picture_as_pdf 2020-06-24

REGISTRADA BAJO EL Nº 13981


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

PRÓRROGA DE LOS MANDATOS DE LOS DIRECTORIOS Y/U ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LAS CAJAS PROFESIONALES

ARTÍCULO 1 - Prorrógase por el plazo de 90 días los mandatos de los Directorios y/u órganos de gobierno de los organismos de Seguridad Social de los Profesionales de la Provincia de Santa Fe, cuyos ceses de mandato se dieran durante la vigencia del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ONU Nº 297/20 y modificaciones) o hasta 90 días posteriores de que se disponga su finalización.

ARTÍCULO 2 - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, EL DÍA VEINTIOCHO DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTE.

Ing. MIGUEL LIFSCHITZ

PRESIDENTE

CÁMARA DE DIPUTADOS

Dra. ALEJANDRA S. RODENAS

PRESIDENTA

CÁMARA DE SENADORES

Lic. GUSTAVO PUCCINI

SECRETARIO PARLAMENTARIO

CÁMARA DE DIPUTADOS

Dr. RAFAEL E. GUTIÉRREZ

SECRETARIO LEGISLATIVO

CÁMARA DE SENADORES


DECRETO Nº 0544


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 22 JUN 2020

VISTO:

La aprobación de la Ley que antecede N° 13981 efectuada por la H. Legislatura;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el BOLETIN OFICIAL, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.

PEROTTI

Dr. Esteban Raúl Borgonovo

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