picture_as_pdf 2020-04-01

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 4ª Nominación de Rosario, Dra. Silvia Ana Cicuto, notifica al Sr. Mauricio, Brian Nahuel, DNI Nº 37.450.122, lo declarado en autos: CFN S.A. c/MAURICIO, BRIAN NAHUEL s/Ejecutivo; CUIJ Nº 21-02908659-9): N° 3254. Rosario, 12 de Diciembre de 2018. Por presentada, con domicilio ad-litem constituido y en el carácter invocado a mérito del poder general acompañado en copias certificadas. Por iniciada la acción que expresa. Imprímase a la misma el trámite Ejecutivo. Cítese y emplácese a la parte demandada para que comparezca a estar a derecho dentro del término de 03 días y bajo los apercibimientos de ley. Trábese embargo -en proporción de ley- sobre los haberes o remuneraciones que el demandado perciba como dependiente de Elina Beatriz Capdevila hasta cubrir la suma de $ 41.732,52, con más la de $ 12.519,76, estimada provisoriamente para intereses y costas, oficiándose a sus efectos. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina. Notifique la Oficina respectiva. Resérvese en Secretaría el sobre acompañado. Insértese y hágase saber. Dra. Daniela A. Jaime (secretaria); Dra. Silvia A. Cicuto (Juez). 22 de Noviembre de 2019. Dra. Daniela A. Jaime, secretaria.

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El Sr Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 4ª Nominación de Rosario, Dra. Silvia Ana Cicuto, notifica al Sr. Coria, Liliana Carina, DNI Nº 32.916.111, lo declarado en autos: CFN S.A. c/CORIA, LILIANA CARINA s/Ejecutivo; CUIJ Nº 21-02909362-5): N° 3376. Rosario, 19 de Diciembre de 2018. Por presentada, con domicilio ad-litem constituido y en el carácter invocado a mérito del poder general acompañado en copias certificadas. Por iniciada la acción que expresa. Imprímase a la misma el trámite Ejecutivo. Cítese y emplácese a la parte demandada para que comparezca a estar a derecho dentro del término de 03 días y bajo los apercibimientos de ley. Trábese embargo -en proporción de ley- sobre los haberes o remuneraciones que el demandado perciba como dependiente de María Susana Roullion, hasta cubrir la suma de $ 48.798,60, con más la de $ 14.639,58, estimada provisoriamente para intereses y costas, oficiándose a sus efectos. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina. Notifique la Oficina respectiva. Resérvese en Secretaría el sobre acompañado. Insértese y hágase saber. Dra. Daniela A. Jaime (secretaria); Dra. Silvia A. Cicuto (Juez). 22 de Noviembre de 2019. Dra. Daniela A. Jaime, secretaria.

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de Rosario, Dra. Mónica Klebcar, notifica al Sr. Ruiz Díaz, Agustina Soledad DNI Nº 33.527.305, lo declarado en autos: CFN S.A. c/RUIZ DÍAZ, AGUSTINA SOLEDAD s/Ejecutivo; CUIJ Nº 21-02880231-2): Nº 960 Rosario, 2 de Mayo de 2017; Y Vistos... Y Cosiderando... Resuelvo: Por presentada, con domicilio legal constituido en el carácter invocado a mérito del poder general acompañado que deberá certificar Désele la participación correspondiente. Por iniciada la acción qecutiva que se expresa. Cítese al demandado para que comparezca a estar a derecho por el plazo de 3 días bajo apercibimientos de ley. Notifíquese por cédula haciéndole saber al Oficial Notificador que deberá informar si el demandado vive allí y sólo en caso afirmativo proceder a practicar la notificación. Trábese embargo sobre los haberes y/o cualquier tipo de remuneración que perciba el demandado de su empleador PERSONAL S.R.L., en el caso que no supere el doble del salario mínimo vital mensual en el 10% del importe en que exceda este ultimo y en el caso en que la remuneración supere el doble del salario mínimo vital mensual en el 20% del importe que exceda este último, hasta cubrir la suma de $ 36.000, por todo concepto debiéndose depositar mensualmente las sumas resultantes en una cuenta que se abrirá al efecto en el Banco Municipal de Rosario - Caja de Abogados, situado en calle Montevideo 2076 a nombre de este Juzgado y para estos autos. Insértese y hágase saber. (Expte. Nº 392/2017). Dra. Marianela Godoy (Secretaria); Dra. Mónica Klebcar (jueza). Dra. Cecilia V. Dulcich, prosecretaria.

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de Rosario, Dra. Mónica Klebcar, notifica al Sr. Romero, María Concepción, DNI N° 27.129.280, lo declarado en autos: CFN S.A. c/ROMERO, MARÍA CONCEPCIÓN s/Ejecitivo; CUIJ N° 21-02870270-9): Nº 2945. Rosario, 30/11/2016. Y Vistos: Los presentes caratulados CFN SA c/ROMERO, MARÍA CONCEPCIÓN s/Demanda Ejecutiva; 21-02870270-9, Expte. N° 1110/2016; Y Considerando: Las constancias de autos; Resuelvo: Por presentada, con domicilio legal constituido, en el carácter invocado a mérito del poder general acompañado. Désele la participación correspondiente. Por iniciada la acción ejecutiva que se expresa. Cítese a los demandados para que comparezcan a estar a derecho por el plazo de 10 días bajo apercibimientos de ley. Notifíquese por cédula haciéndole saber al Oficial Notificador que deberá informar si el demandado vive allí y sólo en caso afirmativo proceder a practicar la notificación. Trábese embargo sobre los haberes y/o cualquier tipo de remuneración que perciba el demandado de su empleador, en el caso que no supere el doble del salario mínimo vital mensual en el 10% del importe en que exceda este último y en el caso en que la remuneración supere el doble del salario mínimo vital mensual en el 20% del importe que exceda este último, hasta cubrir la suma de $ 20.000, por todo concepto, debiéndose depositar mensualmente las sumas resultantes en una cuenta que se abrirá al efecto en el Banco Municipal de Rosario - Caja de Abogados, situado en calle Montevideo 2076 a nombre de este Juzgado y para estos autos. El profesional interviniente deberá suscribir cédulas y oficios atento lo dispuesto por el Art. 25 y 26 del CPC, debiendo las reparticiones oficiadas, dar curso a los mismos, con transcripción del presente párrafo. Insértese y hágase saber. (Expte. N° 1110/2016). Dra. Marianela Godoy (Sec), Dra. Mónica Klebcar (juez). Dra. Cecilia V. Dulcich, prosecretaria.

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de Rosario, Dra. Mónica Klebcar, notifica al Sr. Herrera, Martín Eduardo, DNI N° 31.874.814, lo declarado en autos: CFN S.A. c/HERRERA, MARTÍN EDUARDO s/Ejecutivo; CUIJ N° 21-02879270-8): N° 882. Rosario, 25/04/17. Y Vistos: Los presentes caratulados CFN SA c/HERRERA, MARTÍN EDUARDO s/Juicio Ejecutivo 21-02879270-8, Expte. N° 339/2017; Y Considerando: Las constancias de autos; Resuelvo: Por presentado, con domicilio legal constituido, en el carácter invocado a mérito del poder general acompañado. Désele la participación correspondiente. Por iniciada la acción ejecutiva que se expresa. Cítese al demandado para que comparezca a estar a derecho por el plazo de 10 días bajo apercibimientos de ley. Notifíquese por cédula haciéndole saber al Oficial Notificador que deberá informar si el demandado vive allí y sólo en caso afirmativo proceder a practicar la notificación. Trábese embargo sobre los haberes y/o cualquier tipo de remuneración que perciba el demandado de su empleador BUNKER SEGURIDAD SRL, en el caso que no supere el doble del salario mínimo vital mensual en el 10% del importe en que exceda este último y en el caso en que la remuneración supere el doble del salario mínimo vital mensual en el 20% del importe que exceda este último, hasta cubrir la suma de $ 41.500, por todo concepto, debiéndose depositar mensualmente las sumas resultantes en una cuenta que se abrirá al efecto en el Banco Municipal de Rosario - Caja de Abogados, situado en calle Montevideo 2076 a nombre de este Juzgado y para estos autos. Insértese y hágase saber. (Expte. Nº 339/2017). Firmadp: Dra. Mónica Klebcar (juez), Dra. Marianela Godoy (Sec.). Dra. Cecilia V. Dulcich, prosecretaria.

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El Sr Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 0ª Nominación de Rosario, Dr. Cecilia Camaño, notifica al Sr. Olmedo, Natalia Soledad, DNI N° 28.914.939, lo declarado en autos: CFN S.A. c/OLMEDO, NATALIA SOLEDAD s/Ejecutivo; CUIJ Nº 21-12618440-6): Nº 1106. Rosario, 3 de Julio de 2018. Autos y Vistos: Por recibidos. Hágase saber a las partes la Jueza que va a entender. Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado, en mérito al poder general que en copias se glosa en autos, el que deberá certificarse, otórgasele la participación que por derecho corresponda. Por iniciada la acción que expresa, cítese y emplácese a la demandada a comparecer a estar a derechos por el término y bajo apercibimientos de ley. Trábese embargo sobre los bienes libres del demandado Sra. Olmedo Natalia Soledad, hasta cubrir la suma de $ 34.167, con más la de $ 10.250, en concepto de intereses y costas provisoriamente estimadas, siempre y cuando no estén comprendidos en el artículo 469 del CPC. Resérvese en Secretaria el sobre acompañado. Agréguense las constancias acompañadas Líbrense los despachos correspondientes, previa reposición de la medida cautelar solicitada. Insértese, regístrese y hágase saber. Firmado: Dra. Alejandra J. Martínez (secretaria); Dra. Cecilia A. Camaño (jueza). Dra. Valeria A. Del Re, prosecretaria.

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El Sr Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 18ª Nominación de Rosario, Dra. Susana Silvina Gueiler, notifica al Sr. González, Diego Andrés, DNI N° 29.819.956, lo declarado en autos: CONFINA S.R.L. c/GONZÁLEZ, DIEGO ANDRÉS s/Ejecutivo; CUIJ N° 21-01653671-4): Rosario, 15/12/2008. Por presentado, domiciliado, en el carácter invocado a mérito del poder general acompañado, el que deberá certificarse ante la actuaría. Por iniciada la acción que expresa la que tramitara por la via del juicio Ejecutivo. Cítese y emplácese a lo parte demanda por el término de tres días comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía. Resérvese en secretoria la documental acompañada. Tengase presente la reseva formulada. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina. Notifíquese. Expte. N° 2084. Firmado: Dra. Susana Silvina Gueiler (juez), Dra. Myrian Huljich (Sec). Otro: Rosario, 17/11/2009. Téngase presente el nuevo domicilio denunciado a los fines pertinentes. Atento a lo solicitado e informando verbalmente el Actuario en este acto que la demandado González Diego Andrés, no ha comparecido a estar a derecho, pese a estar debidamente notificado con la cédula que se agrega, decláreselo rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por cédula. Expte. Nº 2084/08; Firmado; Dra. Susana Silvina Gueiler (juez), Dra. Myrian Huljich (Sec). Otro: N° 1992. Rosario, 06/08/2015. Y Vistos:... Y Considerando:... Fallo: Ordenando seguir adelante la ejecución contra Diego Andrés González, hasta tanto el actor se haga íntegro cobro de la suma reclamada de $ 3561.60 (pesos tres mil quinientos sesenta y uno con sesenta centavos) con mas los intereses fijados en los considerandos. Imponiendo las costas al demandado (Art. 251 C.P.C.C.). Difiriendo la regulación de honorarios hasta tanto se apruebe la planilla respectiva. Insértese y hágase saber. Firmado: Dra. Susana Silvina Gueiler (juez); Dra. Myrian Huljich (Sec). Otro: Rosario, 19 de Diciembre de 2018. Con los autos a la vista, en el día de la fecha, se agrega el escrito cargo 14950/18 y se provee: Téngase presente el nuevo domicilio denunciado y hágase saber. Notifíquese haciéndose saber que tal notificación sera considerada valida en el supuesto que la misma sea recepcionado por el propio demandado o por persona que manifieste conocerlo y se haga cargo de su entrega debiendo dejarlo asentado el oficial notificador en dicha diligencia. Firmado: Dra. Myrian Raquel Huljich (Secretaria). 30 de Octubre de 2019. Dra. Melisa A. Lobay, prosecretaria.

