picture_as_pdf 2020-03-19

CAMARA DE APELACION


Por el presente se hace saber que la CÁMARA DE APELACIÓN EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE ROSARIO, SALA PRIMERA, Secretaria de la Dra. Silvina Alicia Cescato, en los autos caratulados: PULLIA, VALERIA PATRICIA c/CHAMORRO, GALO s/Prescripción Adquisitiva (21-02858519-2 - 293/2019), ha dictado el Auto N° 2, de fecha 05.02.2019, por el cual Resuelve: Declarar desierto el recurso de apelación y firme el fallo de primera instancia. Insértese, hágase saber, y bajen. Fdo.: Dres. Kvasina - Cifré - Ariza (Jueces de Cámara), Dra. Cescato (Secretaria). Rosario, 17 de Febrero de 2020. Dr. Arturo Audano, prosecretario.

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Por disposición de la Excma. Sala IV de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Rosario, en los autos caratulados NOR CONSTRUCCIONES SA - SINDICO c/LALLA FULGENCIO y Otros s/Demanda Ordinaria; CUIT Nro. 21-01563923-4, se cita a los herederos y sucesores del Sr. Fulgencio Lalla, DNI N° 93.676..063, a que comparezcan a estar a derecho por el término y bajo los apercibimientos de ley. A continuación se transcribe el decreto dictado: Rosario, 26 de Octubre de 2016. Téngase por denunciado el fallecimiento del Fulgencio Lalla. Acompañe la parada de defunción debidamente certificada. Aclare el presentante si se ha iniciado el trámite sucesorio. De no existir declaratoria, cítense y emplácense a los herederos del mismo por edictos que se publicarán en el BOLETIN OFICIAL y en el Hall de Tribunales por el término de ley (arts. 73 y/o 47 y 597 del C.P.C.C.), debiendo el denunciante continuar sus gestiones, de conformidad a lo dispuesto en el art. 47 del C.P.C.C., últ. parte. Notifíquese por cédula o personalmente. Firmado: Dra. María Fernanda Baldoma (Secretaria). Rosario, 13 de Febrero de 2020. Dra. Maria Laura Gervasoni, Secretaria Subrogante.

S/C 415080 Mar. 19 Mar. 25

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JUZGADO LABORAL


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Laboral de la 7° Nominación de Rosario, Pcia. de Santa Fe, Secretaría a cargo de la Autorizante, se ha dispuesto citar a los herederos del Sr. AITA ERNESTO CARLOS, DNI 6.020.316, dentro de los autos caratulados GOLDENSTEIN HUMBERTO c/AITA ERNESTO CARLOS s/Cobro de pesos-rubros laborales; CUIJ 21-04128590-4, y AITA ERNESTO CARLOS c/GOLDENSTEIN HUMBERTO s/Consignación; CUIJ 21-04126332-3, para que comparezcan a estar a derecho dentro del término de diez días de vencido la última publicación de las tres que fueron ordenadas y bajo apercibimientos de designar un defensor ad hoc., Secretaria, 10 de Febrero de 2020.

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral de la 5° Nominación de Rosario, Dr. Gustavo Ricardo Sgoifo, en los autos MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA PROVINCIA DE SANTA FE c/NOT FOUND SRL s/Apremios; Expte. Nº 237/2018, se hace saber que se ha ordenado: Rosario, 25 de Septiembre de 2019. Agréguese la cédula acompañada. Atento lo expuesto por el oficial notificador y lo peticionado, procédase en los términos del Art. 73 del CPCC, a citar por edictos a NOT FOUND SRL, a los efectos de que comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía. Tales edictos se publicarán por tres días consecutivos en el BOLETIN OFICIAL y de conformidad con lo dispuesto por el Art. 67 del CPCC, venciendo el término para comparecer cinco días después de la última publicación. Todo bajo apercibimiento que en caso de incomparecencia se designará un defensor ad-hoc. Fdo. Dr. Gustavo Ricardo Sgoifo (Juez); Dra. Lorena Spizzirri (Secretaria). En consecuencia se cita y emplaza a NOT FOUND SRL (CUIT 30-71236703-9) para que comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y nombrársele defensor ad-hoc. Rosario, /10/2019. Magdalena Caviglia, secretaria.

S/C 415047 Mar. 19 Mar. 25

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Por disposición del Juzgado de 1° Instancia en lo Laboral 5° Nominac de Rosario, a cargo del/a Vacante, Secretaria de la Dra. Lorena Spizzirri y de conformidad a lo ordenado en el art. 67 de la ley 11.287 se hace saber que en autos caratulados PALAIS JAVIER c/SANATORIO INTEGRAL GENERAL GÜEMES DE ROSARIO S.A. y Otros s/Cobro de Pesos; Expte. Nro. 21-04074814-5, se cita y emplaza a los herederos o legatarios de don Jorge Alberto Mazoi DNI N° 6.025.144, por el término de 3 días para que comparezcan a hacer valer sus derechos conforme lo dispuesto en los Arts. 597 CPCC, todo ello a los fines de integrar la debidamente la litis y 45 CPL. Rosario, de Noviembre de 2019. Fdo.: Dra. Lorena Spizzirri (Secretaria). Magdalena Caviglia, secretaria.

S/C 414850 Mar. 19 Mar. 25

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TRIBUNAL COLEGIADO


Por disposición del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual de la 1º Nominación, sito en calle Balcarce 1650 de la ciudad de Rosario Provincia de Santa Fe, se hace saber a los herederos o legatarios de don ISAC BROITMAN, que en el juicio caratulado: DÍAZ LUCRECIA J c/GIGENA JOSÉ y Otro s/Daños y Perjuicios; Expte. Nro. 1.048/2.016, se ha resuelto citar a los herederos y sucesores de Isac Broitman DNI 6.047.803 a que comparezcan a estar a derecho, por el término y bajo apercibimientos de ley, atento lo dispuesto en el art. 597 CPCCSF. Debiendo en caso de así considerarlo, comparecer y contestar demanda a los fines de hacer valer los derechos que entiendan le correspondan. Rosario, 27 de Diciembre de 2019.

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Por disposición de la Dra. María José Campanella, jueza del Tribunal Colegiado de Familia N° 3 de Rosario, se ha dispuesto notificar por edictos la sentencia dictada dentro de los autos caratulados MUÑOZ NICOL Y DIR. PROV. DE NIÑEZ s/Control de Legalidad de Medidas Excepcionales y Urgentes Ley 12.967; CUIJ 21-11329998-0, que a continuación se transcribe: Nº 3321. Rosario, 18 de Octubre de 2018. Y Vistos:... Y Considerando que:... Resuelvo: 1.-) Legitimar el acto administrativo de resolución definitiva de la medida de protección excepcional decidida por Disposición N° 161/19 del 11 de Abril de 2019 de fs. 33/35 por la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos del Niño, Adolescencia y Familia, con respecto a los niños NICOL MUÑOZ (D.N.I. N° 53.623.881), ROMINA ANGELA LÓPEZ (D.N.I. N° 45.639.757), MARÍA MILAGROS MUÑOZ (D.N.I. N° 46.836.584), RAMÓN URIEL LÓPEZ (D.N.I. N° 48.137.311), YANINA ROCIÓ MUÑOZ (D.N.I. N° 50.171.973) y MAITE AYELEN MUÑOZ (D.N.I. N° 55.713.344), todos hijos de la señora Ramona Inés Muñoz (D.N.I. N° 23.860.567), en tanto que los niños Romina, Angela y Ramón son hijos del señor Ramón Celestino López. 2.-) Otorgar a la señora CAROLINA GRISELDA MUÑOZ (D.N.I. N° 42.704.947) la GUARDA JUDICIAL de NICOL MUÑOZ (D.N.I. N° 53.623.881), ROMINA ANGELA LÓPEZ (D.N.I. N° 45.639.757), MARÍA MILAGROS MUÑOZ (D.N.I. N° 46.836.584), RAMÓN URIEL LÓPEZ (D.N.I. N° 48.137.311), YANINA ROCIÓ MUÑOZ (D.N.I. N° 50.171.973) y MAITE AYELEN MUÑOZ (D.N.I. N° 55.713.344) de conformidad con lo establecido por el art. 104 y ccdtes. del CcyCN, quien deberá aceptar el cargo ante el Actuario en debida forma. 3.-) De conformidad con lo establecido por el art. 66 bis de la Ley 12967, Decreto Reglamentario y su modificatoria Ley Nº 13237, respecto a la TUTELA sugerida por la Dirección Provincial de Niñez, cítese a los progenitores RAMONA INÉS MUÑOZ y RAMÓN CELESTINO LÓPEZ, a estar a derecho, expedirse sobre la medida definitiva propuesta y ofrecer prueba en el término de diez días, bajo apercibimiento de resolver sin más en caso de falta de contestación, tal como lo ordena la mencionada norma. 4.-) Notifique la Dirección Provincial dependiente de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia a los progenitores. 5.-) Sin perjuicio de la determinación de la Guarda en cabeza de la señora CAROLINA GRISELDA MUÑOZ, la Dirección Provincial de Niñez, deberá acompañar a los guardadores, para continuar los trámites que se encontraren pendientes, especialmente tramitar en forma urgente la correspondiente asignación familiar de los niños a favor de la señora CAROLINA GRISELDA MUÑOZ. 6.-) Notifíquese a la Dirección Provincial dependiente de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia. 7.-) Notifíquese al Defensor General. Insértese y hágase saber. Autos caratulados MUÑOZ NICOL y Otros s/Control de Legalidad de Medidas Excepcionales y Urgentes Ley 12.967, CUIJ 21-11329998-0. Dra. Silvina García (Jueza); Dra. Gabriela Ríos Artacho (Secretaria).

