picture_as_pdf 2020-04-30

CAMARA DE APELACION


La Cámara de Apelaciones de Disrito Civil y Comercial de Rosario, Sala Segunda integrada por los Dres. María M. Lotti, Oscar Puccinelli y Gerardo Muñoz, Secretaría del autorizante, en relación al inmueble ubicado en calle Saavedra, entre Cafferata e Iriondo, a los 41m. de Iriondo al Oeste, compuesto de 10m. De frente al Sud, por 25m. de fondo, señalado como Lote Nº 40 manzana Nº 201, plano Nº 67463/1971 inscripto a nombre de Luis Riboldi al Tomo 324 C, Folio 1024, Nº 170829, Dpto. Rosario, partida API Nº 10-93-11-309622/0186-3, se ha dictado lo siguiente: Nº 13; Rosario, de Febrero del año dos mil veinte, en los autos: AJMED RUBÉN MARIO c/RIBOLDI LUIS s/Usucapión; Expte. CULI Nº 21.01126085-0. Resuelve: 1) Rechazar los recursos de nulidad y apelación interpuestos. 2) Imponer provisoriamente a la actora las costas de segunda instancia. 3) Regular los honorarios de segunda instancia en el 50% de los que correspondieren a la sede de origen. Fdo.: Dra. Lotti; Dr. Puccinelli; Dr. Muñoz. Rosario, de Marzo de 2020. Dr. Alfredo R. Farias, secretario subrogante.

$ 33 417635 Abr. 30 May. 5

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JUZGADO LABORAL


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia Laboral de la 10ma. Nominación de Rosario y en autos FRASCAROLI VIVIANA ISABEL c/MEDICINA ESENCIAL SA s/Cobro de pesos – Expte. 21-04081263-3, se hace saber que por decreto de fecha 13 de Mayo de 2019 se cita y emplaza a los herederos de la Sra. Viviana Isabel Frascaroli (DNI 17.744.031) para que comparezcan a estar a derecho en el presente juicio bajo apercibimiento de ley (arts 597 CPCC y 145 CPL). Dra. Paula N. Hechem. Secretaria.

S/C 417974 Abr. 30 May. 5

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TRIBUNAL COLEGIADO


Por disposición del Tribunal Colegiado de Familia de la 5a Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Ricardo Dutto (Juez de Trámite) Secretaría 2a a cargo de la Dra. María Laura Ruani, y de conformidad con lo ordenado en el Art. 70 C.C. y C., comunica que se encuentra en trámite la solicitud de cambio de apellido de Facundo Agustín Matas por Facundo Agustín Aguilar, en autos caratulados MATAS, FACUNDO AGUSTÍN s/Cambio de Apellido; (CUIJ 21-11307831-3), donde se ha dictado la siguiente resolución: Rosario, 01 de Octubre de 2018. Publíquese el pedido en el diario oficial una vez por mes en el lapso de dos meses. Los interesados podran oponerse dentro de los 15 día hábiles contados desde la ultima publicación. Dr. Dutto (Juez de Trámite); Dra. Ruani (Secretaria). Rosario, de Febrero de 2020.

$ 45 416465 Abr. 30

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Por disposición de la Dra. Mariana S. Várela (Jueza); Dra. Eliana C. Gutiérrez White (Secretaria) del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual de la 1° Nominación de Rosario, dentro de los autos: PRIETO, CRISTIAN HERNÁN c/SILVESTER, JORGE EDUARDO y Ot. s/Daños y perjuicios; (Expte. 1370/2017), se procede a citar a los herederos y sucesores de Jorge Eduardo Silvester D.N.I. Nº 14.206.710, a que comparezcan a estar a derecho, por el término de ley y bajo apercibimientos de ley, atento lo dispuesto en el art. 597 CPCC. Notifíquese por edictos que se publicarán por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y se exhibirán en el hall de P.B. de Tribunales. A continuación se transcribe el decreto que así lo ordena: Rosario, 29 de Noviembre de 2019; Agréguese el oficio dirigido al Registro de Procesos Universales diligenciado que acompaña. Atento constancias de autos, cítese a los herederos y sucesores de Jorge Eduardo Silvester, a que comparezcan a estar a derecho, por el término de ley y bajo apercibimientos de ley, atento lo dispuesto en el art. 597 CPCC. Notifíquese por edictos que se publicarán por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y se exhibirán en el hall de P.B. De Tribunales. Notifíquese por cédula. Fdo.: Dra. Mariana Varela (jueza); Dra. Eliana C. Gutiérrez White (Secretaria).9 de Marzo de 2020.

$ 417857 Abr. 30 May. 5

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Por disposición del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual Nro. 1 de Rosario, en autos: AGUIRRE BRIAN LIONEL y Otros c/NIEVAS OMAR FLAVIO s/Daños y perjuicios; Expte. Nro. 1168/2018, se hace saber a Omar Flavio Nievas, que se ha dictado lo siguiente: N° 25, Rosario, 05 de Febrero de 2020: Y Vistos. Y Considerando. Resuelvo: No habiendo comparecido a estar a derecho Omar Flavio Nievas, decláreselo rebelde y désele por decaído su derecho dejado de usar. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Dra. Susana Teresita Igarzabal (jueza) – Dra. Andrea Chaparro, (Secretaria). 28 de Febrero de 2020.

$ 33 417962 Abr. 30 May. 5

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Por disposición del Tribunal Colegiado de la Quinta Nominación de Rosario, en autos caratulados: MACIEL CLAUDIA BEATRIZ c/ANTUÑEZ JORGE ALBERTO s/Divorcio; Expte. Nro. 21-11333164-7, se le hace saber que se ha dictado lo siguiente: N° 3330 Rosario 14 de Noviembre de 2019: Y Vistos. Y Considerando. Resuelvo: 1) Declarar el divorcio de los cónyuges Jorge Alberto Antuñez DNI 20.317.521 y de Claudia Beatriz Maciel DNI 24.079.524. 2) Declarar disuelto el régimen de comunidad de ganancias al día 25 de Octubre de 2019. 3) Imponer costas por su orden. 4) Regular los honorarios de la Dra. María Elena Cervero en la suma de Pesos Veintinueve Mil Trescientos Veintiuno c /8/100 ($ 29.321,80) (8 JUS). Notifíquese a Caja Forense. Los honorarios deberán ser cancelados dentro de los treinta días corridos contados a partir de la fecha de notificación del presente. En caso de mora atento el dictado de la ley 27423 posterior al precedente Municipalidad de Santa Fe c/Bergagna Edgardo s/Recurso de Inconstitucionalidad; Expte. 578/2011 del 01/08/2017, dictado por la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, que evidentemente ha excepcionado los honorarios de los abogados entre otro, tanto de la prohibición de indexar de los art. 7 y 10 de Ley 23928 modificado por Ley 25562, como del mecanismo de conversión de las deudas de valor en deudas de dinero del art. 772 CC y C, creando un régimen especial. La ley 27423 ideo un mecanismo similar al del art. 32 Ley 6767 y modificatorias, llamando a la unidad de medida de los honorarios UMA (Unidad Medida Arancelaria), y en ambos casos es un porcentaje del sueldo de un Juez. Conforme el art. 51 Ley 27423, con un contenido análogo al art. 32 Ley 6767, los honorarios contemplados en ambas leyes cuentan con un régimen especial que impone la cancelación con el pago de las unidades de medida contempladas en la ley. Con independencia del momento en que la regulación adquiera firmeza. Si bien la Ley 27423 esta dirigida a las actuaciones en la justicia nacional - federal y como lo ha señalado la Corte en el precedente citado, las provincias conservan la facultad de dictar sus propias leyes arancelarias, es evidente que siendo la ley 27423 dictada por el Congreso Nacional que también sanciono las leyes 23928, 25561 y 26994, es claro que creo un régimen especial para los honorarios y en razón del principio de igualdad (art. 16 de la CN) se concluye que las limitaciones a la actualización monetaria de la ley 23928 y la posible interpretación del art. 772 CC Y C no son aplicables en esta materia en todo el país. Por tanto se admitirá bajo esa argumentación admitiéndose la actualización en cuanto al equivalente a la misma unidad JUS aplicando sobre ella una tasa activa equivalente al 12% anual desde la fecha de la mora y hasta el efectivo pago, todo ello conforme al antecedente Priasco Stella Mari c/Pierri Pablo Facundo s/Rendición de cuentas; Expte. 268/2015 Auto N° 43 del 18/03/2019 de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Rosario, Sala 4. Firmado Dra. Agustina Munuce, secretaria; Dra. Milca Bojanich, jueza. Secretaría, Rosario, 21 de Febrero de 2020.

