picture_as_pdf 2020-03-06

JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12da. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Nelida Esmeralda Dara, (D.N.I. N° 5.512.721) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: DARA, NELIDA ESMERALDA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS C.U.I.J. 21-02925625-7. Dra. María Verónica Lara. Rosario, 18 de febrero de 2020.

$ 45 415379 Mar. 6

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 9n. Nominación de Rosario, Dra. María Fabiana GENESIO, en los autos caratulados: “BUENA VISTA BENZADON S.A. s/ Quiebra”, Expte. Nº 1212/07 CUIJ 21-04956210-9, se hace saber que la Sindicatura ha presentado Proyecto de Distribución Actualizado en el cual se encuentran incorporados los honorarios, aportes e Iva de la profesionales intervinientes. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Rosario, …/02/2020. Verónica A. ACCINELLI, Secretaría.-

S/C 414831 Mar. 6 Mar. 9

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Por disposición de la Dra. Mariana Carolina Alvarado, Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Fuero Plano de la Decimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco, Provincia de Santa Fe, Secretaría de la Dra. Mariana Sabina Cattani y dentro de los autos caratulados: COMUNA DE CARMEN DEL SAUCE C/VENANZI DAVID JOSE S/APREMIO MUNICIPAL 21-22766230-9, se ha dispuesto notificar por edictos a los herederos, legatarios y/o quien resulte propietario y/o jurídicamente responsable de la fracción de campo ubicada en la zona rural de Carmen del Sauce, Departamento Rosario, Provincia de Santa Fe, inscripto Dominio al Tº263C Fº1976 Nº067853 en fecha 27/03/1961 P.I.I.Nº16-14-00 347717/0001-6; lo siguiente: “COMUNA DE CARMEN DEL SAUCE C/ VENANZI DAVID JOSE S/ APREMIO MUNICIPAL 21-22766230-9 Juzg. 1ra. Inst. de Circuito ARROYO SECO, 12 de Diciembre de 2019 Téngase presente la aclaración efectuada. Por presentado, en el carácter invocado a mérito al poder especial acompañado. Acéptase el domicilio ad litem constituido. Por iniciada demanda de apremio contra VENANZI, DAVID JOSE. Imprímase a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. Intímese al pago y cítese de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. Cítese a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término y bajo apercibimientos de ley. Al pedido de embargo, previamente ofíciese al BCRA a efectos de que circularice al sistema financiero la orden dirigida a las entidades bancarias, para que informen si la demandada VENANZI, DAVID JOSE posee fondos depositados en cajas de ahorro y/o depósitos a plazo fijo y/u otras cuentas..”Firmado: Dra. Mariana Carolina Alvarado –Juez- y Dra. Mariana Sabina Cattani -Secretaría”.

S/C 413981 Mar. 6 Mar. 9

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Por disposición de la Dra. Mariana Carolina Alvarado, Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Fuero Plano de la Decimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco, Provincia de Santa Fe, Secretaría de la Dra. Mariana Sabina Cattani y dentro de los autos caratulados: "COMUNA CARMEN DEL SAUCE C/LANCIOTTI EMA S/APREMIO MUNICIPAL CUIJ 21-22766236-8, se ha dispuesto notificar por edictos a los herederos, legatarios y/o quien resulte propietario y/o jurídicamente responsable de la fracción de campo ubicada en la zona rural de Carmen del Sauce, Departamento Rosario, Provincia de Santa Fe, inscripto Dominio al Tº 551 Fº311 Nº159520 en fecha 30/11/1988 PIINº16-14-00 347736/0001; lo siguiente: “ARROYO SECO, 06 de Diciembre de 2019 Por presentado, en el carácter invocado mérito al poder especial acompañado. Acéptase el domicilio ad litem constituido. Por iniciada demanda de apremio contra LANCIOTTI, EMA. Imprímase a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. Intímese al pago y cítese de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. Cítese a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término y bajo apercibimientos de ley. Al pedido de embargo, previamente ofíciese al BCRA a efectos de que circularice al sistema financiero la orden dirigida a las entidades bancarias, para que informen si la demandada LANCIOTTI, EMA, posee fondos depositados en cajas de ahorro y/o depósitos a plazo fijo y/u otras cuentas.” Firmado: Dra. Mariana Carolina Alvarado –Juez- y Dra. Mariana Sabina Cattani -Secretaría--”.

