JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de Rosario, Dra. Monica Klebcar, notifica al Sr. Villarruel, Flavio Exequiel, DNI Nº 30.590.246, lo declarado en autos: CFN S.A. c/VILLARRUEL, FLAVIO EXEQUIEL s/EJECUTIVO CUIJ Nº 21-02879437-9): Nº 872. ROSARIO, 25/04/2017. VISTOS:...Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: Por presentado, con domicilio legal constituido en el carácter invocado a mérito del poder general acompañado. Désele la participación correspondiente. Por iniciada la acción ejecutiva que se expresa. Cítese al demandado para que comparezca a estar a derecho por el plazo de 10 días bajo apercibimientos de ley. Notifíquese por cédula haciéndole saber al oficial notificador que deberá informar si el demandado vive allí y sólo en caso afirmativo proceder a practicar la notificación. Trábese embargo sobre los haberes y/o cualquier tipo de remuneración que perciba el demandado de su empleador MATTIEVICH S.A., en el caso que no supere el doble del salario mínimo vital mensual en el 10% del importe en que exceda este último y en el caso en que la remuneración supere el doble del salario mínimo vital mensual en el 20% del importe que exceda este último, hasta cubrir la suma de $ 15.000,00 por todo concepto; debiéndose depositar mensualmente las sumas resultantes en una cuenta que se abrirá al efecto en el Banco Municipal de Rosario - Caja de Abogados, situado en calle Montevideo 2076 a nombre de este Juzgado y para estos autos. Insértese y hágase saber. (EXPTE. N° 349/2017 CUIJ N° 21-02879437-9). FIRMADO: Dra. Mónica Klebcar (JUEZ), Dra. Marianela Godoy (SEC).Dra. Cecilia V. Dulcich, Prosecretaria.
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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de Rosario, Dra. Mónica Klebcar, notifica al Sr. Zamora, Rene Rolando, DNI N° 21.973.998, lo declarado en autos: CFN S.A. c/ZAMORA, RENE ROLANDO s/EJECUTIVO CUIJ N° 21-00807535-9): Nº 493. ROSARIO, 01/04/2014. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: Por presentado, con domicilio legal constituido en el carácter invocado a mérito del poder general acompañado. Désele la participación correspondiente. Por iniciada la acción ejecutiva que se expresa. Cítese al demandado para que comparezca a estar a derecho por el plazo de 03 días bajo apercibimientos de ley. Trábese embargo sobre los haberes netos que percibe el demandado en proporción de ley de su empleador, debiéndose depositar mensualmente las sumas resultantes en una cuenta que se abrirá al efecto en el Banco Municipal de Rosario - Caja de Abogados, situado en calle Montevideo 2076 a nombre de este Juzgado y para estos autos hasta cubrir la suma de $ 5000 por todo concepto. De no ser hallado el requerido en el domicilio denunciado, el notificador deberá solicitar de quien lo atienda o vecinos si el mismo vive allí; y sólo en caso afirmativo procederá a efectuar la notificación, bajo apercibimiento de nulidad de la misma, debiendo asentar en la diligencia efectuada la información obtenida. Se autoriza al profesional interviniente a suscribir cédulas y oficios atento lo dispuesto por el Art. 25 inc. I y 2 del CPC, debiendo las reparticiones oficiadas, dar curso a los mismos, con transcripción del presente párrafo. Resérvese en Secretaría el sobre compañado. Insértese y hágase saber. Firmado: Dra. Cicuto Silvia Ana (juez). Dra. Reynoso Liliana Carmen(sec). Dra. Cecilia V. Dulcich, Prosecretaria.-
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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de Rosario, Dra. Mónica Klebcar, notifica al Sr. ORTEGA, GREGORIO SANTIAGO, DNI N° 14.938.311, lo declarado en autos: CFN S.A. c/ORTEGA, GREGORIO SANTIAGO s/Ejecutivo CUIJ N° 21-02851020-6): ROSARIO, 22 de Noviembre de 2019 No habiendo comparecido la parte demandada a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hacerlo, declárasela rebelde, y prosiga el juicio sin su representación. Dra. Marianela Godoy (secretaria), Dra. Mónica Klebcar (Jueza). Dra. Cecilia V. Dulcich, Prosecretaria.-
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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de Rosario, Dra. MONICA KLEBCAR, notifica al Sr. VILLANUEVA, MARÍA NELIDA, DNI N° 10.374.634, lo declarado en autos: CFN S.A. c/VILLANUEVA, MARÍA NELIDA s/Ejecutivo CUIJ N° 21-02880252-5): N° 2616 Rosario, 25/11/2019 Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... FALLO: 1) Ordenar seguir adelante la ejecución contra MARÍA NELIDA VILLANUEVA, hasta tanto CFN S.A. se haga íntegro el cobro de la suma reclamada de pesos Veintiséis Mil Trescientos Cincuenta y Tres con 74/100 ($ 26.353,74), con los intereses establecidos en los considerandos, más I.V.A. sobre intereses si correspondiera y costas (art. 251 CPCC) 2) Diferir la regulación de honorarios hasta tanto se practique la liquidación respectiva. Insértese y hágase saber. Dra. Marianela Godoy (Secretaria) DRA. Mónica Klebcar (Jueza). Dra. Cecilia V. Dulcich, Prosecretaria.