$ 52,50 417963 Abr. 30 May. 5

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El señor Juez de Tramite Subrogante a cargo del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual de la Primera Nominación de Rosario, Dr. Germán Barbieri, Juez; Dra. Andrea G. Chaparro, Secretaria, en autos caratulados: POLICELLA BRUNO MARTÍN y Otros c/DELGADO, LUIS CARLOS y Otros s/Daños y perjuicios; CUIJ N° 21-11861085-4, ha dispuesto notificar a la firma SINTECOM S.A., CUIT N° 30-64398435-7, que se ha Desistido de la acción y del proceso, llevado en su contra, en el expediente previamente mencionado. A continuación se transcribe el decreto que así lo ordena: Rosario, 06 de Febrero de 2020. Por formulado el desistimiento de la acción y del proceso contra SINTECOM SA. Téngase presente y hágase saber. Atento que el desistido carece de domicilio conocido, notifíquese el presente por edictos. Notifíquese por cédula a la contraria. Fdo: Dr. Germán Barbieri, Juez de tramite Subrogante; Dra. Andrea G. Chaparro, Secretaria. 17 de Febrero de 2020.

$ 33 417960 Abr. 30 May. 5

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Por disposición del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual Nº 6 de Rosario, a cargo del Dr. Ignacio Aguirre, Secretaría de la autorizante, se hace saber que en los autos caratulados: BACCI, DIEGO c/ORREGO, ROQUE RAMÓN s/Daños y perjuicios; CUIJ 21-11870709-2, se cite al demandado Roque Ramón Orrego DNI 7.882.354, a comparecer a estar a derecho por medio de edictos los que se piblicarán en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 67 69, 73 y 548 del C.P.C. Rosario, 11 de Marzo de 2020. Dra. Ma. Guadalupe Gordillo, secretaria.

$ 33 417946 Abr. 30 May. 5

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Por disposición de la Jueza de Tribunal Colegiado de Familia 5ta. Nominación de Rosarío, a cargo del Jueza del Tramite, Secretaría del autorizante, en el marco de los Autos caratulados: GUZMAN MARÍA INÉS c/BALCEDA GONZÁLEZ GABRIEL s/Div. Vinc. Art. 214 Inc. 2. Expte. Nº 3545/11; CUIJ 21-10985532-1, se ha ordenado notificar al señor Gabriel Gerardo Carlos Balceda González, DNI N° 14.831.459, por un día, la siguiente resolución en su parte resolutiva: Nº 1483. Rosario, 16 de Junio de 2015. Por los argumentos expuestos y normativa citada el Tribunal Colegiado de Familia N° 5 Resuelve: 1°) Declarar el divorcio vincular de los cónyuges Gabriel Gerardo Carlos Balceda González, DNI N° 14.831.459 y María Inés Guzmán, DNI N° 24.617.254, por la causal objetiva de separación de hecho por más de tres años y sin voluntad de unirse, con los efectos de los arts. 204 y 214 inc. 2) del C.Civil. 2°) Declarar disuelta la sociedad conyugal con efecto retroactivo al 4 de julio de 2013. 3°) Costas al demandado vencido con el alcance establecido en los considerandos precedentes. 4°) Diferir la regulación de honorarios a la acreditación en autos de la situación tributaria de las abogadas intervinientes. Insértese y hágase saber. No siendo para más, suscriben los comparecientes después de Ss.Ss., por ante mí que doy fe. Fdo. Marcelo José Molina (juez); Dra. Tanía C. Roimesser (secretaria). Rosario, 5 de Marzo de 2020. Agustina Sueiras Munuce, secretaria.

$ 33 417977 Abr. 30 May. 5

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Por disposición del Sr. Juez del Tribunal Colegiado de Familia N° 7 de Rosario, se hace saber que en autos MYSZKO, LUCILA c/CENTURIÓN, OMAR s/Extinción, privación, suspensión y rehabilitación de la responsabilidad parental; (Expte. CUIJ 21-11315674-8), se ha decretado lo siguiente: Rosario, 21 de Febrero de 2020. A los mimos fines y efectos que la anterior desíngase nueva fecha de audiencia para absolución de posiciones para el día 07 de Abril de 2020 a las 09:00 hs. Nofíquese por edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL y en el Hall de Entradas del Tribunal. Asimismo desígase nueva fecha de audiencia testimonial para el día 07 de Abril de 2020 a las 09:30 hs. Notifíquese por cédula. Líbrense los oficios solicitados. Fdo: Dra. Gabriela Topino (Jueza) - Dra. María Silvia Zamanillo (Secretaria). Rosario, 10 de Marzo de 2020.

$ 33 417798 Abr. 30 May. 5

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Por disposición de la señora Jueza del Tribunal Colegiado de Familia Nº 7, Dra. Gabriela Topino, Secretaría a cargo de la Dra. Lorena Bottini, en autos caratulados AMARILLA, MILAGROS ANTONELLA s/Medida de protección excepcional; CUIJ Nº 21-23582255-2, se ha dispuesto notificar por edictos a la Sra. Alejandra Isabel Díaz, la siguiente resolución: Rosario, 06 de Marzo de 2020. Por informada situación respecto a la persona que pueda asumir el cargo de tutor. Atento el estado de autos se provee: Por peticionado control de legalidad de la resolución definitiva de la medida de protección excepcional (fs. 172). Cítese a la adolescente Milagros Antonella Amarilla, para el día 30 de Marzo de 2020 a las 11hs. ante S.S. y en presencia del Defensor General. Cítese a los progenitores a comparecer a estar a derecho, expedirse sobre las medidas definitivas propuestas por la autoridad de aplicación y ofrecer prueba por el término de diez (10) días, bajo apercibimientos de resolver sin más en caso de falta de contestación (art. 66 bis Ley 12.967). Notifíquese. Fecho: córrase vista al Defensora General actuante. A lo solicitado en el punto 2: estése al estado de autos 8fs.175). Fdo: Dra. Gabriela Topino (Jueza), Dra. Lorena Bottini (Secretaria). Rosario, 13 de Marzo de 2020.

S/C 417650 Abr. 30 May. 5

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 5 de Rosario, dentro de los autos caratulados: DONNER, DAVID s/Ausencia con Presunción de Fallecimiento (21-02916912-5) se ha ordenado notificar por edictos los siguientes proveídos: Rosario, 20 de setiembre de 2019. Por presentado, en el carácter invocado y con domicilio legal constituido. Por iniciada acción dé ausencia con presunción de fallecimiento. Agréguense las constancias acompañadas. A fin de determinar la legitimación activa, indique derecho subordinado a la muerte del Sr. David Donner. Acredite diligencias tendientes a la averiguación de la existencia del ausente. Como medida para mejor proveer: Ofíciese a la Cámara Nacional Electoral a los fines de que informe respecto del último domicilio registrado de David Donner y líbrese oficio a la Dirección Nacional de Migraciones para que informe sobre la supuesta salida del país del ausente. Fecho, cítese al ausente por edictos que se publicarán una vez por mes durante seis meses en el diario BOLETÍN OFICIAL. Dése intervención al defensor general. Martes y Viernes para notificaciones en la Oficina. Notifíquese. Firmado: Dra. Silvina Rubulotta, Secretaria. - Dra. Lucrecia Mantello, Jueza. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Rosario, 25/09/2019. Silvina L. Rubulotta, Secretaria Subrogante.

$ 45 403384 Abr. 30

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 18a. Nominación de Rosario, se hace saber que en los autos caratulados LAVIA, MIRIAM CATALINA s/Concurso preventivo; Expte. CUIJ 21-02920227-0. por resolutorio Nº 1967 de fecha 10/10/19, se ha declarado abierto el concurso de Miriam Catalina Lavia, DNI Nº 1.686.470, con domicilio real en calle Italia 4835 de Rosario y domicilio legal en la Av. H. Yrigoyen 1241 de Rosario. El cargo de Sindicatura será ejercido por la CPN María Florencia Santiago, quien ha constituido domicilio en calle Paraguay 777, Piso 9° de Rosario, con horario de atención de Lunes a Viernes de 9 a 12 y 15 a 18horas. Por auto Nº 383 de fecha 10/03/20 se ha dispuesto fijar el día 04 de Mayo de 2020 como fecha tope hasta la cual los acreedores podrán presentar los pedidos de verificación ante la Sindicatura. Fijar el día 17 de Junio de 2020 para que la sindicatura presente el Informe Individual (Art. 35 LCQ) ante éste Tribunal y el día 14 de Agosto de 2020 para la presentación del Informe General (Art. 39 LCQ). Fijar el día 27 de Noviembre de 2020 como fecha tope para hacer pública la propuesta presentando la misma en el expediente. (Art. 43 LCQ). Fijar el día 21 de Diciembre de 2020 a las 10 hs para la Audiencia Informativa en las oficinas del Juzgado. Fijar el día 30 de Diciembre de 2020 como fecha hasta la cual gozará el deudor del Período de Exclusividad. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL y diario El Forense. Rosario, 13 de Marzo de 2020. Dra. Patricia Andrea Beade, Secretaria.