S/C 415055 Mar. 19 Mar. 25

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El Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual de la 6ta. Nominación de Rosario, a cargo del Juez de Trámite Dr. Aguirre (Juez); Secretaría de la Dra. Gordillo, dentro de los autos caratulados: LA ROCA VALERIA LORENA c/DUSSO ANTONIO ALBERTO s/Daños y Perjuicios; CUIJ 21-00199659-9, notifica a los herederos de don Dusso Antonio Alberto; que se designa audiencia para nombramiento de Defensor de Oficio, en los términos del Art. 597 del CPL para el día 18 de Febrero de 2020 a las 11.00 horas, a realizarse en la Secretaría del Juzgado. Conforme decreto que a continuación se transcribe: Rosario, 04 de Diciembre de 2019; Desígnese fecha de realización de audiencia para Designar Defensor, en los términos del Art. 597 del CPC para el día 18 de Febrero de 2020 a las 11.00 horas. Notifíquese por Cédula y por edictos. Hágase saber que los presentes deberán entregarse por Secretaría con dos días de antelación a la fecha designada. Fdo: Dr. Aguirre - Juez, Dra. Gordillo, Secretaria.

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El Sr. Juez del Tribunal Colegiado de Familia de la 3ra. Nominación de Rosario, dentro de los autos caratulados MARTÍNEZ, ROMINA SOLEDAD c/RODRÍGUEZ, PABLO ROBERTO s/Alimentos; CUIJ 21-11349464-3, se ha dispuesto notificar al Sr. Pablo Roberto Rodríguez, D.N.I. N° 29.509.655 por edictos que se publicarán en el BOLETIN OFICIAL y en el hall de Entradas del Tribunal de lo que a continuación se transcribe: Rosario, 04 de Julio de 2019. Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado con patrocinio letrado, acuérdasele la participación que por derecho corresponde. Juez de trámite: Dra. Silvina García. Por iniciada acción de Alimentos a que se le imprimirá el trámite de Juicio Oral (art. 541 ss del C.P.C.C). Dése intervención al Defensor General. Téngase presente lo manifestado y la prueba ofrecida. Citese a la demandada para que en el término de veinte días comparezca a estar a derecho, conteste demanda y ofrezca prueba, bajo apercibimiento de ley. De no ser hallada la demandada en el domicilio denunciado, el notificador deberá requerir de quien le atienda o vecinos si la misma vive o trabaja allí y sólo en caso afirmativo procederá a efectuar la notificación, bajo apercibimiento de nulidad del mismo, debiendo asentar en la diligencia efectuada dicho informe. Al pedido de cuota alimentaria provisoria: Traslado a la contraparte, bajo apercibimientos, en caso de silencio y/o incontestación de hacer lugar a la misma, siempre previa vista al Defensor General. Fdo: Dra. Silvina García (Jueza) - Dra. Analia Perrulli (Secretaria).

S/C 414929 Mar. 19 Mar. 25

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Por disposición de Tribunal Colegiado de Familia Nro. 7 de Rosario en los autos caratulados: CORREA SILVINA MAGALI SOLANGE s/Otras Acciones No Nomencladas; Expte. Nro. 21-11347557-6, se ha dispuesto hacer saber por edictos que se publicarán una vez por mes, en el lapso de dos meses que se ha iniciado la presente acción en la cual la Sra. Silvina Magali Solange Correa, DNI Nº 31.339.381, tiene solicita suprimir el apellido paterno Correa siendo reemplazado por el apellido materno “Orlando”, todo ello conforme con lo dispuesto por el art. 70 CNN. Imprimase a los presentes el trámite del juicio sumarísimo. Cítese al demandado para que en el término de 10 días contente demanda y ofrezca prueba bajo apercibimiento de ley. Dra. M. Florencia Martínez Belli, Secretaria.

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Por disposición de la Señora Jueza del Tribunal Colegiado de Familia N° 7, Dra. Andrea Mariel Brunetti, Secretaría a cargo de la autorizante, en autos caratulados FERNANDEZ, ERIKA MACARENA y Otros s/Medida de Protección Excepcional; CUIJ Nº 21-11326358-7, se ha dispuesto notificar por edictos a la Sra. Paola Vanesa Fernández, la siguiente resolución: N° 4456. Rosario, 13 de diciembre de 2019. Y Vistos:... Y Considerando:... Resuelvo: 1. Ratificar la medida de resolución definitiva adoptada por la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia, según Disposición administrativa N° 155/18 de fecha 18 de julio de 2018, respecto de la niña ERIKA MACARENA FERNANDEZ, D.N.I. N° 50.404.733, nacida el 18/05/2011, hija de la Sra. PAOLA VANESA FERNANDEZ, D.N.I. N° 28.557.173, con domicilio en Vías del Ferrocarril S/N (margen oeste) de la ciudad de Rosario. 2. Otorgar la guarda de la niña ut-supra mencionada a su tia materna, LUISANA PAMELA FERNANDEZ, D.N.I. N° 35.182.654 con domicilio en calle Ruta N° 18, Km 2,5 de la localidad de Villa Gobernador Galvez, en los términos del artículo 657 del código civil y comercial de la Nación, quien deberá comparecer por Secretaría a fin de aceptar el cargo debidamente. 3- Reiterar a la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia la necesidad de cumplimentar y observar estrictamente los plazos establecidos en la ley 12.967 respecto de las prórrogas y vigencia máxima de las medidas excepcionales y conforme art. 607 CCyCN. 4.- Oficiar a la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia y a la Defensora Provincial de Niñas. Niños y Adolescentes a efectos de proceder a notificarlas de la presente. 5.- Notifíquese por cédula a la progenitora y en su Despacho al Sr. Defensor General interviniente en autos. 6.- Hasta tanto se encuentre firme la presente resolución, continúe la autoridad de aplicación en su intervención. Insértese y hágase saber. Fdo: Dra. Andrea Mariel Brunetti (Jueza) y Lorena Bottini (Secretaria). Rosario, 12 de Febrero de 2020.

S/C 414813 Mar. 19 Mar. 25

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Por disposición del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual Nro. 1 de Rosario, en autos: CARRIZO CESAR RAÚL c/GONZÁLEZ FACUNDO s/Pobreza; Expte. Nro. 1028/2013, se hace saber a González Facundo, que se ha dictado lo siguiente: N° 1752 Rosario, 04 de Agosto de 2015: Y Vistos y Considerando. Resuelvo: 1) declarar a Cesar Raúl Carrizo, pobre para litigar contra Facundo González y La Segunda Cooperativa Limitada de Seguros Generales. 2) Costas por su orden. insértese y hágase saber. Fdo. Dr. Horacio Ferreyra, Dra. Mariana Varela, Secretaria. 4 de Noviembre de 2019. Andrea G. Chaparro, secretaria.

