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EL PATO S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


Por así dispuesto en los autos caratulados “El Pato S.R.L. s/Designación de Autoridades y Modificación al Contrato- Expte. 2991/19” de trámite ante el Registro Público de Comercio, se hace saber:

Desafectar como socio gerente al señor Ricardo Alesio Rossi. Quedando la redacción definitiva de la clausula quinta del contrato social de la siguiente manera:

QUINTO: La administración, representación legal y uso de la firma social estará a cargo del socio Alesio Germán Rossi, adquiriendo el carácter de socio gerente. En tal carácter, tienen todas las facultades y atribuciones para administrar y disponer de los bienes, incluso aquellas para los cuales la ley requiere de poderes especiales conforme al art. 1881 del Código Civil. Puede en consecuencia celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos jurídicos que tengan relación con el objeto social, realizar todo tipo de operatorias o contrataciones con los Bancos y las Entidades Financieras, otorgar fianzas o garantías por la sociedad siempre que tengan relación de accesoriedad con la actividad propia del giro social y otorgar poderes con el objeto y en la extensión que se considere conveniente. Santa Fe, febrero 2020.

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TERRA OBRAS CIVILES Y ARQUITECTURA S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Primera Nominación de Venado Tuerto, a cargo de la Jueza Dra. María Celeste Rosso, Secretaría de la Dra. Subrogante María Julia Petracco, en los autos “TERRA OBRAS CIVILES Y ARQUITECTURA S.R.L. S/MODIFICACION CLAUSULA SEGUNDA – TERCERA – QUINTA Y SEXTA¨ Expte. Nro. 683/2019, se dispuso aprobar la Cesión de Cuotas Sociales, Cambio del Domicilio Legal, Aumento del Capital Social, Prórroga de Duración del Contrato Social y Adecuación al Nuevo Código Civil y Comercial por Resolución de Fecha 06/02/2020, que a continuación se resume:

1) Cesión de Cuotas Sociales: El señor WALTER LUIS MARÍA VIVES SERRA, denominado “el cedente”, vende, cede y transfiere a los señores CLAUDIO GUSTAVO REATO y ERNESTO GABRIEL RAPOSO, denominados “los cesionarias”, la cantidad de quinientas (500) cuotas sociales que representan el cincuenta por ciento (50 %) del capital social de ¨TERRA OBRAS CIVILES Y ARQUITECTURA S.R.L.”, en las siguientes proporciones: a Claudio Gustavo Reato cuatrocientas (400) cuotas sociales y a Ernesto Gabriel Raposo cien (100) cuotas sociales.

2) SEGUNDA: Domicilio: “La sociedad tendrá su domicilio legal en la ciudad de Venado Tuerto, Departamento General López, Provincia de Santa Fe, pudiendo establecer agencias o sucursales en cualquier punto del país, o del extranjero.” A tal fin se ha fijado el domicilio legal en calle Brown 657 de la ciudad de Venado Tuerto, departamento General López, provincia de Santa Fe.

3) TERCERA: Duración: “El término de duración se fija en Diez (10) años a partir de la inscripción en el Registro Público de Comercio de la reforma del Contrato Social.”

4) QUINTA: Capital: “El capital social se fija en la suma de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000) dividido en cinco mil (5.000) cuotas de Pesos cien ($ 100) cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: CLAUDIO GUSTAVO REATO, posee novecientas (900) cuotas de capital o sea la suma de Pesos Noventa Mil ($ 90.000) totalmente suscripto e integrado; en este acto suscribe tres mil seiscientas (3.600) cuotas de capital o sea la suma de Pesos Trescientos Sesenta Mil ($ 360.000), que integra en este acto el veinticinco por ciento (25%), es decir la suma de Pesos Noventa Mil ($ 90.000) en dinero en efectivo y el saldo del setenta y cinco por ciento (75%), o sea la suma de Pesos Doscientos Setenta Mil ($ 270.000) también en dinero en efectivo dentro de un (1) año de la fecha y ERNESTO GABRIEL RAPOSO, posee cien (100) cuotas de capital o sea la suma de Pesos Diez Mil ($ 10.000) totalmente suscripto e integrado; en este acto suscribe cuatrocientas (400) cuotas de capital o sea la suma de Pesos Cuarenta Mil ($ 40.000), que integra en ese acto el veinticinco por ciento (25%), es decir la suma de Pesos Diez Mil ($ 10.000) en dinero en efectivo y el saldo del setenta y cinco por ciento (75%), o sea la suma de Pesos Ciento Treinta Mil ($ 30.000) también en dinero en efectivo dentro de un (1) año de la fecha.”