$ 165 417757 Abr. 30 May. 7

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El Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 5ta. Nominación de Rosario, dentro de los autos caratulados ASOCIACIÓN MUTUAL DE ACOPIADORES FEDERADOS c/JEANDREVIN LOSADA, MARÍA VIRGINIA y Otros s/Juicio ejecutivo; Expte. CUIJ Nº 21-02862156-3, cita y emplaza a la Sra. Sosa Sandra Noemí, titular del DNI Nº 18.107.197, para que dentro del término de diez (10) días comparezca a estar a bajo apercibimiento de declararlo rebelde y darlo por notificados de cualquier resolución o providencia posterior. Todo esto como ordena la siguiente medida Rosario, 01 de Agosto de 2016. Téngase a Asociación Mutual de Acopladores Federados por presentado, en el carácter invocado y con domicilio legal constituido. Por iniciada la acción que expresa la que tramitara por la vía del juicio Ejecutivo. Cítese y emplácese a las partes demandadas para que dentro del término de tres días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía. Resérvese en Secretaría la documental acompañada. Trábese el embargo solicitado hasta cubrir la suma reclamada con más el 30% estimado provisoriamente para intereses y costas. Ofíciese. Atento lo dispuesto por el Poder ejecutivo provincial mediante decreto Nº 2115 del 27-10-09, lo resuelto por el ministro de economía provincial mediante resolución Nº 43 del 27-01-10 y lo considerado por la Corte Suprema de Justicia de la provincia según nota Nº 136/10, hágase saber que las sumas que oportunamente se retengan por el embargo deberán ser depositadas en el Banco Municipal de Rosario, Suc. 80, Caja de abogados. Martes y Viernes para notificaciones en la Oficina. Notifíquese. Fdo.: Dr. Ivan D. Kvasina (Juez); Dr. Alfredo R. Farías (Secretario). Rosario, 10 de Febrero de 2020. Silvina L. Rubulotta, secretaria subrogante.

$ 65 417759 Abr. 30

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de Rosario, en los autos caratulados CEREALES DEL SUR S.A. s/Concurso Preventivo; Expte. Nº 613/2019 (CUIJ Nº 21-02920321-8), se ha resuelto por auto N° 235 de fecha 21/02/2020 fijar el día 15 de Abril de 2020 como fecha para la presentación del Informe Individual, fijar el día 29 de Mayo de 2020 como fecha para la presentación del Informe General, fijar el día 09 de Octubre de 2020 para la terminación del Período de Exclusividad y desígnase fecha de Audiencia Informativa para el día 04 de Octubre de 2020 a las 11:30hs. Secretaría, Rosario, 04/03/2020. Dra. Daniela A. Jaime, secretaria.

$ 165 417803 Abr. 30 May. 7

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El Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 2da. Nom. Rosario, se hace saber que en los autos: MARTÍNEZ, RAMÓN ROMEO y Otros c/CABALLERO, RICARDO s/Prescripción adquisitiva; 21-02903321-5 (702/2018), que tramitan por ante este Juzgado de 1° Instancia en lo Civil y Comercial de la 2° Nom. Rosario, a cargo de la Dra. Mónica Klebcar, Secretaria de la Dra. Marianela Godoy, se ha dispuesto Acompañe plano de mensura original o copia certificada. Cítese y emplácese al demandado por el plazo de Ley para que dentro del mismo comparezca a estar a derecho y tomar la intervención que le corresponda bajo apercibimiento de rebeldía (arts. 72, 76 y ss., CPCC). Procédase a la anotación litigiosa del inmueble objeto de autos Tº 171 B, Fº 1123, Nº 52692 departamento Rosario, conforme art. 1905 CCC. Ofíciese a la Agencia de Administración de Bienes del Estado a fin de que informe si existe interés fiscal por parte de la Nación; asimismo ofíciese a la provincia de Santa Fe, y a la Municipalidad de Rosario , a los mismos fines, conforme art. 24 inc. d) ley 14.159. En caso de resultar necesarios a fin de conocer el actual domicilio del demandado, líbrense oficios requiriéndose informes al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional Electoral. En los demás oficios que el profesional estime necesarios para averiguar el domicilio del demandado, deberá diligenciarlos por la vía prevista por el art. 25, inc. a, CPCC, transcribiendo nombre completo, número y tipo de documento de identidad y último domicilio conocido del demandado. Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos Civiles, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación recomendado por Acuerdo Ordinario - Acta 48/2017 de fecha 5 de Diciembre de 2017 y lo dispuesto por los Acuerdos Ordinarios - Acta 8/2018 del 13 de Marzo de 2018 y 10/2018 del 27 de Marzo de 2018 de la Excma. Suprema Corte de la Provincia de Santa Fe. Por tanto, se hace saber que las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor y la comparencia a las audiencias será valorada en orden al art. 4 de la ley 12851. Notifíquese por cédula, debiendo el Sr. Oficial notificador observar el estricto cumplimiento del art. 63 CPCC. Hágase saber al profesional interviniente que deberá acompañar los tickets de cédulas a los fines de su diligenciamiento oficioso en la etapa probatoria. Dra. Cecilia V. Dulcich, prosecretaria.

$ 33 417746 Abr. 30 May. 5

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de la ciudad de Rosario (SF) Dr. Ezequiel María Zabale, Secretaría de la Dra. Gabriela B. Cossovich, dentro de los autos caratulados: SIMPA S.R.L. s/Conversión en concurso preventivo - hoy quiebra; Expediente N° 1622/99;CUIJ 21-01102759-5; GENESIO CLAUDIO, s/Conversión en concurso preventivo - hoy quiebra; Expediente Nº 2182/01; BRUSCO, CARLOS s/Quiebra; Expte. Nº 2104/01; y BRACAMONTI DANIEL s/Quiebra; Expte. Nº 2183/01, se ha dispuesto publicar el presente Edicto por dos (2) Días en los términos del artículo 218 stes y cctes de la ley 24.522, poniendo de manifiesto por el término de ley el Proyecto único de distribución final presentado para los procesos judiciales de la referencia. Asimismo, se han regulados honorarios de la Sindicatura, en el siguiente orden y proporción de ley: para autos SIMPA SRL; $ 600.000; para los autos: Genesio Claudio: $ 200.000; para los autos: BRUSCO CARLOS; $ 200.000 y para los autos; BRACAMONTI DANIEL: $ 200.000 (Autos; SIMPA SRL s/Conversión en concurso preventivo - hoy quiebra; Expediente Nº 1622/99 - GENESIO CARLOS, s/Conversión n concurso preventivo - hoy quiebra; Expediente N° 2182/01 - BRUSCO, CARLOS s/Quiebra; Expte. Nº 2104/01; y BRACAMONTI DANIEL s/Quiebra; Expte. Nº 2183/01; BANCO DE SANTA FE SAPEM c/BRUSCO, CARLOS y Otros s/Ejecución hipotecaria; CUIJ 21-01122469-2). Dra. Gabriela B. Cossovich, secretaria.

S/C 417823 Abr. 30 May. 4

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Por disposición Juez 1ra. Instancia Distrito Civil y Comercial de la 12da Nom. Rosario (S Fe) Secretaria suscripta hace saber autos: COMUNA DE PUEBO ESTHER c/PÉREZ BEATRIZ y LOPERGOLO HERMANOS y COMPAÑÍA SRL s/Apremio Fiscal;(CUIJ 21-01484242-7), se transcribe los siguientes decretos a los fines de su correspondiente notificación de acuerdo a lo que dispone el art. 28 la Ley 5066 de Comunas y Municipios de Santa Fe: Rosario, 21 de Febrero de 2020, Ordénase la venta en pública subasta del inmueble perteneciente al demandado con todo lo en el edificado, clavado y plantado ubicado en calle 30 de Noviembre (hoy Juan D Perón) s/n Barrio Solares del Sur de Pueblo Esther (Santa Fe), dominio inscripto al Tomo 342 B, Folio 1062, Número 116798, Departamento Rosario, la que se realizará por el martillero actuante en autos, en el Juzgado Comunitario de las Pequeñas Causas de Pueblo Esther (Santa Fe) el día 3 de Marzo de 2020 a las 10:00 hs. o el día hábil siguiente de resultar inhábil o feriado el propuesto. El inmueble saldrá a la venta con la base de $ 1.463.224,00 en el estado de ocupación en que se encuentre según constancia de autos: Desocupado. Seguidamente, si no hubiere postores, con retasa del 25%, y si tampoco hubiere postores con última base del 20% de la primera. Los gastos por impuestos, tasas, contribuciones y demás conceptos que adeude el inmueble, son a cargo exclusivo del comprador, así como los gastos e impuestos de transferencia, e I.V.A., si correspondiere. Hágase saber que a los fines de transferir el inmueble se debe recurrir a lo normado por el art. 505 segundo párrafo (protocolización de actuaciones judiciales). Esos gastos, así como cualquier otro producido por la transferencia dominial del inmueble subastado, serán exclusivamente a cargo del comprador en subasta, como así también los que puedan resultar por nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianerías en su caso. Hágase saber a los interesados mediante la publicación de edictos correspondientes y en el acto de la subasta que en el supuesto de comprar en comisión se deberá indicar los datos de identificación del comitente. Quien resulte comprador deberá abonar el 10% del precio de compra en el acto de la subasta, con más el 3% de comisión, todo al martillero, en pesos y/o cheque certificado. Para el caso de que el precio de la compra supere el valor de $ 30.000, el comprador deberá abonar el mencionado 10% del precio de compra en el acto de subasta, con la siguiente modalidad: hasta la suma de $ 30.000 en dinero en efectivo, pesos, en el acto de subasta. El saldo de precio deberá ser depositado dentro de los dos días hábiles posteriores a la subasta en Banco Municipal de Rosario, sucursal Caja de Abogados, a la orden de este Juzgado y para estos autos, haciendo saber que si dicho importe superara los $ 30.000,00 deberá realizarse por transferencia bancaria, y si intimado el adquirente no efectuare el pago, ello tornará aplicable lo normado por el art. 497 C.P.C.C. En caso de incumplirse dicha disposición se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicado por. este Tribunal y/ o el martillero actuante a la A.F.I.P. El martillero deberá oficiar al Registro General, con copia certificada del acta de remate a fin de que se tome razón de la misma, sin que implique transferencia a favor del adquirente. Hágase saber que previo a la transferencia deberán estar abonados los impuestos que gravan el acto de subasta, así como las tasas y contribuciones y demás conceptos que adeude el inmueble. Cumpliméntese con la publicidad de ley. Publíquense los edictos de ley en el BOLETÍN OFICIAL por cinco días hábiles (art. 492 CPCC) debiendo constar los mismos agregados 1 día antes de la fecha de remate, una vez firme el presente decreto. Ofíciese a los fines del art. 506 C.P.C.C. si correspondiere. El expediente deberá ser entregado al Juzgado cinco días antes de la subasta a los fines de los arts. 494 y 495 del C.P.C.C. y permanecerá en Secretaria. Hágase saber que se fijan como días de exhibición del inmueble, los 5 días hábiles anteriores a la fecha de realización de la subasta, en el horario de 15a 18 hs. Hágase saber que los títulos de propiedad se encuentran en Secretaría de este Tribunal para ser examinados por los interesados, no admitiéndose después de la subasta declamación alguna. Notifíquese por cédula. Concurran los oferentes con la debida antelación a la Sala de Remates a los efectos de ingresar con el DNI Dra. Agustina Filippini Dr. Fabián E. Daniel Bellizia, Secretario, Juez Rosario, 03 de Marzo de 2020. Atento a lo solicitado, fíjese nueva fecha de subasta para al día 29 de Abril de 2020 a las 10:00 hs., con las mismas condiciones establecidas mediante decreto deb fecha 21 de Febrero de 2020 (fs. 117). Notifíquese por cédula. Dra. Agustina Filippini, Dr. Fabián E. Daniel Bellizia, Secretario -Juez- Se hace saber a sus efectos. Secretaría, 13 de Marzo de 2020.