S/C 413992 Mar. 6 Mar. 9

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Por disposición de la Dra. Mariana Carolina Alvarado, Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Fuero Plano de la Decimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco, Provincia de Santa Fe, Secretaría de la Dra. Mariana Sabina Cattani y dentro de los autos caratulados: "COMUNA CARMEN DEL SAUCE C/STAFORTE TERESA Y/O OT Y OTROS S/ APREMIO MUNICIPAL” CUIJ 21-22766244-9, se ha dispuesto notificar por edictos a los herederos, legatarios y/o quien resulte propietario y/o jurídicamente responsable de la fracción de campo ubicada en la zona rural de Carmen del Sauce, Departamento Rosario, Provincia de Santa Fe, inscripto Dominio al Tº1108 Fº263 Nº358505 en fecha 13/072012 P.I.I.Nº16-14-00 347519/0002-7; lo siguiente: “COMUNA CARMEN DEL SAUCE C/ STAFORTE TERESA Y/O OT Y OTROS S/ APREMIO MUNICIPAL 21-22766244-9 Juzg. 1ra. Inst. de Circuito ARROYO SECO, 12 de Diciembre de 2019 Téngase presente la aclaración efectuada. Por presentado, en el carácter invocado a mérito al poder especial acompañado. Acéptase el domicilio ad litem constituido. Resultando el título inhábil respecto de Alejandra Stafforte, téngase por iniciada demanda de apremio contra STAFFORTE, TERESA. Imprímase a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. Intímese al pago y cítese de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. Cítese a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término y bajo apercibimientos de ley. Al pedido de embargo, previamente ofíciese al BCRA a efectos de que circularice al sistema financiero la orden dirigida a las entidades bancarias, para que informen si la demandada STAFFORTE, TERESA ANA Y STAFFORTE ALEJANDRA B. posee fondos depositados en cajas de ahorro y/o depósitos a plazo fijo y/u otras cuentas..” Firmado: Dra. Mariana Carolina Alvarado –Juez- y Dra. Mariana Sabina Cattani -Secretaría--”.

S/C 413982 Mar. 6 Mar. 9

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Por disposición de la Dra. Mariana Carolina Alvarado, Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Fuero Plano de la Decimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco, Provincia de Santa Fe, Secretaría de la Dra. Mariana Sabina Cattani y dentro de los autos caratulados: "COMUNA CARMEN DEL SAUCE C/BOLZANI NESTOR Y OTROS S/APREMIO MUNICIPAL Expte CUIJ 21-22766238-4, se ha dispuesto notificar por edictos a los herederos, legatarios y/o quien resulte propietario y/o jurídicamente responsable de la fracción de campo ubicada en la zona rural de Carmen del Sauce, Departamento Rosario, Provincia de Santa Fe, inscripto Dominio al Tº1072 Fº105 Nº311384 en fecha 11/02/2011 PIINº16-14-00 347553/0000; lo siguiente: “ARROYO SECO, 06 de Diciembre de 2019 Por presentado, en el carácter invocado a mérito al poder especial acompañado. Acéptase el domicilio ad litem constituido. Por iniciada demanda de apremio contra BOLZANI, NESTOR Y/O BOLZANI, DARIO ANGEL. Imprímase a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. Intímese al pago y cítese de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. Cítese a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término y bajo apercibimientos de ley. Al pedido de embargo, previamente ofíciese al BCRA a efectos de que circularice al sistema financiero la orden dirigida a las entidades bancarias, para que informen si la demandada BOLZANI, NESTOR Y/O BOLZANI, DARIO ANGEL, posee fondos depositados en cajas de ahorro y/o depósitos a plazo fijo y/u otras cuentas.” Firmado: Dra. Mariana Carolina Alvarado –Juez- y Dra. Mariana Sabina Cattani -Secretaría--”.