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de Rosario, Dra. Mónica Klebcar, notifica al Sr. Domínguez, Inocencio, DNI N° 14.730.890, lo declarado en autos: CONFINA S.R.L. c/DOMÍNGUEZ, INOCENCIO s/Ejecutivo; CUIJ N° 21-00802060-1): Rosario, 21 de Diciembre de 2010. Declárese la rebeldía de la demandada y siga el juicio sin su representación, (Expte. Nº 1303/09) Dr. Luis Ramunno (Juez). Dra. Cecilia V. Dulcich, prosecretaria.

$ 33 416134 Mar. 30 Ab. 2

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de Rosario, Dra. Mónica Klebcar, notifica al Sr. Mansilla, Isabel del Carmen, DNI N° 29.094.805, lo declarado en autos: CONFINA S.R.L. c/MANSILLA, ISABEL DEL CARMEN s/Ejecutivo; CUIJ N° 21-00797972-7): Nº 3643. Rosario, 21/12/06. Y Vistos:... Y Considerando:... Resuelvo: Tenerlo por presentado, con domicilio legal constituido y en el carácter invocado a mérito del poder acompañado. Désele la participación correspondiente. Por iniciada la acción ejecutiva que se expresa, citese y emplácese a la demandada para que comparezca a estar a derecho en el término y bajo apercibimientos de ley. Tengase presente la prueba ofrecida y resérvese la documental mencionada en Secretaria. Decrétese la inhibición general del demandado hasta cubrir la suma de $ 3.268,96 con mas la suma de $ 950 en concepto de costas e intereses, librándose los despachos correspondientes. Expte. N° 1485/2006. Dra. Fdo. Dr. Ramunno (juez); Dr. Néstor García (sec). Dra. Cecilia V. Dulcich, prosecretaria.

$ 33 416133 Mar. 30 Ab. 2

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El Juzgado de Distrito Civil y Comercial N° 16 de Rosario, a cargo del Dr. Pedro Antonio Boasso (juez) y Dra. Ma. Sol Sedita (Secretaria), dentro de los autos caratulados SIDERCO SA c/PYPMIX SA s/Cobro de Pesos; CUIJ N° 21-02894746-9: comunica la citación y emplazamiento de la demandada PYPMIX S.A., bajo apercibimiento de declarársela rebelde y nombrarle defensor de oficio. Para mayor recaudo se transcriben los pertinentes decretos: Rosario, 06 de Marzo de 2018. Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado a mérito de la copia certificada del poder general acompañado. Por iniciada la acción que expresa la que tramitará por la vía del juicio Ordinario. Cítese y emplácese a la parte demandada para que dentro del término de veinte días comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía. Resérvese en Secretaría la documental acompañada. Martes y Viernes para notificaciones en la Oficina. Notifíquese por cédula. Fdo. Dr. Pedro Antonio Boasso (juez) y Dra. Ma. Sol Sedita (secretaría). Rosario, 19 de Noviembre de 2019. Agréguese la cédula sin diligenciar acompañada. Atento lo manifestado y constancias de autos se provee: Cítese y emplácese por edictos en la forma ordinaria, a la demandada PYPMIX SA, bajo apercibimiento de declararla rebelde y nombrarse defensor de oficio. Fdo. Dr. Pedro Antonio Boasso (juez) y Dra. Ma. Sol Sedita (Secretaria). 23 de Diciembre de 2019.

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 14ª Nominación de Rosario, Dr. Marcelo Carlos Mauricio Quaglia, notifica al Sr. Andino, Miguel Angel, DNI N° 28.097.466, lo declarado en autos: ELECTRÓNICA MEGATONE S.A. c/ANDINO, MIGUEL ÁNGEL s/Ejecutivo): Nº 3446. Rosario, 16 de Diciembre de 2016. Y Vistos Y Considerando:... Resuelvo: Por presentado, con domicilio legal constituido, a mérito del poder general que acompaña y deberá certificar. Previo a todo manifieste el peticionante si ejerce la opción prevista por el Art. 6 de la Ley 13.151. Sin perjuicio de lo dispuesto precedentemente y en virtud de lo dispuesto por el art. 4 inc. f de la normativa mencionada, trábese embargo sobre bienes libres de la demandada hasta cubrir la suma de $ 18.248,23, con más la suma de $ 5.474,47, estimada provisoriamente para intereses y costas futuras, librándose recaudos con facultades y bajo apercibimientos de ley. Insértese y hágase saber. Dr. Lucas Menossi (Secretario Subrogante) Dr. Marcelo Quaglia (juez) Rosario, 30 de Marzo de 2017 Con los autos a la vista se provee: Por iniciada la acción que expresa. Cítese y emplácese a la parte demandada para que comparezca a estar a derecho por el término y bajo apercibimientos de ley. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina. Para el caso de notificación por cédula hágase saber al oficial notificador que deberá cumplimentar correctamente el art. 63 CPCC, y a los fines de preservar el derecho de defensa en caso de no encontrar al requerido deberá preguntar a los habitantes del domicilio, o -en caso de no encontrar a nadie- a los vecinos, si el destinatario efectivamente vive en ese lugar, y sólo en caso afirmativo procederá a efectuar la notificación. Fecho y de corresponder deberá oficiarse al Registro Nacional de las Personas a fin de que informe el último domicilio del demandado. Dr. Lucas Menossi (secretario); Dr. Marcelo C. M. Quaglia (juez). Dra. Valeria Beltrame, prosecretario.

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de Rosario, Dra. Mónica Klebcar, notifica al Sr. Molina, Debora de las Mercedes, DNI Nº 25.352.141, lo declarado en autos: ELECTRÓNICA MEGATONE S.A. c/MOLINA, DEBORA DE LAS MERCEDES s/Ejecutivo; CUIJ Nº 21-02858221-5); N° 3205. Rosario, 28/12/16. Y Vistos: Los presentes caratulados ELECTRÓNICA MEGATONE SA c/MOLINA, DEBORA DE LAS MERCEDES s/Demanda Ejecutiva 21-02858221-5, Expte. N° 364/2016; Y Considerando: Las constancias de autos; Resuelvo: Por presentado, con domicilio legal constituido, en el carácter invocado a mérito del poder general acompañado. Désele la participación correspondiente. Por iniciada la acción ejecutiva que se expresa. Cítese a la demandada para que comparezca a estar a derecho por el plazo de 3 días bajo apercibimientos de ley. Notifíquese por cédula haciéndole saber al Oficial Notificador que deberá informar si el demandado vive allí y sólo en caso afirmativo proceder a practicar la notificación. Trábese embargo sobre los haberes y/o cualquier tipo de remuneración que perciba el demandado de su empleador, en el caso que no supere el doble del salario mínimo vital mensual en el 10% del importe en que exceda este último y en el caso en que la remuneración supere el doble del salario mínimo vital mensual en el 20% del importe que exceda este último, hasta cubrir la suma de $ 18.000, por todo concepto, debiéndose depositar mensualmente las sumas; resultantes en una cuenta que se abrirá al efecto en el Banco Municipal de Rosario - Caja de Abogados, situado en calle Montevideo 2076 a nombre de este juzgado y para estos autos. El profesional interviniente deberá suscribir cédulas y oficios atento lo dispuesto por el Art. 25 y 26 del CPC, debiendo las reparticiones oficiadas, dar curso a los mismos, con transcripción del presente párrafo. Insértese y hágase saber. (Expte. N° 364/2016). Fdo. Dra Mónica Klebcar (Juez); Dra. Marianela Godoy (sec.). Dra. Cecilia V. Dulcich, prosecretaria.

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Por orden del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Lucrecia Mantello. Secretaria de la Dra. Silvina L. Rubulotta, se hace saber que en autos ENRICH, JAQUELINE ANGELA s/Concurso Preventivo por Conversión; CUIJ 21-02922126-7, por resolución N° 94 de fecha 18/02/2020 Resuelvo: 1) Dejar sin efecto la sentencia de quiebra N° 1987 de fecha 30 de Diciembre de 2019 (fs. 93/97) y, en su lugar, declarar la apertura del concurso preventivo por conversión de Jacqueline Ángela Enrich, DNI 92.295.077, con domicilio real en Montevideo 2448, piso 19 y legal en Córdoba 1060, Piso 2, Oficina 10, ambos de la ciudad de Rosario. 2) Disponer que continúe actuando la sindicatura designada en los presentes, a cargo de la CPN Miriam Graciela Luna, con domicilio constituido en Córdoba 1452 P 1 Of. E de Rosario, horario de atención de 9 a 19 hs. 3) Clasificar el presente como “pequeño concurso”, en los términos del artículo 288 LCQ. 4) Fijar el día 24 de Abril de 2020 como fecha tope para que los acreedores presenten los pedidos de verificación ante la sindicatura, debiendo acompañar los títulos justificativos de los mismos en los términos del artículo 32 de la LCQ. 5) Fijar el día 9 de Junio de 2020 como término para que la sindicatura presente ante este tribunal el informe individual sobre cada solicitud de verificación de crédito; y el día 10 de Agosto de 2020 como fecha límite para la presentación del informe general. 7) Fijar el día 8 de Marzo de 2021 como fecha de vencimiento del período de exclusividad; y para la audiencia informativa el día 1 de Marzo de 2021, a las lOhs, en la Sala de Audiencias de este Juzgado. 8) Ordenar se haga saber la presente resolución mediante edictos que se publicarán por cinco días en el BOLETIN OFICIAL y en el diario El Jurista, conforme Art. 27 LCQ y bajo apercibimientos del Art. 30 LCQ. 18) Recaratúlense las presentes actuaciones. Insértese y hágase saber. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL y, en el diario El Jurista. Dra. Silvina L. Rubulotta (Secretaria).

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 5 de Rosario, dentro de los autos caratulados: ZIGOM, GABRIEL ALEJANDRO c/OLICER CEREALES SA s/Juicio Ejecutivo; (CUIJ 21-02918145-1), se ha ordenado notificar por edictos lo siguiente: Rosario, 4 de Octubre de 2019. Fallo: 1) Ordenar seguir adelante la ejecución hasta tanto el actor se haga integro cobro de la suma reclamada, con más los intereses que se establecen en el equivalente a la tasa activa sumada del Banco de la Nación Argentina, en las operaciones de descuento de documentos a treinta días, desde la mora y hasta su efectivo pago. 2) Imponer las costas a la parte demandada (Art. 251 C.P.C.C.S.F.). 3) Regular los honorarios practicada que fuere planilla correspondiente. Insértese y hágase saber. (CUIJ 21-02918145-1). Firmado: Dra. Silvina Rubulotta, Secretaria; Dra. Lucrecia Mantello, Jueza. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Rosario, 28/02/2020. Dra. Silvina L. Rubulotta (Secretaria).