S/C 417729 Abr. 30 May. 5

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En autos caratulados VAGLIENTE, CARLOS ESTEBAN c/LITIUM SA s/Juicio Ejecutivo - 21-02913364-3 (293/2019), que tramitan por ante este Juzgado de 1° Instancia en lo Civil y Comercial de la 2° Nom. Rosario, a cargo de la Dra. Mónica Klebcar, Secretaría de la Dra. Marianela Godoy, se ha dispuesto declarar la rebeldía de LITIUM SA CUIT 30-71479496-1. Dra. Cecilia V. Dulcich, prosecretaria.

$ 33 417750 Abr. 30 May. 5

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Rosario, en los autos caratulados CABIALE, NADINAINES s/Concurso Preventivo; Expte. CUIJ 21-02918442-6, se ha ordenado lo siguiente: Nº 215 Rosario, 18 de Febrero de 2020. Y Vistos: Estos autos caratulados CABIALE, NADINAINES s/Concurso Preventivo; lo manifestado por la sindicatura por escrito cargo 14746 y contesta traslado de la concursada. Y Considerando: Que corresponde cumplimentar con los recaudos exigidos en el art. 14 incisos 3, 9 y 10 LCQ. Por tanto, Resuelvo: I. Postergar al día 20/03/20 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar sus pedidos de verificación al Síndico CPN. Graciela Beatriz Goncebatt con domicilio en calle Paraguay 777 piso 9 de Rosario. Horario de atención de lunes a viernes de 8 a 12 hs y de 15 a 18 hs. 2. Postergar al día 27/04/20 para la presentación por el Síndico del informe individual sobre los créditos con las exigencias determinadas en el art. 35, 2do. párr. L.C. 3. Fijar el 1/06/20 para la presentación del informe general por el Síndico. 4. Hacer saber que el período de exclusividad vencerá el 14/08/20 y la audiencia informativa se celebrará en la Sala de Audiencia de este Juzgado el 7/08/20 a las 11 horas, o al día siguiente hábil, y a la misma hora, si la fecha designada resultare feriado o inhábil. 5. Ordenar publicar edictos haciendo conocer lo aquídecidido en el BOLETÍN OFICIAL y El Tribunal. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Gabriela B. Cossovich (secretaria); Dr. Ezequiel M. Zabale (Juez). Rosario, de 2020.

$ 165 417712 Abr. 30 May. 8

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El Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 2da. Nom. Rosario, a cargo de la Dra. Mónica Klebcar, Secretaría de la Dra. Marianela Godoy, se hace saber que en los autos: SAIEVA, JOSÉ CLEMENTE s/Nulidad Cosa Juzgada Írrita; 21-02923776-7 (900/2019), se hace saber lo siguiente: Rosario, 07 de Noviembre de 2019, Cargo 15827: Por presentado, con domicilio legal constituido en el carácter invocado a mérito del poder especial acompañado. Désele la participación correspondiente. Atento a que se pretende la nulidad de cosa juzgada írrita, de una sentencia de jurisdicción voluntaria désele a los presentes el mismo trámite que el juicio en que se dictó la sentencia que se impugna. Procédase a su recaratulación. Agréguese la documental acompañada. Únanse los presentes autos a sus conexos Saieva, José Clemente s/Rectificación de partida, Expte 399/19. Acompañe original del certificado de nacimiento del Sr. Alfonso Saieva con sello de remisión consular. Fecho, vista al Consulado de Italia, al Asesor legal del Registro Civil y al Sr. Agente fiscal, en ese orden. Dra. Cecilia V. Dulcich, prosecretaria.

$ 33 417748 Abr. 30 May. 5

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 3 de Rosario, Dr. Ezequiel Zabale en autos MAROTTO MARIA EMILIA s/Concurso Preventivo; Expte. 908/19, se ordenó por auto 3128 de fecha 26/12/19 la apertura de concurso preventivo de Marotto María Emilia, DNI 20.803.381 con domicilio en calle San Martín 607 piso 3 A de Arroyo Seco y domicilio legal en calle Paraguay 777 piso 9 de Rosario; CUIT 27-20803381-1. Por auto Nro. 335 de 9/03/20 se Dispuso: 1) Fijar 30/04/20 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar sus pedidos de verificación al Síndico CPN Andrea María Del Lujan Stampfli, con domicilio en Corrientes 861 piso 7 oficina 1 de Rosario Horario de atención de lunes a viernes de 9 a 17 hs. 2. Fijar el 16/06/20 para la presentación por el Síndico del informe individual sobre los créditos con las exigencias determinadas en el art. 35, 2do. párr. L.C. 3. Fijar el 30/07/20 para la presentación del informe general por el Síndico. 4. Hacer saber que el período de exclusividad vencerá el 2/11/2020 y la audiencia informativa se celebrará en la Sala de Audiencia de este Juzgado el 26/10/20 a las 11 horas, o al día siguiente hábil, y a la misma hora, si la fecha designada resultare feriado o inhábil. 5. Ordenar publicar edictos haciendo conocer lo aquí decidido en el BOLETÍN OFICIAL y El Tribunal. 12 de Marzo de 2020. Dra. Gabriela B. Cossovich, secretaria.

$ 165 417716 Abr. 30 May. 8

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Por disposición del Sr. Juez, a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 3ra. Nominación de Rosario, Dr. Ezequiel Zabale, dentro de los autos caratulados: BREST, MARIO RODRIGO s/Propia Quiebra; Expte. 1027/2010 - CUIJ 21-01122010-7, se hace saber que mediante resolución N° 303 de fecha 04 se Marzo de 2020, se declaro la conclusión de la quiebra de Mario Rodrigo Brest, titular DNI Nº 28.331.092. Secretaría, 16 de Marzo de 2020. Dra. Gabriela B. Cossovich, secretaria.

$ 165 417997 Abr. 30 May. 4

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Por disposición del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Mónica Klebcar, dentro de los autos caratulados: PEREIRA, DAYANA MICAELA s/Solicitud Propia Quiebra - 21-02917722-5 (484/2019) Nº 371 12 de Marzo de 2020 Y Vistos. Y Considerando. Que a fs 99 acepta el cargo el síndico designado CPN Miguel Ángel Falco, correspondiendo cumplimentar con los recaudos exigidos en el Art. 14 incisos 3,9 y 10 LCQ. Resuelvo: Fíjase el 04/05/2020 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar sus pedidos de verificación al síndico CPN Falco Miguel Ángel, con domicilio en calle Gabriel Carrasco 1314 de Rosario, horario de atención de Lunes a Viernes de 9:00 a 12:00 hs y de 16:00 a 19:00 hs. Fijar el día 02/07/2020 para la presentación por el Síndico del Informe Individual sobre los créditos con las exigencias determinadas en el art. 35 2do. párrafo L.C. Fijar el día 02/09/2020 para la presentación del Informe General por el Síndico. Ordenar publicar edictos haciendo conocer lo aquí decidido en el BOLETÍN OFICIAL. Insértese y hágase saber. Dra. Cecilia Dulcich, prosecretaria.