S/C 413984 Mar. 6 Mar. 10

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Por disposición de la Dra. Mariana Carolina Alvarado, Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Fuero Plano de la Decimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco, Provincia de Santa Fe, Secretaría de la Dra. Mariana Sabina Cattani y dentro de los autos caratulados: "COMUNA DE CARMEN DEL SAUCE C/CAVATORTA MARIA LAURA Y/U OTROS S/ APREMIO MUNICIPAL CUIJ Nº21-22766231-7, se ha dispuesto notificar por edictos a los herederos, legatarios y/o quien resulte propietario y/o jurídicamente responsable de la fracción de campo ubicada en la zona rural de Carmen del Sauce, Departamento Rosario, Provincia de Santa Fe, inscripto Dominio al Tº1030 Fº273 Nº363023 en fecha 21/08/2009 PIINº16-14-00 347310/0011-8; lo siguiente: “ARROYO SECO, 05 de Diciembre de 2019 Por presentado, en el carácter invocado a mérito al poder especial acompañado. Acéptase el domicilio ad litem constituido. Por iniciada demanda de apremio contra CAVATORTA, MARIA LAURA. Imprímase a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. Intímese al pago y cítese de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. Cítese a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término y bajo apercibimientos de ley. Al pedido de embargo, previamente ofíciese al BCRA a efectos de que circularice al sistema financiero la orden dirigida a las entidades bancarias, para que informen si la demandada CAVATORTA, MARIA LAURA, posee fondos depositados en cajas de ahorro y/o depósitos a plazo fijo y/u otras cuentas.” Firmado: Dra. Mariana Carolina Alvarado –Juez- y Dra. Mariana Sabina Cattani -Secretaría-”.

S/C 413988 Mar. 6 Mar. 10

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Por disposición de la Dra. Mariana Carolina Alvarado, Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Fuero Plano de la Decimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco, Provincia de Santa Fe, Secretaría de la Dra. Mariana Sabina Cattani y dentro de los autos caratulados: "COMUNA DE CARMEN DEL SAUCE C/BASUALDO OLGA SUSANA Y/U OTROS S/ APREMIO FISCAL” EXPTE. CUIJ Nº21-22766237-6 -, se ha dispuesto notificar por edictos a los herederos, legatarios y/o quien resulte propietario y/o jurídicamente responsable de la fracción de campo ubicada en la zona rural de Carmen del Sauce, Departamento Rosario, Provincia de Santa Fe, inscripto Dominio al Tº901 Fº244 Nºs/n en fecha 30/05/2005 PIINº16-14-00 347720/0002; lo siguiente: “ARROYO SECO, 06 de Diciembre de 2019 Por presentado, en el carácter invocado a mérito al poder especial acompañado. Acéptase el domicilio ad litem constituido. Por iniciada demanda de apremio contra BASUALDO, OLGA SUSANA. Imprímase a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. Intímese al pago y cítese de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. Cítese a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término y bajo apercibimientos de ley. Al pedido de embargo, previamente ofíciese al BCRA a efectos de que circularice al sistema financiero la orden dirigida a las entidades bancarias, para que informen si la demandada BASUALDO, OLGA SUSANA, posee fondos depositados en cajas de ahorro y/o depósitos a plazo fijo y/u otras cuentas.” Firmado: Dra. Mariana Carolina Alvarado –Juez- y Dra. Mariana Sabina Cattani -Secretaría--”.