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Por disposición de la Dra. Patricia Liliana Otegui Jueza de Primera Instancia del Juzgado Laboral de la 6° Nominación de Rosario, Secretaria a cargo de la Dra. Natalia Pagan Serra se hace saber por Resolución Nº 78 de fecha 14/02/2020, se ha dispuesto que hasta el día 15 de Abril de 2020 todo profesional que acredite un interés legítimo, deberá presentarse en el Juzgado, de lunes a viernes entre las 8:00 y 12:00 hs., a fin del retiro de toda documental correspondiente a las causas judiciales del Juzgado que no registraren movimiento con posterioridad al 31 de Diciembre de 2009, fecha a partir de la cual no se admitirán solicitudes de reintegro. Se comunica además que por el referido decisorio se ha ordenado la destrucción de la documental cuyo cargo sea de fecha anterior al 30 de Diciembre de 2009, correspondiente a las mencionadas causas, como también la de expedientes no ingresados al sistema informático del Juzgado. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y en el diario La Capital por el término de tres días. Rosario. Natalia Pagan Serra, secretaria.

S/C 416192 Ab. 1 Ab. 3

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial Nº 5ª Nominación, Dr. notifica al Sr. López, María Francisca D.N.I. N° 4.920.814, lo declarado en autos: CONFINA S.R.L. c/LÓPEZ, MARÍA FRANCISCA s/Ejecutivo; Rosario, 06/08/2009. Informando verbalmente la Actuarla en este acto que la parte demandada no ha comparecido a estar a derecho, decláresela rebelde y prosiga el juicio sin su representación. (Expte. N° 92/08). Firmado: Dr. Ivan D. Kvasina (Juez); Dra. Silvina Rubulotta (Sec.). Rosario, 10 de Diciembre de 2019.

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil de Distrito y Comercial de la 5ª Nominación de Rosario, Dr. Lucrecia Mantello, notifica al Sr. Marigliano, Elba Leonilda DNI Nº 4.844.414 lo declarado en autos: ELECTRÓNICA MEGATONE S.A. c/MARIGLIANO, ELBA LEONILDA s/Ejecutivo; N° de Expte. N° 799/2013: Tomo: 103, Folio: 232, Resolución: 1655; Y Vistos... Y Considerando:... Fallo: 1) Ordenar seguir adelante la ejecución Hasta tanto el actor se haga íntegro cobro de la suma reclamada, con más sus intereses pactados e IVA expresando que de conformidad a las facultades conferidas por el art. 771 del CCCN, se estima que los mismos no podrán exceder una vez y media la tasa activa sumada al Banco Nación, desde la mora y hasta el día de su efectivo pago. 2) Imponer las costas a la parte demandada (art. 251 C.P.C.C.). 3) Regular los honorarios practicada que fuere planilla correspondiente. Insértese y hágase saber. (CUIJ 21-01203593-1). Firmado: Dra. Lucrecia Mantello (Juez); Dra. Silvina Rubulotta (Sec.). Rosario, 12 de Noviembre de 2019.

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 16ª Nominación de Rosario, Dr. Pedro A. Boasso, notifica al Sr. Pizarro, Fabián, DNI N° 20.487.194, lo declarado en autos: CFN S.A. c/PIZARRO, FABIÁN s/Ejecutivo; CUIJ N° 21-02840505-4): Rosario, 11 de Octubre de 2019; Informando verbalmente la Actuaría en este acto que la parte demandada no ha comparecido a estar a derecho, decláresela rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Firmado: Dr. Pedro A. Boasso (juez); Dra. María Sol Sedita (sec.). 31 de Octubre de 2019.

$ 33 416173 Ab. 1 Ab. 3

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial N° 5ª Nominación, Dr. Lucrecia Mantello, notifica al Sr. Cerdan, Angélica Romina D.N.I. Nº 33.968.475 lo declarado en autos: CFN S.A. c/CERDAN ANGÉLICA ROMINA s/Ejecutivo; CUIJ N° 21-02908952-0): Rosario, 21 de Diciembre de 2018. Por presentado, en el carácter invocado y con domicilio legal constituido. Por iniciada la acción que expresa la que tramitará por la vía del juicio Ejecutivo. Cítese y emplácese a la parte demandada para que dentro del término de diez días comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía. Trábese el embargo solicitado sobre bienes libres que deberá denunciar en autos, hasta cubrir la sumado $ 78.262,25 con más la de $ 26.000, estimada provisoriamente para intereses y costas, librándose a sus efectos los recaudos de ley. Líbrese el despacho correspondiente, previo pago del impuesto de sellos art. 19 inc. 7 LIA. Resérvese en Secretaria la documental acompañada. Martes y Viernes para notificaciones en la Oficina. Acredite inscripción de AFIP debidamente actualizada Notifíquese. Firmado: Dra. Lucrecia Mantello (juez), Dra. Silvina Rubulotta (Sec.). Rosario, 13 de Diciembre de 2019.

$ 33 416172 Ab. 1 Ab. 3

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 16ª Nominación de Rosario, Dr. Pedro A. Boasso, notifica al Sr. Humhofe, Roxana Carina DNI Nº 24.574.022, lo declarado en autos: CFN S.A. c/HUMHOFE, ROXANA CARINA s/Ejecutivo; CUIJ N° 21-02889603-1): Rosario, 11 de Octubre de 2019; Informando verbalmeme la Actuaría en este acto que la parte demandada no ha comparecido a estar a derecho, decláresela rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Fdo. Dr. Pedro A. Boasso (juez); Dra. María Sol Sedita (sec). 31 de Octubre de 2019.

$ 33 416171 Ab. 1 Ab. 3

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1° Instancia de Circuito de Ejecución 2° Nominac de Rosario - Sec. 1 de Rosario, Dr. Luciano A. Ballarini, dentro de los autos caratulados CONFICRED S.A. c/BARQUERO DANIEL GUSTAVO s/Demanda Ejecutiva, Expte. N° 760/16, se ha dictado lo siguiente: CONFICRED SA c/BARQUERO DANIEL GUSTAVO s/Demanda Ejecutiva; 21-13276779-0 Juzg. de 1ra. Inst. Ejec. Civ. Circ. 2da. Nom. Rosario, 05 de Febrero de 2020; Agréguese la constancia acompañada. Informando verbalmente el actuario que el demandado no compareció a estar a derecho, declárese rebelde. Fdo: Dra. María Elvira, secretaria; Longhi Dr. Luciano A. Ballarini, Juez. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Rosario. Dra. Silvina López Pereira, secretaria.

$ 33 416210 Ab. 1 Ab. 3

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 12ª Nominación de Rosario, Dr. Fabián Bellizia, notifica al Sr. Godoy, Mónica Silvia, DNI N° 13.544.406, lo declarado en autos: ELECTRÓNICA MEGATONE S.A. c/GODOY, MONICA SILVIA s/Ejecutivo; CUIJ N° 21-02838251-8): Rosario 16/09/2019; No habiendo comparecido la parte demandada a estar a derecho, declárasela rebelde y siga el presente juicio sin su representación (76 y sgtes. del CPCC). Notifíquese por edictos. Firmado: Fabián Bellizia (juez); Agustina Filippini (Sec).

$ 33 416131 Ab. 1 Ab. 3

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil de Distrito y Comercial de la 8ª Nominación de Rosario, Dr. Luciano Daniel Juarez, notifica al Sr. Dañeluk, Ana María D.N.I. Nº 23.658.189, lo declarado en autos: ELECTRÓNICA MEGATONE S.A. c/DAÑELUK, ANA MARÍA s/Ejecutivo; N° Tomo: 67, Folio: 480, Resolución: 2106; Y Vistos: Lo solicitado precedentemente y constancias de autos; Resuelvo: Por presentado, con domicilio constituido, en el carácter invocado, désele al compareciente la participación que por derecho corresponda. Por iniciada la acción que expresa. Cítese y emplácese a comparecer a estar a derecho a la parte demandada, por el término y bajo los apercibimientos de ley. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina. Trábese embargo sobre los haberes del demandado, tomando como base el importe de las remuneraciones que excedieren el Salario Mínimo Vital, en la proporción de ley que corresponda de conformidad a lo normado por el Decreto 484/87 hasta cubrir la suma reclamada de $ 6.623,76, con más la de $ 1.800, estimada provisoriamente para intereses y costas, debiendo depositarse los fondos resultantes en una cuenta a la orden del Juzgado y para estos autos en el Banco Municipal de Rosario, Sucursal Caja de Abogados, librándose a sus efectos los recaudos de ley. Insértese y hágase saber, (autos: ELECTRÓNICA MEGATONE SA c/DAÑELUK ANA MARÍA s/Ejecutivo) e. 749/l1. Fdo: Dr. Luciano Daniel Juarez (juez), Dra. María José Casas, (Sec.).

$ 33 416132 Ab. 1 Ab. 3

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 12ª Nominación de Rosario, Dr. Fabián Bellizia, notifica al Sr. Farias, Armando Sebastian, DNI N° 27.163.404, lo declarado en autos: ELECTRÓNICA MEGATONE SA c/FARIAS, ARMANDO SEBASTIAN s/Ejecutivo; CUIJ N° 21-02896702-8); Rosario, 16/09/2019; No habiendo comparecido la parte demandada a estar a derecho, declárasela rebelde y siga el presente juicio sin su representación (76 y sgtes. del CPCC). Notifíquese por edictos. Firmado: Fabián Bellizia (juez); Agustina Filippini (sec).

$ 33 416130 Ab. 1 Ab. 3

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial N° 3ª Nominación, Dr. Ezequiel Zabale, notifica al Sr. Chirino, Ramón Carlos D.N.I- Nº 12.804.264, lo declarado en autos: ELECTRÓNICA MEGATONE S.A. c/CHIRINO, RAMÓN CARLOS s/Ordinario; Rosario, 08 de Octubre de 2019 No habiendo comparecido la parte demandada a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hacerlo, declárasela rebelde, y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos. Firmado: Dr. Ezequiel Zabale (Juez), Dra. Gabriela B. Cossovich (Sec.).