S/C 417980 Abr. 30 May. 8

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Por disposición del Sr. Juez Carlos Cadierno, en autos tramitados por ante el Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la 15ta Nom. de Rosario, caratulados CONSORCIO EDIFICIO CEREALES ROSARIO c/SCARINGI PASCUAL (Sucesores) s/Cobro de Pesos, Expte. CUIJ 21-02885519-9, se ha decretado que no habiendo comparecido la parte demandada a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hacerlo, se la ha declarado rebelde y sigue el juicio sin su representación. Se deja constancia que el Sr. Pascual Scaringi posee el DNI 5.982.952. Rosario, 17 de Febrero de 2020.

$ 33 417910 Abr. 30 May. 5

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Dentro de los autos caratulados NOVARA, YANINA TELMA c/GORDILLO, ELSA GUADALUPE s/Prescripción Adquisitiva CUIJ 21-02884805-3 Juzg. 1ra. Inst. Civil y Comercial 16ta. Nom. de Rosario, se ha dictado lo siguiente: Nº 1723. Rosario 20.12.19. ... Fallo: 1.- Haciendo lugar a la demanda de usucapión promovida en autos respecto de 1/5 del inmueble deslindado en la presente sentencia, ubicado en calle Rauch 1730 de la ciudad de Rosario, inscripto en el Registro General Rosario al T° 288B, F° 1342, N° 54.251, Dpto. Rosario, consistente en un lote de terreno situado en la manzana conformada por las calles Ghiraldo, Laplace, Castagnino y Rauch, el mismo se encuentra en la esquina que conforman las calles Castagnino y Rauch, a los 78,20 mts. de la esquina de las calles Castagnino y Laplace, medidos sobre Castagnino en dirección al oeste y a los 32,81 mts. de la esquina de las calles Ghiraldo y Rauch, medidos sobre la calle Rauch hacia el sur, midiendo 8,00 mts. de frente al sur, sobre la calle Castagnino; a partir de allí y hacia el norte se desarrolla el lado oeste sobre la calle Rauch de 20,00 mts. de longitud y que forma con el lado anterior un ángulo de 90°14’00”; a partir de allí y en dirección al este se desarrolla el lado norte de 8,00 mts. de longitud y que forma con el lado anterior un ángulo de 89°46’00”; a continuación y en dirección al sur se desarrolla el lado este de 20,00 mts. y se genera con el lado anterior un ángulo de 90°14’00” y con el primero descripto un ángulo de 89°46’00”; encerrando una superficie de 160,00 mts.2; lindando por el norte con Manuel Juncal y otra; por el este con Víctor Rodríguez; por el sur con la calle Castagnino y por el oeste con la calle Rauch; todo ello según plano archivado al Dupl. N° 5094-R, inscripto en el Departamento Topográfico del SCIT, identificado como lote A, Nomenclatura Catastral: Dpto. 16, Dto. 03, Sub Dto. 13, Z 1, Sec. 13, Manzana 0104, Parcela 00001. Declarando probada la quieta, pública y pacífica posesión del mismo por parte de Yanina Telma Novara; y, por consiguiente, declarando la adquisición del dominio de dicho inmueble a quien, previo cumplimiento de los recaudos de ley, se le otorgará el título supletorio respectivo. Declarándose el día 3 de agosto de 2017 como fecha operativa de adquisición del derecho real respectivo, atento encontrarse cumplido el plazo de prescripción. 2.- Imponer las costas a la demandada (artículo 251 C.P.C.C.), con la salvedad de que los honorarios profesionales del defensor de oficio deberán ser provisoriamente soportados por la actora, conforme los considerandos ut-supra vertidos. 3.- Difiriendo la regulación de honorarios hasta tanto se acompañe tasación actualizada del inmueble de marras. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Ma. Sol Sedita, Secretaria - Dr. Pedro Boasso, Juez. 21 de Febrero de 2020.

$ 80 417908 Abr. 30 May. 5

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 18° Nominación de Rosario, en autos PÉREZ FRANZUTTI, GASPAR MARTÍN s/Sumaria Información; CUIJ N° 21-02925017-8, se hace saber que Pérez Franzutti, Gaspar Martín (D.N.I. 37228136), hijo de Amadeo Martín Pérez Machado y de Erica Miriam Franzutti, ha promovido sumaria información a los fines de suprimir el apellido paterno “Pérez” de su apellido, por lo que se publica el presente en el BOLETÍN OFICIAL una vez por mes en el lapso de dos meses a los fines de que se formulen observaciones dentro de los quince días hábiles computados desde la última publicación. Rosario, 2 de Marzo de 2020. Dra. Patricia A. Beade, secretaria subrogante.

$ 45 417854 Abr. 30

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Por estar así dispuesto en autos caratulados: MARTINELLI MARCO c/BERTOZZI HÉCTOR DANTE y otros s/Daños y Perjuicios 21-11669633-6 que se tramitan por ante éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Distrito de la 16° Nominación de los Tribunales Provinciales con asiento en la ciudad de Rosario, se ha dispuesto citar por edictos, que se publicarán por 3 días consecutivos en el BOLETÍN OFICIAL a los herederos de la parte demandada, Sr. Bertozzi Héctor Dante, para que dentro del término de cinco (5) días después de la última publicación, conforme Art. 73 CPCC, comparezcan a los autos con patrocinio letrado o por apoderado, constituyendo domicilio legal, los que deberán acreditar dicho extremo con la documentación pertinente (Art. 596 C.P.C.C.S.F.), bajo apercibimientos de ley. Todo por estar dispuesto en los autos de referencia y para sus acumulados: Hospital Provincial del Centenario c/Bertozzi Héctor Dante s/Daños y Perjuicios. Expte. Nº 573/2009, Scozzatti Franco c/Bertozzi Héctor Dante s/Daños y Perjuicios. Expte. N° 1965/11 Sánchez Herrero Pablo c/Bertozzi Héctor Dante s/Daños y Perjuicios Expte. Nº 567/2010 Rodríguez Otero, Raúl c/Bertozzi Héctor Dante s/Daños y Perjuicios. Expte. Nº 647/2010 López Susana Beatriz c/Bertozzi Héctor Dante s/Daños y Perjuicios. Expte. Nº 1378/2013 y Lescano Maite c/Bertozzi Héctor Dante s/Daños y Perjuicios. Expte. Nº 1732/2010, todos de trámite ante éste Juzgado. Se transcribe a continuación la parte pertinente del decreto que da origen al presente: Rosario, 07 de Noviembre de 2018 Habiéndose denunciado en todos los autos conexos el fallecimiento del Sr. Bertozzi Héctor Dante autorízase al presentante a realizar una sola citación comprensiva de todos los expedientes conforme lo decretado a fs. 164. Atento lo informado por la MEU de Distrito; Ofíciese al Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la 16ª. Nominación a los fines de que informe fecha de iniciación, partes intervinientes, relato de los hechos que dieran lugar a la demanda de referencia y estado procesal de la misma y sus conexos. Firmado: Dr. Christian Bitetti Secretario - Dr. Edgardo Bonomelli, Juez de Trámite. 10 de Marzo de 2020. Dra. María Sol Sedita, secretaria.

$ 33 417855 Abr. 30 May. 5

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 3ra. Nominación de Rosario Dr. Ezequiel M Zabale, Secretaría de la autorizante, se ha dispuesto se cite y emplace a derecho a Ovidio Faustino García, por el término de 10 días bajo apercibimiento de rebeldía, en los autos caratulados: ZIMARO, NIDIA MAGDALENA, y Otros c/GARCÍA, OVIDIO FAUSTINO s/Prescripción Adquisitiva, CUIJ Nº 21-02884506-2. Rosario, Dra. Agustina Faure, prosecretario.

$ 33 417886 Abr. 30 May. 5

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 14° Nom. de la ciudad de Rosario, en los autos caratulados: NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A. c/GALLARDO ALBERTO OSIRIS s/Ejecutivo; CUIJ N° 21-01482972-2, se hace saber que se ha ordenado: Rosario, 31 de Mayo de 2019. Emplácese por edictos a los herederos de Gallardo Alberto Osiris, para que comparezcan a estar a derecho por el término de ley bajo apercibimiento de designar un curador que cumplirá la doble función de curador ad hoc de la herencia y defensor de los herederos rebeldes y con el cual se entenderá la demanda o el procedimiento. Fdo. Dr. Gabriel Abada (Juez en suplencia), Dr. Agustín Crosio (Secretario). En consecuencia, se hace saber que se ha ordenado citar y emplazar a los herederos de Gallardo Alberto Osiris (DNI 6067362) para que comparezcan a estar a derecho, por edictos que se publicarán tres veces en el BOLETÍN OFICIAL, venciendo el término cinco días después de la última publicación, bajo apercibimiento de ley. Rosario, 16/03/2020. Dra. María Sol Sedita, secretaria.

