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DECRETO N° 0356


SANTA FE, "Cuna de la Constitución Nacional", 21 ABR 2020

VISTO:

La necesidad de designar la autoridad de aplicación del Decreto N° 0692/09 por el cual se regula el mecanismo de acceso a la Información Pública; y

CONSIDERANDO:

Que a los fines de garantizar el ejercicio del derecho de acceso a la información pública y promover medidas de transparencia activa, así como desarrollar políticas de prevención y lucha contra la corrupción en el Sector Público Provincial, resulta necesario disponer la autoridad de aplicación que lleve adelante los proyectos y programas del tema conforme los objetivos fijados;

Que la Ley Orgánica de Ministerios Nº 13.920 establece en su Artículo 11°, inciso 11) que corresponde al Ministerio de Gobierno, Justicia, Derechos Humanos y Diversidad entender en Programas y Acciones tendientes a prevenir la corrupción en la Administración Pública Provincial;

Que mediante Decreto N° 0214/19, se aprobó la Estructura Orgánica Funcional del Ministerio de Gobierno, Justicia, Derechos Humanos y Diversidad y se dispuso, en su Anexo "B", incisos 11) y 12) que en todo lo atinente a las acciones de comunicación al ciudadano de la acción de gobierno, acceso a la información pública y prácticas de gobierno abierto, así como en programas y acciones tendientes a prevenir la corrupción en la Administración Pública Provincial y todas sus dependencias y reparticiones, incluidas las empresas y sociedades del Estado, o en las que el mismo tenga participación, el Ministro de Gobierno, Justicia, Derechos Humanos y Diversidad será asístido por el Señor Secretario de Gobierno;

Que el titular de la Jurisdicción estima pertinente que para tal cometido, las competencias como autoridad de aplicación del Decreto N° 0692/09 sean ejercidas por el Secretario de Gobierno del Ministerio aludido;

Que la presente gestión encuentra sustento en la autorización conferida por el Artículo 72, incisos 1) y 6) de la Constitución Provincial;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°: Dispónese que la Secretaría de Gobierno del Ministerio de Gobierno, Justicia, Derechos Humanos y Diversidad será la autoridad de aplicación de las competencias del Decreto N° 0692/09, en lo atinente al área de Acceso a la información Pública, Anticorrupción y Transparencia del Sector Público.

ARTICULO 2°: Regístrese, comuníquese y archívese

PEROTTI

Dr. Esteban Raúl Borgonovo

30754

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