$ 33 416128 Ab. 1 Ab. 3

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 14ª Nominación de Rosario, Dr. Marcelo Carlos Mauricio Quaglia, notifica al Sr. López María Rosa, DNI N° 12.404.193, lo declarado en autos: ELECTRÓNICA MEGATONE SA. c/LÓPEZ, MARÍA ROSA s/Ejecutivo; Nº 2384, Rosario, 2 de Diciembre de 2019. Y VIstos y Considerando... Resuelvo: Regular los honorarios de la Dra. Rosanna Noemi Knafel en la suma de $ 4.031,68 equivalente a 1 Jus. Dichas sumas deberán ser canceladas dentro del plazo de 5 días corridos desde su notificación. Firme que estuviere esta resolución, ya no procederá la actualización mediante el mecanismo del artículo 32 de la Ley 6767 y sus modificatorias (Unidad Jus), devengando, a partir de la mora, un interés equivalente a la Tasa Activa para operaciones de descuento de documentos del Banco de Santa Fe S.A. capitalizada (artículo 767, 768 y 772 del Código Civil y Comercial de la Nación). Atento que la regulación de los honorarios practicada por auto separado y a posterior de la sentencia obedece a un uso fori que no enerva el argumento legal contenido en el art. 257, primer párrafo, del CPCC, según el cual Toda sentencia estimará los honorarios de los profesionales intervinientes por ambas partes. En las resoluciones interlocutorias se aplicará la misma regla cuando decidan condenar en costas.”, por lo que la regulación se asume como parte integrante de la sentencia independientemente de la oportunidad en que se haya dictado, debiendo ser notificada por edictos de acuerdo con lo dispuesto por el art. 81 y 77 del CPCC. Vista a Caja Forense. Insértese y hágase saber. Dr. Agustín Crosio (secretaria); Dr. Marcelo C. M. Quaglia (juez). Dra. Valeria Beltrame, prosecretaria.

$ 33 416129 Ab. 1 Ab. 3

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial Nº 3ª Nominación, Dr. Ezequiel Zabale, notifica al Sr. Madera, Mauro Gabriel D.N.I. Nº 32.908.446 lo declarado en autos: ELECTRÓNICA MEGATONE S.A. c/MADERA, MAURO GABRIEL s/Ejecutivo Nº 21-01125897-9): Rosario 29/08/2013. Por presentado, con domicilio constituido y en el carácter invocado, en mérito a la copia del poder general acompañado, el que deberá certificar en debida forma ante la Actuaría. Por iniciada la acción que expresa. Emplácese a la parte demandada para que comparezca a estar a derecho en el término, de 3 días, bajo apercibimiento de rebeldía. A la cautelar solicitada, auto. Al pto. VI e), oportunamente. Martes y Viernes para notificaciones en la oficina. Notifíquese por cédula. (Expte. 875/2013) Nº 2460 Rosario, 04/09/2013. Y Vistos: el embargo solidado, Resuelvo: Trabar el mismo sobre los haberes que perciba el demandado Madera Mauro Gabriel, hasta cubrir la suma de $ 6949.32 con más la suma de $ 2084.80, para intereses y costas, con los límites dispuestos por el decreto ley 484/87. Líbrese el despacho correspondiente, previo pago del impuesto de sellos (Art. 19 inc. 7 Ley impositiva Anual). Insértese y hágase saber. Firmado: Dr. Ezequiel Zabale (juez); Dra. Gabriela B. Cossovich (Sec.).

$ 33 416127 Ab. 1 Ab. 3

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 15ª Nominación de Rosario, Dr. Carlos Eduardo Cadierno, notifica al Sr. Muñoz, Jesús David, DNI N° 34.387.436, lo declarado en autos: ELECTRÓNICA MEGATONE S.A. c/MUÑOZ, JESÚS DAVID s/Ejecutivo; Rosario, 28 de Octubre del 2019. Atento que el sistema informático SISFE no se encuentra en funcionamiento, en el día de la fecha se provee manualmente: Agréguese la cédula acompañada. Informando verbalmente el Actuario, en este acto, que la parte demandada no ha comparecido a estar a derecho, pese a estar debidamente notificada, declárasela rebelde y siga el juicio sin su representación. Notifíquese. Dra. María Eugenia Sapei (sec), Dr. Carlos E. Cadierno (juez). Dra. Marianela Maulion, secretaria.

$ 33 416126 Ab. 1 Ab. 3

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil de Distrito y Comercial de la 8ª Nominación de Rosario, Dr. Luciano Daniel Juárez notifica al Sr. Diaz Ramón de Jesús D.N.I. Nº 28.806.656 lo declarado en autos: ELECTRÓNICA MEGATONE SA c/DÍAZ RAMÓN DE JESÚS s/Ejecutivo; CUIJ N° 21-02879817-9) N° de CUIJ Nº 21-02879817-9 Rosario, 6 de Octubre de 2017. Agréguese la cédula acompañada. Informando verbalmente el Actuario en este acto que la parte demandada no ha comparecido a estar a derecho, declárasela rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por cedula. Firmado: Dr. Luciano Daniel Juárez (juez); Dra. María José Casas (Sec.).

$ 33 416125 Ab. 1 Ab. 3

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Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial N° 8 de Rosario en los autos caratulados: PLAN ROMBO SA c/MENGUCCI FERNANDO GABRIEL y ot. s/Ejecución Prendaria; Expte. CUIJ Nº 21-02887041-5, se ha dispuesto por auto Nº 2469 de fecha 22/09/2017, citar de remate a los Sres. Mengucci Fernando Gabriel (DNI Nº 24.479.589) y Lorincz Andrea Lorena (DNI Nº 23.233.763), por edictos en el BOLETIN OFICIAL con la prevención expresa de que si dentro del término improrrogable de tres días no opone excepción legítima alguna, se mandará llevar adelante la ejecución sin más trámite y se ordenará la venta de la oronda (art. 29 del dec Ley 15.348/46, ratificado por ley 12.962). Fdo. Dr. Juarez (Juez) Dra. Casas (Secretaria). Rosario. Dra. Daniela A. Jaime, secretaria en suplencia.

$ 33 416201 Ab, 1 Ab. 3

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Por disposición del Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo C. y C. Nº 15 de Rosario, en los autos caratulados: CHEVROLET SA c/CORDOBA OSVALDO HÉCTOR s/Ejecución Prendaria; Expte. Nro. 118/2019, se hace saber a sus efectos al Sr. Osvaldo Héctor Córdoba (DNI 27.137.472), que en los presentes entenderá el Dr. Carlos E. Cadierno. Secretaría, Dra. Daniela A. Jaime, secretaria en suplencia.

$ 33 416198 Ab, 1 Ab. 3

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Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial N° 17 de Rosario en los autos caratulados: VOLKSWAGEN SA c/FERRARI ALAN CRUZ s/Ejecución Prendaria; Expte. Nro. 525/2019, se ha dispuesto por auto Nº 1627 de fecha 16/08/2019, citar de remate al Sr. Ferrari Alan Cruz (DNI Nº 39.119.778), por edictos en el BOLETIN OFICIAL por el término de tres días perentorios para que oponga excepciones legítima, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución y venta de la prenda (art. 29 de la ley 12.962). Fdo. Dra. Beduino (Juez) Dra. Lantermo (Secretaria). Rosario, Dra. Daniela A. Jaime, secretaria en suplencia.

$ 33 416200 Ab. 1 Ab. 3

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El Juzgado de 1° Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial 13° Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Verónica Gotlieb (Juez), dentro de los autos caratulados SAN MARTINO, GUSTAVO GABRIEL c/CASERIO, GRACIELA MABEL s/Juicio Ejecutivo; CUIJ N° 21-02855532-3, hace saber que se ha dictado la siguiente Resolución: Nº 2728 Rosario, 15/12/2017. Y Vistos:... Y Considerando... Resuelvo: 1) Mandara llevar adelante la ejecución contra la demandada, hasta tanto la actora se haga íntegro cobro del capital reclamado con más los intereses indicados en los considerandos precedentes e IVA si correspondiere. 2) Imponer las costas a la vencida (Art. 251 CPCC). 3) Diferir la regulación de honorarios al momento de quedar firme la planilla correspondiente. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Verónica Gotlieb (Juez) – Dr. Lucas Menossi (Secretario). Dr. Lucas Menossi (Secretario).

$ 33 416238 Ab. 1 Ab. 3

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 5ta. Nominación, a cargo de la Dra. Lucrecia Mantello, Secretaría de la Dra. Silvina Rubulotta, dentro de los autos caratulados: EMPRESA CONSTRUCTORA SOS SRL s/Quiebra; Expte. N° 1264/2004, se hace saber que, de acuerdo a lo normado por el Art. 231 2° párrafo de la ley 24.522, por auto Nº 802 de fecha 31/05/19, se ha dictado la conclusión de la quiebra de Empresa Constructora SOS SRL. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Rosario. Silvina L. Rubulotta, secretaria subrogante.

S/C 416212 Ab. 1 Ab. 7

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ª Instancia de Circuito de Ejecución 2ª Nominación de Rosario - Sec. 1 de Rosario, Dr. Luciano A. Ballarini, dentro de los autos caratulados CONFICRED S.A. c/FERNANDEZ RICARDO DAVID s/Demanda Ejecutiva, Expte. Nº 21-13891682-8; se ha dictado lo siguiente: CONFICRED S.A. c/FERNANDEZ, RICARDO DAVID s/Juicio Ejecutivo; 21-13891682-8, Juzg. de 1ra. Inst. Ejec. Civ. Circ. 2da. Nom. Rosario, 04 de Febrero de 2020. Agréguese la constancia acompañada. Informando verbalmente el actuario que el demandado no compareció a estar a derecho, declárese rebelde. Fdo.: Dra. Maria Elvira Longhi – Secretaria - Dr. Luciano A. Ballarini – Juez. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. - Rosario. Dra. Silvina López Pereyra, secretaria.

$ 33 416211 Abr. 1 Abr. 3

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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 7ª Nominación de la Ciudad de Rosario, Dr. Marcelo N. Quiroga, Secretaría de la Dra. Lorena A. González, se hace saber a todos los efectos legales que la Sra. Síndico Cintia Lorena Majul ha presentado Informe Final y Proyecto de Distribución en los términos del art. 218 de la ley 24.522. Que se ponen de manifiesto el informe final y proyecto de distribución a los fines que la fallida y sus acreedores presenten sus observaciones en el término de ley. Asimismo, se han regulado los honorarios de la Sindicatura. Publiquese sin cargo y por el término de dos días en el BOLETÍN OFICIAL. Todo está asi ordenado en los autos caratulados “DUPLEN ARIEL GUSTAVO s/Quiebra” - CUIJ 21-02844869-1. - Rosario, 28 de Febrero de 2020. Dra. Lorena Andrea González, secretaria.

S/c 416203 Abr. 1 Abr. 2

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de esta ciudad, se ha dispuesto emplazar al Sr. Cardoso Vieira Carlos Andre para que comparezca a estar a Derecho dentro del término de cinco (5) días de la última publicación, bajo apercibimiento de rebeldía, dentro de los autos caratulados: “LÓPEZ FLORENCIA YANET c/CARDOSO VIEIRA CARLOS ANDRE y OTROS s/Daños y Perjuicios” CUIJ 21-12628344-7. Rosario, 18 de Febrero de 2020. Fdo.: Dr. Daniel H. González (Juez) - Dra. Gabriela M. Kabichian (Secretaria).

$ 33 416324 Abr. 1 Abr. 3

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En los autos caratulados SOLÍS, RAMÓN D. y OTRA c/FERNÁNDEZ ÁNGEL R. y OTRA s/Ordinario, Expte. Nº 170708 - CUIJ 21-04975380-5, que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de la 18ª Nominación de la ciudad de Rosario, a cargo de la Dra. Susana Silvina Gueiler (Jueza), Secretaría de la Dra. Patricia A. Beade, se ha ordenado, atento lo dispuesto por el art. 597 del C.P.C.C. emplazar por edictos que se publicarán por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL, a los herederos de Ángel Roberto Fernández. - Rosario, 10 de Febrero de 2020. Dra. Melisa A. Lobay, prosecretaria.