$ 33 417877 Abr. 30 May. 5

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Por disposición de la Jueza del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la Primera Nominación, María Andrea Mondelli, secretaria autorizante de la Dra. Elvira Sauan, se hace saber que en los autos DOS CABEZAS SRL s/Pedido de Quiebra; CUIJ 21-02924750-9, se ha dictado la Quiebra por medio del Auto N° 401 de fecha 13 de Marzo de 2020, que se transcribe: Y Vistos... Y Considerando... Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de DOS CABEZAS S.R.L., CUIT 30-71250508-3, con domicilio en calle Rioja 1688 de esta ciudad; 3) Ordenar a la fallida y a terceros para que entreguen al Síndico los bienes de aquel; 4) Intimar a la deudora para que cumpla los requisitos a los que se refiere el art. 86 de la Ley 24522 y para que entregue al Síndico dentro de las 24 horas los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad; 5) Prohíbese hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces; 6) Disponer se intercepte la correspondencia, a cuyo fin deberá oficiarse; 11) Para sorteo de Síndico desígnase el día 01/04/2020, a las 10:00hs. Deferir las fechas hasta las cuales podrán presentarse las solicitudes de verificación de créditos ante el Síndico y para la presentación de los Informes Individual y General respectivamente, las que se fijarán por auto ampliatorio, aceptado que fuere el cargo por el Síndico a designarse; 12) Publíquense edictos conforme art. 89 L.C. en el BOLETÍN OFICIAL. Insértese y hágase saber. Dra. Elvira Sauan, secretaria.

S/C 417845 Abr. 30 May. 8

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 14a. Nominación de Rosario, en autos: MUNARETTI MIRIAN MONICA c/VIVA ERASMO ANTONIO s/Escrituración; Expte. Nº 21-02875764-3, se hace saber que se dicto lo siguiente: N° 2215; Rosario, 13 de Noviembre de 2019: Y Vistos Y Considerando. Resuelvo: 1) Hacer lugar a la demanda instaurada y en consecuencia condenar a los demandados (Erasmo Antonio Viva, Aída Ciafarelli, Concepción Viva, Noelia Luisa Viva de Fassi, Elvira Bonilla y María Sabetti), para que otorguen en el término de treinta días la escritura traslativa del lote ubicado en la Comuna de Alvear, Provincia de Santa Fe, Manzana 31 de la 1° Sección con frente a la calle Rivadavia haciendo esquina a la de Almirante G Brown inscripto en el Registro General al Tomo 126 A, Folio 578 vta, Numero 39774 del Departamento Rosario si fuere registralmente posible, bajo apercibimientos de efectuarla el Tribunal en su nombre. 2) Imponer las costas a la actora en los términos planteados en los considerandos. 3) Diferir la regulación de honorarios hasta tanto se acompañe Avaluó Fiscal actualizado. Insértese y hágase saber. Firmado Dr. Marcelo Quaglia (Juez) y Valeria Beltrame, prosecretaria. Secretaría, 28/02/2020. Dra. María Belén Baclini, secretaria en suplencia.

$ 33 417844 Abr. 30 May. 5

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 18a. Nominación de Rosario, en los autos caratulados: DAVOLA CARLOS ALBERTO c/SUPER TRIANGULO SRL y Otros s/Cobro de Pesos; Expte. Nro. 21-02874207-7, se hace saber que se ha dictado lo siguiente: Rosario 23 de Octubre de 2017: Por presentado, con domicilio constituido y en el carácter invocado a mérito del poder acompañado en los conexos. Désele al compareciente la participación que por derecho corresponda. Por iniciada la acción que expresa, la que tramitara por la vía del juicio ordinario. Cítese y emplácese a comparecer a estar a derecho a la parte demandada por el término y bajo los apercibimientos de ley. Martes y Viernes para notificaciones en la oficina. Asimismo, conforme lo normado por el art. 597 del CPCC, cítese y emplácese a estar a derecho, por edictos que se publicaran por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y en el Hall de Tribunales a los herederos de Davola Ricardo Emilio y en caso de conocerse el domicilio notifíquese por cédula. Firmado Dra. Myriam Huljich (Secretaria); Dra. María Silvia Beduino (Jueza) Secretaría, 28/02/2020. Dra. María Belén Baclini, secretaria en suplencia.

$ 33 417947 Abr. 30 May. 5

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito de la 2da. Nominación de Rosario, en los autos caratulados: CURRIDOR NICOLÁS c/CEJAS ANÍBAL ISMAEL s/Daños y Perjuicios - Expte. 21-12628851-1, se hace saber que se ha dictado lo siguiente: Rosario 19 de Septiembre de 2019: Por presentado y domicilio constituido, por parte en el carácter invocado y acreditando en autos. Por deducido Juicio Sumario de Daños y Perjuicios, con Declaración Jurada (art. 333 CPCCSF). Emplácese a la parte demandada para que comparezca a estar a derecho dentro del término de tres días bajo apercibimiento de rebeldía. Cítese en garantía a la compañía de seguros denunciada con los alcances del art. 118, ley 17418. Ofíciese a los fines peticionados. Certifíquense las copias acompañadas (art. 35 CPCCSF). En caso de resultar necesarios a fin de conocer el actual domicilio del demandado, líbrense oficios requiriéndose informes al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional Electoral o al Registro Publico de Comercio, según corresponda. En los demás oficios que el profesional estime necesarios para averiguar el domicilio, deberá diligenciarlos por la vía prevista por el art. 25 inc A CPCC, transcribiendo nombre completo, numero y tipo de documento de identidad y ultimo domicilio conocido del demandado. Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollaran en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos Civiles, impulsado por la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación., por lo que el presente tramitara conforme el protocolo de actuación recomendado por Acuerdo Ordinario Acta 48/2017 de fecha 05 de Diciembre de 2017 y lo dispuesto por los Acuerdos Ordinarios Acta 8/2018 del 13 de Marzo de 2018 y 10/2018 del 27 de Marzo de 2018 de la Excma Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe. Por tanto se hace saber que las audiencias solo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor y la comparecencia a las audiencias será valorada en orden al art. 4 de la ley 12851. Notifíquese por cédula, debiendo el oficial notificador observar el estricto cumplimiento del art. 63 CPCC Rosario 23 de Diciembre de 2019: Atento a lo manifestado y constancias de autos, cítese al demandado por edictos como lo solicita en los términos y bajo los apercibimientos de ley (art. 67,73,78 CPCC: Firmado Dr. Javier Chena secretario: Dr. Eduardo Arichuluaga juez. Dra. María Belén Baclini, secretaria en suplencia.

$ 33 417948 Abr. 30 May. 5

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la 4ta. Nominación de Rosario, en los autos caratulados: LORENZO LUIS FELIPE y Otros c/REY DE CAPELLA ELVIRA y Otros s/Juicios Sumarios - Expte. 21-02886545-4, se hace saber que se ha dictado lo siguiente: Nº 1913 Rosario 1 de Octubre de 2019: Y Vistos Y Considerando. Resuelvo: 1) Rechazar la demanda interpuesta por los Sres. Lorenzo Luis Felipe y Rey Teresa. 2) Costas en cabeza de la parte actora en los términos del art. 251 del CPCCSF. 3) Conforme el art. 772 del Código Civil y Comercial de la Nación y el fallo de la Excma Corte Suprema de Justicia de Santa Fe Municipalidad de Santa Fe c/Bargagna Eduardo 11/08/2017), regular los honorarios de la Dra. Zamira Elena Lahyah en la suma de pesos diecinueve mil novecientos noventa y uno con setenta y seis centavos ($ 19.991,76) equivalente a 6 (Jus) y los honorarios del Dr. Pablo José Rubio, se regulan en la suma de pesos diecinueve mil novecientos noventa y uno con sesenta y seis centavos ($ 19.991,76) equivalente a 6 (Jus). Se deja establecido que, a partir de que los mismos queden firmes, se convertirá esta deuda de valor (JUS) a pesos. Todo ello mas IVA en caso de corresponder. A partir de dicho momento y hasta su efectivo pago, se le aplicara un interés equivalente a una vez y media (1,5) la tasa activa promedio mensual del Nuevo Banco de Santa Fe (SUMADA). Dese vista a la Caja Forense. Insértese, dese copia y hágase saber.. Firmado Dra. Marcela Barros Secretaria; Dr. Lanata Alejandro Juez. Dra. María Belén Baclini, secretaria en suplencia.

$ 33 417949 Abr. 30 May. 5

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Sexta Nominación de Rosario, en autos caratulados: FUSTER RAÚL y Otro c/EMPRESA TRANSPORTE JUPITER SRL s/Ordinario Disolución y Liquid. Expte. Nro. 21-01241617-9 (590/2012), se hace saber que por decreto de fecha 27 de Febrero de 2020 se cita y emplaza a los herederos de Gladys Mabel Francés (DNI 5.436.440) a comparecer a estar a derecho por el término y bajo apercibimientos de ley, de acuerdo a lo previsto por el art. 597 del C.P.C.C. el decreto fue firmado por Dra. María Belén Baclini (secretaria) Secretaría, 11/03/2020.

