picture_as_pdf 2020-03-05

JUZGADO LABORALES


POR DISPOSICION DEL SR. JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO Nº1 EN LO LABORAL DE LA 2DA. NOM. (SAN MARTIN Nº2651P.A.) DE ESTA CIUDAD DE SANTA FE, SE HACE SABER QUE EN LOS AUTOS CARATULADOS: “MARTINEZ, ROBERTO ISMAEL C/ APRILE, ALBINO DANIEL Y OTROS S/ C.P.L.” (EX. Nº 733 AÑO 2007), SE HA DISPUESTO: SANTA FE, 30 DE DICIEMBRE DE 2019.- AGRÉGUESE. ATENTO LO SOLICITADO, PARA QUE TENGA LUGAR EL SORTEO DE UN DEFENSOR AD-HOC, FÍJESE FECHA PARA EL DÍA 09/03/2020 A LAS 12.00 HORAS. NOTIFÍQUESE POR EDICTOS POR EL TÉRMINO DE LEY. NOTIFÍQUESE POR CÉDULA.- Fdo. Fdo. DAVIS M. SUASNABAR (JUEZ) DIEGO ROMERO (SECRETARIO). SANTA FE 7 DE FEBRERO DE 2020.-

S/C 414579 Mar. 5 Mar. 9

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Juzgado de Primera Instancia


Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios – Primera Circunscripción Judicial (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 9º Nominación), en autos caratulados ROBLEDO, FRANCISCO CESAR S/SUCESORIO (OPS) (CUIJ. Nº 21-02017410-9,) se cita, se llama y se emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de FRANCISCO CESAR ROBLEDO, DNI N° 11.911.651, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Fdo. Dra. CLAUDIA SANCHEZ Secretaria. DR. JOSÉ IGNACIO LIZASOAIN Juez. SANTA FE, DE 2019.

$ 45 415357 Mar. 5

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Por estar así dispuesto en los autos caratulados “Villanueva Fernando Antonio s/Quiebra” Expte. N° 21-01999986-3, que se tramita por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber a los señores acreedores que se ha puesto de manifiesto el INFORME FINAL Y DISTRIBUCIÓN presentado por la Sindicatura conforme a lo previsto en el Art. 218 de la Ley 24.522 (LCQ). Firmado: Dra. Viviana E. Marín, Jueza; Dra. María Romina Botto, Secretaria.

S/C 415004 Mar. 5 Mar. 6

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Por estar así dispuesto en los autos caratulados “Díaz Jaquelina Georgina s/Quiebra” Expte. N° 21-01991256-3, que se tramita por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber a los señores acreedores que se ha puesto de manifiesto el INFORME FINAL Y DISTRIBUCIÓN presentado por la Sindicatura conforme a lo previsto en el Art. 218 de la Ley 24.522 (LCQ). Firmado: Dra. Viviana E. Marín, Jueza; Dra. María Romina Botto, Secretaria.

S/C 415465 Mar. 5 Mar. 6

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Por estar así dispuesto en los autos caratulados “Franco Liliana s/Quiebra” Expte. N° 21-01993925-9, que se tramita por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber a los señores acreedores que se ha puesto de manifiesto el INFORME FINAL Y DISTRIBUCIÓN presentado por la Sindicatura conforme a lo previsto en el Art. 218 de la Ley 24.522 (LCQ). Firmado: Dra. Viviana E. Marín, Jueza; Dra. María Romina Botto, Secretaria.

S/C 415005 Mar. 5 Mar. 6

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Por encontrarse dispuesto en los autos caratulados “MORZAN, LORENA ELISABET s/ Solicitud de Propia Quiebra” (CUIJ Nº 21-01995107-0), en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nº 1 de la ciudad de Santa Fe, a cargo de Dr. Gabriel O. Abad, Juez, y Dra. Verónica Toloza, Secretaria, se hace saber por dos (02) días, publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe, que se ha presentado el Informe Final, el Proyecto de Distribución de Fondos y la regulación de honorarios de los profesionales intervinientes según se detalla: CPN Oscar L. Vassoler $ 89.187,99, Dra. Claudia Verónica Martinez $ 19.111,72, y Dr. Ricardo Fabián Villalba $ 19.111,72 (Art. 218 LCQ). Santa Fe, 12 de Febrero de 2020 - Dra. Verónica Toloza, Secretaria.