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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 14ª Nominación de Rosario, Dr. Marcelo Carlos Mauricio Quaglia, notifica al Sr. DE LA IGLESIA MARÍA ISABEL, DNI N° 16.982.306, lo declarado en autos: CFN S.A. c/DE LA IGLESIA, MARÍA ISABEL s/Ejecutivo; CUIJ N° 21-02909595-4): Nro. 205. ROSARIO, 18 de Febrero de 2019. Y VISTOS... RESUELVO: Téngase al compareciente por presentado, con domicilio legal constituido y por parte. Por iniciada la acción que expresa. Cítese y emplácese a la parte demandada para que comparezca a estar a derecho por el término y bajo apercibimientos de ley. Trábese embargo sobre los haberes que perciba la demandada de su empleador hasta cubrir la suma de $ 127.500,48 con más la suma de $ 38.250,14, estimada provisoriamente para intereses y costas futuras, librándose recaudos con facultades y bajo apercibimientos de ley. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina. Para el caso de notificación por cédula hágase saber al oficial notificador que deberá cumplimentar correctamente el art. 63 CPCC, y a los fines de preservar el derecho de defensa en caso de no encontrar al requerido deberá preguntar a los habitantes del domicilio, o -en caso de no encontrar a nadie- a los vecinos, si el destinatario efectivamente vive en ese lugar dejando constancia de haber realizado tal diligencia y de las respuestas obtenidas. Fecho y de corresponder deberá oficiarse al Registro Nacional de las Personas a fin de que informe el último domicilio del demandado. Insértese y hágase saber.- Asimismo se hace saber que, en caso de configurarse los presupuestos de ley, serán aplicables las reglas de fondo y procesales establecidas por la ley 24.240 de Derechos del Consumidor; y que, a fin de evitar eventuales planteos de nulidad, los requisitos dispuestos por el Art. 36 de la mencionada ley, deberán ser cumplimentados previo dictado de la sentencia. Insértese y hágase saber. Dr. Agustín Crosio (Secretario) Dr. Marcelo C. M. Quaglia (Juez). Dra. Valeria Beltrame, Prosecretaria.
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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primara Instancia en lo Civil y Comercial de la 14º Nominación de Rosario, Dr. Marcelo Carlos Mauricio Quaglia, notifica al Sr. AGOSTA, MIRIAM BEATRIZ, DNI N° 11.673.820, lo declarado en autos: CFN S.A. c/ACOSTA, MIRIAM BEATRIZ s/Ejecutivo CUIJ N° 21-02875604-3): Rosario 22 de Noviembre de 2019 Agréguense las constancias acompañadas. Informado verbalmente la Actuaría en este acto que la parte demandada no ha comparecido a estar a derecho, decláresela rebelde y siga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos. Dr. Agustín Crosio (Secretario) Dr. Marcelo Quaglia (Juez).Dra. Valeria Beltrame, Prosecretaria.
