MINISTERIO DE SALUD
RESOLUCION Nº 0159
Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”
22 JUL. 2020
VISTO:
El expediente Nº 00530-0001364-4 en el cual se gestiona la prórroga del plazo de vigencia establecido por Resolución Nº 573 de fecha 30 de abril de 2015; y
CONSIDERANDO:
Que por el citado acto administrativo se prorrogaron, en forma automática, hasta el 31 de marzo de 2016, las habilitaciones para funcionar otorgadas -conforme a la Ley Nº 9847- a instituciones privadas prestadoras de salud, y las categorizaciones de establecimientos públicos y privados que asisten a personas con discapacidad, enmarcadas en el Sistema de Prestaciones Básicas instituido por Ley Nacional Nº 24.901;
Que dicha vigencia se extendió sucesivamente por Resoluciones Nros. 620/16, 329/17, 492/18, 660/19, y por último mediante Resolución Nº 421 del 20/03/20, hasta el 31/07/20 para las habilitaciones/categorizaciones con vencimiento hasta el 31/12/18, y hasta el 31/03/21 para aquellas cuya caducidad opere a partir del 01/01/19;
Que a fs. 47 la Dirección General de Inclusión para Personas con Discapacidad informa que ante la situación provocada por la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en relación con el COVID-19, los Servicios de Atención para Personas con Discapacidad que se encuentran con falencias edilicias y que están en etapa de adecuación con seguimiento desde las Juntas Evaluadoras de Prestadores no pudieron ser auditados en razón de no encontrarse en funcionamiento a la fecha;
Que, por tal motivo, solicita se prorroguen los alcances de la Resolución Nº 573/15 hasta el 31/03/21 para las habilitaciones y categorizaciones con vencimiento hasta el 31/12/18, y hasta el 31/07/21 para aquellas cuya caducidad opere a partir del 01/01/19; todo lo cual es avalado por la Dirección General de Auditoría Médica (fs. 48) y la Secretaría de Salud (fs. 49);
Que este Ministerio estima procedente la medida propuesta, encontrándose facultado para adoptarla como autoridad de aplicación, en materia de habilitación y fiscalización del funcionamiento de los establecimientos de salud, de conformidad con lo previsto en los artículos 3° de la Ley N° 9847 y 35° último párrafo de su Decreto Reglamentario N° 1453/86, el Decreto Nº 224/08, y el artículo 16° incisos 2), 3) y 9) de la Ley Nº 13.920;
POR ELLO:
LA MINISTRA DE SALUD
Resuelve:
ARTICULO 1°.- Prorrógase la Resolución Nº 573/15, extendiéndose -en forma automática- la vigencia de las habilitaciones y categorizaciones allí determinadas, de la manera que a continuación se especifica:
Vencimiento de Habilitación/Categorización
Vigencia Prorrogada
Hasta 31/12/18
Hasta 31/03/2021
Desde 01/01/2019
Hasta 31/07/2021
ARTICULO 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-
S/C 31172 Jul. 23 Jul. 27
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SUBSECRETARIA DE
LOS DERECHOS DE LA
NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y
FAMILIA
NOTIFICACIÓN
Por disposición del Juez de Trámite, Dr. Alejandro M. Azvalinsky, en los autos caratulados "S.D.N.A.F (R.M Peralez) S/ CONTROL DE LEGALIDAD (CUIJ Nº 21-10711024-8)" que tramitan ante el Tribunal Colegiado de Familia Nº 5, Primera Secretaría de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, a los fines de notificar al Sr. Pablo Lazaro Peralez D.N.I 29.144.887, con domicilio real desconocido, que se ha dispuesto lo siguiente: “SANTA FE, 12 de Agosto de 2019. Hágase saber que ha sido designado Juez de Trámite en las presentes actuaciones el Dr. ALEJANDRO AZVALINSKY (Cfr. Art. 543 del C.P.C.C.). Notifíquese. Fdo.: Dr. Antonio Fabian González (Secretario) Dr. ALEJANDRO AZVALINSKY (Juez) OTRO DECRETO: SANTA FE, 11 de diciembre de 2019. con los autos conexos “S.D.N.A.F (R.M Peralez) s/ Control de Legalidad” (CIUJ N.º 21-10711024-8) a la vista se provee: atento la conexidad existente, acumúlense las presentes actuaciones. Tome Razón Mesa de Entradas en los registros informáticos respectivos. Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado acuérdasele la intervención legal correspondiente. Téngase por promovida la presente formal notificación de adopción de resolución definitiva de la medida de protección excepcional de derechos adoptada por la Subsecretaria de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia de Santa Fe, respecto de la menor ROCIO MILAGROS PERALEZ Y por promovida petición de DECLARACIÓN JUDICIAL DE SITUACIÓN DE ADOPTABILIDAD. Agréguese la documental acompañada. En virtud de ello, cítese y emplazase a la Sra. María Isabel Diaz y el Sr. Pablo Lazaro Peralez para que comparezcan a estar a derecho, se expidan sobre la medida definitiva propuesta y ofrezcan las pruebas que intenten valerse en el termino de diez días corridos, bajo apercibimientos de dictar sentencia sin mas tramite. Autorizase a los progenitores propuestos para intervenir en estas actuaciones y efectuar las diligencias que fueren necesarias. Notifíquese el empleado Mantaras. Fdo.: Dr. Antonio Fabian González (Secretario) Dr. ALEJANDRO AZVALINSKY (Juez)
S/C 31170 Jul. 23 Jul. 27
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