$ 192 416454 Mar. 5 Mar. 6

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Por encontrarse dispuesto en los autos caratulados “BUGNON, LUCIANO EDGARDO s/ Quiebra” (CUIJ Nº 21-01997033-4), en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nº 1 de la ciudad de Santa Fe, a cargo de Juez a Cargo y Dra. Verónica Toloza, Secretaria, se hace saber por dos (02) días, publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe, que se ha presentado el Informe Final, el Proyecto de Distribución de Fondos y la regulación de honorarios de los profesionales intervinientes según se detalla: CPN Oscar L. Vassoler $ 89.187,99 y Dr. José Alberto Escher $ 38.223,43 (Art. 218 LCQ). Santa Fe, 26 de Febrero de 2020 – Dra. Natalia GERARD - Prosecretaria

$ 192 416456 Mar. 5 Mar. 6

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De acuerdo a lo dispuesto en Decreto de fecha 12 de Febrero de 2020, en Resolución de fecha 09 de Octubre de 2019, en Resolución de fecha 28 de Noviembre de 2019 y en Resolución de fecha 27 de Diciembre de 2019 por el Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de Santa Fe del Distrito Judicial Nro. 1, se hace saber que en autos caratulados "RIVERO, LILIANA TERESITA S/ SOLICITUD DE PROPIA QUIEBRA” (CUIJ 21-01996881-9), se ha presentado el Informe Final y Proyecto de Distribución Final, y se regularon los honorarios de primera instancia, ordenándose la publicación de edictos por dos días conforme lo exige el art. 218 de la L.C.Q..-

El Decreto que ordena la presente medida , en lo pertinente dice: ¨ SANTA FE, 12 de Febrero de 2020 Proveyendo escrito cargo nº 717: Téngase presente lo manifestado. Por formulado proyecto de distribución acompañado a fs. 108. De manifiesto por el termino de ley. Publíquense edictos de conformidad con lo dispuesto por el art. 218 de la LCQ. Notifíquese. FDO. Dr. IVAN DI CHIAZZA – Juez - Dra. MARIANA NELLI – Secretaria.- La Resolución de regulación de honorarios, en lo pertinente dice: ¨Santa Fe, 09 de Octubre de 2019. Y Vistos: … Considerando: … Resuelvo: Fijar los honorarios totales en la suma de $105.298,70, equivalente a un sueldo de Secretario de primera instancia, a distribuir en la siguiente proporción: 1º) $73.709,09 (pesos sesenta y tres mil setecientos ochenta y dos con ochenta y ocho centavos) para el CPN Piumetti Daniel F. y 2°) $31.589,61 (pesos veintisiete mil trescientos treinta y cinco con cincuenta y dos centavos) (9,480789 Jus), para el Dr. Berlanga Norberto Francisco J. Vista a la Caja Forense y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas. A tales fines, autorízase por el suscripto el retiro de los autos originales, previa constancia del mismo. FDO. Dr. IVAN DI CHIAZZA – Juez - Dra. MARIANA NELLI – Secretaria.- La Resolución del 28 de Noviembre de 2019, en lo pertinente dice: ¨Santa Fe, 28 de Noviembre de 2019. Autos y Vistos: … Resulta: … Considerando: … Resuelvo: Dejar debidamente aclarado que los honorarios establecidos por la resolución de fecha 09/10/2019 (fs. 78/79 vto) al Dr. Berlanga Norberto Francisco J, deben ser considerados regulados en conjunto y proporción de ley junto con la Dra. Macon Veronica Elisabet. Córrase vista a la Caja Forense. Insértese, agréguese, hágase saber. FDO. Dr. IVAN DI CHIAZZA – Juez - Dra. MARIANA NELLI – Secretaria.- La Resolución del 27 de Diciembre de 2019, en lo pertinente dice: Santa Fe, 27 de Diciembre de 2019. Autos y Vistos: … Resulta: … Considerando: … Resuelvo: Hacer lugar al recurso que antecede y en consecuencia dejar debidamente aclarado que el monto de los honorarios regulados a los profesionales actuantes en autos se actualizan en la suma de $115.828,56, a distribuir de la siguiente manera: $81.079,99 para el CPN Pimetti Daniel; y para los apoderados de la fallida la suma de $34.748,57 que serán distribuidos de la siguiente manera: $6.949,71 para la Dra. Macon Verónica Elisabet y $27.798,85 para le Dr. Berlanga Norberto Francisco J. Insértese, agréguese, hágase saber. FDO. Dr. IVAN DI CHIAZZA – Juez - Dra. MARIANA NELLI – Secretaria.-

Si no se formulan observaciones dentro de los diez días siguientes, se darán por aprobados.-

