UNIDAD CORONARIA
SAN GERÓNIMO S.R.L.
MODIFICACIÓN DE CONTRATO
Por estar así dispuesto en los autos caratulados “UNIDAD CORONARIA SAN GERONIMO S.R.L. S/ MODIFICACION AL CONTRATO SOCIAL”, Expte. CUIJ Nº 21-05203214-5, tramitados ante el Registro Público, de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que se resolvió la modificación de la clausula quinta respecto a la administración y representación de la sociedad, quedando de la siguiente forma:
QUINTA: La administración y representación de la Sociedad estará a cargo imprescindiblemente del gerente designado por la socia SANATORIO PRIVADO SAN GERÓNIMO SRL para la realización y/o celebración de toda operación y/o acto social. El Gerente es DESIGNADO AD-VITAEM, es decir que permanecerá en su mandato mientras dure la Sociedad. Se encuentra a cargo de la Gerencia el Dr. CARLOS VITO ABRAHAM, argentino, médico, nacido el 29.05.1962, DNI 14.764.236, CUIT 23.14764236-9 gerente Ad-vitaem y representando a la socia SANATORIO PRIVADO SAN GERONIMO SRL CUIT 33.55787459-9, inscripta en el Registro Público bajo el n°30, F°212/213 del Libro 8 de SRL en fecha 6/9/89, con domicilio social en calle San Jerónimo 3337 de Santa Fe. Se hace constar que el caso de inasistencia, incapacidad o muerte del Gerente designado por la socia persona jurídica, la designación del reemplazante en el cargo vacante será competencia exclusiva de esa socia (SANATORIO PRIVADO SAN GERONIMO SRL), todo lo cual es condición esencial y expresa de la constitución de la sociedad. Así mismo se designa como gerente suplente al Dr. el Dr. ATILIO MARCELO ABUD, argentino, casado, nacido el 24.7.1955,con domicilio real en calle Crespo 2001, DNI 11.903.175, CUIT 20-11903175-4 quien es designado también AD-VITAEM-.
Lo que se publica a sus efectos por el término de Ley. Santa Fe, de de 2020
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"MAINS BLEUES S.A.”
ESTATUTO
Por disposición del señor Juez del Registro Público de Rafaela, en los autos caratulados: MAINS BLEUES S.A. S/CONSTITUCION DE SOCIEDAD, CUIJ 21-05393216-6 Nro. expediente:162/2020 se ha ordenado la siguiente publicación:
Socios: DANIEL OMAR CROATTO, de nacionalidad argentina, nacido el 04 de octubre de 1974, de profesión médico, de estado civil casado en primeras nupcias con Lorena Natalia Lequi, con domicilio en calle Tucumán 424 de la localidad de Susana, Departamento Castellanos, Provincia de Santa Fe, con Documento Nacional de Identidad Nº 23.936.799, CUIT 20-23936799-3 y LORENA NATALIA LEQUI, de nacionalidad argentina, nacida el 04 de julio de 1974 de profesión Médico, de estado civil casada en primeras nupcias con Daniel Omar Croatto, con domicilio en calle Tucumán 424 de la localidad de Susana, Departamento Castellanos, Provincia de Santa Fe, con Documento Nacional de Identidad Nº 23.760.937, CUIT 27-23760937-4
Fecha del acta constitutiva: 28 de enero 2020.
Denominación: “MAINS BLEUES S.A.”
Domicilio: Rafaela, Dpto Castellanos, Provincia de Santa Fe. Sede Social: Dentesano 627, Rafaela, Dpto. Castellanos, Pcia. de Santa Fe.
Plazo de duración: 99 años contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público.