5) Adecuación al nuevo Código Civil y Comercial

SEXTA: Administración, dirección y representación: Estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no. A tal fin usarán su propia firmas con el aditamento de “Socio Gerente” o “Gerente” según el caso, precedida de la denominación social, actuando en forma individual, indistinta y alternativamente cualesquiera de ellos. Los gerentes son elegidos por asamblea de socios, permaneciendo en sus cargos por un periodo de cinco ejercicios, pudiendo ser reelectos indefinidamente. Los gerentes en el cumplimiento de sus funciones podrán efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluidos los que requieran poderes especiales a tenor del artículo 375 del Código Civil y Comercial y al artículo 9º del Decreto Ley 5965/63, con la única excepción de prestar fianza o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad.”

6) Designación Socio Gerente: Los socios de común acuerdo designan como Gerente de la Sociedad al señor CLAUDIO GUSTAVO REATO, D.N.I. Nº 23.049.554, CUIT Nº 20-23049554-9, argentino, nacido el 08 de febrero de 1973, hijo de Hugo Reato y de Gladys Lucía Lombardo, casado en primeras nupcias con Diana Raquel Cases, de profesión arquitecto, domiciliado en calle Brown 661 de la ciudad de Venado Tuerto, Departamento General López, Provincia de Santa Fe. El Gerente designado deberá actuar de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula sexta del contrato social, hasta que la reunión de los socios decida otra cosa, o hasta que se designe otro gerente en su reemplazo.

7) Las demás cláusulas del Contrato Social se mantienen sin modificaciones.

VENADO TUERTO, 11 de febrero de 2020

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JC CONSTRUCCIONES S.R.L.


CONTRATO


Se hace saber que por Expediente caratulado “JC CONSTRUCCIONES S.R.L. S/CONSTITUCION- SEDE FORMOSA Nº173 BIS-ROSARIO-20 AÑOS-31/12-250.000 (20) $12.500.- $1.687,50” Expte: 334/2020 (CUIJ 21-05515745-3) de trámite por ante el Registro Público de Comercio de Rosario, Pcia. de Santa Fe, se encuentra en trámite la inscripción del instrumento de fecha 7/2/2020, mediante el cual se constituye la Sociedad de Responsabilidad Limitada “JC CONSTRUCCIONES S.R.L.”, siendo las partes integrantes de su contrato social de acuerdo a lo normado en Ley 19.550, los siguientes: CAVAGNERO JAVIER OMAR, titular del DNI Nº 35.130.594, nacido el 16/3/1990, número de CUIT 20-35130594-1, argentino, de profesión comerciante, con domicilio en calle Formosa Nº 173 bis de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, de estado civil soltero, y CAVAGNERO OMAR SANTIAGO, titular del DNI Nº 12.322.215, número de CUIT 20-12322215-7, argentino, de profesión comerciante, con domicilio en calle Formosa Nº 173 bis de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, de estado civil casado con Graciela Haydee Godoy. Domicilio: La sociedad establece su domicilio social y legal en calle Formosa Nº173 Bis de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe. Plazo de Duración: La duración de la sociedad será de 20 años a partir de la inscripción en el Registro Público de Comercio.- Designación de su Objeto: la sociedad tendrá como objeto dedicarse, por cuenta propia o a través de terceros, o asociada a terceros, en cualquier punto del país o en el exterior a las construcciones civiles, perforaciones, demoliciones, excavaciones y demás actividades afines. Capital Social: El capital social se establece en la suma de $ 250.000 dividido en 20 cuotas iguales de $12.500, de valor nominal cada una, totalmente suscriptas por cada uno de los socios con el siguiente detalle: CAVAGNERO JAVIER OMAR suscribe 18 cuotas sociales y CAVAGNERO OMAR SANTIAGO suscribe dos cuotas sociales. Organización de la Administración: La dirección, administración y uso de la firma social estará a cargo del Sr. CAVAGNERO JAVIER OMAR, quien ejercerá la representación legal de la sociedad y revestirá el carácter de gerente por tiempo indeterminado. Fecha de Cierre de Ejercicio: el ejercicio social cerrará el 31/12 de cada año.-

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LA TANTE SOCIEDAD ANÓNIMA


REFORMA DE ESTATUTO


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Primera Nominación de Venado Tuerto, a cargo de la Jueza, Dra. María Celeste Rosso, Secretaría, a cargo de la Dra. María Julia Petracco, conforme decreto de fecha 26 de Febrero de 2020 en autos caratulados LA TANTE SA S/ REFORMA DE ESTATUTO Expte. Nº 27/20 se resolvió aprobar los siguientes cambios en los artículos del Estatuto Social, que a continuación se resume:

Artículo 2º: El término de duración se prorroga en veinte (20) años a partir del 2 de julio de 2030, fecha de vencimiento del Estatuto, venciendo en consecuencia el día 2 de julio de 2050.