$ 33 417950 Abr. 30 May. 5

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Sexta Nominación de Rosario, en autos caratulados: RUIZ DÍAZ, SIMÓN c/PRADOS SRL s/Prescripción Adquisitiva Expte. Nro. 21-02866914-0, se hace saber que se ha dictado lo siguiente: Rosario, 11 de Abril de 2017; Téngase a Ruiz Díaz, Simón, por presentado, con domicilio legal constituido, en el carácter invocado a mérito del poder especial acompañado. Por promovida la acción que expresa la que tramitará por la vía ordinaria. Emplácese a estar a derecho al titular del dominio por el término y bajo apercibimientos de ley. Ofíciese al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, al Sr. Fiscal de Estado y a la Municipalidad de Rosario haciéndosele saber sobre la promoción de esta causa a los fines de que tome la intervención que por derecho le corresponde. Agréguense el oficio diligenciado y resérvese en Secretaría el sobre acompañado. Firmado Dra. María Belén Baclini (secretaria) Dr. Néstor Osvaldo García (juez) el inmueble se encuentra inscripto al T 382 C Folio 348 N° 136013. Dra. María Belén Baclini, secretaria.

$ 33 417951 Abr. 30 May. 5

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 6ta. Nominación de Rosario, en autos: SERRA, ÓSCAR VÍCTOR c/PORCEL, EDUARDO ÓSCAR y Otros s/Usucapión; Expte. Nro. 21-02859662-3, se hace saber que se dicto lo siguiente: N° 2613 Rosario, 12 de Noviembre de 2019: Y Vistos. Y Considerando. Fallo: Haciendo lugar a la acción de prescripción adquisitiva del dominio deducida por Oscar Víctor Serra, declarando adquirido por usucapión el inmueble ubicado en calle Américo Tonda N° 9326 (ex calle 1429) de Rosario - inscripto al tomo 418A, folio 340, N° 133.135 Dpto. Rosario, identificado como lote 17, sección 14, manzana 19 del plano archivado bajo el N° 110.528/1982. Tener por cumplimentado el plazo de prescripción y consiguiente adquisición del derecho real de dominio en fecha 17/11/2001. Costas .al actor. insértese y hágase saber. (CUIJ N° 21-02859662-3). Secretaría, 11/03/2020. Dra. María Belén Baclini, secretaria.

$ 33 417952 Abr. 30 May. 5

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la 4ta. Nominación de Rosario, en los autos caratulados: BARBAGALLO TOMAS ALBERTO c/PEREYRA LUCRECIA SOLEDAD s/Ejecutivo - Expte. 21-12622215-4, se hace saber que se ha dictado lo siguiente: Rosario 11 de Octubre de 2019: Previamente hágase saber a las partes que la Dra. Cluadia A. Ragonese, ha sido designada Jueza Titular de este Juzgado de Circuito de la 4ta. Nominación de Rosario. Rosario, 12 de Diciembre de 2019: Con los autos a la vista, en el día de la fecha, se provee: Notifíquese por edictos como se pide. Firmado Dra. Marcela Barros Secretaria; Dra. Claudia Ragonese Jueza. Secretaría, 2 de Marzo de 2020.

$ 33 417964 Abr. 30 May. 5

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El Sr. Juez titular del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 3° Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Ezequiel M. Zabale ha dispuesto dentro de los autos TAMIM RODOLFO O. s/Propia Quiebra; Expte. 1388/04, la notificación por edictos del proyecto de distribución complementario elaborado por la sindicatura, a lo que se dispuso: Rosario, 28 de Febrero de 2020. Por presentado proyecto complementario de distribución. Téngase presente y póngase de manifiesto. Publíquense edictos de ley. Fdo: Dra. Gabriela Cossovich, Secretaria; Dr. Ezequiel M. Zabale, Juez. Se deja constancia de la gratuidad del presente por imperio del art. 273 inc. 8 ley 24.522. Se deja constancia que el presente ha sido peticionado por el CPN Juan Carlos Marino (síndico). Secretaría, 11 de Marzo de 2020. Dra. Gabriela B. Cossovich, secretaria.

S/C 417966 Abr. 30 May. 8

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Por disposición de la Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de Rosario, Dra. María A. Mondelli, Secretaría de la Dra. Elvira S. Sauan, en los autos caratulados FUKUSHIMA GRETEL BERENICE s/Propia Quiebra; Expte. 21-02884305-1, se hace saber que el síndico ha presentado el informe final y proyecto de distribución de fondos conforme lo prescripto por el art. 218 L.C., se ha puesto de manifiesto en la Oficina por el término de ley, y se han regulado los honorarios de los profesionales intervinientes en la suma de Pesos Trescientos Treinta y Seis Mil Trescientos Sesenta y Seis c/16/100 (5336.366,16) a la sindicatura, y Pesos Ochenta y cuatro Mil Noventa y Uno c/54/100 ($ 84.091,54) al letrado del deudor. Hágase saber a los acreedores, que se dará estricto y efectivo cumplimento a lo dispuesto por el art. 224 LCQ, en cuanto ordena la caducidad de pleno derecho, al año contado desde la fecha de la aprobación del proyecto de distribución, del derecho de los acreedores a percibir de los dividendos concursales, destinándose los importes no cobrados al patrimonio estatal, para el fomento de la educación común. Sin cargo. Secretaría, 9 de Marzo de 2020. Dra. Elvira Sauan, secretaria.

S/C 417967 Abr. 30 May. 8

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 15a. Nominación de Rosario, en los autos caratulados: BARUCCO TERESA CLARA c/MONZÓN HÉCTOR LISANDRO s/Juicio Ejecutivo; Expte. Nro. 1/2019, se hace saber que se ha dictado lo siguiente: N° 189 Rosario 19 de Febrero de 2019: y vistos: Por presentada, con domicilio constituido y en el carácter invocado a mérito del poder general acompañado, que se agrega en autos y que deberá certificarse previamente por Secretaria. Por iniciada la acción que expresa. Resérvese en Secretaria la documental acompañada. Cítese y emplácese a la parte demandada para que en el término de ley comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Trábese embargo sobre haberes del demandado Héctor Lisandro Monzón, hasta cubrir la suma reclamada de $ 68.930, con mas el 30% estimada provisoriamente para intereses y costa, en proporción de ley librándose los despachos pertinentes en la forma y constancias peticionadas. Martes y Viernes para notificaciones en la Oficina. Notifíquese. Firmado: Dr. Carlos Cadierno (Juez) Dra. María Eugenia Sapei (secretaria). Dra. María Belén Baclini, secretaria en suplencia.

S/C 417969 Abr. 30 May. 5

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Sexta Nominación de Rosario, en autos caratulados: VILLARRUEL, PEDRO PABLO s/Solicitud Propia Quiebra 21-02902049-0, se hace saber que se dicto el siguiente Decreto: Rosario, 21 de Febrero de 2020: Agréguese el informe de saldo bancario acompañado. Por presentado proyecto de distribución complementario. Póngase de manifiesto por el término de ley. Publíquense edictos por dos días en el BOLETÍN OFICIAL. Dra. María Belén Baclini (Secretaria) Publíquese sin cargo. Secretaria.

S/C 417970 Abr. 30 May. 8

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Circuito Nº 4 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: TAPPARO, ROBERTO ANDRÉS y Otros c/TRAVERSO, LUIS ÁNGEL EMILIO y Otros; s/Escrituración; (CUIJ Nº 21-02894592-9), se declara la rebeldía de los herederos de Carlos Leonardo Comba, Mercedes Corts y Rosa Antonia Corts, atento a que no han comparecido a estar a derecho en los presentes autos, bajo los siguientes términos: Rosario, 17 de Febrero de 2020. Al escrito cargo N° 754/20, se provee: Para sorteo de Curador “ad hoc” de la herencia y, en su caso, de Defensor de Oficio, desígnase fecha de audiencia para el día 17/04/20 a las 10:00 horas. Notifíquese por edictos, que se publicarán por dos (2) días y en la forma prescripta por el art. 57 del Código Procesal Civil y Comercial. Al escrito cargo N° 755/20, se provee: Téngase presente. Fdo. Dra. Claudia A. Ragonese (Jueza) - Dra. Marcela Norma Barro (Secretaria). Rosario, 6 de Marzo de 2020.

$ 33 417571 Abr. 30 May. 5

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Circuito de la Quinta Nominación de Rosario, departamento Rosario, provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: FRANCO, CAROLINA MARTA c/ALLOATTI, GUIDO y Otros s/Apremio; Expte. CUIJ Nº 21-12625753-5, se cita de remate al codemandado Luciano Martín González, D.N.I. Nº 29.931.633, C.U.I.T. 20-29931633-6, para que en el término de 03 días, oponga excepción legítima bajo apercibimiento que si así no lo hiciere se mandará llevar adelante la ejecución, lo que se publica a sus efectos legales en el BOLETÍN OFICIAL. Dra. Gabriela Patricia Almará, secretaria.