Santa Fe, 17 de Febrero de 2020.-

s/c 415359 Mar. 5 Mar. 6

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De acuerdo a lo dispuesto en Decreto de fecha 21 de Febrero de 2020 y en Resolución de fecha 10 de Febrero de 2020 por el Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de Santa Fe del Distrito Judicial Nro. 1, se hace saber que en autos caratulados " BRACAMONTE, VIVIANA BEATRIZ S/ QUIEBRA” (CUIJ 21-01999391-1), se ha presentado el Informe Final y Proyecto de Distribución Final, y se regularon los honorarios de primera instancia, ordenándose la publicación de edictos por dos días conforme lo exige el art. 218 de la L.C.Q..- El Decreto que ordena la presente medida , en lo pertinente dice: ¨SANTA FE, 21 de Febrero de 2020 Proveyendo escrito cargo nº 1225: Téngase presente lo manifestado. Por formulado proyecto de distribución acompañado a fs. 82. De manifiesto por el termino de ley. Publiquense edictos de conformidad con lo dispuesto por el art. 218 de la LCQ. Notifiquese. FDO. Dr. IVAN DI CHIAZZA – Juez - Dra. MARIANA NELLI – Secretaria.- La Resolución de regulación de honorarios, en lo pertinente dice: ¨Santa Fe, 10 de Febrero de 2020. Y Vistos: … Considerando: … Resuelvo: Fijar los honorarios totales en la suma de $140.152,57, equivalente a un sueldo de Secretario de primera instancia, a distribuir en la siguiente proporción: 1º) $98.106,80 (pesos noventa y ocho mil ciento seis con ochenta centavos) para el CPN DANIEL F. PIUMETTI y 2°) $42.045,77 (pesos cuarenta y dos mil cuarenta y cinco con setenta y siete centavos) (10,4288460 Jus), para la Dra. MORENO GISELA VERONICA. Vista a la Caja Forense y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas. A tales fines, autorízase por el suscripto el retiro de los autos originales, previa constancia del mismo. Expídase copia, insértese y hágase saber.- FDO. Dr. IVAN DI CHIAZZA – Juez - Dra. MARIANA NELLI – Secretaria.- Si no se formulan observaciones dentro de los diez días siguientes, se darán por aprobados.-

Santa Fe, 27 de Febrero de 2020.-

S/C 416499 Mar. 5 Mar. 6

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De acuerdo a lo dispuesto en Decreto de fecha 14 de Febrero de 2020 y en Resolución de fecha 09 de Octubre de 2019 por el Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de Santa Fe del Distrito Judicial Nro. 1, se hace saber que en autos caratulados “MARTINEZ, ELENA SILVIA S/ QUIEBRA” CUIJ 21-01983989-0, se ha presentado el Informe Final y Proyecto de Distribución Final, y se regularon los honorarios de primera instancia, ordenándose la publicación de edictos por dos días conforme lo exige el art. 218 de la L.C.Q..- El Decreto que ordena la presente medida , en lo pertinente dice: ¨SANTA FE, 14 de Febrero de 2020 Proveyendo escrito cargo N°902/20: Agréguense y téngase presente lo manifestado. Por formulado proyecto de distribución acompañado a fs. 223. De manifiesto por el termino de ley. Publiquense edictos de conformidad con lo dispuesto por el art. 218 de la LCQ. Notifiquese.- FDO. Dr. IVAN DI CHIAZZA – Juez - Dra. MARIANA NELLI – Secretaria.- La Resolución de regulación de honorarios, en lo pertinente dice: ¨Santa Fe, 09 de Octubre de 2019. Y Vistos: … Considerando: … Resuelvo: Fijar los honorarios totales en la suma de $105.298,70, equivalente a un sueldo de Secretario de primera instancia, a distribuir en la siguiente proporción: 1º) $73.709,09 (pesos sesenta y tres mil setecientos ochenta y dos con ochenta y ocho centavos) para el CPN Daniel Francisco Piumetti y 2°) $31.589,61 (pesos veintisiete mil trescientos treinta y cinco con cincuenta y dos centavos) (9,480789 Jus), para el Dr. Ruben Gabriel Villanueva. Vista a la Caja Forense y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas. A tales fines, autorízase por el suscripto el retiro de los autos originales, previa constancia del mismo. Expídase copia, insértese y hágase saber.-. FDO. Dr. IVAN DI CHIAZZA – Juez - Dra. MARIANA NELLI – Secretaria.-

Si no se formulan observaciones dentro de los diez días siguientes, se darán por aprobados.-

