprercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Fdo: María Esther Mazzarello, Secretaria. Santa Fe, 7 de Agosto de 2020. Dra. Claudia B. Sánchez, secretaria.

$ 45 423544 Ag. 28

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Por la disposición de la Oficina de procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 7ma. Nominación de Santa Fe) en autos caratulados DI MEOLA CARMELO FRANCISCO s/Sucesorio y su acumulado DI MEOLA CARMELO FRANCISCO s/Sucesorio (CUIJ 21- 01991436-1), se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de la causante Esperanza González, L.C. 1.534.916, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimiento legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo. Dra. Mariana Nelli (Secretaria), Dr. Ivan Gustavo Di Chiazza (Juez). María Nazaret Canale, prosecretaria.

$ 45 423503 Ag. 28

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Por la disposición de la Oficina de procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 7ma. Nominación de Santa Fe) en autos caratulados DI MEOLA CARMELO FRANCISCO s/Sucesorio y su acumulado DI MEOLA CARMELO FRANCISCO s/Sucesorio (CUIJ 21-01991436-1), se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de la causante Di Meola Carmelo Francisco, L.E. 2.377.548, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimiento legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo. Dra. Mariana Nelli (Secretaria); Dr. Ivan Gustavo Di Chiazza (Juez). María Nazaret Canale, prosecretaria.

$ 45 423504 Ag. 28