S/C 413991 Mar. 6 Mar. 10

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Por disposición de la Dra. Mariana Carolina Alvarado, Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Fuero Plano de la Decimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco, Provincia de Santa Fe, Secretaría de la Dra. Mariana Sabina Cattani y dentro de los autos caratulados: "COMUNA CARMEN DEL SAUCE C/STAFORTE TERESA ANA S/APREMIO MUNICIPAL 21-22766232-5, se ha dispuesto notificar por edictos a los herederos, legatarios y/o quien resulte propietario y/o jurídicamente responsable de la fracción de campo ubicada en la zona rural de Carmen del Sauce, Departamento Rosario, Provincia de Santa Fe, inscripto Dominio al Tº1108 Fº254 Nº358496 en fecha 13/07/2012 P.I.I.Nº16-14-00 347519/0006-3; lo siguiente: “ARROYO SECO, 12 de Diciembre de 2019 Téngase presente la aclaración efectuada. Por presentado, en el carácter invocado a mérito al poder especial acompañado. Acéptase el domicilio ad litem constituido. Por iniciada demanda de apremio contra STAFFORTE, TERESA ANA. Imprímase a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. Intímese al pago y cítese de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. Cítese a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término y bajo apercibimientos de ley. Al pedido de embargo, previamente ofíciese al BCRA a efectos de que circularice al sistema financiero la orden dirigida a las entidades bancarias, para que informen si la demandada STAFFORTE, TERESA ANA posee fondos depositados en cajas de ahorro y/o depósitos a plazo fijo y/u otras cuentas..” Firmado: Dra. Mariana Carolina Alvarado –Juez- y Dra. Mariana Sabina Cattani -Secretaría--”.

S/C 413978 Mar. 6 Mar. 10

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Por disposición de la Dra. Mariana Carolina Alvarado, Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Fuero Plano de la Decimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco, Provincia de Santa Fe, Secretaría de la Dra. Mariana Sabina Cattani y dentro de los autos caratulados: " COMUNA CARMEN DEL SAUCE C/ LANCIOTTI VICTORIO PEDRO Y OT S/ APREMIO MUNICIPAL 21-22766233-3, se ha dispuesto notificar por edictos a los herederos, legatarios y/o quien resulte propietario y/o jurídicamente responsable de la fracción de campo ubicada en la zona rural de Carmen del Sauce, Departamento Rosario, Provincia de Santa Fe, inscripto Dominio al Tº261 Fº224 Nº109612 y Tº230A Fº589 Nº92868 P.I.I.Nº16-14-00 347700/0000-7; lo siguiente: “COMUNA CARMEN DEL SAUCE C/ LANCIOTTI VICTORIO PEDRO Y OT S/ APREMIO MUNICIPAL 21-22766233-3 Juzg. 1ra. Inst. de Circuito ARROYO SECO, 12 de Diciembre de 2019 Téngase presente la aclaración efectuada. Por presentado, en el carácter invocado a mérito al poder especial acompañado. Acéptase el domicilio ad litem constituido. Por iniciada demanda de apremio contra LANCIOTTI, VICTORIO PEDRO. Imprímase a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. Intímese al pago y cítese de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. Cítese a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término y bajo apercibimientos de ley. Al pedido de embargo, previamente ofíciese al BCRA a efectos de que circularice al sistema financiero la orden dirigida a las entidades bancarias, para que informen si la demandada LANCIOTTI, VICTORIO PEDRO posee fondos depositados en cajas de ahorro y/o depósitos a plazo fijo y/u otras cuentas..” Firmado: Dra. Mariana Carolina Alvarado –Juez- y Dra. Mariana Sabina Cattani -Secretaría--”.