$ 33 416323 Abr. 1 Abr. 3

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito de la 4ª Nominación de Rosario en los autos caratulados: “GHIGLIONE FEDERICO ANDRÉS c/LUQUEZ ZUNILDA s/Cobro de Pesos” CUIJ 21-12616176-7 se hace saber que se dicto lo siguiente: “Rosario 12 de Agosto de 2019: Atento a lo peticionado y las constancias de autos se decreta el escrito inicial: Por iniciada formal demanda de cobro de pesos que tramitará según las normas del proceso sumario (art. 408 y siguientes del CCPC). Cítese y emplácese a Zunilda Luquez por edictos, conforme lo normado por los art 67 y 73 del CP Civiles, para que dentro del termino de cinco días de la ultima publicación comparezca a estar a Derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollaran en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos Civiles impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, por lo que el presente tramitara conforme al protocolo de actuación recomendado por Acuerdo Ordinario - Acta 48/2017 del 5 de diciembre de 2017 y lo dispuesto por los Acuerdos Ordinarios Acta 8/2018 del 13 de marzo de 2018 y 10/2018 del 27 de marzo de 2018 de la Excma. Suprema Corte de la Provincia de Santa Fe. Por tanto, se hace saber que las audiencias solo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor y la comparecencia a las audiencias sera valorada en orden al art. 4 de la ley 12851. Notifíquese por cédula debiendo el oficial notificador observar el estricto cumplimiento del art. 63 CPCC. Hágase saber a las partes que en el caso de llegar a un acuerdo conciliatorio con respecto a los presentes deberá acompañarse el convenio a los efectos de concluir con este proceso. Resérvese en Secretaria la documental acompañada. Denunciase correo electrónico en orden a la futura implementación del Sistema de Notificación Electrónica (Acordada Nº 7 punto 12) dentro del Plan Piloto de Oralidad (Acuerdo Ordinario - Acta 48/2017 del 5 de diciembre de 2017) poniéndose en practica: 1) Entrado en efectiva vigencia el referido sistema 2) procesalmente desde el estadio de la apertura de la causa a prueba. Firmado: Dra. Marcela Barros (Jueza) – Dr. Alejandro Lanata. - Secretaría, 13 de Febrero de 2020. Dra. Marcela N. Barro, secretaria.

$ 33 416320 Abr. 1 Abr. 3

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia civil y Comercial de la 3ª Nominación en autos: LUNA, ELIZABET ANDREA s/Solicitud Propia Quiebra – 21-02921720-0 – 747/2019. Nro.: 216. Rosario, 18 de Febrero de 2020. Y Vistos: Estos autos caratulados: “Luna, Elizabet Andrea s/Solicitud Propia Quiebra”. Y Considerando: Que acepta el cargo el sindico designado, correspondiendo cumplimentar con los recaudos exigidos en el art. 14 incisos 3, 9 y 10 LCQ. Por tanto, Resuelvo: 1. Fijar 16/04/20 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar sus pedidos de verificación al síndico CPN Daniel Alberto Del Valle con domicilio en Güemes 2079 piso 7 B de Rosario. Horario de atención de lunes a viernes de 10,30 a 13,30 hs. y de 17 a 20 hs. 2. Fijar el 1/06/20 para la presentación por el síndico del informe individual sobre los créditos con las exigencias determinadas en el art. 35, 2do. párr. L.C. 3. Fijar el 3/07/20 para la presentación del informe general por el síndico. 4. Ordenar publicar edictos haciendo conocer lo aquí decidido en el BOLETÍN OFICIAL. Insértese y hágase saber. Dr. Ezequiel M. Zabale (Juez) – Dra. Gabriela B. Cossovich, secretaria.

S/c 416330 Abr. 1 Abr. 7

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia civil y Comercial de la 3ª Nominación en autos: GRATAROLA MONICA ISABEL s/Propia Quiebra – 21-01115299-3. N° 136. Rosario, 13 de Febrero de 2020. Y Vistos: Estos autos caratulados “Gratarola, Mónica Isabel s/Propia Quiebra”. Y Considerando: Que acepta el cargo el síndico designado CPN Guillermo Poli, correspondiendo cumplimentar con los recaudos exigidos en el art. 14 incisos 3, 9 y 10 LCQ. Por tanto. Resuelvo: 1. Fijar 20/03/20 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar sus pedidos de verificación al Síndico CPN Guillermo Poli con domicilio en San Martín 791 Piso 1 Oficina C de Rosario, de lunes a viernes de 9.30 a 12.30 y de 16.30 a 19.30 hs. 2. Fijar el 29/04/20 para la presentación-por el Síndico del informe individual sobre los créditos con las exigencias determinadas en el art. 35, 2do. párr. L.C. 3. Fijar el 1/06/20 para la presentación del informe general por el Síndico. - Dr. Ezequiel M. Zabale (Juez) – Dra. Gabriela B. Cossovich, secretaria.

S/c 416329 Abr. 1 Abr. 7

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El Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito de la Quinta Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Maximiliano Cossari, en autos “VELAZCO, MELINA DANIELA c/CIRINO. PERLA MARÍA y OTROS s/Daños y Perjuicios” - CUIJ 21-12628270-9; cita a los herederos del causante, Sr. Salvador Pagano, DNI 6.004.280, con último domicilio en calle Zeballos Nº 607 Piso 7 Dpto. A de esta ciudad de Rosario (Santa Fe), para que comparezcan a este juzgado a hacer valer sus derechos por el término y bajo apercibimientos de ley. - Rosario, 17 de Febrero de 2020. Dra. Gabriela Patricia Almará, secretaria.

$ 33 416313 Abr. 1 Abr. 3

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Por disposición del Juzgado de primera Instancia de Circuito Nº 23 de la ciudad de Las Rosas se hace saber que en los autos caratulados “SCARPECCIO, RAÚL JOSÉ c/MONTI, LUCRECIA VICTORIA y OT. s/Prescripción Adquisitiva”, Expte. Nº 277/17 CUIJ 21-23190880-0 ,se ha dispuesto lo siguiente: Las Rosas 17 de Febrero Je 2020. Por renunciado al cargo de defensor de oficio para el que fuera designado teniéndose presente las razones de incompatibilidad informadas. Para sorteo de nuevo defensor de oficio fíjase la audiencia del día 31/3/20 a las 8 hs. Notifíquese por cédula y publíquese los edictos respectivos. Fdo.: Dr. Juan A. Rambalco (Juez) - Oscar Estelrich (Secretario). Dr. Oscar A. Estelrich, secretario.

$ 33 416303 Abr. 1 Abr. 3

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 18ª Nominación de Rosario, Dra. Gueiler, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ROSARIO c/BERNAL ERNESTO y/o quién resulte propietario s/Apremio (Expte. 21-02848873-1) se cita de remate a María Esther Castillo propietaria del inmueble empadronado en la Sección 5 Manzana 183 Gráfico 28 manzana O, según el siguiente Decreto: Rosario, Rosario, 14 de diciembre de 2016. Por presentado, con domicilio constituido y en el carácter invocado, a mérito de la copia del poder general acompañado, la cual deberá certificarse ante la Actuaría. Désele al compareciente la participación que por derecho corresponda. Por iniciada la acción que expresa, que tramitará por vía de Apremio. Cítese de remate al accionado por ocho días bajo apercibimientos de ley. Trábese embargo sobre los bienes libres del accionado -que deberá denunciar en autos- hasta cubrir la suma reclamada de $ 12.420,78 con más la de $ 3.726 estimada provisoriamente para intereses y costas, librándose a sus efectos los recaudos de ley Atendiendo al carácter proter- rem de la deuda perseguida, líbrese oficio al Registro General a efectos de acreditar la titularidad del inmueble. (CSJ Santa Fe, “Municipalidad de Santa Fe c. - Greschnuk, Iván s/Apremio” Sent. 07.07.1993). Martes y viernes para notificaciones en la Oficina. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Dra. Gueiler, Juez - Dra. Huljich, Secretaria. - Rosario, 27 de Agosto de 2019. Agréguese. Téngase presente lo informado. Téngase presente el domicilio denunciado y hágase saber. Dra. Huljich, Secretaria. Publicación exenta por Art. 51 de la Ley Orgánica de Municipalidades y Art. 182 del Código Fiscal de la Provincia. - Rosario, 26 de Diciembre de 2019. Dra. Melisa A. Lobay, secretaria.

S/c 416487 Abr. 1 Abr. 7

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 15ª Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Carlos E. Cadierno -Juez- Secretaria de la Dra. Ma. Eugenia Sapei, en los autos caratulados “LIALI, SILVIA NOEMI s/Concurso Preventivo - Hoy Quiebra” - (Expte. 21-02900825-3) (525/2018)), por Sentencia Nº 287 de fecha 02/03/2020 se ha declarado la quiebra de Lialia, Silvia Noemí, DNI 12.700.377, con domicilio real en calle ítalo Balbo Nº 4571 “C” de la ciudad de Rosario y legal en calle Paraguay Nº 1766 de la misma ciudad. Que se fijó el día 08/05/20 hasta la cual los acreedores posteriores al concurso preventivo y anteriores a la quiebra deberán presentar sus pedidos de verificación de créditos, acompañando los títulos justificativos de los mismos; el día 22/06/20 para que la Sindicatura presente el informe individual y el día 19/08/2020 para el informe general. Disponer que se fijará el día hábil siguiente de resultar feriado o inhábil cualesquiera del término establecido. Asimismo, se hace saber que el síndico interviniente en autos es C.P. Daniel Teodoro Fiore, con domicilio legal en calle Rioja Nº 1254 piso 3° oficina 301 de Rosario con horario de atención de lunes a viernes desde 10 a 12 hs. y de 15:30 a 19:30 hs.

S/c 416439 Abr. 1 Abr. 7

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En los autos caratulados “VECINAL EMPALME GRANEROS c/VÍCTOR LEMA s/Prescripción Adquisitiva” CUIJ Nº 21-02901121-1 radicados en el Juzgado de Primera Inst. Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Rosario, bajo la Secretaría de la Dra. Marianela Godoy y la Dra. Mónica Klebcar (Juez), se ha resuelto lo siguiente: Cítese y emplácese al Sr. Víctor Lema y/o sus posibles herederos a estar a derecho dentro de la causa ut supra mencionada y por el plazo 5 días desde la ultima publicación. Dando así cabal cumplimiento a lo prescrito en el cargo 16557 de fecha 19/11/2019, referido en el art. 73 CPCCS y art. 597, bajo apercibimientos de Ley y que se transcriben a continuación. Artículo 73. Si el domicilio fuese desconocido o la persona incierta, el emplazamiento se efectuará por edictos, que se publicarán tres veces. El terminó vencerá cinco días después de la última publicación. Artículo 597. Si la demanda hubiere de dirigirse contra una persona fallecida o si el demandado muriere durante el procedimiento, se emplazará por edictos, en la forma ordinaria, a los herederos. En caso que no comparecieren en término, se nombrará un curador, que tendrá la doble función de curador ad hoc de la herencia y, en su caso, de defensor de los herederos rebeldes y con el cual se entenderla demanda o el procedimiento. Queda Ud. debidamente Notificado. Dr. Juan E. Singer, secretario.