Santa Fe, 19 de Febrero de 2020.-

S/C 416117 Mar. 5 Mar. 6

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Por encontrarse dispuesto en los autos caratulados: “RUIZ, CECILIA ANDREA S/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA” (CUIJ 21-02001433-1), que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la ciudad de Santa Fe Secretaria de la autorizante Dra. Mariana Nelli, se hace saber por 2 (dos) días, publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe, que se ha presentado el Proyecto de Distribución de Fondos, de acuerdo a lo establecido por el art. 218 de la Ley 24.522. Asimismo, que se han regulado los honorarios de la C.P.N. María Elena de los M. Sabater (Síndica) en la suma de $ 81.079,99 y los del Dr. Norberto F. J. Berlanga (apoderado fallida), en la suma de $ 34.748,57.- A continuación se transcribe la parte pertinente del decreto que así lo ordena: “SANTA FE, 07 de Febrero de 2020.-… Proveyendo escrito cargo Nº 461/20: Agréguense….se provee: Por formulado proyecto de distribución acompañado a fs. 183/184. De manifiesto por el término de ley. Publíquense edictos de conformidad con lo dispuesto por el art. 218 de la L.C.Q. Notifíquese”. Fdo. Dr. Ivan Di Chiazza. Juez Dra. Mariana Nelli. Secretaria.- Santa Fe. Sin cargo Ley 24.522 (L.C.Q.).

S/C 414920 Mar. 5 Mar. 6

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 3º Nominación de la ciudad de Santa Fe) en autos caratulados “MORLA CARLOS ALBERTO S/ SUCESORIO” Expte. CUIJ N° 21-02017098-8, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios del causante don Carlos Alberto MORLA, D.N.I. M6.234.416, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Fdo.: Dra. María Esther Mazzarello (Secretaria).- Santa Fe, . de 2019.-

$ 45 414655 Mar. 5

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1º Nominación de la ciudad de Santa Fe) en autos caratulados “BARONE, AMANDA OLGA Y OTROS S/ SUCESORIO” Expte. CUIJ N° 21-02017097-9, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios del causante doña Amanda Olga BARONE, D.N.I. F5.116.637, y de don Juan Carlos GIULIONI, D.N.I. M6.256.156, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Fdo.: Dra. María Esther Mazzarello (Secretaria).- Santa Fe,. de 2020.-

$ 45 415455 Mar. 5

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Por disposición de la Señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre (Santa Fe), Dra. C. Patricia González Broin, Secretaría de la Dra. María Laura Savignano, se le hace saber que dentro de los autos caratulados MUNICIPALIDAD SASTRE Y ORTIZ c/TORASSA, HUGO ALFONSO Y MENSI, GUSTAVO HUGO s/Apremio (CUIJ: 21-24393024-0) se ha ordenado lo siguiente: Sastre, 12 de junio de 2019. Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado, en mérito al poder que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida demanda de apremio (Ley N° 5066) contra Hugo Alfonso Torassa D.N.I. 6.288.693 y/o contra Gustavo Hugo Mensi D.N.I. 16.459.502 y/o quien resulte titular de dominio y/o quien resulte jurídicamente responsable del inmueble rural partida municipal 0025620926 y partida inmobiliaria 12 03 00 160401/0000-6, y cuyo Dominio consta inscripto en el Registro General de la Propiedad de Santa Fe, al Tomo: 145 par. Folio 817, Número: 22672, Fecha 09/08/1978; y al Tomo: 195 par, Folio 983, Número: 68599, Fecha 23/10/1992. Departamento San Martín; por el cobro de la suma de $ 11.956,62 en concepto de Tasas Rural, con más intereses y costas. Cítese de remate a la ejecutada, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución e intímase al accionado para que abone dicha suma con más la de $ 5.978,31, que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución; a tales efectos, publíquese edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley N° 506& Trábese embargo sobre el inmueble denunciado propiedad del demandado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades da ley, en la formal con las autorizaciones peticionadas. Agréguese a autos la documental acompañada. A lo demás: Oportunamente, en su caso. Notifiquen Mussano y Veccioni. Notifíquese. – Fdo.: Dra. María Laura Savignano (Secretaria) - Dra. Patricia González Broin (Jueza). - Sastre, 2 de octubre de 2019 – María laura savignano, Secretaria.