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Por disposición de la señora Jueza del Tribunal Colegiado de Familia N° 7, Dra. Valeria Vittori, Secretaria a cargo de la autorizante, en autos caratulados SPINELLI MARIO ALEJANDRO MIGU y otros s/Control Legalidad; CUIJ Nº 21-11012794-1, se ha dispuesto notificar por edictos a la Sra. MIRTA MARISA LUJAN DNI 21.044.383, lo siguiente: N° 163, Rosario, 13 de Febrero de 2020 Y Vistos:... Y Considerando:... Resuelvo: 1) Ratificar la resolución administrativa que lleva el Nro. 13/13 en cuanto resuelve definitivamente la medida de protección excepcional adoptada en relación a Mario Spnelli; 2) Otorgar la guarda de Mario Alejandro Miguel Spinelli D.N.I. 44.233.406, nacido en fecha 9 de Mayo de 2002 hijo de Mirta Marisa Lujan y Alejandro Miguel Spinelli (fallecido) al tío paterno Miguel Ángel Spinelli D.N.I. 14.143.320 quien deberá aceptar el cargo frente al actuario; 3) Atento la edad de Mario Spinelli, la guarda será otorgada hasta la mayoría de edad del adolescente; 4) Notificar la presente a la progenifora, a la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la 2da. Circunscripción y al Defensor General en su despacho; 4) Comunicar a la Defensorio del Pueblo a los fines del artículo 38 de la Ley 12.967. Insértese y hágase saber. Fdo: Dra. Valeria Vittori (Jueza). Dra. Lorena Bottini (Secretaria). Rosario, 14 de Febrero de 2019.

S/C 415046 Mar. 19 Mar. 25

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JuzGADO de Primera Instancia


Por disposición de la señora Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décimotercera Nominación de Rosario, Dra. Verónica Gotlieb, Secretaría del Dr. Lucas Menossi, en autos HACEN, Matías Sebastián c/ ALVES, Arturo José y otros s/ Exclusión de Herederos, CUIJ 21-01525223-2; se ha ordenado publicar edictos por dos días haciendo saber y citando a las partes de este juicio, a los herederos de Margot Rauch, sus familiares y a toda persona que quiera formular observaciones, que con fecha 13 de Mayo de 2020 a partir de las 9 horas, en el Instituto Médico Legal de Rosario, Unidad de Genética Forense, sito en calle 3 de Febrero esquina Boulevard Avellaneda de Rosario ( Santa Fe ), se procederá a extraer muestras cadavéricas de los fallecidos JORGE ALBERTO HACEN y MARGOT RAUCH, a efectos de realizar estudio de Polimorfismo de ADN relacionándolo con el aporte genético de la persona de MATIAS SEBASTIAN HACEN quien deberá comparecer el día 15 de Mayo de 2020 a las 8 horas por ante el mismo Instituto y Unidad para la extracción de muestra. Secretaría, 5 de Marzo de 2020.

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Autos: MERLI, JOSE ANGEL C. DE BONIS Y CIA S.R.L. S/ HOMOLOGACIÓN CUIJ 21-04162826-7 EXPTE Nº 113/2020.- Decreto: Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia en lo Laboral de la Décima Nominación de la ciudad de Rosario, Dra. Paula Calace Vigo, Secretaría de la Dra. Paula Nydia Hechem, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante MERLI, JOSE ANGEL (DNI Nº 13.169.029)para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 3 días a partir de la publicación de edictos bajo apercibimientos legales. Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL por el término de 1 día (art. 2340 C.C.y C.)

S/C 415979 Mar. 19 Mar. 25

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Por disposición del Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito de la 14ª Nominación de Rosario, en los autos: ALONSO, JAVIER C/ DFC CONSTRUCCIONES SRL Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS- Expte. Nº 21-02898852-1, se ha ordenado citar por tres días a los herederos de la Sra. CARMEN GOROSITO, DNI Nº 1.517.993, el decreto que así lo ordena, reza lo siguiente: "Rosario 20 de Septiembre de 2019 Agréguense las constancias acompañadas. Respecto de la co-demandada DFC CONSTRUCCIONES S.R.L estése a lo ordenado en el decreto de fecha 28.08.2019 (fs 103), y respecto de la co-demandada CARMEN GOROSITO emplácese por edictos a los herederos de la misma para que comparezcan a estar a derecho por el término de ley bajo apercibimiento de designar un curador que cumplirá la doble función de curador ad hoc de la herencia y defensor de los herederos rebeldes y con el cual se entenderá la demanda o el procedimiento. (art 597 CPCC).” Fdo. FDO. DR. MARCELO CARLOS M. QUAGLIA. (JUEZ) - DR. AGUSTÍN CROSIO (SECRETARIO).- Rosario, Diciembre de 2019.

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En autos CALZADA CARLOS ALBERTO Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CUIJ 21-02900522-9 en trámite por ante el Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Com. de la 3ra. Nom de Rosario se ha dictado lo siguiente: “Rosario 24 de julio de 2018. Por presentado, con domicilio constituido, en el carácter invocado, en mérito al Poder Especial acompañado. Estando acreditado el fallecimiento de CARLOS ALBERTO CALZADA Y DE LUCIA DEL CARMEN FIGUEROA con las partidas de defunción acompañadas, declárese abierto su juicio de declaratoria de herederos. Agréguense las partidas acompañadas (...) Publíquense edictos por el término de ley, conforme lo dispuesto en el art. 2340 del CCCN en el Boletín Oficial y Hall de Tribunales. (…) FDO DR.GABRIELA COSSOVICH–SECRETARIA- DR. EZEQUIEL ZABALE –JUEZ

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la Novena Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante ADRIANA IRIS SCANCICH (DNI N° 13.692.934) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados “SCANCICH, ADRIANA IRIS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” - CUIJ 21-02925704-0. Secretaría de la Dra. Vanina Grande. El presente se publicará SIN CARGO ALGUNO en virtud del patrocinio ejercido en los autos por el Sr. Defensor Horacio Fabio Ferreyra, a cargo de la Defensoría Civil n° 4.- Secretaría, Rosario, marzo de 2020.

S/C 417021 Mar. 19

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 3ra. Nominación de Rosario se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante JUAN DOMINGO VELASQUEZ DNI 6.101.024 por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados “VELASQUEZ, JUAN DOMINGO S/ SUCESORIO” CUIJ: 21-02926079-3, Dra. María Veronica Lara. Rosario, Marzo de 2020.-

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Sexta Nominación de Rosario, en autos caratulados: OSAN, ESTERMINIA c/NOSOTROS VIAJES Y TURISMO SRL y Otros s/Demanda de Derecho de Consumo; Expte. Nro. 21-02884227-6, se hace saber que se ha dictado lo siguiente: Rosario, 14 de Noviembre de 2019: Procédase por Secretaría a la certificación de los edictos acompañados. No habiendo comparecido Nosotros Viajes y Turismo S.R.L. a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hacerlo, declárasela rebelde, y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos. Fdo. Dra. María Belén Baclini (secretaria); Dr. Néstor Osvaldo García (Juez) Secretaría, 7/2/2020.

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 7ma. Nominación de Rosario, Juez Dr. Marcelo N. Quiroga, secretaria Dra. Lorena A. González y en autos COSACOW ENRIQUE c/PUGLIA RICARDO ELIBERTO s/Apremio Honorarios; Expte. 21-00140859-0, se hace saber que por decreto de fecha 08 de Octubre de 2019, se cita y emplaza a los herederos de Puglia Ricardo Eliberto L.E 6.030.644, para que comparezcan a estar a derecho, por si o por apoderado, por el término de ley. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales por el término de tres días. El decreto fue firmado. Lorena González (secretaria) Marcelo Quiroga (Juez). Secretaría, 6/2/2020. María Belén Baclini, secretaria en suplencia.

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 3ra. Nominación de Rosario y en autos LOMBARDI EUSEBIO ELIO y Otros c/PACHECO CLARA L s/Prescripción Adquisitiva - Expte. 21-01119762-8, se hace saber que se ha dictado el siguiente decreto: Rosario 3 de Febrero de 2020: Agréguese la cédula acompañada. Estando debidamente notificados y no habiendo el demandado comparecido a estar a derecho, declárasela rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Hágase saber que oficiera a la Presidencia de Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial a los fines de la designación de defensor de oficio en los presentes, mediante sorteo dentro de la lista oficial, previa notificación por edictos. Firmado Dra. Gabriela Cossovich; Dr. Ezequiel Zabale (Juez). Secretaria, 7/02/2020. María Belén Baclini, secretaria en suplencia.