Objeto: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros, o asociada a terceros, en cualquier punto de la República o en el exterior, las siguientes operaciones: I) La promoción y atención de la salud humana en todos niveles (primario, secundario, terciario y cuaternario) y la consecuente provisión y/o suministro de productos e insumos que resulten necesarios para la prestación de los mismos y/o la contratación con instituciones y/o profesionales relacionados con la salud. II) La instalación y/o explotación y/o gerenciamiento y/o administración de establecimientos asistenciales, sanatorios, clínicas médicas quirúrgicas, de diagnóstico por imágenes y otros servicios de salud. III) El estudio e investigación científica, teórica y práctica de todas las ramas de las ciencias médicas en general. IV) la organización de cursos, conferencias, congresos, enseñanza y perfeccionamiento de las ciencias médicas, publicaciones relacionadas con la medicina, la investigación científica y experimental, incluyendo el campo de la farmacología, análisis clínicos, radiología, medicina nuclear y en general todas las actividades relacionadas con las ciencias médicas. V) La compra, distribución, promoción, alquiler, comercialización, fabricación, producción, construcción y ensamble de productos, partes componentes, y accesorios eléctricos, electrónicos, cuánticos, de radiación electromagnética, por ultrasonido mecánicos, digitales y analógicos afines a servicios de salud. VI) La instalación, administración, explotación, gerenciamiento, alquiler, subalquiler de establecimientos inmuebles y/o muebles destinados al desarrollo de actividades de la salud. La sociedad tendrá plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones, ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto. Se acudirá a la intervención de profesionales matriculados habilitados cuando la actividad conlleve su necesaria concurrencia. Los honorarios que devenguen los profesionales médicos por sus prestaciones no serán considerados bajo ningún concepto utilidades de la sociedad, sino que serán reservados a los médicos que los originen. La sociedad contará con un Director Técnico Médico a cargo de un profesional médico matriculado designado por la Asamblea. Dicho director podrá ser removido por asamblea y reemplazado obligatoriamente por otro profesional matriculado, debiendo inscribirse de legal forma y publicarse su designación en el Boletín Oficial. Los honorarios devengados en razón de tales actividades, serán destinados al profesional interviniente. La sociedad no realizará ninguna de las operaciones señaladas en los incisos 4) y 5) del artículo 299° de la Ley General de Sociedades N° 19.550. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.
Capital: El capital social es de pesos cuatrocientos mil ($400.000), representado por cuatro mil (4000) acciones ordinarias nominativas no endosables. Cada acción tiene un valor nominal de ($ 100,00) pesos cien. El capital social puede ser aumentado por decisión de la asamblea ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme al artículo 188 de la Ley 19.550.
Administración y representación: La administración de la sociedad está a cargo de un directorio compuesto del número de miembros que fije la asamblea entre un mínimo de UNO y un máximo de CINCO miembros, quienes podrán ser reelegidos indefinidamente y durarán en sus funciones 03 (tres) ejercicios. La asamblea debe designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo con el fin de llenar las vacantes que se produjeran en el orden de su elección. Los directores en su primera sesión deben designar un presidente y un vicepresidente –en su caso-, este último reemplaza al primero en caso de ausencia o impedimento. El directorio funciona con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes. La Asamblea fija la remuneración del Directorio.
Se designa para integrar el primer Directorio a: Director Titular - Presidente a: Daniel Omar Croatto, con Documento Nacional de Identidad Nº 23.936.799, CUIT 20-23936799-3, nacido el 04 de octubre de 1974, de profesión médico, de estado civil casado en primeras nupcias con Lorena Natalia Lequi, con domicilio en calle Tucuman 424 de la localidad de Susana, Departamento Castellanos, Provincia de Santa Fe. Director Suplente a: Luciana Paola Vanzini, con Documento Nacional de Identidad Nº 26.189.960, CUIT 23-26189960-4, nacida el 15 de octubre de 1977 estado civil soltera, de profesión bioquímica, con domicilio en calle Cacciolo 132 de la ciudad de Rafaela, Departamento Castellanos, Provincia de Santa Fe.
Se designa como profesional médico para ocupar la DIRECCIÓN TÉCNICA MÉDICA a la Doctora LORENA NATALIA LEQUI, con Documento Nacional de Identidad Nº 23.760.937, CUIT 27-23760937-4. de profesión médico, Matrícula Nº 4475 Inscripto en el Colegio de Médicos de la 1° Circunscripción; con domicilio en calle Tucumán 424 de la localidad de Susana, Departamento Castellanos, Provincia de Santa Fe,
Fiscalización: La sociedad prescinde de la sindicatura conforme lo autoriza el art. 284 de la Ley de Sociedades Comerciales.