$ 52,50 414621 Mar. 5

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Por disposición de la Señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre (Santa Fe), Dra. C. Patricia González Broin, Secretaría de la Dra. María Laura Savignano, se le hace saber que dentro de los autos caratulados MUNICIPALIDAD SASTRE Y ORTIZ c/MERETTA, OMAR AMBROSIO JUAN s/Apremio (CUIJ: 21-24393006-2) se ha ordenado lo siguiente: Sastre, 11 de junio 2019. Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado, en mérito al poder que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida demanda de apremio (Ley N° 5066) contra Omar Ambrosio Juan Meretta D.N.I. 10.721.911 y/o quien resulte titular de dominio y/o quien resulte jurídicamente responsable del inmueble rural partida municipal 0027080060 y partida inmobiliaria 12 03 00 160403/0001-3, y cuyo Dominio consta inscripto en el Registro General de la Propiedad de Santa Fe, al Tomo: 232 Impar, Folio 725, Número: 47243, Fecha 20/4/2004, Departamento San Martín; por el cobro de la suma de $ 3.174,22 en concepto de Tasas Rural, con más intereses y costas. Cítese de remate a la ejecutada, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución e intímase al accionado para que abone dicha suma con más la de $ 1.587,11 que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución; a tales efectos, publíquese edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley 5066. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado propiedad del demandado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese a autos la documental acompañada. A lo demás: Oportunamente, en su caso. Notifiquen Mussano y/o Vecchioni. -Notifíquese. – Fdo.: Dra. María Laura Savignano (Secretaria) - Dra. C. Patricia Gonzáles Broin, (Jueza). - Sastre, 2 de octubre de 2019 – María Laura Savignano, Secretaria.

$ 52,50 414601 Mar. 5

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito Nº 24 de la ciudad de San Carlos Centro, en los autos caratulados: FERREYRA, CAROLINA LORENA c/BAEZ, RAMÓN ALEJANDRO y BAEZ, FRANCISCO ADRIÁN s/Juido Ejecutivo” (CUIJ Nº 21-25107769-7), se hace saber a los Sres. Ramón Alejandro Báez (D.N.I. Nº 37.220.585) y Francisco Adrián Báez (D.N.I. Nº 28.553.876), que con fecha 25.10.18 se tiene por entablada en su contra demanda de Juicio Ejecutivo, por el cobro de la suma de $ 27.300 (pesos veintisiete mil trescientos) con más sus intereses y costas. Cítese y emplácese a la demandada para que dentro del término de 10 días, comparezcan a estar a derecho bajo apercibimientos de ley. Notifíquese. - Fdo.: Marini (Juez) - Maydana (Secretaria). — San Carlos Centro, 7 de Febrero de 2020.

$ 33 414833 Mar. 5 Mar. 9

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito Nº 24 de la ciudad de San Carlos Centro, en los autos caratulados: “FERREYRA, CAROLINA LORENA c/PAEZ, DIEGO LEONARDO Y OTROS s/Juicios Ejecutivos” (CUIJ Nº 21-25108294-1), se hace saber al Sr. Diego Leonardo Páez (D.N.I. Nº 30.265.233), que con fecha 27.06.19 se tiene por entablada en su contra demanda de Juicio Ejecutivo, por el cobro de la suma de $ 36.975 (pesos treinta y seis mil novecientos setenta y cinco.-) con más sus intereses y costas. Cítese y emplácese a la parte demandada para que dentro del término de 10 días comparezca a estar derecho bajo apercibimientos de ley, hágase saber a las partes que pueden someter la cuestión litigiosa a ventilarse en la presente causa a Mediación “Voluntaria y Gratuita”, conforme el Reglamento aprobado en el acta Nº 30 punto 17, del Acuerdo de la Excma. Corte Suprema de Justicia del 29/08/95, pudiendo las partes, en ese caso, convenir la suspensión de términos en la forma autorizada por el CPC y C, con constancia para los autos. Notifíquese. - Fdo.: Marini (Juez) – Fertonani (Secretaria). – San Carlos Centro, 7 de Febrero de 2020. – Silvana Fertonani, Secretaria.