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 15a. Nominación de Rosario, en los autos caratulados: VANDER MEY MATEO c/MORELLI JUAN PABLO s/Juicio Ejecutivo; Expte. Nro. 21-02914225-1, se hace saber a MORELLI JUAN PABLO, que se ha dictado lo siguiente: N° 761 Rosario 23 de Abril de 2019: Y Vistos: Por presentada, con domicilio constituido y en el carácter acreditado a mérito del poder general acompañado que se agrega en autos y que deberá certificarse previamente por Secretaria. Por iniciada la acción que expresa. Resérvese en Secretaría la documental acompañada. Cítese y emplácese, a la parte demandada para que en el término de ley comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Trábese embargo sobre los haberes del demandado, como empleado de Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe, hasta cubrir la suma reclamada de $ 59.760, con mas el 30% estimada provisoriamente para intereses y costas, librándose los despachos pertinentes en la forma y constancias peticionadas. Martes y Viernes para notificaciones en la Oficina. Notifíquese. Firmado: Dr. Carlos Cadierno (Juez) Dra. María Eugenia Sapei (secretaria). María Belén Baclini, secretaria en suplencia.

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Por disposición del Sr. Jueza de Primera Instancia de Circuito de la 4ta. Nominación de Rosario, en los autos caratulados: CAVALLO RICARDO DANIEL c/SACIA SRL s/Escrituración; CUIJ 21-02896209-3, se hace saber que se dicto lo siguiente: Rosario 11 de Noviembre de 2019: Hágase saber a las partes que la Dra Claudia Ragonese ha sido designada Jueza Titular de este Juzgado de Circuito de la 4ta. Nominación de Rosario. A la rebeldía solicitada, en esta estado, no ha lugar. Por razones de orden procesal emplácese a la parte demandada por edictos para que comparezca a estar a Derecho dentro del término de cinco (5) días de la ultima publicación, bajo apercibimiento de declararlo en rebeldía. Publíquense los edictos citatorios por tres (3) días y en la forma prescripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial. Firmado Dr. Ivan Sánchez; Dra. Claudia Ragonese, Secretaria. 13 de Diciembre de 2019. Marcela N. Barro, secretaria.

$ 33 414800 Mar. 19 Mar. 25

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 3ra. Nominación de Rosario.y en autos LÓPEZ SILVIA MARÍA c/SANGUINETTI FRANCISCO SANTIAGO s/Prescripción Adquisitiva – Expte. 882/2018, se hace saber a SANGUINETTI FRANCISCO SANTIAGO, que se ha dictado el siguiente decreto: Rosario 26 de Diciembre de 2019: Agréguese. Estando debidamente notificada y no habiendo el demandado comparecido a estar a derecho, declárasela rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Notiquese por edictos. Al sorteo de defensor de oficio, firme que estuviere el presente. Firmado Dra. Gabriela Cossovich: Dr. Ezequiel Zabale (Juez). Secretaria, 6/2/2020. María Belén Baclini, secretaria en suplencia.

$ 33 417804 Mar. 19 Mar. 25

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de Rosario, en autos: ARANCIBIA NATALIA CARINA c/GÓMEZ MARÍA s/Apremio; Expte. 21-02899600-1 se hace saber a Gómez María, que se ha dictado lo siguiente: N° 1920, Rosario 17 de Diciembre de 2019: Y Vistos: Y Considerando: Fallo: 1) Ordenar seguir adelante la ejecución hasta tanto la actora se haga integro cobro de la suma reclamada, con mas sus intereses que se fijan en la Sentencia N° 760 de fecha 17 de Mayo de 2017 y Sentencia N° 2354 de fecha 30 de Noviembre de 2017, desde la mora y hasta el efectivo pago. 2) Imponer las costas a la parte demandada (art. 251 CPCC). 3) Regular honorarios oportunamente. CUIJ 21-02899600-1. Firmado Dra. Silvina Rubulotta secretaria; Dra. Lucrecia Mantello Jueza. Secretaria, 6/2/2020. María Belén Baclini, secretaria en suplencia.

$ 33 417805 Mar. 19 Mar. 25

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Por disposición del Juez a cargo del Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 8 de Rosario, Dr. Luciano D. Juárez, Secretaría de la autorizante, se hace saber que en los autos caratulados CESARETTI FERNANDO RENE s/Concurso Preventivo; CUIJ 21-23547341-8, se ha dictado la Resolución Nº 66 de fecha 10/02/2020, por la que se Resolvió: 1) Fijar, para la presentación del informe general el día 27/03/2020, el período del art. 41 de la ley 24.522 para la presenteación de la propuesta allí indicada, se computará desde la fecha del dictado de la resolución del art. 36 de la LCQ. El período de exclusividad se extenderá hasta el 3/9/2020, realizándose la audiencia informativa el 27/8/2020 a las 10 hs, en la Sala de audiencia del Tribunal. Ordenar publicar edictos de ley. Fdo: Dr. Luciano Juárez (Juez), Dra. María José Casas, Secretaria.

$ 165 414806 Mar. 19 Mar. 27

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Por disposición del Juez de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1º Nominación de Rosario, Dra. María A. Mondelli, (Juez), se ha ordenado citar por 3 días, a los posibles herederos de la Sra. María de Jesús Riveros, a los efectos que formulen oposición en relación al traslado y la cremación de sus restos dentro de los 10 días siguientes a la última publicación, para que lo acrediten dentro de los Autos caratulados: RIVERO, PETRONA GLADIS s/Sumaria Información; CUIJ 21-02927152-3. Rosario, 04 de Febrero de 2020. Dra. Elvira S, Sauan, Secretaria.

$ 33 414817 Mar. 19 Mar. 25

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décima Tercera Nominación, Dra. Verónica Gotlieb, de Rosario, en autos: LIFRIERI PABLO EZEQUIEL s/Pedido de Quiebra - Expte. Nº 21-02917538-9, por Auto N° 54 de fecha 12/02/2020 se ha resuelto: 1) Fijar hasta el día 26 de Marzo de 2020 como fecha tope hasta la cual los acreedores, presenten los pedidos de verificación al síndico debiendo acompañar los títulos justificativos de los mismos en los términos del art. 32 de la L.C.Q. 2) Fijar el día 27 de Abril de 2020, para que la Sindicatura presente el Informe Individual ante este tribunal y el día 10 de Junio de 2020 para la presentación del Informe General. 3) En caso de existir impugnaciones a los pedidos de verificación, la Sindicatura, a los fines de ordenar el procedimiento, deberá presentar al Tribunal un legajo con cada una de las mismas compuesto de copias del pedido de verificación, de la impugnación, de la contestación del impugnado, si la hubiere, y del respectivo informe individual. 4) Publíquense edictos ampliatorios de la resolución de quiebra en el BOLETIN OFICIAL haciendo conocer el nombre y domicilio del Síndico. Asimismo, se hace saber que el síndico designado en los presente autos es el C.P.N. Oscar Adolfo Milesi, con domicilio en Av. Pellegrini 1936, 3er piso (Teléfono 155642707) de esta ciudad con horarios de atención de Martes a Jueves de 09:00 a 15:00 Hs. Publíquense por 5 días - Edicto sin cargo conforme Art. 182 L.C.Q. Lucas Menossi, secretario.

S/C 414893 Mar. 19 Mar. 27

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Por disposición del Sr. Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12a. Nominación de Rosario, se hace saber que en autos CON TEC DES S.A. s/Concurso Preventivo - Hoy Quiebra; (Expte. 887/14) se ha resuelto lo siguiente: N° 80. Rosario, 12 de Febrero de 2020. Vistos y Considerando:... Resuelvo: 1) Declarando la Conclusión de la presente quiebra en los términos del Art. 231 tercer párrafo LCQ. 2) Oficiando al Registro de Procesos Concúrsales a fin de comunicar la presente. 3) Oficiando al Registro General de la Propiedad de Rosario y de Santa Fe, al Registro de la Propiedad del Automotor y/o a los que corresponda a los fines de anotar el levantamiento de la inhibición general de quien fuere fallida, si tales diligencias no se hubieren ya realizado. 4) Ordenado el cese de la intercepción de la correspondencia dirigida a quien fuere fallida, oficiándose a tal efecto, si tales diligencias no se hubieren ya realizado. 5) Levantando la prohibición de salida del país, oficiándose a tal efecto a la Policía Federal (delegación Rosario), Dirección General de Migraciones y/o quien corresponda, si tales diligencias no se hubieren ya realizado. 6) Ordenando la publicación de edictos comunicando la presente en el BOLETIN OFICIAL por el término de ley, haciendo saber que todas las comunicaciones a las que refiere la presente habrán de librarse vencida que sea tal publicación. 7) Correr vista al deudor a efectos de que solicite el libramiento de las demás comunicaciones que estime pertinente. 8) Previo retiro de la documental y culminación de las labores residuales que pudieren tener lugar, dar por concluida la intervención de la Sindicatura. Insértese y hágase saber. (Fdo: Dr. Fabián Bellizia (Juez) - Dra. Agustina Filippini (Secretaria). Rosario, 12 de Febrero de 2020. Dr. Santiago Pascual, Prosecretario.

