CÁMARA DE LA INDUSTRIA
MADERERA Y AFINES DE
CAÑADA DE GÓMEZ
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA
En virtud de lo establecido en el Art. 35, siguientes y conc. del Estatuto, la C.D. de la Cámara de la Industria Maderera y Afines de Cañada de Gómez, convoca a.Asamblea General Ordinaria para el día 21 de Julio de 2020, a las 19,00 horas, en su sede social, sita en calle Mitre 746 de Cañada de Gómez, para tratar el siguiente:
ORDEN DEL DÍA
1.- Designación de dos asociados para firmar el Acta de Asamblea, juntamente con el Presidente y Secretario.
2.- Lectura y consideración de la Memoria correspondiente al Ejercicio Nº 44, cerrado al 31/03/20.
3.- Lectura y consideración del Balance General, Cuenta de Gastos y Recursos e Informe del Órgano Fiscalizador, correspondiente, al Ejercicio N° 44, cerrado al 31-03-20.
4.- Renovación total de la Comisión Directiva y Órgano Fiscalizador, a saber:
a) Designación de la Junta Electoral.
b) Elección de un Presidente por finalización de mandato.
c) Elección de un Vicepresidente Primero por finalización de mandato.
d) Elección de un Vicepresidente Segundo por finalización de mandato.
e) Elección de un Secretario por finalización de mandato.
f) Elección de un Tesorero por finalización de mandato.
g) Elección de dos Vocales Titulares por finalización de mandato.
h) Elección de dos Vocales Suplentes por finalización de mandato.
i) Elección de un Síndico Titular por finalización de mandato.
j) Elección de un Síndico Suplente por finalización de mandato.
CESAR N. FEDERICI
Presidente
JUAN JOSE RODRÍGUEZ
Secretario
Art. 41: El quórum para cualquier Asamblea será la mitad más uno de los asociados con derecho a participar. En caso de no alcanzar este número a la hora fijada, la Asamblea sesionará válidamente media hora después con los socios presentes. Las resoluciones de la Asamblea se adoptarán por mayoría de la mitad más uno de los socios presentes. Ninguna Asamblea podrá considerar, en ningún caso, asuntos no incluidos en el Orden del Día.
Art. 46: Las listas de Candidatos serán oficializadas por la C.D. con diez días de anticipación al acto eleccionario teniendo en cuenta: a) Que los candidatos reúnan las condiciones requeridas por estos Estatutos. b) Que la lista haya sido por escrito y que los candidatos hayan presentado su conformidad también por escrito.
Art. 47: La Junta Electoral estará constituida por los siguientes miembros: un representante de la C.D. y un Delegado por cada una de las listas oficiales.
$ 260 418476 Jul. 2 Jul. 3
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