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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 9ª Nominación de Rosario, Dra. María Fabiana Genesio, notifica al Sr. CORVALAN, MARÍA FLORENCIA HAYDEE, DNI N° 23.339.903, lo declarado en autos: CFN S.A. c/CORVALAN, MARÍA FLORENCIA HAYDEE s/EJECUTIVO CU1J N° 21-02874492-4): Rosario, 03/02/2017. Por presentada, con domicilio procesal admitido, en el carácter invocado a mérito del poder que acompaña y se agrega. Por iniciada demanda contra María Florencia Haydee Corvalan (DNI 23.339.903), por cobro de la suma de $ 13.074,71 más intereses y costas, que tramitará por el procedimiento de juicio ejecutivo. Líbrese mandamiento de intimación de pago por la suma indicada con más la del 50% estimada provisoriamente para intereses y costas. En caso de no realizarse el pago, procederá a trabar embargo sobre los bienes libres propiedad del demandado hasta cubrir dichos importes, y a citarlo y emplazarlo para que comparezca a estar derecho dentro del término de 3 días bajo los apercibimientos de ser declarado rebelde y de continuar el juicio sin su representación. Hágase constar que la presente medida ha sido solicitada por la Dra. Rosanna Knafel, por la parte actora. Resérvese en Secretaria la documentación acompañada, dejándose copia digitalizada en el sistema informático, sin dejar copia en el expediente físico. Manifieste el profesional su situación frente al IVA y acompañe constancia de inscripción en la AFIP. De no ser hallado el requerido en el domicilio denunciado, el notificador deberá solicitar de quien lo atienda o vecinos si el mismo vive allí; y sólo en caso afirmativo procederá a efectuar la diligencia, bajo apercibimiento de nulidad de la misma, debiendo asentar en la diligencia efectuada la información obtenida. Se informa a las partes que el presente expediente puede ser consultado en la web http://iurix-online.justiciasantafe.gov.ar: 7782/GE_INTERNET/faces/internet/lnicio.jspx, con la clave: 4526. El actor podrá optar por realizar la citación y emplazamiento por cédula. Firmado: Dr. Marcelo Ramón Bergia (Juez), Dra. Accinelli Verónica (Sec.). Dra. Verónica A. Accinelli, Secretaria.
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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 14ª Nominación de Rosario, Dr. Marcelo Carlos Mauricio Quaglia, notifica al Sr. OJEDA, JUAN RAMÓN, DNI N° 11.003.469, lo declarado en autos: CONFINA SANTA FE S.A. c/OJEDA, JUAN RAMÓN s/EJECUTIVO): Nº 2201 Rosario, 12 de Noviembre de 2019. Y VISTOS Y CONSIDERANDO... RESUELVO: Regular los honorarios de la Dra. Rosanna Knafel en la suma de $ 14.660,64 equivalente a 2 Jus. Dichas sumas deberán ser canceladas dentro del plazo de 5 días corridos desde su notificación. Firme que estuviere esta resolución, ya no procederá la actualización mediante el mecanismo del artículo 32 de la Ley 6767 y sus modificatorias (Unidad Jus), devengando, a partir de la mora, un interés equivalente a la Tasa Activa para operaciones de descuento de documentos del Banco de Santa Fe S.A. capitalizada (articulo 767, 768 y 772 del Código Civil y Comercial de la Nación). Vista a Caja Forense. Insértese y hágase saber. Dr. Agustín Crosio (Secretario) Dr. Marcelo Quaglia (Juez). Dra. Valeria Beltrame, Prosecretaria.
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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 1ª Nominación de Rosario, Dr. DANIEL HUMBERTO GONZÁLEZ, notifica al Sr. CAMPOSARCUNO, MARÍA LAURA, DNI N° 31.515.149, lo declarado en autos: ELECTRÓNICA MEGATONE S.A. c/CAMPOSARCUNO, MARÍA LAURA s/Ejecutivo CUIJ N° 21-13883393-0): Rosario 06/11/2019. Emplácese al demandado CAMPOSARCUNO MARÍA LAURA por edictos para que comparezca a estar a derecho dentro del término de cinco (5) días de la última publicación, bajo apercibimiento de declararla en rebeldía. Publíquense los edictos citatorios por tres (3) días y en la forma prescripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial. Firmado Dra. Gabriela Kabichian (Sec) Dr. Daniel H. González (Juez).- 28 de Nov. de 2019. Dra. Romina L. Isa Pavia, Prosecretaria.