$ 33 414834 Mar. 5 Mar. 9

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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 19, en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Esperanza, Prov. de Santa Fe, se hace saber que, en los autos caratulados: PÉREZ DARÍO DANIEL c/LASTRA RICARDO MIGUEL s/Laboral – Accid. y/o Enfermedad” Expte. 1100/2017 CUIJ 21-26296253-6, se ha ordenado que se cite y emplace a los herederos y/o sucesores de Ricardo Miguel Lastra D.N.I. 11.426.121, para que comparezcan a estar a derecho conforme el decreto que lo ordena: Esperanza, 16 de Diciembre de 2019. Agréguese. Atento al oficio acompañado y constancia de autos, conforme lo establecido en el Art. 597 del CPCC de aplicación supletoria, cítese y emplácese a los herederos y/o sucesores de Ricardo Miguel Lastra, para que comparezcan a estar a derecho, por Edictos que se publicarán por el término de ley en el Boletín Oficial y se exhibirán en el lugar que al efecto ha habilitado la Corte Suprema de Justicia de la Provincia en esos Juzgados, bajo apercibimientos de ley. Notifíquese. - Fdo. Dra. Gisela Gatti, Secretaría - Dra. M. Victoria Acosta, Juez a/c. Lo que se publica a sus efectos legales en el Boletín Oficial. Esperanza, 5 de febrero de 2020 – Julia Fascendini, Prosecretaria.

S/C 414546 Mar. 5 Mar. 9

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 18 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Justo (Sta. Fe), Secretaría de la autorizante, se ha dispuesto en los autos caratulados CUADERNO DE PRUEBA DEL ACTOR en autos: LUPPI, JORGE ALEJANDRO c/GÓMEZ, MIGUEL ORACIO Y OTROS s/Ordinario. CUIJ: 21-26178807-9/1, que tramitan por ante el mencionado Juzgado, notificar por Edicto al señor Juan José Elorza, los siguientes decretos: San Justo, 12 de Diciembre de 2019.- Agréguese.- Téngase presente lo informado respecto al domicilio del Sr. Juan José Elorza. Como lo solicita, procédase a la notificación por medio de edictos conforme lo normado por el Art. 73 del CPCC. Nortifíquese. - Firmado: Dra. María Alejandra Gioda, Secretaria; Dra. Adriana Lorena Benítez, Jueza. – San Justo, 26 de Diciembre de 2019. Téngase presente. Atento lo manifestado y a los mismos fines que la anterior, para que tenga lugar la absolución de posiciones y el reconocimiento de documental por parte de Juan José Elorza, señálese nueva fecha de audiencia para el día 20 de Mayo de 2020 a las 10:00 hs y 10:15 hs. Cíteselo con transcripción de las disposiciones legales pertinentes. Hágase saber que el expediente deberá encontrarse en este Juzgado 3 días antes de la fecha de audiencia fijada. Notifíquese. - Firmado: Dra. Cintia Daniela Lo Presti; Prosecretaria - Dra. Adriana Lorena Benítez, Jueza.

Código Proc. Civ. y Com. Art. 162: Solicitada la absolución de posiciones, se decretará día y hora de audiencia y el apercibimiento de que si el citado no compareciera sin justa causa o no concurriere a la que nuevamente se determine cuando ésta exista o sí compareciendo se negare a declarar, será tenido por confeso en la sentencia. ...”

Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial.- San Justo, 4 de Febrero de 2020.

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia del Distrito N° 18 en lo Civil, Comercial y Laboral, de la ciudad de San Justo, se hace saber que en los autos: GAITAN, GONZALO HERNÁN s/Quiebra (CUIJ Nº 21-26185566-3) se ha dispuesto: 1: Declarar la quiebra de Gonzalo Hernán Gaitan, D.N.I. Nº 33.111.719, con domicilio en calle Enrique Rodríguez Nº 2733 y a los efectos legales en calle Francisco Angeloni N° 2785 ambos de esta ciudad de San Justo, provincia de Santa Fe. 3) Ordenar al fallido y a terceros la entrega al Síndico de los bienes de pertenencia del primero. Intimar al deudor para: a) que entregue a Sindicatura, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad; b) que cumpla con los requisitos del artículo 86 Ley 24.522 en el plazo de ley. 4) Ordenar la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo el apercibimiento de ser ineficaces, excepto salario con las especificaciones del párrafo 12) Disponer la intercepción de la correspondencia, la que será entregada al Síndico a los efectos del artículo 114 de la ley 24.522. 8) Fijar hasta el día 13 de Marzo de 2020 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el artículo 200. El día siguiente hábil al vencimiento del plazo, la Sindicatura presentará la lista de los peticionantes, y copia simple de la demanda verificatoria. Firmado: Dra. Adriana Lorena Benítez - Jueza; Dra. María Alejandra Gioda - Secretaria. Secretaría, 5 de Febrero de 2020.