$ 53 416446 Abr. 1 Abr. 3

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Por disposición de Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11ª Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Luciano D. Carbajo, se hace saber que en los autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE ROSARIO c/RONCO, JOSÉ MARÍA s/ Apremios Fiscales Municipales”, Expte. N° 21-02848S14-7 (410/2015), se ha dictado lo siguiente: “N° 2197. Rosario, 10 de octubre de 2019. Autos y Vistos:... Resuelvo: 1) Téngase presente la planilla practicada, póngase de manifiesto en la oficina por el término y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese por cédula, con expresión de monto ($ 50.436,52). 2) Regulo los honorarios del Dr. Viviana Noemi Lamboglia, en la suma de $ 3.331,96, correspondiente a 1 UNIDAD JUS, Art. 7 inc. 2) b Ley 6767. A partir que el presente auto quede firme, se aplicará la Tasa Activa Sumada que cobra el Nuevo Banco de Santa Fe SA, por sus trabajos profesionales en autos. Insértese y hágase saber. Fdo.: Dr. Luciano Daniel Juárez, Juez en suplencia. Dr. Sergio A. González, secretario. //N° 2198. Rosario, 10 de octubre de 2019. Autos y Vistos:... Resuelvo: Sustitúyase el embargo oportunamente trabado en autos y en su lugar trábese embargo sobre el inmueble denunciado de propiedad del demandado (inscripto el dominio al Tomo 326 C, Folio 1644, Nº 107294 departamento Rosario) por la suma de $ 50.436,52, con más el 30% estimado para intereses y costas. Líbrense los despachos pertinentes. Copíese, insértese y hágase saber. Fdo. Dr. Luciano Daniel Juárez, Juez en suplencia. Dr. Sergio A. González, secretario. //Rosario, 03 de diciembre de 2019. Habiéndose designado titular en este tribunal, a sus efectos, hágase saber el Juez que va, a entender. Fdo. Dr. Luciano D. Carbajo, Juez. Dr. Sergio A. González, secretario.” Publíquense por el término de tres días. Fdo. Dr. Sergio González. - Rosario, 02 de marzo de 2020. Dr. Sergio A. González, secretario.

S/c 416453 Abr. 1 Abr. 3

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Por disposición de la Srta. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 11ª Nominación de Rosario, Dr. Luciano Carbajo, y Secretaría del Autorizante, se hace saber que en autos caratulados “MUÑOZ MARÍA FLORENCIA s/Quiebra”, CUIJ Nº 21-01447204-2; se ha dispuesto: “Rosario, 17/02/2020... Por presentado informe final y proyecto de distribución. Pónganse los mismos de manifiesto en la Oficina por el término de ley. Publíquense edictos por dos días en el BOLETÍN OFICIAL. A la regulación de honorarios, autos”. Fdo. Dr. Luciano Carbajo (Juez); Secretario en suplenda. Asimismo, por auto N° 174 de fecha 20/02/2020, se ha resuelto regular los honorarios de la C.P.N. Susana Giménez en la suma de $ 134.544, y los honorarios del Dr. Sergio Dardo Botto, en la suma de $ 33.636. - Rosario, 26 de Febrero de 2020. Dr. Sergio A. González, secretario.

S/c 416455 Abr. 1 Abr. 2

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Por disposición de la Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 11ª Nominación de Rosario, Dr. Luciano Carbajo, y Secretaría del Autorizante, se hace saber que en autos caratulados “PORTANERI SILVIA HEBE s/Concurso Preventivo” CUIJ Nº 21-01430893-5; por Resolución N° 201 de fecha 26/02/2020 se ha resuelto: “1. Declarar la conclusión del concurso preventivo de Silvia Hebe Portaneri, abierto por Resolución Nº 546 de fecha 19/09/2003; 2. Publíquese la presente resolución por el término de un día en el BOLETÍN OFICIAL y en el diario “El Forense”, atento a que el oportunamente designio se encuentra fuera de circulación”. Fdo.: Dr. Luciano Carbajo (Juez); Dr. Sergio González (Secretario). - Dr. Sergio A. González, secretario.

$ 33 416457 Abr. 1

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13ª Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Verónica Gotlieb (Jueza), dentro de los autos caratulados: “DELL’ AMICO, JAVIER HERNÁN s/Concurso Preventivo”, CUIJ 21-02918822-7 se ha dispuesto por auto N° 88 del 18/02/2020: “Resuelvo: 1) Fijar hasta el día 31 de marzo de 2020 como fecha tope hasta la cual los acreedores presenten los pedidos de verificación al síndico (Art. 14 Inc. 3 LCQ), debiendo acompañar los títulos justificativos de los mismos en los términos del Art. 32 de la L.C.Q.. 2) Fijar el día 4 de mayo de 2020 para que la Sindicatura presente el Informe Individual ante este tribunal (Art. 35 LCQ) y el día 17 de junio de 2020 para la presentación del Informe General (Art. 39 LCQ). 3) En caso de existir impugnaciones a los pedidos de verificación, la Sindicatura, a los fines de ordenar el procedimiento, deberá presentar al Tribunal un legajo con cada una de las mismas compuesto de copias del pedido de verificación, de la impugnación, de la contestación del impugnado, si la hubiere, y del respectivo informe individual. 4) Fijar el día 5 de octubre de 2020 como fecha tope para hacer pública la propuesta presentando la misma en el expediente, conforme lo dispuesto por el Art. 43 LCQ. 5) Fijar el día 27 de octubre de 2020 para que tenga lugar en las oficinas del Juzgado la Audiencia Informativa prevista por el Art. 45 de la L.C.Q. 5) Fijar el día 3 de noviembre 2020 como fecha hasta la cual gozará el deudor del período de exclusividad. Publíquense edictos de la resolución de concurso preventivo en el Boletín Oficial y diario “ El Forense” haciendo conocer la presente resolución, así como el nombre, domicilio del Síndico y horario de atención.” Fdo.: Dra. Verónica Gotlieb (Jueza).- Dr. Lucas Menossi (Secretario). Asimismo, se hace saber que la Sindica designada en los presentes autos es la CPN Silvia Noemí Aparicio, con domicilio en calle Zeballos 2071 de la localidad de esta ciudad con horarios de atención de Lunes a Viernes de 10:00 hs a 16:00 hs. Secretaría, 2 de Marzo de 2020. Dra. Ma. Mercedes Sedita, secretaria.

$ 315 416478 Abr. 1 Abr. 7

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Por disposición de la Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 11ª Nominación de Rosario, Dr. Luciano Carbajo, y Secretaría del Autorizante, se hace saber que en autos caratulados “NUEVO HOTEL EUROPEO s/Concurso Preventivo” CUIJ Nº 21-02883373-0; por Resolución Nº 171 de fecha 20/02/2020 se ha resuelto: “1.- Prorrogar por última vez el Período de Exclusividad, venciendo el día 25 de marzo de 2020 (art. 43 L.C.Q.). 2.- Fíjese fecha de la audiencia informativa para el día 18 de marzo de 2020 a las 9.00 horas. 3.- Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL y en el diario oportunamente designado, por el término de cinco días. Cópiese, insértese y hágase saber. Fdo.: Dr. Luciano Carbajo (Juez); Secretario en suplencia. Dr. Sergio A. González, secretario.

$ 165 416458 Abr. 1 Abr. 7

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Por disposición, del Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 16ª Nominación de Rosario, Dr. Pedro Boasso, en los autos caratulados “SILVERO, MARÍA c/LA INMOBILIARIA DEL LITORAL S.C.A. s/Usucapión” (Expte. CUIJ 21-02876167-5), se hace saber a la firma LA INMOBILIARIA DEL LITORAL S.C.A. que se la ha declarado rebelde y se proseguirá el juicio sin su representación. Asimismo y que atento lo dispuesto por la Exorna. Corte Suprema de Justicia de Santa Fe mediante Acuerdo Ordinario celebrado el día 05.12.2017, Acta 48 p. 12 para sorteo de defensor de oficio designase la audiencia del día hábil posterior a que quede firme el presente decreto oficiándose a la Presidencia de la Excma. Cámara Civil y Comercial de Rosario - vía correo electrónico por Secretaría - a tal fin. Rosario, 18 de Febrero de 2020. Dra. Maria Sol Sedita, secretaria.

$ 33 416214 Abr. 1 Abr. 3

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ra. Instancia de Circuito de Ejecución 2ª Nominac. de Rosario - Sec. 1 de Rosario, Dr. Luciano A. Ballarini, dentro de los autos caratulados CONFICRED S.A. c/MONZÓN SEBASTIAN s/Demanda Ejecutiva, Expte. Nº 21-13890549-4 se ha dictado lo siguiente: CONFICRED S.A. c/Monzón, Sebastián s/Juicio Ejecutivo 21-13890549-4. Juzg. de 1ra. Inst. Ejec. Civ. Circ. 2da. Nom. Rosario, 05 de Febrero de 2020. Agréguese la constancia acompañada. Informando verbalmente el actuario que el demandado no compareció a estar a derecho, declárese rebelde. Fdo.: Dra. Maria Elvira Longhi – Secretaria - Dr. Luciano A. Ballarini - Juez. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Rosario, Dra. Silvina López Pereyra, secretaria.

$ 33 416213 Abr. 1 Abr. 3

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. María Andrea Mondelli, Secretaría del autorizante, en autos caratulados “MUTUAL DE SOCIOS DE A.M.R. c/NARIO, DELIA SUSANA y OTROS s/Ejecutivo” (CUIJ 21-00764839-9), se ha dictado lo siguiente: “Rosario, 06 de Octubre de 2014. Por presentado, con domicilio legal constituido y en el carácter invocado, a mérito del poder general acompañado que deberá ser certificado por ante la Actuario. Por iniciada acción ejecutiva. Cítese y emplácese a la parte demandada para que comparezca a estar a derecho dentro del término de 3 días, bajo apercibimiento de rebeldía. Martes y Viernes para notificaciones en la Oficina. Notifiquen los empleados de la Oficina de Notificaciones. Fdo. Dra. Mario Andrea Mondelli (Jueza), Dra. Elvira Sara Sauan (Secretaria). Otro que dice: “Rosario, 15 de Septiembre de 2016. No habiendo comparecido el codemandado Dante Enrique Restaldi a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificado y vencido el término para hacerlo, declárasela rebelde, y prosiga el juicio sin su representación.” Fdo.: Dra.: María Andrea Mondelli (Jueza); Dra. Elvira S. Sauan (Secretaria). Otro que dice: “Rosario, 15 de Febrero de 2017. Cítese de remate a la parte demandada por el término y bajo los apercibimientos de ley.” Fdo.: Dra.: María Andrea Mondelli (Jueza); Dra. Elvira S. Sauan (Secretaria). - Rosario, 3 de Febrero de 2020. Dra. Elvira Sauan, secertaria.