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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 6ª Nominación de Rosario, Dr. NÉSTOR OSVALDO GARCÍA, notifica al Sr. SANCHÉZ IVÁN MAURICIO, DNI N° 31.432.921, lo declarado en autos: ELECTRÓNICA MEGATONE S.A. c/SÁNCHEZ, IVAN MAURICIO s/Ejecutivo; CUIJ N° 21-02849973-3): N° 3336. Rosario 09/10/2017. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... FALLO: 1°) Ordenando llevar adelante la ejecución contra el Sr. Ivan Mauricio Sánchez, hasta que la actora perciba el importe íntegro del capital reclamado con más los intereses fijados en los considerandos de la presente, e I.V.A. sobre los mismos si correspondiere. 2°) Imponiendo las costas al demandado (art. 251 C.P.C. y C.). 3°) Difiriendo la regulación de honorarios hasta tanto se practique planilla de capital e intereses. Insértese y hágase saber. FIRMA: Dra. Lorena González (Secretaria en Suplencia), DR. Marcelo Quiroga (Juez en Suplencia). 20/11/2019, Dra. María Belén Baclin
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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de Rosario, Dra. Mónica Klebcar, notifica al Sr. CARRIZO, NATALIA PAOLA, DNI N° 23.338.700, lo declarado en autos: ELECTRÓNICA MEGATONE S.A. c/CARRIZO, NATALIA PAOLA s/Ejecutivo; CUIJ N° 21-13877368-7): N° 2462. Rosario, 26/09/17. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: Por recibos. Por presentada, con domicilio legal constituido en el carácter invocado a mérito del poder general acompañado que deberá certificar. Désele la participación correspondiente. Por iniciada la acción ejecutiva que se expresa. Cítese al demandado para que comparezca a estar a derecho por el plazo de 3 días bajo apercibimientos de ley. Notifíquese por cédula haciéndole saber al Oficial Notificador que deberá informar si el demandado vive allí y sólo en caso afirmativo proceder a practicar la notificación. Trábese embargo sobre los bienes libres de la demandada hasta cubrir la suma de $ 28.400 por todo concepto. Insértese y hágase saber. (Expte. Nº 885/2017). Firmado: Dra. Mónica Klebcar (JUEZ), Dra. Marianela Godoy (Sec). Dra. Cecilia V. Dulcich, Prosecretaria.
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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primara Instancia en lo Civil y Comercial de la 14ª Nominación de Rosario, Dr. Marcelo Carlos Mauricio Quaglia, notifica al Sr. HERNANDEZ, BRIAN LEONEL, DNI N° 36.816.292, lo declarado en autos: ELECTRÓNICA MEGATONE S.A. c/HERNÁNDEZ, BRIAN LEONEL s/Ejecutivo; CUIJ N° 21-02842745-7): Rosario, 22 de Noviembre de 2019. Proveyendo escrito cargo Nº 18463/2019; agréguese el edicto acompañado. Informando verbalmente al Actuario en este acto que la parte demandada no ha comparecido a estar a derecho declárasela rebelde y siga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos. Dr. Agustín Crosio (Secretario) Dr. Marcelo Quaglia (juez). Dra. Valeria Beltrame, Prosecretaria.
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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 14ª Nominación de Rosario, Dr. Marcelo Carlos Mauricio Quaglia, notifica al Sr. VILLAFAÑE EDUARDO FABIÁN, DNI N° 31.079.017, lo declarado en autos: ELECTRÓNICA MEGATONE S.A. c/VILLAFAÑE, EDUARDO FABIÁN s/EJECUTIVO; CUIJ N° 21-02896998-5): Nº 908 ROSARIO, 27 de Abril de 2018. Y VISTOS Y CONSIDERANDO... RESUELVO: Téngase al compareciente por presentado, con domicilio legal constituido y por parte a mérito del poder general que en copia acompaña y que deberá certificar por Secretaría. Previo a todo, manifieste el peticionante si ejerce la opción prevista por el Art. 6 de la Ley 13.151. Sin perjuicio de lo dispuesto precedentemente y en virtud de lo dispuesto por el art. 4 inc. f de la normativa mencionada, trábese embargo en proporción de ley sobre los haberes que perciba la parte demandada del empleador denunciado, hasta cubrir la suma de $ 26.251,78 , más la suma de $ 7.875,53 estimado provisoriamente para intereses y costas futuras, librándose recaudos con facultades y bajo apercibimientos de ley. Insértese