Fecha de cierre de ejercicio: 30 de noviembre de cada año
Rafaela, 24 de Julio de 2020. Julia A. Fascendini, Secretaria.
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CARBALLEIRA AGROPECUARIA SRL.
CONTRATO
Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Primera Nominación de Venado Tuerto, a cargo de la Jueza, Dra. María Celeste Rosso, Secretaría, a cargo de la Dra .María Julia Petracco, conforme decreto de fecha 22 de Julio de 2020 en autos caratulados CARBALLEIRA AGROPECUARIA SRL S/ CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD Expte. Nº 175/20 se resolvió aprobar el Contrato Social, que a continuación se resume:
1- Socios: FEDERICO ALEJANDRO CARBALLEIRA, Argentino, nacido el 6 de setiembre de 1992, hijo de Marta Noemí Gai y de Enrique Alejandro Carballeira, soltero, Abogado, DNI N° 36.997.255, CUIT 20-36997255-4, FRANCISCO AGUSTIN CARBALLEIRA, Argentino, nacido el 10 de junio de 1994, hijo de Marta Noemí Gai y de Enrique Alejandro Carballeira, soltero, Productor Agropecuario, DNI N° 37.902.716, CUIT 20-37902716-5, y FELIPE ANGEL CARBALLEIRA, Argentino, nacido el 7 de Abril de 1996, hijo de Marta Noemí Gai y de Enrique Alejandro Carballeira, soltero, Estudiante, DNI N° 39.049.419, CUIT 20-39049419-0, todos con domicilio en José Mármol N° 323 de la ciudad de Rufino, Departamento General Lopez, Provincia de Santa Fe.
2-Denominación: CARBALLEIRA AGROPECUARIA SRL
3-Domicilio: José Marmol Nº 323, de la ciudad de Rufino.
4-Plazo: veinte (20) años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.
5-Objeto: La Sociedad tiene por objeto: a) Explotar en todas sus formas Establecimientos Agrícolo-Ganaderos, Frutícolas, Forestales y de Granja.- b) Comprar, Vender, Arrendar y Administrar toda clase de campos, terrenos e inmuebles urbanos y/o rurales.- c) Prestar servicios vinculados a la actividad agrícola y ganadera. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por éste contrato.
6- Capital: El capital social se fija en la suma de PESOS SEISCIENTOS MIL ($ 600.000.-) dividido en SEISCIENTAS ( 600) CUOTAS por una valor nominal de PESOS UN MIL ($ 1.000.-) cada una, que los socios suscriben é integran en la siguiente forma y proporción, a saber: el señor FEDERICO ALEJANDRO CARBALLEIRA, suscribe DOSCIENTAS (200) cuotas de capital, o sea Pesos DOSCIENTOS MIL ($ 200.000.-), integra el veinticinco por ciento (25%), es decir, la suma de PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000.-) en éste acto, en dinero efectivo y el saldo de setenta y cinco por ciento (75%) o sea la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000.-) dentro de los veinticuatro meses de la fecha del presente; FRANCISCO AGUSTIN CARBALLEIRA, suscribe DOSCIENTAS (200) cuotas de capital, o sea Pesos DOSCIENTOS MIL ($ 200.000.-), integra el veinticinco por ciento (25%), es decir, la suma de PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000.-) en éste acto, en dinero efectivo y el saldo de setenta y cinco por ciento (75%) o sea la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000.-) dentro de los veinticuatro meses de la fecha del presente; Y FELIPE ANGEL CARBALLEIRA, suscribe DOSCIENTAS (200) cuotas de capital, o sea Pesos DOSCIENTOS MIL ($ 200.000.-), integra el veinticinco por ciento (25%), es decir, la suma de PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000.) en éste acto, en dinero efectivo y el saldo de setenta y cinco por ciento (75%) o sea la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000.-) dentro de los veinticuatro meses de la fecha del presente.
7- Dirección y Administración: Estará a cargo de uno o más personas; socios o no; quienes revisten el carácter de socio-gerente y tienen uso de la firma en forma individual o conjunta de forma indistinta. Socios Gerentes: FEDERICO ALEJANDRO CARBALLEIRA, D.N.I. Nº 36.997.255 y FRANCISCO AGUSTÍN CARBALLEIRA, D.N.I. Nº 37.902.716.