S/C 414811 Mar. 19 Mar. 27

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La señora Juez del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación de Rosario, Pcia. de Santa Fe, Dra. Mónica Klebcar, en Autos: CHWALIK, JUAN PABLO s/Solicitud Propia Quiebra; CUIJ 21-02905186-8, Expte. Nº 811/2018, hace saber que se ha ordenado poner de manifiesto el Informe Final y Proyecto de Distribución practicado por la Sindicatura. Como recaudo se transcribe el decreto que así lo ordena el que textualmente dice: Rosario, 03 de Febrero de 2020. Cargo Nº 19015/19: atento lo solicitado por la sindicatura, póngase de manifiesto en la Oficina por el término de ley el Informe Final y Proyecto de Distribución. Publíquense edictos de ley. Fdo. Dra. Mónica Klebcar, Juez; Dra. Marianela Godoy, secretaria. Dra. Cecilia V. Dulcich, prosecretaria.

S/C 414798 Mar. 19 Mar. 20

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 9na. Nominación de Rosario y en autos MULLER GLENDA ASTRID y Otros s/Sumaria Información; Expte. Nro. 21-0919267-4, se hace saber, de conformidad con lo dispuesto por el art. 17 de la Ley 18.248, que la Muller Glenda Astrid (DNI 25.588.742) y el Sr. Cremer Máximo David (DNI 23.317.110) han solicitado el cambio de nombre de su hijo Eloy Segundo Cremer Muller, por el de Eloi Segundo Cremer Muller (DNI 53.798.808) Publíquense edictos de ley una vez por mes en el lapso de dos meses en el BOLETÍN OFICIAL. Secretaria, 7/2/2020. Dra. María Belén Baclini, secretaria en suplencia.

$ 45 414746 Mar. 19

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El Juez del Juzgado de Primera Inst. Distrito Civil y Comercial N° 14 de Rosario, por el presente hace saber que dentro de los autos CASELLA, EDMUNDO DANTE c/TOVO, ARTURO PEDRO y Otros s/Usucapión - CUIJ 21-02865014-8, atento al fallecimiento del codemandado Pedro Arturo Tovo, emplácese por edictos a sus herederos para que comparezca a estar a derecho por el término de ley y bajo apercibimientos de designar un curador que cumplirá la doble función de curador ad hoc de la herencia y defensor de los derechos de los rebeldes y con el cual se entenderá la demanda o el procedimieto. Rosario, 13 de Febrero de 2020, Valeria Beltrame, Prosecretaria.

$ 33 415106 Mar. 19 Mar. 25

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial N° 14 Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Marcelo Quaglia, dentro de los autos caratulados MAGAGNINI JUDIT MONICA y otros c/BORGHINI FIORELLO s/Prescripción adquisitiva; CUIJ 21-01563536-0, se ha dispuesto citar y emplazar por edictos a la parte demandada BORGHINI FIORELLO, para que comparezca a estar a derecho por el término y bajo apercibimientos de Ley. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y en el Hall de Tribunales por el término de tres días. Rosario, 14 de Febrero de 2020, Dra. Valeria Beltrame, Prosecretaria.

$ 33 415108 Mar. 19 Mar. 25

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 5 de Rosario, dentro de los autos caratulados: ROMERO ROSA HILARIA c/DELNERI ELIO y otros s/Escrituración - 21-01204704-2 (436/2014), se ha ordenado notificar por edictos lo siguiente: Rosario, 03 de Noviembre de 2017. Resuelvo: 1. Rechazando la demanda interpuesta. 2. Imponiendo las costas a los actores vencidos. 3. Difiriendo la regulación de honorarios para cuando se acompañe boleta del impuesto inmobiliario donde conste el avalúo vigente de los inmuebles de referencia. Insértese y hágase saber. (Autos Romero, Rosa Hilaria c/Delneri, Elio y otros s/escrituración; Expte. N° 436/14, CUIJ 21-01204704-2). Firmado: Dra. Silvina Rubulotta, Secretaria; Dra. Lucrecia Mantello, Jueza. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Rosario, 17/02/2020.

$ 33 415196 Mar. 19 Mar. 25

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Octava Nominación de Rosario a cargo del Dr. Luciano D. Juárez, secretaría de la Dra. María José Casas, en los autos caratulados: ZENCIC, RUBEN MARCOS c/IBARRA, LUIS y otros s/Juicio Ejecutivo; (CUIJ 21-02868677-0), se ha dispuesto notificar por edictos al Sr. Luis Alejandro Ibarra, DNI Nº 18.297.047, lo siguiente: Nº 1704. Rosario, 17 Oct. 2019. Y Vistos: Los presentes autos ZENCIC, Rubén Marcos c/IBARRA, Luis y otros s/Juicio Ejecutivo; (CUIJ 21-02868677-0), tramitados por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 8° Nominación de Rosario; Y Considerando:... Fallo: 1) Ordenar seguir adelante la ejecución contra José Andrés Vera (D.N.I. 30.003.095) y Luis Alejandro Ibarra (D.N.I. 18.297.047), hasta tanto la parte actora, Rubén Marcos Zencic (D.N.I. 4.989.348), se haga íntegro cobro de la suma de pesos nueve mil ciento cuarenta ($ 9.140), con más los intereses determinados al punto “2” de la parte considerativa de la presente, aplicables desde la mora (10/09/2016) y hasta el efectivo pago, y costas; lo que se detallará por planilla que practicará la actora. 2) Costas los vencidos (art. 251 CPCC). 3) Los honorarios se regularán oportunamente. Insértese y hágase saber. Fdo. Dr. Luciano Juárez, Juez; Dra. María José Casas, Secretaria. En consecuencia queda Ud. debidamente notificado que se ha ordenado seguir adelante la ejecución contra José Andrés Vera y Luis Alejandro Ibarra, hasta tanto la parte actora, se haga íntegro cobro de la suma de pesos nueve mil ciento cuarenta ($ 9.140), con más los intereses de la Tasa Activa que percibe el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuento a 30 días desde la mora (10/09/2016) y hasta el efectivo pago, y costas.

$ 33 415207 Mar. 19 Mar. 25

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La señora Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito de la cuarta Nominación de Rosario, Dra. Silvia Ana Cicuto, Secretaría de la Dra. Daniela A. Jaime, dentro de los autos caratulados LERME, JUAN PABLO c/DESPEGAR.COM.AR S.A. Y Ot. s/Demanda Derecho de Consumo; CUIJ Nº 21-02880636-9, Ordena publicar edictos en el BOLETIN OFICIAL de Santa Fe, por el término y bajo los apercibimientos de ley. a fin de notificar a la codemandada Apart Hotel Tres Reyes la sentencia N° 3175: Rosario, 03/12/2018. Autos y Vistos. Y Considerando. Fallo; Haciendo lugar a la demanda y en consecuencia condenando a DESPEGAR.COM.AR.SA. Y a APART HOTEL TRES REYES en forma solidaria a pagar a la actora en el término de cinco días las sumas otorgadas por este fallo con más sus intereses con las modalidades establecidas utsupra; imponiendo las costas del presente a las accionadas vencida (art. 251 del C.P.C.C.) en vírtud de haber dado lugar a la reclamación y difiriendo la regulación de honorarias de ios profesionales intervinientes para cuando se practique liquidación. Insértese, dése copia y hágase saber ordenando a la actora reponga el sellado de ley pertinente. Expte. Nº 397/17) - Fdo. Dra. Silvia Ana Cicuto (Jueza) - Dra. Daniela A. Jaime (Secretaria). Se transcribe a continuación, el Decreto que así lo dispone: Rosario, 12 de Noviembre de 2019. Atento lo manifestado y constancias de autos, notifíquese por edictos a la codemandada Apart Hotel Tres Reyes en el BOLETIN OFICIAL de Santa Fe y de la Nación. (CUIJ Nº 21-02880636-9). 13 de Febrero de 2019. Fdo. Dra. Silvia Ana Cicuto (Jueza) - Dra. Daniela A. Jaime (Secretaria).