S/C 414212 Mar. 5 Mar. 11

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Por disposición de la Dra. Lilian Insaurralde, Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial en lo Civil, Comercia, Laboral y de Familia N° 20 de la ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe, se hace saber que en autos caratulados IGLESIAS, LUISA ALEJANDRA s/Quiebra - (CUIJ: 21-26168951-8), por resolución de fecha 12 de noviembre de 2019 se ha resuelto: (...) 1) Declarar la Quiebra (arts. 288 y 289, ley 24.522) de la señora Iglesias, Luisa Alejandra; D.N.I. N° 17.111.592, argentina, mayor de edad, empleada del Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe; con domicilio real en calle Moreno N° 1724, y domicilio procesal en calle Gral. López esquina Lavalle, ambos de esta ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe.(...), 3) Ordenar al fallido como así también a terceros para que en el término de 48 horas de su designación, entreguen al Síndico todos los bienes de pertenencia del primero. Intimar al deudor para: a) que entregue a la Sindicatura, dentro de las 24 hs de que aquél acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad (Art. 88 inc. 4 LCQ); b) Intimar al fallido para que en el término de diez días contados a partir de la presente resolución, de cumplimiento a lo dispuesto por el art. 86 de la Ley 24.522. 4) Prohibir hacer pagos al fallido, los que de realizarse se reputarán ineficaces (...). OTRA RESOLUCIÓN: por resolución de fecha 07 de Febrero de 2020 se ha resuelto reprogramar las fechas: AUTOS Y VISTOS:... RESULTA:... CONSIDERANDO:... RESUELVO: I) Fijar hasta el día 6 de abril de 2020 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado) como plazo dentro del cual los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el art. 200 y 32 de la L.C.Q. II) Señalar entre los días 7 de abril de 2020 y 22 de abril de 2020 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado), el Período de Observación e Impugnaciones (Art. 34 y 200). ID) Para que el Síndico presente al Juzgado un informe Individual (Art. 35 L.C.Q.) de cada solicitud de verificación en particular, señálese el día 22 de mayo de 2020 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado) y para que presente el Informe General (Art. 39 L.C.Q.), el día 8 de julio de 2020 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado), haciéndole saber explícitamente que antes de la fecha de presentación de los informes individuales deberán estar debidamente diligenciados todos los oficios requeridos. IV) Ordenar las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento de lo dispuesto por el art. 103 de la Ley 24.522, haciéndose saber que conforme dicha disposición el fallido no podrá ausentarse del país hasta la presentación del informe general, el cual deberá cumplimentarse el día 8 de julio de 2020 (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado). Sin perjuicio de ello, la suscripta se reserva la facultad que le confiere el mencionado artículo, de extender tal prohibición hasta seis meses más. A tales fines, ofíciese a la Policía Federal, Oficinas de Migraciones del Ministerio del Interior y autoridades de control de fronteras (Gendarmería Nacional y Prefectura Naval Argentina). V) Publíquense los edictos de ley, con las nuevas fechas. VI) Insértese el original, agréguese copia y hágase saber. Fdo.: Dra. Lilian Insaurralde, Juez. - Dra. Silvina Demboryniski, Secretaria. El Síndico designado en autos es el CPN Cibils, José Octavio, con domicilio constituido en calle Libertad 1707 de la ciudad de San Javier, fijando horario de atención los días lunes a viernes de 9 a 12 y de 17 a 20 horas. Lo que se publica a los efectos legales y por el término de ley en el Boletín Oficial, medio gráfico, radial y espacio destinado a tal fin. – Silvina Demboryniski, Secretaria.