$ 33 417572 Abr. 30 May. 5

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Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial N° 5 de Rosario en los autos caratulados: VOLKSWAGEN SA c/FERRARI BRUNO OSCAR RAMÓN s/Ejecución Prendaria; Expte. CUIJ Nº 21-01205643-2, se ha ordenado poner de manifiesto en la Oficina por el término de ley la planilla practicada en autos, la que asciende a la suma de $ 522.166,93. Fdo. Dra. Rubulotta (Secretaria). Secretaría, Rosario, 11/03/2020. Dra. Daniela A. Jaime, secretaria en suplencia.

$ 33 417523 Abr. 30 May. 5

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial N° 9 de Rosario, dentro de los autos caratulados: ZIGOM, GABRIEL ALEJANDRO c/CAMPORA TUERO, GUILLERMO GUSTAVO s/Juicio Ejecutivo (21-02898920-9) se ha ordenado notificar por edictos los siguientes proveídos: Rosario, 10 de Marzo de 2020. Informado verbalmente el actuario que la parte demandada no ha comparecido a estar a derecho decláraselo rebelde. Firmado: Dra. Verónica A. Accinelli, Secretaria; María Fabiana Genesio, Jueza. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Rosario, 12/03//2020. Silvina L. Rubulotta, secretaria subrorgante.

$ 33 417643 Abr. 30 May. 5

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Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 2 de Rosario en los autos caratulados: VOLKSWAGEN SA c/PASTORI PAOLA SALOME s/Ejecución Prendaria; Expte. CUIJ Nº 21-02919218-6, se ha dispuesto citar de remate a la demandada Sra. Paola Salomé Pastori, DNI Nº 25.275.540, con la prevención de que si dentro del término de ley no opone excepción legítima se llevará adelante la ejecución sin más trámite. Secretaría, Rosario, 11/03/2020. Dra. Daniela A. Jaime, secretaria en suplencia.

$ 33 417574 Abr. 30 May. 5

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Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial N° 5 de Rosario en los autos caratulados: VOLKSWAGEN SA c/GÓMEZ RICARDO ARIEL s/Ejecución Prendaria; Expte. CUIJ Nº 21-02889032-7, se ha dispuesto citar de remate a la demandada Sr. Ricardo Ariel Gómez, DNI Nº 22.242.940, con la prevención de que si dentro del término de ley no opone excepción legítima se llevará adelante la ejecución sin más trámite (art. 29 de la Ley 12.962). Secretaría, Rosario, 11/03/2020. Dra. Daniela A. Jaime, secretaria en suplencia.

$ 33 417575 Abr. 30 May. 5

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Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 9 de Rosario dentro de los autos caratulados GARCÍA MARÍA SUSANA c/GARCÍA DOMINGO OSCAR y Ot. s/Apremio; Expte. CUIJ Nº 21-12626397-7, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de doña Nélida Nicolasa Pintos, DNI Nº 11.504.098, por el término de ley para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos y bajo los apercibimientos de ley, conforme lo dispuesto por el art. 597 CPCC. Rosario, Dra. Daniela A. Jaime, secretaria en suplencia.

$ 33 417576 Abr. 30 May. 5

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito Nº 23 de la ciudad de Las Rosas (SF), se hace saber que en los caratulados RIVAS, DINA DEL VALLE y Ot. c/DUGUERA, NELSO y Ots. s/Prescripción adquisitiva, CUIJ 21-23188917-2, se ha dispuesto citar a tomar intervención en estos autos a los titulares del bien que se pretende usucapir, y/o eventuales herederos o terceros que se creyesen con derecho sobre un lote de terreno designado como 12A (POLÍGONO “ABCDA”), y se ubica en la intersección de la calle Córdoba y calle Río de Janeiro, con un frente de 10 mts. Sobre la calle Río de Janeiro con un fondo de 32 mts. y una superficie total de 320 m2, lindando al O con la calle Córdoba, al N y E con Ana I. Rossia y ot., y al S con la calle Río de Janeiro, se encuentra empadronado bajo el Nº 177347/0015, siendo la nomenclatura catastral Dto. 13 Distrito 02, Sección 01, manzana 55 y Parcela 5, y su titulo dominio en su mayor área se registra al Tomo 80 Folio 43 Número 94726 Departamento Belgrano Registro General Rosario, en los términos del art. 67 del C.P.C.C.S.F. y bajo apercibimiento de rebeldía. Secretaria. Las Rosas, 10 de Marzo de 2020. Dr. Oscar A. Estelrich, secretario.

$ 52,50 417683 Abr. 30

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito N° 23 de la ciudad de Las Rosas (SF) se hace saber que en los caratulados IMAZ, NORMA CAROLINA y Ot. c/DUGUERA, NELSO y Ots. s/Prescripción Adquisitiva, CUIJ 21-23188916-4, se ha dispuesto citar a tomar intervención en estos autos a los titulares del bien que se pretende usucapir, y/o eventuales herederos o terceros que se creyesen con derecho sobre un lote de terreno designado como 11A (POLÍGONO “ABCDA”), y se ubica sobre calle Córdoba a los 24 mts. de la calle Río de Janeiro hacia el N, con un frente de 10 mts. sobre calle Córdoba con un fondo de 32 mts., y una superficie total de 320 m2, lindando al O con la calle Córdoba y al N, E y S con Ana I. Rossia y ot., se encuentra empadronado bajo el N° 177347/0016, siendo la nomenclatura catastral Dto. 13, Distrito 02, Sección 01, Manzana 55 y Parcela 9, y su titulo dominio en su mayor área se registra al Tomo 80 Folio 43 Número 94726 Departamento Belgrano Registro General Rosario; en los términos del art. 67 del C.P.C.C.S.F. y bajo apercibimiento de rebeldía. Secretaría. Las Rosas, 10 de Marzo de 2020. Dr. Oscar A. Estelrich, secretario.

$ 52,50 417681 Abr. 30

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito N° 23 de la ciudad de Las Rosas (SF) se hace saber que en los caratulados IMAZ, MARTHA HAIDEE c/DUGUERA, NELSO y Ots. s/Prescripción Adquisitiva, CUIJ 21-23188915-6, se ha dispuesto citar a tomar intervención en estos autos a los titulares del bien que se pretende usucapir, y/o eventuales herederos o terceros que se creyesen con derecho sobre un lote de terreno designado como 10A (POLÍGONO “ABCDA”), y se ubica sobre calle Córdoba a los 34 mts. de la calle Río de Janeiro hacia el N, con un frente de 10 mts. sobre calle Córdoba con un fondo de 32 mts., y una superficie total de 320 m2, lindando al O con la calle Córdoba y al N, E y S con Ana I. Rossia y ot., se encuentra empadronado bajo el Nº 177347/0017, siendo la nomenclatura catastral Dto. 13, Distrito 02, Sección 01, Manzana 55 y Parcela 11, y su titulo dominio en su mayor área se registra al Tomo 80 Folio 43 Número 94726 Departamento Belgrano Registro General Rosario; en los términos del art. 67 del C.P.C.C.S.F. y bajo apercibimiento de rebeldía. Secretaria. Las Rosas, 10 de Marzo de 2020. Dr. Oscar A. Estelrich, secretario.

$ 52,50 417686 Abr. 30

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Cañada de Gómez

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil Comercial y Laboral 1ra. Nominación del Distrito Judicial Nº 6 de Cañada de Gómez, Secretaría del autorizante, se hace saber que en las presentes actuaciones, se ha dictado la siguiente providencia: VONCINI OMAR CARLOS s/Ausencia con Presunción de Fallecimiento 21-26021937-2 Juzg. 1ra. Inst. Civil, Comercial y Laboral - 1ra. Nom. - Cañada de Gómez, 28 de Junio de 2019. Por cumplimentado con lo requerido oportunamente.- Se provee el escrito de iniciación cargo N° 4504/19: Por presentadas, domiciliadas y en el carácter invocado, por derecho propio y con patrocinio letrado de la Dra. Verónica Alsina. Agréguese boleta colegial acompañada. Otórguesele la participación legal que les corresponda. Por iniciada demanda de Declaración de fallecimiento presunto (Ley 14.394) del Sr. Omar Carlos Voncini. Publíquense Edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL (Art. 18 Ley 14.394). Dése intervención al Sr. Fiscal y a la Sra. Defensora General. A lo demás oportunamente y si correspondiere. Martes y viernes para notificaciones en la oficina.

$ 318 402969 Abr. 30

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La Señora Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Canadá de Gómez, Día. María Laura Aguaya, dentro de los autos caratulados: PERASSI TOMASSO s/AUSENCIA C PRESUNC FALLEC, Expte. N° 1024/2018, cita, llama y emplaza por el término de seis meses, a Perassi Tomasso, italiano, con último domicilio conocido en la localidad de Montes de Oca, Santa Fe, desaparecido desde el 02.03.1895, para que comparezca ante este Tribunal a los fines de hacer valer sus derechos, bajo apercibimientos de ley. Publíquense edictos una vez por mes por el término de seis meses en el BOLETÍN OFICIAL. Canadá de Gómez, 26 de Noviembre de 2019. Dr. Mariano Jesús Navarro, Secretario.

$ 45 412337 Abr. 30

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