S/C 413979 Mar. 6 Mar. 9

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 18va. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante PALMUCCI TERESA ELENA DNI 5.531.454 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados “PALMUCCI TERESA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ 21-02922631-5. Dra. María Verónica Lara. Rosario, ……. de febrero de 2020.-

$ 45 414572 Mar. 6

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 18va. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante ROSSI ENRIQUETA DNI 0.585.834 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados “ROSSI ENRIQUETA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ 21-02923454-7. Dra. María Verónica Lara. Rosario, ……. de febrero de 2020.-

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 5ta. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Aldo Pascual Netri (DNI: 6.005.522) por un día , para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: “NETRI, ALDO PASCUAL S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ Nº 21-02926101-3) que tramitan por ante la Oficina de Procesos Sucesorios de Rosario. Dra. Vanina C. Grande. Rosario,

$ 45 415734 Mar. 6

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 2da. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los tienes, dejados por la causante AGUILERA, OSVALDO RAFAEL (DNI. 11.273.376) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: AGUILERA OSVALDO RAFAEL s/DECLARATORIA DE HEREDEROS (CUIJ Nº 21-02923202-1). Rosario, 11 de Diciembre de 2019. Dra. Lara, Secretaria.

$ 45 413895 Mar. 06

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 9ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante CHAMAS EDUARDO JULIAN JORGE DNI. 6.043.992 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados “CHAMAS EDUARDO JULIAN JORGE S/Declaratoria de Herederos”, CUIJ 21-02919867-2. Dra. María Verónica Lara, Secretaria. Rosario 20 de diciembre de 2019

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CAÑADA DE GOMEZ

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por medio del presente se hace saber que que por ante el Juzgado de Primera Instancia Civil, -Comercial y Laboral de la Segunda Nominación del Distrito Judicial N° 6 con asiento en la ciudad de Cañada de Gómez y dentro de los autos "GABUTTO EDGARDO JESUS s/ CONCURSO PREVENTIVO" (CUIJ 21-25989372-8) se hace saber que. 1) Se dispuso en fecha 26 de Julio de 2.019 la apertura del concurso preventivo del Sr. EDGARDO JESUS GABUTTO, DNI 22.727.949, con domicilio real en calle Lamadrid 1145 de la ciudad de Las Rosas (Pcia. de Santa Fe), clasificado como clase "B"; 2) Ha sido designado como Sindicatura el C.P. HORACIO LUIS CORLETTA, que aceptó el cargo, constituyó domicilio en calle Moreno 79 of. 12 de Cañada de Gómez, estableció como horarios de atención de Lunes a Viernes de 07,00 a 13,00 y comunicó además el domicilio de calle Zeballos 2017 de Rosario de 14.00 a 18,00 horas.- 3) Se determinó el día 07 de Abril de 2.020 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificaciones de créditos ante la Sindicatura; el día 21 de Mayo de 2.020 para presentación de informes individuales; el día 04 de Julio de 2.020 para la prentación del informe general; el día 19 de Febrero de 2.021 como fecha hast la cual se ext derá el período de exclusividad de la concursada preceptuado por el Art 45 de la L.C.Q.; el d 23 de Diciembre de 2.020 para que se haga pública la propuesta y el día 12 de Febrero de 2.020 a las 10.00 horas para la celebración de la audiencia informativa prevista en el Artículo 45 de la L.C.Q..

$ 250 416753 Mar. 6 Mar. 12

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MELINCUE

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 8va. Nominación de la localidad de Melincué, a cargo del Dr. Alejandro Héctor Lanata (Juez), Secretaría a cargo de la Dra. Luciana P. Parenti, en los autos caratulados: “Boidi, Nelso Onesto s/Declaratoria de Herederos - Sucesión" (CUIJ 21-26467689-1; Expte Nº 638/2019), se cita y emplaza por el término de ley, a herederos, acreedores y legatarios de Don Boidi Nelso Onesto, DNI Nº 6.124.783, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos.- Secretaría. Melincué, Febrero de 2020. -

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Por disposición de la señora Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 8 en lo Civil, Comercial y Laboral de Melincué, se llama a herederos, acreedores y legatarios de don ROMERO, MIGUEL ANGEL, D.N.I. Nº 12.055.259, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos en el término de ley. Autos “ROMERO, MIGUEL ANGEL S/ SUCESION” (C.U.I.J. Nº 21-26468327-8- AÑO 2019). Melincué,

$ 45 415634 Mar. 6 Mar. 10





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