$ 33 415171 Mar. 19 Mar. 25

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 1° Nom. de Rosario, dentro de los autos caratulados GRISOLIA RUBÉN MARIO y Otro c/LABORATORIO APOLO S.A. s/Incidente de Verificación de Crédito; CUIJ 21-02888547-1, se ha dictado la siguiente resolución: T° 131, F° 344, Numero, 2456 de fecha 26 de Septiembre de 2019. Y Vistos: Y Considerando:... Resuelvo: Hacer lugar a la presente demanda incidental de verificación tardía y, en consecuencia, verificar a favor del Sr. Rubén Mario Grisolía la suma de Pesos Treinta y Cinco Mil Seiscientos Sesenta y Cinco c/39/100 ($ 35.665,39) con carácter quirografario y a favor del Dr. Alejandro Marcos Andino la suma de Pesos Nueve Mil Ochocientos Ochenta y Seis c/36/100 ($ 9.886,36) con carácter quirografario. Costas al verificante tardío. Insértese y hágase saber. Fdo: Dra. María A. Mondelli (Jueza); Dra. Elvira S. Sauan (Secretaria). Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL. Rosario, de Noviembre de 2019.

$ 33 415050 Mar. 19 Mar. 25

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1° Instancia de Circuito de Ejecución 2° Nominac de Rosario - Sec. 1 de Rosario, Dr. Luciano A. Ballarini, dentro de los autos caratulados CONFICRED S.A c/RODRÍGUEZ MATÍAS s/Demanda Ejecutiva; Expte. N° 21-13900905-0, se ha dictado lo siguiente: CONFICRED SA c/RODRÍGUEZ, MATÍAS s/Juicio Ejecutivo; 21-13900905-0 Juzg. de 1ra. Inst. Ejec. Civ. Circ. 2da. Nom. Nº 6034 Rosario, 27/11/2019; Y Vistos: El presente juicio ejecutivo seguido por CONFICRED S.A c/RODRÍGUEZ, MATÍAS s/Ejecutivo; (CUIJ 21-13900905-0) (...) Y Considerando: (...) Fallo: Ordenando llevar adelante la ejecución contra los bienes de MATÍAS RODRÍGUEZ, hasta que la actora perciba el importe íntegro del crédito por la suma de pesos siete mil trescientos diecinueve con sesenta y cuatro centavos ($ 7.319,64). Al capital, se aplicarán los intereses pactados, siempre que no excedan de una vez y media la tasa activa sumada que cobra el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., en las operaciones de descuento de documentos a 30 días, desde la mora y hasta el efectivo pago. El límite ha de regir para restringir los intereses compensatorios y punitorios conjuntamente considerados conforme las facultades del art. 771 C.C.YC. (vid. Cámara de Apelación de Circuito de Rosario; Acuerdo 21, 15/03/2019; Banco Credicoop Coop. Ltdo. c/Duran, Enrique s/Ejecutivo; CUIJ 21-22984459-5). Costas a la parte demandada (art. 251 CPCC). Difiérase la regulación de honorarios hasta la confección de la respectiva planilla. Desígnase al profesional de la parte actora como depositario judicial de la documental acompañada en los presentes, con la carga de presentación del original en caso de ser requerido y deberes de ley (art. 468 y cc. C.P.C.C., y aplic. Analóg. Acordada C.S.J.S.F. Acta 14, Nro. 17, 24/04/2017). Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. María Elvira Longhi, Secretaria; Dr. Luciano A. Ballarini, Juez. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Rosario. Silvina López Pereyra, secretaria en suplencia.

$·33 415052 Mar. 19 Mar. 25

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1° Instancia de Circuito de Ejecución 2° Nominac de Rosario - Sec. 1 de Rosario, Dr. Luciano A. Ballarini, dentro de los autos caratulados CONFICRED S.A. c/PERALTA DANIEL S. s/Demanda Ejecutiva, Expte. Nº 21-13887668-0, se ha dictado lo siguiente: CONFICRED SA c/PERALTA, DANIEL s/Juicio Ejecutivo 21-13887668-0 Juzg. de 1ra. Inst. Ejec. Civ. Circ. 2da. Nom. Nº 6025 Rosario, 27/11/2019 y Vistos: El presente juicio ejecutivo seguido por CONFICRED SA c/PERALTA, DANIEL s/Ejecutivo; (CUIJ 21-13887668-0) (...) Y Considerando: (...) Fallo: Ordenando llevar adelante la ejecución contra los bienes de DANIEL S. PERALTA, hasta que la actora perciba el importe integro del crédito por la suma de pesos ocho mil setecientos sesenta y nueve con cuatro centavos ($ 8.769,04). Al capital, se aplicarán los intereses pactados, siempre que no excedan de una vez y media la tasa activa sumada que cobra el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., en las operaciones de descuento de documentos a 30 días, desde la mora y hasta el efectivo pago. El límite ha de regir para restringir los intereses compensatorios y punitorios conjuntamente considerados conforme las facultades del Art. 771 C.C.YC. (vid. Cámara de Apelación de Circuito de Rosario; Acuerdo 21, 15/03/2019; Banco Credicoop Coop. Ltdo. c/Duran, Enrique s/Ejecutivo; CUIJ 21-22984459-5). Costas a la parte demandada (Art. 251 CPCC). Difiérase la regulación de honorarios hasta la confección de la respectiva planilla. Desígnase al profesional de la parte actora como depositario judicial de la documental acompañada en los presentes, con la carga de presentación del original en caso de ser requerido y deberes de ley (art. 468 y cc. C.P.C.C., y aplic. Analóg. Acordada C.S.J.S.F. Acta 14, Nro.17, 24/04/2017). Insértese y hágase saber. Fdo: Dra. María Elvira Longhi, Secretaria; Dr. Luciano A. Ballarini, Juez. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Rosario.

$ 33 415053 Mar. 19 Mar. 25

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1° Instancia de Circuito de Ejecución 2° Nominac de Rosario - Sec. 1 de Rosario, Dr. Luciano A. Ballarini, dentro de los autos caratulados CONFICRED S.A c/RAMÍREZ PABLO ANDRÉS s/Demanda Ejecutiva, Expte. N° 21-13893412-5, se ha dictado lo siguiente: CONFICRED SA c/RAMÍREZ, PABLO ANDRÉS s/Juicio Ejecutivo 21-13893412-5 Juzg. de 1ra. Inst. Ejec. Civ. Circ. 2da. Nom. Nº 6029 Rosario, 27/11/2019 y Vistos: El presente juicio ejecutivo seguido por CONFICRED SA contra RAMÍREZ, PABLO ANDRÉS s/Ejecutivo; (CUIJ 21-13893412-5) (...) Y Considerando: (...) Fallo: Ordenando llevar adelante la ejecución contra los bienes de PABLO ANDRÉS RAMÍREZ hasta que la actora perciba el importe íntegro del crédito por la suma de pesos quinientos veintidós con veinte centavos ($ 522,20). Al capital, se aplicarán los intereses pactados, siempre que no excedan de una vez y media la tasa activa sumada que cobra el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., en las operaciones de descuento de documentos a 30 días, desde la mora y hasta el efectivo pago. El límite ha de regir para restringir los intereses compensatorios y punitorios conjuntamente considerados conforme las facultades del art. 771 C.C.YC. (vid. Cámara de Apelación de Circuito de Rosario; Acuerdo 21, 15/03/2019; Banco Credicoop Coop. Ltdo. c/Duran, Enrique s/Ejecutivo; CUIJ 21-22984459-5). Costas a la parte demandada (art. 251 CPCC). Difiérase la regulación de honorarios hasta la confección de la respectiva planilla. Desígnase al profesional de la parte actora como depositario judicial de la documental acompañada en los presentes, con la carga de presentación del original en caso de ser requerido y deberes de ley (art. 468 y cc. C.P.C.C., y aplic. Analóg. Acordada C.S.J.S.F. Acta 14, Nro. 17, 24/04/2 017). Insértese y hágase saber. Fdo: Dra. María Elvira Longhi, Secretaria; Dr. Luciano A. Ballarini, Juez. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Rosario.

$ 33 415056 Mar. 19 Mar. 25

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 13° Nominación de la ciudad de Rosario, a cargo de la Dra. Verónica Gotlieb, en los autos caratulados: TORRANO PANIVINO JULIETA s/Información Sumaria; Expte. N° 1035/2013, se ha dispuesto: Rosario, 30 de Octubre de 2019. No encontrándose citado el progenitor en el primer decreto de trámite, cítese y emplácese al Sr. Adolfo Ernesto Torrano por el plazo de ley con expresa advertencia de que el silencio guardado será considerado como conformidad a lo solicitado por la actora. Fdo. Dr. Lucas Menossi (Secretario). En consecuencia, se hace saber que se ha ordenado citar y emplazar por edictos al Sr. Adolfo Ernesto Torrano (17692906), a los fines de formular oposición dentro de los quince días hábiles computados desde la última publicación, bajo apercibimiento de ser considerado su silencio como conformidad a la solicitud de supresión de apellido paterno peticionado por la actora. Rosario, 14/02/2019. María Sol Sedita, secretaria.