S/C 414536 Mar. 5 Mar. 11

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Por disposición de la Dra. Lilian M. T. Insaurralde, Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 20 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe, se hace saber, que en autos caratulados: GONZÁLEZ, YAMILA MARÍA ITATI s/Quiebra - (CUIJ 21-26168986-0), por resolución de fecha 12 de noviembre de 2019 de ha resuelto: (...) 1) Declarar la quiebra (arts.288 y 289, ley 24.522) de la Señora Yamila María Itatí González, D.N.I. Nº 37.407.568; CUIL Nº 27-37407568-9 argentina, mayor de edad, empleada en el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe; con domicilio real en calle Lavalle 2038 y procesal en calle Gral. López N° 790, ambos de la ciudad de San Javier (...) 3) Ordenar a la fallida, como así también a terceros para que en el término de 48 horas de su designación, entreguen al Síndico todos los bienes de pertenencia de la primera. Intimar al deudor para : a) que entregue a la Sindicatura, dentro de las 24 horas de que aquél acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad (Art. 88 inc. 4 LCQ); b) Intimar al fallido para que en el término de diez días contados a partir de la presente resolución, de cumplimiento a lo dispuesto por el art. 86 de la Ley 24.522; 4) Prohibir hacer pagos a la fallida, los que de realizarse se reputarán ineficaces; (...) 9) Fijar hasta el día ... inclusive (o el día hábil inmediato posterior) como último plazo para que todos los acreedores por causa o título anterior a la presentación y sus garantes, formulen al Sindico los pedidos de verificación de sus créditos con arreglo a lo dispuesto por los art. 32 y 200 L.C.Q. Otra Resolución: por resolución de fecha 07 de febrero de 2020 se ha resuelto: AUTOS Y VISTOS:... RESULTA:... CONSIDERANDO:... RESUELVO: I) Fijar hasta el día lunes 6 de abril de 2020 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado) como plazo dentro del cual los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el art. 200 y 32 de la L.C.Q. II) Señalar entre los días martes 7 de abril de 2020 y miércoles 22 de abril de 2020 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado), el Período de Observación e Impugnaciones (Art. 34 y 200). III) Para que el Síndico presente al Juzgado un Informe Individual (Art. 35 L.C.Q.) de cada solicitud de verificación en particular, señálese el día viernes 22 de mayo de 2020 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado) y para que presente el Informe General (Art. 39 L.C.Q.), el día miércoles 8 de julio de 2020 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado), haciéndole saber explícitamente que antes de la fecha de presentación de los informes individuales deberán estar debidamente diligenciados todos los oficios requeridos. IV) Ordenar las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento de lo dispuesto por el art. 103 de la Ley 24.522, haciéndose saber que conforme dicha disposición el fallido no podrá ausentarse del país hasta la presentación del informe general, el cual deberá cumplimentarse el día miércoles 8 de julio de 2020 (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado). Sin perjuicio de ello, la suscripta se reserva la facultad que le confiere el mencionado artículo, de extender tal prohibición hasta seis meses más. A tales fines, ofíciese a la Policía Federal, Oficinas de Migraciones del Ministerio del Interior y autoridades de control de fronteras (Gendarmería Nacional y Prefectura Naval Argentina). V) Ordenar a la Sindicatura que dentro del plazo de cinco días de dicha aceptación, acredite la publicación de edictos por el término de ley, en el Boletín Oficial y Hall de este Juzgado y proceda a publicarlos en un medio gráfico (acompañando ejemplar de la publicación en idénticas condiciones que el Boletín Oficial) y radial (con factura detallando fechas y horarios de publicación) debiendo optar por los de mayor difusión en el ámbito local (art. 89 LCQ.). Asimismo y como forma complementaria de la publicación de edictos el Síndico deberá acreditar la notificación por medio fehaciente a los acreedores denunciados por el fallido, en los domicilios que corresponda; ello a los fines de morigerar el peligro de la notificación automática y compatibilizar una más acelerada y económica tramitación de la causa con el Derecho de Defensa. (“Algunos Principios Procesales Concursales” por Ricardo Prono). La publicación de edictos contemplada por el artículo 89 de la ley concursal es necesaria a los fines de oponer la quiebra erga omnes y tiene carácter de emplazamiento, para que los acreedores se presenten a verificar sus créditos. V) Insértese el original, agréguese copia y hágase saber. VI) Insértese el original, agréguese copia y hágase saber. La Sindica designada en autos es la CPN Adriana De Los Milagros Torres, con domicilio constituido en calle Libertad Nº 1707 de San Javier, fijando horario de atención los días lunes a viernes de 9:00 a 12:00 hs., y de 17:00 a 20:00 hs.

Lo que se publica a los efectos legales y por el término de ley en el Boletín Oficial y espacio destinado a tal fin.

S/C 414535 Mar. 5 Mar. 11

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RAFAELA

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jUZGADO CIVIL, COMERCIAL

T DEL TRABAJO


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Rafaela, en autos: Expte. CUIJ N° 21-24194733-2 Año 2019 RAMOS, EMILIO RUBÉN s/Sucesorio, se cita y emplaza a acreedores, legatarios y herederos de Ramos Emilio Rubén, D.N.I. 8.322.685, cuyo último domicilio es en calle F. Alem Nº 1149 de la ciudad de Sunchales y fallecido el 19/05/2019, para que dentro del término de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos bajo apercibimientos de ley. Sucesorio iniciado por Dra. Luciana Paredes. Publicaciones por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y conforme artículo 2340 C.C.C., por 1 vez en 30 días. Rafaela, 7 de Febrero de 2020. Dr. García, Prosecretario.

$ 45 414545 Mar. 5