Artículo 4º. - El capital social es de pesos un millón ($1.000.000), representado por diez mil acciones (10.000) de pesos cien ($100) valor nominal cada una. El capital puede ser aumentado por decisión de la Asamblea Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme al artículo 188 de la Ley 19.550.

Artículo 5º. - Las acciones serán nominativas no endosables, ordinarias o preferidas. Estas últimas tienen derecho a un dividendo de pago preferente de carácter acumulativo o no, conforme a las condiciones de su emisión. Puede también fijarse una participación adicional en las ganancias. La Sociedad podrá emitir títulos valores representativos de una o más acciones.

Artículo 9º. - La administración de la sociedad está a cargo de un Directorio compuesto del número de miembros que fije la Asamblea entre un mínimo de uno (1) y un máximo de cinco (5), quienes durarán en sus funciones tres (3) ejercicios, pudiendo ser reelegidos indefinidamente, no obstante deberán permanecer en el cargo hasta su reemplazo. Al prescindir de la Sindicatura, la Asamblea debe designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo, con el fin de llenar las vacantes que se produjeren, en el orden de su elección. La Asamblea fija la remuneración del Directorio. Para el caso de que el número de Directores titulares designados sea mayor que uno, se establece lo siguiente: a) Los directores en su primera sesión deben designar un presidente y un vicepresidente; éste último reemplaza al primero en caso de ausencia, renuncia, fallecimiento o cualquier otro impedimento; b) El Directorio funciona con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes, y en caso de empate, el presidente o quien ejerza la presidencia vota nuevamente.

Artículo 10º. – Cada uno de los directores debe prestar la siguiente garantía: Dejar depositado en la Sociedad la suma de pesos veinte mil ($ 20.000.-), en efectivo, mientras dure la vigencia de sus funciones y hasta tanto se apruebe su gestión.

Artículo 11º. - El directorio tiene todas las facultades para administrar y disponer de los bienes incluso aquellas para los cuales la ley requiere poderes especiales conforme el artículo 375 del Código Civil y Comercial según Ley Nº 26.994 (ant. 1881 del Código Civil) y articulo 9 del Decreto/Ley 5.965/63. Puede en consecuencia, celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social; establecer agencias, sucursales u otra especie de representación dentro o fuera del país; otorgar a una o más personas poderes judiciales - inclusive para querellar criminalmente- o extrajudiciales con el objeto y extensión que juzgue conveniente. La representación legal de la sociedad corresponde al Presidente del Directorio, al Vicepresidente, en caso de ausencia o impedimento. Ambos tienen el uso de la firma social en forma indistinta, para todos los actos y contratos.

Artículo 12°. – La sociedad prescinde de la sindicatura conforme lo autoriza el Art. 284 de la Ley 19.550. La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios de acuerdo con el derecho de contralor que les confiere el artículo 55 de la Ley de Sociedades Comerciales. En el caso de que por un aumento del capital, la sociedad quedara comprendida en el Art. 299, inc. 2°, en ese ejercicio la Asamblea General deberá elegir un Síndico titular y uno suplente por el término de un ejercicio, sin necesidad de reformar este estatuto.

Artículo 16º. - La liquidación de la sociedad puede ser efectuada por el Directorio o por el o los liquidadores designados por la Asamblea bajo la vigilancia del síndico si existiera. Cancelado el pasivo y reembolsado el capital, el remanente se repartirá entre los accionistas con las preferencias indicadas en el artículo anterior.