$ 52,20 416251 Abr. 1 Abr. 3

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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de 1a Instancia de Circuito de la 4ª Nominación de Rosario, Dra. Claudia Alejandra Ragonese, Secretaría a cargo de la Dra. Marcela Norma Barro, en autos caratulados: “SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DE TRABAJO (SRT) c/BUGGIOLACCI, ANA LAURA s/Apremios” Expte. CUIJ 21-12625207-9, se ha ordenado notificar lo siguiente: “N° 142. Rosario, 19 de Febrero de 2020. Visto:.. Y Considerando:.. Fallo: I. Mandar llevar adelante la ejecución contra Ana Laura Buggiolacci hasta tanto el ejecutante se haga íntegro cobro de la suma fijada, con más los intereses moratorios, de conformidad a lo determinado en los “considerandos” precedentes (art. 480 del CPCC SFE). II. Imponer las costas a la ejecutada (art. 251 del CPCC SFE). III. Diferir para su oportunidad la regulación de los honorarios profesionales. Insértese, agregúese y notifíquese”. Fdo.: Dra. Claudia Alejandra Ragonese (Jueza) - Dra. Marcela Norma Barro (Secretaria).” Publicación sin cargo. - Rosario, 27 de Febrero de 2020. Dra. Marcela N. Barro, secretaria.

S/c 416417 Abr. 1 Abr. 3

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 14ª Nominación de Rosario, Dr. Marcelo Quaglia, Secretaría a cargo del Dr. Agustín Crosio, en autos caratulados: “SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DE TRABAJO c/ PUCCINELLl S.R.L. s/Otros Apremios Fiscales, Expte. CUIJ 21-02913109-4, se ha ordenado notificar la siguiente sentencia: “N° 8. Rosario 03 de Febrero de 2020. Antecedentes:... Fundamentos:... Por tanto, Resuelvo: Ordenando mandar llevar adelante la ejecución, hasta tanto la actora se haga íntegro cobro de la suma reclamada, con más los intereses establecidos en los considerando desde la fecha de la mora y hasta si efectivo pago. Imponiendo las costas al vencido (art. 251 C.P.C.C.). Difiriendo la regulación de honorarios hasta tanto se practique la liquidación respectiva. insértese y hágase saber”, Fdo. Dr. Marcelo C. M. Quaglia (Juez) Dr. Agustín M. Crosio (Secretario). Publicación sin cargo. Dra. Valeria Beltrame, secretaria.

S/C 416419 Abr. 1 Abr. 3

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, Pcia. de Santa Fe, dentro de los autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/MONZÓN HANSEL s/Apremio Municipal” (C.U.I.J. 21-22764736-9) se ha ordenado lo siguiente: “Nº 1638. Arroyo Seco, 06 de Julio de 2018. Vista: la demanda incoada en los autos individualizados supra; Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el titulo que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 3.305,56 en concepto de capital, con más la suma de $ 1.652,78 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L 5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L 5066); 6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho dias, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.” Firmado: Mariana Cattani - Secretaria. Dra. Mariana Alvarado - Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art. 7 de la Ley 5066 y modificatorias a Monzón Hansel y/o contra su/s sucesor/es y/o propietario/s del inmueble en cuestión y/o terceros por el inmueble catastrado en la Municipalidad de Arroyo Seco, Pcia. de Santa Fe, bajo la partida catastral Nº 00000-5113-000, Lote 11 Manzana H Ruta 37. - Arroyo Seco, 11 de Junio de 2019. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/c 416399 Abr. 1 Abr. 3

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En autos caratulados “TONSO SERGIO EDUARDO C/ROTUNDO LUIS y otros S/REINVINDICACIÓN - 21-00802656-1 (489/2010) que tramitan por ante este Juzgado de 1° Instancia en lo Civil y Comercial de la 2° Nom. Rosario, a cargo de la Dra. Monica Klebcar, Secretaria la Dra. Marinela Godoy, se ha dispuesto emplazar en los términos del art. 597 CPCC, a los herederos de Raúl Teodoro López 8.412.215, comparecer a estar a derecho en el termino de ley, bajo apercibimiento de ley. Sra. Cecilia V. Dulcich, Prosecretaria.

$ 45 416184 Abr. 1

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El Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 2da. Nom. Rosario a cargo de la Dra. Mónica Klebcar, Secretaría de la Dra. Marianela Godoy, en los autos GELINI MARIELA ALEJANDRA S/QUIEBRA, 21-00804428-4 (944/2011) hace saber, al punto 1 por auto. Punto 2: por readecuado proyecto de distribución. Póngase de manifiesto por el té´rmino de ley. Al punto 3: Firme que se encuentre la readecuación antes mencionado. Dra. Cecilia V. Dulcich, Secretaria.

S/C 416180 Abr. 1 Abr. 7

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En autos caratulados “PONCE, DORA DEL VALLE Y OTROS C/PEDRO ESCAURIZA SA S/ESCRITURACIÓN - 21-02853759-7 (105/2016)“ que tramitan por ante este Juzgado de 1° Instancia en lo Civil y Comercial de la 2° Nom. Rosario, a cargo de la Dra. Mónica Klebcar, Secretaría de la Dra. Marianela Godoy, se procede a fijar Audiencia de producción de prueba para el dia 21/04/2020 a las 12:00 horas. A fin de que la demandada PEDRO ESCAURIZA SA- CUIT 30-53750402-8 absuelva posiciones y cítese a comparecer a tales fines a la audiencia de producción de pruebas. Dra. Cecilia V. Dulcich, Secretaria.

$ 45 416183 Abr. 1

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 15a Nominación de Rosario, Dr. Carlos Eduardo Cadierno, notifica al Sr. DÍAZ CLAUDIO ALBERTO DNI N° 34.087.524, lo declarado en autos: CFN S.A c/ DÍAZ CLAUDIO ALBERTO s/EJECUTIVO CUIJ N° 21-02861696-9): ROSARIO, 8 de marzo de 2017. No habiendo comparecido la parte demandada a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hacerlo declárasea rebelde y prosiga el juicio sin su representación. NotifÍquese. Dra. Mariana Parera (sec.), Dr. Carlos E. Cadierno (juez).

$ 33 416160 Abr. 1 Abr. 3

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 2a. Nominación de Rosario, Dra. Mónica klebcar, notifica al Sr. GRAMAJO, CLAUDIA BEATRIZ, DNI N° 24.321.343, lo declarado en autos: CFN S.A. c/GRAMAJO, CLAUDIA BEATRIZ s/EJECUTIVO CUIJ N° 21-02867548-5): N° 2566. ROSARIO, 21/10/16. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: Por presentado, con domicilio legal constituido en el carácter invocado a mérito del poder general acompañado. Désele la participación correspondiente. Por iniciada la acción ejecutiva que se expresa. Cítese al demandado para que comparezca a estar a derecho por el plazo de 3 días bajo apercibimientos de ley. Notifíquese por cédula haciéndole saber al oficial notificador que deberá informar si el demandado vivé allí y sólo en caso afirmativo proceder a practicar la notificación. Trábese embargo sobre los haberes y/o cualquier tipo de remuneración que perciba el demandado de su empleador, en el caso que no supere el doble del salario mínimo vital mensual en el 10% del importe en que exceda este último y en el caso en que la remuneración supere el doble del salario mínimo vital mensual en el 20% del importe que exceda este último, hasta cubrir la suma de $14000.00.- por todo concepto; debiéndose depositar mensualmente las sumas resultantes en una cuenta que se abrirá al efecto en el Banco Municipal de Rosario- Caja de Abogados, situado en calle Montevideo 2076 a nombre de este juzgado y para estos autos. Insértese y hágase saber. (EXPTE. N° 936/2016 CUIJ N° 21-02867548-5). Firmado: Dra. Mónica Klebcar (Juez), Dra Marianela Godoy (Sec). Dra. Cecilia V. Dulcich, Secretaria.

$ 33 416159 Abr. 1 Abr. 3

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 2a. Nominación de Rosario, Dra. Mónica Klebcar, notifica a la Sra. MOREL ERMELINDA EDIT, D.N.I. N° 26.045.699, lo declarado en autos: CFN S.A. C/MOREL ERMELINDA EDIT s/EJECUTIVO CUIJ N° 21-02878889-1) N° 883. ROSARIO, 25/04/17. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: Por presentada, con domicilio legal constituido, en el carácter invocado a mérito del poder general acompañado que deberá certificar. Désele la participación correspondiente. Por iniciada la acción ejecutiva que se expresa. Cítese al demandado para que comparezca a estar a derecho por el plazo de 10 días bajo apercibimiento de ley. Notifíquese por cédula haciéndole saber al Oficial Notificador que deberá informar si el demandado vive allí y sólo en caso afirmativo proceder a practicar la notificación. Trábese embargo sobre los bienes libres de la demandada hasta cubrir la suma de $ 15.000. por todo concepto. Insértese y hágase saber. (Expte. N° 325/2017). Firmado: Dra. Mónica Klebcar (Juez) Dra. Marianela Godoy, (Sec.). Dra. Cecilia V. Dulcich, Prosecretaria.

$ 33 416157 Abr. 1 Abr. 3

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil de Distrito y Comercial de la 3a. Nominación de Rosario, Dr. Ezequiel Zabale, notifica al Sr. RUBULOTTA, BRUNO MARIANO D.N.I. N° 35.449.157 lo declarado en autos: CFN S.A. C/RUBULOTTA, BRUNO MARIANO s/EJECUTIVO CUIJ N° 21-02893656-4) N° de CUIJ N° 21-02893656-4; A cargo de Dr. Ezequiel Zabale (Juez), Dra. Gabriela B. Cossovich (Sec.) Tomo: 117 Folio: 449 Resolución: 196, 16/02/2018: Y VISTOS: Por presentado, con domicilio constituido y en el carácter invocado, en mérito al poder general en copia simple acompañado y que deberá certificar por ante la Actuaría. Por iniciada la acción que expresa Emplácese a la parte demandada para que comparezca a estar a derecho en el término de tres (3) días, bajo apercibimiento de rebeldía. Trabar embargo sobre los haberes que perciba el demandado, BRUNO MARIANO RUBULOTTA, hasta cubrir la suma de $ 81.029,34 con mas la suma de $ 24.308,80. para intereses y costas futuras, con los limites dispuestos por Decreto Ley 484/87. Líbrese el despacho correspondiente, previo pago del impuesto de sellos (Art. 19 inc. 7 Ley Impositiva Anual). Martes y viernes para notificaciones en la Oficina. Acompañe informe comercial (Nosis, Org. Veraz S.A., etc) a los fines de recabar mayor cantidad de datos en relación al demandado. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Dr. Ezequiel Zabale (Juez), Dra. Gabriela B. Cossovich, (Sec.).

$ 33 416154 Abr. 1 Abr. 3

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil de Distrito y Comercial de la 3a Nominación de Rosario, Dr. Ezequiel Zabale, notifica al Sr. BRAVO, EZEQUIEL VÍCTOR D.N.I. N° 39.663.182 lo declarado en autos: CFN S.A. c/BRAVO EZEQUIEL VÍCTOR s/EJECUTIVO CUIJ N° 21-02896098-8) N° de CUIJ N° 21-02896098-8: Y VISTOS: Por presentado, con domicilio constituido y en el carácter invocado, en mérito al poder general acompañado, el que deberá certificar por ante la Actuaria. Por iniciada la acción que expresa. Emplácese a la parte demandada para que comparezca a estar a derecho en el término de tres (3) días, bajo apercibimiento de rebeldía. Acompañe informe comercial (NOSIS, Organización Veraz, etc.) e informe del BCRA, en relación al demandado. Hágase saber que para el caso de tratarse de un relación de consumo deberá integrarse la presente demanda con el contrato respectivo, todo ello atento lo dispuesto por el art. 36 de la ley 24.240. Resérvese en Secretaría el sobre acompañado. Trábese embargo sobre los haberes que perciba el demandado EZEQUIEL VÍCTOR BRAVO hasta cubrir la suma de $34.277,70. con mas la suma de $ 10.283,31. para intereses y costas, con los límites dispuestos por el decreto ley 484/87. Líbrese el despacho correspondiente, previo pago del impuesto de sellos (Art. 19 inc. 7 Ley Impositiva Anual). Martes y viernes para notificaciones en la Oficina. Notifíquese por cédula con copia de demanda. Informe el presentante el correo electrónico a los fines de futuras notificaciones. Insértese y hágase saber. Firmado: Dr. Ezequiel Zabale (Juez), Dra. Gabriela B. Cossovich (Sec.).