$ 33 415085 Mar. 19 Mar. 25

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 3ra. Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Ezequiel M. Zabale, Secretaria de la Dra. Gabriela Cossovich, en autos MARECO LLANES, ARNALDO SEBASTIAN ROMÁN y Otros c/GIRALTE, ROSA y Otros s/Prescripción Adquisitiva; (Expte. Nº 481/2017), se ha dispuesto: Rosario, 10 de Diciembre de 2019. Atento haberse dictado rebeldía en los presentes del Sr. Alberto Carlos Tejedor, a los fines de defensor de oficio ofíciese a Presidencia de Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, previa notificación por edictos de la providencia de rebeldía y la presente. Fdo. Dr. Ezequiel M. Zabale (Juez), Dra. Gabriela Cossovich (Secretaria). Otro: Rosario, 26 de Septiembre de 2019. No habiendo comparecido el demandado Alberto Carlos Tejedor a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificado y vencido el término para hacerlo, decláraselo rebelde, y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos. Fdo. Dr. Ezequiel M. Zabale (Juez), Dra. Gabriela Cossovich (Secretaria). En consecuencia se hace saber que se ha declarado rebelde al demandado Alberto Carlos Tejedor (DNI 16072077) y que se le nombrará un defensor de oficio. Rosario, 14/02/2020. María Sol Sedita, secretaria.

$ 33 415086 Mar. 19 Mar. 25

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El señor Juez Dr. Marcelo C. M. Quaqlia, a cargo del Juzgado 1ra. Inst. Civil y Comercial 14ta. Nom. de Rosario, Secretaría de la suscripta, en los autos caratulados: BANCO PATAGONIA SA c/COMBUSTIBLES LÍQUIDOS DEL INTERIOR SRL y Otros s/Cobro de Pesos; Expte. CUIJ Nº 21-02888895-0, ha ordenado citar a los codemandados Martín Pablo Romero (DNI Nº 24.948.701) e Ileana Bacelli (DNI Nº 26.066.453) por edictos que se publicarán en el BOLETIN OFICIAL y en Hall de Tribunales por el término de tres días, a fin de que dentro de los cinco días subsiguientes a la última publicación comparezcan a estar a Derecho. Rosario, 4 de Febrero de 2020. Valeria Beltrame, prosecretaria.

$ 33 415097 Mar. 19 Mar. 25

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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 18va. Nominación de la ciudad de Rosario, Dra. Susana Silvina Gueiler, Secretaria de la Dra. Patricia A. Beade en los autos caratulados: GONZÁLEZ, MARIA SOLEDAD c/VAJAGA, ANTONIO s/Apremio; (CUIJ Nº 21-02922172-0) se hace saber que se ha ordenado: Rosario, 20 de Diciembre de 2019. Atento lo dispuesto por el art. 597 del CPCC emplácese por edictos que se publicarán por el término de ley en el BOLETIN OFICIAL, a los herederos de Antonio Vajaga. Fdo. Dra. Susana Silvina Gueiler (Jueza), Dra. Patricia A. Beade (Secretaria). En consecuencia, se hace saber que se ha ordenado citar y emplazar a los herederos de Antonio Vajaga (LE 5991970) para que comparezcan a estar a derecho, por edictos que se publicarán tres veces en el BOLETIN OFICIAL, venciendo el término cinco días después de la última publicación, bajo apercibimiento de ley. Rosario, 14/02/2020. María Sol Sedita, secretaria.

$ 33 415088 Mar. 19 Mar. 25

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Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial 4° de la ciudad de Rosario, se hace saber que dentro de los caratulados SÁNCHEZ CASIMIRO OLDEMAR s/Quiebra; Expte. Nro. 714/2009, por resolución Nº 96 de fecha 11-02-2020, se ha dispuesto clausurar el procedimiento por distribución final. Secretaría, Rosario, 07/02/2020. Daniela A. Jaime, secretaria.

S/C 415037 Mar. 19 Mar. 25

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CAÑADA DE GOMEZ

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Distrito Judicial N° 6 2da. Nominación, Secretaría autorizante, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de FERDINANDO OSCAR MOSCONI Y ANGELA MIRTA VERA, para que comparezca a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de (1) día conforme disposiciones del Art. 2340 del CCyCN. y Estrados del Tribunal, y Estrados del Tribunal - Cañada de Gómez, 17 de Febrero de 2020. Dr. Navarro, Secretario.

$ 45 415143 Mar. 19

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El Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la Segunda Nominación de la ciudad de Cañada de Gómez, Provincia de Santa Fe, a cargo de la Dra. María Laura Aguaya, Juez; Secretaria del Dr. Mariano Jesús Navarro, llama a los herederos, acreedores y legatarios de Doña CRISTINA BEATRIZ SASSI, por el término de un (1) día, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL.- Cañada de Gómez, …Dr. Mariano Jesús Navarro, Secretario.-

$ 45 415671 Mar. 19

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VILLA CONSTITUCION

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito 14 en lo Civil, Comercial y Laboral de Villa Constitución, se requiere se proceda a la publicación de los edictos Judiciales en el BOLETIN OFICIAL, conforme el texto que a continuación se transcribe: La Sra. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral Nº 2 de Villa Constitución, llama a los herederos, acreedores y/o legatarios de doña Dora Segunda Carreras, DNI Nº 10.060.452, por treinta (30) días, para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos. (Expte. CUIJ N° 2565396l-3; GIMÉNEZ, VÍCTOR Y Otros s/Sucesiones – Insc. Tardías - Sumarias – Volunt.). Secretaría, 17 de Diciembre de 2019. Federico Miguel Svilarich, secretario subrogante.

$ 45 415102 Mar. 19 Abr. 6

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito 14 en lo Civil, Comercial y Laboral de Villa Constitución, se requiere se proceda a la publicación de los edictos Judiciales en el BOLETIN OFICIAL, conforme el texto que a continuación se transcribe: La Sra. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral Nº 2 de Villa Constitución, llama a los herederos, acreedores y/o legatarios de don Víctor Rubén Giménez, DNI Nº 6.142.614, por treinta (30) días, para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos. (Expte. CUIJ N° 25653961-3 - GIMÉNEZ, VÍCTOR Y Otros s/Sucesiones - Insc. Tardías - Sumarias – Volunt.). Secretaría, 17 de Diciembre de 2019. Federico Miguel Svilarich, secretario subrogante.

$ 45 415096 Mar. 19 Abr. 6

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Por disposición de la señora Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 14 en lo Civil, Comercial y Laboral segunda Nominación de Villa Constitución (Santa Fe), dentro de los autos caratulados: ANZULOVICH CATALINA y Otros s/Declaratoria de herederos; CUIJ N° 21-25615753-2; Expte. 1038 año 2018, se cita a los herederos, acreedores y/o legatarios de Amadeo Vilarrubi L.E. 0.659.725, por 30 días para que comparezcan ante este tribunal a hacer valer sus derechos. Secretaría, Villa Constitución, 18 de Diciembre de 2019. Federico Miguel Svilarich, secretario subrogante.

$ 45 415092 Mar. 19 Abr. 6

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Hago saber a Ud. que en el juicio TOSONI, ROBERTO MARIANO s/Declaratoria de herederos; CUIJ Nro. 21-25655214-8, tramitado ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la Primera Nominación de Villa Constitución a cargo de la Dra. Agueda M. Orsaria, Juez, Secretaría del Dr. Danino Alejandro, se ha dispuesto lo siguiente: llamar, citar y emplazar por el término de 30 (treinta) días a los herederos, legatarios y acreedores de don Roberto Mariano Tosoni, D.N.I. Nro. 3.091.190, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Autos: TOSONI, ROBERTO, MARIANO s/Declaratoria de herederos; CUIJ Nro. 21-25655214-8. Firmado: Dr. Danino Alejandro, Secretario.

$ 45 415078 Mar. 19 Abr. 6

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Por disposición de la señora Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 14 en lo Civil, Comercial y Laboral segunda Nominación de Villa Constitución (Santa Fe), dentro de los autos caratulados: ANZULOVICH CATALINA y otros s/Declaratoria de herederos; CUIJ N° 21-25615753-2; Expte. 1038 año 2018, se cita a los herederos, acreedores y/o legatarios de Catalina Anzulovich L.C. 5.828.872, por 30 días para que comparezcan ante este tribunal a hacer valer sus derechos. Secretaría, Villa Constitución, 18 de Diciembre de 2019. Federico Miguel Svilarich, secretario subrogante.