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DIAGMED SOCIEDAD ANONIMA


ESTATUTO


Por estar así dispuesto en los autos caratulados "Diagmed Sociedad Anónima s/Constitución de Sociedad", CUIJ N° 21-05202573-4, Año 2020, que se tramita por ante el Registro Público del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, se hace saber que se ha constituído la sociedad "DIAGMED SOCIEDAD ANONIMA":

Socios: RICARDO JUAN MONTEVERDE, nacido el 29/01/1.957, DNI 12.660.050, argentino, casado, médico, CUIT 20-12660050-0, con domicilio en calle San Martín N° 272; ALBERTO ESTEBAN MONTEVERDE, nacido el 16/05/1.955, DNI.11.226.349, argentino, casado, médico, CUIT 20-11226349-8, con domicilio en calle Dorrego N° 325; ROBERTO DANIEL VALTORTA, nacido el 18/04/1.954, DNI 10.593.464, argentino, casado, médico, CUIT 20-10593464-6, con domicilio en calle Avda. de Mayo N° 507; CRISTIAN GUILLERMO STETTLER; nacido el 31/12/1.969, DNI 21.413.323, argentino, casado, médico, CUIT 20-21413323-8, con domicilio en calle General Urquiza N° 261; todos de la ciudad de Gálvez, Provincia de Santa Fe; MARIA NELLY TERESITA DEMARCHI, nacida el 15/10/1.954, DNI.11.210.884, argentina, casada, médica, CUIT 27-11210884-5, con domicilio en calle Dorrego N° 325; JUAN CARLOS CHAILLOU, nacido el 06/12/1.934, L.E. 7.171.143, argentino, casado, médico, CUIT 23-07171143-9, con domicilio en calle España N° 765; ALBERTO JOSE MAZZUCHELLI, nacido el 29/06/1.953, argentino, casado, DNI 10.593.284, médico, CUIT 20-10593284-8, con domicilio en calle De Pinedo N° 637; HORACIO HUGO SALA, nacido el 22/06/1.956, DNI 11.898.938, casado, médico, CUIT 20-11898938-5, con domicilio en calle Santa Fe N° 273; y CARLOS ENRIQUE CHAILLOU, nacido el 29/01/1960, DNI 13.923.451, divorciado, médico, CUIT 20-13923451-1, domiciliado en calle Guido Spano N° 329, todos de la ciudad de Gálvez, Provincia de Santa Fe.-

Fecha instrumento constitución: 12 de Diciembre de 2019.-

Denominación: DIAGMED SOCIEDAD ANONIMA

Domicilio Legal: San Martín N° 324, de la ciudad de Gálvez, Departamento San Jerónimo, Provincia de Santa Fe.-

Objeto Social: Tiene por objeto las siguientes actividades: La prestación de servicios médicos integrales, clínicas quirúrgicas, prestaciones aparatológicas, especialidades médicas, atención sanatorial a internados, pudiendo efectuar estudios de alta, media y baja complejidad, todo tipo de servicios como laboratorio de análisis clínicos, bioquímicos, psiquiátricos, psicológicos, y otro tipo de atención médica, teniendo como objetivo llegar a cubrir todos los niveles de complejidad. Las prestaciones detalladas serán a cargo de profesionales de la currícula, siendo los honorarios que se generen por tales prestaciones, propiedad del profesional que los devengue.-

Duración: Noventa (90) años, contados a partir de su inscripción en el Registro Publico de Comercio.

Capital: DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL PESOS ($ 225.000. -), representado por doscientas veinticinco (225) acciones ordinarias de Un Mil ($ 1.000. -) valor nominal cada una.-

Administración y Fiscalización: Son designados por un período de tres (3) años: Presidente: Cristian Guillermo Stettler, y Director Suplente: Horacio Hugo Sala. En cumplimiento del Art. 256 de la Ley 19.550, los designados fijan como domicilio el determinado en sus datos de identidad personales . Se prescinde de la Sindicatura.-

Organización de la Representación Legal: A cargo del Presidente del Directorio.-

Fecha cierre del ejercicio: 31 de Octubre de cada año.-

Fiscalización: A cargo de los accionistas.-

Santa Fe, 26 de Febrero de 2.020 – Dr. Jorge E. FREYRE – Secretario

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ARTEMI S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


ARTEMI SA Se hace saber que en la Asamblea General Ordinaria N° 3 del 16 de octubre de 2019, se consideró la renuncia del Sr. Vila Leandro y del Sr. Cristobal Mateo a sus cargos respectivos de Presidente del Directorio y Director Suplente de ARTEMI SA S.A y se resolvió, designar en su reemplazo, al Sr. Dellara Sebastian como Presidente y al Sr. Dellara Facundo como Director Suplente.

En consecuencia, el Directorio de ARTEMI S.A., ha quedado integrado del siguiente modo:

Presidente: Dellara Sebastian, DNI 33.945.274, CUIT N° 20-33.945.274-3, empresario, nacido en Santa Fe el 21 de Agosto de 1988.

Director Suplente: Facundo Dellara, DNI 32.733.260, CUIT 20-32.733.260-1, empresario, nacido en Santa Fe el 25 de Enero de 1981.

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