$ 33 416151 Abr. 1 Abr. 3

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil de Distrito y Comercial de la 3a. Nominación de Rosario, Dr. Ezequiel Zabale, notifica al Sr. FERRAGU EZEQUIEL MATIAS D.N.I. N° 32.089.759 lo declarado en autos: CFN S.A. C/FERRAGU EZEQUIEL MATIAS s/EJECUTIVO CUIJ N° 21-02858306-8), Tomo: 103 Folio 432 Resolución: 1543. Rosario, Y VISTOS: Por presentado, con domicilio constituido y en el carácter invocado en mérito al poder general acompañado, el que deberá certificar por ante la Actuaría. Por iniciada la acción que expresa. Emplácese a la parte demandada para que comparezca a estar a derecho en el término de 3 (tres) días, bajo apercibimiento de rebeldía Trabar embargo sobre los bienes del demandado FERRAGU EZEQUIEL MATÍAS hasta cubrir la suma de $ 9597,45. con mas la suma de $ 2879,23. para intereses y costas, con los limites dispuestos por el decreto ley 484/87. Líbrese el despacho correspondiente previo pago del impuesto de sellos (Art. 19 inc. 7 Ley Impositiva Anual). Al punto VII 3) oportunamente. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina Notifíquese por cédula con copia de la demanda. Insértese y hágase saber. Firmado: Dr. Ezequiel Zabale (Juez), Dra. Gabriela B. Cossovich (Sec.).

$ 33 416152 Abr. 1 Abr. 3

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Por disposición del Sr. Juez de Distrito Civil y Comercial de la 4ta. Nominación de Rosario, se hace saber que en autos OROÑO, VÍCTOR RAMÓN s/CONCURSO PREVENTIVO (Expte. CUIJ: 21-02920211-4), mediante Resolutorio N° 2883 de fecha 20/12/19 se ha declarado la apertura del Concurso Preventivo de VÍCTOR RAMÓN OROÑO, DNI N° 08.412.652, con domicilio en calle Centeno 2930 de esta ciudad de Rosario. Se ha dispuesto categorizar el presente concurso en la clase “B” (Arts. 253 inc.5 y 288 Ley 24.522.- Por Auto 231 de fecha 21 de febrero de 2020 se ha dispuesto el día 20 de Abril de 2020 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación a la CPN. MONICA DEL CARMEN REBORA, con domicilio en Córdoba 1452, Piso 1°, OF, E de Rosario, con horario de atención de Lunes a Viernes de 09:00 a 18:00 horas. Fíjase el día 03 de Junio de 2020 como fecha para la presentación del Informe Individual. Fíjase el día 03 de Agosto de 2020 como fecha para la presentación del Informe General. Fijase el día 11 de Diciembre de 2020 para la terminación del Periodo de Exclusividad y designase fecha de Audiencia Informativa para el día 04 de Diciembre de 2020 a las 11,30 horas. Publíquense edictos en el Boletín Oficial y diario de publicaciones legales. Rosario, 2 de Marzo de 2020. Dra. Daniela Jaime, Secretaria.

$ 165 416368 Abr. 1 Abr. 7

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Por disposición del Sr. Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12a. Nominación de Rosario, se hace saber que en autos “PONCE, EDITH CAMILO s/PROPIA QUIEBRA” (Expte. CUIJ: 21-02866802-0); se ha decretado lo siguiente: ROSARIO, 28 de Febrero de 2020.- Se agrega escrito suelto N° 1367/20 y se provee: Por presentada adecuación del proyecto de distribución, si en tiempo y forma estuviera. Póngase de manifiesto y hágase saber al fallido y acreedores, publicándose los edictos a los que refiere el artículo 218 LCQ -los que deberán hacer conocer la presentación del informe, el proyecto de distribución y la regulación de honorarios de primera instancia.- Fdo: Dr. Santiago Pascual, Prosecretario.- Rosario, 02 de Marzo de 2020. Dr. Santiago Vascual, Prosecretario.-

S/C 416381 Abr. 1 Abr. 3

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Por disposición del Sr. Juez de Distrito Civil y Comercial de la 4a Nominación de Rosario, se hace saber que en autos GARCÍA, ADELA BEATRIZ s/CONCURSO PREVENTIVO (Expte. CUIJ: 21-02920794-9), mediante Resolutorio N° 2882 de fecha 20/12/19 se ha declarado la apertura del Concurso Preventivo de ADELA BEATRIZ GARCÍA, DNI N° 10.629.580, con domicilio en calle Centeno 2930 de esta ciudad de Rosario. Se ha dispuesto categorizar el presente concurso en la clase “B” (Arts.253 inc.5 y 288 Ley 24.522.- Por Auto 232 de fecha 21 de febrero de 2020 se ha dispuesto el día 20 de Abril de 2020 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación a la CPN. MONICA DEL CARMEN REBORA, con domicilio en Córdoba 1452, Piso 1°, OF. E de Rosario, con horario de atención de Lunes a Viernes de 09:00 a 18:00 horas. Fíjase el día 03 de Junio de 2020 como fecha para la presentación del Informe Individual. Fijase el día 03 de Agosto de 2020 como fecha para la presentación del Informe General. Fíjase el dia 11 de Diciembre de 2020 para la terminación del Período de Exclusividad y desígnase fecha de Audiencia Informativa para el día 04 de Diciembre de 2020 a las 11,30 horas. Publíquense edictos en el Boletín Oficial y diario de publicaciones legales.- Rosario, 2 de Marzo de 2020. Dra. Daniela Jaime, Secretaria.-

$ 165 416371 Abr. 1 Abr. 3

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SAN LORENZO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


En los autos ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE IMPUESTOS c/GERVASO LUISA MARÍA S/EJECUCIÓN FISCAL, EXPTE. N° 969/15, que tramitan por ante el JUZGADO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL, DISTRITO JUDICIAL N° 2 DE SAN LORENZO, a cargo de la Dra. Stella Maris Bertune, Secretaria autorizante, se ha dispuesto lo siguiente: “San Lorenzo, 12/02/2016. Por presentada, domiciliada y en el carácter que invoca a mérito del poder general en copia acompañado. Por iniciada demanda de ejecución fiscal. Líbrese mandamiento de intimación de pago y embargo por la suma reclamada de $ 48.422,97.- con más la de $ 15.000.- estimada para intereses y costas, sobre bienes de la accionada. Cítese de remate a la parte demandada con la prevención de que si dentro del término de 20 días no opone excepción legítima se llevará adelante la ejecución sin más tramite. Por propuestos Oficiales de Justicia Ad Hoc quienes deberán aceptar el cargo ante la Actuaría cualquier día y hora hábil de audiencia.- “API c/GERVASO LUISA MARÍA S/EJECUCIÓN FISCAL” Expte 969/15. Fdo.: Dra. Luz María Gamst (Secretaria en suplencia), Dra. Marisa M. Malvestiti (Juez subrogante). “San Lorenzo, 30 de septiembre de 2016. Atento la designación de la Dra. Stella Maris Bertune como Jueza Titular de este juzgado, hágase saber el nuevo juez que va a enteder. Notifiquese. Expte. 969/15. Fdo.: Dra. Luz María Gamst (Secretaria en suplencia), Dra. Stella Maris Bertune (Juez ). “San Lorenzo, 9 de marzo de 2018. Agregúese la constancia acompañada. Previo a todo trámite, oficíese al Registro Nacional de las Personas y Cámara Nacional Electoral para que informen sobre el domicilio de la parte demandada. Fdo. Dra. tella Maris Bertune ( Juez ), Dra. Ma. Amalia Lanterno (secretaria subrogante). “San Lorenzo, 17 de setiembre de 2018. Téngase presente lo manifestado. Notifíquese el auto de fs. 12 por edictos que se publicaran en el Boletín Oficial con la transcripción del texto del mismo. Dra. Melisa Peretti (Secretaria).- San Lorenzo, 23 de Octubre de 2019

S/C 416408 Abr. 1 Abr. 7

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VENADO TUERTO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Señora Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Venado Tuerto, a cargo de la Jueza Dra. María Celeste Rosso, Secretaria de la Dra. Jorgelina V. Daneri, en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE VENADO TUERTO C/HARVEST GROUP S.R.L. S/APREMIO, (EXPTE. N° 919/2015 - CUIJ: 21-24435401-4), se ha dispuesto notificar a HARVEST GROUP S.R.L. Y/O QUIEN RESULTE FISCALMENTE RESPONSABLE, el siguiente FALLO.- N° 1667.- Venado Tuerto, 26 de Diciembre de 2019.- Y VISTOS:....; DE LOS QUE RESULTA:...; Y CONSIDERANDO:...; FALLO: 1) Ordenando seguir adelante la presente ejecución contra HARVEST GROUP S.R.L. Y/O QUIEN RESULTE FISCALMENTE RESPONSABLE hasta que el deudor haga integro pago del capital reclamado de PESOS TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SESENTA Y CINCO CON 30/100 ($ 38.765,30), con más un interés compensatorio a razón de la Tasa Promedio entre Activa y Pasiva del Banco Nación Argentina para actualización de deudas y hasta el momento de su efectivo pago.- 2) Costas a la demandada (Art. 251 C.P.C.C).- Insértese, agregúese copia en autos y hágase saber.- Fdo. Dra. María Celeste Rosso, Jueza, Dra. Jorgelina V. Daneri, Secretaria. Se deja constancia que el presente EDICTO es SIN CARGO en virtud de lo dispuesto por el CÓDIGO FISCAL DE SANTA FE, Art 182 inc. 1. Venado Tuerto, 04 de Febrero de 2020. Dra. Jorgelina V. Daneri, Secretaria.

S/C 416304 Abr. 1 Abr. 7

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Gabriel A. Carlini, Secretaría a cargo del Dr. A. Walter Bournot, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de don José Luis Egar Vivas, (D.N.I. Nº 6.113.075), para que dentro del término de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos. Autos: VIVAS, JOSÉ LUIS s/Sucesorio; Expte. CUIJ Nº 21-24613798-3. Venado Tuerto, 14 de Febrero de 2020. Fdo. Dr. Carlini (Juez); Dr. Bournot (Secretario).

$ 45 415217 Abr. 1 Abr. 7

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Por disposición del señor juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Venado Tuerto, a cargo de la Dra. María Celeste Rosso, secretaria de la Dra. Jorgelina Daneri, se cita llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la señora Gricelda Clementina Vacas DNI Nº 4.098.678, a que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término de ley. Autos: VACAS GRICELDA CLEMENTINA s/declaratoria de herederos; CUIJ 21-24612773-2. Venado Tuerto, 27 de Setiembre de 2019. Dra. Jorgelina V. Daneri, secretaria.

$ 45 415251 Abr. 1 Abr. 7

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