8- Fiscalización: La fiscalización estará a cargo de todos los socios
9- Fecha de cierre de ejercicio: 31 de Mayo de cada año.
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EXTRUTEC S.R.L.
CONTRATO
Por estar así dispuesto en los autos caratulados “Extrutec S.R.L. s/Modificación al Contrato Social”, Expediente Nº 21-05202938-1, de trámite por ante el Registro Público, se hace saber:
1.- DENOMINACIÓN: EXTRUTEC S.R.L.
2.- INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO PUBLICO DE COMERCIO: Nº 150 Folio 37 Libro 13 de S.R.L. Legajo 5058 con fecha 18/11/1996.
3.- CESIÓN DE CUOTAS: Alessandro Remoli, de nacionalidad italiana, nacido el 5 de diciembre de 1939, DNI Nº 93.917.911, estado civil divorciado, domiciliado en calle Alvear 2760 de la ciudad de Santa Fe, de profesión empresario, cede la cantidad de 1.000 cuotas sociales de valor nominal $10 cada una a Camilla Remoli, de nacionalidad italiana, nacida el 11 de noviembre de 1994, DNI Nº 93.917.910, CUIL 27-93917910-6, estado civil soltera, estudiante, domiciliada en calle Alvear 2770 de la ciudad de Santa Fe; 2.000 cuotas sociales de valor nominal $10 cada una a Niccolo Remoli, de nacionalidad italiana, nacido el 2 de noviembre de 1996, DNI Nº 93.917.909, CUIL 20-93917909-8, estado civil soltero, estudiante, domiciliado en Alvear 2770 de la ciudad de Santa Fe; y 2.000 cuotas sociales de valor nominal $10 cada una a Enrico Remoli, de nacionalidad argentino, nacido el 1 de setiembre de 1999, DNI Nº 41.490.905, CUIL 20-41940905-8, estado civil soltero, estudiante, domiciliado en Alvear 2770 de la ciudad de Santa Fe.
4.- MODIFICACIÓN CLAUSULA CUARTA: El Capital Social se fija en la suma de pesos Un millón ($ 1.000.000.-) dividido en cien mil cuotas de diez pesos cada una, que son suscritas por los socios en la siguiente proporción: Claudia Beatriz Anzilutti, noventa y cinco mil (95.000) cuotas, lo que representa un capital de pesos novecientos cincuenta mil ($ 950.000); Camilla Remoli, mil (1.000) cuotas, lo que representa un capital de pesos diez mil ($ 10.000); Niccolo Remoli, dos mil (2.000) cuotas, lo que representa un capital de pesos veinte mil ($ 20.000); y Enrico Remoli, dos mil (2.000) cuotas, lo que representa un capital de pesos veinte mil ($ 20.000). El capital social se integra en éste acto en efectivo por parte de los socios. El capital social se podrá incrementar por decisión en Asamblea de socios y con el voto favorable de la mayoría de capital.
5.- MODIFICACIÓN CLAUSULA SEXTA: La administración, representación legal y uso de la firma estarán a cargo de uno o más Gerentes, socios o no, quienes actuarán en forma indistinta, por tiempo indeterminado. En tal carácter, tienen todas las facultades para administrar y disponer de los bienes, incluso aquellas para las cuales la ley requiere poderes especiales conforme al artículo 375 del Código Civil y Comercial Unificado, y artículo 9 del Decreto 5965/63. Pueden en consecuencia, celebrar en nombre de la Sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del Objeto Social.
6.- DESIGNACIÓN DE GERENTE: Se designa por unanimidad a Claudia Beatriz Anzilutti, argentina, nacida el 5 de Julio de 1964, DNI Nº 16.573.468, CUIT 27-16.573.468-3, soltera, domiciliada en calle Alvear 2770 de la ciudad de Santa Fe, en carácter de Gerente.
7.- FECHA DEL ACTA DE MODIFICACIÓN DE CONTRATO: 23 de Noviembre de 2019 y 2 de diciembre de 2019.
SANTA FE, 13 de julio de 2020. DR. Jorge E. Freyre, Secretario.$
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