$ 45 415072 Mar. 19 Abr. 6

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La Sra. Juez de Primera Instancia de Civil, Comercial de la Segunda Nominación de Villa Constitución, Dra. Griselda N. Ferrari, dentro de los autos MONTESANTO, NORMA BEATRIZ s/Sucesión: 21-25653951-6, cita y emplaza por el término de treinta días a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por doña Norma Beatriz Montesanto DNI Nº 16.843.511, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Villa Constitución, 27 de Diciembre de 2019. Federico Miguel Svilarich, secretario subrogante.

$ 45 415107 Mar. 19 Abr. 6

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RUFINO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nro. 9 de la ciudad de Rufino, a cargo del Dr. Luis A. Cignoli (Juez); secretaría a cargo del Dr. Jorge Andrés Espinoza, se llama y emplaza a herederos, legatarios y acreedores de COSTAMAGNA GUSTAVO EZEQUIEL, a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos de ley. Rufino, Noviembre de 2019.-

$ 45 416451 Mar. 19 Mar. 25

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MELINCUE

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la señora Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 8 en lo Civil, Comercial y Laboral de Melincué, se llama a herederos, acreedores y legatarios de doña PUERTA, LILIANA LUJAN, D.N.I. Nº 12.944.764, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos en el término de ley. Autos “PUERTA, LILIANA LUJAN S/ SUCESION” (C.U.I.J. Nº 21-26468006-6 - AÑO 2019). Melincué,

$ 45 416917 Mar. 19 Mar. 25

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Por disposición de la señora Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 8 en lo Civil, Comercial y Laboral de Melincué, se llama a herederos, acreedores y legatarios de MARÍA RODINI, L.C. Nº 7.562.357, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos en el término de ley. Autos “RODINI, MARÍA S/ SUCESION” (C.U.I.J. Nº 21-26468543-2 - AÑO 2019). Melincué, 21 de Febrero de 2020. Dra. ANALIA MONICA IRRAZABAL (Secretaria).

$ 45 416420 Mar. 19 Mar. 25

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VENADO TUERTO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación de la ciudad de Venado Tuerto, dentro de los autos caratulados: SALVO, HÉCTOR ANTONIO y Otro c/VIGNUDA, FRANCISCO VALENTINO y Otros s/Prescripción Adquisitiva; (Expte. Nº 651/2014), se ha dictado sentencia la cual hace lugar a la demanda de Prescripción Adquisitiva y en consecuencia tener por producida la posesión veinteañal adquisitiva por prescripción promovida por Héctor Antonio Salvo y María Del Carmen Lizatovich contra Francisco Valentino Vignuda; Santiago Vignuda; Martín Vignuda; José Vignuda y Valentino Vignuda, respecto al inmueble de calle Entre Ríos N° 839 de la ciudad de Venado Tuerto, por lo que se ha ordenado la sentencia que se transcribe: Venado Tuerto, 06 de Diciembre de 2019. Y Vistos... Y Considerando... Fallo: Hacer lugar a la demanda de Prescripción Adquisitiva y en consecuencia tener por producida la posesión veinteañal adquisitiva por prescripción promovida por Héctor Antonio Salvo y María Del Carmen Lizatovich contra Francisco Valentino Vignuda; Santiago Vignuda; Martín Vignuda; José Vignuda y Valentino Vignuda, respecto al inmueble que se describe en los considerandos, ordenando por lo tanto otorgarle título del dominio del inmueble predescripto, inscribiéndoselo a nombre de los actores en el Registro General de la Propiedad, con transcripción de la presente, oficiándose a sus efectos. Insértese, agréguese copia en autos y hágase saber. Fdo: Dr. Gabriel Alberto Carlini, Juez; Dr. Alejandro Walter Bournot, secretario. Venado Tuerto, 12 de Diciembre de 2019. Y Vistos... Y Considerando... Resuelvo: Aclarar el fallo dictado en el sentido de que las costas son a cargo de la parte actora. Insértese, agréguese copia en autos y hágase saber. Fdo: Dr. Gabriel Alberto Carlini, Juez; Dr. Alejandro Walter Bournot, secretario. Venado Tuerto, 12 de Febrero de 2020.

$ 197,40 415339 Mar. 19 Mar. 27

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Venado Tuerto, a cargo del Juez Dr. Gabriel A. Carlini, Secretaria del Dr. Alejandro W. Bournot, en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE VENADO TUERTO c/GAS S.A. s/Apremios Fiscales Municipales; (CUIJ 21-24611728-1), se ha dispuesto notificar a GAS S.A. y/o Quien resulte fiscalmente responsable, el siguiente Decreto: Venado Tuerto, 21 de Noviembre de 2018. Proveyendo cargo 13302/2018: Por presentada, domiciliada y parte a mérito del poder general que en copia acompaña y se agrega en autos juntamente con la restante documental que adjunta. Por iniciada la demanda de apremio que expresa. Cítese y emplácese a la parte demandada para dentro del término de ocho días oponga excepciones legítimas al progreso de la acción bajo apercibimientos de que si así no lo hiciere se ordenara llevar adelante la ejecución por el capital reclamado, sus intereses y costas. Decretase embargo ejecutivo sobre el bien denunciado hasta cubrir la suma reclamada con más la de $ 15.391,91 estimados provisoriamente para responder a intereses y costas futuras oficiándose a sus efectos al Registro Nacional de la Propiedad Automotor Nro. 1 de ésta ciudad, en la forma y con las constancias de ley. A lo demás oportunamente. Cumpliméntese con la boleta de iniciación dentro del término de tres días, bajo apercibimientos de ley. Notifíquese por cédula. Fdo. Dr. Gabriel Carlini, Juez; Dr. A. Walter Bournot, Secretario. Se deja constancia que el presente edicto es sin cargo en virtud de lo dispuesto por el Código Fiscal de Santa Fe, Art. 182 inc. 1. Venado Tuerto, 5 de Febrero de 2020.

S/C 415252 Mar. 19 Mar. 27

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Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Familia de la ciudad de Venado Tuerto, a cargo de la Dra. Nancy V. Grasso, Secretaría a cargo de la Dra. Ma. Laura Olmedo, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de don Gonzalo Martín Gómez, (D.N.I. Nº 20.358.294), para que dentro del término de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos. Autos: CANTONI, ALDANA MAGALI c/HEREDEROS y/o SUC. De GÓMEZ s/Filiación Extramatrimonial; Expte. Nº 578 año 2015, CUIJ Nº 21-23515086-4. Venado Tuerto, de de 2020. Fdo: Dra. Grasso (Jueza); Dra. Olmedo (Secretaria Subrogante).

$ 33 415219 Mar. 19 Mar. 25

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito N° 3, en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación, de la ciudad de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Gabriel Carlini (Juez), Secretaría del Dr. Walter Bournot, se debe notificar a los herederos de Francisco Valentino Vignuda; Santiago Vignuda; José Vignuda; Martín Vignuda; Valentino Vignuda; María Vignuda de Constantini, Luisa Margarita Vignuda de Ricardino y Filomena Vignuda de Marcato, lo siguiente: Nº 1294. Venado Tuerto, 09 de Diciembre de 2019. Y Vistos: Los presentes autos caratulados BAKOTA MIGUEL LUCAS c/JAIME MAIRA ELISA y otros s/Dem. Ord. de Escrituración; CUIJ 21-24458788-4, de los que resulta:... Y Considerando:... Fallo: 1) Hacer lugar a la demanda y, en consecuencia, condenar a los demandados a otorgar, dentro del plazo de diez días de notificada y firme la presente, a Miguel Lucas Bakota la escritura traslativa del dominio del inmueble descripto en los considerandos, bajo apercibimiento de hacerlo el suscripto a su nombre. 2) Costas a la demandada. 3) A la regulación de honorarios, oportunamente. Insértese, agréguese copia y hágase saber. Fdo. Dr. Alejandro Walter Bournot (secretario) - Dr. Gabriel Alberto Carlini (juez). (Autos: BAKOTA MIGUEL LUCAS c/JAIME MARÍA ELISA y Otros s/Dem. Ord. De Escrituración; Expte. Nº 596-2005 - CUIJ 21-24458788-4). Venado Tuerto, 12 de Febrero de 2020. A. Walter Bournot, secretario.

$ 52,50 415185 Mar. 19 Mar. 27

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