y hágase saber. Asimismo se hace saber que, en caso de configurarse los presupuestos de ley, serán aplicables las reglas de fondo y procesales establecidas por la ley 24.240 de Derechos del Consumidor; y que, a fin de evitar eventuales planteos de nulidad, los requisitos dispuestos por el Art. 36 de la mencionada ley, deberán ser cumplimentados previo dictado de la sentencia. Insértese y hágase saber. Dra. Analia Suárez Mónaco (Secretaria) Dr. Marcelo Quaglia (juez). Rosario, 09 de Mayo de 2018. Con los autos a la vista se provee el escrito cargo Nº 6653/2018: Por iniciada la acción que expresa. Cítese y emplácese a la parte demandada para que comparezca a estar a derecho por el término y bajo apercibimientos de ley. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina. Para el caso de notificación por cédula hágase saber al oficial notificador que deberá cumplimentar correctamente el art. 63 CPCC, y a los fines de preservar el derecho de defensa en caso de no encontrar al requerido deberá preguntar a los habitantes del domicilio, -o en caso de no encontrar a nadie- a los vecinos, si el destinatario efectivamente vive en ese lugar, dejando constancia de haber realizado tal diligencia y de las respuestas obtenidas. Fecho y de corresponder deberá oficiarse al Registro Nacional de las Personas a fin de que informe el último domicilio del demandado. Dra. Analía Suárez Mónaco (Secretaria) Dr. Marcelo Carlos Mauricio Quaglia (JUEZ). Dra. Valeria Beltrame, Prosecretaria.
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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 0ª Nominación de Rosario, Dr. Cecilia Camaño, notifica al Sr. BARRAGAN, CRISTIAN EMANUEL, DNI N° 29.112.429, lo declarado en autos: ELECTRÓNICA MEGATONE S.A. c/BARRAGAN, CRISTIAN EMANUEL s/EJECUTIVO; CUIJ N° 21-12619682-9): Nº 1483. Rosario, 31 de Agosto de 2018. AUTOS Y VISTOS: Por presentada, domiciliada y en carácter invocado, en mérito al poder general que en copias se glosa en autos, el que deberá certificarse, otórgasele la participación que por derecho corresponda. Por iniciada la acción que expresa, cítese y emplácese a la demandada a comparecer a estar a derecho, por el término y bajo apercibimientos de ley. Trábese embargo sobre los bienes libres del demandado Sr. Barragán Cristian Manuel, hasta cubrir la suma de $ 33.253,29 con más la de $ 9.975,98 en concepto de intereses y costas provisoriamente estimadas, siempre y cuando no estén comprendidos en el artículo 469 del CPC. Resérvese en Secretaría el sobre acompañado. Agréguense las constancias acompañadas. Líbrense los despachos correspondientes, previa reposición de la medida cautelar solicitada. Insértese, regístrese y hágase saber. Dra. Alejandra J. Martínez (Secretaria) Dra. Cecilia Camaño (Jueza). Rosario, 10 de Dic. de 2019.- Alejandra Juliana Martínez, Secretaria.
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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 14ª Nominación de Rosario, Dr. Marcelo Carlos Mauricio Quaglia, notifica al Sr. RODRÍGUEZ, ARIEL RUBÉN, DNI N° 21.436.749, lo declarado en autos: ELECTRÓNICA MEGATONE S.A. c/RODRÍGUEZ, ARIEL RUBÉN s/EJECUTIVO; CUIJ N° 21-02850992-5): Nº 2361 Rosario, 2 de diciembre de 2019. ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS.... RESUELVO: Regular los honorarios de la Dra. Rosanna Noemi Knafel en la suma de $ 6.047,52 equivalente a 1,50 jus. Dichas sumas deberán ser canceladas dentro del plazo de 5 días corridos desde su notificación. Firme que estuviere esta resolución, ya no procederá la actualización mediante el mecanismo del artículo 32 de la Ley 6767 y sus modificatorias (Unidad Jus), devengando, a partir de la mora, un interés equivalente a la Tasa Activa para operaciones de descuento de documentos del Banco de Santa Fe S.A. capitalizada (artículo 767, 768 y 772 del Código Civil y Comercial de la Nación). Vista a Caja Forense. Insértese y hágase saber. Dr. Agustín Crosio (Secretaria) Dr. Marcelo C. M. Quaglia (Juez). Dra. Valeria Beltrame, Prosecretaria.
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